Resolución No. 13 - Por la cual se modifica la definición 4.41 del Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35- 2019 Medio Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas en la sección 4. DEFINICIONES
颁布于 2025-01-27 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 巴拿马
- 主题
- Environment, Sea, Water
- 关键词
- protection of environment, pollution control, freshwater pollution, water quality standards, inland waters, surface water, effluent waste water/discharge, standards, inspection, enforcement/compliance, marine pollution
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No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 8 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS RESOLUCIÓN No. 13 de d'1, de ~ de 2025 EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS, ENCARGADO en uso de sus facultades legales; CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 93, Título II de la Ley 23 de 15 de julio de 1997, la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI), del Ministerio de Comercio e Industrias, es el Organismo Nacional de Normalización, encargado por el Estado del proceso de normalización técnica, evaluación de la conforrnidad, certificación de calidad; Que entre sus funciones está supervisar y garantizar que las prácticas nacionales coo relación al establecimiento de normas y reglamentos técnicos sean acorde con las disposiciones internacionales en lo referente a esta materia y debe velar porque todos las normas y reglamentos técnicos sean establecidos y aplicados en base a objetivos legítimos, tales como los imperativos de la seguridad nacional , la prevención de prácticas que puedan inducir a errar, la protección de la salud y la seguridad humana, de la vida o la salud animal o vegetal o del media ambiente; Que la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial, oficializó mediante la Gaceta Oficial No. 28806B de 28 dejunio de 2019, el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35-2019 Medio Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas; Que el Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35-2019 Media Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas tiene como objeto la protección ambiental, prevenir la contaminación de cuerpos y masas de agua continentales y marinas en la República de Panamá mediante el contrai de los efluentes líquidos provenientes de actividades domésticas, comerciales, industriales e institucionales que descargan a cuerpos y masas de agua continentales y marinas, manteniendo una condición de aguas libres de contaminación, protegiendo la salud y e! ambiente; Que la DGNTI, recibió nota el 22 de agosto de 2024 de la Dirección de Verificación dei Desempeno Ambiental DIVEDA-533-2024 dei Ministerio de Ambiente, en la cual solicita la revisión de diversos documentos normativos y entre ellos dei Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35- 2019· Media Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas. Esta solicitud forma parte dei programa de normalización, cuyo objetivo es establecer un cronograma de actividades interinstitucionales para fortalecer la colaboración y abordar con eficacia los temas ambientales; Que el 6 de noviembre de 2024, mediante reunión dei Comité Técnico, se aprobó la elaboración de una Resolución destinada a aclarar ciertos conceptos clave dei Reglamento Técnico DGNTI COPANIT 35-2019 Medio Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, con el fin de asegurar su correcta implementación y garantizar su aplicación conforme a los objetivos establecidos; RESUELVE: PRIMERO: MODIFICAR la definición 4.41 dei Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35- 2019 Media Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas en la sección 4. DEFINICIONES, quedando redactado de la siguiente manera: No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 9 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A ,- I 4.41. Percentil "90": será el producto resultante de la siguiente fónnula: k = q x n, donde "q" = 0,90 para el Percentil 90, y "n" corresponde ai número de valores efectivamente obtenidos, para lo cual el conjunto de datos efectivamente obtenidos en mg/m3N o ug/m3N, para cada estación de monitoreo se agruparán en orden creciente (Xl<<X2<<X3 ... <<Xk ... <<Xn-l<<Xn), encontrándose luego de esta agrupación de datos, la frecuencia absoluta y la frecuencia acumulada, así el producto "k", corresponde a un valor en la frecuencia acumulada de la lista de datos establecidos por orden creciente (Xl<<X2<<X3: .. <<Xk .. . <<Xn-l<<Xn), el cual se asociada a un valor en mg/m3N o ug/m3N dei conjunto de datos efectivamente obtenidos. Se dará el cumplimiento dei Percentil 90, cuando ai menos el "90" por ciento de los datos recopilados son iguales o menores ai valor en mg/m3N o ug/m3N, asociado al valor "k" a la posición de la lista de frecuencia acumulada. SEGUNDO: INCLUIR en la sección 4. DEFINICIONES dei Reglamento Técnico DGNTI COPANIT 35-2019 Media Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de "Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, los siguientes conceptos: Caracterización Anual: Proceso de identificación y cuantificación de las propiedades físicas, químicas y biológicas dei agua residual, realizado una vez al afio, por el personal de un organismo de evaluación de la conformidad acreditado por el Consejo Nacional de Acreditación de Panamá, personal que ha logrado demostrar bajo el marco de la norma acreditada, que cumple con las competencias necesaria, para garantizar la integridad y confiabilidad de las muestras recolectadas. Vigilancia Anual: Son las observaciones sistemáticamente repetidas a lo largo de un afio, posterior a la obtención de la concesión de descarga, que se realiza en correspondencia con la frecuencia de muestreo determinada para cada generador, que permite mediate el muestreo, mediciones y análisis de sus aguas residuales, analizar su propiedades tisicas, químicas y biológicas y determinar el grado de cumplimiento de la presente norma. TERCERO: MODIFICAR en sesión 5. REQUISITOS en la Tabla 1-Límites Permisibles de las Descargas de Efluentes Líquidos a Cuerpos Receptores de Aguas Continentales y Marinas, del Reglamento Técnico DGNTI-COP ANlT 35-2019 Media Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, el símbolo de Nitrato de: N03 a N03-N. CUARTO: MODIFICAR el numeral 6.1 Generalidades de la sección 6. Muestreo y Análisis dei Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35-2019 Medio Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, en la sección 6. MUESTREO Y ANÁLISIS, quedando redactado de la siguiente manera: GENERALIDADES La colecta de muestras debe ser efectuada por el personal de un organismo de evaluación de la conformidad acreditado por el Consejo Nacional de Acreditación de Panamá, personal que ha logrado demostrar bajo el marco de la norma acreditada, que cumple con las competencias necesaria, para garantizar la integridad y confiabilidad de las muestras recolectadas, la colecta debe realizarse en cada punto de descarga de sus efluentes líquidos ai cuerpo receptor. QUINTO: MODIFICAR el numeral 6.2.1 Números de días de control, dei Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35-2019 Medio Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, en la sección 6. MUESTREO Y ANÁLISIS, quedando de la siguiente manera: 2 f A No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 10 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A Números de días de control. El número mínimo de dias que controlará cada descarga se determinará de acuerdo con la naturaleza dei residuo y a la carga contaminante expresada en términos de Demanda Química de Oxígeno (DQO), según lo que se indica más adelante. SEXTO: MODIFICAR el numeral 6.3.1.1 Descarga Continua, del Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35-2019 Media Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, en la sección 6. MUESTREO Y ANÁLISIS, quedando de la siguiente manera: Descarga continua: Preparar una muestra compuesta de la mezcla de las muestras simples recolectadas con base en la tabla de numero de muestras simple con base en las horas de descargas. SÉPTIMO: MODIFICAR el numeral 6.4.1 Mucstras Simples e INCLUIR tabla de número de muestras simple con base en las horas de descarga ai Reglamento Técnico DGNTI COP ANIT 35-2019 Medio Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, en la sección 6. MUESTREO Y ANÁLISIS, quedando de la siguiente manera: Muestra simple. La colecta de las muestras simples se realizará en un intervalo de acuerdo con la tabla de numero de muestras simple con base en las horas de descargas. El intervalo de muestra será de acuerdo con la siguiente formula: l=a/b Donde: (1) es el intervalo de muestra, (a) Horas de la descarga diaria (b) Número de muestras simples NOTAS DGNTI: a. Las muestras simples deben ser tomadas a intervalos similares dentro dei periodo de la descarga. b. En cada una de las muestras simples se analizarán los parámctros cstablecidos en la tabla, en asociados ai CIIU aplicable. Tabla de Número de muestras sim pie coo base cn las horas de descargas Horas de descarga diaria (a) Número de muestras simples (b) Menor que 4 Mínimo 3 De4a8 4 Mayor que 8 y hasta 12 5 Mayor que 12 y hasta 18 6 -- Mayor que 18 y hasta 24 7 OCTAVO: MODIFICAR el numeral 6.4.2 Muestras Compuestas y la tabla de Clasificación de muestra en base al tipo de parámetro a analizar; dei Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35- 2019 Medio Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, en la sección 6. MUESTREO Y ANÁLISIS, quedando de la siguiente manera: 3 No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 11 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A 6.4.2 Muestra compuesta. La muestra compuesta, resulta de la mezcla homogénea de las muestras simples recolectadas, combinadas en proporción ai caudal presente en el momento de la colección de cada una de ellas, con la final idad de analizar los parámetros establecidos en la tabla de clasificación de muestra en base ai tipo de parámetro a analizar. Tabla de clasificación de muestra en base ai tipo de parámetro a analizar PARÁMETROS A ANALIZAR EN MUESTRAS SIMPLES Aceites y Cianuro Total Cloro residual Cloruros Coliformes Coliformes Grasas Termotolerant Totales es Compuestos Conducti vidad DBO5 Enterococos Escherichia Hidrocarburos Fenólicos Intestinales Coli Totales Organoclorados Organofosforados pH Sulfuras Surfactantes Sólidos Sedimentables Temperatura Tricloroetano Triclorometano Turbiedad Vibrio Cholera PARÁMETROS A ANALIZAR EN MUESTRAS COMPUESTAS Aluminio Ácido Bórico Arsénico Cadmio Calcio Cobre Cromo Cromo total DQO Estafío Fósforo Hierro Total hexavalente Total Manganeso Mercaotanos Mercurio Metanol Níquel Nitratos Nitrógeno Nitrógeno Total Pentaclorofenol Plomo Sadio Sólidos Totales Amoniacal Disueltos Sólidos Sulfatos Tolueno Xileno Zinc Suspendidos Totales NOVENO: MODIFICAR e! numeral 6.9 Ensayos del Reglamento Técnico DGNTI-COPANIT 35-2019 Media Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas, • en la sección 6. MUESTREO Y ANÁLISIS, quedando de la siguiente manera: quedando de la siguiente manera: ENSAYOS Los ensayos para determinar e! cumplimiento de los limites permisible de cada parámetro definido en la Tabla 1, solo podrá ser realizado por laboratorios acreditados por e! Consejo Nacional de Acreditación de Panamá, bajo la norma ISO 17025 en su versión más vigente, utilizando métodos de análisis establecidos en la última edición dei "Standard Methods for lhe Examinalion of Water and Wastewater", publicada por la A.P.H.A. , A.W.W.A., W.E.F. u otros métodos acreditados por e! Consejo Nacional de Acreditación (CNA). DÉCIMO: La presente Resolución empieza a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 23 de 15 de julio de 1997, Reglamento Técnico DGNTI COPANIT 35-2019 Medi o Ambiente y Protección de la Salud. Seguridad. Calidad de Agua. Descarga de Efluentes Líquidos a Cuerpos y Masas de Aguas Continentales y Marinas. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, JAMNLQ/Ma. ~ OllllRNO NACIONAL ~---lt""".• CON PASO FIRME * MINISTERIÔ OE CO!.IERCKl E !HDUSlRWl DESPACHO OEL MINISTRO , iini e.ri Ministró0 de:C:":ômetcio e Industrias, cargado .'/ iiL que te , lo ~ ,., ir s .. d .. o,.: de, ' ·--~ / o •.,,· • 1 ·--:-- J "Rmt, / 1/ úe f:HJ,06/lb de ) r 1 ll li L 1l 4