Resolución Nº 9 - Crea el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas (SINAP)
颁布于 1994-06-26 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 巴拿马
- 主题
- Wild species and ecosystems
- 关键词
- institution, protected area, protection of habitats, national parks, management/conservation, classification/declassification, biodiversity, governance
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Repllblica de Panama lnstituto National De Recursos Naturales Renovables Resoluci6n No. J D -09-94 Par media de la cual se crea el Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas, ente administrative del lnstituto Nacional de Recurses Naturales Renovables. y se definen cada una de sus categorfas de manejo. La Junta Directiva del Institute Nacional de Recurses Naturales Renovables en uso de sus facultades legales. Considerando Que a fin de. conservar y proteger parte importante de nuestros recurses naturales se han declarado coma Areas Silvestre Protegidas, par media de Leyes, Decretos Leyes, Decretos y Resoluciones de Junta Directiva, mas de un mill6n de hectareas de del territorio nacional, constituyendo parques. reservas naturales refugios de vida silvestres y otras categorias reconocidas internacionalmente Que al reconocer estas categorfas y sitios de reconocimiento internacional. se hace necesario y de vital importancia para la Administraci6n el contar con un instrumento tecnico normative el cual establezca las parametros y defina cada una de estas categorias, y que ademas incluya aquellos elementos auxiliares que deban ser considerados coma parte de este sistema. Que aparte de las disposiciones diversas y heterogeneas establecidas en las instrumentos jurfdicas que crean las categorias de manejo, no existen normas ni procedimientos uniformes para manejarlas ni tampoco una estructura institucional especifica del se encargue, con propiedad de su administraci6n protecci6n y vigilancia y desarrollo. Que el articulo 50 de la Ley N°21. de 16 de diciembre. de 16 de diciembre de 1986 asigna al INRENARE la responsabilidad de definir, .planificar, organizar, coordinar regular y fomentar polfticas y acciones aprovechamiento conservaci6n desarrollo manejo y enriquecimiento, de parques nacionales y reservas equivalentes. Que las areas silvestres protegidas responden a la necesidad que tiene el estado en organizar para el desarrollo sostenido del pais, una base de recurses naturales c6nsona con las demandas de agua. energia, salud. ambiente y desarrollo de las generaciones presentes v futuras. Resuelve Articulo 1 Crear bajo la Direcci6n General del INRENARE. el Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas. orientado al logro de las objetivos siguientes: 1) Preservar las materiales geneticos coma elementos de comunidades naturales; evitar la perdida de especies de plantas o animales silvestres y mantener la diversidad biol6gica natural. 2) Conservar en su estado natural ejemplos de las diversos ecosistemas terrestres y marinos1 paisajes naturales y formaciones geol6gicas esenciales y patrones naturales evolutivos coma tambien restaurarlos y rehabilitar en las ca sos que sean necesarios para el beneficio de las generaciones presentes y futuras. 3) Proteger y manejar las fuentes de aguas dentro de las areas silvestres protegidas a fin de mantener la calidad cantidad y flujo optima, controlar y prevenir la erosi6n,sedimentaci6n e inundaciones y proteger las inversiones que dependen del abastecimiento de agua tales coma represas y proyectos de irrigaci6n. 4) Promover las medias necesario para que. a traves de las investigaciones cientificas aumenten las conocimientos sabre la biodiversidad 1 para mejorar las opciones de la protecci6n y aprovechamiento de este activo nacional. 5) Contribuir con el desarrollo sostenible en territorio de las grupos indfgenas zonas rurales y el pais en general mediante el aprovechamiento racional las recursos natura les renovables existentes en aquellos sitios claramente identificados en el plan de ordenamiento de cada area protegida. de acuerdo a su categorfa de manejo. 6) Conservar y proteger las aspectos hist6ricos culturales y arqueol6gicos dentro de las areas silvestres protegidas1 administradas par el sistema nacional 7) Proveer oportunidades para el desarrolla de actividades de Educaci6n ambiental, turismo ecol6gica y recreaci6n al aire libre 8) Apoyar las gesti6n de las grupos indigenas en la administraci6n de las territorios que se le asignen para garantizar su mejor planeamiento y desarrollo. Articulo 2 El Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas estara integrado par las siguientes categorfas de manejo reserva cientffica. parque nacional, monumento natural refugio de vida silvestre, area de uso multiple, paisaje protegido. area natural recreativa, reservas de las recursos, reserva forestal. reserva hidrol6gica, parque nacional marina, zona de amortiguamiento. ademas, se consideran las siguientes categorias de reconocimiento internacional: sitios de patrimonio mundial. reserva de la bi6sfera y las humedales de importancia internacional. TambiE!n se considera coma parte del Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas, las corredores biol6gicos y las areas silvestres protegidas dentro de comarca o reserva indigena. Articulo 3 Cada una de las categorias de manejo se definira de las siguiente manera: 1) Reserva Cientffica: es un area con ecos sistemas sobresalientes especies de flora y fauna de importancia cientffica nacional. A menudo contiene ecosistemas fragiles posee areas una diversidad biol6gica importante para la conservaci6n de las recursos genE!ticos. El tamario esta determinada par el terreno requerido para asegurar la integridad del area a fin de alcanzar las objetivos del manejo cientifica y asegurar su protecci6n. 2) Parque Nacional: es un area terrestres a acuatica relativamente grandes (mas de cien hectareas). que contiene muestras representativas sobresalientes de las principales regiones. rasgos o escenarios de importancia nacional e internacional donde las especies de plantas y animales, sitios geograficas y habitats son de especial interE!s cientffico. educativo y recreativo. Contienen unos ovaries ecosistemas completos que no han sido materialmente alterados par la explotaci6n y ocupaci6n humana. 3) Monumento Natural: Es un area que contiene uno o mas rasgos sobresalientes Lmicos de importancia nacional, tales coma las formaciones geol6gicas, sitios naturales especiales, habitats o especies de plantas a animales que debido a su singularidad, pueden estar amenazados y requieren de su protecci6n. El tamafio esta determinado par el rasgo especifico y el area necesaria para asegurar su protecci6n. 4) Refugio de vida Silvestre: Un refugio de vida silvestre provee la protecci6n de o habitats especfficos para la existencia o bienestar sostenido de las especies de flora y faunas migratorias o residentes de importancia nacional o global. El tamafio del area y el manejo especial requerido en ciertas circunstancias estaci6nales dependera de las requerimientos de habitats o caracteristicas especificas de las especies: que seran protegidas En todo caso estas necesidades no requeriran zonas amplias podrian ser relativamente pequei'ias: area de anidamiento pantanos lagos esteras bosques o pastizales 5) Paisaje protegido: El paisaje protegido, por lo general representan dos tipos de areas: aquellos paisajes que poseen cualidades estE!ticas que especiales que son un resultado de la interacci6n armoniosa del hombre y la tierra, aquellos que son areas naturales de un atractivo estE!tico manejados por el hombre con fines recreativos y turisticos 6) Area natural Recreativa: Extensi6n relativamente amplia. Area natural escE!nica, con atractivos para uso recreativo, ya sean naturales o de facil acceso artificiales, De facil acceso o desde los centros importantes de poblaci6n. Con potencial para el desarrollo de una Variedad de actividades recreativas al aire libre. Mantiene una alta calidad de paisajes y trata de evitar la degradaci6n de las recursos naturales. 7) Sitio de Patrimonio Mundial: Area con rasgas naturales y culturales de significaci6n internacional, que contiene muestras de los periodos evolutivos de la tierra, procesos geol6gicos significativos, rasgas o comunidades naturales singulares o en peligro. con gran valor artfstico, cientffico. cultural, social o tecnol6gica. ode gran antigOedad. 8) Reserva de la Biosfera: Areas que contiene muestras representativas de biomas importantes, rasgos naturales singulares, pautas arm6nicas y estables de uso de la tierra. TambiE!n puede tratarse de ecosisterna modificados susceptibles de investigaci6n. especialmente para estudias de referencia, control ambiental y educaci6n. 9) Areas de Uso MUitipie: Son areas terrestres Y marinas que ademas de contribuir a la protecci6n de los recursos naturales y los sistemas ecol6gicos, contribuye en forma significativa a la economia social coma fuente de otros recursos. La multiplicidad de funciones de estas tierras o aguas, representa una fuente importante de productos naturales (agua, madera, vida silvestre, pastos 1 tintes, etc) y de servicios permanentes, bajo un manejo integral sustentable. 10)Humedales de lmportancia Internacional: Areas designadas por la "Convenci6n Relativa a los Humedales de lmportancia Internacional". especialmente como habitat de aves acuaticas que comprenden extensiones de marismas pantanos y turberas o superficies cubiertas de agua, sean E!stas de regimen natural o artificial permanentes o naturales. 11 )Corredor biol6gico: zonas naturales a en recuperaci6n que conectan areas protegidas con el objetivo de mantener el movimiento de especies de vida silvestre y as[ conservar la diversidad biol6gica. 12)Area Silvestre ubicada dentro de Comarca o Reserva lndfgenas: Se trata de cualquier categoria de manejo definida por esta Resoluci6n. ubicada dentro de las Comarcas y Reservas lndlgenas legalmente establecidas, que haya side declarada area silvestre protegida a traves de los Congresos Generales de cada Comarca o Reserva de acuerdo a la regulaci6n vigente para cada una de estas. 13)Reserva de las Recurses: Categoria de manejo transitoria, generalmente consta de una zona extensa, inhabitada y de dificil acceso. El area se encuentra casi siempre con recurses naturales, todavia sin explotar ni desarrollar. 14)Reserva Foresta!: Es un area de uso mllltiple en donde el manejo adecuado conlleva el aprovechamiento racional programado de los recursos forestales contenidos. 15)Reserva Hidrol6gica: Area generalmente boscosa escarpada quebrada; cuyo valor primordial es conservar la producci6n hldrica en cantidad y calidad adecuada para las actividades humanas y productivas de la regi6n. 16)Parque Nacional Marino: Area que ecosistemas marinas costeros reestablecimiento y mantenimiento aprovechamiento sostenido. posee una muestra representativa de las o insulares. tambien contribuye al de especies de fauna marinas. para su 17)Zona de Amortiguamiento: Franja de tierra que rodea las recursos o habitats especiales, y que actllan coma una barrera a las influencias externas. Esta franja debe ser lo suficiente ancha para absorber las disturbios quimicos y fisicas, tales coma la contaminaci6n del aire, suelo, agua fuego, caza furtiva y turismo incontrolado, y estara ubicada rodeando el perimetro del area protegida y proyectandose de las limites del area hacia su exterior. Articulo 4: Correspondera al lnstituto Nacional de Recursos Naturales Renovables (INRENARE), a traves de la Direcci6n Nacional de Areas Protegidas y Vida Silvestres, la administraci6n, planificaci6n, conservaci6n, vigilancia, protecci6n y control de las recurses naturales renovables existentes dentro de las unidades de manejo que integran el Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas del Estado, con fundamento en las disposiciones establecidas en esta Resoluci6n. Articulo 5: En uso de las atribuciones indicadas en el parrafo anterior y basado en el articulo 50 de la Ley 21, del 16 de diciembre de 1986, el INRENARE esta facultado para celebrar toda clase de actos, convenios y contratos que tengan par objeto realizar actividades de investigaci6n planificaci6n ejecuci6n de obras y las prestaci6n de todos las servicios que sean necesarios para el cumplimiento de las objetivos de cada una de las unidades de manejo. Articulo 6: El INRENARE, previa informe tecnico, aprobara a traves de la Junta Directiva lo relative al plan de ordenamiento las cambios de categorias de manejo y la creaci6n de nuevas areas silvestres protegidas. Articulo 7: Hasta tanto se elabore. el plan de ordenamiento de las unidades que integran el Sistema estas se regiran par las normas legales que crean para las respectivas areas silvestres protegidas. Articulo 8: Los organismos administrativos estatales y particulares a nivel municipal provincial o nacional, no podran crear nuevas areas silvestres protegidas, sin asegurar recursos financieros y sin contar con la aprobaci6n previa del INRENARE. Articulo 8: La Direcci6n General del INRENARE, emitira y confeccionara los manuales necesarios de funciones y procedimientos que facilite el desarrollo administrativo del Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas. Estos manuales tomaran en cuenta las objetivos de cada una de las diferentes categorfas de manejo. La Direcci6n General remitira copias de las manuales aprobados a la Junta Directiva de INRENARE. Fundamento Legal : Ley 21 de 16 de diciembre de 1986. Esta resoluci6n entra en vigor a partir su promulgaci6n en la Gaceta Oficial. Dado en la ciudad a los 26 dfas del mes de junio de 1994. Lie. Julio Ramirez Presidente a.i de la Junta Directiva de INRENARE Lie. Harry Diaz Secretario de la Junta Directiva de INRENARE