Resolución Nº 86 - Medidas sobre la comercialización de carne de bovino
颁布于 2019-08-20 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 巴拿马
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- food safety and quality, meat, cattle, international trade, classification/declassification
- 类别
- *
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No. 28886-B Gaceta Oficial Digital, lunes 21 de octubre de 2019 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS RESOLUCIÓN~ i<.p de 20 de ~OsX'.D de 2019 ··Mediante la cual se establecen medidas sobre la comercialización de carne de bovino" EL MINISTRO DE COMERCIO E INDUSTRIAS en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO: Que es interés del Gobierno Nacional incentivar procesos de comercialización de productos de la canasta básica de alimentos mediante los canales adecuados y en cumplimiento de la legislación nacional; Que corresponde al Ministerio de Comercio e Industrias conducir las políticas concernientes al comercio nacional, a la industria y al comercio exterior de la República de Panamá; Que el numeral 2 del artícu lo 5 del Decreto Ley 6 de 2006 confiere al Ministerio de Comercio e Industrias la función de coord inar, ejecutar y velar por el fiel cumplimiento de la política comercial e industrial del país, de acuerdo con los planes y programas definidos por el Órgano Ejecutivo; Que ten iendo en cuenta que la carne de bovino es un prod ucto esencial del sector agropecuario nacional y de la alimentación del panameño, se hace necesario implementar medidas para lograr la observancia de normas nacionales sobre su comercialización; RESUELVE: PRIMERO: Adoptar temporalmente medidas de control sobre la importación de carne de bovino con arancel preferencial bajo las siguientes fracciones arancelarias: 0201 .10.00.00 En canales o medias canales 0201 .20.00.00 Los demás cortes (trozos) si n deshuesar 0201 .30.00.00 Deshuesada 0202.10.00.00 En canales o medias canales 0202.20.00.00 Los demás cortes (trozos) sin deshuesar 0202.30.00.00 Deshuesada SEGUNDO: Las empresas que deseen importar con arancel preferencial productos bajo las fracciones arancelarias indicadas en el artículo primero, durante el período de referencia deberán: a) Estar debidamente registrados ante la Autoridad Paname ña de Seguridad de Alimentos (AUPSA); b) Estar al dla con los permisos sanitarios nacionales; e) Haber demostrado el cumplimiento de la reglamentación técnica nacional vigente en la comercialización de carne de bovino. El incumplimiento comprobado de algunos de los requisitos anteriores i •. -....go.51 no aplicación del arancel preferencial y la aplicación de las med idas ad correspondientes. No. 28886-B Gaceta Oficial Digital, lunes 21 de octubre de 2019 2 ~~~~~OQ: Se exceptúan de la aplicación de esta regulación las importaciones bajo ~~·...,r...·s arancelarias de carne de bovino sujetas al mecanismo de salvaguardia =-*'~,,. I agrícola conforme lo dispuesto en los Tratados Comerciales 7"'1::::-:::;:iwJ~acionales suscritos por la República de Panamá, así como las importaciones .......:~:;;;~ cortes de carne de bovino de alta calidad y de carne de bovino tipo prime y choice. Se entenderá como cortes de carne de bovino de alta calidad aquella carne procesada en cortes finos y formas especiales para usos específicos por el consumidor final y que cumpla con las especificaciones para carne de bovino tipo prime o choice. según certificación previa de autoridad competente del país exportador.
CUARTO: Establecer el período de vigencia para la aplicación temporal de este mecanismo es desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 31 de j ulio de 2020. QUINTO: Esta Resolución comenzará a reg ir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Decreto Ley 6 de 15 de febrero de 2006. • -----~--- /~ ~P..;,~ COMUNIQUESE Y CUMPLASE, ~,.,. .'>/ <"''º s1..:;:;.---,,.-~- ~~ // <._,' / e ~· '~(.~ ,, '"li:' <í' :'\ - '' ..º' ~: ~ . . o,,,,. ~ -:::,,_J.?-.. a ~ .. 1 ... ·----: :< ~ <;¿ / - tvl~ ¿; 1 y.. i'1I ~~ ..:-·t. 'I" ... . ~;,;.- ·'I e:= ~ 1/ 'f í.') ~/,· l RAMÓN MARTiNEZ DE LA GUA~ _ 0 «f.fi/ Ministro de Comercio e Industria ~ "Ministerio de Come do e Industria, Certlflca que todo lo ant • r es fiel CO!JÍ• de su o · al
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