Resolución Nº 8 - Reconoce el Comité Sectorial de Tecnología de los Alimentos para Aditivos Alimentarios en Procesos de la Industria Alimentaria
颁布于 2016-12-16 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 巴拿马
- 主题
- Food and nutrition
- 关键词
- institution, food safety and quality, agricultural commodities, processing/handling, hygiene/sanitary procedures, food additives, governance
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No. 28214-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 08 de febrero de 2017 1 REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS RESOLUCIÓN Nº 008 de 16 de diciembre de 2016 EL DIRECTOR GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGÍA INDUSTRIAL en uso de sus facultades legales, CON S 1 DE R ANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del Título II de la Ley 23 de 15 de julio de 1997, la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI) del Ministerio de Comercio e Industrias es el organismo nacional de normalización, encargado por el Estado del proceso de normalización técnica, evaluación de la conformidad, certificación de calidad, metrología y conversión al sistema internacional de unidades (SI) y entre sus funciones está el reconocer a los comités sectoriales de normalización que lo soliciten y presten asistencia técnica; Que los comités sectoriales de normalización son los comités técnicos, con directrices fijadas por la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias, que tienen por función la preparación de normas propias de un sector, dentro de los lineamientos internacionales establecidos para esta actividad, con la posibilidad de ser adoptadas y publicadas como normas técnicas panameñas; Que producto de la revisión de los Reglamentos Técnicos Centroamericanos (RTCA), es necesario la conformación del Comité Sectorial de Normalización del Sector de Tecnología de los Alimentos. Procesos en la Industria Alimentaria Aditivos Alimentario, el cual estará conformado por gremios, asociaciones, sector académico, instituciones de control de alimentos y consumidores, que desarrollan y regulan la actividad, cuyo objetivo será definir documentos normativos de prioridad para el sector; Que el Comité Sectorial de Normalización de Tecnología de los Alimentos. Productos Alimenticios en General. Procesos en la Industria Alimentaria. Aditivos Alimentario, abarca diversos temas por lo que de acuerdo a la materia que se trate, se conformarán los Comités Técnicos. RESUELVE: PRIMERO: Reconocer el Comité Sectorial de Tecnología de los Alimentos. Procesos en la Industria Alimentaria. Aditivos Alimentario, por un periodo de 3 años de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Comité Sectorial de Normalización. SEGUNDO: El Comité Sectorial de Normalización de Tecnología de los Alimentos. Procesos en la Industria Alimentaria. Aditivos Alimentario, tendrá como función la preparación de los Documentos Normativos, dentro de los parámetros internacionales establecidos para esta actividad, con la posibilidad de ser sometidas al proceso de elaboración, revisión, adecuación y publicación como Documentos Normativos DGNTI COPANIT, ante la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias. TERCERO: El Comité Sectorial de Normalización de Tecnología de los Alimentos. Procesos en la Industria Alimentaria. Aditivos Alimentario, estará integrado por representantes de: l. Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO). 2. Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA). 3. Departamento de Protección de Alimentos - Ministerio de Salud (DEPA-MINSA). 4. Laboratorio Central de Salud Pública - Ministerio de Salud. No. 28214-B Gaceta Oficial Digital, miércoles 08 de febrero de 2017 2 5. Universidad de Panamá- Instituto Especializado de Análisis (UP-IEA). 6. Consejo Nacional de Acreditación (CNA). 7. Centro Nacional de Metrología de Panamá (CENAMEP). 8. Asociación de Comerciantes de Víveres de Panamá (ACOVIPA). 9. Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP). 1 O. Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP). 11. Sindicatos de Industriales de Panamá (SIP). 12. Unión Nacional de Consumidores y Usuarios de la República de Panamá (UNCUREPA). CUARTO: El Comité Sectorial de Normalización de Tecnología de los Alimentos. Procesos en la Industria Alimentaria. Aditivos Alimentarios, creará el Reglamento Interno que garantice su buen funcionamiento, y cumplirá con lo establecido en el Reglamento de los Comités Sectoriales de Normalización. QUINTO: El Comité Sectorial de Normalización de Tecnología de los Alimentos. Procesos en la Industria Alimentaria. Aditivos Alimentarios, mantendrá informada a la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias, de los Comités Técnicos que se hayan conformado. SEXTO: Esta Resolución empezará a regir a partir de su firma. FUNDAMENTO DE DERECHO: Título 11Ley23 de 15 de julio de 1997. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS Dirección General de Normas y Tecnología Industrial Certifica que es copia auténtica de su original. http://www.tcpdf.org