跳到主要内容
Nelum
巴拿马的法律

Resolución Nº 7.200 - Reglas para la compraventa de energía mediante actos de concurrencia exclusivos para centrales de generación solar

颁布于 2014-03-25 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拿马
主题
Energy
关键词
energy conservation/energy production, renewable energy, non-governmental entity, hydropower generation, transport/storage, internal trade

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. 17.1 (d) ETESA Considerar ul seemplazo de una copia autenticada de la cencia por una Certificación de la ASEP. | comentario no se acepía el comeniano, Se actarará en la revisión . debe consiwar el reemplazo de la Copia autenticada de la licencia definitiva por una ceriificación de la ASEP., Se acepla el comentaño. | Se adarará en la revisión final proponentes numeral :18,1.2,2 Ulerales (a) y (q): En Actos de concurrencia Guyo mico de suminisiro sea en un plazo menor o igual a das (2) años, la presentación de la copla autenticada de la hcencia de eración definitiva. emitida por la ASEP a favor del ponente y Carta de la ANAN, pueden tener efecto en la rticipación. En caso que la exigencia de estos requisilos permanezca, $e debe consialerar el reemplazo de la copia Jutenticada de la licencia definitwa por una Certificación de la ASEP. Por su parte, se corsidera que los requisitos de los lterales (9) e () no seran necesarios, loda vez que ambos exigidos para la licencia deiinifiva de generación. Literal hk se debe aliminar un era de repetición * para la uación". Se deben eliminar los puntos suspensivos de uración del Sistema fotovoltaico...” Se acepta el comentaña. Se adarará en la revisión final. Instrucciones proponentes 18,2 ETESA manreral lLa cenificación que debe ser emitida por un cuerpo de icertificadón independiente y acreditada, de oroen internacional de que los equipos y companantes de módulos taicos cumplen con las uxigencias de la Unión Europea en cuanlo a pruebas de los paneles y ulpamienlos, deberá — formar parto del numeral que contiene los documentos que componen la oferta. modo de consulta. ¿Existen olas referencias que emitan cadones sobre las pruebas de los paneles y equiparrientos de los módulos torovoflalcos? No es una propuesta de cambio, el comentario no po: El penoso de vigencia de la fianza de propuesta deberá ser modificado a ciento cinco (105) días, para evitar confusiones El cambio no es necesario. El comentaño no se acepta Referente a los documentos para el APCA. | comentarlo no se pa El Gentor calcbrará una reunión informativa con el objato de poder exponer los aspectos más rolevantes de una licitación ly alerder las consultas que tengan los posibles proponentes. La propuesla incica reuniones informativas, acepta el comentano, chstante, puede haber sos donde se requiera imás de una reunión. Se aclarará en la revisión lo solo se celebra una (1). TJETESA Su debe diminar esle literal. ya que ol pracio total de la a los fa que será colizado por el proponente será indicado nunara en el formulario de Olerta, DJETESA "Corregir referencia a cláusula 36. Debe ser la 43. a los numeral | JETESA Ca propuesta indica” Los proponentes lienen conficto de a los terés si presentan más ofertas de lo permitido y que dichas numeral as no sean opcionales y/o alternativas” Para una Mejor nierpretación cebe afminarse el "no" de este literal, ya que incorrecta dicha acotación, para este cepa el comemano. Página 7 de 9 <!-- page 11 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 oferta válda al mismo tempo. El comentario se =TESA Señala que los proponentes deben considerar la facha de [Se rechaza el comentario. imclo de suministro astablecda en el Pliego. Sugieren eliminar la posiblidad de un inicio adelantado, ETESA Proponen incluir que la adjudicación se haga hasta las [Se acepta el comentario. pr determinadas por El Gestor. e adarará en la revisión TESA roponen que 58 reemplace en la evaluación, el precio e acepta el comentario, aluado por el precio ofertado. TESA ponen que la indexación dal cargo de bansriisión sea acepta el comentario, vwdiante la inclusión explicita del Cargo de Transmisión en [Se aclarará en la revisión mesi, o $ea CT (1) Esto elimnara el Meral b) que trataba l. _— de la indexación del cargo. ETESA Debe corregirse la redacción borrosa de este numeral e acepta el comentario. adarará en la revisión nal. ¡ETESA Ver comentario de numeral 3,1 Se acepta al comentario. Se aclarará en la revisión pe [ETESA iderar que la adjudicación puede ser a más de un Se acepta el comentario. ente Ver ia recacción. e adarará en la rewsión nal, TESA debe eliminar la palaora “nmodiatamente “toda vez que ¡Se acepta e comentario. tanto El GESTOR y los proponentes adjudicados requieran [Se aclarará en la revisión e tiempo para la elaboración y rewsión de los borradores / lde Contratos. que deben ser remilidos a las empresas de distribución eléctica La redacción de este numeral debe ser corregida con el [Se rechaza ol comentario. objeto de que queda señalado que el mismo hace referencia al porcentaje de participación en la comprar de cada una de las empresas de distrinución eléctrica Numeral repeido acepta el comenano. ; aclarará en sa revisión final. Wer comentario de rumeral 44 de la lAP Se acepta el comentario. Se adarará on la revisión final. ldfamos que el rango para el máximo porcentaje en que solicid na está $ camidades solicitadas podrán ser aumentadas se fsustentada. Se rechaza el Pane 1 Contralo ección EIN Jones rias del 119 (c6C) umoral 10,2 |ETESA éa 0% 0% entario. [Se debe eliminar el termino potenca, descripción es, ica. Se rechaza el comentario. Cas enmiendas suscñlas entre las partes deben ser [Se acepta el comentario, igualmente remiádas al Centro Nacional de despacho [Se adarará en la revisión (CND jpara solicitar ss viabilidad acenirastrativa tinal. '"ar contenido del numeral 40,5 de las ¡AP [Se rechaza el comentario. Página 8 de 9 <!-- page 12 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 (3 ASÉP es la autoridad encargada de emir la licencia de [Se acepta el comentario. | generación para una caniral solar, Por lo tamto, la figura de Se aclarará en la revisión ' contrato de concesión no apica para el caso de este tipo de [Final tecnovogía, indicada en la propuesta acepta el comentario, aclarará en la revisión k Se solicita eliminar el literal (9) Se Se Todas las causales de terminación del conlrato por acepta el comentario. plimiento del Vendedor se encuentran centenidos en ¡Se aclarará en la revisión mamreral 25.2. por lo que debe se* corregido este nurneral [final. minando el iileral (h) ¡ Página 9 de 9 <!-- page 13 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 ANEXO B RESOLUCIÓN AN No. 7200 -Elec de 253 de marzo 2014 REGLAS PARA LA COMPRAVENTA DE ENERGÍA MEDIANTE ACTOS DE CONCURRENCIA EXCLUSIVOS PARA CENTRALES DE GENERACIÓN SOLAR 13 <!-- page 14 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 REGLAS PARA LA COMPRAVENTA DE ENERGÍA MEDIANTE ACTOS DE CONCURRENCIA EXCLUSIVOS PARA CENTRALES DE GENERACIÓN SOLAR TOMO I REGLAS GENERALES 14 <!-- page 15 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 SECCIÓN I PARÁMETROS, CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA COMPRAVENTA DE ENERGÍA MEDIANTE ACTOS EXCLUSIVOS PARA CENTRALES DE GENERACIÓN SOLAR, DESTINADA AL ABASTECIMIENTO DE LOS CLIENTES DE LAS EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA [CON BASE EN LA LEY NO. 37 DE 10 DE JUNIO DE 2013, QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS PARA EL FOMENTO DE LA CONSTRUCCIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CENTRALES Y/O INSTALACIONES SOLARES] 1. Introducción

  2. 1.1. Este documento tiene el propósito de establecer los parámetros, criterios y procedimientos que deberán cumplir las contrataciones de energía a través de Actos exclusivos para centrales de generación solar, para los Clientes Regulados de las empresas de distribución eléctrica, con base en la Ley No. 37 de 10 de junio de 2013, que establece cl régimen de incentivos para el fomentu de la construcción, operación y mantenimiento de centrales y/o instalaciones solares, en la República de Panamá.

  3. 1.2. La responsabilidad en cuanto a la ejecución de los Actos de Concurrencia exclusivos para la compra de energía a centrales de generación solar (en adelante Acto(s) de Concurrencia), la preparación de los pliegos, la convocatoria, la evaluación y adjudicación de los contratos, corresponde a EL GESTOR de los Actos, en este casa la Empresa de Transmisión Eléctrica, S. A. (en adelante ETESA), quien deberá asegurarse que los contratos resultantes atiendan a factores de economia, eficiencia y garantía de suministro. 13. Los contratos resultantes serán asignados por ETESA a las empresas de Distribución Eléutrica para su firma y ejecución, en proporción a lo establecido por el GESTOR en el Pliego de Cargos. 1.4, Será responsabilidad de ETESA, calcular y mantener actualizado el monto de energía que puede contratarse mediante la celebración de Actos de Concurrencia exclusivos para la compra de energía a centrales de generación solar, considerando los requerimientos de potencia y energía de los Clientes Finales de las empresas de distribución eléctrica, y que los montos de energía que se adjudiquen, sumados a los que se hayan adjudicado previamente en Actos de Concurrencia similares, no excedan el máximo porcentaje autorizado que se encuentre vigente, conforme se estableció en la Ley No. 37 de 10 de junio de 2013, (en adelante Ley Solar). 2. Principio de la contratación.

  4. 2.1. El principio general de los presentes parámetros, criterios y procedimientos es que los contratos que se realicen como resultado de un Acto de Concurrencia, bajo los términos establecidos en las presentes Reglas, establecerán un compromiso de energía de centrales de generación solar. <!-- page 16 --> No 27507 5.1. 5.2. 6.1, 6.2. 6.3. 6.4. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 . La contratación establecerá los compromisos entre las partes. Definiciones. - Los términos no definidos en este documento se encuentran definidos en las leyes. reglas, normas y demás disposiciones vigentes del sector eléctrico. Aplicabilidad. . Los parámetros, criterios y procedimientos aquí descritos se aplican únicamente a los suministros que gestione ETESA para las compras de encrgía mediante Aulos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar para el abastecimiento de la energía de los Clientes Finales de las empresas de distribución eléctrica. Naturaleza de la compra, ETESA podrá gestionar, para una o varias empresa(s) de distribución eléctrica, la compra de energía a través de Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar, mediante contratos de diferentes plazos, con diferentes puntos de entrega, con entregas parciales y/o escalonadas. Los Contratos resultantes de las compras de energía exclusivos para centrales solares que gestione ETRSA tendrán una duración máxima de veinte (20) años, a partir de la fecha de inicio del suministro establecida en el Contrato. Cuantía de la Compra para Actos de Concurrencia Exclusivos para Centrales de Generación Solar. ETESA deberá realizar los llamados a los Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar, tomando en consideración las necesidades de energía de las empresas distribuidoras y el valor que puede adjudicarse para no superar el porcentaje de energía total que puede ser contratada, conforme lo establecido en la Ley Solar. ETESA en un mismo llamado podrá incluir varios renglones, es decir, volúmenes adjudicables por separado y con distintas fechas de inicio de entrega, Con el propósito de estimar el consumo anual de las Distribuidoras, se ulilizará el Informe Indicativo de Demanda vigente. En concordancia con el porcentaje de energía total que puede ser contratada, según se establece en la Ley Solar, adicional al correspondiente en la Ley Eólica (Ley 44 de 2011) y cualquier otra Ley posterior de generación renovable, se permite un margen correspondiente al 5%, de la Energía Asociada Requerida, calculada considerando la DMG de la(s) empresa(s) de distribución cléctrica para la(s) cual(es) se efectúa el llamado, restándole a la misma la Reserva para Confiabilidad, cuyo incumplimiento no ocasionará penalizaciones para ETESA, siempre y cuando dicho porcentaje se haya contratado con fuentes de energía renovables, tales como solar y eólica. 'Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energia Solar 3 16 <!-- page 17 --> No 27507 8.2. 8.3. 9.1. Y, 10. 10.1. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Este margen es independiente del 5% de tolerancia en los niveles de contratación que establecen las Reglas de Compra, aprobadas mediante resolución AN No. 991-Elec y sus modificaciunes. Plazo de anticipación para contratación, - ETFSA deberá tomar en consideración los tiempos necesarios para la preparación y evaluación de ofertas, y negociaciones de contratos, asi como la posterior fabricación, ' construcción e instalación de nuevas centrales solares, de modo que se garantice la máxima competencia. Plazo de los contratos. . Los contratos para el suministro de energía obtenidos mediante Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar no podrán tener una duración superior a veinte (20) años, contados a partir de la fecha de inicio de suministro indicada en cl contrato suscrito. Este plazo no podrá ser prorrogable, ETESA, deberá indicar en los Documentos de Licitación de Compra de Energía mediante Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar (en adelante Documento(s) de Licitación) la duración del contrato, pudiendo establecer una duración fija o una duración máxima para cada renglón de compra. El proponente deberá hacer su oferta conforme a los términos que haya establecido ETESA. En el caso de que existan adjudicaciones en varios renglones para el mismo proponente, se podrá hacer un solo contrato que incluya las adjudicaciones a los distintos renglones, siempre y cuando el contrato resultante no supere los veinte (20) años. Precio de Referencia. El Documento de Licitación establecerá la existencia de un Precio de Referencia hasta el que puede ser contratada la energía proveniente de centrales de generación solar, bajo los parámetros establecidos en el presente reglamento. Este precio será establecido por el GESTOR (ETESA) para cada Acto de Concurrencia. Si durante Ja evaluación de las ofertas el Precio Ofertado de un proponente resullase mayor que el Precio de Referencia, dicha propuesta será descartada. Adjudicación. La adjudicación se hará a la(s) oferta(s) que resulten) con el menor precio ofertado que estén) por debajo o sea igual al Precio de Referencia establecido en el Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar, hasta el máximo del volumen de la energía solicitada, siempre que la sumatoria del monto de energía que se adjudique, y la energía de cualquier contrato existente, vigente o no, que se haya adjudicado en el pasado en un Acto de Concurrencia similar, no debe exceder el máximo porcentaje de participación en el consumo de energía previsto en el periodo de adjudicación, conforme se establece en la Ley Solar. Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Sular 4 17 <!-- page 18 --> No 27507 10.2. 11. 11.1. 11.2, 11,3, 11,4, 12. 12.1. 12,2, 12.3, Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Todos los criterios de evaluación, aceptación uv rechazo de ofertas se establecerán en los Documentos de Licitación y serán conocidos de antemano por todos los posibles propunentes Transparencia. Se garantizará la máxima transparencia mediante la publicación en varios medios de comunicación de los llamados a los Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar, el examen previo de toda la documentación por parte de los posibles proponentes y el acceso de todos los posibles proponentes a todas las preguntas que se hagan con respecto a los Documentos de Licitación y la respuesta que sc dé a las mismas, así como a aspectos del referido tipo de Actos de Concurrencia. Los Documentos de Licitación contendrán cláusulas que desincentiven y penalicen las prácticas corruptas o fraudulentas. Se entiende por “prácticas corruptas” ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor con el fin de influir sobre acciones de funcionarios de ETESA y/o la(s) empresa(s) de distribución eléctrica compradora, de la empresa proponente o de la ASEP durante el Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar o de la ejecución de las contratos. Por "prácticas fraudulentas” se entiende la falsa representación de los hechos con el fin de influir sobre el Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar o sobre la ejecución de un contrato en detrimento de los Clientes Finales para los cuales se efectúa la compra de energía, e incluye prácticas de colusión entre proponentes o entre éstos y/o ETESA y/o la(s) empresa(s) de distribución eléctrica, antes o después de la presentación de ofertas, con el fin de establecer precios de ofertas a niveles no competitivos o artificiales, para despojar asi a los referidos clientes de los beneficios de una competencia libre y abierta. No discriminación. Fl Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar garantizará a todos los posibles proponentes igualdad de oportunidades, bien que estos scan agentes del mercado existentes o nuevos, con plantas de gencración solar instaladas o por instalar, con ofertas totales o parciales. Se proporcionará a todos los posibles proponentes la misma información, y se ofrecerá a todos cllos la misma oportunidad de obtener inlormación adicional oportunamente. ETESA deberá organizar una reunión, previa a la realización del Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar, en la cual los posibles proponentes puedan obtener aclaraciones. Toda información, aclaración, corrección de errores o modificación de los documentos del Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar deberá ser enviada por los medios más expeditos posibles, a todos los posibles proponentes que adquirieron los documentos para participar en dichu Acto de Concurrencia a más tardar dos (2) días Tomo 1; Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 5 ad 18 <!-- page 19 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 hábiles posteriores al día en que se originó dicha información, aclaración, corrocción de errores o modificación. Sólu se permitirá generar información, aclaración, corrección de errores o modificación de los documentos de dicho Acto de Concurrencia hasta quince (15) días calendario antes de la fecha fijada para la recepción de las ofertas. 13. Ejecución de Fianzas. AS e) 13.1. Una vez se hayan hecho las adjudicaciones, ETESA traspasará a la(s) empresa(s) de distribución eléctrica, el(los) contrato(s) resultante(s) del Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de gencración solar para su firma y ejecución. A partir de ese momento la relación contractual será exclusivamente entre la(s) empresa(s) de distribución eléctrica y las correspondientes proponentes cuyas ofertas hayan sido adjudicadas.

  5. 13.2. Cuando producto de la aplicación de esta normativa, ETESA ejecute una fianza de propuesta, el monto ejecutado de dicha fianza se transferirá a la(s) empresa(s) de distribución eléctrica, en la proporción en que se iba a realizar la compra. Recibida la transferencia, esta(s) empresa(s) deberá(n) aplicar los montos así obtenidos como un descuento en la factura de sus clientes.

  6. 13.3. Cuando producto de la ejecución de un contrato, la(s) empresa(s) de distribución eléctrica ejecute(n) una fianza de cumplimiento, dicha(s) empresa(s) deberá(n) aplicarla(s) como un descuento en la factura de sus clientes. 14. Aplicación de Penalidades.

  7. 14.1. La empresa de distribución eléctrica deberá aplicar como un descuento en la factura de sus clientes, cualquier penalidad que se le aplique a la parte vendedora en un contrato de suministro de energía. Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 6 <!-- page 20 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 SECCIÓN 11 ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS Capítulo 1: Disposiciones Generales 1. VR 1.2. 3. 3.1. RA Documentos. Los documentos a presentar por parte de ETESA, referidos a los Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar deben corresponder con el Documento Estándar de Licitación de Compra de Energía mediante Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar (en adelante Documento Estándar de Licitación Solar) aprobado por la ASEP y contendrá como mínimo:

  8. 1.1.1. Fl llamado a presentación de ofertas.

  9. 1.12. Instrucciones a los proponentes.

  10. 1.1.3. El formulario de las ofertas. 1,1.4. El modelo del contrato. Los documentos del Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar deberán estar redactados de manera que permitan y alienten la más amplia competencia incluyendo a empresas nacionales y extranjeras. En ellos se deberán describir con toda claridad y precisión las compras que se descan realizar. Informe Anual subre Contrataciones, - ETESA deberá considerar e indicar, en el Informe Anual sobre Contrataciones que presente anualmente a la ASEP, el monto previsto de energía que es posible adjudicar mediante Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación salar, en función de lo establecido en la Ley Solar. Reglas básicas. ETESA deberá establecer en forma detallada y precisa las bases para la evaluación de las ofertas para la adjudicación correspondiente al Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar. La adjudicación se hará a la(s) oferta(s) que resulic(n) con el menor precio ofertado que esté(n) por debajo o sea igual al Precio de Referencia establecido en el Acto de Concurrencia, considerando lo establecido en las presentes Reglas. Todas los contratos de suministro de encrgia entre los productores y las empresas de distribución eléctrica derivados de Actos de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar serán adjudicados mediante los parámetros, criterios y procedimientos de Tomo Il: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 7 20 <!-- page 21 --> No 27507 3.3. 4.1, Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 selección y adjudicación que se indique en el respectivo Documento de Licitación de Compra de Energía mediante Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar (en adelante Documento(s) de Licitación) sin que se puedan utilizar criterios o procedimientos que no hayan sido enunciados en dicho documento, de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento. Los contratos deberán cumplir los requisitos y características básicas que establecen al respecto la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, sus modificaciones y reglamentaciones, la Ley No. 37 de 10 de junio de 2013, las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá, y demás normativas vigentes, con las excepciones que le apliquen. Transpurencia. Los Ducumentos de Licitación y la documentación anexa, asi como las actuaciones, informes y los expedientes que las contengan estarán abiertos a los proponentes, debiendo expedirse a costo del proponente, copias cuando así se solicite, Capítulo Il: Elaboración de Documento de Licitación. 5. 5.L. 6.3. Consideraciones Generales. Los Documentos de Licitación que utilice ETESA deberán estar en conformidad con el Documento Estándar de Licitación Solar aprobado por la ASEP, conforme a lo establecido en la legislación vigente, considerando lo indicado en la Ley Solar. Es obligación de ETESA verificar que tanto los Documentos de Licitación como las ofertas presentadas cumplan con estas disposiciones. Los Ducumentos de Licitación serán expedidos en español. Discrecionalmente, ELESA podrá emitirlos además en otro idioma. En estos casos se indicará claramente que prevalecerá la versión en español, Requisitos. Con la debida antelación al llamado a un Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar, ETESA deberá presentar el Documento de Licitación. La oferta económica deberá hacerse en el formato establecido en el Documento de Licitación de cada Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar, de tal manera que permita la evaluación de las ofertas por comparación de valores homogéncos. Para tal fin, se elaborarán planillas o formularios que se adjuntarán a los Documentos de Licitación y que deberán scr completadas por los proponentes. De acuerdo con estas Reglas, los contratos serán de sólo energia. La oferta se presentará como un cargo único por la encrgía, el cual será fijo por toda la duración del contrato, expresado en Balboas (o Dólares de los Estados Unidos de América) (B-/-KWh 6 USD/KWh). Tomo |: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 8 21 <!-- page 22 --> No 27507 6.6. 7, EL pe 1.2.1, EA Es 8.1. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 . En caso de que la solicitud incluya dos o más renglones de suministro, un proponente podrá ofertar cargos distintos para cada renglón. 5. Fn los Documentos de Licitación deberán indicarse los requisitos esenciales de la contratación, que como mínimo son los siguientes:

  11. 6.5.1. Plazo de mantenimiento de las ofertas y fianzas que garanticen las mismas:

  12. 6.5.2. La metodología y las fórmulas de evaluación,

  13. 4.5.3. Los criterios para evaluar las ofertas parciales.

  14. 6.5.4. El proyecto de contrato o contratos a ser firmado(s). En el llamado al Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar deberá indicarse como mínimo lo siguiente:

  15. 6.6.1. El cronograma del Actu de Concurrencia a celebrarse, incluyendo el plazo para formalizar la adjudicación y la firma del contrato, y fechas para las entregas de las compras objeto del Acto de Concurrencia.

  16. 6.6.2. Lugar, día y hora de presentación y apertura de las ofertas. Cláusulas de ajuste de precios. Las ofertas de energía que se presenten en los Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar serán a precio fijo. El precio ofertado se ajustará anualmente en función de: Variaciones en el Índice de Precios al Consumidor, publicado por la Contraloría Gencral de la República de Panamá. Por variaciones en los Cargos de Transmisión, que les corresponda pagar realmente a los oferentes. en función de los cambios en dichos cargos. Para ello, el precio de la energía ofertado debe incluir de forma explicita el monto del cargo al momento de hacer la oferta, Los Proponentes deberán considerar en su vlerta los Cargos de Transmisión vigentes aplicados u centrales solares de acuerdo a lo contemplado en el Reglamento de Transmisión. El Gestor deberá tener toda la información requerida a disposición de los proponentes, cn su sitio web con treinta (30) días de anticipación a la fecha de Recepción de Ofertas. Fianza de propuesta. Los Documentos de Licitación incluirán la exigencia de una fianza de propuesta para garantizar el mantenimiento de su oferta que definirá ETESA sobre la base de su razonabilidad, proporción y trato no discriminatorio ni preferencial. El periodo de validez Tomo l: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 9 22 <!-- page 23 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 de la fianza deberá ser de cuarenta y cinco (45) días calendario, adicionales al perivdo de validez de la oferta. Capítulo UI: Llamado al Acto de Concurrencia. 9, 31. 10. 10.1. 10.4. Precalificación. En los Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar que gestione ETESA no se exigirá como requisito la precalificación. Publicidad. Invitaciones a participar. El llamado a participar en el Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar y su publicidad se efectuarán con la mayor amplitud posible, como mínimo con avisos que se publicarán en dos (2) diarios de circulación nacional por dos (2) días calendario consecutivos y en la página “Web” de ETESA y de la(s) empresa(s) de distribución eléctrica durante un mínimo de treinta (30) días calendario a partir del primer día de la publicación en los diarios. Para esto, ETESA deberá informar a la(s) empresa(s) de distribución eléctrica sobre el llamado al referido Acto de Concurrencia que está convocando remitiendo copia del aviso publicado para que sea incluido en la página web. Igualmente, ETESA deberá remitir a la ASEP, tan pronto sea publicado, el aviso del llamado al referido Acto de Coneurrencia. . De manera adicional, ETESA deberá publicar en un (1) diario de circulación internacional por dos (2) días calendario consecutivos y/o en una revista especializada. 3. Los llamados espccificarán, como mínimo: 10,3.1, El objeto del llamado al Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar,

  17. 10.3.2. El lugar y el horario en que podrá consultarse y obtenerse copia del Documento de Licitación, la documentación complementaria y demás información adicional que se requiera, con indicación de número de teléfono, telefax y/o dirección electrónica,

  18. 10.3.3. El lugar. día y hora límite de presentación y apertura de las ofertas.

  19. 10.3.4. El costo del Documentos de Licitación, el cual no podrá ser mayor a Cincuenta Balboas o Dólares de los Estados Unidos de América (B/, 50.00). Los anuncios, avisos e invitaciones deberán realizarse en forma tal que la última publicación guarde una antelación minima de cuarenta y cinco (45) días calendario de la fecha límite de presentación de ofertas. Tomo I: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 10 23 <!-- page 24 --> No 27507 10.5. 11.2. 12, 121. 13. 13,1. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Bajo circunstancias extraordinarias la ASEP podrá autorizar, plazos menores u los establecidos en los mumerales anteriores, siempre y cuando ETESA lo justifique adecuadamente. Modificación del Documento de Licitación - Las cambios, adiciones v modificaciones que ETESA introduzca, deberán ser sometidas a consideración de la ASEP con por lo menos treinta (30) días calendario antes de la fecha fijada para la presentación de las ofertas. ETESA debcrá informar, por medio idóneo, a todo aquel que haya obtenido copia del Documento de Licitación, con una antelación de por lo menos quince (15) días calendario antes de la fecha límite fijada para la presentación de las ofertas, de los cambios, las adiciones o modificaciones que ha aprobado la ASEP. Para dichos efectos, ETESA informará por correo electrónico y publicará un aviso que contenga dicha modificación en su sitio web durante quince (15) días consecutivos. Se exceptúa de lo anterior aquellas modificaciones que involucren exclusivamente cl cambio de la fecha del Acto de Recepción de Ofertas, las cuales pueden informarse hasta con diez (10) días calendario de antelación, para lo cual ETESA someterá a la ASEP dicha modificación con la debida antelación y le dará la adecuada divulgación. Los cambios o modificaciones a los Documentos de Licitación sólo se realizarán por medio de una Adenda aprobada por la ASEP y serán comunicados a los interesados en tiempo oportuno. Adicionalmente, con cada modificación que se haga al Documento de Licitación, deberá hacerse un documento unificado, el cual será puesto a disposición de los interesados en el sitio web de ETESA. Información y Consultas. Es obligación de ETESA, siempre que se lo hayan solicitado con suficiente antelación, proporcionar información adicional sobre los Documentos de Licitación y demás documentación complementaria. La información adicional deberá ser proporcionada 4 más tardar quince (15) días calendario antes de la fecha límite fijada para la recepción de las ofertas. La información adicional solicitada será enviada a todos los que hayan comprado el Documento de Licitación, con el objeto de garantizar transparencia e igualdad de información a todos los proponentes. Acto de recepción de las ofertas. En la celebración del acto de recepción de ofertas se observarán las siguientes reglas:

  20. 13.1.1. La presentación de las ofertas se realizará en el lugar y plazo señalados en los avisos. Cada proponente enviará o entregará un sobre cerrado que contenga su propuesta, cumpliendo con los requisitos que se indiquen en el Documento de Licitación respectivo,

  21. 13.1.2. A medida que se vayan recibiendo, los sobres se enumerarán, conforme al orden de presentación, y se les pondrá la fecha y hora de presentación, debiendo Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 11 E 24 <!-- page 25 --> No 27507 A 13,1,4, 13.1,5, Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 permanecer cerrados y debidamente custodiados. Una vez entregados los sobres no podrán devolverse por ningún motivo. Vencida la hora límite de presentación de ofertas, la persona designada por ETESA para presidir el acto de recepción de ofertas procederá a abrir los sobres en el orden cronológico de presentación y se dará lectura, en voz alta. a las propuestas. ETESA rechazará de plano, en el acto de apertura de sobres, las ofertas que han sido entregadas después de la hora límite de presentación de ofertas, y aquellas que no eslén acompañadas de la Fianza de Propuesta o que no se ajusten al modelo de fianza o monto que surge de lo establecido en el Documento de Licitación. Terminada la lectura de las propuestas, quien presida el acto levantará un acta en la que se dejará constancia de:

  22. 13.1.5.1. Todas las propuestas presentadas, en el orden en que hayan sido presentadas, indicando el precio propuesto, el nombre del proponente y el listado de los documentos presentados; 13.1.5.2.. Las propuestas admitidas; 13.1.5,3. Las propuestas podrán ser rechazadas de plano por el Gestor si la fianza de propuesta no cumple con lo dispuesto en el documento de licitación. Las ofertas que no cumplan con las lineamientos del” pliego de cargos serán rechazadas y se dejara indicado en el informe de Evaluación las razones por las que se haya dispuesto el rechazo. Existe un motivo único por la cual la oferta se rechaza de plano durante la apertura y lectura de ofertas.

  23. 13.1.5.4. El nombre y el cargo que ejerzan de las personas que representen a los proponentes;

  24. 13.1.5.5. Los funcionarios presentes de la ASEP y de la Autoridad de Protección al Consumidor y Delensa de la Competencia (ACODECO) que hayan supervisado el acto.

  25. 13.1.5.6. El nombre de las personas que hayan intervenido en representación de ETESA.

  26. 13.11.57. Las observaciones. quejas o incidencias ocurridas durante cl desarrollo del acto.

  27. 13.2. El acta deberá ser firmada por los representantes de los proponentes, de las empresas de distribución eléctrica, de ETESA y por funcionarios de la ASEP y de la ACODECO que participen en el acto. Cuando alguno de estos participantes se niegue a firmar o se retire del acto sin firmar, se dejará constancia de ello en el acta. Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energia Solar 12 25 <!-- page 26 --> No 27507 143, 14. 14.1 15.1. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Concluido el acto, se unirán al expediente las propuestas presentadas, incluso las que se hubiesen rechazado. El expediente deberá estar debidamente foliado y adecuadamente custodiado. Los Proponentes tendrán acceso a dicho expediente, asi como el derecho a obtener copias de los documentos que lo integran, siempre que cubran los costos de reproducción. .ETESA atenderá y responderá las quejas que presenten los proponentes, dejando constancia de toda actuación en el expediente. 5. ETESA rechazará toda propuesta que esté condicionada a parámetros o requisitos que no hayan sidu especificados en el Documento de Licitación o que indiquen cantidades o precios indeterminados. Compromisos que asume el proponente, Efectos de la presentación de la oferta. La presentación de la oferta implicará el sometimiento del proponente a la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, sus modificaciones y su Reglamento contenido en el Decreto Ejecutivo No. 22 de 19 de junio de 1998, a la Ley Na. 37 de 10 de junio de 2013, a las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá, al Reglamento de Operación, al Reglamento de Transmisión y a las presentes Reglas de Compra y demás normativas legales vigentes, y la expresa aceptación para que ETESA le solicite información adicional y/o documentación complementaria relacionada con el Documento de Licitación y/o la subsanación de defectos formales de la propuesta. Contenido mínimo del modelo de contrato incluido en el Documento de Licitación. Los contratos a celebrarse contendrán como mínimo:

  28. 15.1.1. Identificación de las partes.

  29. 15.1.2. Tipo de contrato, de acuerdo a las definiciones y tipologías de las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá.

  30. 15.13. Compromisos entre los compradores en el caso de compra conjunta. 15,14. Período de vigencia.

  31. 15.1.5. Objeto: energia contratada durante el período de vigencia.

  32. 15.1.6. Precio y régimen de remuneración acordado.

  33. 15.1.7. Una cláusula por la que las partes declaran aceptar que el contrato se administre de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Opcración y las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá vigentes.

  34. 15.1.8. Una cláusula por la que las partes acuerdan previamente, someter a la ASEP todas las controversias y conflictos a que pueda dar lugar la interpretación o aplicación del contrato en lo que hace a la aplicación del Reglamento de Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 13 26 <!-- page 27 --> No 27507 15.1.9, 15.1.10. 151.11. 15.1.12. 15.1.13. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 27 Operación, el Reglamento de Transmisión, las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá y demás normativas vigentes, de conformidad con la Ley No. 26 de 29 de enero de 1996, el Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006, la Ley No, 6 de 3 de febrero de 1997 y sus modificaciones y la Ley No. 37 de 10 de junio de 2013. Puntos de entrega y de retiro, Compromiso de las partes por el pago de las tarifas de transmisión, y si es el caso, de las tarifas por el uso de las redes de distribución. Domicilio de las partes. Condiciones Generales. 15.1.12,1. Definiciones. 15,1.12.2. Aplicación. 15.1,12.3. Uso de los documentos contractuales e información. 15.1,.12.4. Fianza de cumplimiento.

  35. 15.1.12.5. Cronogramas de entregas de energía,

  36. 15.1.12.6. Forma de pago. 15.1.12,7. Modificaciones del Contrato.

  37. 15.1.12.8. Cestón. 15.1.12.9, Retrasos en el Inicio del Suministro.

  38. 15.1.12.10. Liquidación por daños y perjuicios.

  39. 15.1.12.11. Rescisión por incumplimiento.

  40. 15.1.12.12. Responsabilidad por circunstancias de fuerza mayor y caso fortuito,

  41. 15.1.12.13. Rescisión por insolvencia.

  42. 15.1.12.14. Decisión de controversias por la ASEP. 15.1.12,15. Idioma(s). 15.1.12,16. Leyes aplicables,

  43. 15.1.12.17. Prelación de los documentos.

  44. 15.1.12.18. Notificaciones. 15.1,12.19. Impuestos y derechos. Toda utra información adicional que sea necesaria para cumplir con lo que establece el Reglamento de Operación, el Reglamento de Transmisión y las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá. Tomo |: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 14 Y <!-- page 28 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Capítulo IV: Oferta. 16. 16.1. 17. 17.1. 17.2. 18. 18.1. 18.2. 18.3. 19. 19.1. Aceptación del Documento de Licitación. La presentación de una oferta implica la aceptación, por parte del proponente, del Documento de Licitación sin objeciones, reservas ni restricciones. Requisitos. Las ofertas serán secretas y contendrán la propuesta ajustada al Documenlo de Licitación, el precio ofertado y la Fianza de Propuesta exigida en el Documento de Licitación. Estas propuestas serán presentadas en español; a opción de ETESA podrá solicitarse en inglés en duplicado o en la cantidad de copias que se establezca en los Documentos de Licitación, y presentadas en sobre, paquete o caja sellados. Se admitirán ofertas hasta el día y hora fijados y contendrán en so cubierta la indicación del llamado a licitación al cual corresponde, el día y hora de apertura, Las ofertas deberán estar firmadas por cl proponente o su representante autorizado. Las enmiendas, borrones y tachaduras en partes esenciales de la propuesta deberán contar con la firma u iniciales del proponente. Las ofertas serán presentadas en sobres cerrados. Una vez finalizado el perívdo de presentación de las ofertas, la persona que preside el acto, abrirá las ofertas recibidas en el orden de su presentación, las leerá públicamente y las colocará a disposición de los proponentes para su verificación. Dichas propuestas podrán ser examinadas por los proponentes antes de ser entregadas para su evaluación. Validez de las ofertas. ETESA deberá establecer un plazo para la validez de las ofertas no menor de sesenta (60) dias calendario. Se requerirá una fianza de propuesta por el monto especificado en los documentos de la licitación, que proporcione a ETESA y a los Clientes Finales de la empresa de distribución eléctrica a la que se le adjudique cl contrato, una protección razonable por la compra, pero el monto no debe ser tan alto que desaliente a los proponentes. En el caso de ofertas parciales el monto de la fianza deberá guardar proporción con la cantidad ofertada. La fianza de propuesta deberá mantenerse vigente por un perivdo de cuarenta y cinco (45) días calendario adiciunales al periodo de validez de las ofertas, a fin de proporcionar u la empresa de distribución eléctrica un tiempo razonable para actuar en caso de que la fianza se hiciere exigible. Las fianzas de propuesta serán devucltas a los proponentes no favorecidos una vez que se determine que no se les adjudicará el contrato, Moneda Los precios de la oferta deberán expresarse en balboas (B/.) o en dólares de los Estados Unidos de América (USD). Tomo I: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 15 28 <!-- page 29 --> No 27507 20. 20.1. 21. 21,1. 22. 22.1 23, 23.1. 24. 24.1. 24.2, 24.3, Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Ofertas que se aparten de las bases del Acto de Concurrencia. No serán consideradas las ofertas que contengan cláusulas que sean contrarias a lus disposiciones de la Ley No. 6 de 3 de febrero de 1997, sus modificaciones y reglamentación; la Ley No. 37 de 10 de junio de 2013, las Resoluciones de la ASEP; las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá; las normas y procedimientos establecidos en este documento; o en el Documento de Licitación. Oferta parcial. El proponente podrá formular ofertas de la siguiente manera: . Una sola oferta por todo o parte de lo solicitado; o . Una sola oferta por todo o parte de lo solicitado por cada Livencia o Licencia Provisional. Prohibición de hacer más de una oferta por Acto de Cuncurreacia. Los proponentes no podrán presentar más de una oferta para un mismo renglón en un mismo Acto de Concurrencia. Ofertas opcionales o alternativas. Se entenderán como ofertas opcionales o alternativas, aquellas que para la misma composición de la oferta, impongan una condición o restricción a la misma. Mantenimiento de la oferta, Fianza de Propuesta. Los proponentes deberán mantener las ofertas por el término mínimo de ciento cinco (105) días calendario o término mayor que fije el Documento de Licitación, contados desde la fecha del acto de apertura de ofertas. Al vencimiento de los plazos fijados para el mantenimiento de las ofertas, éstas caducan automáticamente, salvo que se obíuviere prórroga expresa del proponente. La prórroga expresa del proponente debe conllevar la vigencia de las fianzas correspondientes. En los Documentos de Licitación se establecerá la exigencia de una fianza de propuesta, a satisfacción de ETESA. Capítulo V; Evaluación y Adjudicación. 25. 25.1. Evaluación de las ofertas El criterio general será que ETESA determinará los costos totales resultantes de las ofertas, o combinación de ofertas, para el cubrimiento de la energía solicitada expresada Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 16 29 <!-- page 30 --> No 27507 $ E SS nr 38 BUcOS LO 2. 25.4. 25.5. 26. 26.1. 26.2, 27. 27.1. 28. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 en el Acto de Concurrencia, de acuerdo con las fórmulas establecidas en el Documento de Licitación. . La adjudicación se hará a la(s) oferta(s) que resulte(n) con el menor precio ofertado que esté(n) por dehajo o sea igual al Precio de Referencia establecido en el Acto de Concurrencia considerando la limitante de adjudicación establecida en la Ley Solar. ETESA está obligada a publicar en su página Web todas las actas asociadas a los Actos de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar que gestione. Asi como también deberá publicarse en la página Web de las empresas de distribución eléctrica la información más relevante asociada a la adjudicación y el (los) contralu(s) resultante(s) de dicho Acto de Concurrencia, referidos a cantidad de energía, plazos, precios, etc. Las publicaciones deben hacerse inmediatamente se tengan los ducumentos a publicar. Para que las empresas de distribución eléctrica puedan publicar la información en su página Web, ETESA deberá suministrarles dicha información tan pronto esté disponible. Una vez realizada la evaluación de las ofertas, El GESTOR preparará un Informe de Fvaluación con los resultados del Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar y la propuesta de adjudicación, el cual deberá ser enviado a la ASEP. La presentación de la No Objeción de la ASEP a dicho informe, será requisito indispensable para que ETESA adjudique los contratos. Los plazos de entrega, la información que debe contener el referido informe y el procedimiento a seguir en caso de aceptación o rechazo del mismo estarán contenidos en los Documentos de Licitación. Una vez sea otorgada la No Objeción al Informe de Evaluación, la ASEP remitirá el mismo a la ACODECO, con el fin de que ésta haga una cvaluación de las condiciones de competencia en el Acto de Concurrencia. La ACODECO puede, en cualquier momento, revisar las condiciones de competencia en el mercado de generación y, solicitar si lo estima conveniente, el apoyo y la colaboración del personal técnico de la ASEP. Precio evaluado de una oferta. Los criterios con base a los cuales se evaluará el precio serán establecidos en el Documento de Licitación. La evaluación de las compras de energía, será el resultado de dividir el valor actualizado de la serie de costos periódicos de la energía entre el valor actualizado de los montos periódicos de la energía ofertada. Tasa de descuento. En los Documentos de Licitación se indicará la tasa anual de descuento para la actualización de los montos de las ofertas, la cual deberá reflejar el costo de oportunidad del capital para la actividad de generación eléctrica en un mercado competitivo. Evalunción de ofertas parciales. Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energia Solar 17 30 <!-- page 31 --> No 27507 1 e, 28.1. 29. 29.1. 30. 30.1, 31. 31,1. Y. 32.1. 32.2. 32.3. 3, 33.1. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 En el caso de que existan ofertas parciales, con precios individuales evaluados menores que las ofertas que se presenten por la totalidad de la compra se hará una adjudicación a favor del proponente que haya presentado la oferta parcial con menor precio evaluado y sucesivamente a los proponentes que hayan presentado ofertas parciales, en orden ascendente de su precio evaluado hasta completar la totalidad de la compra, siempre y cuando la suma de estas ofertas no represente un costo mayor del que representaría la consideración de alguna de las ofertas que se presentaron por la totalidad de la compra y que con dicha adjudicación no se supere el porcentaje establecido en la Ley Solar. Combinación de ofertas que no alcancen la totalidad de lo solicitado. En el caso de que la combinación de las ofertas que se adjudiquen no cubra la totalidad de lo gue ETVESA haya solicitado, se podrá hacer adendas al Documento de T.icitación que originó la compra para contratar dicho remanente o efectuar un nuevo Acto o incluirlo en el próximo que esté programado. Oferta única. La presentación de una sola oferta válida no será causal para declarar la licitación desierta. Adjudicación. Si el Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar ha cumplido los requisitos y formalidades establecidos en el presente Procedimiento y en los Documentos de licitación, ETESA adjudicará el resultado de dicho Aclo dentro de un plazo no mayor de treinta (30) días calendario después de la fecha de la apertura de las propuestas, o lo declarará desierto en los casos señalados en el Documento de Licitación, Potestades de ETESA. Declarar desierto el Acto de Concurrencia exclusivo para centralcs de generación solar, * para lo cua] requerirá de una No Objeción de la ASEP, Ñ Adjudicar todo o parte de los suministros sometidos en el referido Acto de Concurrencia, previa obtención de una No Objeción de la ASEP; Rechazar una, todas o cualesquiera de las propuestas cuando las considere oncrosas o gravosas, en cuyo caso deberá explicar previamente las razones justificativas a satisfacción de la ASFP, de acuerdo a lo establecido en los Documentos de Licitación. Empate de ofertas. En caso de igualdad en el precio evaluado que no pueda resolverse a través de adjudicaciones parciales a los proponentes empatados, ETESA solicitará a los respectivos proponentes que, por escrito, en el plazo que se les fije, el cual no pudrá ser inferior a veinticuatro horas, formulen una mejora de precios. El silencio de algún proponente invitado a desempatar se entenderá como confirmatorio de su oferta original, procediéndose en consecuencia, Tomo |: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 18 Y 31 <!-- page 32 --> No 27507 20, MH. 34.1. 35. 35.1. 35.2, 35.3, Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 En la eventualidad de un segundo empate la asignación se hará por sorteo con el método que previamente haya establecido ETESA en los Documentos de licitación. Declaración de desierto del Acto de Concurrencia. De no existir ofertas válidas, o si ETESA hubicre rechazado todas las ofertas, se declarará desierto el Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación solar. En este caso ETESA deberá convocar a un nuevo llamado al Actu de Concurrencia, salvo aceptación por parte de la ASEP de las modificaciones en los Documentos de Licitación que sean necesarias para obtener propuestas aceptables, Publicidad y notificación de la adjudicación. La adjudicación deberá ser anunciada durante dos (2) días calendario, como mínimo cn dos diarios de circulación nacional y deberá ser publicada por ETESA en su sitio web por un mínimo de treinta (30) días calendario. Asimismo, deberán ser informadas de manera fehaciente a la ASEP y a todos los proponentes en los domicilios indicados en la oferta, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la adjudicación. ETESA deberá dar a conocer información acerca del análisis, actaración y evaluación de las ofertas y sobre las recomendaciones relativas a la adjudicación. Los precios ofertados serán dados a conocer a lodos los interesados en el acto de apertura. Capítulo VII: Reglas Relativas a los Contratos. 36. 36.1. 36.2. 36.3, 37. Firma del contrato. Una vez hechas las adjudicaciones de que trata el Capítulo VI del presente documento, ETESA asignará el (los) contrato(s) resultantes a la(s) empresa(s) de distribución eléctrica correspondiente(s). Las partes firmarán el contrato de suministro, a más tardar trcinta días (30) calendario contados a partir de la fecha de la adjudicación, de acuerdo con el modelo de contrato incluido en el Documento de Licitación. Se permitirán modificaciones al contrato incluido en el Documento de Licitación que no comprometan la esencia del Acto de Concurrencia exclusivo para centrales de generación: solar, previa la aprobación de la ASEP. La empresa de distribución eléctrica deberá presentar el contrato en la ASEP para su registro, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a su firma. Inmediatamente se haya obtenido el registro por parte de la ASFP, la empresa de distribución eléctrica debcrá enviarle copia del contrato registrado al Centru Nacional de Despacho (CND), Transferencia o cesión del contrato. Tomo Í: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 19 32 <!-- page 33 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014

  45. 37.1. Las partes podrán ceder los derechos y obligaciones que nazcan del contrato, previa autorización de la ASEP, de acuerdo con lo dispuesto en el mismo, el Documento de Licitación y las normas del derecho común. En este caso, la empresa de distribución eléctrica le deberá informar a la ASEP la cesión realizada, dentro de un plazo de treinta (30) dias calendario, contados a partir de la cesión o transferencia. 38. Modificación del Contrato.

  46. 38.1. Las empresas de distribución eléctrica tienen la obligación de registrar en la ASEP una copia de cada uno de sus Contratos. Asimismo, tienen la obligación de registrar toda modificación que acuerden a alguno de sus contratos vigentes. Ilasta tanto el contrato no sea registrado en la ASEP, el mismo no podrá scr ejecutado.

  47. 38.2. Toda modificación que requieran los contratos, solicitada por las partes firmantes, sólo se realizará por autorización de la ASEP. 39. Terminación del contrato.

  48. 39.1. El contrato de suministro termina:

  49. 39.1.1. Por vencimiento del plazo contractual.

  50. 39.1.2. Por acuerdo entre las partes, siempre que esto no vaya en detrimento de los clientes de la empresa de distribución eléctrica y previa aprobación de la ASEP,

  51. 39.1.3. Por cancelación de la licencia o licencia provisional de generación. 39,1,4, Por cualquier otra causal establecida en el contrato. Tomo J: Reglas Generales de las Regias de Compra Exclusivas para Energía Solar 20 P <!-- page 34 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 SECCIÓN UI FUNCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS 1. Funciones:

  52. 1.1 La ASEP es la entidad normativa y fiscalizadora del sistema de contratación para los Clientes Finales de las empresas de distribución eléctrica por los presentes parámetros, criterios y procedimientos en consecuencia, su participación en estos procesos, además de las mencionadas en este documento, es la siguiente:

  53. 1.1.1 Aprobar o rechazar, mediante Resolución, dentro del plazo de treinta (30) días. calendario posteriores a la recepción en las olicinas de la ASEP, la solicitud de compra de ETESA, en nombre de una o más empresas de distribución eléctrica

  54. 1.2 Aprobar cualquier modificación que sea necesario introducirse en el Documento de Licitación. Toda modificación que sea necesaria introducirse en el Documento de Licitación deberá ser puesta a consideración de la ASEP con una anticipación no menor treinta (30) días calendario, contados a partir de la recepción de las ofertas. La ASEP deberá resolver acerca de su aceptación o rechazo dentro de quince (15) días calendario siguientes a la presentación de tal modificación, debiendo interpretarse su silencio como la aprobación tácita, sin más trámite ni necesidad de declaración alguna.

  55. 1.3 Participar como observador en el acto de presentación de ofertas.

  56. 1.4 Aprobar cualquier cambio entre el modelo de contrato incluido en el Documento de Licitación y el que se pretenda firmar entre la empresa de distribución eléctrica y el (o los) proponente(s) ganador(es) dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la presentación de la solicitud del cambio por las partes involucradas.

  57. 1.5 Registrar el contrato previa verificación de que se ha cumplido con las Normativas Correspondientes.

  58. 1.6 No obstante lo anterior, y ante circunstancias excepcionales la ASEP podrá modificar cualquier plazo establecido en las presentes Reglas. Tomo 1: Reglas Generales de las Reglas de Compra Exclusivas para Energía Solar 21 y 34 <!-- page 35 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 REGLAS PARA LA COMPRAVENTA DE ENERGÍA MEDIANTE ACTOS DE CONCURRENCIA EXCLUSIVOS PARA CENTRALES DE GENERACIÓN SOLAR TOMO I DOCUMENTO ESTÁNDAR DE LICITACIÓN SOLAR Fecha de envio a ASEP 35 <!-- page 36 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Documentos Estándar de Licitación para Contratación de Energía mediante Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar. Parte 1 - Procedimientos de Licitación Sección l. Sección Il. PARTE 2 - Sección III, Sección IY, Ánexo Instrucciones a los Proponentes (LAP). Esta sección proporciona información para asistir a los Proponentes en la preparación de sus ofertas. También proporciona información sobre la presentación, apertura y evaluación de las ulertas y la adjudicación de los contratos. Las disposiciones de la Sección 1 deben utilizarse sin ninguna modificación. Datos de la Licitación (DDL) Esta sección contiene disposiciones especificas para cada adquisición y complementa la Sección 1. Instrucciones a los Proponentes. CONTRATO Condiciones Generales del Contrato (CGC) Esta sección incluye las cláusulas generales que deberán incluirse en todos los contratos. El texto de esta Sección no podrá ser modificado. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Esta sección incluye cláusulas específicas que son propias para cada contrato y modifican o complementan la Sección 1, Condiciones Generales del Contrato. Formularios, Modelos de Fianzas y Pronósticos de Energía En este anexo se debe incluir los formularios, modelos de fianzas requeridos en este documento y el pronóstico de energía que se utilizará en la evaluación. 36 <!-- page 37 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 DOCUMENTOS DE LICITACIÓN Emitidos el: Para Contratación del Suministro de Energía para Centrales de Generación Solar LPI No: [indicar el número de LPI] GESTOR: ETESA COMPRADOR: /indicar el nombre de EL COMPRADOR] las <!-- page 38 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 PARTE 1 - Procedimientos de Licitación 38 <!-- page 39 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Sección L Instrucciones a los Proponentes Índice de Cláusulas A. Generalidades l. Convocatoria. 2. Cornprador. 3. Ofertas parciales, 4. Precalificación. 5. Proponentes. 6. Disponibilidad de la Energía. 8. Contenido de los Documentos de Licitación. 7. Secciones de los Documentos de Licitación, 8. Notificaciones y Consultas. 9. Enmienda a los Documentos de Licitación. C. Preparación de las Ofertas. 10. Costo de la Oferta, 11. Idioma de la Oferta. 12, Documentos que componen la Oferta, 13. Formulario de Oferta, 14. Ofertas Alternativas. 15. Precios de la Oferta. 16. Muneda de la Oferta. 17. Documentos Generales a presentar por el Proponente. 18. Documentos que establecen la capacidad de las fuentes de suministro de la encrgla. 19, Requisitos Básicos pura participar en Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar. 20. Periodo de Validez de las Ofertas. 21. Fianza de Propuesta. 22, Formato y firma de la Oferta. D. Presentación y Apertura de las Ofertas. 23. Cronograma del Acto de Concurrencia, 24. Reunión informativa 25. Presentación, Sello e Identificación de Jas Ofertas. <!-- page 40 --> No 27507 29 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 . Plazo para presentar lus Ofertas. 7. Ofertas tardías. , Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas. , Apertura de las Ofertas. E. — Evaluación de las Ofertas. . Confidencialidad. 31. Aclaración de las Ofertas. ! 32 . Cumplimiento de las Ofertas, 33, 34, KA 26. JA 38. 39. Diferencias, errores y omisiones. Examen preliminar de las Ofertas. Examen de los Términos y Condiciones. Evaluación de las Ofertas. Comparación de las Ofertas. Contlicto de Interés. Derecho de EL GESTOR a aceptar cualquier oferta y a rechazar cualquicra o todas las ofertas. F. Condiciones Especiales. 40. 41. 42. 43. 44. 45. 46. 47. Energía Solicitada, Puntos de Retiro, Puntos de Entrega y plazo de entrega. Calculo de la Energia Asociada Requerida. Obligación de las Partes. Evaluación de la Propuesta Económica. Indexación de Precios. Puntos de Conexión de la Generación Designada. Costas de Transmisión y de Distribución, Especificaciones del Equipo de Medición Comercial. G. Adjudicación del Contrato. 38. 49. 50. 51. 52. 53. 54, Precio de Referencia, Criterios de Adjudicación. Derecho de EL GESTOR a variar las cantidades en el momento de la adjudicación. Notificación de Adjudicación del Contrato. Plazo de los Contratos. Firma del Contrato. Fianza de Cumplimiento. 40 <!-- page 41 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Sección 1. Instrucciones a los Proponentes, A. 1, 1.1 1,3 2.2 2.3 3.1 4,1 5. Gencralidades. Convucatoria, La Empresa de Transmisión Eléctrica, S. A. (ETESA), quien en adelante se denominará EL GESTOR, emite estos Documentos de Licitación para la contratación del suministro de Energía, proveniente de Centrales de Generación Solar, especificada en la cláusula 40 de las IAP. El nombre y número de identificación de esta Licitación Pública Internacional (LPI) para adquisición de Energia de centrales solares, están especificados en los DDL. En conformidad con las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá el objeto de los contratos resultantes de este Acto de Concurrencia es establecer un compromiso exclusivamente de Energía, Para todos los efectos de estos Documentos de Liciación: (a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo por correo electrónico, facsimile) con prueba de recibido: (b) si el contexto así lo requiere, “singular” significa “plural” y viceversa; y “día” significa día calendario Comprador. El COMPRADOR indicado en los DDL es una empresa o empresas de distribución eléctrica que posee una concesión otorgada para tal fin cn la República de Panamá. En caso de que más de una empresa de distribución eléctrica compre energía en un mismo Acto de Concurrencia, lo hará con base en una participación porcentual de la compra total, indicada en los DDL, La Gestión de Compra, desde la convocatoria hasta el Acto de Concurrencia, incluyendo su celebración, evaluación y adjudicación estará bajo la responsabilidad de EL GESTOR Ofertas Parciales, El Proponente podrá ofertar por el monto total solicitado o parte del mismo. Precalificación., El GESTOR no realizará una precalificación de los Proponentes, Proponentes. 41 <!-- page 42 --> No 27507 7.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Un Proponente, lo constituye cualquier persona natural o jurídica que adquiera el Documento de Licitación y participe en cualquicra de las etapas de la Licitación. Padrán presentarse como proponentes los siguientes tipos de personas o empresas: a) Participantes Productores del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá con Centrales Solares ubicadas en Panamá bj) Inversionistas interesados en construir Centrales de Generación Solares ubicadas en Panamá y en convertirse en Participante Productor del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá. Disponibilidad de la Energía. Todos los Suministros de Encrgía deberán cumplir con los términos del contrato y con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Compra, las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá, Reglamentos, Códigos y demás normas vigentes en el Mercado Mayorista de Electricidad de la República de Panamá. Contenido de los Documentos de Licitación. Secciones de los Documentos de Licitación. Los Documentos de Licitación están compuestos por las Partes 1 y 2, incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican, los Anexos que se señalan y cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 9 de las LAP. PARTE 1 — Procedimientos de Licitación. e Sección! Instrucciones a los Proponentes (1AP). e Sección Il. Datos de la Licitación (DDL). PARTE 2 - Contrato +. Sección II. Condiciones Generales del Contrato (CGC) + SecciónIY. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) ANEXO - Formularios, Modelos de Fianzas y Pronóstico de Energía 7a 7.3 El Llamado a Licitación emitido por EL GESTOR no forma parte de los Documentos de Licitación. EL GESTOR no se responsabiliza por la integridad de los Documentos de Licitación y sus enmiendas, de no haber sido obtenidos directamente de EL GESTOR. 42 <!-- page 43 --> 48 23 PUBLICOS S 8.1 10. 10.1 11. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Es respunsabilidad del Proponente examinar todas las instrucciones, formularios, términos y especificaciones de los Documentos de Licitación. Ta presentación incompleta de la información o documentación requerida en los Documentos de Licitación es causal de rechazo de la olerta. Notificaciones y Consultas. Todo Proponente potencial que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación deberá cumunicarse con EL GESTOR por escrito a la dirección de EL GESTOR que se suministra en los DDL. EL GESTOR responderá por escrito (vía correo electrónico, fax o carta) a todas las solicitudes de aclaración, siempre que dichas solicimdes las reciba EL. GESTOR, por lo menos quince (15) dias calendario antes de la fecha límite para la presentación de ofertas. EL GESTOR enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente de EL GESTOR. Si como resultado de las aclaraciones, EL GESTOR considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 9 y Subcláusula 26.2, de las LAP. Enmienda a los Documentos de Licitación. EL GESTOR podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda, cumplido los trámites legales y plazos correspondientes. Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deherá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obienido los documentos de Licitación directamente de EL GESTOR. EL GESTOR, de ser necesario y previa autorización de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), podrá prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Proponentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas, de conformidad con la Subcláusula 26.2 de las JAP. Preparación de la Oferta. Costo de la Oferta. El Proponente financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y EL GESTOR no estará sujeto ni será responsable en ningún caso por dichos costos, independientemente del resultado del Acto de Concurrencia. Idioma de la Oferta. 43 <!-- page 44 --> No 27507 11,1 13. 13.1 14. 14.1 15, 15.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 La Oleria, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Proponente y EL GESTOR deberán ser escritos en español. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la Oferta, pueden estar en atro idioma con la condición de que los apartes pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al español realizada por un traductor público autorizado en la República de Panamá. Para cfectos de interpretación de la oferta, dicha traducción prevalecerá, Documentos que componen la Oferta. La Oferta estará compuesta por los siguientes documentos: (a) Formulario de Oferta Feonómica, de conformidad con las Clúusulas 12, 13 y 17 de las TAP; (b) Fianza de Propuesta, de conformidad con la Cláusula 21 de las JAP, (c) Poder escrito que autorice al signatario de la oferta a comprometer al Propunente, de conformidad con la Cláusula 17.1 (b) de las 14 P: (d) Evidencia documentada, de conformidad con lu cláusula 17 de las LAP, que establezca que el Proponente es elegible para presentar una oferta: (e) Evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 18 de las lAP, que certifique que la Energía que proporcionará el Proponente cumple con los requisitos de que la hacen elegible: (M Evidencia documentada, de conformidad con la Cláusula 19 de las IAP, que establezca que el Proponente está calificado para ejecutar el contrato en caso que su oferta sea aceptada. Formulario de Oferta. El Proponente presentará su Oferta utilizando el formulario suministrado por EL GESTOR. Este formulario deberá ser debidamente !lenado sin alterar su forma y nu se aceptarán sustitutos. Todos los espacios en blanco deberán ser llenados con la información solicitada. Ofertas Alternativas. No se aceptarán ofertas alternativas. Para tales efectos se considerarán ofertas altemativas aquellas que para la misma composición de la oferta, impongan una condición o restricción a la misma. Precios de la Ofertas. El precio cotizado por el Proponente debe corresponder al precio total de la oferta. 10 44 <!-- page 45 --> No 27507 15.2 16. 16.1 17, 17.1 13.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Solamente para contrataciones mayores a dos (2) años, los proponentes presentarán su oferta indicando en la misma el componente de precio asociado al Cargo de Transmisión para su posterior ajuste. Moncda de la Oferta. El Proponente cotizará en Balbuas o en Dólares de los Estados Unidos de América. Documentos Generales a presentar por el Proponente. Documentos Generales: Para establecer su elegibilidad, los proponentes deberán suministrar la siguiente documentación: (a) Certificado de Registro Público del Proponente: Certificado de: Registro Público que acredite la existencia, vigencia y representación legal del Proponente o su equivalente en caso de extranjeros. Este certificado, para efectos del Acto de Concurrencia tendrá una vigencia de tres (3) meses contados a partir de su expedición. (b) Poder: Poder otorgado al Representante en los Actos, debidamente autenticado por un Notario Público; (c) Declaración Jurada: na declaración jurada, debidamente firmada por el Proponente o su Representante Legal, que certifique que sobre el Proponente o sus bienes no pesan demandas. secuestros y otras medidas cautelares que puedan afectar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales; (d) Aceptación del Pliego de Cargos: El Proponente deberá declarar que acepta, sin restricciones ni objeciones, todo el contenido del Pliego de cargos. Documentos que establecen la capacidad de las fuentes de suministro de energía. Con el fin de establecer la capacidad de las fuentes de suministro de energía los Proponentes deberán cumplir lo establecido en el Reglamento de Transmisión. de Operación y demás reglamentaciones relativas a la generación solar y completar las declaraciones de la fuente de suministro, adjuntando al menos dos siguientes documentos:

  59. 18.1.1 Para Plantas instaladas y operando se requerirá lo siguiente: (a) Copia autenticada de la licencia o certificación emitida por la ASEP a favor del Proponente, que deberá estar vigente a la fecha del Acto de Recepción de Propuestas. (b) Se requerirá carta del CND en la que se acredite que el Proponente está habilitado para producir y despachar Energía en el Sistema Interconectado Nacional con las Unidades de Generación comprometidas. 18.1.2 — Plantas a ser instaladas. 11 45 <!-- page 46 --> No 27507 18.1.2.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Para Actos de Concurrencia cuyo inicio de suministro sea en un plazo menor o igual a dos (2) años, contados a partir de la celebración del Acto de Recepción de Propuestas se requerirá solicitar a la ASEP y CND lo siguiente: (a) (b) fc) (d) (e) (0 (8) Copia autenticada de la licencia de generación definitiva, emitida por la ASEP a favor del Proponente, que deberá estar vigente a la fecha del Acto de Recepción de Propuestas. Se requerirá carta del CND en la que se acredite que el Proponente cuenta con los requisitos necesarios para estar habilitado a producir y despachar Energia en el Sistema Interconectado Nacional con las Unidades de Generación comprometidas. Estados Financieros, debidamente auditados y apostillados, cuando proceda. En caso que la empresa no vuente aún con los mismos, por no haber cerrado aún el primer año fiscal, deberá aportar los correspondientes a su casa matriz, Evidencia de experiencia en Diseño y Construcción, si como en Operación y Mantenimiento de Centrales Solares, en condiciones similares de recurso a las encontradas en Panamá trudiación solar, condiciones climáticas, etc). Fecha prevista de entrada en operación comercial de las Unidades de Generación. Especificaciones Técnicas de los Equipos a instalar que conforman la cadena de pruducción. Documentos que avalen la Base de Datos utilizada y metodología utilizada para la evaluación de la irradiancia (especificando el tipo de irradiancia; directa, difusa o global; la tecnología de la medida a implementar y equipos de medida de la radiación solar, velocidad del viento y temperalura ambiente del sitio donde se va instalar el parque solar para el diseño y la estimación inicial de la producción de la Central Solar. + Para diseño del parque solar, se considera como base de datos para la evaluación de los parámetros energéticos de la Central Solar una de las siguientes luemes de información (SolarGis, PVGIS; NASA; Meteonorm) o similar, presentar la autorización o aval de uso de dicha base de datos por parte del propictario de la base de dalos. * Configuración del sistema fotovoltaico. Se debe presentar el plano unifilar del sistema fotovoltaico, 12 46 <!-- page 47 --> No 27507 19, 19,1 19.2 20. 20,1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 e Inmiicadores energéticos del Central Solar, (PR, HES, Índices de variabilidad) * Para el seguimiento de la producción se consideran guidelines de IEC 61724 como Estándares a seguir en la documentación de los parámetros o indicadores. 18.122 — Para Actos de Concurrencia cuyo inicio de suministro sea en un plazo mayor a dos (2) años, contados a partir de la celebración del Acto de Recepción de Propuestas se requerirán los mismos documentos que en el numeral anterior, con la diferencia que no se exigirá lo establecido en el literal (b), Adicionalmente se aceptará la participación de proponentes que tengan licencias provisionales, para lo cual presentarán copia autenticada de la licencia emitida por la ASEP a favor del Proponente, que deberá estar vigente a la fecha del Acto de Recepción de Propuestas en sustitución del numeral (4) exigido para las plantas con licencia de generación definitiva. Requisitos Básicos pura participar en Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar. Sólo podrán participar cn Actos de Libre Concurrencia exclusivos para centrales de gencración solar. aquellas centrales de generación Solar establecidas o por establecerse dentro de la República de Panamá. Solo podrán participar en Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar aquellas centrales cuyas unidades de generación (grupo o grupos de paneles solares conectados a uno o varios inversores) instaladas o por instalar cumplan con altos estándares técnicos y de desempeño, acorde con las últimas tecnologías y mejores prácticas de la industria, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N*. 37 del 10 de juniv de 2013, que establece el regimen de incentivos para el fomento de la construcción y explotación de centrales solares destinadas a la prestación del servicio público de electricidad y su reglamentación. Para el cumplimiento de dichos estándares técnicos el proponente (y fabricante asociado) de los equipos y componentes de módulos fotovoltaicos e inversores, deberá puder certificar que cumple con las exigencias de la Unión Furopea en cuanto a pruebas de los paneles y equipamientos. la certificación debe haber sido ernilida por un cucrpo de certificación independiente y ucreditada, de orden internacional. Periodo de Validez de las Ofertas. Las ofertas se deberán mantener válidas por el periodo determinado en los DDL a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas estabiecida por EL GESTOR. Toda oferta con un periodo de validez menor será rechazada pur EL GESTOR por incumplimiento. 13 <!-- page 48 --> No 27507 20.2 21. 21.1 21.2 21.3 21.4 21.5 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 En circunstancias excepcionales y antes de que expire el período de validez de la oferta, EL GESTOR podrá solicitarle a los Proponentes que extiendan el periodo de la validez de sus ofertas. Las solicitudes y las respuestas serán por escrito. La Fianza de Propuesta, presentada de acuerdo a la cláusula 21 de las IAP, también ésta deberá prorrogarse por el período correspondiente. Un Proponente se puede rehusar a tal solicitud sin que se le haga efectiva su Fianza de Propuesta. A los Proponentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas. Fianza de Propuesta. El Proponente deberá presentar como parte de su oferta, una Fianza de Propuesta para garantizar el mantenimiento de su oferta. La Fianza de la Propuesta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en Balboas o en Dólares estadounidenses y deberá: a) a opción del Proponente, adoptar la forma de una carta de crédito, un cheque certificado, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; b) ser emitida por una institución seleccionada por el proponente y reconocida en Panamá. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera de Panamá, dicha institución deberá tener una sucursal financiera en Panamá que permita hacer efectiva la garantía; e) estar de acuerdo con el modelo de Fianza de Propuesta suministrados por EL GESTOR en el Documento de Licitación; d) ser pagadera ante solicitud escrita de EL GESTOR en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 21.5 de las IAP; e) ser presentada en original; no se aceptarán copias; f) permanecer válida por un período establecido en los DDL, el cual no será inferior a cuarenta y cinco (45) días calendario posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 20.2 de las IAP; Todas las ofertas que no estén acompañadas por una garantía que responda a lo requerido en la Subcláusula 21.1, serán rechazadas por EL GESTOR por incumplimiento. La Fianza de Propuesta de los Proponentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Proponente adjudicado suministre su Fianza de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 55 de las IAP. La Fianza de Propuesta se podrá ejecutar si: 14 48 <!-- page 49 --> No 27507 21.6 22. 22.1 24. 24.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 (a) un Proponente retira su oferta durante el periodo de validez de la misma especificado por el Proponente en el Formulario de Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 20.2 de las LAP; o (b) si el Proponente seleccionado: (1) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 54 de las 1AP, (11) no suministra la Fianza de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula SS de las IAP; La Fianza de Propuesta de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) deberá ser emitido en nombre de la APCA que presenta la oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la oferta, la Fianza de Propuesta deberá estar en nombre de todos los futuros socios de la APCA Formato y firma de la Oferta, El Proponente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta según se describe en la Cláusula 12 de las 1AP y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Proponente deberá presentar el número de copias de la oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de disercpancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. El original y todas las copias de la oferta deberán ser escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona debidamente autorizada pare linuar en nombre del Proponente. No se aceptarán textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas. Presentación y Apertura de Sobres. Cronograma del Acto de Concurrencia. El Acto de Concurrencia se desarrollará de acuerdo al cronograma establecido en los DDL. Reunión informativa. Según lo dispuesto en los avisos publicados para el Acto de Concurrencia eaciusivo para centrales de gencración solar, se celebrará una o más reuniones informativas en donde podrán participar todos los interesados que hubiesen comprado el Documento de Licitación. Dichas reuniones tendrán por objeto exponer y explicar los conceptos indicados en el Documento de Licitación. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas. Los Proponentes entregarán sus ofertas personalmente. 15 49 <!-- page 50 --> No 27507 25.2 ho 37 + 26.1 27, 27,1 28. 28.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Los Proponentes incluirán el original y tes copias de la oferta, en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. Los sobres conteniendo el original y las copias serán incluidos a su vez en un solo sobre. El resto del procedimiento será de acuerdo con las Subcláusulas 25,3 y 25.4 de las 1AP, Los sobres interiores y el sobre exterior deherán: (a) — llevar el nombre y la dirección del Proponente; (b) estar dirigidos a EL GESTOR y llevar la dirección que se indica en la Subcláusula 26.1 de las [AP; (uc) Nevar la identificación especifica del Acto de Concurrencia indicado en la Cláusula 1.1 de las IAP y cualquier otra identificación que se indique en los DDL: y (d) levar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas, especificadas de conformidad con la Subeláusula 29.1 de las AP. Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere. EL GESTOR no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravío o sea abierta prematuramente, Plazo para presentar las Ofertas. Las ofertas deberán ser recibidas por EL GESTOR en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se indican en los DDL. 2 EL GESTOR podrá a su discreción, previa autorización de la ASEP. extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 9 de las IAP. En este caso todos los derechos y obligaciones de EL GESTOR y de los Proponentes previamente sujetos a la fecha límite origina! para presentar las oferías quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada, Ofertas Tardías. El. GESTOR no recibirá ninguna oferta que llegue con posterioridad al plazo límite para la presentación de ofertas, en virtud de la Cláusula 26 de las TAP., Toda oferta que reciba EL GESTOR después del plazo límite para la presentación de las ofertas será declarada tardía y será rechazada y devuelta al Proponente remitente sin abrir. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas. No se podrá retirar, sustituir o modificar las ofertas después de presentadas, Aperturas de las Ofertas. EL GESTOR llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertas en público en la dirección, fecha y hora establecidas en lus DDL. 16 50 <!-- page 51 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014

  60. 29.2 La apertura del sobre que contiene la Oferta de cada Proponente, se realizará en el Acto de Apertura de Oferlas de acuerdo al cronograma indicado en el Documento de Licitación. 29,3 Todos los sobres se abrirán de uno en uno en el orden en que fueron entregados y levendo en voz alta: el nombre del Proponente; los precios de la oferta, la existencia de la Fianza de Propuesta, los documentos entregados y cualquier otro detalle que EL GESTOR «considere pertinente. Ninguna oferta será rechazada durante el Acto de Apertura, excepto las ofertas tardías, de conformidad con la Subcláusula 27.1 de las LAP y/o las que no incluyen la Fianza de Propuesta.

  61. 29.4 EL GESTOR preparará un acta del acto de apertura de las ofertas que incluirá como minimo: 294.1 29.4,2 29.4,3 29.4,4 29.4.5 294.56 29,4,7 29.4,8 29.4,9 Todas las propuestas presentadas, en el orden en que hayan sido entregadas, indicando el precio propuesto. el nombre del proponente y el listado de los documentos presentados; Las propuestas admitidas; Las propuestas rechazadas con indicación de las razones por las que se haya dispuesto el rechazo; El nombre y el cargo que ejerzan de las personas que representen a los proponentes: Los funcionarios presentes de la ASEP que hayan supervisado el acto; Los funcionarios presentes de la Autoridad del Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) que hayan supervisado el acto, El nombre de las personas que hayan intervenido en representación de la(s) empresa(s) de distribución eléctrica. El nombre de las personas que hayan intervenido en representación de EL GESTOR. Las observaciones, quejas o incidencias ocurridas durante el desarrollo del acto. Una copia del acta será distribuida a los Proponentes que presentaron ofertas y será publicada en el sitio web de internet de EL GESTOR. E. — Evaluación de las Ofertas. 30. Confidencialidad. 17 ES 51 <!-- page 52 --> No 27507 30.1 30.2 30.3 31. 31.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 No se divulgará a los Proponentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el Acto de Concurrencia, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y calificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la misma. Cualquier intento debidamente comprobado por parte dc un Proponente para influenciar a EL GESTOR en la revisión, evaluación, comparación y calificación de las ofertas a en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta. No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 30.2 de las [AP, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Proponente desea comunicarse con EL GESTOR sobre cualquier asunto relacionado con el Acto de Concurrencia, deberá hacerlo por escrito y formará parte el expediente. Aclaración de las Ofertas. Pura facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y calificación de las ofertas, EL GESTOR podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Proponente aclaraciones sobre su Oferta. Sólo se considerarán aclaraciones a una oferta cuando las mismas obedezcan a una solicitud de aclaración de EL GESTOR. La solicitud de aclaración por EL GESTOR y la respuesta deberán ser hechas por escrito y compartidas con el resto de los participantes del Acto de Concurrencia. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios, fechas de inicio de suministro o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por EL GESTOR en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 33 de las LAP. Cumplimiento de las Ofertas. Para determinar si la oferta se ajusta a los Documentos de Licitación, EL GESTOR se basará en el contenido de la propia oferta. Una oferta que se ajusta a los Documentos de T.icitación es la que satisface lodos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) Jimita contrariamente a los Documentos de Licitación, los derechos de Fl. 32,3 33. GESTOR o las obligaciones del proponente cn virtud del Contrato; o (b) afecta injustamente la posición competitiva de los otros Proponentes que presentan ofertas que se ajustan a los Documentos de Licitación. Si una oferta no se ajusta a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por El. GESTOR y el Proponente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de las desviaciones, reservas u omisiones significativas. Diferencias, errores y omisiones. 18 52 <!-- page 53 --> No 27507 33.1 33.2 33.3 33.4 34.1 34.2 35. 35.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Si una oferta se ajusta a los Documentos de Licitación, EL GESTOR podrá dispensar alguna diferencia u omisión siempre y cuando ésta no afecte su oferta. Cuando una oferta se ajuste a los Documentos de Licitación, EL GESTOR podrá solicitarle al Proponente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para subsanar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio y/o cantidades del producto ofertado. Si el Proponente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. A condición de que la oferta cumpla con los Documentos de Licitación, EL GESTOR corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: a) si hay una discrepancia, por ejemplo, entre el precio total de la energía y la suma de los componentes de los precios, prevalecerán los precios de los componentes y el precio total será corregido, a menos que, en opinión de EL GESTOR, haya un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se correyirá el precio de los componentes. b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; c) si hav una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. Si el Proponente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada. Examen preliminar de las Ofertas. EL GESTOR examinará todas las ofertas para confirmar que todos los documentos y la documentación técnica solicitada en la Cláusula 12 de las IAP han sido suministrados y determinará si cada documento entregado está completo. EL GESTOR confirmará que los siguientes documentos e información han sido proporcionados con la oferta. Si cualquiera de estos documentos o información faltaran, la oferta será rechazada. (a) Formulario de Oferta, de conformidad con la Subcláusula 13.1 de las IAP. (b) Fianza de Propuesta, de conformidad con la Cláusula 21 de las IAP. Examen de los Términos y Condiciones. EL GESTOR examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las Condiciones Generales del Contrato y de las Condiciones Especiales del Contrato, han sido aceptadas por el Proponente sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. 19 53 <!-- page 54 --> No 27507 26.4 38.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 EL GESTOR verificará que se hayan entregado los documentos indicados cn las Cláusulas 17 y 18 de las JAP sin ninguna desviación o reserva significativa. Además verificará el cumplimiento de lo estipulado en la Cláusula 40 de las IAP. Si después de haber examinado los términos y condiciones, EL GESTOR establece que la oferta no se ajusta a los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 32 de las IAP, la oferta será rechazada. Evaluación de las Ofertas. EL GESTOR evaluará todas las ofertas gue se determine que hasta esta etapa de la evaluación se ajustan a los Documentos de Licitación, Para evaluar las ofertas, El. GESTOR utilizará únicamente la metodología definida en la Cláusula 43 de las IAP, No se permitirá ningún otro criterio ni metodología. Al evaluar las Ofertas, EL GESTOR considerará lo siguiente: ía) — el precio cotizado de conformidad con la Cláusula 15 de las IAP; (b) el ujuste del precio por correcciones de errores aritméticos de conformidad con la Subclinsula 33.3 de las IAP: íc) las metodologías y erilerios especificados en la cláusula 43 de las 1AP. Si así se indica en los DDL, estos Ducumentos de Licitación permitirán que los PROPONENTES colicen precios separados por uno o más renglones, y permitirán que EL GESTOR adjudique uno o varios renglones a más de un PROPONENTE e indicará en los DDL si es posible ofertar para los diferentes renglones por un periodo menor a la duración total de dicho renglón: en este caso establecerá como referencia la duración máxima del renglón, En caso contrario, la duración será fija y las ofertas deberán tener una duración fija correspondiente a la totalidad del plazo de suministro solicitado. La metodologia de evaluación para determinar la combinación de renglunes evaluada como la más baja, está detallada en la cláusula 43 de las LAP. Comparación de las Ofertas. EL GESTOR comparará todas las ofertas que cumplen con lo establecido en este documento para determinar la oferta o combinación de ofertas evaluada como la más baja, de conformidad con la cláusula 43 de las IAP. Conflicto de Interés. Un PROPONENTE no deberá tener conílicto de interés. Los Proponentes que sean considerados que lienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Proponentes tienen conflicto de interés con una o más partes en esle Ácto de Concurrencia si ellos: 54 <!-- page 55 --> No 27507 39. 39.1 40. 40.1 40.2 40.3 40.4 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 a) Presentan más ofertas de lo permitido para los Actos de Concurrencia y que dichas ofertas no sean opcionales y/o alternativas. b) Si el inversionista o la fuente de generación que se designará para proveer la energía que se prelende contratar, tiene Control de la Empresa de EL COMPRADOR bajo el concepto establecido en el articulo $5 del Decreto Ejecutivo No. 22 de 19 de junio de 1998, independientemente de si es una empresa nacional o cxtranjera, a excepción de la Generación Propia de EL COMPRADOR, Derecho de EL GESTOR a aceptar cualquier oferta y a rechazar cualquicra o todas las ofertas. EL GESTOR se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquiera o todas las ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Proponentes. En cualquiera de los casos anteriores, dichas acciones de EL GESTOR deben estar justificadas ante la ASEP, quien deberá autorizar las mismas. Condiciones Específicas. Energía Solicitada, Puntos de Retiro, Puntos de Entrega y Plazo de Entrega. La energía solicitada por EL GESTOR es la que se indica en los DDL. y debe ser vlertada en función de una Potencia Equivalente señalada en la oferta, La periodicidad de la solicitud es mensual. Los Puntos de Retiro para el suministro de la Energia contratada, serán los indicados en los DDL. Los Puntos de Entrega serán especificados por el proponente en su olerta. El Gestor podrá establece uno o más puntos de entrega en los que haya capacidad para que se conecte este tipo de plantas. para lo cual indicará cn los DDL el área geográfica o la zona tarifaria, en la cual se conectará la generación requerida. La ¡echa de inicio de suministro para la Energía Contratada será la indicada en los DDL. En caso de que un proponente oferte por una parte del periodo solicitado, no estará obligado a hacer propuesta por la parle no incluida. No obstante, si la planta inicia operaciones comerciales antes de la fecha de Inicio de Suministro, los proponentes que participen en Actos de Concurrencia Exclusivos para centrales de generación solar, deberán indicar explicitamente en el Formulario de Oferta que accptan iniciar la entrega de la Energía Contratada desde esta nueva fecha, a partir de la cual empezará a contar el plazo de duración del contrato. Esto deberá ser indicado en los Contratos. 55 <!-- page 56 --> No 27507 40.6 40.7 41. 41.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Duración del contrato: La duración máxima del contrato a partir del inicio del suministro será la determinada en los DDL. En el caso de inicio de suministro anticipado, según lo establecido en la cláusula 40.5 de las IAP y siempre y cuando no se viole la duración máxima de los contratos establecida en la Ley 37 de 10 de junio de 2013 y no se exceda el límite de contratación de la empresa distribuidora en ese periodo, la duración lotal del contrato será la establecida en los DL, contando a partir del inicio y Ainalizará cuando se alcance la duración establecida. En caso de sulicitudes de oferta para más de un renglón, la información anterior debe ser detallada en los DDL. para cada uno de los renglones. Cálculo de la Energía Asociada Requerida. La Fnergia Asociada Requerida se contratará en base a una Potencia Equivalente y la Generación de la Central Solar Comprometida que dé como resultado una energía asociada ipual a la energia requerida. Dicha energía será la cantidad de Energía Asociada Requerida de esta Licitación la cual deberá estar disponible, en los Puntos de Retiro de la empresa de distribución eléctrica durante el plazo del suministro. EL COMPRADOR se obliga a adquinr de EL WENDEDOR la Energia Asociada Requerida contratada, la cual será calculada bajo la Modalidad del Seguimiento Horario de la Demanda. Se determina hora a bora. como el valor mínimo de energía que resulte de lo siguiente: . El producto de la Energía Total Medida durume el periodo de una hora, en los Puntos de Retiro establecidos en la cláusula 40.3 de las IAP, por la fracción que resulia de dividir la Porencia Equivalerne Contrurada entre la Demanda máxima de Generación (DUG) Mensual. según la información del Informe Indicativo de Demanda vigente. excluyendo lá Reserva de Confiabilidad; y e La Generación de las Unidades de Generación Comprometida. Para este cálculo se aplicará la siguiente formula: EAR = Min | (PE /(DMG-R)x E ); (G * %D)] Donde: W EAR Energía Asociada Requerida. PE = Potencia Equivalente Contratada, expresada en kW, DMG = Demanda Máxima de Generación Mensual del periodo a facturar expresada en kW. FE = Energía Total Medida durante el periodo de una hora, en los Puntos de Retiro establecidos en la cláusula 40.3 de las IAP, expresadas en kWh, R = Capacidad de Reserva requerida para la confiabilidad de [argo Plazo, del periodo a facturar, expresado en KW. G= Es la Generación de las Unidades de Generación Comprometida, expresada en kWh, 56 <!-- page 57 --> No 27507 42. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 %D= Es la participación porcentual, de las DISTRIBUIDORAS, de la Compra Total especificada en la cláusula 2.2 de las IAP. Si la Generación de la Central Solar Comprometida [G] es mayor que la energía resultante de la fracción que resulta de dividir la Potencia Equivalente Contratada entre la Demanda máxima de Generación (DMG) Mensual, según la información del Informe Indicativo de Demanda vigente, excluyendo la Reserva de Confiabilidad [((PE(DMG-R jxK)], la diferencia entre la Energía Generada y la energía resultante de la fracción scrá adquirida por EL COMPRADOR al mismo precio establecido para la compra de la Energía Asociada Requerida. Los excedentes se venden en el marco del contrato. Obligación de las Partes.

  62. 42.1 Obligaciones de El COMPRADOR: Los derechos y obligaciones de EL COMPRADOR en relación con la Energía Contratada son los siguientes: l. Deberá comprar las cantidades contratadas aún cuando no lo requiera para cubrir su demanda real. Deberá puear por el total de la energía horaria contratada, pugar p PA . EL COMPRADOR se hará cargo de sus cargos de transmisión correspondientes al abastecimiento de su consumo de energía y de su dernanda de potencia cubierta por el contrato. Obligaciones de EL. VENDEDOR: Las obligaciones de EL VENDEDOR en relación con la Encrgía Contratuda son las siguientes: la EL VENDEDOR se obliga a vender a la Empresa de Distribución Eléctrica las cantidades contratadas a los precios acordados en el contrato: - EL VENDEDOR se obliga u suministrar las cantidades de energía contratadas, cumpliendo este compromiso con generación de su propiedad. EL VENDEDOR se hará cargo de los cargos de transmisión que les corresponden, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de 'ransmisión y en las Tarjías aprobadas por la ASEP. . EL VENDEDOR tiene la obligación de mantener en servicio (no puede retirarlas) las Unidades de Generación comprometidas, salvo en aquellos casos en que cuente con unidades de generación adicionales y las comprometa en reemplazo de las que retira. . Cuando EL VENDEDOR haya respaldado su oferta con unidades de generación nuevas y estas no hayan entrado en servicio al momento del inicio de suministro del 23 57 <!-- page 58 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 pa contrato, en cualquier monto la energía que produzcan dichas unidades de 3 generación, mientras se encuentren en prueba, será considerada como Energía LS Asociada Requerida del Contrato. 05 43 Evaluación de la Propuesta Económica. Metodología de Evaluación de la Propuesta Económica: Se compararán los valores de la Energía para cada una de las ofertas por toda la duración de las mismas. El cálculo del valor de la Energía se realizará como se explica a continuación: Determinación del Precio Ofertado: la adjudicación se realizará a la olerta o combinación de oferas que resulte en el Menor Precio ofertado, hasta cubrir las cantidades de energía a contratar indicadas en este Pliego de Cargos. Para el cálculo se aplicará el siguiente procedimiento: ¡i. La Compra de Energía será el resultado de dividir el valor actualizado de la serie de costos periódicos de la energía, entre el valor uctualizado de los montos periódicos de la energia ofertada, Para la evaluación del costo de la energía, la evaluación considerará las 'ariaciones en el Cargo de Transmisión de acuerdo a lo estublecido en el último Pliego Tarifario aprobado. Además se considerará, que por ser la disponibilidad de la potencia de este tipo de centrales únicamente en horario diurno, la energía correspondiente fucra de esas horas. donde la central no genera, deberá considerarse conforme lo «que establece el numeral 41 del presente reglamento. ii — Adjudicación: la adjudicación se hará a la(s) ofertaís) que resulteín) con el menor precio ofertado que esté(n) por debajo o sea igual al Precio de Referencia, hasta cubrir las cantidades a contratar indicadas en este Documento de Licitación o hasta el valor que El Gestor determine, debidamente justilicado en el Informe de Evaluación. En caso de resultar igualdad en el Precio Evaluado para dos o más olertas se seguirá el procedimiento indicado en los DDL. Siempre debe verificarse que el monto que se adjudique, sumado a los montos previamente adjudicados en este tipo de Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar no supere el porcentaje máximo según Jo establecido en la Ley No. 37 del 10 de junio de 2013, En caso que durante la adjudicación se alcance este porcentaje, la adjudicación sc suspenderá al momento que se alcance el mismo, ii Tasa de descuento y año de base: la tasa anual de descuento para la actualización de los montos deberá reflejar el costo de oportunidad para la actividad de generación, y la misma será la indicada en los DDL, al igual yue el año base.

  63. 43.2 De requerirse, una metodología de evaluación por renglones, se seguirán los mismos pasos detallados en 1AP.42.1, considerando la evaluación de cada renglón <!-- page 59 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 independientemente, Al final se debe minimizar el costo total de todos los renglones evaluados. 44. Indexación de Precios. El precio de la Energia se ajustará únicamente para contrataciones con duración mayor a dos (2) años. a. Indexación por Aumento en el costo de la vida. Se permitirá indexar una parte del precio, considerando las variaciones que tenga cl indice de Precios al Consumidor, según publicaciones de la Contraloría General de la República de Panamá, de la siguiente manera. La porción del precio que es posible indexar será indicado por EL GESTOR en los DDL. El precio de la Energía contratada será ajustado al final de cada mes para reflejar las variaciones en precio que se manifieste en el mes « i » del periodo de contratación, de acuerdo a lo siguiente: Los precios de la Energía contratada serán ajustados en cada mes “i”, del periodo de contratación. tomando en consideración la variación anual que tenga el indice de Precios al Consumidor. En correspondencia con lo antes indicado, en el mes “i”, EL COMPRADOR pagará mensualmente a EL VENDEDOR por la energía suministrada, valorizada al precio que surge, de acuerdo con las expresiones indicadas en los puntos anteriores. Donde: PECT ii, FUSD: Precio de la Energía Contratada correspondiente al mes « i kWh] = » FAJU Porción del precio de la Energia Contratada que seria sujeto a ajuste por inflación. Esto scrá indicado por ET. GESTOR en los DDL. PEC ¡oy [USD/ kWh] Precio de la Energia Contrulada Inicial en la ofería sin - pcT IPC ¿) = Índice de Precios al Consumidor anual vigente en el mes «is, según las publicaciones de la Contraloría General de la República de Panamá. IPC jo) > Índice de Precios al Consumidor anual vigente al momento del Acto de 'Concurrencia, según las publicaciones de la Contraloría Genera! de la República de Panamá. CT(i)= Cargo de transmisión de la Energía correspondiente al mes «ii», 25 <!-- page 60 --> No 27507 46. 46.1 48.1 49, 49.1 50. 50.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Puntos de Conexión de la Generación Designada. Son los Puntos del Sistema Interconectado Nacional (SIN), en donde el PROPONENTE se compromete a mantener y operar la Generación Designada. En caso que así se indique en los DDL, debe corresponder al área geográfica o 7ona tarifaria. indicado por EL GESTOR. Costos de Transmisión y de Distribución. El PROPONENTE es responsable de todos los costos de transmisión y de distribución que le apliguen según el Reglamento de Transmisión y las tarilas aprobadas por la ASEP. No será responsabilidad del PROPONENTE cubrir los costos de transmisión ni de distribución que puedan aplicar a El COMPRADOR de acuerdo al Reglamento de Transmisión y tarifas aprobadas por la ASEP, que estarán a cargo y responsabilidad de EL COMPRADOR. Especificaciones del Equipo de Mediciones Comercial. Las partes 3c comprometen a cumplir con las obligaciones de instalar y mantener sus sistemas de medición comercial que resultan del Reglamento de Operación y las Reglas Comerciules del Mercado Marorista de Electricidad. Penalizución. Fn el caso de atraso en el inicio del suministro contratado se aplicará la penalización indicuda en los DDL. Adjudicación del Contrato. Precio de Referencia. El Documento de Licitación establecerá un Precio de Referencia hasta el que puede ser contratada la energía proveniente de centrales de generación solar, bajo los parámetros establecidos en el presente reglamento. Este precio será establecido por el GESTOR (ETESA) para cada Acto de Concurrencia. Este Precio de Referencia será indicado en los DDL. Criterios de Adjudicación. EL GESTOR adjudicará el Contrato al Propunente o Proponentes cuya(s) oferta(3) que resulte(n) con el menor precio ofertado que esté(n) por debajo o sca igual al Precio de Referencia y que cumpla(n) con los requisitos de este documento, previa emisión de una No Objeción por parte de la ASEP al Informe de Evaluación del Acto de Concurrencia, que para tal efecto preparará EL GESTOR. Fl Informe de Evaluación del Acto de Concurrencia debe contener los resultados de la licitación, identificando la oferta y número de renglones y la siguiente información: a. Nombre de todos los Proponentes que presentaron ofertas. b. Los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las ofertas. 60 <!-- page 61 --> No 27507 50,3 52. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 ec. Nombre de los Proponentes cuyas ofertas fueron evaluadas y precios evaluados de cada oferta evaluada. d. — Nombre de los Proponentes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo. e. Nombre del (de los) Proponenteís) seleccionadoís) y el (los) precio(s) cotizado(s), así como la duración y un resumen del alcance del (de los) contrato(s) que se propone adjudicar. Además, este informe debe contener todas las Actas asociadas al Acto de Concurrencia y demás información relevante del mismo. El Informe de Evaluación del Acto de Concurrencia debe ser presentado por EL GESTOR a más tardar quince (15) días calendario después de realizado dicho Acto, Por su parte la ASEP contará con quince (15) días calendario para emitir su No Objeción. Una vez hecho esto, EL GESIOR estará autorizado a publicar la Adjudicación. En caso de que el Informe de Evaluación del Acto de Concurrencia sea rechazado por la ASFP, ésta le indicará a Fl. GESTOR el motiva del rechazo y le solicitará las correcciones pertinentes, para lo cual EL GESTOR devolverá a la ASEP el documento corregido en un plazo no mayor de cinco (5) días calendario. Derecho de EL GESTOR a variar las cantidades en e€l momento de la adjudicación. Para la adjudicación del (los) Contrato(s), EL GESTOR podrá aumentar. hasta en un determinado porcentaje, los montos de o energía especificados originalmente en la Subcláusula 40.1 de las LAP, siempre y cuando esta variación sea el resultado de la evaluación realizada de acuerdo a lo indicado en este documento, y no altere los precios u otros términos y condiciones de la Oferta. Este porcentaje será indicado en los DDL y no podrá, bajo ninguna circunstancia superar la restricción sobre el manto máximo a adjudicar en Actos de Concurrencia exclusivos para centrales de generación solar conforme se establece en la Ley No. 37 dei 10 de junio de 2013, Notificación de Adjudicación del Contrato.de la expiración del período de validez de las ofertas, FL GESTOR notificará por escrito al Proponente seleccionado que su Oferta ha sido aceptadaS2,2 EL GESTOR publicará en dos (2) diarios de circulación nacional y en el sitio de Internet de su propiedad y adcmás notificará a la ASFP que ha publicado un resumen de la evaluación con la información contenida en el Informe de Evaluación del Acto de Concurrencia, incluyendo la duración y el resumen del alcance del o los contratoís) adjudicado(s). Después de la publicación de la adjudicación del contrato, los Proponentes no favorecidos podrán solicitar por escrito a EL GESTOR explicaciones de las razones por las cuales sus ofertas no fueron seleccionadas. EL GESTOR, después de la adjudicación del Contrato, responderá, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles y por escrito a cualquier proponente no favorecido, que solicite dichas explicaciones 61 <!-- page 62 --> No 27507 54. 54.2 $55. 55.2 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Plazo de los Contratos.53.1 Los contratos que surjan del presente Acto de Concurrencia, tendrán una duración máxima determinada en los DDL, al igual que la fechas tope para cl inicio del suministro de la energía contratada, y la fecha de finalización correspondiente. Én caso de solicitudes de oferta para mis de un renglón, la información anterior debe ser detallada en los DDL para cada uno de los renglones. Firma del Contrato.54.1 En un plazo no mayor a dicz (10) dias hábiles después de la notificación de adjudicación, EL GESTOR enviará el Contrato, en formato digital a la empresa de distribución eléctrica a la que se le asignará dicho Contrato para los trámites de firma y ejecución. Tanto el Proponente seleccionado, como EL COMPRADOR, tendrán el plazo indicado en los DDL, después de la fecha de recibo del Contrato para firmarlo. EL COMPRADOR, entregará una copia en formato digital del contrato a FT. GESTOR, una vez el mismo sea registrado por la ASEP. Cuando el Proponente seleccionado suministre e] Contrato firmado y la Fianza de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35 de las [AP. EL GESIOR lo informará inmediatamente a cada uno de los Proponentes no seleccionados. EL GESTOR notificará inmediatamente el nombre de los Proponentes seleccionados a todos los Proponentes no favorecidos y les devolverá su Fianza de Propuesta, de conformidad con la Cláusula 21.4 de las IAP. Fianza de Cumplimiento.55.! Dentro del plazo indicado en los DDL, siguientes al recibo de la notificación de adjudicación de parte de EL GESTOR, el Proponente seleccionado deberá presentar a EL COMPRADOR, la Fianza de Cumplimiento, de conformidad con las CGC, utilizando para dicho propósito el modelo de Fianza de Cumplimiento suministrado por EL GESTOR. En caso de que el proponente seleccionado no firme el contrato y/o no presente la Fianza de Cumplimiento en los plazos indicados, EL COMPRADOR notificará a EL GESTOR para los fines pertinentes. Si el Proponente seleccionado no cumple con la presentación de la Fianza de Cumplimiento mencionada anteriormente o no firma ci Contrato, esto constimirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Fianza de Propuesta. En tal caso, EL GESTOR podrá adjudicar el Contrato al Proponente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste a los Documentos de Licitación, y que EL. GESTOR determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. 62 <!-- page 63 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 63 Sección IM. Datos de la Licitación (DDL) Los datos específicos que se presentan a continuación complementarán, suplementarán o enmendarán las disposiciones en las Instrucciones a los Proponentes (IAP). En caso de conflicto, las disposiciones contenidas aquí prevalecerán sobre las disposiciones en las 1AP. [Las instrucciones para llenar los DDL se dan, cuando es necesario, en las notas en letra cursiva que aparecen en las cláusulas pertinentes de las IAP] Cláusula en A. Disposiciones Generales las IAP IAP 1.1 El nombre y número de identificación de la LPI son: /indique el nombre y número de identificación] IAP 2.1 EL GESTOR realiza el presente Acto de Concurrencia a nombre de: [indique el nombre completo, en caso de que se trate de una única empresa de distribución eléctrica] IAP 2.2 EL GESTOR realiza el presente Acto de Concurrencia a nombre de: [indique el nombre completo de cada una de las empresas de distribución eléctrica y su porcemaje de participación en la compra, en caso de que se trate de una compra conjunta] B. Contenido de los Documentos de Licitación IAP $.1 Para efectos de aclaraciones de las ofertas solamente, la dirección de EL COMPRADOR es: Atención: [indicar el nombre y número de oficina de la persona encargada del Acto de Concurrencia] Dirección: [indicar el nombre de la calle y número] [indicar el piso y número de oficina, si corresponde] Ciudad: [indicar el nombre de la ciudad o población] Código postal: : [indicar el código postal, si corresponde] País: [indicar el nombre del país] Teléfono: [indicar el número del teléfono incluyendo los códigos del país y de la ciudad] Facsímile: [indicar el número del facsímile incluyendo los códigos del país y de la ciudad] : Dirección de correo electrónico: findicar la dirección de correo electrónico de la persona encargada del Acto de Concurrencia] 29 <!-- page 64 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 C. Preparación de las Ofertas IAP 20.1 El plazo de validez de la oferta será de [indicar el número] días calendario. TAP 21.2 El monto de la Fianza de Propuesta deberá ser findicar el monto en Bf ó USD] IAP 21.2 (1) | La Fianza de Propuesta estará válida por un periodo de [indicar el monto] días calendario posteriores a la validez de la oferta 1AP 22.1 Además de la oferta original, el número de copias es de: findicar el número] D. Presentación y Apertura de Ofertas IAP 23.1 El Acto de Concurrencia se desarrollará con el siguiente calendario: + Consultas findicar fechaj e Presentación y Apertura de Sobres /indicar fecha] *. Adjudicación findicar fecha] e Firma del Contrato [indicar fecha] JAP 25,3 (c) Los sobres interiores y exteriores deberán llevar las siguientes leyendas adicionales de identificación: [indicar las leyendas adicionales de identificación] 1AP 26.1 Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección de EL COMPRADOR es: Atención: findicar el nombre completo de la persona, si corresponde, o indicar el nombre de la persona encargada del Acto de Concurrencia] Dirección: findicar el nombre de la calle y número] Número del Piso/Oficina: findicar número del piso y de oficina, si corresponde] Ciudad: findicar el nombre de la ciudad o población] Código postal: findicar el código postal, si corresponde] Pais: findicar el nombre del país] La fecha limite para presentar las ofertas es: Fecha: [indicar el día, mes y año] [indicar la fecha] Hora: indicar la hora, e identificar sies am. o p.m.] 30 64 <!-- page 65 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 1aP 29.1 La apertura de las ofertas tendrá lugar en: Dirección: findicar el nombre de la calle y el número] Número de Piso/Olicina /indicar el número de piso y oficina. si corresponde] Ciudad: [indicar el nombre de la ciudad o población] Pais: findicar el nombre del país] Fecha: findicar el día, mes y año; por ejemplo, 135 de junto del 2001] Hora: findicar la hora e identificar si es a.m. o p.m.; por ejemplo, 10:30 am] E. Evaluación y Comparación de las Ofertas IAP 36.4 La solicitud de energía [seleccione “es” o “no es”] a monto variable. Si la solicitud de energía es a monto variable, aplica lo siguiente: Los proponentes findique “deberán”] presentar ofertas con montos de energía variables dentro del rango aceptable de variación del monto de la oferta, es decir, la relación entre la diferencia de los montos máximos y mínimos ofertados anuales, respecto al monto máximo anual debe estar dentro de 0% y [seleccionar porcentaje máximo de variación]. Los Proponentes deberán cotizar para una duración (seleccionar “fija” - 0 - “máxima”]. La solicitud de energia [seleccione “es” o “no es”] por más de un renglón Si la solicitud de energía es por más de un renglón aplica lo siguiente: Los Proponentes findique “podrán”] cotizar precios separados por uno o más renglones. 65 <!-- page 66 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 F. Condiciones Fspeciales 1AP 40.1 Los proponentes deberán ofertar Energía en función de una Potencia Equivalente, según corresponda. La Energía solicitada se expresará en el Cuadro | siguiente: Cuadro [ : Energía Solicitada Años Energía Solicitada en MWh o Mes 1 112 3l4[|sjóof7[8/9¡; 10 , 11 | 12 Hasta 20 Años Cuadro 11 ; Potencia Equivalente Solicitada Potencia Equivalente (MW) Asociada a la Energía Solicitada Ales 1 112:3 4|5|6|7:8]|9; 10 11 12 Años Hasta 20 Años IAP 40.3 Los puntos de retiro para el suministro contratado serán los siguientes: [incluir los Puntos de Retiro] TAP 40.4 El área geográfica y/o zona tarifaria en la cual se conectará la generación requerida es: ¿Indicar el área geográfica y/o zona tarifaria] TAP 40.5 Ta fecha de inicio del suministro es findicar la fecha] IAP 40.6 La duración máxima de los contratos será de findicar número de años] 66 <!-- page 67 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 IAP 43.1(1i) En caso de igualdad en el precio ofertado que no pueda resolverse a través de adjudicaciones parciales a los proponentes empatados, Fl. GESTOR solicitará a los respectivos proponentes que, por escrito, en el plazo de dos (2) días hábiles, formulen una mejora de precios. El silencio de aigún proponente invitado a desempatar se entenderá como confirmatorio de su oferta original, procediéndose en consecuencia. En caso de un segundo empate en el precio evaluado de dos (2) o más ofertas la asignación se hará por sorteo con el siguiente procedimiento [indicar el procedimiento. ] 1AP 43.1(i1) La tasa de descuento a aplicar será de [indicar porcentaje] Y. y el año base será (indicar año] JAP 44.1 (a) Los precios de la Energía contratada serán ajustados en cada mes “i”, del periodo de contratación, tomando en consideración la variación anual que tenga el Indice de Precios al Consumidor, PECT ¡15 PEC) x (1-FAJU) + FAJU x PEC go; x (IPC pi 4 1PC ¿oy ) + CT Donde: PECT (1 [USD* Precio de la Fnergía Contratada kWh] - correspondiente al mes « 1» FEAJU Porción del precio de la Energía Contratada que seria sujeto a ajuste por inflación. El FAJU es de findicar el FAJU]. PEC ¡sy [USD/ Precio de la Energía Contratada inicial en kwh]= la oferta sin POT TPC ij = Índice de Precios al Consumidor anual vigente en cl mes «ij», según las publicaciones de la Contraloría General de la República de Panamá. IPC (9) Índice de Precios al Consumidor anual vigente al momento del Acto de Concurrencia, según las publicaciones de la Contraloría General de la República de Panamá. CT (1 = Cargo de transmisión de la Energía correspondiente al mes « 1», G. Adjudicación del Contrato R 67 <!-- page 68 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 La penalización diaria por atraso en el inicio del suministro se valorará a la diferencia entre el Promedio Aritmético Diario del Costo Marginal del Sistema y el Precio de la Energía Ofertado (ambos en B/./kWh ó USD/kWh), con la siguiente fórmula: Pins = (PAD.CMS - PrE) x PE x 24 horas x 0.70; Donde, Pins = Penalización diaria por atraso en el inicio de suministro. PAD.CMS = Es el Promedio Aritmético Diario del Costo Marginal del Sistema, en B//KWh ó USD/KWh. PrE = Precio de la Energía Ofertada en B/./KWh ó USD/kWh. PE = Potencia Equivalente, en kW, Esta penalización no se aplicara en los días que el PD.CMS es menor o igual al PrE. Ni cuando hay déficit en el suministro de energía. IAP 49.1 El precio de Referencia es: [indicar el precio en B//kKWh ó USD/kWh] basado en la tecnología solar fotovoltaica, IAP 51.1 El máximo porcentaje en que las cantidades solicitadas podrán ser aumentadas es: findicar porcentaje entre 0% y 15%] IAP 53 La duración máxima de los contratos será de [indicar duración]. La fecha tope para el inicio del suministro será indicar fecha]. La fecha tope de finalización del suministro será [indicar fecha]. IAP 54.1 Después de notificado de la adjudicación el Proponente tendrá un plazo de [Indicar monto] días calendario para firmar el Contrato. IAP 55 Después de notificado de la adjudicación el Proponente tendrá un plazo de [Indicar monto] días calendario para presentar la Fianza de Cumplimiento. 34 68 <!-- page 69 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 69 PARTE 2 - CONTRATO MODELO DE CONTRATO DE SUMINISTRO CONTRATO DE SUMINISTRO Este CONTRATO (en adelante denominado el “Contrato”) está celebrado el fdiía] dia del mes de /mes], faño], entre, por una parte, (insertar nombre de la empresa de distribución eléctrica] (en adelante denominado “EL COMPRADOR”) y, por la otra, [insertar nombre del oferente seleccionado] (en adelante denominado “EL VENDEDOR”), a través de la gestión de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S A. (ETESA). [Nota: En el caso de compras conjumas, se deberá especificar que EL COMPRADOR corresponde a más de una empresa, pora lo cual se establecerán porcentajes de participación en que cada una será solidariamente responsable de todas las obligaciones emanadas de este Contrato. Asimismo deberán modificarse las Condiciones Generales del Contrato y las Condiciones Especiales del Conirato para adaptarse a esta situación] CONSIDERANDO a) Que a nombre de EL COMPRADOR, ETUSA ha realizado la Licitación Pública Internacional denominada finseriar identiticación de la licitación]: b) Que de el proceso de evaluación ha resultado que es EL VENDEDOR, el que ha resultado con la oferta mas conveniente. en los términos y condiciones estipulados en este Conirato: c) Que la adjudicación a EL VENDEDOR de este contrato. ha sido debidamente avalada por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos de Panamá; POR LO TANTO, las Partes por este medio convienen en lo siguiente: La Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerarán parte integral del mismo: a) Condiciones Generales del Contrato; b) Condiciones Especiales del Contrato; 2. Los derechos y obligaciones mutuos de EL VENDEDOR y de EL COMPRADOR se establecen en cl contrato, particularmente; : a) EL VENDEDOR surninistrará la Energía de conformidad con las disposiciones del Contrato, y b) EL COMPRADOR efectuará los pagos a EL VENDEDOR de conformidad con las disposiciones del Contrato. <!-- page 70 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 EN FE DE LO CUAL, las Partes han dispuesto que se firme este Contrato en sus nombres respectivos en la fecha antes consignada, Por y en representación de: findicar el nombre de ELLOS) COMPRADOR(ES)] Representante legal Por y en representación de [EL VENDEDOR] [Representante autorizado] 36 70 <!-- page 71 --> No 27507 3 mm” E SS 9 PAI Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Sección MU. Condiciones Generales del Contrato Índice de Cláusulas Definiciones. Documentos del Contrato. Interpretación. Idioma. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA). Notificaciones y Avisos. Ley aplicable. Sulución de contruversias, Objeto del Contrato. Duración, Plazos del Contrato y Penalización. Potencia Contratada y Energía Asociada Requerida Contratada. Precios del Contrato. Formas de Pago y Penalizaciones. Pago de los Cargos de Transmisión y Distribución. Impuestos y derechos, Fianza Cumplimiento. Derechos de Autor, No Confidencialidad de la Información. Derechos de Patente y Licencias, Limitación de Respousabilidad. Fuerza Mayor o Caso Fortuito. Enmiendas al Contrato, Terminación. Cesión. Documento Estándar de Licitación 4) e] 71 <!-- page 72 --> No 27507 ¡E ES SA Sección MI. Condiciones Generales del Contrato Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Definiciones, Las siguientes palabras y expresiones tendrán el mismo significado que se les asigna en la Ley 6 del 3 de febrero de 1997, en la Ley No. 37 del 13 de octubre de 2009, la Ley No. 37 del 10 de junio de 2013, en el Decreto Ejecutivo No. 22 del 19 de junio de 1998, en el Reglamento de Operación y en las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Elcctricidad de Panamá, salvo que el texto en que son usados establezca otro significado. Además, para los efectos de interpretación del presente Contrato, dondequiera que aparezcan los siguientes términos, ya sea en singular o plural, en tiempo presente, futuro o pasado, tendrán el significado siguiente: a) “Contrato” significa el Contrato celebrado entre EL COMPRADOR y EL VENDEDOR, junto con los documentos del Contrato allí referidos, incluyendo todos los anexos y apéndices, y todos los documentos incorporados alli por referencia, b) “Documentos del Contrato” significa los documentos enumerados en el Contrato, incluyendo cualquier enmienda. c) “Precio del Contrato” significa el precio pagadero a EL VENDEDOR según se especifica en el Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato. dh “Año” periodo de 365 dias calendario. e) “Día” significa día calendario. f) “Días Hábiles” son zodos los días Calendario. con excepción de los sábados, domingos, dias de duelo, fiesta nacional establecidos v días feriados que decrete el Gobierno de la República de Panamú. g) "CGC” significa las Condiciones Generales del Contrato. h) "EL COMPRADOR” es la empresa de distribución eléctrica que compra la energía, según se indica en las CEC. ) “CEC” significa las Condiciones Especiales del Contrato. j) “EL VENDEDOR” es la persona natural, jurídica o combinación de éstas, cuya oferta para ejecutar el contrato ha sido aceptada por EL COMPRADOR y es denominada como tal en el Contrato. k) “CND” Centro Nacional de Despacho. Dependencia de la Fmpresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA), que tiene a su cargo la prestación del Servicio de Operación Integrada. I) “Aprobado” significa la aceptación o consentimiento por escrito, incluyendo la confirmación de una aprobación verbal, dada por El. VENDEDOR o EL COMPRADOR. m) “Parte” ya sea EL COMPRADOR o EL VENDEDOR, 38 72 <!-- page 73 --> No 27507 p) D u) v) x) Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 “Disposiciones Legales” las Leyes, Decretos de Gabinete, Decretos, Resoluciones de la Autoridad Nacional de los Servicios públicos (ASEP), y demás disposiciones legales vigentes en la República de Panamá, en materia de electricidad aplicables a las partes. “Contratos de Reserva” corresponde a los contratos de Potencia Firme de Largo Plazo y/o Energía que suscriba EL VENDEDOR con terceros, con el objeto de respaldar todos los compromisos emanados del presente Contrato con EL COMPRADOR, y que estén debidamente aprobados por el CND y remitidos a EL COMPRADOR. “Energía” es la energía activa producto de la transformación de la radiación electromagnética proveniente del sol, medida en kWh. “Energía Asociada Requerida Contratada” es la energía objeto de este Contrato, a suministrar en los Puntos de Retiro de Energía. Corresponderá al mínimo entre la energía generada por la central de generación solar propiedad de EL VENDEDOR o un porcentaje de la Energía Medida según se indica en las CEC. “Energía Suministrada” corresponde a la Energía Asociada Requerida Contratada suministrada por EL VENDEDOR de acuerdo a los requerimientos de EL COMPRADOR, y que servirá como base para elaborar la factura, por suministro de energia, a presentar por EL COMPRADOR. “Energía Medida” corresponde a la energía horaria total demandada por EL COMPRADOR en los Puntos de Retiro de este Contrato. Será el resultado, en los Puntos de Retiro, en cada hora de lo siguiente: e Restar de la Enerzia Entregada la energía adquirida en cada hora por los Grandes Clientes que participan en el Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá y que la reciban a través de los Puntos de Retiro de Energía definidos en este Contrato. e Restar de la Energía Entregada la energía adquirida en cada hora por Autogeneradores o Cogeneradores, cuya energía la reciban de compras como participante del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá a través de los Puntos de Retiro. “Factura Mensual” es el documento emitido por EL VENDEDOR, que señala el monto a pagar por EL COMPRADOR, de la Energía Asociada Requerida Contratada a EL COMPRADOR, durante cada mes calendario de vigencia del presente Contrato. “Fecha de Inicio del Suministro” es la fecha a partir de la cual EL VENDEDOR deberá iniciar el suministro de la Energía Asociada Requerida Contratada. “Fecha de Finalización del Suministro” es la fecha donde concluye el suministro por parte de EL VENDEDOR de la Energía Asociada Requerida Contratada. “kW -— kilovatio” unidad de medida de la potencia igual a mil (1,000) vatios. “MW -— Megavatio” unidad de medida de la potencia igual a un millón . (1,000,000) de vatios. 39 73 <!-- page 74 --> No 27507 eS) “TESM PUBLICOS. bb) cc) dd) ee) gg) hh) jj) Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 “LWh -— kilovatio hora” unidad de medida de la energía igual a mil (1,000) vatios hora. “MWh - Megavatio hora” unidad de medida de la energía igual a un millón (1,000,000) de vatios hora. “Planta” son las instalaciones y facilidades de EL VENDEDOR, para el caso de este contrato una central de generación solar e incluye al menos: las unidades de generación, definidas como un grupo o grupos de paneles solares conectados a uno o varios inversores, infraestructuras, subestación, línea de transmisión hasta el punto de interconexión y todo aquello que sea necesario para la adecuada prestación de los servicios de suministro de energía y potencia. “Plazo de Suministro” Es el periodo de tiempo comprendido entre la Fecha de Inicio de Suministro y la fecha de terminación del Contrato. “Potencia Equivalente” es la Potencia que se utiliza para efecto de las propuestas de sólo energía. Esta potencia no se puede garantizar y la misma no se remunera. “Precio por Energía Contratada” corresponde al precio a pagar por la Energía Asociada Requerida Suministrada de acuerdo a lo establecido en el presente Contrato, expresado en B/./KWh ó6 USD/KWh. “Puntos de Entrega” son los puntos donde EL VENDEDOR se vincula al Sistema Interconectado Nacional o cualquier otro sistema vinculado al mismo y establece el límite del sistema eléctrico de EL VENDEDOR para efectos de propiedad y de responsabilidad por el mantenimiento y operación de su sistema eléctrico y de medición. “Puntos de Retiro” son los puntos donde EL COMPRADOR se vincula al Sistema Interconectado Nacional y establece el límite del sistema eléctrico de EL COMPRADOR para efectos de propiedad y de responsabilidad por el mantenimiento y operación de su sistema eléctrico y de medición. “Sistema Interconectado Nacional — SIN” se refiere a el conjunto de centrales de generación, líneas y redes de transmisión y distribución de electricidad y sus instalaciones complementarias que se encuentran interconectadas, en un solo sistema a nivel nacional, sin distinción de las personas públicas y privadas a quienes pertenezcan. “Sistema Principal de Transmisión — SPT” se refiere a los componentes del Sistema de Transmisión propiedad de la Empresa de Transmisión Eléctrica, $. A. (ETESA) que no forman parte del Sistema de Conexión de dicha empresa, de acuerdo a lo definido en el Reglamento de Transmisión. “Unidad(es) de Generación” paneles o grupos de paneles solares conectados a uno o más inversores, con todos sus equipos principales y auxiliares, que respaldan la Potencia Contratada. “Generación de la Central Solar Comprometida”: es la generación de las unidades de generación comprometidas en este contrato. 74 <!-- page 75 --> No 27507 7 A Ea La a br 5, NN Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Documentos del Contrato. Sujetos al orden de precedencia establecido en el Contrato, se entiende que todos los documentos que forman parte integral del Contrato (y todos sus componentes allí incluidos) son correlativos, complementarios y reciprocamente aclaratorios. El Contrato deberá leerse de manera integral. Interpretación. Si el contexto así lo requiere, el singular significa el plural, y viceversa. Totalidad del Contrato: El Contrato constituye la totalidad de lo acordado entre EL COMPRADOR y EL VENDEDOR y substituve todas las comunicaciones. negociaciones y acuerdos (ya sea escritos o verbales) realizados entre las partes con antenoridad a la fecha de la celebración del Contrato. Enmienda: Ninguna enmienda u otra variación al Contrata será válida a menos que esté por escrito, fechada y se refiera expresamente al Contrato. y esté firmada por un representante de cada una de las partes debidamente autorizado w sea debidamente registrada ante la Antoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP). Una vez cumplido este requisito, toda enmienda o variación debera ser remitida al Centro Nacional de Despacho (CND) para oblener la viabilidad administrativa. Tdioma El Contrato, así como toda la correspondencia y documentos relativos al Contrato intercambiados entre EL VENDEDOR y EL COMPRADOR, deberán ser escrilos en español, Los documentos de sustento Y material impreso que formen parte del Contrato, pueden estar en otro idioma siempre que los mismos estén acompañados de una traducción fidedigna de los apartes pertinentes al español realizada por un traductor público autorizado en la República de Pariuná, y en tal caso, dicha traducción prevalecerá para efectos de interpretación del Contrato. EL VENDEDOR será responsable de todos los costos de la traducción al español, así como de todos los ricsgos derivados de la exactitud de dicha traducción de los documentos proporcionados por EL VENDEDOR. Asociación en Participación, Consorcio v Asociación (APCA). Si EL VENDEDOR es una Asociación cn Participación, Consorcio o Asociación (APCA), todas las partes que lo conforman deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente a FL. COMPRADOR por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato y deberán designar a una de ellas para que actúe como representante con autoridad para comprometer a la APCA. La composición o constitución de la APCA no podrá ser alterada sin el previo consentimiento de EL COMPRADOR. 41 75 <!-- page 76 --> No 27507 6. 2 25 6.1 dy 6.2 6.3 6,4 Mn =) tt Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Notificaciones y Avisos Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este Contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo. Una notificación será efectiva en la fecha más tardía entre la fecha de entrega y la fecha de la notificación. Todos los avisos o comunicaciones yue se den por facsimile o telegrama, deberán ser confirmados enviando una copia del mismo en un sobre dirigido en forma apropiada a la Parte correspondiente, a más tardar dos (2) dias hábiles después de enviada la comunicación. Cualquiera de las Partes puede, mediante aviso, cambiar las direcciones o los destinatarios a los cuales tales noticias. notificaciones y comunicaciones acerca de ello deben ser entregadas o enviadas Ley Aplicable. La ejecución del Contrato de Suministro se regirá por las leyes de la República de Panamá. EL VENDEDOR y EL COMPRADOR se comprometen a cumplir con todas las disposiciones que resultan del marco normativo vigente: Ley N* é del 3 de febrero de 1997 y sus modificaciones; Decre Ley No. 10 del 26 de febrero de 1998, así como otras modificaciones; Reglamento General de la Ley (Decreto Ejecutivo No, 22 del 19 de junio de 1998) y sus mudilicaciones: la Lev No. 37 del 10 de junio de 2013, el Reglamento de Transmisión y sus modificaciones, el Reglamento de Operación y sus modificaciones: las Reglas Comerciales del Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá y sus modificaciones, Código de Redes, así como cualquier otra normativa aplicable vigente Solución de Controversias. EL COMPRADOR y EL VENDEDOR harán todo lo posible para resolver amigablemente mediante negociaciones directas informales, cualquier desacuerdo o controversia que sc haya suscitado entre ellos, en virtud o en referencia al Contrato. Si después de transcurridos treinta (30) días calendario las partes no han podido resolver la controversia o diferencia mediante dichas consultas mutuas, entonces EL COMPRADOR o EL VENDEDOR podrá informar a la otra parte sobre sus intenciones de iniciar un proceso de arbitraje con respecto al asunto en disputa, conforme u las disposiciones que se indican a continuación: No se podrá iniciar un proceso de arbitraje con respecto a dicho asunto, si no se ha emitido la mencionada notificación. Cualquicr controversia o diferencia respecto de la cual se haya notificado la intención de iniciar un proceso de arbitraje, de conformidad con esta cláusula, se resolverá definitivamente mediante arbitraje. 42 76 <!-- page 77 --> No 27507 os 8.3 84 10. 10.1 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Corresponderá a la ASEP arbitrar aquellos conflictos que por razón de contrato, área de prestación de servicios, servidumbres y otros asuntos de su competencia, no corresponda decidir a otras autoridades administrativas o judiciales. No obstante las referencias a arbitraje en este documento, (a) ambas partes deben continuar cumpliendo con sus obligaciones respectivas en virtud del Contrato, a menos que las partes lo acuerden de otra manera; y (b) EL COMPRADOR pagará el dinero que le adeude a EL VENDEDOR. (c) EL VENDEDOR pagará la facturación por multas o compensaciones, si aplica, que le presente EL COMPRADOR Objeto del Contrato El objeto del presente Contrato es la compra venta de Energía, de acuerdo con los términos del mismo. (a) El VENDEDOR sc obliga a suministrar a EL COMPRADOR los volúmenes de Energía Asociada Requerida Contratados, durante todo el Plazo de Suministro. (b) EL VENDEDOR se obliga a suministrar las cantidades de energía contratadas, cumpliendo este compromiso con generación propia. (c) EL COMPRADOR se obliga a pagar a EL VENDEDOR la Energia Asociada Requerida Suministrada de acuerdo a los precios, términos y condiciones establecidos en el Contrato. (d) EL VENDEDOR tiene la obligación de mantener en servicio (no puede relirarlas) las Unidades de Generación comprometidas, salvo en aquellos casos en que cuente con unidades de generación adicionales y las comprometa en reemplazo de las que rerira. (c) Cuando EL VENDEDOR haya respaldado su oferta con unidades de generación nuevas y estas no hayan entrado en servicio al momento del inicio de suministro del contrato, en cualquier monto la energía que produzcan dichas unidades de generación, mientras se encuentren en prueba, será considerada como Energía Asociada Requerida del Contrato. Condiciones Operativas. EL VENDEDOR se compromete a operar de acuerdo con las instrucciones del CND que resulten del despacho económico y de la operación integrada, según las normas y procedimientos del Reglamento de Operación y de las Reglas Comerciales para el Mercado Mayorista de Electricidad de Panamá Duración, Plazos del Contrato y Penalizaciones. Entrada en Vigencia: El presente Contrato entrará en vigencia y efectividad a partir del Día Hábil siguiente a la fecha en la cual las Partes hayan firmado el mismo. Plazos para entrega de la Energía Asociada Requerida Contratada: La Fecha de Inicio de Suministro de la Encrgía Asociada Requerida Contratada, de acuerdo con los 43 77 <!-- page 78 --> No 27507 10.3 10.4 10.5 11. 11.1 11,3, 11.4 11.5. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 términos establecidos en el Contrato, será a partir de las 00:00 horas del día indicado en la cláusula 10,3 de las CGC. No Obstante, si la planta inicia operaciones comerciales antes de la fecha de Inicio de Suministro se iniciará la entrega de la Energia Contretada a partir de esta nueva fecha. Asimismo, toda energía generada en calidad de pruebas, cuando en el contrato se hayan comprometido unidades nuevas, será entregada como parte del contrato y se pagará al precio establecido en la cláusula 12,1 de las CGC. Para todos los casos, si el plazo resultante de la nueva fecha de inicio de suministro y la fecha de finalización de suministro es menor que la duración máxima de este tipo de contratos establecida en la Ley 37 del 10 de junio de 2013, se mantendrá la fecha de finalización de suministro. En caso contrario, la duración del contrato sc acotará con la nueva fecha de finalización de suministro tal que la duración máxima del contrato corresponda con el máximo establecido en la referida Ley 37. Duración del suministro de la Energía Asociada Requerida Contratada: El Plazo de Suministro será a partir de las 00:00 horas del día indicado en las CEC. hasta las 23:59 del día indicado en las CEC. La penalidad por atraso en la fecha del inicio de suministro será la indicada en las CEC. Para que EL VENDEDOR cumpla con el Inicto de la Enervia Contratada, deberá demostrarlo presentando formalmente 4 EL COMPRADOR la certificación del CND de que la Planta inicio operaciones aprobado por el CMD. La Fracción de Generación Esperada y la penalización anual por incumplimiento de la misma será indicada en el CEC. Patencia Equivalente y Energia Asociada Requerida Contratada. . Potencia Equivalente Contratada. EL VENDEDOR se obliga a poner a disposición de EL COMPRADOR la Potencia Equivalente indicada en las CEC, 2, Unidades de Generación Comprometidas: EL VENDEDOR — compromete fisicamente las Unidades de Generación, indicadas cn las CEC, para satisfacer los requerimientos de Encrgía Contratada, de manera prioritaria, cuando las mismas generan, Estas unidades se comprometen en [unción de lo indicado en el numeral 9.1 del presente Contrato, Modalidad de la Potencia: la potencia, siempre que sea solicitada bajo cesto Contrato, tendrá la modalidad de Potencia Equivalente. Energía Asnciada Requerida Contratada. EL VENDEDOR se obliga a poner a disposición de EL COMPRADOR la Energía Asociada Requerida Contratada por EL COMPRADOR de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente Contrato. Suministro de Energía en casos de racionamiento: EL VENDEDOR no se obliga a poner fisicamente a disposición de EL COMPRADOR el 100% de la Energía Asociada a la Potencia Fquivalente Contratada de las Unidades de Generación Comprometidas, 44 78 <!-- page 79 --> No 27507 11.6, 12.2. 13. 13.1 13.5 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 no obstante siempre que se cumpla la disponibilidad de la energía, según los términos de este contrato, dicha energía será asignada al presente contrato. Punto de Entrega de la Energía Contratada: Para los efectos del presente Contrato, el Punto de Entrega de Potencia Equivalente estará ubicado en el lugar indicado en las CEC. . Puntos de Retiro: Los Puntos de Retiro para la Energia Asociada Requerida por EL COMPRADOR. EL VENDEDOR la entregará en los lugares indicados en las CEC. Precios del Contrato. . EL COMPRADOR pagará mensualmente a EL VENDEDOR por la Energia Asociada Requerida suministrada, de acuerdo con la forma y los precios unitarios indicados en las CEC. El ajuste por indexación al precio de la Energía; asi como por la componente del cargo de transmisión y será el indicado en las CEC. Forma de Pago y Penalizaciones. Presentación de la Factura: durante la vigencia de este Contrato, EL VENDEDOR presentará a EL COMPRADOR la Factura Mensual correspondiente a la facturación de la Energía Asociada Requerida Sumninisirada, según lo indicado en el Contrato dentro de los primeros diez (10) días calendario del mes siguiente al mes al que corresponde la misma, Forma de Pago: EL COMPRADOR pagará mediante cheque o transferencia bancaria todos los meses a EL VENDEDOR el monto de la Factura Mensual dentro de los treinta (30) días calendario después de presentada la misma. Pago por la Energía Asociada Requerida Suministrada: El. COMPRADOR pagará todos los mescs, contra presentación de la Factura Mensual, la Energia Asociada Requerida Contratada suministrada per EL VENDEDOR, valorada a los precios respectivos indicados en la Cláusula 12.1. Reclamos sobre la Factura Mensual: hasta los sesenta (60) dias calendario posteriores a la lecha de facturación, EL COMPRADOR puede presentar un reclamo sobre el monto respectivo facturado. Cada reclamo debe especificar la factura, el monto en disputa y la base para el reclamo. La no presentación por parte de EL COMPRADOR de un reclamo dentro del plazo antes indicado, significará que EL COMPRADOR acepta la facturación correspondiente. En casa de cualquier reclamo sobre la facturación mensual, EL COMPRADOR no retendrá el pago de la misma ni de las subsiguientes. ¡ Factura en concepto de penalizaciones y/o compensaciones: EL COMPRADOR presentará las facturas por concepto de las penalizaciones o compensaciones a que hubiere Jugar. EL VENDEDOR deberá pagar el monto de dicha factura dentro de los 45 79 <!-- page 80 --> No 27507 13.6 14, 14.1. 15. 15d 16. 16.1. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 treinta (30) días calendario después de presentada la misma mediante cheque o transferencia bancaria a la cuenta indicada en las CEC. Si el pago de estas facturas no es efectivo pasados los treinta (30) días calendario, EL COMPRADOR descontará las sumas en concepto de penalización de la siguiente Factura Mensual presentada por EL VENDEDOR. Los montos cobrados en concepto de penalizaciones serán traspasados integramente a los clientes de las empresas de distribución eléctrica. Reclamos sobre la Factura presentada por EL COMPRADOR en concepto de penalizaciones y/o compensaciones. Hasta los sesenta (60) días calendario posteriores a la fecha de facturación, EL VENDEDOR puede presentar un reclamo sobre el monto respectivo facturado. Cada reclamo debe especificar la factura, el monto en disputa y la base para el reclamo. La no presentación por parte de EL VENDEDOR de un reclamo dentro del plazo antes indicado, significará que EL VENDEDOR acepta la facturación correspondiente. En caso de cualquier reclamo sobre la facturación por penalizaciones y/o compensaciones, EL VENDEDOR no retendrá el pago de la misma ni de las subsiguientes, si aplica Pago de los Cargos de Transmisión y Distribución Según lo requerido en la regulación vigente, las Partes pagarán individualmente a las empresas de transmisión y de distribución los costos de transmisión y de distribución que estén bajo sus respectivas responsabilidades en virtud de lo establecido en el Reglamento de Transmisión y las Tarifas aprobadas por la ASEP. Impuesto y Derechos. Según lo requerido por la Ley, las Partes pagarán individualmente a las autoridades correspondientes, todos los impuestos nacionales, provinciales, municipales y otros impuestos legales, derechos de aduana, cánones, u otras imposiciones presentes y futuras que sean aplicables a sus respectivas instalaciones, a otros activos y actividad comercial o industrial. Fianza de Cumplimiento. Fianza de Cumplimiento del Contrato. Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente Contrato, EL VENDEDOR le entrega a EL COMPRADOR, a la firma del Contrato, una Fianza de Cumplimiento emitida a favor de EL COMPRADOR por una compañía de seguros o entidad bancaria aceptable por EL COMPRADOR por la suma indicada en las CEC, cuya vigencia debe ser por la duración del Contrato con renovaciones anuales. La afianzadora deberá informar con una antelación no menor a sesenta (60) días calendario, su intención de no prorrogar la Fianza, lo cual debe estar claramente establecido en la Fianza de Cumplimiento como requisito previo a la firma del Contrato. En caso de que el presente Contrato se dé por terminado por incumplimiento de EL VENDEDOR, la Fianza de Cumplimiento se hará efectiva a requerimiento de EL COMPRADOR, posterior a un periodo de cura de 46 80 <!-- page 81 --> No 27507 16.2. 16.4. 17. 17.1. 18, 18.1, 19. 19.1. 20. Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 sesenta (60) días, durante el cual la afianzadora establecerá las condiciones para que el contrato sea restablecido a la condición original Garantía de Pago. EL COMPRADOR mantendrá durante el plazo de duración del suministro, una Garantía de Pago, por un monto indicado en las CEC, cl cual cstará dedicado a cubrir incumplimientos de pago. Dicha garantía de Pago podrá constituirse en efectivo, o en fianzas de compañías de seguros, mediante garantias bance2rias que scan otorgadas por una compañía de seguro o entidad bancaria con una calificación de inversión emitida por una calificadora de riesgo de reconocida trayectoria con Standard and Poor, Fitch, A.M Best y Moody's o efectivo a partir del primer mes del suministro, por periodos anuales, y se mantendrá vigente por el periodo indicado en las CEC, después de la finalización del Contrata, . Los recursos de la Fianza de Cumplimiento, de hacerse efectivos, serán pagaderos a EL COMPRADOR, quien lo traspasará integramente a los Clientes de EL COMPRADOR, como indemnización por cualquier pérdida que le pudiera ocasionar cl incumplimiento de las obligaciones de EL VENDEDOR en virtud del Contrato. En caso de ejecución de la Fianza de Cumplimiento y cuando la afiunzadora opte por dar continuidad a los compromisos objelos del presente Contrato, la persona natural o jurídica que dicha afianzadora designe para tal fin, debe cumplir con los requisitos exigidos para la Prestación del Servicio Público de Elcetricidad. Derechos de Autor. Los derechos de autor de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información proporcionada a EL COMPRADOR por EL VENDEDOR, seguirán siendo de propiedad de El VENDEDOR. Si esta información fue suministrada a EL COMPRADOR directamente o a través de EL VENDEDOR por terceros, incluvendo proveedores de materiales, el derecho de autor de dichos materiales seguirá siendo de propiedad de dichos terceros No Confidencialidad de la Información. La información asociada a este contrato es de carácter público y como tal no está sujeta a confidencialidad. Derechos de Patentes y Licencias. EL VENDEDOR obtendrá y pagará todos los derechos por uso de patentes y derechos de licencias, relacionadas directa o indirectamente con cualquier actividad de gencración, y exime a EL COMPRADOR de toda responsabilidad de cualquicr clase o naturaleza o por cualquier concepto, incluyendo costos o gastos debidos al uso por parte de EL VENDEDOR, de cualesquiera materiales literarios cuya propiedad esté o no registrada, procesos secretos e invenciones, tecnología patentada o no, métodos artefactos que usaren o fabricuren en la ejecución del presente Contrato Limitación de Responsabilidad. 47 81 <!-- page 82 --> No 27507 =P SA 20.1. ¿La Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 No constituirá un caso de incumplimiento de EL VENDEDOR la falta de suministro de Energia Contratada que se deba a fallas en los sistemas de transmisión y distribución directamente asociado al punto de interconexión de las unidades comprometidas o fallas en el Sistema Interconectado Nacional que no sean de responsabilidad de EL VENDEDOR y que afecten este contrato y sólo durante la duración de la falla. Fuerza Mayor o Caso Fortuitu . EL VENDEDOR no estará sujeto a la ejecución de su Fianza de Cumplimiento, liquidación por daños y perjuicios o terminación por incumplimiento, en la medida en que la demora o el incumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato, sea el resultado de un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito. Se considerará Fuerza Mayor o Caso Fortuito lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. 22 del 19 de junio de 1998. Si se presentara un evento de Fuerza Mavor o Caso Fortuito, EL VENDEDOR notificará por escrito a EL COMPRADOR a la mayor brevedad posible sobre dicha condición, su causa y posible duración. Fl. VENDEDOR continuará cumplicado con sus obligaciones en virtud del Contrato, en la medida de lo posible y buscará medios alternativos de cumplimiento para la satistacción de sus obligaciones Enmiendas al Contrato. 1. Las partes declaran que se reservan el derecho a modificar, adicionar, enmendar o dar por terminado este Contrato por mutuo acuerdo, previa autorización de la ASEP en cuyo caso El, COMPRADOR se lo comunicará al UND. Términos. , Terminación por Incumplimiento del VENDEDOR. EL COMPRADOR podrá dar Avisu de Terminación del Contrato (Aviso de terminación de EL COMPRADOR), previa autorización de la ASEP, ante el acontecimiento de cualquiera de los sucesos siguientes (cada uno cs un Caso de Incumplimiento de EL VENDEDOR+E a) La quiebra declarada del VENDEDOR: b) La cesión de bienes del VENDEDOR en favor de sus acreedores que afecte sustancial y adversamente la ejecución del Contrato o que el VENDEDOR haya aceptado sujetar el Contrato a un comité de acreedores, cuando este hecho afecte negativamente la ejecución del Contrato; e) La liquidación del VENDEDOR, excepto cuando dicha liquidación tenga el propósito de fusionar o reorganizar al VENDEDOR; d) Si los bienes del VENDEDOR resultaran secuestrados, embargados o rematados; e) Si el VENDEDOR transfiere el Contrato o cede alguno de sus dercchos sin el consentimiento de EL COMPRADOR, salvo a las Instituciones Financieras notificadas a EL COMPRADOR. 48 82 <!-- page 83 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 f) Si el VENDEDOR no presenta la renovación anual de la Fianza de Cumplimiento. g) Cualquier alteración o modificación fraudulenta en el sistema de medición, atribuible a EL VENDEDOR, que no sea remediada por EL VENDEDOR dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del aviso escrito de incumplimiento entregado por EL COMPRADOR, sin perjuicio de la acciones de indemnización, comerciales, civiles, penales y administrativas correspondientes que pudiere ejercitar EL COMPRADOR. h) Cualquiera otra contravención material del Contrato por parte de EL VENDEDOR que no sea remediada dentro de treinta (30) días calendario, y que sea notificada mediante aviso escrito de EL COMPRADOR a EL VENDEDOR.

  64. 23.2. Terminación por incumplimiento de EL COMPRADOR. EL VENDEDOR podrá dar aviso de terminación de este Contrato (Aviso de terminación de EL VENDEDOR), previa autorización de la ASEP, ante la ocurrencia de cualquiera de los siguientes sucesos que resulten de una contravención a este Contrato por parte de EL COMPRADOR (cada uno es un Caso de Incumplimiento del EL COMPRADOR). (a) El no pago de la Factura mensual por servicios prestados por EL VENDEDOR dentro del período establecido en el Contrato, sin que haya mediado ninguna objeción válida. EL COMPRADOR dispondrá de cuarenta y ocho (48) horas a partir del aviso de incumplimiento para remediar dicho incumplimiento. (b) La quiebra declarada de EL COMPRADOR; (c) La cesión de bienes de EL COMPRADOR en favor de sus acreedores que afecte sustancial y adversamente la ejecución del Contrato o que EL COMPRADOR haya aceptado sujetar el Contrato a un comité de acreedores, cuando este hecho afecte negativamente la ejecución del Contrato; (d) La liquidación de EL COMPRADOR, excepto cuando dicha liquidación tenga el propósito de fusionar o reorganizar a EL COMPRADOR; (e) Si los bienes de EL COMPRADOR resultaran embargados y rematados; (M Si EL COMPRADOR transfiriera el Contrato sin el consentimiento de EL VENDEDOR. (g) Cualquier alteración o modificación fraudulenta en el sistema de medición, atribuible a EL COMPRADOR, que no sea remediada por EL COMPRADOR dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del aviso escrito de incumplimiento entregado por EL VENDEDOR, sin perjuicio de la acciones de indemnización, comerciales, civiles, penales y administrativas correspondientes que pudiere ejercitar EL VENDEDOR, 49 <!-- page 84 --> No 27507 23 23.4, 23.6. 23,7, Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 (h) Cualquiera otra contravención material del Contrato por pane de EL COMPRADOR que no sea remediada dentro de treinta (30) días calendario, y que sea notificada mediante aviso cscrito de EL VENDEDOR a EL COMPRADOR. Aviso de Incumplimiento. Inmediatamente conocido el incumplimiento, la parte afectada, ya sea Fl, COMPRADOR o EL VENDEDOR, notificará por escrito a la otra parte, que una violación del Contrato ha ocurrido y que padría resultar en la terminación del Contrato, identificando la violación en cuestión, en detalle razonable y exigiendo el remedio de ello. Resolución del Contrato. Cuando la causal de terminación de este Contrato seca la falta de cumplimiento de alguna de las obligaciones que asumen las partes, se procederá de la siguiente forma: (a) En el caso de incumplimiento de EL VENDEDOR, si el mismo no ha remediado el incumplimiento en cl plazo establecido de acuerdo con lo previsto en este Contrato, EL COMPRADOR quedará facultado de pleno derecho, previa autorización de la ASEP, para resolver este Contrato y cobrar la Fianza de Cumplimiento de que trata la Cláusula 16 de este Contrato EL VENDEDOR deberá devolver la Garantia de Pago a EL COMPRADOR. 4b) En el caso de incumplimiento de EL COMPRADOR, si éste no ha remediado el incumplimiento de acuerdo a lo previsto, o en su defecto en los diez (10) días hábiles siguientes al aviso de incumplimiento, FL VENDEDOR quedará facultado, de pleno derecho, previa autorización de la ASEP, pura resolver este Contrato. (c) En caso de resolución del contrato por un incumplimiento de EL COMPRADOR, EL VENDEDOR tendrá derecho a ejecutar la Garantía de Pago por un monto igual al adcudado en concepto de encreia y potencia facturada EL COMPRADOR deberá devolver la Fianza de Cumplimiento a EL VENDEDOR. . Terminación del Contrato por la Finalización de su Término. El Contrato terminará su vigencia a la conclusión del periodo pactado en la Cláusula 10.3 de las COC del Contrato. Terminación por Abandono o Caneclación. Este Contrato quedará resuelto de pleno derecho por razón de incumplimiento de cualquiera de las Partes con lo dispuesto en la Licencia otorgada por el Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, por cancelación de la licencia (o licencia provisional) o por resolución administrativa del contrato de concesión; o por el abandono de la Licencia o Concesión por cualquiera de las Partes. Terminación y Límite de Responsabilidad. Ninguna de las cláusulas precedentes, salvo la terminación por vencimiento del plazo del contrato eximirá a las partes de las responsabilidades que en virtud de este Contrato se hayan generado, por lo cual la parte afectada podrá recurrir a las instancias judiciales o civiles que considere pertinente a fin de solicitar las respectivas indemnizaciones, 50 84 <!-- page 85 --> No 27507 24, 24.1. 24.2, Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Cesión. EL VENDEDOR tendrá derecho de ceder en garantia sus derechos e interés que surjan de este Contrato a favor de Instituciones Financieras y/o Fiador(es), previo cumplimiento de las formalidades de la Ley o por las condiciones consignadas en este Contrato, previa autorización de la ASEP. EL VENDEDOR noutificará a EL COMPRADOR de todas las cesiones y garantias efectuadas, quien salvo por razones que afecten en forma negativa sus derechos, deberá dar su consentimiento a las mismas. Sin embargo, para pueda hacerse cfectiva la cesión, será necesaria que el cesionario, reúna las condiciones y preste las mismas garantias exigidas a EL VENDEDOR por lo que, una vez efectuada la cesión de EL VENDEDOR a favor de las Instituciones Financieras o Fiador(es). éstas adquieran los mismos derechos y obligaciones inherentes a EL VENDEDOR contenidas cn el CONTRATO, EL COMPRADOR tendrá derecho de ccder este Contrato a cualquier persona que asuma tada o parte de los derechos y obligaciones dimanantes del mismo, previa autorización de la ASEP, para lo cual EL COMPRADOR requerirá la autorización por parte de EL VENDEDOR. quien salvo por razones que afecten en forma negativa sus dercchos, deberá dar su consentimiento a las misma 51 85 <!-- page 86 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 86 Sección IV, Condiciones Especiales del Contrato Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementarán y/o enmendarán LS) las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de haber conflicto, las provisiones aquí dispuestas prevalecerán sobre las de las CGC, [EL COMPRADOR seleccionurá la redacción que corresponda utilizando los ejemplos indicados a continuación u otra redacción aceptuble y suprimirá el texto en letra cursiva] I [CGC1.Hh) | EL COMPRADOR es: [nombre jurídico completo de El COMPRADOR] | CGC 1.1(q) La Energía Asociada Requerida Contratada en los Puntos de Retiro de Energía será findicar la metodología de cálculo de acuerdo a la ¡AP 40] CGC 1.l(cc) | La Potencia Equivalente garantizada por EL VENDEDOR es de findicar la Potencia Equivalente] CGC 6.1 . Para notificaciones, la dirección de EL COMPRADOR será: Atención: fel nombre completo de la persona, si corresponde] Dirección postal: [nombre de la calle y número J PisoOficina fel pise y número de oficina, si corresponde] ms Ciudad: fel nombre de la ciudad o población] Código postal: fel eádigo postal, si corresponde] Pais: fel nombre del país] Tolétono: frúmero del teléfono incluyendo los códigos del país y de la ciudad] Facsimile: fmúmero del facsímile incluyendo los códigos del país y de la ciudad] : Dirección electrónica: [dirección de correo electrónico, si corresponde] Para notificaciones, la dirección de EL VENDEDOR será: Atención: fel nombre completo de la persona, si corresponde] Dirección postal: (nombre de la calle y número] Piso/Oficina [el piso y número de oficina, si corresponde] Ciudad: fel nombre de la ciudad o población] Código postal: fel código postal, si corresponde] Pais: fel nombre del país] Teléfono: [número del teléfono incluyendo los códigos del país y de la ciudad] <!-- page 87 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Facsímile: [número del facsímile incluyendo los códigos del país y de la ' ciudad] Dirección electrónica: [dirección de correo electrónico, si corresponde] CGC 10.3 El período del suministro de la Energía Contratada será por findicar número de meses] meses desde el findicar fecha de imiciof hasta el [indicar la fecha en que termina el compromiso del suministro]. CGC 10,4 La penalización diaria por atraso en el inicio del suministro se valorará a la diferencia entre el Promedio Aritmético Diario del Costo Marginal del Sistema y el Precio de la Energia Ofertado (ambos en B/./kWh ó USD/kWh), con la siguiente fórmula: Pins = (PAD.CMS — PrE) x PE x 24 horas x 0.70; Donde, Pins = Penalización diaria por atraso en el inicio de suministro. PAD,CMS = Es el Promedio Aritmético Diario del Costo Marginal del Sistema, en B*./KWh óé USD Wh. PrE = Precio de la Energía Ofertada en B/ ¿kWh 6 USDA Wh. PE = Potencia Equivalente. en kW. Esta penalización no se aplicara en los días que el PD.CMS es menor o igual al PrE. CGC 11.1 El VENDEDOR se obliga a poner a disposición de EL COMPRADOR la siguiente Potencia Equivalente Contratada [Indicar Potencia Equivalente Contratada] CGC 11.2 Las unidades de generación que EL VENDEDOR compromete fisicamente son las siguientes [indicar las unidades de generación]. CGC 11.6 Los Puntos de Entrega de la Potencia Equivalente Contratada será f Indicar! el punto de interconexión en el cual se efectúa entrega]. CGC 11.7 Los Puntos de Retiro de la Energía Asociada Requerida contratada serán: [indicar los puntos en los cuales EL COMPRADOR recibirá la energía]. [CGC 12.1 El precio de la Energia Asociada Requerida suministrada a pagar es [indicar precio en B//AWhó USDAWHh]. CGC 12.2 La fórmula de ajuste del cargo de transmisión en el precio de la energía cs [indicar fórmula de acuerdo a la [AP 44, sí aplica]. CGC 13.5 De requerirse pagar por transferencia bancaria, la misma se hará a la cuenta [indicar número de cuenta y el Banco respectivo]. CGC 16.1 La Fianza de Cumplimiento será por [indicar monto en B/ ó USD]. áÍ- 87 <!-- page 88 --> No 27507 1 A 13 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 'CGC 16.2 | La Garantia de Pago que EL COMPRADOR mantendrá durante cl periodo ' de suministro es de findicar suma en B/. ó USD] : La Garantía de Pago estará vigente por [indicar número de días] después de finalizado el Contrato . 10GC23.1 | [Indicar causa de terminación del Contrato] CGC 23.2(a) | Periodo de incumplimiento en el pago de la cuenta mensual por servicios prestados por FL VENDEDOR findicar el periodo]. CGC 23,2 [Indicar causa de terminación del Contrato] <!-- page 89 --> No 27507 Gaceta Oficial Digital, jueves 3 de abril de 2014 Anexos A. Formulario de Oferta. ua) . Modelos de Fianzas. C. Pronósticos de Energía. Documento Estándar de Licitación 55 89

Resolución Nº 7.200 - Reglas para la compraventa de energía mediante actos de concurrencia exclusivos para centrales de generación solar · Nelum