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巴拿马的法律

Resolución Nº 579 - Guía básica del servicio de alimentación para las personas privadas de libertad

颁布于 2019-08-02 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拿马
主题
Food and nutrition
关键词
right to food, institution, public health, nutrition, human rights, governance

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. No. 28844 Gaceta Oficial Digital, jueves 22 de agosto de 2019 1 ~ REPÚBLICA DE PANAMÁ GOBIERNO NACIONAL MINISTERIO DE SALUD REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE SALUD RESOLUCIÓN No. s-n (De -~ de a f;o h de 2019) Que aprueba Ja Guía básica del servicio de alimentación para las personas privadas de libertad en Panamá. LA MINISTRA DE SALUD en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de Panamá en su artículo 109 señala que es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República El individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla, entendida esta como el completo bienestar fisico, mental y social. Que la Constitución Política de Panamá, en su artículo 28 señala que el sistema penitenciario se funda en principios de seguridad, rehabilitación y defensa social. Prohibiendo la aplicación de medidas que lesionen la integridad física, mental y moral de los detenidos y consigna para los menores de edad un régimen especial de custodia, protección y educación. Que el Decreto de Gabinete 1 de 15 de enero de 1969, crea el Ministerio de Salud y determina su estruclur<t, funciones estableciendo las normas de integración y coordinación de las instituciones del Sector Salud. Que la Ley 40 de 26 de agosto de 1999, en su artículo 157 establece que dentro de las funciones del In stituto de Estudios Interdisciplínarios, se encuentra el organizar y administrar los ceótros de custodia y cumplimiento para los adolescentes privados de libertad a nivel nacional. Que la Ley 55 de 30 de julio de 2003 reorganiza el sistema penitenciario y establece una serie de derechos y deberes de las personas privadas de libertad, relacionados con la salud, atención médica, recibir una alimentación balanceada, cuyo valor nutritivo ~ea suficiente para el mantenimiento de su salud, la cual debe ser de buena calidad, bien preparada, servida y supervisada por el personal técnico especializado en la materia y en caso de sufrir de enfermedades crónicas o ha sido sometido a intervenciones quinírgicas tendrá derecho recibir una dicta especial. Que mediante Resolución No. 726 de 18 de junio de 2015, la Dirección General de Salud Pública, adoptó la Guía Básica del Servicio de Alimentación para las personas privadas de libertad, no obstante luego de su ejecución en los servicios de alimentación del sistema penitenciario, han surgido dudas relacionadas a la interpretación de algunos aspectos como terminología utilizada, porciones s~rvidas y variabilidad según grupo de alimentos, entre otras. Que se hace necesario dotar al personal del Ministerio de Gobierno, empresas contratistas y salud vinculados a los servicios de alimentación para privados de libertad de un instrumento técnico que les permita establecer procedimientos para brindar una alimentación nutricionaJ e higiénicamente adecuada. Que es deber del Departamento de Salud Nutricional actualizar las normativas de nutrición en b~e a las evidencias científicas y operativas, a la evolución de los hábitos alimentarios, característi~ de las morbilidades en la población y el desarrollo de nuevos conocimientos en materia de alimentación, nutrición e inocuidad de los alimentos. En consecuencia, No. 28844 Gaceta Oficial Digital, jueves 22 de agosto de 2019 2 RESUELVE Artículo Primero: Aprobar la Guía básica del servicio de alimentación para las personas privadas de libertad en Panamá, como un instrumento técnico que contempla aspectos de alimentación saludable, buenas prácticas de manipulación de alimentos, procedimientos estandarizados de las operaciones de saneamiento y recomendaciones sobre el personal básico requerido en los servicios de alimentación para personas privadas de libertad en Panamá; que se reproduce en el Anexo 1 y que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo: Adoptar el documento que se reproduce en el Anexo 1 y que forma parte de la presente resolución, denominado Fonnula~rio de Supervisión de dietas de los Servicios de Alimentación para las personas privadas de libertad. Artícolo Tercero: La presente Resolución deja sin efecto la Resolución N.0 726 de 18 de junio de 2015 emitida por la Dirección de Salud Pública. Artícu.Jo Cuarto: La presente resolución empezará a regir al día siguiente a su promulgación. FUNDAMENTO LEGAL: Constitución Política de la República, Ley 66 de 1 O de noviembre de 1947, Decreto de Gabinete 1 de 15 de enero de 1969, Ley 40 de 26 de agosto de 1999, Ley 55 de 30 de julio de 2003, Decreto Ejecutivo N.0 94 de 8 de abril de 1997, Decreto Ejecutivo N.º 386 de 4 de septiembre de L997, Decreto Ejecutivo N.0 352 de 10 octubre de 2001, Resolución No. 726 de 18 de junio de 2015. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE /<~-~ RETMIREAAINIPl/fP ES FIE COPIA DE SU ORIGINAL \.:::) SECR ARIO GENERAL MINISTERIO DE SALUD 2

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