跳到主要内容
Nelum
巴拿马的法律

Resolución Nº 402 - Reglamento técnico DGNTI-COPANIT 77-2007 sobre requisitos generales del agua envasada

颁布于 2007-07-20 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
巴拿马
主题
Food and nutrition, Water
关键词
food safety and quality, potable water, mineral water, MRL-maximum residue limit, packaging/labelling, classification/declassification, internal trade, international trade, transport/storage, good practices, pesticides, water supply, standards
类别
*

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. No 25941 reglamentos tecnico Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 mINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCION GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGiA INDUSTRIAL DGNTI COPANIT 77-2007 TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS AGUA ENV ASADA. REQUISITOS GENERALES Correspondencia: I.C.S.: 67.160.20 PREFACIO La Direcci6n General de Normas y Tecnologia Industrial (DGNTI), del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) es el Organismo Nacional de Normalizaci6n encargado por el Estado del Proceso de Normalizaci6n Tecnica, Evaluacion de la Conformidad, Certificacion de Calidad, Metrologia y Conversion al Sistema Internacional de Unidades (SI). EI Comite Tecnico es el encargado de realizar el estudio y revision de las normas y reglamentos tecnicos, esta integrado por representantes del sector publico y privado. Este Reglamento en su etapa de proyecto, ha sido sometida a un periodo de discusion publica de sesenta (60) dias, durante el cuallos sectores interesados emitieron sus observaciones y recomendaciones. EI Reglamento Tecnico DGNTI-COPANIT 77 -2006 ha sido oficializado por el Ministerio de Comercio e Industrias mediante Resolucion N° 402 de 20 de Julio 2007. Miembros Participantes del Comite Tecnico: No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 2 LABORATORIOS ZIMEX: - Eletecia de Arango AGUA SANTA SOFIA: • Joselyn Calero • William Zuluoga CERVECERiA NACIONAL: - Eduardo vasquez AGUA PURlS SIMA: - Doris Escorcia AGUA CRiSTALINA: - Diosa Fernandez AGUA VIVA: - Emilia A. Castro AGUAFRIZZ: - Vladimiro Lopera AGUA BAMBITO: • Dahiana Rios • Carlos Omlin Sabina Soler LEA UNIVERSIDAD DE PANAMA Luis Varela LABORATORIO CENTRAL REFERENCIA • Yadira Santana DE EN • Deydamia de Mora SALUD PUBLICA • Ismael Sanchez AUTORIDAD DE PROTECCION AL CONSUMIDOR Y • Jorge Luis Rodriguez DEFENSA DE LA COMPETENCIA • Brunilda Botello MINISTERIO DE SALUD (DEPA): - Aracelys de Vergara Tecnica Normalizadora responsable del Comite Tecnico Tecnologia de los Alimentos. Agua Envasada -: Mayela Ma. Ortega P. EPUBLICA DE PANAMA MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCION GENERAL DE NORMAS Y TECNOLOGiA INDUSTRIAL RESOLUCION N° 402 PANAMA 20 de Julio de 2007 El Viceministro de Industrias y Comercio En uso de sus facultades legales CONSIDERANDO: Que de conformidad a 10 establecido en el articulo 93 del Titulo II de la Ley N° 23 de 15 de julio de 1997, la Direcci6n General de Normas y Tecnologia Industrial (DGNTI), del Ministerio de Comercio e Industrias, es el Organismo Nacional de Normalizaci6n, encargado por el Estado del proceso de Normalizaci6n Tecnica, y facultada para coordinar los Comites Tecnicos y someter los proyectos de Normas, elaborados por la Direcci6n General de Normas y Tecnologia Industrial, 0 por los Comites Sectoriales de Normalizaci6n a un periodo de discusion publica. Que el Comite Tecnico que elabor6 la norma Agua Envasada - Defmiciones y Requisitos Generales, solicito, en reunion de comite, que se elevara el documento a Reglamento Tecnico, Que de conformidad a 10 anterior se establecio el Comite Tecnico gubernamental Agua Envasada, con el fin de elaborar el Reglamento Tecnico, Que la Norma Tecnica DGNTI-COPANIT 427-2007, contiene aspectos tecnicos que se consideran de observancia obligatoria, por 10 cual en consideracion a los mismos, se establece el Reglamento Tecnico DGNTI-COPANIT 77 -2007. Que el Reglamento Tecnico DGNTI-COPANIT 77 -2007 Agua Envasada - Requisitos Generales, fue a un periodo de discusion publica por sesenta (60) dias, a partir del 10 de Octubre de 2006. No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 3 Que de acuerdo al articulo 95 Titulo II de la precitada Ley, la Direcci6n General de Normas y Tecnologia Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias velara porque los Reglamentos Tecnicos sean establecidos en base a objetivos Iegitirnos, tales como la seguridad nacional, la prevenci6n de practicas que puedan inducir a error, la proteccion de la salud 0 seguridad humana, de la vida 0 salud vegetal 0 animal, 0 del medio ambiente. Que la presente solicitud se fundamenta en los siguientes argumentos: Que es necesario actualizar la normalizacion relativa a los productos alimenticios, de tal forma que se establezcan requisitos minimos de producci6n que garanticen que los productos consumidos posean la calidad organoleptica, nutricional y a la vez la calidad sanitaria (alimentos inocuos) que no afecte la salud de las personas. Que es necesario establecer la vigilancia de los productos alimenticios que se comercializan en el pais, ya sean nacionales o importados. Los reglamentos tecnicos son una herramienta practica para lograr de forma preventiva proteger la salud de los consumidores. Que la ausencia de reglamentos tecnicos nos coloca en desventaja como pais desprotegiendo la salud de nuestra poblaci6n. Que se hace necesario establecer y mantener las medidas de proteccion de la salud 0 seguridad humana de la vida 0 salud animal 0 vegetal 0 medio ambiente, seguridad nacional, la prevenci6n de practicas que puedan inducir a error. RESUELVE ARTicULO PRIMERO: Aprobar el Reglamento Tecnico DGNTI-COPANIT 77- 2007 Tecnologia de los Alimentos. Agua Envasada. Requisitos Generales, de acuerdo al tenor siguiente: MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS DIRECCION GENERAL DE NORMAS Y TENOLOGiA INDUSTRIAL TECNOLOGIA DE LOS ALIMENTOS REGLAMENTO TECNICO AGUA ENV ASADA 77-2007 REQUISITOS GENERALES 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACION Este Reglamento Tecnico tiene por objeto establecer los requisitos fisico-quimicos y microbiologicos que debe cumplir el agua envasada para consumo humano. Este Reglamento Tecnico se aplica a todas las aguas de bebidas envasadas incluyendo el agua mineral como: Plantas Embotelladoras 0 envasadoras de agua Aguas Embotelladas importadas Maquinas automaticas para expendio de agua 2. NORMAS PARA CONSULTA "Los documentos normativos siguientes contienen disposiciones que, al ser citadas en este texto, constituyen requisitos de este Reglamento Tecnico, Las ediciones indicadas estaban vigentes para el momenta de esta publicacion, Como toda norma estan sujetas a revision, se recomienda a aquellos que realicen acuerdos con base en ellas que analicen la conveniencia de usar la edicion mas reciente de las normas citadas seguidamente". • COPANIT 52-78 ETIQUETADO DE ALIMENTOS ENVASADOS PARA CONSUMO HUMANO. No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 4 DGNTI-COPANIT 23- 395-1999 AGUA. AGUA POTABLE. DEFINICIONES Y REQUISITOS GENERALES. DGNTI-COPANIT 22-394-1999 CAUDAD DE AGUA-TOMA DE MUESTRA PARA ANAUSIS BIOLOGICO. • DECRETO EJECUTIVO 256 DE 13 DE JUNIO DE 1962 DEL MINISTERIO DE SALUD POR EL CUAL SE ESTABLECE EL REGISTRO Y CONTROL DE LOS AUMENTOS. 3. DEFINICIONES Para los fines de este Reglamento Tecnico se aplican las defmiciones establecidas en la Norma Tecnica DGNTI-COPANIT 427-2007. 4. CONDICIONES GENERALES 1. El agua mineral natural debera ser reconocida como tal por la autoridad competente del pais donde se encuentre el manantial del agua mineral natural. 2. Las plantas procesadoras deben cumplir con las Regulaciones y Normas que establezca el Ministerio de Salud en cuanto a Buenas Practicas de Manufactura (BMP), Sistemas Estandares Operacional de Higiene (SSOP) y Analisis de Peligro y Puntos Criticos de Control (HACCP) como programas de aseguramiento de la calidad e inocuidad. 3. Las empresas que se dediquen al procesamiento de agua deberan mantener personal id6neo en la planta para el seguimiento del Plan de Aseguramiento de la Calidad. 4. Tratamiento de Agua Potable Envasada Los tratamientos permitidos que incluyen la separacion de los constituyentes inestables por decantacion y/o filtracion, con la adicion 0 no de acido carbonico, desinfeccion del agua con luz ultravioleta, ozonizacion, cloracion, osmosis inversa y adicion 0 no de minerales son: • Tratamiento por destilacion • Filtraci6n * • Ultravioleta • Osmosis inversa • Carbonaci6n • Adici6n de minerales • Cloraci6n • Ozonizaci6n * Incluye todos los metodos de filtraci6n utilizados por la industria. Cualquier otro proceso debe ser realizado en coordinacion con las autoridades sanitarias correspondientes. 4.5 El contenido de ozono en el agua terminada como control de calidad sera de 0,10 0,40 mg/L en la botella y trihalometanos sera menor de 0,01 mg/L. 4.6 Para regular el uso de la lampara de luz ultravioleta se debera establecer un control de la accion germicida de la lampara, para 10 cual se mantendran registros y las lamparas deberan ser cambiadas al menos una (l) vez al afio 0 segun las especificaciones del fabricante. 4.7 Tratamiento de Aguas Minerales, Naturales 0 de Manantiales Se permite la decantacion y/o filtraci6n en cuanto son procesos de separaci6n de elementos naturales. Se permite el tratamiento de las aguas minerales naturales por radiacion ultravioleta y/o cualquier otro tratamiento autorizado por el Ministerio de Salud. 4.8 El agua envasada no debe contener edulcorantes, colorantes, conservantes ni otros aditivos. No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 5 4.9 Se prohibe el transporte del agua mineral y/o potable en recipientes grandes, para su envasado 0 para cualquier otro tratamiento previo al envasado. 4.10 En caso de necesidad de cambiar la toma de agua mineral y/o potable para ser reenvasada debe ser notificado a la autoridad sanitaria correspondiente. 4.11 El agua mineral y/o potable preparada carbonatada de bebida cumplira con 10 establecido por el Codex Alimentarius. 4.12 Tanto el agua potable envasada como las aguas minerales naturales 0 de manantial cumpliran con las normas de Buenas Practicas de Manufactura (BPM) y con las reglamentaciones pertinentes a este tipo de producto. 4.13 Las aguas potables previas al tratamiento deberan cumpliran con 10 establecido en el Reglamento Tecnico DGNTI-COPANIT 23- 395 - 1999 Agua. Agua Potable. Defmiciones y Requisitos Generales. 4.14 Para la instalacion y ubicacion de las maquinas automaticas para la venta de agua , estas deberan ser ubicadas en recintos cerrados y aislados de areas de transito vehicular y de la via publica. Las mismas deberan llevar registro visible a la inspeccion de: • Datos de mantenimiento de limpieza y desinfeccion de cisternas 0 tanques de almacenamiento indicando sustancias utilizadas, concentracion, frecuencias, responsable. • Boquillas de las maquinas • Mantenimiento del equipo purificador y de la maquina, Incluyendo fecha de operacion, copia de las especificaciones u hoja tecnica del fabricante. • En caso de utilizar desinfeccion por medio de sustancias quimicas, se debe especificar el nombre de la sustancia, concentracion y fecha de aplicacion, • Resultados de los analisis de superficie de contacto con el agua. • Resultados de los analisis del agua como materia prima y producto terminado, indicando periodicidad y metodos de prueba utilizados. La periodicidad debe ser determinada por el productor. 5. REQUISITOS 5.1 REQUISITOS DE COMPOSICION Y CALIDAD 5.1.1 Requisitos quimicos lnorganlcos Tabla 1. Requisitos fisicos-quimicos Olor y sabor Agradable Color Incoloro Aspecto Liquido Turbidez Menos del 0,1 UNT S6lidos Totales Disueltos 200 - 500 mg/L pH 6.5 - 8.5 5.1.2 Requisitos microbio16gicos: Durante la comercializacion, el agua envasada: a) debera ser de calidad tal que no representa un riesgo para la salud del consumidor (ausencia de microorganismos pat6genos); b) debera ajustarse, adernas, a las siguientes especificaciones microbiologicas: Tabla 2. Requisitos microbio16gicos VALORES MAXIMOS ADMISIBLES No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 6 PARAMETRO V.F.e. NMP Bacterias colifonnes < 1 UFC/lOO ml < 1.1 NMP/l 00 ml totales Bacterias colifonnes < 1 UFC/lOO ml < 1.1 NMP/l 00 ml fecales Escherichia coli < 1 UFC/lOO ml < 1.1 NMP/l 00 ml Conteo de bacterias heterotrofas, aerobias 100 UFC/ ml y mesofilas Ademas no debera contener: Protozoarios (patogenos ) Helmintos Organismos de vida libre (algas, otros) Entero virus No deben estar presentes en el agua envasada potable 0 mineral. Organismos Patogenos Nota: Dependiendo de la tecnica utilizada, el nivel aceptable sera el minimo detectado por la tecnica, 5.1.3 Caracteristicas Quimicas Agua Mineral Envasada Tabla 3. Caracteristicas quimicas agua mineral envasada Caracteristicas Quimicas Valores Maximos Permitidos en mg/L Antimonio 0,005 Arsenico 0,01, calculado como As total Bario 0,7 Borato 5, calculado como B Cadmio 0,003 Cromo 0,05, calculado como Cr total Cobre 1 Cianuro 0,Q7 Fluoruro Plomo 0,01 Manganeso 0,5 Mercurio 0,001 Niquel 0,02 Nitrato 50, calculado como nitrato Nitrito 0,02 como nitrito Selenio 0,01 No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 7 5.1.4 Caracteristicas quimicas Agua Envasada (Mineral y Potable) Tabla 4. Caracteristicas quimicas agua envasada (mineral y potable) Caracteristicas quimicas Valores Maximos mg/L Aluminio 0,2 Antimonio 0,006 Arsenico 0,01 Berilio 0,004 Bromato 0,01 Cadmio 0,003 Cianuro 0,001 Cloro Residual 0,8 - 1,5 Cloruro 250 Cobre I Cromo 0,05 Fluoruro Hierro 0,3 Manganeso 0,1 Mercurio 0,001 Nitratos y Nitritos 10 Nitritos I Niquel 0,02 Plata 0,025 Plomo 0,01 Selenio 0,01 Sulfatos 250 Zinc 5 I. Contaminantes Organlcos Tabla 5. Contaminantes organlcos para agua envasada (mineral y potable) No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 8 Contaminantes Valores Maximos mg/L Aceites y grasas No detectable Acido Edetico (EDTA) 0,2 Acido Nitrilo Acetico 0,2 Acrilamida 0,00 Adipato di (2-Etilhexilo) ADDH 0,08 Benceno 0,005 Benzopireno 0,0002 Cloruro de Vinilo 0,0003 Diclorobenceno 1-2 0,6 Diclorobenceno 1-4 0,Q75 Dicloroetano 1-2 0,005 Dicloroeteno I-I 0,03 Dicloroeteno 1-2 0,05 Diclorometano 0,005 Epilclorohidrina 0,0004 Estireno 0,02 Etilbenceno 0,3 Ftalato de di (2-Etilhexil) 0,006 Hexaclorobutadieno 0,0006 Monoclorobenceno 0,1 Oxido de Tributilestafio 0,002 Tetracloroeteno 0,04 Tetracloruro de Carbono 0,002 Tolueno 0,7 Triclorobenceno 0,02 Tricloroetano (l,l, I) 0,02 Tricloroeteno 0,Q7 Xileno 0,5 2. Residuos de Plaguicidas Tabla 6. Residuos de plaguicidas para agua envasada (mineral y potable) No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 9 Plaguicidas Valor Maximo Admisible mg/L Alacloro 0,02 Aldicarb 0,01 Aldrina/dieldrina 0,00003 Atrazina 0,002 Bentazona 0,03 Carbofurano 0,005 Clordano 0,0002 DDT 0,001 2,4D 0,03 1,2 Dicloropropano 0,02 1,3 Dicloropropano 0,02 Heptacloro y HCL-ep6xido 0,00003 Hexaclorobenceno 0,001 Lindano 0,002 Metoxicloro 0,02 Metolacloro 0,01 Molinato 0,006 Pendimetalina 0,02 Pentaclorofenol 0,009 Permetrina 0,02 Fenoprop 0,009 2,4,5 T 0,009 3. Calidad Radiol6gica EI nivel recomendado de Radio 226/228 y de Uranio en agua no debera exceder de 5 pCi/L equivalente a dosis anual y 0,015 mg/I de agua respectivamente. 4. Control de Calidad de la Fuente Establecer un monitoreo a la fuente de coniformes totales y coliformes fecales. Realizar analisis quimico, biologico y radiologico ala fuente. 5. Requisitos de Higiene del Establecimiento y Personal La planta debe establecer un calendario de limpieza y desinfeccion permanente con objeto de que esten limpias todas las zonas, el equipo y el material mas utilizado. La responsabilidad por la limpieza del establecimiento debera incumbir a una sola persona que de preferencia sea miembro permanente del personal del establecimiento y cuyas funciones estaran disociadas de la produccion, Esta persona debera tener un conocimiento completo de la importancia de la contaminacion y de los riesgos que entrafia. Todo el personal de limpieza debera estar bien capacitado en tecnicas de limpieza. La limpieza y desinfeccion deberan ajustarse a los requisitos del C6digo de Practicas: "Principios Generales revisado de Higiene de los Alimento del Codex Alimentarius CAC/RCP -I. 6. Control de Calidad del Producto Terminado No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 10 Para propositos bacteriologicos tomar y analizar una muestra representativa de un lote 0 segmento continuo de produccion para cada tipo de agua embotellada producida en cada dia. Para analisis fisicos quirnicos previos tomar y analizar al menos una muestra representativa de un lote 0 segmento continuo de produccion por cada tipo de agua envasada en un dia de produccion, La muestra representativa consiste en un envase primario de paquete individual. Las Pruebas de Control de Calidad Obligatorias para la Produccion de Agua Envasada se indican en la tabla 7. Tabla 7. Pruebas de Control de Calidad Obligatorias para la Producci6n de Agua Envasada No 25941 Pruebas Fuente de Agua: • Coliformes Totales Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 Standard < 1 ufc/100 mL 6 < 1.1 NMP/100 mL 11 Frecuencia de la Prueba Semanalmente • Analisis de Contaminates Organlcos Agua Terminada: • pH • Ozono • Sabor • Contaminante Concentraci6n de limpiador para envases retornables: • No causticos • Causticos Arrastre de limpiador en las botellas lavadas: 6.5 a 8.5 0.10 a 0.40 mg/L en la Botella (3) Agradable Plomo(menor de 0,01 mg/L) Trihalometanos (menor de 0,01 mg/L) Segun el fabricante 1.5 a 4.0% a 50 °C Anualmente Al comienzo y dos veces por turno Por 10 menos 3 veces (al comienzo, luego dos veces por turno) (3) Al comienzo y una vez por turno Anualmente Al comienzo, luego regularmente (cada 2 horas) Al comienzo, luego regularmente (cada 2 horas) No Caustico Nota: Segun el fabricante Al comienzo de cada funcionamiento, luego regularmente (3): Observar un tiempo de contacto minimo segun especificaci6n del fabricante del equipo. • ENVASADOYETIQUETADO No 25941 6.1 Envasado Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 12 El agua potable y el agua mineral tratadas con destino al consumo humano deberan envasarse en recipientes de cualquiera de los siguientes materiales: Vidrio; Plastico de polietileno 0 PVC grado alimenticio; Plasticarton; Carton encerado; Policarbonato; Poletilen-tereftalato PH y otros materiales polimericos grado Alimenticio. El Ministerio de Salud podra autorizar el envasado de agua potable y agua mineral tratadas en recipientes de materiales que garanticen su potabilidad, distintos de los sefialados arriba. 6.2 Las aguas envasadas deberan cumplir con las siguientes disposiciones: 6.2.1 Esta prohibida la utilizacion de toda indicacion 0 imagen que pueda resultar equivoca para el consumir. 0 que en cualquier otra forma pueda ser cngafiosa para este, con respecto a la naturaleza, origen, composicion y propiedades de las aguas envasadas puestas en venta. 1. 1. No debera hacerse ninguna declaracion de efectos medicinales, ni de efectos benefices para la salud del consumidor que no sean reales. 2. No debera formar parte del nombre comercial el nombre de una localidad 0 lugar especificado a menos que se refiera a agua de bebida extraida en ellugar designado por ese nombre comercial. 1. Ademas en la etiqueta debera aparecer la siguiente informacion: 1. Nombre del Alimento 6.3.2 Lista de Ingredientes 6.3.3 Contenido Neto 6.3.4 Nombre y Direcci6n 6.3.5 Pais de Origen 6.3.6 Identificacion del Lote 6.3.7 Fecha de Vencimiento 7. DOCUMENTOS DE REFERENCIA • CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA. Agua. Agua Envasada. San Salvador: 1998. 30p. Norma Salvadorefia CONACYT NSO 13.07.02:98 • COMISION NACIONAL DE NORMALIZACION TECNICA Y CALIDAD. Agua Envasada. Especificaciones de Calidad Sanitaria. Nicaragua: 2003. 13p. Norma Tecnica Obligatoria Nicaraguense NTON 03040-03. • MINISTERIO DE SALUD. Resolucion Numero 12186 del 20 de septiembre de 1991. Condiciones para los Procesos de Obtencion, envasado y cornercializacion de Agua Potable Tratada con destino al Consumo Humano. Bogota. Colombia. 7p. • OFICINA NACIONAL DE NORMALIZACION. Agua de Bebida Envasada. Especificaciones. Cuba: 1996. 5p. NC-2-1996. • MONOGRAFIA. Agua para Consumo. 2006. 9p. • MONOGRAFIA. La Legalidad del Agua de Grifo Envasada. Espana: 2006. 4p. • CODEX ALIMENTARIUS. Anteproyecto de Norma General para Aguas Envasadas/Embotelladas distintas de Aguas Minerales Naturales. Trarnite 3 del Procedimiento del Codex: 2006. 6p. • CODEX ALIMENTARIUS. Norma General para las Aguas Potables Embotelladas/Envasadas (Distintas de las Aguas Minerales Naturales. : 2001. 6p. CODEX STAN 227-2001 • CODEX ALIMENTARIUS. Norma Codex para las Aguas Minerales Naturales: 2001 (Enmendada). 6p. CODEX STAN 108-1981, Rev. 1-1997 ARTICULO SEGUNDO: La vigilancia y control de los establecimientos, sus actividades y procesos de las aguas envasada nacionales seran realizados por el Departamento de Protecci6n de Alimentos (DEPA), del Ministerio de Salud (MINSA), los cuales realizaran inspecciones periodicas a las instalaciones para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente. ARTICULO TERCERO: Corresponde al Departamento de Protecci6n de Alimentos (DEPA) del Ministerio de Salud (MINSA) y a la Autoridad de Protecci6n al Consumidor y Defensa de la Competencia, realizar las verificaciones de cumplimiento de 10establecido en este Reglamento Tecnico, No 25941 Gaceta Oficial Digital, lunes 17 de diciembre de 2007 13 ARTICULO CUARTO: Corresponde a la Autoridad Panamefia de Seguridad de Alimentos (AUPSA) emitir los requisitos sanitarios de importacion y sus correspondientes registros para las aguas preenvasadas. ARTICULO QUINTO: La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de su publicacion en la Gaceta Oficial. COMUNIQUESE Y CUMPLASE MANUEL JOSE PAREDES Viceministro de Industrias y Comercio

Resolución Nº 402 - Reglamento técnico DGNTI-COPANIT 77-2007 sobre requisitos generales del agua envasada · Nelum