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巴拿马的法律

Resolución Nº 30 - Reconocimiento del sistema de clasificación de carnes de bovino de los Estados Unidos de América

颁布于 2006-06-02 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
巴拿马
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, cattle, meat, international trade, classification/declassification, processing/handling
类别
*

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. 10 Gaceta Oflcial, martes 27 de febrero de 2007 MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO RESOlUCION DAl-30-ADM ·2006 (de 2 de junio de 2006) ELMINISTRO DEDESARROLLO AGROPECUARIO• • DSGde.us famltades legalM, CONSIDERANDO: Que laLeyNo. 3 de 2006, establece Iaclasificaci6n de canales y 1& nomenclatura de cortes de came deganadobovine y deroga ]a Ley25 de 1998; Que el8tlftulo 28 de la citada Ley No. 3de 2006 cstahlece que 8Caprobara 1& equivalencia cle aquellos pafses que denen ley vigente de c1asific:acl6n de canales y IlOft1CAClatlJl de cones de QimCdc ganado bovino; ~ el articulo 2 del Acuerdo sabre~s 'Tknfeos at Comdcio de la OrganizaciOn Mundial del Comerclo (OMC) sefia1a: que los Miembros de Ja OMC "COllSiderarin favorablemente la posibilidSd de iceptar (:()]DO. equivalentes rcglamentos t6cnicos de otros MIembros aun C\I8lldo difieian de los suyos," y que "los regJatnentOs~cuico$ no rcsuinJir8n el comereie mas de10 necesario para alcaniarup ~je~vo1~gitimo'~ Que los Estados Unidos de America -(HsWlQs .UDidoa)' ha,:sido un exporta.etor hist6rleo de una amplia variedad de prOdUclos agr~i:Js" 1l·la··R~1)liCa de Pan.amA(panami). incluyendo eame y produetos cmncos. y cuentli con ',un.~. legal para laclasificaci6n de came y productos c:Unicos que constitUYe' un Sistema apropiado para 1A ~eacl6n de canales y 1a nomenclatura decc:irtes de came de ganadO.boVina; . . Que ala luzdelasCODSidcraciones'~pueSWs..:; RESVELVE: PRIMERO: SEGUNDO: Para efeetos de importaci6n hacia y vents en Panama de cames y produetos ca.m1cos de bovino, PI1Ul1118. cootinuara. el rr:conocimienro del sistema de clasificaci6n de tames de bovino, y nomenclamra de cortes de came de bovine, de los Estados Unidos. sin revisi6n 0 acci6n posterior. La importacion bacia y vents en Panama de todas las cernes de bovina y sus produetos de losEstados Ullidos estarin fl,utori2:adassin el requisito que esos productos esten etiquetados con ciasificaeioncs 0 nomencJatura dm:rcnte al sistema de tlasificaciOn de cortes 0 nomenc1ft.tura de tamesdebovino de los ~dos Unidos. Esta R.esoluei6n se aplica a. losproductos de los Estados Unidos Y18 misma prevaleeert $Om eualquier disposici6n de aplicaci6n general que le sea contrarla.. Adem's. la presente Rcsoluci6n deroga aquellas disposiciones que lesean contrarias. TERCERO: Gaceta Oficial, martes 27 de febrero de 2007 E1 presente Resuelto comenzarA • rep a partir desu firma y publicaci61l It FUNDAMENTODE DERECHO: La ConstituciOn PoHtiea de Ia RepublicadePanama Ley No. 23dellS dejuliode 1997, Ley No.3 de2006. COMUNlQtJESE Y cUMPLASE, ~.,J;t'l'bD FIDEL SA,NTA)fA]UA Vleeminlstro RESOlUCION DAl-274-ADM ~2006 (de 20 de noviembre de 2006) .ilL MlNISTIlO DE DESARROLLO AGROPECUARJO. eo 'do de IUS facu)tad lea*t CONSIDERANDO: Que de acuetdo con el aniculo 63 de la Ley 23 dellS de julio de 1991, eJ Minisu::rio de Desarrollo Agropecuarlo tieDc la tBcultad de aprobar I.. dqibilidad, con ~ceto al cstatus z:oosanitario. ~de rqicmes, pa!scs. fDDIIt plarttas pracesadoras y/u. otras ins1alaciones rcIaclonlldM ton fa producei6n pem.ria invol1lC18das en 1& cx;portaclOn de SUS bienes a1a RepublicadePanam!(pm1&IlDa); Que la D.irecci6n Nacional de SaludAnimal. mediante su iDfo.rmc teenico.ha estab1ccido que lucgo de W1& evaluacl6n y an!Jisis a 11 il'JtormaQ6n sumiDiatrada par cl Departa:metlto de Agrieultura de los Estados Umdos de Am6rica. (U~DA) 3obre.su sistema sanitario de aves y produeros de aves, suvigil~ ~16gic:a Y OU'IS medUias de vigihmcia asociadas con la cnfcnnedad de Newcastle y.la in:fluenza...vier. CODIi~ que los Estados Unidos~ Ammca (Estados Uniaos) pnmtiza Ia~6Q 'de los ncsgos; Que1a Organizacl6n Munctial deSanidad Animal (OotE) ba establecid.o·directrices contenidas en su C6digo San/rariopI2rt11os dnbniJlts TU1"~$'"2006 (COdigo TUTu",e) p8l8. asegurar la seguridad 5IDiwia del COlIlClrCio intemacion8l de animales terrestres y sus ptoductos y para usarJo como ref'etencia CD 1& clasifiC!Jclon de~ zonas. 0 compartimentos en 10 ~1aciouado a 1&$ enfermcdades animales.: incluyend.o eo.fc:rmedades de las aves listadas en el Capitulo 2.1.1 del C6dJgo TerrestJ'e. incluYe.ndo 1&.enfc;Dl d deNeweastle y la influenza a~; . Que el Oobiemo de Panaml. como .Miembro de It· Q:pnizaci6n .Mundial de Comercio (OMC). mamicne su derecho de adoptar medida!i· :sacltariu dentro del ten'itorio nscicnal neeesarias para protegerla vida0 saludhumana0 ani.tna.l.~o la condic:i6n que esasmedidas no se apliquen de m8DC1'3 que oonstitu.ya un· media de. discrimiDaci6n arbitrarlo 0 injustificab1e entre los Mie:mbros en que preYale2IC8Q .las .D1isn1e.$ tlOndiciones, 0 una testricci6n cncubierta a1 comercio intemacio:oal, y que sean ccmsiBtcnlCS COD las D0tma9 del Acuerdo sobrela Aplicaci6n de Mcdiadas Saoitarill5 y Fitosanitarias de la OMC;

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