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巴拿马的法律

Resolución Nº 276 - Crea el Comité institucional de instrumentos económicos ambientales (CIECA)

颁布于 2005-05-18 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
巴拿马
主题
Environment
关键词
institution, subsidy/incentive, legal proceedings/administrative proceedings, governance

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. N° 25,313 Gaceta Oficial, viemes 3 de junio de 2005 AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE RESOLUCION ~ AG-0276-05 (De 11 de mayo de 2005) "Por medio de la cual se crea en· la Autoridad Nacional del Ambiente el Comite lnstitucionat de lnstrumentos Econ6micos Ambientales (CIECA), para coordinar el desarrollo y aplicaci6n de lnstrumentos Econ6micos Ambientales" CONSIDERANDO: Que la Ley No.41 de 1 de julio de 1998, "Gen eral de Ambiente · de la Republica de Panama",~establece la administraci6n del ambiente como una obligaci6n, del Estado y los principios y normas basicas para la protecci6n, conservaci6n y recuperaci6n del ambiente, promoviendo el uso racional de los recurses naturales, y organiza la gesti6n ambiental integrandola a los objetivos sociales y econ6micos, a efecto de lograr el desarrol lo humano sostenible del pais. 11 12 '.ffl"tffll Oficia l, viernes 3 de junio de 2005 N° 25,313 Que en el marco de la precitada Ley, se reconoce que la gesti6n ambiental panamena, requiere del fortalecimiento instltucional gubernamental para la implementaci6n y desarroflo de fa Pofftica Nacional del Ambiente y de la tey General de Ambiente de la Republica de Panama y se crea la Autoridad Nacional de! Ambiente (ANAM) coma la entidad aut6noma rectora de/ Estado en materia de recurses naturales y del ambiente. Que son principbs y lineamientos de la polftica nacional del ambiente, entre otros: "Dar prioridad a los m~canismos e instrumentos para la prevenci6n de la contaminaci6n y la restauraci6n ambiental, en la gesti6n publica y privada del ambiente, divulgando informaci6n oportuna para promover el cambio de actitud" Que la ley 41 establece en ·su artfculo 38: "Es obligaci6n de la Autoridad Nacional del Ambiente, revisar todos los instrumentos econ6micos y de regulaci6n del ambiente, coma minima cada cinco arias, a fin de actualizarlos segun sea necesario''. Adicionalmente, el articulo 55 de la citada ley senala que: "Es obligaci6n del Estado va\orar, en terminos econ6micos, sociales y ecol6gicos, el patrimonio ambienta\ y natural de la Nacion, y establecer, como c6mputo complementario de la Guenta Nacional, el valor de dicho patrimonio. En todo proyecto que implique el uso, total o parcial, de recurses del Estado o que amerite un estudio de impacto ambiental es obligatoi'io valorar el costo - beneficio de la actividad o proyectos relativo al ambiente." Que la Estrategia Nacional de! Ambiente,. comprende dentro·de sus lfneas de politica ambiental "la dimension ambiental en el crecimiento econ6mico y desarrollo sostenible", incluyendo cinco objetivos estrategicos en esta direcci6n. Que es necesaria la creaci6n de un Comite lnstitucional conformado por las Oirecciones Nacionales, Oficinas lnstitucionales y Unidades Tecnicas de ANAM para la formulaci6n, implementaci6n, y evaluaci6n de instrumentos econ6micos ambientales, asi coma para establecer las procedimientos que permitan retroalimentar y perfeccionar el proceso de desarrollo de dichos instrumentos econ6micos. Que es necesario promover la participaci6n y sinergia entre las diferentes Direcciones Nacionales, Oficinas lnstitucionales y Unidades Tecnicas de la ANAM en la formulaci6n, implementaci6n, evaluaci6n y perfeccionamiento de instrumentos econ6micos ambientales. Que mediante la Resoluci6n AG- 0643 - 2004 la Administraci6n General de la ANAM cre6 la Unidad de EcoAomia Ambiental, la cual tiene entre sus funciones atender el tema de los instrumentos econ6micos en coordinaci6n con las Direcciones Nacionales, Oficinas lnstitucionales y Unidades Tecnicas relacionadas con el tema. RESUELVE: PRIMERO: Crear en la Autoridad Nacional del Ambiente el Comite lnstituci onal de lnstrumentos Econ6micos Ambientales {CIECA), con el fin de coordinar la formulaci6n, implementaci6n, evaluaci6n y ·perfeccionamiento' de instrumentos econ6micos ambientales. SEGUNDO: El CIECA estara integrado por los funcionarios que designen · 10s Directores y Jefes de las diferentes instancias que conforman la ANAM, estando provisionalmente conformado par las siguientes funcionarios: Eduardo Reyes, Lamed N° 25,313 Gaceta Oficial, viernes 3 de junio de 2005 · Mendoza, Carlos Melgarejo, Roberto Galan, Yariela Hidalgo, Cesar Isaza, Abril Mendez, Alejandro Chen, llena Pineda, Neyra Herrera, .Raul Pinedo, Demetrio Riquelme, 'Eustorgio Jaen, Israel Torres, Edgar Salinas, Rosario Martinez, Zoila Aquino, Dora de Wagner y Aleyda Salazar. · PARAGRAFO: Nuevos representantes pueden ser incorporados al.CIECA, de acuerdo a los carnbios oficiales del organig·rama institucional. TERCERO: Los representantes del CIECA seran designados mediante nota formal suscrita por los Directores y Jefes respectivos. Su asistencia a las reuniones y eventos programados por el Comite sera obligatoria. CUARTO: El CIECA podra consultar a profesionales de entidades publicas o privadas, con formaci6n o experiencia en temas especificos tratados en el Comite. QUINTO: Son funciones del CIECA las siguientes: 1. Elaborar un plan detallado de trabajo, que contenga las principaJes actividades, tiempos y productos esperados en el corto, mediano y largo plaza. EL Plan debera contener una estrategia para la difLisi6n de las actividades del CIECA, informaci6n relevante y productos de interes institucional. 2. An91izar y hacer las recomendaciones u abservaciones que estime conveniente sabre el contenido, desarrollo, metodologias, seguimiento y evaluaci6n de las lnstrumentos Econ6micos Ambientales, la Va1oraci6n Econ.6mica de Recurses Naturales, las Cuentas Ambientales. 3. Crear, de asi considerarlo, Subcomites de trabajo que apoyen y/o asistan al Comite en el analisis y evaluaci6n de programas y proyectos, consultorias, coordinaciones, convenias y concesiones, relacionados con instrumentos econ6micos ambientales. 4. Participar en las capacitaciones y eventos programados para el fortalecimiento del comite. 5. Participar en los procesos de divu1gaci6n y difusi6n de las resultados relacionados con la formulaci6n, implementaci6n, evaluaci6n y perfeccionamiento de instrumentos econ6micos ambientales, la valoraci6n econ6mir-a de los recurses naturales y la creaci6n de cuentas ambientales. SEXTO: El Co mite lnstitucionat.. 9e lristrumentos Econ6micos Ambientales (CIECA) sera coordinado por la Unidad de Economia Ambiental que ejercera la Secretaria Tecnica, coya funci6n sera la de convocar las reuniones, dirigir el debate y confeccionar las actas,y ayudas memoria. SEPTIMO: La presente Resoluci6n entrara eh vigencia a partir de su publicaci6n en Gaceta Oficial. · . · . FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley No.41 · de 1 de julio de 1998, por medic de la cual se dicta la ."Ley General de Ambiente de la Republica de Panama y se crea la 13 14 Gaceta orlcial, viemes 3 de junio de 2005 N° .25,313 Autoridad Nacional del Ambiente", Resoluci6n AG.:0643-2004 "Por media de la cual se. crea la Unidad de Economia Ambiental y se adscribe al Despacho Superior para dar seguimiento y estabtecimiento de los instrumentos econ6micos ambientales." Dado en ta ciudad de Panama, a tos once .(- l l ) dias del mes de mayo PUBLIQUESE Y CUMPLASE, I ~s::=~ h~~~. ~C:-DEJlOENS ADMINISTRADORA GENERAL de dos mil cinco (2005).

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