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巴拿马的法律

Resolución Nº 1.427 - Reitera las medidas para la ejecución de estrategias tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad

颁布于 2013-05-13 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拿马
主题
Energy
关键词
energy conservation/energy production, internal trade, hydropower generation, renewable energy

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. <!-- page 1 --> No 27285-A Gaceta Oficial Digital, lunes 13 de mayo de 2013 REPÚBLICA DE PANAMÁ SECRETARÍA NACIONAL DE ENERGÍA RESOLUCIÓN N* 1427 (De 13 de mayo de 2013) “Que reitera las medidas para la ejecución de estrategias tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad” AL EL SECRETARIO DE ENERGÍA, En uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que el artículo 1 de la Ley 43 de 25 de abril de 2011, reorganiza la Secretaría Nacional de Energía como una dependencia del Órgano Ejecutivo, adscrita al Ministerio de la Presidencia; Que el artículo 3 de la Ley 43 de 2011, establece que la conducción del sector energía le corresponde a la Secretaría Nacional de Energía; Que conforme lo dispone el artículo 5 de la Ley 43 de 2011, la Secretaría Nacional de Energía tiene entre sus funciones, el monitoreo y análisis del comportamiento del sector energía para la promoción de los planes y políticas de dicho sector, bajo la subordinación del Organo Ejecutivo y con la participación y debida coordinación de los agentes públicos y privados que participan en el mismo; Que la demanda de energía eléctrica registró un valor máximo histórico de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro megavatios (1,444 MW), ocurrida el pasado 17 de abril de 2013; Que debido a la indisponibilidad de algunas unidades de generación térmica € hidroeléctrica se han reducido los niveles de los embalses, sobretodo de Bayano y Fortuna, necesarios para cubrir la creciente demanda de energía eléctrica, en especial durante la estación seca; Que la disminución de aportes hídricos en nuestras cuencas, aunado a una estación seca intensa y alargada durante el año 2013, pueden afectar la prestación del servicio público de electricidad de manera eficiente, continua e ininterrumpida; Que mediante la Resolución No. 1417 de 6 de mayo de 2013 y la Resolución No. 1423 de 7 de mayo de 2013 modificada por la Resolución No. 1425 de 9 de mayo de 2013, se resolvió adoptar conjunta y coordinadamente con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA) y el Centro Nacional de Despacho (CND), la ejecución de medidas regulatorias, operativas y técnicas necesarias, tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad hasta que la Alerta de Racionamiento decretada por el Centro Nacional de Despacho (CND) sea suspendida; Que a pesar de las estrategias adoptadas para garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de electricidad, se hace necesario tomar medidas más enérgicas que coadyuven a superar la crisis energética que afecta actualmente al país;

  2. <!-- page 2 --> No 27285-A Gaceta Oficial Digital, lunes 13 de mayo de 2013 Que es necesario reiterar con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Empresa de Transmisión Eléctrica S.A. (ETESA), y el Contro Nacional de Despacho (CND), la ejecución de medidas estratégicas tendientes a disminuir la posibilidad de que la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de clectricidad se vea afectada, en consecuencia; RESUELVE; PRIMERO: MANTENER conjunta y coordinadamente con la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), la Emprosa de Transmisión Eléctrica, S.A. (ETESA) y el Centro Nacional de Despacho (CND), la ejecución de medidas regulatorias, operalivas y técnicas necesarias, tendientes a garantizar la prestación eficiente, continua e ininterrumpida del servicio público de eloctricidad hasta que la Alerla de Racionamiento decretada por el Centro Nacional de Despacho (CND) sea suspendida, SEGUNDO: REITERAR a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), que se mantienen las siguientes medidas; l. Encender los letreros luminosos, luces nocturnas decorativas en edificios y monumentos, en horario cn seis de la tarde (6:00 p.m.) hasta las diez de la noche (10:00 p.m.). 2. Apagar los acondicionadores de aire en el horario comprendido de ocho de la mañana (8:00 a.m.) a cuatro de la tarde (4:00 p.m.), a todos los clientes del sector privado dedicados a las actividades comerciales, tales como oficinas comerciales, centros comerciales, comercios y demás, de manera tal de incrementar el parque de generación actual mientras dure la condición de Alerta de Racionamiento decretada por el Centro Nacional de Despacho (UND). 3. Apagar los acondicionadores de airc, en las oficinas del gobierno central, instituciones autónomas y semiautónomas, y municipales, con excepción de aquellas entidades que, por la naturaleza de los servicios que prestan, requieran el uso de este sistema, hasta que se revalúe la situación energética actual y se ordene el levantamiento de dichas medidas. Se exceptúan de lo ordenado cn los numerales 1 y 2, aquellos establecimientos comerciales, que opten por auloabastecersc mediante generación propia, acogiéndosc a lo establecido en la Resolución AN No.6138-Elec de 7 de mayo de 2013 y la Resolución AN No.6139-Elec de 9 de mayo de 2013 de Ja Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP). TERCERO: RECOMENDAR al Ministerio de Educación que adopte las medidas necesarias para que los centros de educación primaria, secundaria y universitaria, públicas y privadas a nivel nacional, mantengan apagados sus acondicionadores de aire mientras dure la jornada escolar. CUARTO: La presente Resolución comenzará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 43 de 25 de abril de 2011. A CION a La de 73 S COMUNÍQUESE Y CÚMPLAS

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