Ley Nº 243 - Que crea el Programa Graduandos en Pro de la Reforestación en Panamá
颁布于 2021-10-13 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 法令
- 国家
- 巴拿马
- 主题
- Forestry
- 关键词
- forest management/forest conservation, afforestation/reforestation, education
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No. 29398-B Gaceta Oficial Digital, viernes 15 de octubre de 2021 24 LEY V-/3 De l.3 de ~ de2021 Que crea el Programa Graduandos en Pro de la Reforestación en Panamá LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: • Artículo l. Esta Ley tiene como objetivo concientizar a los estudiantes graduandos de las causas y consecuencias del cambio climático y, a su vez, hacerlos partícipes de métodos efectivos, como la reforestación, que permiten disminuir los efectos ambientales en Panamá. Artículo 2. La presente Ley es de aplicación a los estudiantes graduandos de educación media de todos los centros educativos oficiales y particulares del país. Artículo 3. Se crea el Programa Graduandos en Pro de la Reforestación en Panamá, en adelante el Programa, el cual será organizado y dirigido por el Ministerio de Educación en coordinación con el Ministerio de Ambiente. ,. Artículo 4. El Programa consistirá en que cada estudiante graduando, como se establece en el artículo 2, para culminar sus estudios correspondientes y obtener el diploma que lo acredite deberá realizarJa labor social de plantar cinco árboles en las áreas que determine el Ministerio de Ambiente dentro del territorio nacional. Artículo 5. El Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá los lineamientos para el desarrollo del Programa. La participación de los estudiantes graduandos en este Programa será requisito para que los centros educativos otorguen el diploma de culminación de estudios y no será reemplazo de las actividades de labor social que deban realizar los estudiantes graduandos para obtener el diploma al que aspiran. Los centros educativos oficiales y particulares otorgarán un certificado a cada estudiante graduando que cumpla con lo establecido en la presente Ley. Artículo 6. La participación de los estudiantes graduandos en este Programa será gratuita, las autoridades que dirigen el Programa se encargarán de proveer a los centros educativos de semillas, las especies de plántulas, árboles y todos los materiales necesarios para llevar a cabo la reforestación. El Programa proporcionará a cada estudiante seguridad, transporte, servicios de protección contra incendios y asistencia médica. No. 29398-B Gaceta Oficial Digital, viernes 15 de octubre de 2021 25 Artículo 7. El Ministerio de Ambiente establecerá cuáles son las especies de plántulas y árboles que necesiten ser plantados dependiendo del tipo de suelo, el área a reforestar, la ubicación, el clima y las especies . • Artículo -8. El Órgano Ejecutivo proporcionará los recursos necesarios para la implementación de esta Ley. Artículo 9. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley. Artículo 10. Esta Ley entrará en vigencia desde el año lectivo 2022. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Proyecto 504 de 2020 aprobado en tercer debate en el Palacio Justo Arosemena, ciudad de Panamá, a los diecienueve días del mes de julio del año dos mil veintiuno. '] íl El Secretario Ge~ Q& anayG. El Presidente, <;;;}:t:::/:I.JM6 rJ * 2