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巴拿马的法律

Decreto Nº 83 - Política nacional de información ambiental

颁布于 2007-04-09 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
巴拿马
主题
Environment
关键词
environmental planning, institution, capacity building, legal proceedings/administrative proceedings, access-to-information, data collection/reporting, policy/planning, governance, protection of environment

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  1. Gaceta Oficial, martes 24 de abril de 2007 DECRETO EJECUTIVO NO.83 (de 9 de abril de 2007) Digitalizado par la Asamblea Nacional 27 r "Porel roal se aprueba la Politica Nacional de Informacion Ambiental sus principios, objetivos y lineas de Acci6n~ EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO: Que el Articulo 3 de La Ley 41 de 1998, "General de Ambiente de la Republica de Panama.", establece que correspondera at Organo Ejecutivo aprobar la Politica Nacional del Ambiente, como parte de las politicas publicae para el desarrollo econ6mico y social del pais. Que la Politica Nacional de 1nfonnaci6n Ambiental. (PNIAJ, representa la materializaci6n en el ambito del medio ambiente, del derecho de acceso a la informacion, con~gradoe~ la, Constituci6n Nacional. Que el Estado tiene como' .rnision garahtizar el acceso pleno de la ciudadania a aquella Informacion que le permita conocer el estado del medic ambiente y formarseun jUicio y convicci6n acerca de los temas ambientales que afectan a: nuestro pais, 10 cual constituye un valor esencial para la convivencia. nacional, particularmente en la relaci6n Estado y adminiatrado, reconociendo a au vez el valioso aporte de la participaci6n cludadana para' la ~ma'de decisiones en el ambito ambiental. Que del diagnostico efectuado al estado actual de las materias relacionadas con 18 informacion ambiental, en 10 relativo a las fortalezas y debilidades existentes para una eficiente implementacion de la politica que se propane, se ha concluido en la necesidad de establecer herramientas adecuadas para llevar adelante los desafios que se plantean, can miras al cumplimiento de los objetivos definidos. Que tales herramientas se encuentran conternpladas en la politica sobre informacion ambiental, 10 que asegura el exito de su implementaci6n, en conjunto con los principios en los cuales esta se sustenta, sus objetivos y lineas de accion, elementos que constituyen el marco orientador de las actividades que se plantea desarrollar, tanto por la sociedad civil en BU conjunto, pero en especial por el sector publico. Que para el exito en la implementaci6n de esta politica, el Estado en su conjunto y, en especial las i nstituciones publicae con competencias ambientales, deberan asumir compromisos can miras a lograr la implementacion y operacion de un sistema de informaci6n nacional integrado de datos e informacion ambiental y el fortalecimiento de los procesos de generaci6n e intercambio de Digitalizado par la Asamblea Nacional 28 Gaceta Oficial, martes 24 de abril de 2007 informaci6n entre las entidades publicae y privadas que gerieren\."..' administren informaci6n ambierrtal, con el objeto deponer.'(, disposici6n de Ia sociedad panamena un canjunto sietematico de datos e informaciones que le permita conocerel estado del ambiente, y participar, de manera informada, en los procesos de toma de decisionesambientales. Deesta manera la capacitaci6n .de los funcionarios publicos y Ia inversi6n entecnologias de punta constituyen elementos c1aves pam la materializaci6n de esta politica. Que para. el establecimiento de esta poUtica se cuenta can las estructuras administrativas necesarias para llevaradelanteun proeeso de homogenizaci6n y uniformidad de la informaci6n ambiental, tales como el Sistema Nacional de Informacion Ambiental, la propia Autoridad Nacionaldel Ambiente y las demils instituciones publieascon cornpetencias ambientales (SIA).elementos que resultan clave para ellogro de la estandarizaci6n de los procedimientosque permitan el acceso de toda"tasOci~Qada.la informaci6n ambiental.' Que las estru~t;uiasint1tituci9nJb~lJ~e~11nadasaaplicar esta politica deberan actuaf~ rnariera'~eOordin8.da.eiiJ.a gest:l6n de la Informacion ambiental, ~9,pen:dien40ia.'la"fofnfaci6nde instahcias de cooperaci6n admintstrativay apoyo"l.o~s~coq\1epc:J!ri.ita'a~egi:irSIen el tiempo, el cumpliiniertto/}gradual:;a~;;~4i$'m~ta.s><~das,en el 'diseiio de esta pohtica. 1>;,:'.,: ·:'<';"?:::;;".;;:·i.~>:j,,. ."" '. " <;: . Que el fLd~citado martej~;'y."aco;~6:·'~'la,;irifonnaci6't1. ambiental y las acciories q~ ,~e adop;te~:;,~~. :n~¥~~~elfUl~e e~~·:politicS;. d.e~eriln velar en tntto"momento:;;\p~:r,la.ef~ya~ apllcaclOn'del prmcipio de transp~~~.'.de marie~~;:qy~ los.. t;1fltbs deque'.',pueda disponer. espectatmente-fa sociedad\~CNi1':s~tm:t:onf1B.bles;veraoes y suficientes. elemento qti(rcon:stituye;~~';ae;lo~",fundamentosdeJ.8. politica , "', '~' .. ,'> ..... :<f;;-<,;jt{:"~;;~\'-,;;:~,; . .;" . . .' Que el adeCliadb 91~ejo"de la~rinaci6~,lQmbientalpor parte de las instituciones puJ;J1ib$.1S'deberilrespef8.r eil:'toPonioznento la propiedad intelectual asociadau dichoa-datos, gararitizando la compatibilidad entre el derecho de" acoeso /-a:'la j,nfo-ri:i'laci6n' ambierital y elde propiedad.···· . Que la presente politica debe apliearse coherentemente : con la Estrategia Nacional del Ambiente (ENA). e1ahorada en 1999. en conjunto con las demas politicas ambientales que se encuentren vigentes a nivelestatal. Que losprineipios. objetivos y linearnientos de esta Politica dan cuenta de la adopci6n y aeeptaci6n mayoritaria del sector gubernarnental y la. sociedad civil en general del marco conceptual y futuras acciones que deberan implementarse para el despliegue de un ststema eficiente para la gesti6n de la infonnaci6n arnbierital. Que igualmente existe un consenso generalizado en la sociedad panamefia para la materializacion de las acciones destinadas a implementar la politica de aeceso a la informacion ambiental cuyo exito dependera de los esfuerzos de colaboraci6n y participaci6n tanto del sector publico como de la ciudadariia. Gaceta Oficial, martes 24 de Abril de 2007 Digitalizado par la Asamblea Nacional 29 Que dichos ntve1es de consenso surgen a partir del hecho que la Autortdad Naclonal del Ambiente ha fonnulado la p.resente Po:J con la activa colaboraci6n y partlc1pac16n del sector publico y : soctedad dvtl relactonada, captanda y buscando anna adecuadamente desarrollo con sostenlbUidad ambiental DECRETA: Articulo 1. Aprobar Ia Politica Nacional de Infonnac16n Ambtental, los Princlpios en que se sustenta. Objetivo General y Objetivos Especftlcos que se espera deben ser alcanzados. y Lineas de Accion destlnadas a emnarcar las aetlV1dades que deberan desarrollarse para su implementac16n. cuyo texto es del siguiente tenor: I. PRINCIPIOS QUE FUNDAMENTAN LA POLtnCA 1. Principio de TransversaJidad. La gesti6n de la tnfonnac16n amblental es un esfuerzo nacional y artlculado de la .sociedad panamena para hacer posfble el fluJo continuo de datos 'e infoImaci6n a fin de acercarse al conoctmlento del estado del ambtente respeeto a sus componentes naturales. soc1oecon6mlcos. culturales e tnstttuctonales, el impacto de los proyectos y actrvtdades sobre dtcho estado. y los logros alcanzados por el pais .en-eu avanoe -bacta el: desarrollo sostentble, deftn1do como la adecuada combtnaeten, entre' erectmtento econ6m1co, equtdad soc1al y protecci6n del ambtente, ' 2. Prmctpto de Acceso a Ia Informaeton. EI acceso a la tnformacien ambtental ~tente, conftable, oportuna, prectsa y disponible contnbuye a incorporar en la socledad panameiia el concepto de cal1dad ambtental como una senal poderosa de cal1dad de vtda- -y como un .valor de dtverstdad frente a la estanda.r1zac16n global. EI Sistema Nacional de Informacion Amblental (SINIA) tlene por obJeto recoptlar, sistematlzar y distrtbuir tnformacton ambiental del pais, entre los organtsmos y dependenctas, pubhcos y prrvados, de forma Id6nea. veraz y oportuna, sobre las matertas que confonnan el iunbito del sistema (SlNIA). Esta infonnac16n ambtental es de Iibre acceso, excepto en aquellos casos quela ley 10 senala expresamente, y los parttculares que la soliciten asumiran el costa del servtcto. 3. Prmetpto de Parttcipacion lnformada y Responsab1e de la Socledad. La part1cipac16n tnfonnada y responsable de los mtembros de la soeiedad, tanto a ruvel pubUco como prtvado, involucra el conoctmiento de informacion respecto a: el estado del amblente local. regional y nacional; los efectos de los cambios globales en su desarrollo y de sus comunidades; las normas de cal1dad ambientaJ a cuyo cumplJInlento se encuentra suJeta; los tmpactos ambientales de los proyectos e :i.nic1atlvas en curso y el estado del cumpl1m1ento de los eompromfsos asumtdos: y los programas de gestton amblental. Digitalizado par la Asamblea Nacional 30 Gaceta Oficial, martes 24 de abril de 2007 4. Princ1pio de Eflc1encia y Eficac1a. La racionallzac16n y optim1zact6n de los recursos. en el proceso ~f~ implementaci6n del SINIA es clave para asegurar 1a entrega ~ infonnac16n conflab1e yoportuna alproceso de toma de decision -:»; del sector publico y prlvado relacionadas con el disefio de polftlcas, estrateglas, planes, programas, proyectos, monttoreos y evaluaciones pertmentes de las nonnas y procedimientos ambientales establecidos. . 5. Principio de Gradualldad y Flexfbtlldad, Se reconoce que' laImplementacton del SINIA debe ser gradual por la complejidad e tmpostbtltdad de atender stmultarieamente la implementaci6n .de la totalidad de los elementos que mtegran el SlNlA. es dectr, datoseinfonnaciones, instltuc1ones. comurucactones, equtpamtento ,e mfraestructura, y financlamiento. Dicha implementaci6ndebe ser flexible poria heterogeneidad de procesos de gestl6n de' la informacion que 'demanda la apllcaci6n de instrumentos Ihardwarea-eoftware y/o .procedlmientos) diferenclados y operados en fon:r;:u\.desdehtraJjzada. ! . :/ '.~ ,/ 1;' ,- f' ~,~, ,.,. . .. 6. Principio de Respeto-a la: 'Proptedad"Inteleotual. ", '.. ., " ~, Este PrtnciPlo:eJgiresa el'fe8~~~~nt~-:4~l,l%;prOPle?ad\;Vmanejo de la 1nfonna<7iQ~-:~enerada"porJ~,:~p1,iClad~sCl\llepa:rti~lpan del SINIA. La Politlca ~e {,lSustenta: .:~~;:,el~tilJ.~I.~tl~" la··· normattva )egal sobre lnf~nnaci6p. ~,~~1nfo~c16rir~~,ell%~~~reJ1teenelp"aisls. sobre el analtsts de la\~ituacion d~rJa gest1<,)n"·.·d:~ tnfonnacion en ANAM y enttdadescon-eompetencta ainbiel'ltal.."',.;! ' ~ , . ' .'... 7. Prtnctpto de ·Corl~uldadY.!"1eJOfa.;,; Este prtnctpto .reconoce 'hi: ;;~PPrtanCia de. .fortalecer procesos innovadores que1nc~tpOreIl, la;apl1ca~16n ,de tecnologias nuevas. eccnomtcas, de uso ,Cacil y "extendtdo, .. para ,alcanzar mayores rentabtltdadeseoctalesy ventejasde, compettttvtdad a myel de ·pais. ,.". ',. 8. Principio de la Multidiscipl1narledad. Este principto alude a que el enfoque de aproxtmaci6n para desplegar un sistema de gestl6n de lalnformact6n debe asumtr la necesidad de disponer de las infonnaclones que representan al medic ambtente constderadocomo sistema complejo de interacciones y componentes de variables naturales, biologtcas, socio-econ6rn1cas y culrurales. 9. Principio de la Multidtmensionalldad. Este prtncipto se reftere a que el desarrollo y despltegue de la gestl6n ambtental, en cuanto a los requertrnientos de tnformacton para e1 proceso de. toma de dectstones, debe estar tntegrado por tnstrtuctonee, tnfraestructuras, conoctmrentos. datos e lnfonnaciones, que confonnan un conjunto de componentes complejo que sedebe desarrollarintegralmente, ev1tando que se confunda con la tmplementaeten meramente tecno16gtca. Gaceta Oficial, martes 24 de abril de 2007 Digitalizado par la Asamblea Nacional 31 10. Principia de la MultiescaJaridad. Este principia se define a partir de la necesidad de reconoces, distintosplanos territoriales, tanto en la generaci6n como manejo Y' acceso a la informacion ambiental, analisis de los fen6menos globales, nacionales, regionales y locales a traves de unasecuencia jerarquica. 11. Principio de la Multitemporalidad. Este principia parte de la base que la informacion no es estatica. Los datos que sustentan un sistema de informacion van variando en el tiempo, por 10 que el desarrollo de sistemas de informacion ambiental, a1 tener que operar con datos reales, debe considerar la necesidad de ir actualizando la informacion, con la finalidad de comparar los estados delrnedio ambiente en el corto, mediano y largo plaza, 10 que perriljte ~r. evaluando los resultadcs del proceso de toma de decieionesen'jorno a Ios problemasambientales, y en definitiva en tome a un ~;yotruyelfdeavance de las poltticas ambientales. •' '-,'.t.,. " II. OBJE1iIVQS"DE u\:EOrJTJGA:NACIQ~AL DE INFORMACION , .. ' -c.:, I':, '~-·'·;'.'~'<V','~~) '1 I .1 ,.' :.'.,' .'" , ....,.,.~ . . '~-. ,AMBIENTAL' . ·'cC,·< ".;;,. ,.. .: '.' . [,.;,;<~\ .. ;::<j"L':<':~'; i"~" , 1. Objetivo General ' "(::~I:i">:N/j. ;, " .. i t;:ll,.:~<'::'.: '-, ,," Disponer de"informadiQp·;~~i1~iental··acce~ibley oportuna que apoye y facilite la to~a de decis1o~e,~~~la.ges~6hambiental, y que perrnita a la sociedad, ... en su co1\iun:t~}1C#~9S~t.el estado del ambiente y el usa racional de los rec\lrsos.:nE+t.rli,~s'<:pnmiras a sumanejo sostenible. '" '. », 2. Objetivos E;spe~ificosyLiil~~~,a~'Acci6n. Objetivo 1. Lograr la implementaci6n y operacion gradual de un sistema de informacion nacional integrado de datos e informacion ambiental necesaria para la gesti6n ambientaly para la conservacion y rnanejo sostenible de los recursos naturales. Lineas de Accion. 1. Consolidar la implementacion del SINIA piloto 2. Consolidar la operaci6n del SINIA- Subsistema de Gesti6n 3. Consolidar la operacion del SINIA- Subsistema de Difusion PUblica 4. Fortalecer la capacidad tecnica de operaci6n del SINIA Objetivo 2. Fortalecer los procesos de generaci6n e intercambio de informaci6n entre las entidades publicae y privadas que generan 0 administran la informacion ambiental. Digitalizado par la Asamblea Nacional 32 Gaceta Oficial, martes 24 de abril de 2007 Uneas de Acc16n 1. Deflnir y regular el tntercambio de informac16n tncluyendo el tratamiento de los temas de proptedad, segurtdad y control. 2. Mantener mecantsmos eftcientes de comuntcacton tntertnstituctonal. Objetlvo 3. Poner a dtspostcton de la soctedad panamena un conjunto sistematico de datos e informacion que le permitanconocer el estado del amblente, antlclpar los efectos de las tntervenctones humanas sobre su calidad y funcionamiento y por ende, adoptar dec1s1ones que contribuyan a1 desarrollo sostenible del pais. sus regtones y localidades. Uneas de Aecton. 1. Implementar compromisos entre enndades publtcas y privadas del pais para compartir informacion ambiental con fines de difusi6n y promoci6n publica. ' 2. Elaborar, . fortalecer y ;~'asegu:tar .rnec~smosde acceso a la informacion a¢piental. dlsponible para Ia comunidad en forma oportuna. " ,. ' <" • " '" 3. Difundir y promover tnfO:nnac~RI1..ro::nl>iental::relevant~)al desarrollo sostenible. COMUNIQUESE YCUMPLASE , ~--c~.- ..---­ MARTIN TORRIJOSESP~ Prestdente de la Republica República de Panamá Autoridad Nacional del Ambiente Oficina de Planificación y Política Ambiental Política Nacional de Información Ambiental 2007 ISBN 978-9962-609-39-1 Derechos de propiedad intelectual, 2013 Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) República de Panamá. Está autorizada la reproducción total o parcial y de cualquier otra forma de esta publicación para fines educativos o sin fines de lucro, sin ningún otro permiso especial del titular de los derechos, bajo la condición que se indique la fuente de que proviene. La ANAM agradecerá que se le remita un ejemplar de cualquier texto cuya fuente haya sido la presente publicación. No está autorizado el empleo de esta publicación para su venta o para otros usos comerciales. Elaborada por: Autoridad Nacional del Ambiente, con la asistencia técnica de Arden & Price Consulting Group. Coordinación general: Roberto De La Cruz Antonio Armas Raúl Pinedo Todas las fotograf ías que aparecen en este documento, salvo que se in- dique lo contrario, han sido tomadas por funcionarios de la ANAM. Diseño gráfico: Editora Novo Art, S.A. Pedro Argudo, diagramación y portada Montserrat de Adames, edición de textos y estilo Impreso en Colombia por Quad Graphic Colombia, quién solo actúa como impresor, para Editora Novo Art, S.A., en Panamá. Reimpresión, 2013 1,000 ejemplares Esta política fue impresa en papel producido a partir del bagazo de la caña de azúcar; en su proceso productivo, se ejerce un control estrecho sobre emisiones sólidas, líquidas y gaseosas, razones por las que se le ha calificado como “Amigo de la Naturaleza”. Índice Presentación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Decreto Ejecutivo 83, que aprueba la Política Nacional de Información Ambiental . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 1. Diagnóstico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 1.1. Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 1.2. Antecedentes y contexto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 1.2.1. Gestión de la información ambiental en el ámbito internacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 1.2.2. Gestión de la información ambiental en el ámbito nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 1.2.2.1 Estado actual del tema . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 2. Plan de acción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 2.1. Plan de acción por objetivo específico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29 Glosario de siglas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 Referencias bibliográficas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 Presentación Atendiendo al cumplimiento de la Ley No. 41 del 1 de julio de 1998, que crea la Autoridad Nacional del Am- biente y la faculta en la función de “formulación de la política nacional del ambiente y el uso de recursos natu- rales, cónsona con los planes de desarrollo del Estado”, se despliega un conjunto de políticas ambientales específicas logradas con la participación de la sociedad civil. A lo largo de su existencia, la ANAM, ha formulado una serie de políticas en el ámbito ambiental que recogen los principios, objetivos y lineamientos sobre los diversos tópicos del quehacer de nuestro entorno. Es por esta razón que ha buscado recopilar un abanico de nueve políticas nacionales en materia ambiental, mismas que se fundamentan en principios que recogen las voluntades sociales y económicas de las grandes mayorías del país, compiladas en los talleres de consulta pública, cuyo objetivo principal se centra en el mejoramiento de la calidad de vida y la preservación de los importantes ecosistemas del país para el bien de las presentes y futuras gene- raciones. Es por ello, que con motivo del proceso iniciado de la implementación del Sistema Interinstitucional del Am- biente (SIA), este número significativo de políticas ambientales, coadyuvará con el objetivo de facilitar la labor de esta importante colectividad de instituciones, para establecer un marco de coordinación interinstitucional que permitirá la armonización de sus planes, programas, proyecto o acciones dentro de los parámetros esta- blecidos en la Ley General de Ambiente. La armonización de estas políticas ambientales relacionadas a recursos hídricos, cambio climático, producción más limpia, supervisión, control y fiscalización, gestión integral de residuos no peligrosos y peligrosos, infor- mación ambiental, descentralización de la gestión ambiental, biodiversidad y forestal, con las políticas secto- riales, propias de las instituciones públicas que conforman el SIA, corresponde a una de las tareas más importantes que enfrenta esta agrupación interinstitucional. Finalmente, con la emisión de estas políticas la Autoridad Nacional del Ambiente espera contribuir con la di- vulgación de estos instrumentos, a los miembros de la sociedad civil, empresa privada, universidades, acadé- micos, ONG, consultores y todo aquel interesado en la gestión ambiental del país. SILVANO VERGARA VÁSQUEZ Administrador General Gaceta Oficial Digital 25,777, de martes 24 de abril de 2007. REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DECRETO EJECUTIVO No. 83 (De 9 de abril de 2007) “Por el cual se aprueba la Política Nacional de Información Ambiental, sus principios, objetivos y líneas de acción” EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA En uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO: Que el Artículo 3 de la Ley 41 de 1998, “General de Ambiente de la República de Panamá”, establece que co- rresponderá al Órgano Ejecutivo aprobar la Política Nacional del Ambiente, como parte de las políticas públicas para el desarrollo económico y social del país. Que la Política Nacional de Información Ambiental (PNIA), representa la materialización en el ámbito del medio ambiente, del derecho de acceso a la información, consagrado en la Constitución Nacional. Que el Estado tiene como misión garantizar el acceso pleno de la ciudadanía a aquella información que le per- mita conocer el estado del medio ambiente y formarse un juicio y convicción acerca de los temas ambientales que afectan a nuestro país, lo cual constituye un valor esencial para la convivencia nacional, particularmente en la relación Estado y administrado, reconociendo a su vez el valioso aporte de la participación ciudadana para la toma de decisiones en el ámbito ambiental. Que del diagnóstico efectuado al estado actual de las materias relacionadas con la información ambiental, en lo relativo a las fortalezas y debilidades existentes para una eficiente implementación de la política que se propone, se ha concluido en la necesidad de esta- blecer herramientas adecuadas para llevar adelante los desaf íos que se plantean, con miras al cumpli- miento de los objetivos definidos. Que tales herramientas se encuentran contempladas en la política sobre información ambiental, lo que asegura el éxito de su implementación, en conjunto con los principios en los cuales ésta se sustenta, sus objetivos y líneas de acción, elementos que consti- tuyen el marco orientador de las actividades que se plantea desarrollar, tanto por la sociedad civil en su conjunto, pero en especial por el sector público. Que para el éxito en la implementación de esta polí- tica, el Estado en su conjunto y, en especial las institu- ciones públicas con competencias ambientales, deberán asumir compromisos con miras a lograr la implementación y operación de un sistema de infor- mación nacional integrado de datos e información am- biental y el fortalecimiento de los procesos de generación e intercambio de información entre las en- tidades públicas y privadas que generen o administren información ambiental, con el objeto de poner a dis- posición de la sociedad panameña un conjunto siste- mático de datos e informaciones que le permita conocer el estado del ambiente, y participar, de manera informada, en los procesos de toma de decisiones am- bientales. De esta manera la capacitación de los fun- cionarios públicos y la inversión en tecnologías de punta constituyen elementos claves para la materiali- zación de esta política. Que para el establecimiento de esta política se cuenta con las estructuras administrativas necesarias para lle- var adelante un proceso de homogenización y unifor- midad de la información ambiental, tales como el Sistema Nacional de Información Ambiental, la propia Autoridad Nacional del Ambiente, y las demás institu- ciones públicas con competencias ambientales (SIA), elementos que resultan clave para el logro de la estan- darización de los procedimientos que permitan el ac- ceso de toda la sociedad a la información ambiental. Que las estructuras institucionales destinadas a apli- car esta política deberán actuar de manera coordi- nada en la gestión de la información ambiental, propendiendo a la formación de instancias de coo- peración administrativa y apoyo logístico que per- mita asegurar en el tiempo, el cumplimiento gradual de las metas trazadas en el diseño de esta política. Que el adecuado manejo y acceso a la información ambiental y las acciones que se adopten para llevar adelante esta política, deberán velar en todo mo- mento por la efectiva aplicación del principio de transparencia, de manera que los datos de que pueda disponer, especialmente la sociedad civil sean con- fiables, veraces y suficientes, elemento que consti- tuye uno de los fundamentos de la política. Que el adecuado manejo de la información ambien- tal por parte de las instituciones públicas deberá res- petar en todo momento la propiedad intelectual asociada a dichos datos, garantizando la compatibi- lidad entre el derecho de acceso a la información am- biental y el de propiedad. Que la presente política debe aplicarse coherente- mente con la Estrategia Nacional del Ambiente (ENA), elaborada en 1999, en conjunto con las demás políticas ambientales que se encuentren vi- gentes a nivel estatal. Que los principios, objetivos y lineamientos de esta política dan cuenta de la adopción y aceptación ma- yoritaria del sector gubernamental y la sociedad civil en general del marco conceptual y futuras acciones que deberán implementarse para el despliegue de un sistema eficiente para la gestión de la información ambiental. Que igualmente existe un consenso generalizado en la sociedad panameña para la materialización de las acciones destinadas a implementar la política de ac- ceso a la información ambiental cuyo éxito depen- derá de los esfuerzos de colaboración y participación tanto del sector público como de la ciudadanía. Que dichos niveles de consenso surgen a partir del hecho que la Autoridad Nacional del Ambiente ha Autoridad Nacional del Ambiente 8 formulado la presente política con la activa colabo- ración y participación del sector público y la socie- dad civil relacionada, captando y buscando armo- nizar adecuadamente desarrollo con sostenibilidad ambiental. DECRETA: ARTÍCULO 1°. Aprobar la Política Nacional de In- formación Ambiental, los principios en que se sus- tenta, objetivo general y objetivos específicos que se espera deben ser alcanzados, y líneas de acción des- tinadas a enmarcar las actividades que deberán des- arrollarse para su implementación, cuyo texto es del siguiente tenor: l. PRINCIPIOS QUE FUNDAMENTAN LA POLÍTICA 1. PRINCIPIO DE TRANSVERSALIDAD: La ges- tión de la información ambiental es un esfuerzo nacional y articulado de la sociedad panameña para hacer posible el flujo continuo de datos e in- formación a fin de acercarse al conocimiento del estado del ambiente respecto a sus componentes naturales, socioeconómicos, culturales e institu- cionales, el impacto de los proyectos y actividades sobre dicho estado, y los logros alcanzados por el país en su avance hacia el desarrollo sostenible, de- finido como la adecuada combinación entre cre- cimiento económico, equidad social y protección del ambiente. 2. PRINCIPIO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN: El acceso a la información ambiental existente, confiable, oportuna, precisa y disponible contri- buye a incorporar en la sociedad panameña el con- cepto de calidad ambiental como una señal poderosa de calidad de vida y como un valor de diversidad frente a la estandarización global. El Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA) tiene por objeto recopilar, sistematizar y distribuir información ambiental del país, entre los organismos y dependencias, públicos y privados, de forma idónea, veraz y oportuna, sobre las ma- terias que conforman el ámbito del sistema (SINIA). Esta información ambiental es de libre acceso, excepto en aquellos casos que la ley lo se- ñala expresamente, y los particulares que la solici- ten asumirán el costo del servicio. 3. PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN INFOR- MADA Y RESPONSABLE DE LA SOCIEDAD: La participación informada y responsable de los miembros de la sociedad, tanto a nivel público como privado, involucra el conocimiento de infor- mación respecto a: el estado del ambiente local, regional y nacional; los efectos de los cambios glo- bales en su desarrollo y de sus comunidades; las normas de calidad ambiental a cuyo cumplimiento se encuentra sujeta; los impactos ambientales de los proyectos e iniciativas en curso y el estado del cumplimiento de los compromisos asumidos; y los programas de gestión ambiental. 4. PRINCIPIO DE EFICIENCIA Y EFICACIA: La racionalización y optimización de los recursos en el proceso de implementación del SINIA es clave para asegurar la entrega de información confiable y oportuna al proceso de toma de decisiones del sector público y privado relacionadas con el diseño de políticas, estrategias, planes, programas, pro- yectos, monitoreos y evaluaciones pertinentes de las normas y procedimientos ambientales estable- cidos. 5. PRINCIPIO DE GRADUALIDAD Y FLEXIBI- LIDAD: Se reconoce que la implementación del SINIA debe ser gradual por la complejidad e im- posibilidad de atender simultáneamente la imple- mentación de la totalidad de los elementos que integran el SINIA, es decir, datos e informaciones, instituciones, comunicaciones, equipamiento e in- fraestructura, y financiamiento. Dicha implemen- tación debe ser flexible por la heterogeneidad de procesos de gestión de la información que de- manda la aplicación de instrumentos (hardware, software y/o procedimientos) diferenciados y ope- rados en forma descentralizada. 6. PRINCIPIO DE RESPETO A LA PROPIEDAD INTELECTUAL: Este principio expresa el recono- cimiento de la propiedad y manejo de la informa- ción generada por las entidades que participan del SINIA. La política se sustenta en el análisis de la normativa legal sobre información e información ambiental existente en el país y, sobre el análisis de la situación de la gestión de información en ANAM y entidades con competencia ambiental. Política Nacional de Información Ambiental 9 7. PRINCIPIO DE CONTINUIDAD Y MEJORA: Este principio reconoce la importancia de forta- lecer procesos innovadores que incorporen la aplicación de tecnologías nuevas, económicas, de uso fácil y extendido, para alcanzar mayores rentabilidades sociales y ventajas de competiti- vidad a nivel de país. 8. PRINCIPIO DE LA MULTIDISCIPLINARIE- DAD: Este principio alude a que el enfoque de aproximación para desplegar un sistema de ges- tión de la información debe asumir la necesidad de disponer de las informaciones que represen- tan al medio ambiente considerado como sis- tema complejo de interacciones y componentes de variables naturales, biológicas, socioeconómi- cas y culturales. 9. PRINCIPIO DE LA MULTIDIMENSIONALI- DAD. Este principio se refiere a que el desarrollo y despliegue de la gestión ambiental, en cuanto a los requerimientos de información para el proceso de toma de decisiones, debe estar integrado por instituciones, infraestructuras, conocimientos, datos e informaciones, que conforman un con- junto de componentes complejo que se debe des- arrollar integralmente, evitando que se confunda con la implementación meramente tecnológica. 10. PRINCIPIO DE LA MULTIESCALARIDAD: Este principio se define a partir de la necesidad de reconocer distintos planos territoriales, tanto en la generación como manejo y acceso a la in- formación ambiental, análisis de los fenómenos globales, nacionales, regionales y locales a través de una secuencia jerárquica. 11. PRINCIPIO DE LA MULTITEMPORALIDAD: Este principio parte de la base que la informa- ción no es estática. Los datos que sustentan un sistema de información van variando en el tiempo, por lo que el desarrollo de sistemas de información ambiental, al tener que operar con datos reales, debe considerar la necesidad de ir actualizando la información, con la finalidad de comparar los estados del medio ambiente en el corto, mediano y largo plazo, lo que permite ir evaluando los resultados del proceso de toma de decisiones en tomo a los problemas ambientales, y en definitiva en tomo a un mayor nivel de avance de las políticas ambientales. II. OBJETIVOS DE LA POLÍTICA NACIONAL DE INFORMACIÓN AMBIENTAL 1. Objetivo general Disponer de información ambiental accesible y oportuna que apoye y facilite la toma de decisiones en la gestión ambiental, y que permita a la sociedad, en su conjunto, conocer el estado del ambiente y el uso racional de los recursos naturales con miras a su manejo sostenible. 2. Objetivos específicos y líneas de acción OBJETIVO 1: Lograr la implementación y opera- ción gradual de un sistema de información nacional integrado de datos e información ambiental necesa- ria para la gestión ambiental y para la conservación y manejo sostenible de los recursos naturales. Líneas de acción: 1. Consolidar la implementación del SINIA Piloto. 2. Consolidar la operación del SINIA- Subsistema de Gestión. 3. Consolidar la operación del SINIA- Subsistema de Difusión Pública. 4. Fortalecer la capacidad técnica de operación del SINIA. OBJETIVO 2: Fortalecer los procesos de generación e intercambio de información entre las entidades pú- blicas y privadas que generan o administran la infor- mación ambiental. Líneas de acción: 1. Definir y regular el intercambio de información incluyendo el tratamiento de los temas de propie- dad, seguridad y control. 2. Mantener mecanismos eficientes de comunica- ción interinstitucional. OBJETIVO 3: Poner a disposición de la sociedad panameña un conjunto sistemático de datos e infor- mación que le permitan conocer el estado del am- biente, anticipar los efectos de las intervenciones Autoridad Nacional del Ambiente 10 humanas sobre su calidad y funcionamiento y por ende, adoptar decisiones que contribuyan al desarro- llo sostenible del país, sus regiones y localidades. Líneas de acción: 1. Implementar compromisos entre entidades públi- cas y privadas del país para compartir información ambiental con fines de difusión y promoción pú- blica. 2. Elaborar, fortalecer y asegurar mecanismos de ac- ceso a la información ambiental disponible para la comunidad en forma oportuna. 3. Difundir y promover información ambiental rele- vante al desarrollo sostenible. ARTÍCULO 2°: El presente Decreto entrará en vi- gencia a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dado en la ciudad de Panamá, a los nueve (9) días del mes de abril de dos mil siete (2007). MARTIN TORRIJOS ESPINO Presidente de la República CARLOS A. VALLARINO Ministro de Economía y Finanzas Política Nacional de Información Ambiental 11 1.1. Introducción La Declaración Universal de los Derechos Humanos, desde 1948, afirma en su artículo 19 que: “Todo in- dividuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser moles- tado a causa de sus opiniones, el de investigar y re- cibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. En Panamá, la Constitución Nacional, a lo largo de su articulado, establece principios relativos a la in- formación tales como el derecho de información y el derecho de petición, el cual puede describirse como el derecho que tiene toda persona a presentar peticiones y quejas a los servidores públicos y el de- recho a obtener una respuesta por parte de estos. Este derecho de petición se encuentra desarrollado en la Ley de Transparencia de la Gestión Pública, y la misma también consagra el Principio de Acceso Público, que es el derecho que tiene toda persona para solicitar y recibir información veraz y oportuna que se encuentre en manos de las autoridades gu- bernamentales y de cualquier institución mencio- nada en la Ley; así como la obligación del Estado de brindar información. Cabe destacar que la necesidad de una Política Na- cional de Información Ambiental (PNIA) está direc- tamente ligada al establecimiento de ANAM como la entidad autónoma rectora del Estado en materia de recursos naturales y ambiente; teniendo a la in- formación ambiental entre los instrumentos claves para desplegar adecuadamente la gestión ambiental, su administración y la coordinación para la genera- ción, traspaso y accesibilidad de la información entre las distintas entidades con competencia ambiental en el país, que conforman el Sistema Interinstitucio- nal del Ambiente (SIA). En este sentido, la PNIA constituye la base para lo- grar un funcionamiento exitoso del Sistema Nacio- nal de Información Ambiental (SINIA), el cual se define según el artículo 45 de la Ley 41 de 1 julio de 1998, por la cual se dicta la Ley General de Ambiente de la República de Panamá y se crea la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), el SINIA tiene por objeto recopilar, sistematizar y distribuir informa- ción ambiental del Estado, entre los organismos y dependencias, públicos y privados, de forma idónea, veraz y oportuna, sobre las materias que conforman el ámbito del sistema. Esta información ambiental es de libre acceso. Los particulares que la soliciten asumirán el costo del servicio. La Ley General de Ambiente indica cuáles son los instrumentos para la gestión ambiental, y las facultades de la ANAM en materia ambiental, de lo que se puede inferir el requerimiento de información básico para desarrollar estos instrumentos: Ordenamiento ambiental del territorio nacio- nal: Aptitudes ecológicas, sociales y culturales del territorio nacional; capacidad de carga; inventario de recursos naturales renovables y no renovables; y calidad de vida de la población. Evaluación de impacto ambiental: Línea de base de las principales unidades y sistemas ambientales del país; localización y características de las áreas de mayor vulnerabilidad ecológica, social o cultural; capacidad de carga de los principales ecosistemas; estudios prototípicos según tipo de proyectos o in- tervenciones sobre distintos ecosistemas; modelos de impacto de actividades o proyectos específicos sobre distintos tipos de ambientes; listado de pro- yectos sometidos a evaluación de impacto ambien- tal aprobados y rechazados, montos de inversión, principales ecosistemas afectados; listado y térmi- nos de calificación ambiental de los proyectos; exis- tencia de información adecuada para proceder a evaluar la corrección de la información proporcio- nada por los estudios o declaraciones de impacto ambiental. Supervisión, control y fiscalización ambiental: Listado de los programas de adecuación y manejo ambiental y de cumplimiento de normas ambien- tales; resultados de las inspecciones y auditorías ambientales practicadas por ANAM; resultados de los programas de seguimiento de la calidad am- biental y de cumplimiento de las normas estableci- das; listado de normas de calidad ambiental aprobadas, en ejecución, en estudio y análisis para su aprobación. Sistema de información ambiental: Disponibili- dad y existencia de programas para la recopilación, adquisición, análisis y evaluación de datos e infor- mación que contendrá el Informe del Estado del Ambiente; listado de la existencia de acuerdos y convenios según su naturaleza y tipos, entre la ANAM y las organizaciones que forman parte del Sistema Interinstitucional del Ambiente; base de datos existente en el Centro de Información sobre Normas de Calidad Ambiental, aplicadas en activi- dades comerciales, agropecuarias e industriales. Capacitación de funcionarios en manejo de software. Educación ambiental: Identificación, acceso y dis- ponibilidad de publicaciones y otros medios de di- fusión de los datos e información existente sobre los programas de conservación ambiental, aprove- chamiento sostenible de los recursos naturales, ac- tividades culturales y educativas de índole ambiental; información sobre los ejes transversales de educa- ción ambiental en las comunidades. Programas de investigación científica y tecnoló- gica: Listado de programas y proyectos de investi- gación de interés ambiental que se ejecutan en el país, en los ámbitos público y privado, según su es- tado de avance (en aprobación, ejecución y finali- zados); listado de publicaciones y fuentes de acceso y disponibilidad de publicaciones científicas resul- tantes de los programas y proyectos; listado de pro- gramas, proyectos y redes internacionales de investigación científica que se desarrollan o aplican en el país; directorio de instituciones e investigado- res, por temas de investigación ambiental de Pa- namá, realizadas en el país y en el extranjero. Desastres y emergencias ambientales: Listado de ocurrencia de desastres y emergencias ambientales y de sus efectos sobre la salud de las personas y de los ecosistemas; listado, características principales y estado de implementación de los planes de con- tingencia adoptados ante desastres y emergencias ambientales; información oportuna y veraz sobre zonas afectadas por emergencias ambientales; lis- tado de medidas especiales adoptadas y de los re- cursos humanos y financieros movilizados para ayudar a las comunidades afectadas y revertir los deterioros ocasionados. Cuenta ambiental nacional: Información sobre la valoración económica, social y ecológica del patri- monio ambiental de la nación; resultados de las evaluaciones de costo-beneficio ambiental de los proyectos financiados por el Estado. En la medida en que la información de carácter am- biental sea más accesible, se minimicen las asime- trías en torno a sus contenidos, formatos y se desarrollen sistemas que faciliten el encuentro con la información requerida o necesaria, se facilitará el proceso de toma de decisiones en temas de carácter ambiental, lo que redundará en mayores beneficios a la sociedad en general, y en particular, para las co- Autoridad Nacional del Ambiente 14 munidades rurales y pobres, las cuales tienen una mayor exposición a los recursos naturales y el am- biente; por consiguiente, a su deterioro o mejoras. Se puede afirmar que la información incide en la ca- lidad del proceso de toma de decisiones respecto de asuntos de interés público, no solo desde la perspec- tiva ambiental, sino que desde el eje más amplio del desarrollo sustentable. En particular, la información provee a quienes formulan o contribuyen a la formu- lación de las políticas ambientales, de antecedentes relevantes para identificar los problemas ambienta- les, conjuntamente con sus causas y consecuencias y la obtención de una visión más clara acerca de su gravedad, características y las posibles alternativas para su solución. En el ámbito privado, la disponibilidad de informa- ción relacionada con el tema medio ambiental del país (estado del medio ambiente, normativa ambien- tal, permisos sectoriales, evaluación de proyectos, etc.), implica para el inversionista (personas y em- presas) un marco claro de referencia sobre el cual pueden proyectar los requerimientos y costos a in- corporar en el diseño de los proyectos y, por ende, dan una señal clara y transparente respecto de la ins- titucionalidad ambiental del país. Entrega del Atlas en los medios de comunicación. La Política Nacional de Información Ambiental que se propone, persigue facilitar a la sociedad pana- meña, sus autoridades, instituciones y ciudadanos, el acceso a los datos e información que les permita conocer el estado del medio ambiente, anticipar los efectos de las intervenciones humana sobre su cali- dad y funcionamiento y, por ende, adoptar decisio- nes que contribuyan al desarrollo sustentable del país, sus regiones y localidades y a incrementar la ca- lidad de vida de todos sus habitantes. Jornada de fortalecimiento y sensibilización. Ello involucra un enorme esfuerzo destinado al des- arrollo de las ciencias, tecnologías y organizaciones que provean de las informaciones necesarias para adoptar decisiones más correctas y, por ello, más be- neficiosa para la totalidad de la sociedad nacional. En este contexto, la PNIA se construye sobre la base de acuerdos interinstitucionales y procedimientos comunes para la homologación en la generación, gestión e intercambio de información ambiental entre los distintos actores de la sociedad vinculados al tema del ambiente, y se sustenta en el análisis de la normativa legal sobre información e información ambiental existente en el país y sobre el análisis de la situación de la gestión de información en la ANAM y entidades con competencia ambiental. La información recopilada y generada por el Estado, es pública por definición y corresponderá a las ins- tituciones legalmente encargadas de su administra- ción, ponerlas a disposición de los requerimientos de la sociedad, de acuerdo a la Ley 6 de 22 de enero de 2002, que dicta normas para la transparencia en la gestión pública. Política Nacional de Información Ambiental 15 Una vez validada la PNIA, la ANAM y la sociedad en general, contarán con un instrumento que facili- tará la gestión de información ambiental veraz y con- fiable, operativizado mediante su correspondiente plan de acción. Este plan definirá las acciones con- ducentes al establecimiento de formatos de informa- ción, tiempos de entrega, niveles de accesibilidad, parámetros de costos, indicadores de medición y ca- racterización de usuarios; así como la articulación institucional requerida para esos efectos, entre otros. 1.2. Antecedentes y contexto 1.2.1. Gestión de la información ambiental en el ámbito internacional En los últimos años, vemos cómo el tema de la infor- mación ambiental ha tomado mayor importancia en el mundo, debido a que el éxito de las políticas am- bientales dependen del acceso generalizado a la infor- mación, de una sociedad informada y del interés del sector privado por tener conocimiento de las actua- ciones del sector público; y esto se puede lograr po- niendo toda la información, que no sea de carácter confidencial, al alcance de la sociedad. En los países de la región, la información ambiental ha aumentado considerablemente y los usuarios tienen disponibili- dad a ella a través de los distintos medios tradiciona- les, como los impresos, radio, televisión e Internet. Junto con este aumento de la información, diversas investigaciones y estudios han detectado problemas de administración de la información, que por una parte se derivan del manejo no integrado de datos acerca de variables socioeconómicas, de contamina- ción, de recursos naturales, ecosistemas, entre otros; dificultándose la interrelación de los mismos, lo que obstaculiza su identificación como “información”. Por otra parte, se han detectado diferencias en las metodologías utilizadas por las distintas institucio- nes, a nivel comparado, entre países; así como tam- bién diferencias entre países desarrollados y países en vías de desarrollo, en temas como metodologías, tecnología y accesibilidad a la información. Como medio para superar estas deficiencias, los go- biernos han trabajado en el desarrollo de políticas y de sistemas de información que regulen y faciliten la gestión de la información ambiental. Por ejemplo, Estados Unidos cuenta con la Ley de la Libertad de Información (FOIA), así como la Ley de Planeación para Emergencias y del Derecho de Saber de las Co- munidades (EPCRA); la cual, entre otras cosas, es- tablece un inventario de emisiones tóxicas. También cuentan con la Ley para la Conservación y Recupe- ración de Recursos (RCRA), la que requiere que el transporte doméstico de desperdicios peligrosos lleve una Declaración Uniforme de Desperdicios Pe- ligrosos (UHWM). Igualmente, cuenta con la Ley de Políticas Ambientales Nacionales (NEPA), la cual exige que se proporcione información relativa a los posibles impactos ambientales asociados con los proyectos federales (y los proyectos privados que re- ciben ayuda federal). Por su parte, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), de México, establece que toda persona tendrá derecho a que la Secretaría, los Estados, el Distrito Federal y los mu- nicipios pongan a su disposición la información que les soliciten, en los términos previstos por esa ley. Esta ley hace referencia a quién será el responsable de cubrir los gastos generados, y que quien solicite la información, será responsable por su uso. Entre estos dos países existen iniciativas relativas al inter- cambio de información, como lo es el Grupo de Tra- bajo de Recursos de Información Ambiental (EIRWG), el cual promete mejorar de manera signi- ficativa el intercambio transfronterizo de informa- ción, aunque el mismo ha avanzado de manera lenta. Por otro lado, países de la región han desarrollado páginas web con información sobre su instituciona- lidad ambiental, así como sistemas de información ambiental, lo cual permite una mayor divulgación de la información de carácter ambiental a través de una interacción más cercana entre las Autoridad Nacio- nal del Ambiente y las diversas instituciones con competencia ambiental de cada país. Como ejemplo de estos sistemas, se menciona el Sistema de Infor- mación Ambiental Nacional (SIAN) de Argentina, Autoridad Nacional del Ambiente 16 el cual fue creado en 1998; en Chile, el Sistema Na- cional de Información Ambiental (SINIA) fue lan- zado en 1994, y cuenta con un sitio web con información organizada en distintos módulos y temas ambientales. Igualmente, Perú con su Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA), admi- nistrado por el CONAM. México cuenta con el Sis- tema Nacional de Información Ambiental y Recursos Naturales (SNIARN), estando su ámbito de actuación descrito en la Ley General del Equili- brio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGE- EPA) y en la política ambiental del país. Particularmente destaca, entre los países de la re- gión, el caso de Nicaragua, por el nivel de desarrollo que ha alcanzado en esta materia. En este país, el Sis- tema Nacional de Información Ambiental (SINIA) organizado y administrado por el Ministerio del Am- biente y los Recursos Naturales (MARENA), opera bajo un esquema de participación y consenso mul- tisectorial y territorial, que se expresa como la Red Nacional de Información Ambiental (RENIA). En ella, participan entidades gubernamentales y no gu- bernamentales que voluntariamente se han compro- metido a poner a disposición del público sus bases de datos relacionadas con el ambiente y los recursos naturales y que se conocen como “nodos”. Un Co- mité Ejecutivo lidera el proceso del SINIA y delega la responsabilidad del seguimiento en su Junta Di- rectiva. A nivel regional y departamental, son los Consejos de Información Ambiental quienes se res- ponsabilizan por la sostenibilidad del proceso. Para realizar su trabajo, los diferentes niveles de partici- pación se apoyan en estructuras que cuentan con personal técnico y herramientas tecnológicas. Co- nocidos como nodos, según el nivel territorial pue- den ser regionales o departamentales, y cuentan con centros que promueven y facilitan el acceso a la in- formación del público en general. Su sitio web de desarrollo gradual, muestra dos mó- dulos regionales funcionando que entregan informa- ción de mapas en formato de imagen. Es destacable la metabase de datos de mapas, cuya estructura se podría adaptar para otros tipos de almacenamiento de información, como archivos en papel, colecciones científicas, centros de divulgación, etc. En lo que respecta a sistemas de información am- biental de carácter internacional, la Secretaria Eje- cutiva de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) está a cargo de la coordinación del Sistema de Información Ambiental Mesoamericano (SIAM), el cual está integrado por los SINIA de los países de la región y los nodos na- cionales que forman parte de los mismos. Este sis- tema es un instrumento de integración regional, formado por un conjunto dinámico y regulado de interacciones entre productores y usuarios de infor- mación ambiental de la región mesoamericana, que sistematiza, armoniza, agrega y circula datos e infor- mación ambiental para la toma de decisiones. Está formado por una red distribuida de instituciones y personal capacitado que trabajan coordinadamente para manejar, compartir y diseminar datos e infor- mación relevantes a la conservación de la biodiver- sidad y el ambiente en Mesoamérica. Este sistema busca establecer procedimientos armonizados y es- tandarizados de manejo y divulgación de informa- ción calificada, como instrumento de apoyo a la gestión ambiental regional y el desarrollo sostenible. Paralelo a este sistema, se encuentra el proyecto Sis- tema de Información Ambiental Mesoamericano Sistema de Monitoreo y Visualización Regional (SIAM-SERVIR), que consiste en un portal de Inter- net, al cual se le hacen actualizaciones diarias casi en tiempo real, basadas en datos de satélites de la NASA, adquiridos y procesados automáticamente. Este sistema tiene como finalidad recopilar informa- ción que permitirá dar seguimiento a la salud de las condiciones de la selva, las tierras de cultivo, los ríos, monitorear los incendios forestales, las condiciones meteorológicas y las aguas costeras de toda Centro- américa. Permite acceder a los datos medioambien- tales de toda la región (Belice, Costa Rica, Honduras, Guatemala, Nicaragua, El Salvador y Panamá). La información que se incluya en estos sistemas es in- formación de calidad y uniforme, lo que permite hacer comparaciones entre los países y tener una mejor vi- sión regional. El centro informático regional del SIAM se encuentra instalado en Panamá, y otros seis peque- ños centros se desarrollan en Belice, Guatemala, Costa Rica, Nicaragua, Honduras y El Salvador. Política Nacional de Información Ambiental 17 Charla de capacitación en temas ambientales. Igualmente, la Secretaria de la Red Interamericana de Información sobre Biodiversidad estará ubicada en nuestro país. Otra iniciativa de carácter interna- cional en el tema de información ambiental, es la creación de la Red Interamericana de Información sobre la Biodiversidad (IABIN); la cual es un orga- nismo internacional que fomenta la cooperación re- gional con miras a la preservación de la vida en el planeta. Este organismo fue creado en la Cumbre de las Américas de 1996. Esta red consistirá en una pla- taforma de Internet que facilite el acceso a informa- ción científica sobre la biodiversidad. Es importante destacar la ausencia de subsistemas o módulos dentro de los sistemas internacionales de información ambiental revisados, que permitan el acceso a los usuarios según tipo/categoría de usuarios. 1.2.2. Gestión de la información ambiental en el ámbito nacional La Ley 41 de 1998 crea la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) como la entidad autónoma rec- tora del Estado en materia de recursos naturales y del ambiente, y establece los elementos para su ges- tión; los principios y lineamientos de la Política Na- cional del Ambiente; la organización administrativa del Estado; los instrumentos de gestión; directrices para orientar políticas en sectores claves y criterios para la aplicación de incentivos y sanciones. En directa relación con lo anterior, determina que: “Las instituciones públicas sectoriales con compe- tencia ambiental, conformarán el Sistema Interins- titucional del Ambiente (SIA) y, en tal virtud, estarán obligadas a establecer mecanismos de coordinación, consulta y ejecución entre sí, siguiendo los paráme- tros de la Autoridad Nacional del Ambiente que rigen el sistema, con el fin de armonizar sus políticas, evitar conflictos o vacíos de competencia y respon- der, con coherencia y eficiencia, a los objetivos y fines de la presente Ley y a los lineamientos de la Po- lítica Nacional del Ambiente”. La información ambiental es un instrumento de ges- tión ambiental contenido en la Ley General de Am- biente, en su artículo 45, que define al Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA) con el objetivo de recopilar, sistematizar y distribuir infor- mación ambiental del Estado, entre los organismos y dependencias, públicos y privados, de forma idó- nea, veraz y oportuna, sobre las materias que con- forman el ámbito del Sistema. Además, establece que esa información ambiental es, en general, de libre acceso y los particulares que la soliciten asumirán el costo del servicio. Asimismo, dicha ley establece que: “La Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) desarrollará, a través del Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA), un conjunto de indicadores ambientales sobre la condi- ción del ambiente y un Sistema de Información Te- rritorial (SIT) para la gestión de los planes nacionales, regionales, comarcales y locales, de or- denamiento territorial ambiental. De acuerdo a lo anterior, el SINIA es una herramienta clave en la ges- tión ambiental y un apoyo al proceso de toma de de- cisiones relacionadas con el diseño de políticas, estrategias, planes, programas, proyectos, monito- reos y evaluaciones pertinentes de las normas y pro- cedimientos ambientales establecidos. En este sentido, cabe señalar que en el marco del Programa Ambiental Nacional (PAN), se desarrolló un estudio (Dames and Moore) en 1998, que incluyó un levantamiento y revisión del estado de la infor- mación ambiental en el país, un diseño conceptual del sistema de información y una estrategia de im- Autoridad Nacional del Ambiente 18 plementación del mismo. Ese estudio estableció la existencia de una voluntad institucional que recono- cía tanto el valor de la información para la toma de decisiones, como la necesidad de integrar los esfuer- zos que realizaban numerosas instituciones del sec- tor público, destinados a generar, recopilar, analizar y difundir datos e información de interés ambiental. Las características conceptuales definidas para todo sistema de información ambiental, planteadas en ese estudio, fueron las siguientes: El sistema de información ambiental demanda un conjunto de acciones que se fundamentan en una estructura compleja de acuerdos interinstituciona- les, destinados a facilitar datos e informaciones ne- cesarios para la preparación del informe sobre el estado del medio ambiente, los términos de refe- rencia de los estudios de impacto ambiental, las normas de calidad ambiental, etc. El sistema de información ambiental es de alcance nacional e internacional y de naturaleza multidis- ciplinaria, multidimensional, multiescalaridad y multitemporal. La multidisciplinariedad alude a la necesidad de disponer de las informaciones que representan al medio ambiente como sistema complejo de inter- acciones y componentes de variables naturales, bio- lógicas, socioeconómicas y culturales. La multidimensionalidad se refiere a que está inte- grado por instituciones, infraestructuras, conoci- mientos, datos e informaciones, que conforman un conjunto de componentes que se debe desarrollar en su totalidad, evitando que se confunda con la implementación meramente tecnológica. La multiescalaridad señala que se trata de planos de información que posibilitan el análisis de los fe- nómenos globales, nacionales, regionales y locales, a través de una secuencia jerárquica. La multitemporalidad, por último, se refiere a la ne- cesidad de comparar los estados del medio ambiente en el tiempo y en plazos largos, cortos y medianos. La implementación del SINIA debe ser gradual, constante, de largo plazo y sistemática. Como todo sistema complejo, su estructura se va construyendo ordenadamente, integrando en forma gradual datos, informaciones e instituciones. Para el éxito del SINIA, es fundamental que responda a las necesida- des y expectativas de los usuarios en forma precisa, integral y oportuna, y que se disponga de capacidad de adaptación ante nuevas demandas y ante los cam- bios e innovaciones que caracterizan la información ambiental en los tiempos actuales. Debido a la complejidad en la implementación del SINIA, el estudio antes señalado propone la genera- ción de una etapa de “sistema piloto”, centrada en asuntos ambientales claves, en áreas sensitivas de Pa- namá, como las provincias de Bocas del Toro, Darién y la ciudad de Panamá. Con posterioridad, en septiembre de 2000, se ela- boró el diseño conceptual del Sistema Nacional de Información Ambiental (Clifton y Asociados & Gea Consultores); y finalmente, en el año 2002, la defini- ción del sistema piloto y la evaluación de necesida- des para su implementación (CanGlobal Integrated Solutions y Eco Business Consulting Group). Los objetivos iniciales de esta etapa fueron crear el sistema piloto del SINIA como una herramienta de apoyo a las gestiones desarrolladas por ANAM y es- pecialmente a la generación del Informe del Estado del Ambiente de la República de Panamá, facilitando la implementación completa del SINIA a nivel na- cional y demostrando la necesidad y viabilidad de un sistema central a nivel nacional para el manejo de la información ambiental, la concienciación al interior de la organización sobre la importancia de los siste- mas de información y la formulación de ideas sobre las fuentes económicas que garanticen la implemen- tación total y sostenida del SINIA. Los objetivos específicos de la evaluación de necesi- dades consistieron en recopilar la información ne- cesaria para disponer de un diagnóstico respecto a las necesidades de los usuarios, de los organismos participantes y de la propia ANAM. Los objetivos específicos fijaron su atención sobre aspectos inter- nos, tales como la identificación de las áreas de ANAM que quedaran eventualmente integradas en el sistema piloto y en el sistema total; en aspectos ex- ternos referidos a la identificación de las institucio- nes participantes, el tipo y estado de la información Política Nacional de Información Ambiental 19 con que contribuirían al sistema; la identificación de los recursos disponibles y necesarios para llevar a cabo la fase piloto y total y a estrategia de implemen- tación del sistema piloto. En cuanto a las necesidades detectadas en las instituciones participantes selec- cionadas, el estudio concluye que disponen de infor- mación estadística y cartográfica de interés para el SINIA, pero que la misma se encuentra mayoritaria- mente dispersa, en formatos no digitales, y que no existen operativamente las interconexiones informá- ticas para proceder al intercambio interinstitucional. Entrega del Atlas en Informática. En los últimos tres años, se ha trabajado en el diseño conceptual y operativización del SINIA en su fase “piloto”, con la colaboración del Programa Ambiental Nacional (PAN), con la finalidad básica de apoyar en el manejo de datos ambientales y la elaboración del Informe del Estado del Ambiente. Teniendo presente que el SINIA debe ser entendido como una estructura organizacional destinada a reu- nir coordinadamente a las instituciones que pueden generar, almacenar, distribuir y publicar datos e in- formaciones ambientales, es relevante destacar que se ha contemplado desde la fase “piloto” la puesta en marcha de un comité interinstitucional, en el que participan en esta primera etapa representantes de instituciones gubernamentales que conforman el Sistema Interinstitucional del Ambiente (SIA); estas instituciones tienen la responsabilidad del estableci- miento de la dirección estratégica del SINIA y la ad- ministración de los estándares, protocolos y par- ticipación del sistema. Por otra parte, se destaca el apoyo que en el marco del Programa Ambiental Nacional (PAN) se ha su- ministrado a las Unidades Ambientales (UA) que in- tegran la Red de Unidades Ambientales (RUA). ANAM ha desplegado esfuerzos de fortalecimiento, los cuales se han concretado entre otras, en la defi- nición de funciones para su organización, el sumi- nistro de equipamiento computacional y de capacitación en materia relacionada con el proceso de impacto ambiental. ANAM se encuentra en proceso de construcción de indicadores ambientales, los cuales serán elevados a consulta externa para el poblamiento de las hojas de los indicadores. La construcción de indicadores am- bientales se trabaja con el acompañamiento de profe- sionales del Sistema Interinstitucional del Ambiente (SIA), de forma que se instalen las capacidades locales para que puedan participar en el diseño e implemen- tación de los indicadores ambientales que decida ANAM-SIA, en función de su relevancia, robustez y utilidad dentro de las políticas públicas ambientales y de información ciudadana. Los esfuerzos realizados a la fecha, permiten consoli- dar la visión de SINIA como un sistema y/o herra- mienta que busca recopilar, administrar, difundir, actualizar y generar información ambiental que con- duzcan a una mejor capacidad de análisis territorial, fortalecer y apoyar técnicamente a los tomadores de decisiones con una base adecuada de conocimiento. Los tomadores de decisiones requieren de informa- ción oportuna, precisa y confiable acerca del estado del ambiente y los indicadores poseen el potencial de constituir importantes herramientas en la comunica- ción de la información científica y técnica, coadyu- vando en la formulación de estrategias para la planificación y formulación de políticas de desarrollo. 1.2.2.1. Estado actual del tema 1.2.2.1.1. Análisis legal Al ser abordado el marco constitucional, se encontró que la Constitución Nacional panameña contempla lineamientos básicos referentes a los recursos natu- rales y a su sostenibilidad; y por otra parte, establece Autoridad Nacional del Ambiente 20 principios relativos a la información, en términos ge- nerales, a lo largo de su articulado, tales como: El derecho de información, consagrado en el ar- tículo 134, en donde se hace referencia, de manera específica, a los partidos políticos. El derecho de petición, establecido en el artículo 41, que es el derecho que tiene toda persona para presentar peticiones y quejas respetuosas a los ser- vidores públicos, por motivo de interés social o par- ticular, y el de obtener pronta solución. La obligación de informar por parte de los Minis- tros de Estado, contenido en el artículo 193. Esta- blece el principio básico que dice que los deberes de los servidores públicos serán determinados por Ley (esto involucra el deber de informar consa- grado en leyes especiales). Como se aprecia, la Constitución Nacional contiene normas relacionadas a la información, en términos generales, y contempla el llamado derecho de peti- ción; sin embargo, la Constitución no hace referen- cia a la información ambiental, de manera directa. La legislación nacional vigente, en lo que respecta a la información (de gestión pública), se desarrolla sobre la base del Derecho de Petición, que se en- cuentra en el artículo 41 de la Constitución Nacio- nal, en virtud del cual toda persona podrá tener acceso a la información pública, manejada por las distintas instituciones estatales. El Estado tiene, por lo tanto, la obligación de informar a todo aquel que así lo solicite, excepto cuando se trate de informa- ción confidencial y de acceso restringido. La gestión de la información, desde el sector público, está regulada actualmente por distintos instrumen- tos legales, entre los cuales destacan: La Ley 38 de 31 de julio de 2000, por la cual se re- gula el Procedimiento Administrativo General. La Ley 39 de 19 de julio de 2001, que dicta normas para la Prevención de la Corrupción; contem- plando, dentro de su articulado, regulación sobre la Información de la Gestión Pública. La Ley 6 de 22 de enero de 2002, que dicta normas para la Transparencia en la Gestión Pública. La normativa citada, en términos generales, involu- cra el derecho de petición y desarrolla el procedi- miento mediante el cual se ejercerá el mismo. Por otro lado, en lo que se refiere a la gestión de la información, dicho marco legal incluye algunos as- pectos que forman parte de la misma, como son: el acceso, intercambio y difusión de la información; siendo el acceso a la información el más constante de todos. No obstante, deja de lado otros aspectos que también son de interés, dentro de esta gestión, como son: el uso, manejo, adquisición, compra (por parte del sector público), generación, traspaso y dis- tribución de la información. Promoción de concurso de dibujo con temática ambiental. Cabe señalar que, de igual manera, que el marco ju- rídico al cual se ha hecho referencia trasciende al sector privado, estableciendo los supuestos especí- ficos en los que las empresas y entidades de este sec- tor tienen la obligación de informar; es decir, únicamente en los casos contemplados en la Ley. De lo anterior se desprende que la legislación vigente sobre gestión de la información, que incluye al sector público y privado (en casos específicos), no consti- tuye un marco jurídico integral, ya que no involucra todos los aspectos que debieran formar parte del proceso de gestión de la información, a fin de poder regularlo de manera completa, en todas sus áreas, facilitando así la mejor organización de dicha ges- tión. Esta situación da lugar a que existan vacíos con respecto a los temas no regulados, lo cual origina la necesidad de legislar al respecto. Política Nacional de Información Ambiental 21 Entre otros aspectos relevantes que deben ser men- cionados sobre la normativa vigente, en cuanto a gestión de la información se refiere, la legislación ga- rantiza el derecho de libre acceso a la información manejada por las instituciones públicas, ya que en la ley existen mecanismos que enfrentan al servidor público con su obligación de informar. Nos referi- mos a las sanciones en caso de incumplimiento (del deber de informar) y la acción de Habeas data. Igualmente, se sustituye el secretismo estatal por el concepto de transparencia de la gestión pública (Ley 6 de 2002) y se refuerza el principio de participación ciudadana en la gestión estatal, en virtud de la obli- gación atribuida a las instituciones del Estado de permitir la participación de los ciudadanos en todos los actos de la administración pública, siempre que sus derechos e intereses puedan verse afectados. En este mismo orden de ideas, es importante recor- dar que las normas sobre gestión de la información son de obligatorio cumplimiento para todo el sector público; por consiguiente, siendo la Autoridad Na- cional del Ambiente una institución estatal, también le regirá dicha normativa. Otra de las leyes de relevancia, en el tema tratado, es la Ley 15 de 8 de agosto de 1994, por la cual se aprueba la Ley sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos. Dentro de las definiciones básicas que se encuentran en el contexto de dicha Ley, está la de obra colectiva, que es aquella creada por varios au- tores, bajo la responsabilidad de una persona natural o jurídica que la pública con su propio nombre, y en la cual, por la cantidad de las contribuciones de los autores participantes o por el carácter indirecto de las contribuciones, se fusionan en la totalidad de la obra. Las disposiciones que regulan la gestión de la infor- mación ambiental, al interior de la ANAM, se en- cuentran expresadas en la Ley 41 de 1 de julio de 1998, Ley General de Ambiente, y en su reglamen- tación. El Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA) es creado por la Ley General de Ambiente, así como el Sistema Interinstitucional del Ambiente (SIA) y otros organismos que guardan relación con el SINIA. La Ley 41 de 1998 da lugar a la coordinación entre instituciones con competencia ambiental, en virtud del Sistema Interinstitucional del Ambiente (SIA), con la finalidad de que las instituciones del sector ambiental sean partícipes en el SINIA, colaborando con su abastecimiento y a que pueda ser un sistema operativo. En lo atingente a la gestión de la información am- biental, esta ley establece los siguientes aspectos: El acceso a la información por parte de la sociedad, al momento de ser publicada por la ANAM, en los procesos de consulta pública. El costo que asumen los particulares que solicitan información ambiental. El intercambio de información entre la Autoridad Na- cional del Ambiente y la sociedad pública y privada, en virtud del proceso de participación ciudadana. El manejo de la información a lo externo de la ANAM, al darla a conocer a otras instituciones del SIA, con el objeto de que estas hagan llegar sus ob- servaciones a la Autoridad Nacional del Ambiente sobre un tema específico. La generación de la información, por parte del ciu- dadano, que aporta a la ANAM sus consideracio- nes sobre un determinado tema ambiental, en virtud del proceso de participación ciudadana. La difusión de la información. La función de ANAM de proveer información y análisis para el asesoramiento técnico y apoyo al Consejo Nacional del Ambiente, así como a los consejos provinciales, comarcales y distritales del ambiente. La función de ANAM de elaborar el informe anual de gestión ambiental, a ser presentado al Órgano Ejecutivo al término de cada período de gobierno. Cabe señalar que, la gestión de la información am- biental, a lo interno de la ANAM, no se encuentra regulada en un cuerpo legal uniforme, que la orga- nice en todos sus aspectos, ya que, como se ha mencionado, las normas analizadas, relacionadas a dicha gestión, se encuentran dispersas en la Ley 41 de 1998. Autoridad Nacional del Ambiente 22 Con relación a la gestión de la información ambien- tal en las entidades del SIA que participarán del SINIA, los instrumentos legales existentes contienen normativa bastante escasa y dispersa sobre la gestión de información no ambiental. Ello aplica al Ministe- rio de Desarrollo Agropecuario (MIDA), Ministerio de Salud (MINSA), Ministerio de Obras Públicas (MOP), Autoridad del Canal de Panamá (ACP), Contraloría General de la República, Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio de Comer- cio e Industrias (MICI), Autoridad Marítima de Pa- namá (AMP), Autoridad de la Región Interoceánica (ARI), Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ANCON). En términos generales, los instrumentos legales ob- jeto de análisis, referentes a las distintas instituciones que guardarán relación con el SINIA, contienen nor- mativa bastante escasa y dispersa sobre la gestión de la información (no ambiental). En lo concerniente a la gestión de la información ambiental, la regulación encontrada fue mucho más escasa, salvo la Contraloría General de la República (Ley 32 de 8 de noviembre de 1984) y la Autoridad del Canal de Panamá (Ley 19 de 11 de junio de 1997), entidades que disponen de un mayor desarrollo de normativas en la materia. 1.2.2.1.2. Análisis de capacidades y volun- tades institucionales, según los estudios más recientes Los diversos estudios realizados conforman una va- liosa fuente de información para diagnosticar el es- tado de los componentes principales que debieran ser parte integrante de la Política Nacional de Informa- ción Ambiental; aunque como se ha explicado ante- riormente, dichas informaciones han sido recabadas para diseñar las bases conceptuales del Sistema Na- cional de Información Ambiental. Los elementos que son considerados en este diagnóstico, se refieren a los documentos existentes y a un análisis FODA, en el cual se practicaron diversas entrevistas destinadas a evaluar el estado de la gestión de la información am- biental al interior y exterior de ANAM, realizado ex- plícitamente para el desarrollo de esta política. A continuación se presenta un resumen de los as- pectos más relevantes: Datos e información Se estima, en general, que los datos por si solos cons- tituyen un cúmulo de objetos incoherentes, que deben ser transformados en información para la toma de decisiones, mediante la incorporación de valor agregado por las instituciones; lo que incluye, entre otras acciones, la comparación en el tiempo y el espacio, análisis de tendencias, análisis de escena- rios futuros, construcción de indicadores de susten- tabilidad ambiental. Charla sobre biodiversidad en la Escuela Gloríela N. Barría, en el distrito de Las Minas. La Autoridad Nacional del Ambiente administra una gran cantidad de datos e información relacionada al tema ambiental, información sobre la protección de la calidad ambiental, fomento de la cultura ambien- tal, patrimonio natural, evaluación ambiental y or- denamiento territorial. Particularmente, sobre planes de manejo territorial, monitoreos de la biodiversidad, políticas ambienta- les, recursos forestales, concesiones de agua, recur- sos naturales, áreas protegidas, estudios de impacto ambiental, planes de manejo y adecuación ambien- tal, premios e incentivos ambientales, proyectos am- bientales, entre otros. Política Nacional de Información Ambiental 23 Sin embargo, los datos no son necesariamente sufi- cientes para permitir que el personal de ANAM cumpla apropiadamente con sus responsabilidades, debido principalmente, entre otras razones, a que no existe una manera estándar para colectar y almace- nar datos ambientales comparables. Esta situación se presenta igualmente en las otras instituciones que participan del SINIA. La información manejada por la ANAM es generada en su mayoría por los técnicos de cada uno de los departamentos que la conforman, tanto a nivel cen- tral como de las oficinas regionales; por los proyec- tos que son ejecutados en ANAM, entre otros; así como a través de documentos generados por otras instituciones del Estado, los que posteriormente son digitalizados por la ANAM. Tan pronto el SINIA esté completamente operativo, se espera que sos- tenga un intercambio más expedito de información con las distintas instituciones que conformarán este sistema. Con el fin de administrar la información mencio- nada, la Autoridad Nacional del Ambiente utiliza sus sistemas de información geográfica y territorial, bases de datos, su red de servidores, el sistema de control de gestión y el sistema de control de pro- yectos. Un aspecto importante que contribuye a la imposi- bilidad de acceder a la información existente en las diversas instituciones, corresponde a las diferencias tecnológicas que existen para almacenar y disponer la información. Uno de los principales objetivos de la implementación de la Política Nacional de Infor- mación Ambiental es que estos problemas mejoren y que el intercambio de información se realice en forma fluida. Por lo tanto, se debe uniformar y ho- mogeneizar los procedimientos de manejo de datos e información ambientales, comprometiendo el uso de similares procedimientos por las instituciones que participan del SINIA. No se identifica un esquema que permita diferenciar los datos e información que sirve a la toma de deci- siones del sector público en el proceso de gestión ambiental que les compete, de los datos e informa- ción ambiental para el público en general. Lo ante- rior pone de relieve la conveniencia de definir en el SINIA dos subsistemas independientes entre sí para optimizar la gestión de la información: el Subsistema de Difusión Pública, como un subsistema de acceso distribuido de la información disponible (Clearing- house Mechanism), con la función de poner al al- cance del público el conjunto de datos ambientales disponible en el país: y, el Subsistema de Gestión en- focado principalmente a recopilar, procesar y entre- gar información para la toma de decisiones a nivel gubernamental. Aspectos institucionales Las instituciones participantes del SINIA ratifican constantemente la importancia que le atribuyen a la gestión ambiental como una responsabilidad com- partida, no solo por el sector público, sino que por la totalidad de la sociedad, incluyendo el sector pri- vado. La Autoridad Nacional del Ambiente y las institu- ciones que participan en el proyecto piloto del Sis- tema Nacional de Información Ambiental (SINIA), estiman que la existencia de este sistema de infor- mación debiera proporcionar los antecedentes ne- cesarios para la adecuada y oportuna toma de decisiones en el proceso de gestión ambiental. Sensibilización de estudiantes. Autoridad Nacional del Ambiente 24 La Autoridad Nacional del Ambiente reconoce la importancia de desarrollar el intercambio de infor- mación con las instituciones que participan en el SINIA, respetando la propiedad de la información de las entidades que generan dicha información. Por otro lado, para que el SINIA funcione eficaz- mente entre las dependencias de ANAM y con las instituciones participantes, es necesario que existan los convenios y reglamentos que definan los meca- nismos y formas de cómo se va a realizar los inter- cambios y traspasos de la información, incluyendo el tratamiento de los temas de propiedad, seguridad y control. De igual manera, para que los intercam- bios funcionen, las instituciones deben contar ade- más de la voluntad y capacidad de sus funcionarios, con redes de comunicación internas y externas. Es importante destacar el hecho de que en las insti- tuciones no existen normas que regulen el proceso de generación, almacenamiento, procesamiento, y utilización de la información ambiental dentro de los marcos de las estructuras funcionales de las organi- zaciones, como tampoco manuales de procedimien- tos respecto al manejo de la información ambiental. Actualmente, el procedimiento formal establecido para llevar a cabo las solicitudes y el intercambio de información a nivel interno de la institución, o con las otras instituciones que manejan información de tipo ambiental, es la utilización de notas dirigidas a los superiores de los departamentos (internos o ex- ternos) que sean los generadores y/o administrado- res de la información ambiental, todo lo cual deja en evidencia la importancia de poner en marcha los procedimientos y protocolos para el manejo e inter- cambio de la información ambiental existente en las distintas instituciones. Quienes están vinculados a la generación o adminis- tración de información ambiental, esperan que una política como esta ayude a agilizar los trámites de solicitudes de información y que las personas, tanto a lo interno como lo externo de las instituciones, como el público en general, comprendan que por tratarse de información concerniente al país, esta debe ser pública sin mayores restricciones; que los distintos proyectos que se llevan a cabo en las diver- sas instituciones son desarrollados con miras a me- jorar la calidad de vida de los ciudadanos y que, por lo tanto, la misma debe ser de carácter público y no para uso privado de la institución o departamento que la generó, excepto cuando la información por sus características y en el marco de la normativa vi- gente, tenga un acceso restringido. Política Nacional de Información Ambiental 25 Capacitación en programa REDD. A través del Programa Ambiental Nacional (PAN), la ANAM ha logrado importantes avances en la ac- tualización de sus equipos tecnológicos y software. A su vez, se está comenzando a fortalecer el equipa- miento y software de las instituciones que participa- rán en el proyecto piloto del SINIA. Hasta el momento, se ha apoyado con equipo tecnológico, software y capacitaciones a once de las Unidades Ambientales Sectoriales (UAS) del Sistema Interins- titucional del Ambiente (SIA). Con motivo de la im- plementación del SINIA Piloto, se tienen contem- plados recursos para el fortalecimiento del MIDA y el MINSA, en primera instancia. Cabe destacar, que el proceso de elaboración de in- dicadores ambientales se ha vuelto un tema priori- tario para todas las instituciones con competencia ambiental, visualizando la relevancia de su uso como instrumento de integración de la información. Aspectos comunicacionales Entre los aspectos más sobresalientes en los temas directamente relacionados al proceso de intercam- bio de información vemos que no existe un sistema de comunicaciones entre los organismos que utili- zan información ambiental de tal forma que algu- nos programas o proyectos en ejecución que generan información ambiental no son conocidos por otras instancias, lo que favorece la duplicación de esfuerzos. Por otro lado, debido a que las bases de datos se en- cuentran en computadores personales, los sistemas de intercambio consisten primordialmente en peti- ciones escritas entre las dependencias y las institu- ciones, lo que hace que sea considerado deficiente e insuficiente, en especial, debido a los tiempos de de- mora en elaborar las respuestas. Autoridad Nacional del Ambiente 26 Asimismo, los equipos computacionales existentes en las instituciones no son necesariamente los apro- piados para las comunicaciones entre ellas. Capacitación y entrenamiento La capacidad técnica de manejo de la información ambiental, en la mayoría de las instituciones, es in- suficiente por lo que se requieren programas de ca- pacitación del personal en todos los procesos de gestión de la información ambiental. La ANAM cuenta con personal que le permite des- arrollar sus funciones en cumplimiento de los man- datos de la Ley 41 de 1998. En las entidades que participan del SINIA, el desarrollo de funciones de intercambio de información puede verse afectado por la rotación de personal capacitado y por la can- tidad de personal insuficiente. En este contexto, existen dos situaciones negativas que merecen atención y estrategias destinadas a me- jorar la situación actual. En primer lugar, está el tema de la capacitación y que guarda relación con la formación de profesionales y técnicos capaces de asumir las más diversas tareas asociadas a la implementación del SINIA (manejo, estandarización, difusión, actualización, creación, etc., de información de carácter ambiental). Res- pecto de este proceso de capacitación, resulta im- portante indicar que debe ser de carácter constante y progresivo, en función de la nueva información que sea generada, los nuevos procedimientos y pro- tocolos adoptados y las nuevas técnicas y tecnologías disponibles para su tratamiento. En segundo lugar, está el tema de la estabilidad labo- ral del recurso humano capacitado, el cual muchas veces, una vez adquirido el conocimiento, ve amplia- das sus ofertas laborales en el ámbito privado y rápi- damente emigra hacia este sector, dejando un vacío en las instituciones a las que pertenecen. Respecto a este punto, se requiere que las estrategias que se de- finan estén orientadas por un lado, a capacitar al per- sonal en la temática de la información ambiental; pero, a la vez, generen un compromiso de permanen- cia mínima en las instituciones. Para lo anterior, se hace imprescindible revisar los aspectos relacionados con los incentivos asociados a las remuneraciones o beneficios y/o estabilidad mínima garantizada del personal en función de logros obtenidos. Aspectos financieros En los tópicos relacionados con los temas que invo- lucran aspectos financieros para un buen desarrollo de la generación e intercambio de la información ambiental, cabe resaltar que el presupuesto de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), para el año 2004, incluye los recursos necesarios para ope- rativizar el SINIA en su fase “piloto”. Por otro lado, la Ley 41 y sus leyes complementarias facultan a la ANAM para cobrar por los servicios solicitados por particulares. La implementación de los sistemas de información ambiental en las entidades del SIA, requiere de fon- dos para cubrir los costos de creación, desarrollo, mantenimiento y actualización. En este aspecto, el Programa Ambiental Nacional (PAN) representa una instancia relevante para que ANAM despliegue sus capacidades operativas de administración del SINIA requeridas, integrando recursos con las enti- dades del SIA que participan en el SINIA Piloto. La remuneración del personal especializado es un tema de preocupación, considerando que las tareas informáticas son demandadas por empresas priva- das que generalmente pagan mejores salarios que el sector público. Ello implica la migración del personal capacitado y una rotación laboral que dificulta la permanencia de las personas calificadas en activida- des de información. Por ende, la capacitación per- manente requerida para la creación y/o actualización de habilidades del personal que participa en el SINIA adquiere particular importancia, especialmente como alternativa a la permanencia del personal. En conclusión, es necesaria la definición de meca- nismos legales de carácter permanente, tendientes a asegurar el continuo funcionamiento del SINIA en sus distintas etapas, tanto en lo relacionado en in- fraestructura, como en personal. Política Nacional de Información Ambiental 27 2.1. Plan de acción por objetivo específico OBJETIVO 1: Lograr la implementación y operación de un sistema de información nacional e integrado de datos e informa- ción ambiental necesaria para la gestión ambiental y de los recursos naturales. LÍNEAS DE ACCIÓN ACCIONES PRINCIPALES / MECANISMOS DE CUMPLIMIENTO 1. Consolidar la implementación del SINIA Piloto. 1. Definir en el SINIA Piloto un “Subsistema de Gestión”, enfocado principalmente a re- copilar, procesar y entregar información de manera clara, para su correcta interpre- tación por parte de los usuarios del sector público. 2. Definir en el SINIA Piloto un “Subsistema de Difusión Pública” dirigido a dar acceso distribuido de la información disponible; esto es, poner al alcance de todos los ciuda- danos la forma de acceder a cada conjunto de datos ambientales disponible en el país. 3. Consolidar el avance en la implementación del “Subsistema de Gestión” a través de las siguientes acciones: • Definir los procesos de gestión ambiental que se apoyarán en esta primera fase (seleccionar por facilidad de implementación y disponibilidad inmediata de datos), identificando la información mínima requerida, los datos, procesos y formatos co- rrespondientes para su presentación. • A partir de las definiciones anteriores, identificar los datos primarios, las instituciones que los aportarán y los procedimientos de integración a los cuales serán someti- dos. • Establecer convenios de intercambio de información consensuados con las institu- ciones involucradas en esta fase. 4. Consolidar el avance en la implementación del “Subsistema de Difusión Pública” a través de las siguientes acciones: • Definir la estructura de la base de metadatos. • Recopilar y describir los sitios web con contenido ambiental existentes en el país. • Definir un sitio web con las funcionalidades más atractivas para difundir los datos de la base de metadatos. • Poblar la base de metadatos. 5. Completar la fase de diseño lógico y físico del SINIA Piloto en sus dos subsistemas (Subsistema de Gestión y Mecanismos de Difusión Pública), incluir interfaces para acceso directo a las bases de datos de las instituciones participantes en esta fase y controles de acceso diferenciado. Autoridad Nacional del Ambiente 30 LÍNEAS DE ACCIÓN OBJETIVO ESPECÍFICO 1 (continuación) ACCIONES PRINCIPALES / MECANISMOS DE CUMPLIMIENTO 2. Consolidar la operación del SINIA- Subsistema de Gestión. 3. Consolidar la operación del SINIA- Subsistema de Difusión Pública. 4. Fortalecer la capacidad técnica de operación del SINIA. 6. Establecer el uso formal y consensuado de protocolos estandarizados de intercambio de información, los mecanismos de comunicación y el acceso a los mismos, para su incorporación a los subsistemas del SINIA. 7. Consolidar el avance en la implementación de protocolos de registro de información en las entidades que participan del SINIA en esta fase. 8. Realizar evento público de gran alcance mediático con el lanzamiento del SINIA Piloto. 9. Preparar estrategia y planes de implementación de fases posteriores al SINIA Piloto. 1. Definir otros procesos de gestión ambiental que se apoyarán (adicionales a los defi- nidos en la fase del SINIA Piloto), identificando la información mínima requerida, los datos, procesos y formatos correspondientes, para su interpretación correcta. 2. A partir de las definiciones anteriores, identificar los datos primarios, las instituciones que los aportarán y los procedimientos de integración a los cuales serán sometidos. 3. Completar el desarrollo actual de indicadores ambientales, definidos y consensuados con las entidades que participan en el SINIA, de acuerdo a una metodología estan- darizada. 4. Informar sobre el progreso de las actividades de supervisión, control y fiscalización ambiental derivadas de la aplicación de los instrumentos de gestión definidos en la Ley 41 de 1998. 5. Mantener y actualizar listado de normas de calidad ambiental vigentes. 1. A partir de la experiencia con el SINIA Piloto, una vez que el mismo sea implementado, evaluar los resultados obtenidos y redefinir la estructura de los metadatos si así se requiere. 2. Recopilar y describir los sitios web con contenido ambiental existente en el país, re- cientemente creados; y verificar la existencia de los sitios web anteriormente incluidos. 3. Recopilar y describir las bases de datos ambientales existentes en el país, indepen- dientemente de su soporte y formato. 4. Rediseñar el sitio web con las funcionalidades más atractivas para difundir los datos de la base de metadatos. 5. Mantener actualizada la base de metadatos. 6. Establecer y regular el sistema de promoción y difusión de la información ambiental, inclu- yendo la definición del público objetivo, el tipo de información, el material y los medios para su promoción y divulgación y los estándares seleccionados para presentar la información. 1. Implementar el uso de una guía metodológica para la creación, mantenimiento y ac- tualización de la información en el SINIA administrado por ANAM. 2. Mejorar y nivelar la infraestructura computacional (software y hardware) en regiones, incluyendo equipamiento, redes Intranet e Internet. 3. Preparar y dictar cursos y seminarios de capacitación y entrenamiento sobre con- ceptos y modelos para la gestión del ambiente, generación y control de calidad de los datos, acceso a nuevas fuentes de información, tales como sensores remotos, sistemas de manejo de información, sistemas de información geográfica, entre otros. 4. Difundir y mantener informados a los funcionarios públicos sobre sus responsabili- dades respecto a la generación, comunicación, manejo y publicación de la información ambiental contenida en el SINIA. 5. Elaborar y ejecutar programas de sensibilización, capacitación y entrenamiento sobre la relevancia del SINIA como herramienta para la gestión ambiental. Política Nacional de Información Ambiental 31 OBJETIVO 1: Lograr la implementación y operación de un sistema de información nacional e integrado de datos e informa- ción ambiental necesaria para la gestión ambiental y de los recursos naturales. LÍNEAS DE ACCIÓN INDICADOR Implementación del SINIA Piloto. Operación “Subsistema de Gestión”. Operación “Subsistema de Difusión Pública”. Proceso de capacitación. Proceso de confección de guías/manuales técnicos. Proceso de dotación de infraestructura computacional (software y hardware) en regiones. • SINIA Piloto implementado. • Subsistema de Gestión operativo. • Subsistema de Difusión Pública operativo. • Eventos de capacitación/ sensibilización realizados. • Guías y manuales elaborados. • Subsistema de Gestión operativo. METADATO • Objetivo: Medir el avance en la implementación del Subsistema de Ges- tión y de Difusión Pública. • Cálculo: (Tareas del plan de acción para implementar el Subsistema de Gestión y del Subsistema de Difusión Pública ejecutadas I Tareas del plan de acción para implementar el Subsistema de Gestión y del Subsistema de Difusión Pública programadas) x 100. Unidad de medida = %. • Frecuencia de medición: Semestral. • Objetivo: Medir el avance en la operación del Subsistema de Gestión. • Cálculo: (Tareas del plan de acción para operativizar el Subsistema de Gestión ejecutadas / Tareas del plan de acción para operativizar el Sub- sistema de Gestión programadas) x 100. Unidad de medida = %. • Frecuencia de medición: Semestral. • Objetivo: Medir el avance en la operación del Subsistema de Difusión Pú- blica. • Cálculo: (Tareas del plan de acción para operativizar el Subsistema de Difu- sión Pública ejecutadas I Tareas del plan de acción para operativizar el Sub- sistema de Difusión Pública programadas) x 100. Unidad de Medida = %. • Frecuencia de medición: Semestral. • Objetivo: Medir el avance del programa de capacitación. • Cálculo: (Número de eventos de capacitación-sensibilización realizados I Número de eventos de capacitación-sensibilización programados) x 100. Unidad de medida = %. • Frecuencia de medición: Anual, una vez implementado el SINIA. • Objetivo: Medir el avance de la elaboración de los manuales para la cre- ación, manutención y actualización de la información en el SINIA adminis- trado por ANAM. • Cálculo: (Número de manuales elaborados I Número de manuales reque- ridos) x 100. Unidad de medida = %. • Frecuencia de medición: Anual, una vez implementado el SINIA. • Objetivo: Medir el avance del plan para la dotación de infraestructura en regiones. • Cálculo: (Tareas realizadas I Tareas programadas) x 100. Unidad de me- dida = %. • Frecuencia de medición: Anual, una vez implementado el SINIA. Autoridad Nacional del Ambiente 32 OBJETIVO 2: Fortalecer los procesos de generación e intercambio de información entre las entidades que participan en el SINIA. LÍNEAS DE ACCIÓN ACCIONES PRINCIPALES / MECANISMOS DE CUMPLIMIENTO 1. Definir y regular el intercambio de infor- mación, incluyendo el tratamiento de los ternas de propiedad, seguridad y control. 2. Mantener mecanismos eficientes de comunicación interinstitucional. 1. Definir, ANAM en conjunto con las entidades que participan del SINIA, el contenido de los convenios de intercambio de información, sus contenidos y procedimientos o protocolos, incluyendo el manejo de aspectos de propiedad, seguridad y control y es- tablecer una agenda para el establecimiento formal de los convenios/acuerdos. 2. Resolver las competencias y derechos de propiedad que tengan legalmente las en- tidades que poseen, manejarán y/o intercambiarán información. 1. Evaluar detalladamente la existencia de redes de comunicación entre y dentro de las instituciones participantes del SINIA. 2. Preparar una estrategia de implementación de los sistemas de comunicación entre las instituciones participantes, con el fin de asegurar el intercambio rápido, automático y expedito de los datos e informaciones requeridos. 3. Incorporar gradualmente a las organizaciones e instituciones regionales y locales en el acceso a los datos e informaciones ambientales disponibles para mejorar la gestión. 4. Comprometer a las universidades para que colaboren, aportando resultados de in- vestigaciones recientes que contribuyan a fortalecer el Sistema Nacional de Informa- ción Ambiental. OBJETIVO 2: Lograr la implementación y operación de un sistema de información nacional e integrado de datos e informa- ción ambiental necesaria para la gestión ambiental y de los recursos naturales. LÍNEAS DE ACCIÓN INDICADOR Proceso de establecimientos de convenios. Proceso de elaboración de normativa. Proceso de implementación de mecanismos de comunicación. • Convenios institucio- nales establecidos con el SIA, universidades, centros de investiga- ción, SENACYT y otros. • Normativa elabo- rada. • Mecanismos de comunicación implementados. METADATO • Objetivo: Medir el avance de establecimiento de convenios. • Cálculo:(Número de convenios firmados / Número de convenios progra- mados) x 100. Unidad de medida = %. • Frecuencia de medición: Anual. • Objetivo: Medir el avance del plan de trabajo para elaborar la normativa requerida. • Cálculo: (Tareas realizadas / Tareas programadas) x 100. Unidad de me- dida = %. • Frecuencia de medición: Anual. • Objetivo: Medir el avance del plan de trabajo para implementar mecanis- mos a nivel nacional, regional y local. • Cálculo: (Tareas realizadas / Tareas programadas) x 100. Unidad de me- dida = %. • Semestral: una vez completadas la dotación de la infraestructura compu- tacional (software y hardware) en regiones. Política Nacional de Información Ambiental 33 OBJETIVO 3: Poner a disposición de la sociedad panameña un conjunto sistemático de datos e información que le permitan co- nocer el estado del ambiente, anticipar los efectos de las intervenciones humanas sobre su calidad y funcionamiento y, por ende, adoptar decisiones que contribuyan al desarrollo sostenible del país, sus regiones y localidades. LÍNEAS DE ACCIÓN ACCIONES PRINCIPALES / MECANISMOS DE CUMPLIMIENTO 1. Implementar compromisos entre entida- des públicas y privadas del país, para compartir información ambiental con fines de difusión y promoción pública. 2. Elaborar, fortalecer y asegurar meca- nismos de acceso a la información am- biental disponible para la comunidad en forma oportuna. 3. Difundir y promover información ambien- tal relevante al desarrollo sostenible. 1. Agilizar el funcionamiento de los convenios interinstitucionales existentes entre ANAM, universidades, centros de investigación, SENACYT y otros, para la realización de in- vestigaciones científicas de apoyo a la gestión de la información ambiental. 2. Comprometer a organizaciones no gubernamentales de carácter ambiental para que colaboren con información de interés relevante a la comunidad, incluyendo la infor- mación sobre denuncias ciudadanas de casos o fenómenos ambientales que afectan a las comunidades. 3. Establecer y regular el sistema de promoción y difusión de la información ambiental, incluyendo la definición del público objetivo, el tipo de información, el material y los medios para su promoción y divulgación y los estándares seleccionados para pre- sentar la información. 1. Promover y difundir el estudio y preparación de normas legales que garanticen el ac- ceso del público a la información generada y almacenada por el sector público. 2. Identificar y preparar bases de datos e informaciones especialmente adecuados al conocimiento masivo de la población y que se encuentren disponibles en el SINIA “Subsistema de Difusión” y/o en el sitio web de ANAM. 3. Incluir sistemas de recogida de opiniones, votaciones, ranking u otros procedimientos similares y en línea, que permitan conocer el pensamiento de los individuos en torno a asuntos ambientales claves. 4. Realizar inventario de la existencia, escalas y formatos de los datos e informaciones de que disponen las instituciones y que deberían formar parte del SINIA y accesibles a la comunidad. 5. Preparar material de difusión sobre las bases de las informaciones contenidas en el Informe del Estado del Ambiente. 1. Difundir el conocimiento de experiencias exitosas sobre desarrollo sostenible que se hayan realizado a nivel internacional a escala regional, local y urbana. 2. Difundir los planes, programas y proyectos sobre sostenibilidad del desarrollo pre- parados por organismos nacionales, regionales y locales. 3. Informar sobre el estado y acciones de implementación de la Agenda XXI y otros pro- gramas y acuerdos internacionales ratificados por Panamá y relativos a la protección del ambiente y gestión sustentable de los recursos naturales. 4. Difundir, promover e incorporar la evaluación ambiental estratégica de las políticas, planes y programas sectoriales, multisectoriales y territoriales, como forma de vínculo de la gestión ambiental con los procesos de desarrollo socioeconómico. 5. Dar a conocer los avances en el conocimiento de la contabilidad ambiental y otros procedimientos de evaluación de costos y beneficios ambientales de los planes, pro- gramas y proyectos de desarrollo. 6. Informar permanentemente sobre los indicadores ambientales de desarrollo sosteni- ble que se hayan establecido para el país y otros países de la región. 7. Difundir la información respecto de los compromisos institucionales y sociales que se adopten para la solución de los problemas críticos identificados en el IEA. Autoridad Nacional del Ambiente 34 OBJETIVO 3: Poner a disposición de la sociedad panameña un conjunto sistemático de datos e información que le permitan co- nocer el estado del ambiente, anticipar los efectos de las intervenciones humanas sobre su calidad y funcionamiento y por ende, adoptar decisiones que contribuyan al desarrollo sostenible del país, sus regiones y localidades. LÍNEAS DE ACCIÓN INDICADOR Proceso de disposición de información ambiental disponible a la comunidad. Proceso de promoción y difusión de nformación ambiental relevante al desarrollo sostenible. • Información ambiental disponible para la comunidad. • Promoción y difusión de información, en ejecución. METADATO • Objetivo: Medir el avance del plan de acciones para poner a disposición de la comunidad la información ambiental disponible. • Cálculo: (Tareas realizadas / Tareas programadas) x 100. Unidad de me- dida = %. • Frecuencia de medición: Anual, una vez implementado y operativo el SINIA-Subsistema Difusión de Información. • Objetivo: Medir el avance de programas anuales de promoción y difusión. • Cálculo: (Tareas realizadas / Tareas programadas) x 100. Unidad de me- dida = %. • Frecuencia de medición: Anual. ACP Autoridad del Canal de Panamá AMP Autoridad Marítima de Panamá ANAM Autoridad Nacional del Ambiente ANCON Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza ARAP Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá ARI Autoridad de la Región Interoceánica EIA Evaluación de Impacto Ambiental ENA Estrategia Nacional del Ambiente IABIN Red Interamericana de Información sobre la Biodiversidad LGEEPA Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente (México) MEF Ministerio de Economía y Finanzas MICI Ministerio de Comercio e Industria MIDA Ministerio de Desarrollo Agropecuario MINSA Ministerio de Salud MOP Ministerio de Obras Públicas PAN Programa Ambiental Nacional PNIA Política Nacional de Información Ambiental RUAS Red de Unidades Ambientales Sectoriales SIA Sistema Internacional del Ambiente SIAM-SERVIR Sistema de Monitoreo y Visualización Regional SINIA Sistema Nacional de Información Ambiental UAS Unidades Ambientales Sectoriales Constitución Nacional de la República de Panamá Título III: Capítulo VI, artículo 105; Capítulo VII, artículos 114 y 117; Capítulo VIII. Título IV: Capítulo II, artículos 41, 85, 134,193, 294, 297 y 301. Título IX: Capítulo I, artículo 254; Capítulo III. Título X: artículo 291. Título XIV: artículos 88, 309 y 310. Ley 6 de 22 de enero de 2002, Ley de Transparencia en la Gestión Pública. Ley 39 de 19 de julio de 2001, que modifica y adiciona disposiciones al Código Penal y Judicial y dicta normas para la Prevención de la Corrupción. Artículo 38. Ley 45 de 27 de noviembre de 2000, que modifica los artículos 70 y 201 del Libro Segundo, del Procedimiento Administrativo General, de la Ley 38 de 2000. Ley 38 del 31 de julio de 2000, Ley de Procedimiento Administrativo General. Título I, artículos 70 y 201. Ley 97 de 21 de diciembre de 1998, por la cual se crea el Ministerio de Economía y Finanzas y se dictan otras disposiciones. Artículo 11. Ley 54 de 22 de julio de 1998, por la cual se dictan medidas para la estabilidad jurídica de las inversiones. Artículo 7. Ley 53 de 21 de julio de 1998, por la cual se reforma el Decreto de Gabinete 225 de 1969, se crea el Vicemi- nisterio de Interior y Exterior de Comercio e Industria y se dictan otras disposiciones. Capítulo VII: artículo 17 Capítulo VIII: artículo 18 Capítulo IX: artículo 19. Ley 41 de 1 de julio de 1998, Ley General de Ambiente. Título III, Capítulo I: artículo 5, 6 y 7. Título IV, Capítulo II, artículos 17, 27 y 51; Capítulo V, artículos 14, 16, 18, 21, 22, 32, 45, 46 y 47; Capítulo VI, artículos 48 y 87. Ley 21 de 2 de julio de 1997, por la cual se aprueba el plan regional por el desarrollo de la Región Interoceánica, y el plan general de uso conservación y desarrollo de área del Canal. Ley 19 de 11 de junio de 1997, por cual se organiza la Autoridad del Canal de Panamá. Artículos 6 y 121. Capítulo IV: artículos 29 y 30. Ley 15 del 8 de agosto de 1994, por la cual se aprueba la Ley sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos Título I: artículos 2 y 49. Título II: artículo 5. Título III: artículo 7. Ley 5 de 25 de febrero de 1993, por la cual se crea la Autoridad Interoceánica de Panamá y se adoptan medidas sobre los bienes revertidos. Artículos 3, 13, 30 y 37. Ley 33 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se toman medidas de actuaciones administrativas y se dictan otras disposiciones. Artículo 3. Ley 32 de 8 de noviembre de 1984, por la cual se adopta la ley orgánica de la Contraloría General de la Repú- blica. Artículos 54, 55 y 81. Ley 12 de 25 de enero de 1973, que crea el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y se señalan sus funciones y facultades. Decreto de Gabinete 225 de 16 de julio de 1969, por cual se organiza el Ministerio de Comercio e Industria y se le asignan funciones. Artículo 10. Decreto de Gabinete 8 de 16 de enero de 1969, por la cual se crea el Instituto geográfico “Tommy Guardia” como una dependencia del Ministerio de Obras Públicas. Artículo 7. Decreto de Gabinete 1 del 15 de enero de 1969, por la cual se crea el Ministerio de Salud, se determinó su estructura y funciones y se establecen las normas de integración y coordinación de las instituciones del sector de salud. Decreto Ejecutivo 207 de 7 de septiembre de 2000, se contempla la nueva estructura organizacional del ANAM y establece las funciones de las distintas direcciones y departamentos a nivel central y regional. Decreto Ejecutivo 59 de 16 de marzo de 2000, contempla el Plan de Participación Ciudadana. Artículos 29 y 36. Decreto Ejecutivo 58 de 16 de marzo de 2000, se reglamenta el procedimiento para la elaboración de Normas de Calidad Ambiental. Capítulo VI. Autoridad Nacional del Ambiente 38 Decreto Ejecutivo 57 de 16 de marzo de 2000, por la cual se reglamenta la conformación y funcionamiento de las comisiones consultivas ambientales. Artículo 2. Título IV, Capítulos I y II. Título V. Decreto Ejecutivo 18 de 16 de marzo de 2000, que designan a los ministros que conformarían el Consejo Nacional de Ambiente. Decreto Ejecutivo 656 de 18 de julio de 1990, por la cual se establece una estructura administrativa del Mi- nisterio de Obras Públicas. Artículo 10. Decreto Ley 7 de 10 de febrero de 1998, por la cual se crea la Autoridad Marítima de Panamá, se unifican las distintas competencias marítimas de la administración pública y se dictan otras disposiciones. Artículos 10 y 18. Capítulo IV: artículo 30. Capítulo VI: artículo 32. Capítulo VII: artículo 33. Capítulo VIII: artículo 34. Decreto Ley 7 de 25 de febrero de 1960, se subroga la Ley 41 de 1938 sobre la estadística nacional. Capítulo III. Capítulo IV, artículo 40. Decreto 48 de 30 de enero de 2001, se hace una reestructuración de la Contraloría General y se crea la Unidad de Estadísticas Ambientales en la Dirección de Estadísticas y Censo. Decreto 57 de 23 de febrero de 2000, por el cual se hace una reestructuración de la Contraloría General, se crean las direcciones de Autoridad del Canal de Panamá, la dirección de Auditoría de la Gestión Ambiental, la dirección de auditoría de bienes patrimoniales, oficinas de delegados. Resolución AG-0028 de 30 de enero de 2001 (ANAM), por medio de la cual se establece la tarifa de cobro para la inscripción de Consultores que se dediquen a la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental. Resolución AG-0267 de 29 de septiembre de 2000 (ANAM), sobre los requisitos de registro de los Auditores Ambientales, la cual está en proceso de ser modificada. Resolución 006 de 1999, dicta el reglamento de funcionamiento de la Red de Unidades Ambientales Sectoriales. Resolución 005 de 1999, que crea la Red de Unidades Ambientales Sectoriales. Resuelto ALP-034- ADM-2000, de 1 de junio de 2000, que crea una Red de Expertos Ambientales del MIDA. Resuelto ALP-012-ADM-1998 (MIDA), que crea la Unidad Ambiental Sectorial del MIDA. Acuerdo 16 de 17 de junio de 1999, correspondiente al reglamento sobre Medio Ambiente, Cuenca Hidro- gráfica y Comisión Interinstitucional de la Cuenca Hidrográfica del Canal. Política Nacional de Información Ambiental 39 pan71965 POLÍTICA NACIONAL DE INFORMACIÓN AMBIENTAL 2007 Índice Presentación Decreto Ejecutivo No. 83 Diagnóstico Plan de acción por objetivo específico