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巴拿马的法律

Decreto Nº 20 ─ Estrategia Nacional Forestal 2018-2050

颁布于 2019-03-28 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拿马
主题
Forestry
关键词
policy/planning, forest management/forest conservation, forestry protection measures, institution, afforestation/reforestation, timber extraction/logging, erosion, public forest, mountain area, inventory, land clearing, traditional rights/customary rights, soil conservation/soil improvement, community management, governance

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文本

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  1. No. 28745-A Gaceta Oficial Digital, martes 02 de abril de 2019 1 lIBPÚBLJCA DE PA~AMÁ MINJSTERIO DE AMBIEI'TE DECRETO EJECUTIVO No. J.0 De JI de Y'I/~ de2019 Que aprueba la Estrategia Nacional Forestal 20 18-2050 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, en uso de sus facultades constitucionales y legales. CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Panamá establece que es deber fundamenta] del Estado garantizar que la población viva en un ambiente sano y libre de contaminación, en dom.lt: el a ire. el agua y los a limentos satisfagan los requerimientos dd <le!>arrollu adecuado de la vida humana, asimismo, tiene a su cargo la reglamentación. fiscali7ación y aplicación oportuna de las medidas m::cesarias para garanti7ar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna terrestre, fluvial y marina . así como de los bosques, tierras y aguas, se lleven a cabo racionalmente, de manera que se evite su depredación y se asegure su preservación, renovación y pem1anencia; Que Panamá ha ratificado y t:s Estado Parte de Ja Convención Marco de las l\'aciones Unidades sobre Cambio Climático y su Protocolo de Kioto, del Acuerdo de l'aris, de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica, de la Convención Marco de las Naciones Utúdas sobre la Lucha Contra la Desertificación y la Organiwción [ntemacional <le Maderas Tropicales, entre otras; Que Ja Ley 1 de 3 de febrero de 1994, esLableceJa legislación forestal en la República de Panamá, que tiene como finalidad la protección, conservación. mejoramiento, acrecentamiento, educación investigación. manejo y aprovechamiento racional de los recursos forestales~ Que entre los objetivos de la ci tada Ley. está proteger, conservar e incrementar los recursos forestales t:xislentes en el país y promover su manejo y aprovechamiento rac ional y sostenible e incentivar y ejecutar proyectos de plantaciones forestales en los lugares indicados para ello: Que el Texto Único de la Ley 4 J de 1 de julio de 1998. General de Ambiente de la Repúhlica de Panamá, señala que la administración dt:I ambiente es una obligación del Estado; por tanto. dicha Ley establece los principios y nonnas básicas para la protección, conservación y recuperación del ambientt:, promoviendo e l uso sostenible de los recursos naturales. Además. ordena la gestión No. 28745-A Gaceta Oficial Digital, martes 02 de abril de 2019 2 ambiental y la integra a Jos objetivos sociales y económjcos, a efecto de lograr el desarrollo humano sostenible en el país; Que entre Jos principios y lineamientos de la Política l\acional de Ambiente establecidos en el Texto Único de la Ley 4 1 de 1998. se encuentra la incorporación de la dimensión ambiental en las decisiones, acciones y estrategias económjcns, sociales y culturales del Estado. así como integrar Ja Política Nacional de Ambiente al conjunto de políticas públicas del Estado; Que la referida Ley dispone que los recursos naturales son de dominio público y de interés social, sin perjwcio de los derechos legítimamente adquiridos por Jos particulares, en ese sentido, las nonnas sobre recursos naturales tienen e l objetivo de incorporar el concepto de sostcnibilidad y el de racionalidad en e l aprovechamiento de los recursos naturales. así comu asq~urnr que la protección del ambiente sl!a un componente pennanente en Ja política y admini stración de tales recursos: Qué, asimismo. el Texto L:nico de la Ley 41 de 1998 señala que el inventario del patrimonio forestal del Estado: bosques naturales, bosques plantados y tierras forestales son responsabilidad del Ministerio de Ambierrte (MiAMBIENTE). que los registrará y promoverá, ejerc iendo sobre ellos una efectiva administración, además, reconoce como servicio ambiental del bosque la captura de carbono. en virtud de Jo cual establecerá los mecanismos para captar recursos financieros y económicos. mediante programas de implementación conjunta, internacionalmente acordados; Qut: mt!diante la Ley 8 de 25 de marzo de 201 S se crea MiAMBIENTE, como la entidad rectora del Estado en materia de protección, conservación, preservación y restauración del ambiente y e l uso sostenible de los recursos naturales para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes. los reglamentos y la Política NaeionaJ de Ambiente; Que conl.onm: a lo dispuesto eo la referida Ley. MiAMBIENTE tiene entre sus atJibuciones, la fonnulación, aprobación y ejecución, en el área de su competencia. la Política Nacional de Ambiente y del uso sostenible de los recursos naturales, terrestres e hidro biológicos, cónsona con los planes del desarrollo del Estado y emitir las nomtas técnicas y administrativas para la ejecut.:iún de la Política Nacional de Ambiente y la µrotet.:t:ión de dichos recursos, en el área de su competencia; Que mediante la Ley 44 de 4 de octubre de 2016 se aprueba el Acuerdo Constitutivo del Centro [ntemacional para la Implementación de Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de los Bosques (lCIREDO). propuesta por Panamá. como presidente de la CuaJicióo de Países con Bosques Tropicaks. durante la pasada Cumbre de Cambio Climático, que busca promover de forma eficaz. justa y transparente la cooperación internacional, la colaboración y el ~ No. 28745-A Gaceta Oficial Digital, martes 02 de abril de 2019 3 comercio a fin de implementaJ actividades REDO-PLUS dentro del contexto de la Convención .vtarco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. tomando en cuenta la base cienlifica del Panel lntergubemamental sobre el Cambio Climático: Que en la Cumbre del Clima de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 20 14. una gran coalición de gobiernos, corporaciones, organizaciones indígenas. y organizaciones no gubernamentales firmaron Ja Declaración de Nueva York sobre los Bosques, que busca frenar. detener y revertir la pérdida mundial de bosques, y al mismo tiempo contribuir al crecimiento económico, la reducción de la pobreza. Ja seguridad alimentaria, la reducción de las emisiones provenientes de la deforestación, la conservación de la biodiversidad y el aumento de la restauración forestal; Que en 2014 se fomrnl iza el Gobierno Nacional ofici<tfü.ó su participación en la Alianza por el Millón de Hectáreas. alianza pública privada cuyo objetivo el-l reforestar un millón de hectáreas, en Jos próximos 20 años, que permita dismiouir aún más la tasa de deforestación de los bosques oaturales, aporte con la captura de carbono para convertir a Panamá en un país de bajas emisiones de carbono, además ele otros beneficios sociales, ambientales y económicos que genera la reforestación: Que en la 70• Asamblea Genera l de las Naciones Unidas, durante la Cumbre ele Desarrollo Sostenible. que tuvo lugar del 25 al 27 de septiembre del 2015 en Nueva York. se aprueba la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que establece una visión transformadora ha1,;ia la sostenibi lidad económica, social y ambiental de los 193 Estados Miembros que la suscribieron e incluye un conjuJ1lo de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) para poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia, y hacer frente al cambio cl imático; Que el Objetivo 15. sobre Vida de Ecosistemas Terrestres, plantea la gestión so::;tcnible de los bosques. la lucha contra la desertificación. Ja delem:ión y tnmsformación de la degradación de las tierras y pérdida de biodiversidad y específicamente la Meta 15.2 dispone que para 2020, los Estados Miembros deberán promover la puesta en práctica de la gestión sostenible ele todos los lipos de bosques, detener Ja deforestación, recuperar los bosques degradados y aumentar considerablemente la forestación y la reforestación a nivel mundial ; Que me<liante el Decreto Ejecutivo No. 393 de 17 de septiembre de 2015. la República de Panamá adopta los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), como una pauta para los esfuerzos de desarrollo del Gobierno de Ja República de Panamá; No. 28745-A Gaceta Oficial Digital, martes 02 de abril de 2019 4 Qut: mediante Ja Ley 69 de 30 de octubre de 20 17 se crea un programa de incentivos para la cobertura forestal y la conservación de los bosques naturales. en el marco de Ja Alianza por el Millón de Hectáreas Reforestadas en 20 años. Que mediante el D~cn::tu EjccuLivo de de 20 18, se reglamentó la Ley 69 de 30 de nctubre de 2017 que crea ua programa de incentivos para la cobertura foresta l y Ja conservación de los bosques naturales, en el marco de la AJianza por el Millón de Hectáreas Reforestadas en 20 años. DECRETA: Artículo l. Adoptar la Estrategia Nacional Forestal 2050. en el marco de la Alianza por el Millón de Hectáreas Reforestadas en 20 años. FUNDAMl:NTO DE DERECHO: Constitución Política de la República de Panamá, Ley l de 3 de febrero de 1994, Texto Único de la Ley 41 de 1 de julio de 1998, Ley 8 de 25 de marzo de 201 S. Ley 44 de 4 de octubre de 2016. Decreto Ejecutivo No. 393 de J 7 de septiembre de 2015; y demás normas concordantes y complementarias. COMUNÍQUESE Y CÚMP~ASE. Dado en la ciudad de Panamá, a los ( Jf (2019). ) días del mes de h'/~ () ~ JUAN CARLOS V ARELA RODRIGl'EZ Presidente de la República Ministro de Ambiente de dos mil d iecinueve No. 28745-A Gaceta Oficial Digital, martes 02 de abril de 2019 5

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