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尼加拉瓜的法律

Resolución Nº 6/15 - Regula la importación, exportación, comercialización y modalidad de uso del clorpirifos

颁布于 2015-04-20 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
尼加拉瓜
主题
Livestock, Cultivated plants, Waste and hazardous substances
关键词
drugs, registration, toxicity/poisoning, internal trade, international trade, animal health, pesticides, plant protection, hazardous substances
类别
*, agriculture

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. 27-04-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 76 el periodo del I ro. De Agosto al 31 de Diciembre del afio 2013, de conformidad a los Artos 2, 43, 49, 53, numeral 4 y 5) y 58 de la Ley N° 681, "Ley Organica de la Contraloria General de la Republica y de! Sistema de Control de la Administraci6n publica y Fiscalizaci6n de los Bienes de! Estado". (f) Jose Ramon Hernandez Peralta, Auditor Interno. Direcci6n General de Servicios Aduaneros (DGA). COMISION NACIONAL DE REGISTRO Y CONTROL DE SUST ANCIAS TOXICAS Reg. 5142 - M. 41536 - Valor C$ 285.00 RESOLUCION 006-2015 3-3 EI suscrito Presidente de la Comisi6n Nacional de Registro y Control de Sustancias T6xicas. CONSIDERANDO I Que el Gobierno de Reconciliaci6n y Unidad Nacional, con el fin de fortalecer el modelo de bienestar de !as personas, la familia y la comunidad, a traves de! cuido y resguardo de la salud humana, animal, vegetal y de! medio ambiente, y con el objeto de consolidar los mecanismos de regulaci6n y control de la importaci6n, distribuci6n, uso, y consumo de sustancias t6xicas y productos agroquimicos, ha creado por medio de! Decreto Presidencial No. 04-2014, del 11 de febrero de 2014 la "Comisi6n Nacional de Registro y Control de Sustancias T6xicas", como una instancia que coadyuve en la coordinaci6n de las politicas, acciones y actividades de todo lo relacionado a !as sustancias t6xicas. II Que la Comisi6n Nacional de Registro y Control de Sustancias T6xicas, en cumplimiento de sus fines y objetivos, como son la coordinaci6n de !as politicas, acciones y actividades relacionadas con importaci6n, exportaci6n, producci6n, comercializaci6n, distribuci6n, uso y consumo de todo lo relacionado a !as sustancias t6xicas, y en base al Acta No. 18, de Acuerdos suscritos por la Comisi6n en pleno, en Sesi6n de Trabajo ordinaria No. 2, realizada el dia 08 de Abril del 2015. RESUELVE Primero: Se establecen estrictas regulaciones para la importaci6n, exportaci6n, comercializaci6n, formulaci6n, distribuc·ion, reenvasado, empaque y modalidad de uso del CLORPIRIFOS a) Se Prohibe el uso domestico, incluido ornamental, jardineria yen mascotas. b) Se Prohibe el uso en Salud Publica. c) Se Prohibe el uso en los siguientes cultivos: Mango, tomate y cultivos bajo ambiente protegido, arroz de inundaci6n o anegamiento. d) Se prohibe la aplicaci6n de! Clorpirif6s por via aerea. e) En las epocas de floraci6n, nose permite efectuar aspersiones al follaje en horas de actividad de las abejas. t) Las formulaciones granuladas estan autorizadas (micamente para aplicaciones dirigidas al sue lo mediante el uso de equipo especial. Segundo: La Comisi6n Nacional de Registroy Control de Sustancias T6xicas autorizara usos e importaciones que no prohibe la presente resoluci6n siempre que cumplan con todos los procedimientos establecidos, ademas seran objeto de supervision y vigilancia por parte de esta Instituci6n. Tercero: La Comisi6n Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas a traves del Sistema de Vigilancia de! MIN SA, MAREN A, IPSA y la Direcci6n General de Aduana, seran los responsables de velar por el cumplimiento de las medidas establecidas en la presente Resoluci6n. Cuarto: Der6guese el articulo 3 en lo referido al CLORPIRIFOS de la Resoluci6n O 1-2014, otorgada por la Comisi6n Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas y publicada en la Gaceta No. 49 el dia 13 de Marzo del 20 l 4. Quinto: Comuniquese y publiquese la siguiente Resoluci6n en cualquier medio de circulaci6n nacional. Sin perjuicio de su posterior publicaci6n en la Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua a los veinte dias de! mes de Abril de! afio dos mil quince. (t) Ulises Narvaez Vargas, Presidente de la Comisi6n Nacional de Registro y Control de Sustancias Toxicas. FON DO DE MANTENIMIENTO VIAL Reg. 5147 - M. 42205 - Valor C$ 95.00 FONDO DE MANTENIMIENTO VIAL AVISO DE CONCURSO PUBLICO El Fondo de Mantenimiento Vial (FOMAV), en cumplimiento de los Articulos No. 98 y 301 del Decreto No. 75-2010 "Reglamento General de la Ley No. 737 Ley de Contrataciones Administrativas de/ Sector Publico ", comunica a todos Ios interesados en participar en el CONCURSO PUBLICO, CP-03-2015, para la contrataci6n de los: '"Servicios de consultor individual para la supervision del mantenimiento rutinario por microempresas asociativas de mantenimiento vial la union del sur", que a partir de! dia de hoy, esta disponible et Pliego de Bases y Condiciones. Los interesados pueden acceder a toda la lnformaci6n (Convocatoria y Pliego de Bases y Condiciones) y como obtener los mismos, por los siguientes medios: 1.- Oficina deAdquisiciones de! FOMAV, 2.- Portal Unico de Contrataciones (www.nicaraguacompra.gob ), y 3.- Pagina Web del FOMAV (http://fomav.gob.ni). (f) Lie. Claudia Obando, RESPONSABLE DIVISION DE ADQUISICIONES. FONDO DE MANTENIMIENTO VIAL. 3806 Colecci6n Digital "La Gaceta" @ ASAM BLEA NACIONAL Digesto Jurfdico Nicaraguense • .... NICARAGUA

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