Resolución Nº 5/09 - Concesiones mineras en la Cuenca del Río San Juan
颁布于 2009-09-23 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 尼加拉瓜
- 主题
- Mineral resources, Water
- 关键词
- river basin institution, freshwater pollution, ecosystem conservation, effluent waste water/discharge, pollution control, basin/catchment/watershed, inland waters, institution, governance, mining, concession
- 类别
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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文本
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1. Exhortar al Gobierno de la República de Nicaragua a revisar las políticas de promociones y otorgamiento de las concesiones mineras en la Cuenca del Río San Juan, adecuando la legislación vigente en esta materia para evitar la instalación y operación de empresas que puedan contaminar el ambiente y causar daños irreversibles a estos ecosistemas.
2 — Solicitar al Poder Ejecutivo la cancelación inmediata de los trámites de solicitudes de permisos
2. Solicitar al Poder Ejecutivo la cancelación inmediata de los trámites de solicitudes de permisos ambientales y de concesiones mineras en la Cuenca del Río San Juan, valorando las posibilidades de una moratoria indefinida para la minería química a cielo abierto.
3. Garantizar implementación del Marco Legal e Institucional que proveen las Leyes Nos. 620 y 626, que permite la promulgación y aplicación de las Políticas Públicas para el aprovechamiento racional y protección de los Grandes Lagos y el Río San Juan en el interés nacional.
4. Instar al Sistema de Integración Centroamericana (SICA) a promover el cumplimiento de los Convenios Regionales e Internacionales suscritos por los países de la Región, en defensa de los ecosistemas en general.
5. Solicitar a otras instancias regionales, como la Asociación Mundial del Agua (GWP), Comisión Interparlamentaria Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CICAD), la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) y el Parlamento Centroamericano (PARLACEN), a incluir el tema de la minería a cielo abierto en sus agendas de trabajo, con el objetivo de incidir en los gobiernos, en los políticos y demás instancia regionales vinculadas al tema ambiental y a continuar con los procesos de educación y capacitación ambiental de la población.
6. Solicitar a nuestros homólogos costarricenses, a través de las instancias regionales correspondientes, la revisión y derogación del Decreto en el que se declara de interés público y conveniencia nacional el Proyecto Minero Crucitas, en virtud de que contraviene la legislación ambiental nacional e internacional, promoviendo binacionalmente un desarrollo humano sostenible, con amplia participación en el uso de los recursos naturales disponibles. 7. impulsar desde la Asamblea Nacional, la elaboración y aprobación de un instrumento legal que de manera particular, defina y regule la participación y el desarrollo integral de la Cuenca 69, de los Grandes Lagos y el Rio San Juan, cuyo comportamiento hídrico es transfronterizo.
8. Publíquese esta Resolución en la Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presiente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.