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Nelum
尼加拉瓜的法律

NTON 05 029-06: Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense para las actividades mineras no metálicas

颁布于 2006-11-23 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
尼加拉瓜
主题
Mineral resources
关键词
mining, erosion, pollution control, exploration, environmental standards, standards, protection of environment
类别
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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文本

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  1. 3.11 Materiales Esteriles: Son [as sustancia5 que rodean el mineral util, cuyo III aprovechamienl\l econ6mico no es factible 0 atractivo para la operaci6n QtP: ~c; ,"cqu;(;(C" c~taVkc,.Cl UUd llurrnatrll".;I pnrrll: kI. mincFi./t lID rru;;tiI.};ca, en 1o.:J lnlnCl'n vn ,c.jccu.eion, aspectos tecn;cos en cl marco de la Ley Especial subre Exploracion y 3954 26-06-08 LA GACETA - DlARIO OFICIAL 121 3...ll...Lstres.~o pur..Cak>r; Es la carga neta de calor en el cuerpo como cxplotacion minera no metalica acorde al mctodo aplicado. consecuencia de la contribucion producida por el calor metabolico y de los c) Garantizar en las zonas de excavacion seftales de seguridad para advertir factures cxternos como son: temperatura ambiente y cantidad de vapor de a los trabaj adores del pe li gro a que estan ex puestos, agoa, intercambio de calor radiante y e] movimiento del aire, afcctados a su d) Realizer una adecuada scleccion de sitios de acopio para la disposicion vez pol" la ropa. lemporn) I) permanente del material csreril '1/0 de la tierra fertil. 1.]3 Ex~jon: Abarca todo eI conjunto de trahajos superficiales y 4.4 Las grasas, aceues, combustibles y cualquicr otto producto quimico profundos cjecutados con el fin de establecer la cominuidad de los indicios utilizado y sus residuos, se rnanejaran de acucrdo con las lcyes y norm as descubicrtos por el reconocrmiento: adernas de detcmlinar la exisrerrcia vig"ntes. En ningull casu podrJn set descargados al suelo. inyectados iiI efectiva de yacirniento y estudiar sus posibilidades y condiciones de cxplotacion subsuelo 0 arrojados a cuerpos de agua. futura y de unhzacion industrial.

  2. 4.5 Previo al inicio de actividades de explctacion minora no rnetalica, In> 1.] 4 C~ de .3.gWl.; Son aquellos recursos que se encuentran en la concesionarios deberan obtener el permiso ambienlal del MARENA 0 del naturaieza, 0 en cl ambientc (creado) que pueden ser aprovechados pOT el Consejo Regional Autonomo correspondientc, segun la legislacion arnbiental hombre para su subsistencia 0 desarrollo tales como: acuifcros, manantiales, vigente. arroyos, riOS, laguna" lagos, mares y oceanos, 5. EXPLORACION. 3..15 E~s: Areas de trahajo donde se labore totalmente a la intemperie.

  3. 5.1 Las labores de exploracion en areas ecologicamente fragiics se regularan 3..l.6....Gl:stion ~gos: Es toda aquclla actividad dirigida a adoptar rnedidas de acuerdo a la legislacion ambiental vigente. prevenuvas a Iln ue enrntnar 0 al menus renuclr los erectos aaversos a la seguridad y la salud de cada trabajador en el puesto de trabajo. 5.2 Los accesos temporales, sc haran con on aneho maximo dc 5 metms y causando eI mellor dano a Ia vegetacion, Cuando sea neccsari a la tala de 3..l2.1lllmedad..Rclilliva; Coei enre entre presion parcial del vapor de agua en arboles, se solicitara cI perrniso de corte rcqueridn por las regulaciones cl aire y la presion de saturacion del vapor de agua a la misma tcmperatura fnrestales vigentcs, "'''I-'' e,a<.lll en purccrua]e, eu iunclun de \a pl",i,,,, parclal l1e1 vapor y <Ie la temperatura del aire, 5.3 Las trineheras y pozos que sobrepasen un metro de profundidad en suelo illestable, se deberiin desarmJlar con Jas debim.s "bros de eSlabiJizacion, para 3.l..lL.1Jili,rio~Logares 0 centros de trabajo donde se labore bajo \echo. Ia seguridad del personaL 1.lV'Ii,~i ...o~. El Ili.d .up""im <I" la LUll" <.I" ~IUH1";UII ell 5.4 CU""U" las II i"d'el3' U [JU£U' ,ul.>'''[JMell lu. 30 {:II' 1.1" [Jru ru,,<.tiua<l las cocas permeables. Es una linea de f1uctuacion pobremente demarcada que debccin estar protegidos para evilar que ;-eres llum8r"$ 0 animales caigarl divide el suelo salurado (en el eual todos los porus disponibks estan llenos accidentalmente dentro de estos. EI material extraido de las trincheras 0 de agUll), yel soelo nOsaturado (todavia humedo) donde los porus aun pueden pozoS dcbeni ser preservado para ser utilizado como relleno, Ian pronto absorber mas agua. como se terminell las labores de mapeo y moestreo en los mismos. 3.20~0 ~sici6n Termica: Lapsn de tiempo durante el cual el 5.5 La plataforma para colocar las maquil1as de sondeos debeni tener el trahajadQr esta sujeto a la condici6n lermica. tamano maximo de 100 ml para ejecutar las operaciones de forma segura. Todo el material removido en la eonstruccion de la mi~ma debe almacenarse 3.2.L.£mo~cupcraciJ1n d~ci6n...krmil;a: Lapso de tiempo que para su rehabi! itac ion. perm i.t~ 0 l trubnj ndor NiJtpbloccr 3U cq ui l"brio tCJYT11CO notuml ~ sin pcl'jud~~nr su salud. 5.6 Los pozos para la retencion de lodos y fluidos de las pertoraciones deben ser rellenados y reslllurados inmediatamente despues de conc1uir los sondeos. 3..22 Ero1&l:>;ion AtnhitDtal: Conjunto de politicas, instrumenlos, acciones, Se removera todo tipo de desecho generado por estas operaciones. obms de ingenieria y medidas encaminadas a evitar, mitigar, corregir 0 cornpenv.or ]00 alle:rDoJoneo ncgotivQ.t1o lo-;} impa.'Ul:Of!, o.mbientalC::J que puodo s .7 LOB tubcrio:::io de en enrnlGOO0 d'Cj nao.::l en loa -:Jondeoo nO pod.nln ;tobrcso Iir provOCIIr generar 18 ac,i,'idad minera en ws diferentes faClOtes ambienraks mas de 0.5 m soVre la supe-rude- del tUff'no. Dicha;; IlJbe-.rias deber:in cstar presentcs en el entomo donde se desarrolla dicha aclividad. selladas y visiblemente marcadas para prevenir accidenles. 3.~tauraci6n: Conjunto de actividades destinadas a rccuperar las areas .s.8 Las bombas de agua lienen que estar mOlltadas en bandejas 0 colltenedores sometidas a e~plo(a(: ion mjl"u~ra. de nt,1;(iJ"rial ab&,:'cOOnte, d'€J tal lonna qU8 d aocid4;l'11Ulmente t;e prodvc~ l.]l1' derrame de combustibles 0 aceites, estos no entren a las fuentcs de agua. 3.24--.Ya.1m Li~isihk: EI limite de expoS\elOn a un agcnte fisico, qllimico y biologico no puedc ser oobrepasado en una jomada laboral dc 8 5,9 Se dehera mantener materiales absorbenles capaces de conlener la h diaria~ 0 40 h semanales 0 al valor limite de una indicador especitieo en maxima descarga accidental de contaminanleS tox icos y/o peligrosos. funcl0n del 9gentf:" de que- ~ lr:.litc.

  4. 5.10 Los suelos removidos de los caminos de acceso temporales debenin ser 4. D1SPOSIcrONES GENERALES almaccnados para ser utilizados posteriormente en su rehahi litac ion ,

  5. 4.1 Tudo intercsado en aprovecbar minerales no meti.licos debe de aplicar 5, II Se debeni con tar con eqoipos extinlores contra foegos segun la magnitud ~ lo!'O: tn~rn~t~ .... (If~ f."tClrg::llm'~htfl li~ c:on('"P.r;;:jC'llnif":~, l\~~~nl":i~!O; y rprrn i!'U'll~, diP rl€'l np.Q.,gn pot,pt1(,,1~1 ~el ~11io fie: tTIlb~j""" conformidad con las rcgulaci')nes de la Ley 387, cumplir con las normativas ambicntales correspondientes y la presente norlllativa tecnica. 5.12 Lns cquipos e insumos debemn mantenerse alejados de las fucntes de agua y/o logares en que puedan representar peligro para los seres humanos

  6. 4.2 Todas las personas naturales 0 juridicas que realicen actividades de o el medio ambieote. pxp"'(}raf~;hn y exp.Jnt,'lciim .dp Jo.ii; reCUNO.If: mjneT.o;J}e.4iio nO mr-taJkn.'. ; d~.hen cumplir los siguientes requisitos: 5.1J Lo~ IIlnqoes de combustible 0 produclos quimicos, grasas 0 aeeites de mas de 40 litros scrim almaccnados en zonas imperrneahles eon bermas 0 a) Utilizar en los sitios de trabajo los equipos de pmleCel{)n personal de muros que poedan conlcner de forma segura on 10% mas de la cantidad aeuerdo a 10 cstablecido en las Nomlas Ministeria/,-,;; labornJes relatiws a. kJs almacenada en los tanqucs. Adetmls de mantcncrlos en recipientes cerradlA~ eQuipos de protecci6n personaL e idenIificados. b) Garantizar Un ambiente de Irabaju seguro, para las activ idades de 3955 26-06-08 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 121 ).1 4l'llando rcsultaren areas oegradadas 0 aneradas en sus tactores arnmentates 6.3.4 101 smo de atmacenarmento temporal de la capa tertii uebera ser bien producto de Ias act ividades de exp Ioracion se debera cjecutar un Programa drenado y protegido contra los procesos erosivos del viento y el agua. El suelo arnbiental que permita la recuperacion de 105 valores arnbientalcs afectados, debera ser depositado en rnontfculos que no superen una altura de 2 metros. Se debe evitar la perdida de nutrientes y microorganismos para 11) cual el suelo 6. EXPLOTACION nn debe ser sometido a proccsos de compactacion, cvitando la utilizacion lie material smtetlco sobre los rnonuculos y estar protegioo de los r"yos 6. \ Localizacion de yacimientos: solares con una cobertura de materia vegetal. El tiempo de alrnacenamiento del suelo no debe ser mayor a 2 anos. 6.1.\ Los yacimientos uhicados en areas donde exista acui leros subterrancos, el concesionario debeni someter a MARENA un estud"" lecnico de- viabilidad 6.3.5 E.~IOS monticu)os, coo Ja finalidad de minimizer 1" accion de los agenres ammenrai para oernostrar ra companmuuao lie ta acnvtdan lie ia explotacion de tntcmpensrno, deneran scr revegerados ya sea de manera natural 0 con la ocurrencia del recurso. Se exceptuan de estas dispnsiciones los rcforestados artificialmente, En el caso de que 10 anterior no sea factible, acui ferns culgantes. estes no deberan ser eubiertos con materiales impermeables, excepto durante penodos muy cortos y cuando por ernergencias naturales se tcquiem de eszss

  7. 6.1.2 Si durante la explntacion del yacirniento, sc presenta ocurrencia de agua medidas, de acufferos cotgaures, SC debera de garanuzar la exiracclon uel vulumen de agua que pcrmita el aproveehamiento normal del yacimiento, EI agua extra ida puede ser aprovechada para cI riego de plantas, para la aspersion de los caminos y reduccion del material particulado, en ultima instancia 6.4. I En la actividad minera no metalica, queda tcrminantemcnte prohihido conducida hasta el sistema de drenaje natural mas cercano al sitio de el vertimiento directo de desechos 0 Iiquidos originados por la actividad eXl'lu(a~ fu". JHjJJ~I,j:1, d cualquici \::Ut::LpU de .a~Ui.1..

  8. 6.1.3 Se debera de garantizar que los equipos nu presenten fugas de 6.4.2 Implemcntar rnedidas de prevencion, para mimrmzar 13 alteracion y cornbustibles ni grasas que puedan contaminar el agua de los acuifcros la contaminacion al arnbientc ell los cruces de corrientes de agua, tales como colgantes que ernanen durante cl aprovecharniento del material. erosiOn y dernlme de aceires.

  9. 6.1.4 La actividad de extraccion de los minerales no metalicos debe estar a 6.4.3 En el bencficio del mineral, se requerira la instalacion de atomizadorcs una distancia minima de cien metros (100 m) entre el sitio de extraceion y de agua Q coleetores de polvo en los puntos donde la generadon sobrepase los cuerpos de aguas .uperlkiales. los \fmites permisib1cs. G.l.5 La. "di-.-i&d d~ extrocd6n d" 10" minerolo" no mota1i,,03 dobe ,,~tllr 6.-1.-1 W~~ opcrnolnnc:3 minerun no TTlotalicQO qu~ (;,e "nmp-letroenten OOh ~l localizada a una d;~tancm no menor tle 100 metros del dcrecho de via de las beneficio de minerales y cuando estas generen emisiones de material carreteras, eaminos vecinalcs publicos, hospitales, eseuelas, iglesias y particulado en suspension que superen los limites maxim<Js permisibles centros recreativos. Con excepcion de 10 establecido en el articulo 68 de la deberan <Ie instalarse meeanismos de COntrol y mitigacion eontando como ley No. 387 Ley especial de Exploraeion y Explotacion de Minas. mlnimo un monitoreo annal para mantener cI control de las conccntmeiones .dEP- )o.!" eJ~17UP11tDS e:rnit~dDS ~ l.:l .9t.mb~f.e:ral

  10. 6.1.6 Las actividades de explotacion minera que se ejecuten a una distaneia inferior a 5000 m de los aeropuertos el concesionario debera gestionar de 6.4.5 Previo a las actividades de e><plotacion se debe eseoger y vreparar los previo Un pcrmiso ante las autoridades de AERONAUTlCA civil. bancos de explotaeion, eonsiderando los sistemas de drenaje para el manejo de las aguas pluviales. 6.1.7 l..~ un.Q"hunil ~ lOG c:;a.mLt10S ot;! :accoso :::a.l !i:ltio -d'li! C'ars~ dt:'l miner..ll como a otras instalaciones de la cantera deberan tomar en cuenta las espccificaciones 6.4.6 Las bermas deberiin tener un declive longitudinal del orden del 1% y leenicas del elluipo utilizado y deberan estar adecuadamente senalizados. transven;al maximo del 2% hacia cl lateral interior pam el escurrimienlo de Ias aguas Viuv iales. (-, ~ M~n~j" <1,,1 M;nN~1 y <1,,1 MMerial F.'l~ril:

  11. 6.2. J La nemocion de 'll "cgCla<;;Qn 51:: debera realizar sepamdamente Jl la remceion de suelo fcrtil y mJlteriJll estcril que puede estar sobreyacente al 6.5.1 Los materiales estcriles serlin vertidos en lugares adecuados, de acllerdo mineral. con los siguientes eriterios: 6.2.2 , .:.1, rcmO('li~n de 1::1 VPBPtfllr1"n ne:hP.ni N""JI ri7~t~p: C'.on l()~ C:l],n-j[i('~!{ y nlf~dio~ aj A lejaoolO de >!:DIUllO nabitada.•. dcntro del perimelro de 13 eoneesion 0 area tecnicos que garantieen un mejor aprovechamiento de la misma, asi mismo autorizada. no Sf podni haeer uso de quemas para su eliminaci6n. La vegelacion de porte b) Con cavaeidad sufidente para el manejo efectivo de los estcri les arb6reo debeni tener un aprovechamiento y destino adecuado, de modo que producidQ8 a 10 largo de la opeT3eion. ,e asegure una mejor utilizadon de los recursos forestales segun la e'pecie. c) En lugares afectados por cortes y e><cavaciones. d) Cuando el depOsito se realiee sobre eI terreno nalural, se eseoReran

  12. 6.2.3 Previamente a la rem~ion de la vegelacion se debeni delimitar cl area preferentemente terrenos llanos 0 de pendientes suaves y estables. Para usar a remover para diferenciar13 de- las are1ls de vegclaci(m a ser preservadas. Es terrenos con pendienles fuerles, se e><igira eI levatltamiento de un dique de obligacion del eoncesionario 0 titular del derecho minero, proceder a la contencion, eonsltuido con materiales que garantieen Sll funcion y \a reforestaci6n de los lotes agotados. eonstruccion de un sisterna de drcnaje de las aguas de escorrenlia. 6_5.2 Los bancos que se confonnanin debenin tener entre cada uno de ellos una berrna de seguridad bien definida con una anehunt minima de 4 metros,

  13. 6.3.1 Para el manejo de la capa fcrtil del suclo se debera establecer los sitios adecuados para su almacenamiento y posleriormente .er utllizada en las 6.5.3 Cuando la explotacion cs a cicio abierto y se haga con el usn de IJlhores de reeuPeracion ambiental. explosiYos, se debed cumplir con las siguientes distam;i"s minima.~: 1i.3.2 La deposicion de estos suelos se ejccutani cvitando la erosion y arrastre . 100 metros de distancia entre el sitio de la eXlrdccion y eI limite de seguridad por esc orren I j 3S 0 v j CJJ to. pam voladuras. E~la sera la distancia que el operador de la mina debera mantener libre de eonstruetiones y viviendas y aeceso publico con eI lin de

  14. 6.3.3 Nose perm i te Ia deposieion Iemporalode finitivade tierra terti I o evi tar aceidcntes durante la vOladura de 1as roeas. material de desecho minero fuera del area de la eOllcesion. . 100 metros de distaneia entre el limJl.e tinal de )a extracclon y el IImlte de 3956a propiedad de la mina. 26-06-08 LA GACETA - D1ARIO OFIC1AL 121

  15. 6.5.4 Los rcaiduox ao Iidoa de lD~ opcrecionos mincraa, cntc s de acr dcacergedoe, R.J En 10:; caeoa que Ill. cxplOLuCioTl de uTl yncirrriorrto rru ncoo no :"!oil: lljU;:'!h:; dcbcran scr clasificados scgun sus caracterlsticas y pcligrosidad. Los residues al anexo I el titular de la concesion minera debera someter a la aprobacion toxicos 0 pcligrosos dcbcran ser rcsguardados de rnanera segura y aislada del de ADGEO un disciio de taludes que garanticen su estabilidad, arnbiente, Para tales fines se usaran contenedores especiales que impidan la contaminacion de las aguas y los sueios. 8.4 Grupo I (Arena y Piedra Pomez),

  16. 6.5.5 Las grasas, aceites, combustibles y cualquier otro producto quimico 8.4.1 El diseiio de los bancos de explotacion de pornez deben ser considerados utilizado y sus residues, sc manejaran dc acucrdo con las lcycs y normas en base al analisis tecnico por inspecciones especificas en el sitio. vigentes, En ningun caso podran ser descargados al suelo, inycctados al subsuelo 0 arrojados a cuerpos de agua. En los casos de presentarse la 8.4.2 Previo a las actividadcs de cxplotacion se debe eseoger y preparar los conl:l.t'I'Iln:lciOn ~e implernenL:l. r-iin lnrnedi:}.l:l.rt'l-ent4i!l lc e -ned id ac de bencoe de explotnci6n, concidercndo el drcncje y control do lc crceion. rernediacion.

  17. 8.4.3 Los subproductos 0 rnatcrialcs dcrivados del proccso de cxtraccion,

  18. 6.5.6 Si durante el procesamiento de los minerales no metalicos se utilizara clasificacion, empaque y/o carga, deberan almacenarse temporal mente en cualquier sustancia toxica 0 peligrosa, se debera mantener un estricto control un sitio preestablecido de modo que no se interfiera el area normal de trabajo. de la~ rn ierrrae. I!...:.t.o~ conl.r.ol~~ inc1u1cin un pereonal debidemente entrenado en el uso de los mismos. 8.4.4 En las vias de circulacion interna de la explotacion se deben aplicar medidas de control del material particulado en suspension. 7. ABANDONO DE MINA Y PLAN DE CIERR.£

  19. 8.4.5 EI transporte de mineral con cquipos propios del titular de la concesion nlinp:nI fllPr.:II 11f"' I!=I~ v":s:IO:;: rlP c;rrllls:lriATl mterrta ,-lphf..,d IO:Pr- [lrnvl...-:hl ti~ Inldn.:::. l"'Ta evitar que el viento provoque su csparcimiento.

  20. 7.1.1 Las ernpresas mineras deberan elaborar un plan general de cierre, que incluya: 8..5 Grupo II (Toba y Marmol). Propuesta de aItem ativas de usos futuros del area, · I . Tf"" rperaci nn ,I.. ,IT"" rl"e",,,bd as por acrivid ades de ex plotac i on. ft-".I En la explotacion de mineral tobaceo. para la extraccion mecanizada · Desmontaje de construccioncs y otras instalaciones para las cuales no este y comerciaIizacion de piedra cante ra, que por su siste ma de extraccion y sus prcvisto un uso futuro. caracteristicas fisicomecanicas sc rcalizara por medio de taludes de 90 · Obras que tengan como objetivo garantizar la estabilidad flsica, reducir grades. Se cequiere que el materia I de descapote se con forme cOn un ta Iud erosion, sedimentacion, evitar derrumbcs y cvitar otro tipo de contaminacion entre 45 y 70 grados para garantizar su estabilidad y que su base este poT 10 ambiental del area a lareo plazo. menos a un metro del verticc superior del talud. Accioncs que reduzcan el riesgo de accidentalidad.

  21. 8.5.2 La explotacion del mineral en este grupo debera ser reaJizada por medio 7 2 RecuperacioD de Areas Degradadas por Actj vidades de E)jplo1llciQD de plazas 0 baneos disenados de tal lonna que pennitan la estabilidad de las obms mineras y la seguridad de los trabajos. 7.2. 1 Toda empresa minera debera elaborar un plan de recuperacion de areas degradadas por la actividad de e)jplotacion, el cual deber;\. estableceT los 8.5.3 Previo a las acti vidades de exp lotac ion se de be escoger y prepann las objetivos de recuperacion, los plazos de aplicacion y su revision petiodica. plazas 0 bancos de cxplotacion, eonsiderando los sistemas de drenaje para eI manejo de las aguas pluviales.

  22. 7.2.3 Las acti vidades min imas de recuperaeion de areas degradadas por la actividad de explotacion incluye las siguientes medidas: 8.5.4 En las plazas 0 bancos una vez e)jplotados, sc debeni de suavizar las pendientes de nivel inferior de explotacion y los accesos cOn maleriales o Limpieza total del area inertes y dotarlos de un canal peri me lral en la parte superior para controlar o ConfOl11lacion de taludes, segim el grupo de material. las escorrentias. o Reposicion de suelo tertiI. o Refurestar eI area. RS5 Instalar una cortina vegetal para minimizar eI impacto visual de la o Disponer adecuadamente dc todos los equipos y estructura~ que se exp Iotacion. encuentren en las areas de trabajo. {) Re llenar y compactar todas las fosas, drenajes para evitar caidas 0 8.6 Grupo 111 (Areilla). entrampamienlo de la fauna silvestre. o Instalar obras de drenaje para el manejo de escorrentias. 8.6.1 Los bancos que se conformanin de acuerdo a las espccificaciones en eI anexo I, salvo las excepciones que presenta la presente norma. 8. DlSPOSICIONES ESPECiFICAS DE LOS GRUPOS

  23. 8.6.2 Previo a las actividades de explotaci6n se debe eseogeT y preparar los

  24. 8.1 La explotacion dc yacimientos no metalicos se realizani. bajo el diseiio bancos de expIotacion, co nsiderand 0 eI drenaje y contro I de la erosi on. de taludes, tales que la geometria de estos y las precauciones tomadas para su construccion, posibiliten su estabilidad durante su vida util. 8.7 Grupo IV (Basalto" y Riolita).

  25. 8.1.1 En el anexo I sc cstablecen las reglas pnicticas de construccion de 8.7. 1 Los tal udes resu hantes de Ia ex pI"tac ion de yac im ien tos de basalto y taludes para 105 diferenles grupos con alturas de bancos de hasta 15 metros. riolita podran eonfol11la"", con angulos de inclinacion de hasta 90 grados. Cuando estos materiales presenteri' alto grado de fracturamiento ylo alteracion Estas reglas pnicticas se cumpliran en las siguientes condiciones: Ia contonnac u'm de los tal udes se rea I1zaran de co nfonn i dad a 10 estalll ecMo en cJ anexo I. . Se haya efectuado una visita al sitio de e"traccion, identificado el tipo de mea 0 material y su estado. 8.7.2 Previ 0 a Ias acti vidades de exp Iotaci on se de be cscoger y preparar I"s , Se tenga la seguridad de que no existen condiciones especiales que amcrilen bancos de explolacion, consider..ndo el drenajc y control de la erosion. amilisis: existcncia de superficies probables de deshzamlento, IluJo de agua y vibraciones causadas por explosivos. En tales casos sc realizam el anal isis 8.8 Grupo V (Yeso y Caliza). geominero correspondiente.

  26. 8.8.1 Los taludes resultantes de la explotacion de yacimi"ntos de ycso y

  27. 8.2 EI yeso y piedra pomez se lratanin cn eI grupo de calizas y arenas caliza podnin conformarse con angulos de inclination dc hasta 90 grados. CUiiIUJU t:::llos !lli1u;:li.i11t:::s PllI;=;)II;=U'lot::JI ~Ilu !;Iadu de il-~tul-lnnit;.nto y/o ulh;·[".u~j6n correspondien temente. 3957 26-06-08 LA GACETA - DlARIO OFICIAL 121 I~ C.OUrl..Hllldl.-illl1 de los teludce 3Co n;.;lli.l.d.ldll '-.100::; 'l.rollfonnidad " 1'0 1';=L)~i.1ulll;1,...i.Ju en el anexo

  28. 9.4.1 EI titular de derccho rninero tiene la obligacion de establccer ~ .8.2Previo a las actividades de explotacion se debe cscogcr y preparar los disposicionas basicas de seftalizacion cornu medida eomplementaria de buncos de cxplotacion, cnnsiderando cl drcnaje y control de la erosion. protcccion al trabajador, la de igue l fOJlII~ se Ud'Cld capacitar, oricruai II;: il1fUIJlJitl aUt:l,..Uat.l.,1.IIIr;:::lIl~ a h.J~ 9. HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL trabejadores sobre e! significado de las seftales,

  29. 9.1 Xondiciones Laborales: ~L5 Transporte ?" 1,' La;:,. obi iguc ionco de ordcn lub-oral comre.idos por loa tituill-TC'-' de tiiCfi:;cho 9.S,JP'o.ru 11;[ treeledo de TTldt1.:-rlul(;;jo fU(;:f"11 del aitio de ~~plotAlI;i6n \.h;lx::ldll mincro con sus trabajadorcs, scran de su exclusiva respunsabilidad, utilizarse carpas en los camiones para el control de material particu lado en suspension.

  30. 9.1.2 Es obligacion del titular del derecho minero regular su relacion de trabajo con sus empleados por medio de contratos de trabajo u otros medics 9.5.2 Todos los vehiculos, utilizados en la operacion minera deberan cumplir do contr-nlnci('m que- gcccrdn de l:OdO~i lon dcrcchcs Y gorantias cotoblccidoa con e l Dccrcto No. 32 97 Rcglamento Gcncrwl Poro 'Bl Control De en el cudigo del trabajo vigente. Emisiunes De Los Vchiculos Autornotores De Nicaragua.

  31. 9.2 Higiene y Seguridad: 9.5.3 EI vo lumen de material cargado y transportado ya sea por la emprcsa o particulares no debera superar la capacidad de carga del equipo de

  32. 0.1.1 Los. tuolarce de derecbos m incros tienen l~ obllg:.l.C10n de p.re£erv~ b. tran!lil po rte , salud y la vida de su personal tecnico y de sus trabajadorcs, as] como exigir al subconrratista el cumplimiento de esta rnisma obligacion, aplicando las M. Usn de eXplosivos normas de higiene y seguridad en las minas vigentes en el pais.

  33. 9.6.1 Para el uso de explosives, el conccsionario de derecno minero, deberii 0.1.:2 Cada emprel'::i debe claborar ~n Real:amento Tecnico ()r-,y::Lni,t.ativo en ?plif.·..n· '~t: nOrnt9!!ii: de !!i'oe-Sllrid:';H:~ I;> hieip.nj7> minera establec-idae ~ pl Rr-gf amerrto Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo-autonzado por eI Ministerio de General de Higiene y Seguridad del Trabajo ell las minas. Trabajo

  34. 9.6.2 Para et uso, transporte e importacion directa de explosives en las

  35. 9.2.3 Los t itu lares de derechos m ineros estan en Ia obl igacion de in forrnar actividades mincras se debera curnplir conforme a los proced imientos, y enpaoitur 9 IQS' ';;"pl;;"r.:.dnrP';:; llfl: l"f]llipo,.-: ,d..=;o l'f'!.Ih~jn !=It":f"'Tr:!=ll de 1: 111", : 'nc;:tnll"'{';nnp'i:. liC':f'n..-.i:l!ll y rt"'fJlIllO:itn~ p~l~hle('iclfl"" en Ln T.t"y ; 10 "I ey Especial P:U:l FI establecidas en el manual de operacion de los equipos. Control Y Regulacion De Annas De Fuego, Municiones, Explosives, Y Otros Materiales Relacionados" y su Reglarnento. Queda expresamcntc prohibido

  36. 9.3 Riesgos profesionales: la compra de explosi vos a personas naturales 0 juridicas que nu estcn previamente autoril.3dos por las autoridades policiales cornpetentcs. <}'l.1 F~ nhligncion de In' tilulares de derechn' mineros notificar a las autoridades competentes los aecidentcs y enfermedades profesi ona les 9.6.3 Cuando la explotaci6n se realice con cl uso de explosivos sc deben ocurridm; en su centro de trabajo C investigar las causas de los mismos e eumplir las siguientes medidas en el limite del area de operaei6n de la mina: indemnizar como 10 establcce cI <:6digo del Trabajo y la Ley de Scguridad Social. 9.6.3.1 Incluir en eI plan de voladura los proeedimientos para resguardar la seJ!:uridad de los empleados, pobladores, vida silveslre y propiedades, previo 9.3 .2 Los t itulares de derec hos minem lien en la obI igacion de protcger al a la ejecuci6n de cualquier tecnica que implique el uso de explosivos. Para Irabajador de los riesgos laborales que no se puedan evitar, a traves del uso este efecto, deben usarse voladuras eontroladas y tccnicas de pn)leccion de equipos de protecci6" personal, los cuales debenill ser proporcionados por cWIlldo csta operacion se realicc = 1I lugares pcrrnifidos. eI ernplcador de manera gratuita y acorde al puesto 0 aelividad realizacta y velar por el uso. efcctivo v mantenimicnto del mismo. 9.6.3.2 Las voladuras solo podran realizarse en horario de 6:00 h a las 18:00 h (6:00 a.m a 6:00 p.m).

  37. 3.3.3 Medidas de higiene y seguridad ocupacional Los titulares de derechos minero deberiin cumplir con las medidm; que se estableeen en la siguiente 9.6.3.3 Cada trabajador debeni eontar con eI equipo de proteccion personal labIa: estipulado segimlas normativa nacionales de Higiene y Scguridad OcupaciOlwl. --~ ARFA _ -r'4jl\l'O .• R[E~O V!lJ I.J~ T1-W!.:I,;.,in.u...... 14pOI1f':::, PU1d" Jllatcca60 audj'U"6l. lo:rnac 9.6.3.4 N Q penn iti rei ingreso de personas a Ias areas de voladuras en los F.rnJ~"Lu ]-":i~oo ;Jo8u::t1 pt'h.I ~atar. .~~ d~ R~rfJ.;;,nu'U :::w.&:l: g..l f:e:o. c.agoo f: ~~P;;,f":ibL1. (m pr6ximos 15 minutos despues de realizadas las detonaeiones. Ccipe-;; En r..!gJo~l~ y 6~lt'id;lor! .£Y.j:J.1Q;;:i(ll"''''::; E'Woln~e~In~cqo?~ nr,~:au 0.J:J l:>1":,""i•• 11_-~l.JOn, "*" CarffllMT. F.'1u I)'" 1".:11 vo 'p.',llt~<) U~(Io ~ P"ol~.-i,y. l£1:1S.OllIlla:;: a.. .K lfU'llS y 9.6.4 Para el usn de explosivos, lransportc y alm&:enamiento se debe conlar Jt"''-\Ul) C..a.lo:l=li:": ::..iii fere'l"tl.e II. vd ~n~~~ IT~oJll.:(l~ con el vislo bueno y coordinacion de las autoridades locales, debiendo coloear '-'~.,-:.y-:.!l~·","I""··;·~"·' ~J= ,j"':=- ;.;.;-~ sefiales visibles y preventi vas luera del perimetro de peligro, a lin de que el Upb:::L(10~ rl ... l'olvo 'Pt'"nt.l':,-ci(in:':IIlId1lL""oI'8..~=. r.::I~rT!~, :g.:.as. ~T11~~~ publico so: entere del significado del uso de explosivos. Si existiera uoa lLI:'U~j"ll.ffi'-::l~ 11111 .• rI.~-= C CJl.pl":~ '-.111_1 b":'IT'.:LIrlloot.as .., (~1~:::L$ 1 ~.trl r:;-~~. tlLl;("("I:ft In,oiclJ.(:I,lo~ comunidad poblacional cerca del sitio donde se ham el uso de los explosivos, '!: ....t(t~'""~. 1::.::' ~lo;;:i...., .... ~) Kll.l~.(IS E:::~~:pOS1~i(llL-" A 'lI11HO ..: ....::: Ehl'IJ~111~1 a ;:JII[.;j,:-; se utilizara el servicio de rotulacion, a fin de indicarle a la poblaci6n las ~~)~~~~:; illstruceiones respectivas y ubicar un c{)rdon de seguridad alrcdedor del sitio l'olVQ . _--_ .. ~ J:7I ,ie rno'll~-"'I'il t::J~. afectado . F.1ulI16l p. 1.1I: ~.:(1 00 allr.l:iti """'l. ~u:lIJI f.:"S. J:::::::I'1l<":17.r, Fi:::l ........ .... "'...u~. ~~:f!, ~~nl5~::: 00lr"·::-: '.-:::po ;;'L(~ on ,-.q UIoIlII. ('U~ UI~C(:l,!:.

  38. 9.6.5 Siempre que se realiccn voladuras sc debe infonnar pOT medio de mtulos ~·Oi"i-3l1(1A"1 'l":lriot.lIh:U l:.::q:lIl);;:l,r.n.·, alta~ las fechas y los horarios dc estas y antes de dar inieio a la vofadura es neeesario '~!Jp"'l8.llU";a~ 1.':.:lIctas: ..,.,l 1I1;:~'l"LW emilir una alarma sonora que indigne el momento de la detonacion. .-tLt.P"'[~'UJdl:"L1v'='i~ l'O'lv0 U .. IJ \3:C":«.I3Isr-",rilLa., ~J~~. 9.7 Efeclos de ruido ..... \1ol\~C' t ....n:.u:r :.:I.gu.a. p/h,idr4L= E>.f'1.I":l'T..... r- L:o"L W ~u::utc"s. 104'If.:t:::. lo4t.as d,=, :'O""8Ul 1\1.::Id. r'i:lItlJ.:Lu,.,.nrlV.(.:::u~) "-j..;i~-.~:"" 'E;an~ffi""::;: rnr"di.(:u::: 9.7. 1. Cuando cl ruidn generado por las operaciones mineras sobrepase los t~L".~~U~ ,je:- ,j~l·I.u ..... :Ile.::: AI'IL(~r..1.Qi~ oJ'!! ILl ... ), .. ....~=I'nZl:riJ.I.n niveles permisibles, se aplicaran medidas de mantenimicnto preventivo para A.pi ......... , .•.• + "' .. .. _~~rrt(l r.I. \-.::LIl:tI .• Ia rcducei(m del rujdo en la rueme prine ipa I y si por Ia nalUl'ale,;a ,he! 1miJaju 3958 ; 26-06-08 LA GACETA - DIARlO OFICIAL 121 f\.leTa 'irrrpo aib le. LoF. trabajQdoreo hanl1'i U:JO de PTo-t"Q:~10n audlt, .... e que 13 IIP.FERENCIAS garanricen COnIn maximo till nivel de cxposicion equi\'lIlcnre a 85 dB{A). a) NR 135.02 Department of Natural Resources. Nonmetallic mining

  39. 9.7.2 Todos los equrpos y rnaquinarias debcran ser someudos al debido conducted by or on behalf of the state of Wisconsin. marnenimicnto preventive de manera ql1e no sobrepase el valor limite b) US Environmental Protection Agency (EPA) "Air Quality Atlas". EPA per-mic ib.le pOT oE;!'~l:.l norrna. -100/1< 92 002, Office of A~r Quality Planning and Stu.ndil:td~ US environmental Protection Agency, Research Triangle Park. NC. May Limites permisible en e1 trabajo {Exposicion al ruido en dB (A) 1992. c) Federal Interagency Committee on Urban Noise: "Guidelines for Considering Nivel de ruidodB (A) Exposicion permisible (horas y minutes] Noise and Land Use Planning and Control". Federal Interagency Committee nn Urban No; .... W.,hington, D.C. 1 (litO. 85 8horas d) Guideli"",s for Mining activities. World Bank 88 4 horas e) Constitueion Politica de Nicaragua. 91 2 horas f) Decrelo 33-95 "Disposicion para el control de la cnntaminacion 94 1 hora provenientes de las descargas de aguas residuales domesticas, industriales y 97 1I? hora O-lgrnpP(,:II.:.1 ri as" 1(1(1 1/4 horn g) Ley 217 " Ley General del Medio Ambient., y los Recursos Naturales" 103 1/8 bora h) Decreto 9-96 "Reglamenlo de la Ley General del Medin Ambicnte y 10. Recursos Naturales".

  40. 9.8 Patrimonio i) Ley 219 " Ley de Normalizacion Tecnica y Calidad" j) Decreto No. 71-97 "Rezlamento de la U:;y de Normalizacinn Tecnica y

  41. 9.8.1. Cuando las operacioncs de aprovecharnienro (IOnga" al descubierea ('alidad". valores culturales, fosiles con valor cultural, vestigios arqueol6gicos 0 k) NTON 05015-02 Manejo y Eliminaci6n de Rcsiduos S61idos Peligrosns. patrirnonio historico, todas las actividades en el area de hallazgo debcran I) NTON 05014-02 Manejo, Tratamiento y Disposicion Final de los suspendcrse ternporalmente, para dar aviso a las autoridades compctentes, Dcsechos Solidos No-Peligrosos, Todo valor encomrado dentro de cste ranxo de nosibilidades es proniedad m) Analisis Tecnico Econornicn para la oferta de 40.0()() Ton. anuales de def Estado nicaraguen,e. yeso Yesers Centmameric<lna. n) Constitucion Politrca de la Republica de Nicaragua arto R2 inc. 4.

  42. 9.9 Analisis de Riesgos 0) C6digo del Trabajo, Titulo V Capitulo I Dc bigiene y Seguridad arto 100 al 129 y capitulo IX Del trabajn en las explntaciones rnineras, arto, 187 al 9,9.1 Antes de iniciar las actividades de explotacion se debera de identificar 190. los riesgos naturales y anrrupicos que pudiesen afecrar d area de inllucncia pi CompiJaciim de los estu<Jios sabre recurso« minerales. Glen Jlm/g.wn de la operacion rninera, q) Cornpilacion Estadistiea de ADGEO 2000-2004 r) Fundamentos de la Geologia. Glen Hodgson

  43. 9.10 Plan de contingencia s) La Geologia de las regioncs del Volcan Masaya y planicies de Tipitapa, Ferrey. Para crear las COndiciones dc seguridad, la empress debera contar con un plan t) ley Basica para la Regulaciiln y Conlrol de Plagoicid<is, Susram:ia;' de contingencia para cnfreritar las situaciones de riesgo. El contenido Toxicas, Peligrosas y otras Sirnilares. Ley No. 274. Gaeeta No. 30 del 13 minimo que debera integrarse al informe es e! siguiente: de Febrero de 1998. u) Ley dc Conservacion, Fomentn y Desarrollo Sustenible del Sector

  44. 9.10. I. Los objeti vos del plan de contingencia para cada uno de los Forestal. Ley No. 462. Gacela No 168 del 4 de Septiembre del 2003 . fen6menos en los que e! sitio apJique. •') Ley de NormalizacKm Teenica y Calidad. Ley No. 2J9 de 4 de Junio de 19%. Gaceta No. 123 del 2 Julio de 1996.

  45. 9.10.2. Definir la eonformacitlll de un cquipo eneargado de la ejecucion del w) Ley Minera de Republica de Dominicana. Ley No 146 y .u Reglamento. plan; dicho equipo cslara conformado en primer lugar pot el responsable de xl Ley de Mineda de Guatemala. Decreto No. 48-97 y 'U Reglamento. la cxplotaci6n y los responsahles especifico de eada una de las areas que y) Ley de Municipio, Ley No. 40 y 261. conformen el plante!; se indicara las responsabilidades para cada uno de T) Ley de OrganiZ<lclOfl, Comperencia y Procedimierl!o del Poder Ejerutivo. diehos miembrus en la ejecuci6n del plan. Lcy No 290, 311) Ley Especial sabre Exploracion y Explolaci6n de Minas, Ley No. 387,

  46. 9.10.3. Se tiene que indiear en un mapa a escala 1:5000, todas y eada una Gaceta No. 151 del 13 de Agosto del 2001. de las rutas alternas de evacuacion, en dcpendencia del tipo de fen6mcno bb) Ley General sobre Exp Iota<;i6n de N uestras Riquezas Naturales, Dec rcto analizado. no. 316. cc) Ley General del Medio Ambiente y los Rccursos Naturales, Ley No. 217. 10 OBSERVANCIA DE LA NORMA Gaceta No. 105 del 6 de Junio de 1996. Es potestad del ADGEO monitorear y vigilar el aprovechamiento de dd) Los reales de minas de la Nicaragua wlonial y la ciudad perdida de Nueva exploraei6n y explotaeion de los minerales no metalicos, segun 10 establccido Segovia. Werne~ Palrick. en el articuto 17 de ta Ley 3tH, ley Especial sobre Exploracion y ce) Materia. arcilIosas de Nicaragua. / Jiroflek Explotacion de Minas sin perjuicios de las atribucione, y comp~teneia.~ del ff) Minas. Estadisticas 1991-1995. -W"rld mineral statistics. MARENA y el MlTRAB. En las actividades artcsanales donde exista gg) Norma Ministerial sobre las Disposieiones basicas de Higiene y Seguridad convcnio firmado con MIFIC esta funci6n se realizam de manera coordinada en los lugares de trabajo publicado Cn la Ga<:eta, diario oficial No. 146 del con la akaldia correspondientc. 03 de Agosto de 2001. hhJ Norma Mllllstenal sobre UiSpos;cl(>f1es Minilllas de H,gicnc y Segut1dad 11ENTRADA EN VIGENCIA: de los Equipos de Trabajo, publieado en la Gaeeta, diario oficial No.64 del La presente Norma Tccniea Obligatoria Nicaragfiense, enlraTli en vigencia 09 de Abril de 2006. un ano despues partir de su publicaci6n en La Gaee1a, Diario Oficial. ii) Norma Ministerial sobre las Disposieiones basicas de Higicnc y Seguritlad aplicables a la seiializacion en esta materia. Areo. 3. f,sta norma sera revisada calla 1 anos. jjl Norma recnica Am(Jiental para II.c(i,·idad Mmcra. N'/UN U) UfJlJ-'J/(. kk) Nonna Tecnica Ambiental para el Aprovcchamiento de los 13ancos de 12 SANCIONES. Datos de Materiales de Construeci"n. Gaccta No. 128 del 9 de Julio del 2003. EI incumplimiento a las disposiciones contenidas en la presente norma scmn 11) Politica Ambiental. Decreto No 25-2001. sanC ionadas por 1a autori dad competenre, en los term inos de la Ley 387. Ley mm) Propuesta Preliminar pan. un Programa. de desarrollo de los reCUTs,lS Especial sobrc Expromcion y Explmaciun de Minas, y la Z11, Ley General naturales. INCAl:. del Medio Ambiente, y sus Reglamentos y legislaci6n lahoml vigenle. 3959 26-06-08 LA GACETA - DIARlO OFICIAL 121 LlI1} Regf eme.nto de An;;i!l:"lo f'fotc:gid4~ de Nicar agua. Decrctc No. 14-99. 00) Reglamcnro de 1'1 ley de Normalizacion Tecnica y Calidad, Decreto No. 71-97 de 5 de diciembre de 1997, Gaceta No. 241 de 18 de diciembre de 1997. pp) Reglamento de Permiso y Evaluacion de Impacto Arnbiental. Decreto No. 45-94. Gaceta No. 203 del 31 de Octubre de 1994. qq) Reglamcnto General para el Control de Ernisiones de los Vehiculos Automotores de Nicaragua. Decreto No. 32-97. Gaceta No. 114 del 18 de Junio de 1997_ IT) Rcgf amcntc General de IljgjllWn.;. y Scgurjded del Trebejo en las M inas. ss) Reglamento de la Ley Basica para 1'1 Regulacion y Control de Plaguicidas, Sustancias Toxicas, Peligrosas y Olr3S Similares. Ley No. 274. Deereto No. 49-91;. Gaceta No_ 142 del 30 de Julio de 1998. ll) Reglamento de 1'1 Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Decreto No. 9·96 Gaceta No. 163 del 29 de Agosto de 1996. uu) Resolucinn Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo, publicada en 13 Gaceta, diario oficial No. 165 del 01 de septiernbre de 1993. Artos. 6 y 9 inc. 2. vv] Rcsolucion Ministerial sobre las Cornisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del Trabajo en las Empresas, publicado en 1'1 Gaceta, diario oficial No. 146 del 03 de Agosto de 200 1. 1'11'1) Rodriguez Dionisio, Recursos Minerales, Medio Ambiente y Legislacion Minera de Nicaragua. CIGEO- UNAN Managua. xx] Ruiz Victoria, Recursos Mineros, MARENA, Junio 2(J()(1. yy) Ley 2~6 "Ley Ecpecic l porn 10 Exploeacrcn y Explotcu::i6n d~ Hidroccrburoo" zz) Dccreto No. 43·98 "Reglamento 3 la Ley especial de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos" ANEXO -- , T.u..t.: n IR.IICOW.IolIUl'~ T~C1 Ill! "f"TUl;;/L t. OR'" F..'.' ..... a ONFS H_.t ... ne' • 10 "" :0-: 1ft -I 11i III , ......... Il I ,. l . fT ,- ~r '1----r- /Lr:L /{ ~-l '0 -~.'l •• ~'; I,. r;'. ...... It-=- • ["""IIIIII:II .... .=: ............. ! ~ ....,-O::r i 1 ,/ I ~.., .,.. ...1' (.. ".,_ .. , tr ....·~,.1 , .J W I '-I 'l ,- . ' .....7 'j' r:.-.i,u :.11.ooI,.. ,,- -- ~~.~,r._._ , x..:' I I -, ....t ...'. .. ~-J .....t. .. ' -lT /' : /".-J .1 - J ·f/ ~ " ..~, _I s-:" Ao-""' ...... .. 41-111.I....,. ... 1..................... , . . . , . . a....e .........-. .-. -----_._ .... .. ~ ~ ~ ( .. __ -;...-r"'" c-·~i.·.- 'r:d..... ~ fT......1n I • I .,/-/ : ,~- o&oI!Irt+lt:r.- ~ ~ ...................... _,....... L.,L..,... .... i '_..f<'T ;/ . . 1 I." :-:11::;11. t... ~,d_ d. ...V·'· ~ ~r-.. . . . . . u.mt.-. :I. Ia- ! .-·r'" ~ ...".... ...... 1 .-'" I" ... ...' .j---......" ",-'- -/ ---'- ,. ~.~ . --- ~_. ~~~ ~.~ -- r. .....,,;~ lI::.':f:J=_..... II!!t ......... . '. "i. ! , ~J ~- ........ .r- .." ... .. ........ •"' ....... "~"'f~ 11:II:II'--1... ..r...... .. .u..a ~ ~ •••• /.. r .... _ _ __ •.. -.. ,I ·. . . . .r ~ . . -. -/ -:.t /.-- ....... , ~, ~ ,.. rn . . . . ...... I""P.... .. _~_~;:: ~-.1 Ai-:.:/L"1 I "j"~. '1'1III- ... ,...·~I.-a... ~ '1."11I' a~ -~ ....." rn'll'T'lClo _lilt • • • ~P:I"~ -- , "-~ .,~~~ I "" ......1 . ......................... .. Iil ~~c,••,. ~ .. iir.t~. / 'i -.. ~! ~~;7; .;:-n:u.- ~ n oK ,.....-.. . . . . . .I r ... n-A: .... '4! ..,-..:; "'-fft'I- i ...... ~. ; .' I '~_~ I ~ ~.// ., 11I':1I::1111 ....... .,11II...........,..: _ ~rl y.ntI•• ~1' ,,"M" ~...." .:: ..... It • • . ~ fNU"I' .CIDfk::I ~ • • ~ II;" l ~ . . ,---t:l:T 1_.. - " - .1 . .... 1~ .. ., *:.!II ... ...,.. .... l;~ . . . . - 0ft<0- n-=t.:...... =-r 1IIl_.'1lo . . .'" o(A oj"~ :&.. 0 . . . . . . . . ...lnel"l"· llliia:;::n,;, J"Y:i. M.. '.-.An .....hlll • • ..... Iit;a <4' f/I_JII;- M I _ _ t«,<o",,, Jl.. M , ...... ........, ......... - .-7T ~ ~ _____ ~~~n~~~ ~ ) l, ,'I . . . T'II ........ ~ . . . . . . . · r .. -- .. ..~ ·t-_·} ! - 1 ,r' .. I....· - ,(.. I - .... C!.~r"~ft ~ .--~M"~ ..... f ... ~:.1~ '-111II tlr • .,.,.... ?~C~ ...... ~.,~ . ~h"~ I, ~J#J I " ! .' ~~ .:..J. ,-' ~ -L. }tU:':II:"":"A .:II~.I:'""" t, ...... ~.&: . . ,. ~ ,• 1 ii . _- 1I\..~.1 t.... ... -r t--.... IIII! Y ,A.on • /t-.,I J.. 15I ! _~--:7 T _ I i /)' L". -l I ..' ,." 1---1 .." .. --"1 -_.- ..... "I: ....... ,;1, . . .. ~ ,..... ...... .... ... ... ....... aa- ..... ...,........,.... y _ _ ......................... ~"~.r !.....:n ~ .. r _ _ IIIp.IIllh ~~ I • .:...L , _. o' ~_ .... -- ~ FiQ. 1.1 Reg-lug p..il1c:t1ell 3960 26-06-08 LA GACET A - DlARIO OFICIAL 121 .-----------r------------~~'- ~II.o\!_n"~ f"'-Il::liD'''''::!lEr-.ilDtlli.fJ,=-,:a . --- ~-'----.-----~ I -;:.-;-:-.-~..=-- r t , 1 ... ~ .. ....,.,. I.,-d" .......-.,_~ --"~"~.l.a."""'o,:l .. ", ..... Y " ~ . ··:/"-r ~ 1~"'''~'''' ~lAu • rn'1 I ... '.= ~ I "~.11 ".1 --...... I .. -~. "~:..• -O'N~~~~~"';:' -:o:~ .:~ .. .,.~./ .....L ......... ..,.. .. .:.I. ............. 0\-'" ......... -..-.- _...." ~,,... ........... ~ -- ~...... .~. ............. I~" --'." ~._.,,- ~~~ lirojJl,I,..¥4t..,,' ........... ~ ..---~- f ,;i . . . ..,.--.11I'<" __ ' r ...... _._ h_ • ............. "' . . _ _ "'.......... .- I :r-nJ-=- ~_t::L. .-11 II I .... ~ """".... - t .:.._ tJ._~ .. -_ . .11:1".".::11""11Io 1':11III" ~--_ ....... "'" _ .. " .._.._---------'-------;I------~-- ..., - '1 ,,' , ~ __ .~. 4.~., .... A ....... __ ~ •~ -1"> ...... , ~ I, -, ... -- .. . .. .f /' ,.. " ........ .... _. ... " I r ........ ~M;·· ."..... IIJ~ ,-.~ .. r_M' ... ];'!"'. !II " , I I.. !' ,.,.." ...... rr , .. rt .1~1II- ~,' .--.., . .. .f ...~ ... I - ~~? ~. ~ - ·t:-F~ -<.. • ~' ...1 ,~I. I 11I"" ... ""'P"""'l"- ~, _. f _L ~ ...-...-.c _ _. llo...:I~lll ......... ,....... "" ........ ...,.... .. ~':" _Ik.-.I: L ... ' ......... ...... :-.. ,. .. ......~_ -no<: 1 ....... ·;11 a_ .' _....... '-"'i'''~ ... ~~ ~ .-~ ~."'I=- .•• ~ IUJ ~ ~ .,.~ ~'lI.- ""r ~ . ~ J-..-....:::.~ -;. ,jij , ... iJ~~- ........... ' _ FlO .. , .. ill ... ~~ .. ~ .1:*-, •• 11•• ...... JII ..... ' ... "II.I,!. • ",tM: Ill'". l~.n "IIIJ:J;: ............ ... .. ~ ~~.1 .-----i.- -._-" " ..- - - - - - - - f l~_ .. ~.~:. ~........ ! ........... _ _ . . . . . . . . .... .. ...,.". ."....... .~ ".<t~"~ ~.I. "r' r"I. -n .... "' • .,1 • I _ uh ~ ~n ... r-o. if .1 ~H. rolo .. ~~~oII: -:To.iI.~~ Iou. ..ill: ~~'" I -:._.. n-=::- ~t r•. '!.-:: .--... ..... ~.d :..o.......L .• a ........... ,yT_ .... ! ~ . • ---1"::- 1Iji.~.. r __ .-111......... ::"~il- 1.1 t~ .. -:.i ...... "'iuT') -'T""~"""J1 . . . . . . ~ . . . _!:!._II;II..oIIIIoII;!!IIL.lk.: • 1II. ...... "'" ••• J 1. _~. 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