NTON 05 014-01: Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense sobre el manejo, tratamiento y disposición final de los desechos sólidos no peligrosos
颁布于 2002-04-02 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 尼加拉瓜
- 主题
- Waste and hazardous substances
- 关键词
- waste disposal, waste management, solid waste, pollution control
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Ministerio de Femeato, Industria y Comereie Direeeion de Tecnntogia. NormaJizacion y Metrologia Reg. No. 3806 -M. 0435060- ValorC$ 1,920.00 NORMA TECNICAAMBIENTALPARAELMANEJO, TRATAMIENTO YDISPOSICION FINAL DE LOS bESECH.OSSOUDOS NO-PELIGROSOS CERTIFICACION La Suscrita Secretaria Ejecutiva de la Comision Nacional de NormalizacionTecnicay Calidad, CERTIFICA: 1.-QueenelLibro de Actasque Ileva dicha Comisicn, en las paginas 028, 029, 030, 031,032,033 Y034 se encuentra efActa nurnero 00 1·021a que en suspartes conducentes, Integray Ilteralmemedicc.« ACTA No. 00 1·()2Prirnerasesionordinaria anual dela ComisienNacional de NormalizacionTecnica y Cali dad. En la ciudad de Managua, a las nueve de la manana del dia diecinueve de Febrerode dos mil dos, reunidos en eI Auditorio del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC, que cita contiguo al Centro Cornercial Metrocentro, rennidos los miembros dela Comision Nacional de Norrnalizacion Tecnica y Calidad, que acudieron mediante notiflcacion enviada con fecha 28 de Enero, Ia eual consta en archivo y que contieneademas la Agenda delapresente reunion, hora, lugar y fecha conforme 10establece la Ley. Estan presences los siguientes miembros de 1<1 Cornision: Lie. Marco Narvaez, Ministro de Fomento, Industria y Cornercio; Lie. Marling Blandon, del Ministeric Agropecuario y Forestal; lug. Clemente Balmaceda, del Ministerio de Transporte e Jnfraestructura: Dr. Alfonso Porta Sanchez, del Ministerlo de Salud;Lic.JavierHemandczMunguia,deIMinisterlodelAmbiente y los Recursos Naturales; lng. Evenor Masis A., del Instltuto Nicaraguenscde Acueductos y Alcantarillados; lng. GUillermo Thomas, de InCamarade IndustriadeNicaragua; Lie. J . Salvador Robelo y el Lie .Javier Delgadillo, del Instituto Nicaraguensede Telecomunicaciones y Correos; Arq.j Laila Molina de la Camara de Comercio de Nicaragua; Ing. Luis Gutierrez de Institute Nicaraguense de Energfa; rug. Manuel Callejas de Ia Union de Productores Agropecuarios de Nicaragua; Lie. Jamileth Loyrnan de Martinez, Secretaria Ejecutiva de la Comision Nacional de Normalizacion Tecnica y Calidad. Corno invitados: Dr. Julio Cesar Bendana, Director General de Competencia y Treneparencia en los Mercados del Mjni~terio de Fornento, Industria y Comercio, Dr. G.Hberto SoHs de La Camara de lndu$tri~ de Nicatagult Lie. Meyling Centeno del Ministerio de Salud lng. Francisco Moreno del Institute Nacional Forestal MAGoFOR Lie. Maria Eugenia Rosales de! Instituto Nodona] Forestal MAG-FOR Ing. Roger Gutierrez del Ministerio de Transporte e Infraestructura Lie. Arcadia Choza del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales Lie. Silvia Elena Martinez del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales Lie. Nora Yescas del Ministerio del Ambiente y los Recurs os Naturales. La Norma Tecnica Nicaraguense Of 014-02 ha side revisada y aprobada por el co mite Tecnico de NORMA TECNICA OBLIGATORIANICARAG'OENSEAMBIENTALPARAEL MANEJO,TRATAMIENTOYDISPOSICIONFINALDELOS DESECHOS SOLIDOS NO-PELIGROSOS y en su estudio participaron las siguientes personas: CONSIDERANDO COMITE TECNICO DE NORMATItCNICAOBLIGATORIA NICARAGUENSE AMBIENTAL PARA EL MANEJO, TRATAMIENTO Y DISPOSICION FINAL DE LOS DESECHOS SOLIDOS NQ-PELIGROSOS Que los Alios. 95,96,97, Capitulo VI, Titulo IV, del Reglamento delaLey, faculta para fines del Arto. 129 y 130, Capitulo III, Titulo IV de laLey General del Medio Arnbiente, se emitira la norrnativa ambrental para el Manejo, Tratamiento y Dispo sicion Final de los Desechos So lidos No peligrosos, La Norma Tecnica Obligatoria Nicaraguense Ambiental p ara el Manejo, Tratamiento y Disposiei6n Final de los Desechos S6lidos No-Peligrosos ha side aprobadapor el Comite Tecnico el dia 3 del mes de Agosto del200 1 en Ia sala de reuniones de la Direccion General de Calidad Ambiental (DGCA) del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA). Alcaldia de Managua ALMA Instituto Nicaragllense de Fomento Municipal INIFOM Ministerio de Salud MJNSA Asociacion de Nicaraguenses de Ingenieros Sanitarios ANISA Asociacion de Municipios de Nicaragua AMUNIC Direcci6n de Evaluaei6n de Calidad Ambiental MARENA Asesoria Legal MARENA Direeci6n General de Coordinacion Territorial MARENA Direcci6n de Politicas y Normas Ambientales MARENA Direcci6n de Politieas y Normas Ambientales MARENA Direccion de Politicas y Normas Ambientales MARENA Consultor Ambiental Ing. Roberto Garcia Ing. Denis Pella lng. Rodolfo Lugo Ing, Juan R. Sandoval Ing, Boanerges Castro Ing. Manuel I. Salinas Lie. Meriluz Mendoza Ing., Franklin N avarrete Ing. Arcadio Choza Ing, Jose Luis Rojas Ing. Silvia Martinez Ing, Maria E. Baldizon El Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA) con fundarnento en la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Ley 217) Titulo II, Capitulo I, Arto. 8, y en el Decreto 9-96, Reglamento delaLey General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Titulo I, Capitulo II, Arto 3, que delegan en MARENA, Ia facultad de expedir las normas oficiales en materia de ambiente y recursos naturales. Habiendo side constatado el qourorn de Ley y siendo este el dia, hora y lugar senalados se procede a dar por inieiada Ia sesi6n del dia de hoy, presidiendo esta sesion el Lie. Marco Narvaez Ministro de Fomento, Industria y Comercio ell calidad de Presidente de Ia Comisi6n quien la dec1ara abierta. ' No asistieron los siguientes miembros citados a esta primera sesi6n ordinaria: Lie. Luis Martinez, del Ministerio del Trabajo Dr. Edmundo Torrez Godoy, de la UNAN-LEON Dr. Orion Baldizon del Ministerio Agropecuario y Forestal Lie. Luis Dinarte del Ministerio Agropecuario y Forestal Ing. Birmania Martinez del Ministerio Agropecuario y Forestal Ing. Lizbeth CastiJIo del Ministerio Agropecuario y Forestal Ing. Maria Alejandra Rivera del Ministerio Agropecuario y Forestal Lie. Carlos Gabuardi del Ministerio de Fornento, Industria y Comercio. Ing. No.eml Solano L. del Ministerio de Fomento, Industria y 0;)merCl()~ A continuacion se aprueban los puntos de agenda que son 10 siguientes ... (partes ineonducentes) 08-02 Aprobar Ia NTO~ 05014- 01 Norma TeenicaObligatoriaNicaragliense Amhiental para el Manejo, Tratamiento y Disposici6n Final de los Desechos Solidos No-peligrosos presentada por el MARENA... (partes ineonducentes). No habiendo otro asunto que tratar, se Ievanta la Sesi6n a las once de la manana del dia diecinueve de Febrero del afto dos mil dos. Lie. Marco Narvaez, Ministro de Fornento, Industria y Ccmercio Presidente. Lie. Jamileth Loyman de Martinez Secretaria Ejecutiva de la Co m is io n Nacio nal de Normalizacion Tecnica y Calidad. Es conforme con su original, can el cual fue debidamente cotejado par la Suscrita Secretarla Ejecutiva y a solicitud del Ministerio del Arnbiente y los Reeursos Naturales para su deb ida publtcacicn en La Gaceta, Diario Oficial, extiendo esta CERTIFICACION Ia que firrno y sello en la ciudad de Managua a los dos dias del mes de Abril del dos mil dos. Jamieth Loyman Martinez, Secretaria Ejecutiva Cornision Naclonal de Normalizacion Tecnica y Calidad. Que el manejo, tratamiento y disposicion final de los desechos solidos no peligrosos, debenreunir condiciones de seguridad ambiental para la eliminaci6n de estos. 10 eual debe ser regulado por el MARENA, can el fin de garantizar la proteccicn de las personas y el medio ambiente. Que dentro de plazos establecidcs, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma, los cuales fueronanalizados por el ComiteTecnico Consultive de Ia Norma, realizandose las modificaciones procedentes. Que habiendose cumplido con los procedimientos establecidos por Ia Comisi6n de Normalizacion Tecnica y Calidad para la elaboracion de Proyectos de Normas Tecnicas Obligatorias Nicaraguenses, el Presidente de la Comisi6n Nacional de Norrnalizacionordeno la publicacien del proyecto de NormaObligatoria Nicarag\iense NTQN 05 014-01 que establece las disposiciones generales para el manejo, tratamiento y disposiclon final de los desechos s6lidos no peligrosos, se pro cede a expedir la siguiente norma: NORMA TECNICA OBLIGATORIA NlCARAG'OENSE AMBIENTALPARAELMANEJO,TRATAMIENTO Y DISPOSICI6N FINALDE LOS DESECHOS S6LIDOS NO PELIGROSOS 1.- OBJETO desechos 0 combinacion de desechos que no representan un peligro inmediato 0 potencial para la salud humana 0 para otros organismos vivos. Dentro de los desechos no peligrosos estan: Desechos domlclliares, comerciales, institucionales, de mercados y barrido de calles. 3.6 Desechos ~olidos Domestifos: Aquellos desechos que por su naturaleza, cornposicion, cantidad y volumen es generado en actividades realizadas en viviendas 0 en cualquier estableclmiento asimilable a estas. 3.7 Desechos Solidos Comerclales: Aquellos desechos generados en establecimientos comerciales y mercantiles, tales como: alrnacenes, depositos, hoteles, restaurantes, cafeterias y plazas comerciales. 3.8 Desechos S6lidos Institucionales: Aquellos desechos generados en establecimlentos educativos, gubernamentales, militares, carcelarios, religiosos, terminales aereos, terrestres, fluviales 0 maritimos yen edificaciones destinadas a oficinas, entre otros. 3.9 Desechos Solidos de Mercado: Aquellos desechos generados en mercados, supermercados y establecimientos similares. Esta Norma es de aplicaci6n en todo el territorto nacional y de cumpllmlento obligatorio para todas las personas naturales y juridicas, que realicen el manejo, tratamiento y dispos icion final de desechos solidos no peligrosos. Esta Norma tlenepcrobjeto establecer los criterios tecnicos y ambientales que deben cumpJirse, en la ejecucion de proyectos y actividades de mane]o, tratamiento y disposlcion final de los desechos s6lidos no peligrosos, a fin de proteger el medio ambiente. 2.- AMBITODEAPLICACI6N 3.10 Desechos Solidos de barridos de calles: Todos aquellos desechos que se generan de Ia actividad de la limpieza de calles y areas publicas como parques, areas verdes y de [uegos deportivos. 3.11 Densidad de Desechos: Es Ia relaci6n que existe entre peso de los desechos y el volumen que ocupan, se expresa en kg/m', 3.12 Disposicion final: Es la ultima actividad operacional del prestador del servicio de aseo, mediante la cual los desechos s61idos son descargados en forma definitiva. 3.- DEFINICI6N DE TERMINOS 3.1 Botadero: Sitio donde se disponen los desechos solidos sin ningun tratamiento. 3.2 Compost: Material que se genera a partir de la descomposicion de los residues s6lidos organicos y sirve como mejorador del suelo agricola, parques y jardines, y recuperaci6n de tierras no fertiles, 3.3 Compostificacion: Pro ceso controlado de descomposici6n biol6gica de los residues s6lidos organicos que permite la producci6n de compost. 3.4 Contenedorde desechos: Recipienteque sirvepara el almacenamiento de los desechos s6lidos no peligrosos. l,...5 Desechos S6lidos no-peligrosos: Todos aquellos 3.13 Estaciones de Transferencia: Puntos que se utilizan para realizar la descarga 0 almacenamiento local de los desechos por un periodo corte de tiempo, menor de un dia, para luego ser trasladados ala disposici6n final. 3.14 Frecuencia de recoleccion : Numero de veces que recolectan los desechos s6lidos en un mismo lugar en un tiempo determinado. 3.15 Humus: Material que se genera mediante la crianza de lombrices, utilpara mejorarel suelo agricola, parques.jardines, y recuperacion de tlerras no fertiles. 3.16 Incineracion: Procesamiento termico de los residuos s6lidos mediante la oxidacion qutmica con cantidades en exceso de oxigeno. l.17 Incineraccr: Instalaci6n 0 dispositivo destinado a reducir a cenizas los desechos solidos y otros rcsiduos, reduciendo el volurnen original de la fraccion combustible de los residuos s6lidos del 85-95 %. 3.18 Llxivtados: Liquido maloliente producto de la descomposici6n 0 putrefaccion natural de los desechos s6lidos con gran concentracion de contamlnantes, incluyendo el agua pluvial que se infiltra a traves de la basura. 3.19 Lombricultura: Tecnica de crianza controlada de lombrices con resrduos s6lidos organicos para producir Humus. 3.20 Macroroteo: Consiste en determinar el tiernpo no efectivo de recoleccion en un area determinada. 3.21 Microruteo: Trazado de la ruta que deberan seguir los vehlculo recolector, determinando el tiempo efectivo de recoleccion, desde que inicia la recoleeci6n en Ia primer vivienda hasta que Ilega al vertedero. 3.22 Pir6lisis: Descornposlcion de los desechos por la accion del calor. 3.23 PPC: Produccion per capita, cantidad de desechos que produce una persona en un dia, expresada como kilogramo por habitante y por dia (Kg/hab-dia). 3.24 Plantas de recuperad6n: Sitios destinados a la recuperaci6n de materiales provenientes de los desechos solidos no peligrosos. 3.25 Reciclaje: Es un proceso mediante el cual ciertos materiales de los desechos s6lidos se separan, recogen, clasifican y alrnacenan para reincorporarlos como materia prima a1ciclo productivo. . 3.26 Recuperation: Actividad relacionada con la obtencion de niateriales secundario s, bien sea por separacion, desempaquetamiento, recogida 0 cualquier otra forma de retirar de los residues soltdos algunos de sus componenres para su reciclaje 0 reuse. 3.27 RClIIso: Es el retorno de un bien 0 producto a la corriente economicapara serutihzado en forma exactamente igual a como se utilize antes, sin cambio alguno en su forma o naturaleza. 3J8 Recolector~:Personas destinadas a 13. actividad de recotectar los desechos sc lidos. ~eshh.!o>ss6lidos: Aquellos residuos que se producen pm las actividades del hombre 0 POf los animales, que normalmente son s6lidos y que son desechados como imitiles 0 superfluos. 3.30 ReBenQ Sanitario: Tecnica de eliminaci6n final de los desechos s6lidos en el suelo, que no causa molestia ni peligro para Ia salud y seguridad publica, tampoco perjudica el ambiente durante su operacion ni despues de terminado e1 mismo. 3.31 Servicio>de Aseo Ordinarlo: Es el servicio derecoleccion de los desechos no peligrosos que se presta a una localidad de manera periodlca, con horario definido. 3.32 Servicio de Aseo Extraordinario: Es el servioio de reeolecci6n de los desechos s6lidos no pefigrosos que se presta a una localidad de manera irregular, por las caractertstrcas propias de estos desechos en cuanto a accesibilidad, tamano, composicion y volumen. 3.33 Servicio de Limpieza Publica: Conjunto de actividades que posibifitan el almacenamiento, barrido, recolecci6n, transporte, reciclaje y disposicion final de residues so lidos de manera apropiada y sostenida en el tiempo. 3.34 Sotavento: Direeci6n contraria al viento , 3.35 Tratamiento: Es el proceso de transformaci6n fisico, qutmico 0 biol6gico de los desechos s6lidos que procura obtener beneficios sanitarios 0 economicos, reduciendo 0 eliminando efectos nocivos al hombre 0 al medio amb iente. 3.36 Vermicolllposjage: Proceso de producci6n de Humus de lombriz, 4.-DISPOSICIONES GENERALES 4.1 EJ manejo de los desechos so lidos comprende las srguientes actividades: Almacenamiento. Recoleccion. Limpieza Urbana. Transferencia. Transporte. Tratamlento 0 procesamiento. Reciclaje, reutilizacion y aprovechamiento. Dtsposicion final. 4.2 El rnanejo de los desechos sohdos no perigrosos desde el punto de vista sanitario se clasifica en: 4.2.1 Servicios de aseo ordinario 0 regular. 4.2.2 Servicio de aseo extraordtnario. 4.2.3 Servicio c5'Pecial. 4.3 La prcst.acion del servicio de aseo ordinario tendril como objetivo el manejo de las siguientes clases de desechos: 4.3.1 Desechos domlciliares, comerciales, institucionales y todo los desechos s6lidos no-peligrosos, generados en las areas urbanas de los municipios. 4.3.2 Desechos que por su naturaleza, cornposicion, tamano y volumen pueden ser incorporados en el servicio ordinario. 4.3.3 Desechos no incluidos en el servicio extraordinario y especial. 4.4 La prestacion del servicio de aseo extraordinario tiene como objetivo el manejo de las siguientes clases de desechos: 4.4.1 Desechos que por su naturaleza, composicion, tamafio y volumen deben ser considerados como extraordinario, tales como escombros, materiales de construccion, poda de arboles. 4.4.2 Desechos que por su Iocalizacion, presentan dificultades en su manejo poraccesibilidad delos vehiculos recolectores, 4.4.3 Desechos no contempladas en los incisos anteriores que requieran para su manejo condiciones extra ordinaria de las del servicio ordinaria, tales como: limpieza de tragantes y cauces. 4.5 La prestacion del servicio especial tiene como objetivo el manejo de los desechos s6lidos con las caracteristicas siguientes: . 4.5.1 Desechos s6lidos no peligrosos no planificados, producidos de actividades eventuales, tales como: fiestas publtcas, actividades recreativas, otras. 4.5.2 Desechos s6lidos producto de eventos naturales, tales como: terremotos, incendios, huracanes, vulcanismo, lluvias torrenciales. 4.5.3 Otros desechos producidos por actividades no planificadas. 4.6 La prestacion de! servrcio de aseo ordinario y extraordinario deb era serplanificado por lamunicipalidad. 4.7 La municipalidad no aceptara ningun tipo de desechos peligrosos, dentro del sitio de disposicion final. 4.8 Nose perrnite la utilizacion de sitios no autorizados por MARENA, para la disposicion final de los desechos solidos no peligrosos. disefio para el mejoramiento del manejo de los desechos solidos, se tornaran en cuenta 10siguiente: 5.U Production Per capita, se calcula para estirnar la producci6n total de residues s6lidos en una determinada area geografica. Para fines de Iapresente norma el PPC se calculara: Dividiendc la cantidad de basura generada por dia entre el numero total de personas. 5.1.2 Densldad, es necesariapara calcularel tipo, volumen y frecuencia de vaciado de recipientes y contenedores, conocer la capacidad de los vehiculos de recoleccion, estimar detalles del relleno sanitario. Para fines de esta norma la densidad de los desechos se calculara: Dividiendo el peso de la basura entre el volumen ocupado (Kg/m") 5.1.3 Compesfclen ffslca de los desechos s6lidos DO pellgresos, permite conocer las posibilidades de reciclaje, reutilizaci6n y recuperaci6n de los residues. Para este fin Ia municipalidad podra utilizarel metoda de reduccion 0 cuarteo, o cualquier otro que consldere conveniente. a) Los desechos s6lidos no peligrosos de aeuerdo ala fuente de generaci6n se clasifican en: Desechos domiciliares Desechos cornerciales Desechos Institucionales Desechos de Mercado Desechos de Limpieza de Calles. b) Para los fines de esta norma los desechos s6lidos no pellgrosos, de acuerdo a su composici6n fisica se clasifican en: Desechos de alimentos Papel y carton Desechos de Textiles Plastico Desechos de jardinerta Cuero y caucho Metal Vidrio Ceramica y piedra Otros (tierra, cenizas) 6.-RESPONSABILIDADES DEL MANEJO DE LOS DESECHOS SOLIDOS 6.1 El servicio de recolecci6n, transporte, tratamiento y dispo sicion final de los desechos solidos, estara a cargo de las muntcip al idades , las cuales podr an real izar por administracion directa 0 mediante contratos con empresas 0 particulares, que se otorgaran de acuerdo a las forrnalidades legale, y (~I curnplimiento de Ia siguiente norrnativa. de recolecci6n, transporte y tratamiento de los desechos s6lidos no peltgrosos a las industrias, estas deben realizar su propio manejo, via directa 0 a traves de contratacion. Las Industrias para dicho manejo debera contar con el permlso de la municipalidad avaladoporMARENA, MINSA. 6.3 En los casos que Ia municipalidad no preste el servicio de recolecci6n, transporte y tratamiento de los desechos s6lidos no peligrosos a las empresas constructoras y a todo el que realice obras de construcci6n, estas deberan realizar su propio rnanejo, via directa 0 a traves de contrataci6n. Las Empresas constructoras y el que realice alguna obra de construcci6n para dicho manejo debera contar con el permiso de la municipalidad. 6.4 La contrataci6n de servicios para el manejo total 0 parcial de los desechos, no exime a Ia munlcipalidad de la responsabilidad mencionada en el inciso 6.1 y por lo tanto, debe ejercer estricta vigtlancia en el cump limiento de las aetividades propias del manejo de los desechos. 6.5 Las municipalidades deben remitir a la delegaci6n territorial del MARENA que le corresponds, un informe anual del manejo de los desechos s6lidos, el eual debe contener y sin limitarse a ello 10siguiente: 6.4.1 Cantidad de desechos generados, recolectados, tratados y dispuestos anualmente en cada municipalidad. 6.4.2 Evaluacion tecnico ambiental del cumplimiento de Ia presente norrnativa. 6.4.3 Propuesta de mejoramiento para e1 siguiente ciclo. 6.6 MARENA territorial remitira anualmente a MARENA Central un Inforrne del manejo de los desechos en las municipalidades atendidas por eUos. 6.7 El manejo de los desechos s6lidos no peligrosos, debe obedecer a un programa establecido y cumplido por la municipalidad y por aquellos que se Ie concedan. El programa debe incluir los aspectos siguientes: 6.7.1 Establecimiento de rutas y horarics para la recolecci6n de los desechos, los que seran dados a conocer a todos los usuarios. 6.7.2 Mantenimiento de los vehi culo s y equipos destinados a la recolecci6n y disposicion sanitaria de los desechos. 6.7.3 Entrenarniento y capacitacion constante al personal que realiza el manejo de los desecho s para una mejor prestaci6n del servicio y cumplimiento de las medidas de seguridad que debe observar. 6.7.4 Actividades a desarrollar en caso de incidentes ocurridos por cualesquier circunstancias , que dificulten, restrinjan 0 Impidan la prestacion del servicio de aseo. 6.7.5 Mecanisrnos de informaci6n a los usuarios sobre, el almacenamiento y entrega de los desechos, en cuanto a localizaci6n, tamaflo, capacidad y calidad de los recipientes y otros aspectos relacionados con Ia correcta prestaci6n del servicio. 7.- PRESENTACI6N DE LOS DESECHOS 7.1 Para la presentacion de los desechos solidos no peligrosos, los usuaries que sean atendidos por el servicio de as eo ordinario tienen las siguiente obligaciones: 7.1.1 Alrnacenar los desechos generados en carla fuente, en forma segura, aplicando las disposiciones de la presente normativa. 7.1.2 No depositar sustancias liquidas, excretas humanas, ni desechos sofidos peligrosos, en los recipientes destinados para la recoleccien, tanto en el serviclo ordinario como en el especial. 7.1.3 Colocar los recipientes en sitios de faci l recolecci6n para el servicio ordinario, de acuerdo con las rutas y horarios establecido previamente por la municipalidad 0 el prestador del servicio, evitando la obstruccion peatonal y vehicular. 7.1.4 Los recipientes para el almacenarniento de los desechos, no deben permanecer en los sitios en que se recogen, en dias diferentes a los establecidos por el servicio de aseo de la municipalidad 0 del prestador del servicio. 7.2 Para la presentacion de los desechos solidos no peligrosos, los usuarios del servicio extraordinario tienen las siguiente oblrgaciones: 7.2.1 Disponer los desechos de acuerdo al horario y en los sitros indicados por la municipalidad 0 por el prestador del servicio. 7.2.2 Ubicarlos de tal manera que no destruyan las vias peatonales y vehiculares. 7.3 Los recipientes con desechos se deben ubi car en lugares secos, planes y arriba de la cuneta, para que en periodos de lluvia no sean arrastrados por las corrientes y facilitar la recoleccicn a los recolectores del prestador del servicio. 7.4 Los recipientes con desechos, Iistos para Ia recolecci6n deben estar bien cerrados.rpara que no se esparzan los desechos en las calles y no causen molestia pOI' moscas Y otros insectos, asi mismo no se introduzca agua de lluvia. 705 Los recipientes con desechos debenin apilarse ala hora de ser colocados para la recoleccion, disminuyendo e1tiempo de recolecta y minimizando el esfuerzo humano. 7.6 Disponer los recipientes en los sitios de recolecci6n ajustandose al horario establecido poria municipalidad 0 el prestador del servicio en el sector, evitando sean tirade o esparcidos pOI' animales, 8.- ALMACENAMffiNTODE DESECHOS 8.1 Para el almacenamiento de los desechos s6Iidos no peligrosos los usuarios deben utilizar recipientes desechables 0 re-usables tales como: 8.1.1 Se deben utilizar bolsas plasticas para los desechos organlcos y otros tipos de desechos que no causen ningun tipo de lesi6n 0 cortadura a los recolectores, producidos en todas las fuente de generacion, deben estar debidamente cerrados antes de ser colocados para la recolecci6n. 8.1.2 Se debe utilizar sacos de nylon (macen) para desechos de plasticos, des echos de papel, carton, madera y otros que no causen ningun tipo de cortadura 0 lesi6n a los recolectores de los desechos. 8.1.3 Se deben utilizar cajas de carton, baIdes plastlcos 0 rnetalicos, para los desechos de vidrio, ceramlca, aluminio y metalicos para los desechos de origen domestico. 8.1.4 Se debe utiIizar en las Industrias contenedores metalicos para los desechos de vidrio, ceramlca, aluminio y metali cos. 8.1.5 Para el almacenamiento de los desechos de jardineria se debe utilizar bo lsas de jardinerfa 0 plasticas de un votumen no mayor de 30 Kilogramos y no mayor de30 cm de largo. 8.1.6 Todos los desechos deben almacenarse dentro de las propiedades, resguardandotos del sol y la lluvia, evitando alterar sus propiedades ff sicas, quimicas y bacteriol6gicas. 8.1.7 Los desechos de mercados se deben almacenar en recipientes (contenedores , barriles, medios barriles). Cuando se utilicen barriles 0 medios barrites, estos deben estar siempre cerrados con tapas, las cuales deben ser de peso ligero, POI' su continua manipulaci6n. 8.2 Para el almacenamiento de los desechos s6lidos municipales en contenedores, estes deb eran ubicarse en lugares planificados tomando en cuenta los siguiente: 8.2.1 Deben ser disenados de acuerdo a la cantidad de personas atendidas y cantidad de desechos a almacenar, 8.2.2 La distancia entre los contenedores, debe ser de un radio no mayor de 100 metros. 8.2.3 El tiempo de permanencia de los desechos antes de su recoleccion, no debe ser mayor de tres dias. 8.3 Todos los contenedores pequenos deberan poseer tapas. 8.4 El prestador del servicio debera realizar el lavado y desinfectado de los contenedores de desechos, la eual debe realizarse como mInima 2 veces por mes. 8.5 Para el almacenamiento de los desechos s6lidos no peligrosos los usuarios que utilicen recipientes no retornables, tendran las siguientes caractertsttcas: 8.5.1 De color opaco. 8.5.2 Imperrneables y resistentes a la humedad. 8.5.3 Su resistencia debe soportar la tensi6n ejercida entre el peso de los des echos eontenidos y la manipulaci6n por los recolectores, 8.5.4 No deben generar emisiones toxicas per combustion, descornposicion 0 transformacion. 8.5.5 Su capacidad debe estar de acuerdo con 10 establecido por cada municipalidad, el volumen no debe ser mayor de 30 kilogramos de peso pOI' cada trabajador, cuando la manipulacion sea manual. 8.5.6 Deben cerrarse por medio de unnudo 0 algun dispositive de amarre fij o. 8.6 Para el almacenamiento de los desechos s6lidos municipales los usuarios que utilicen recipientes re-usables o retornables, tendran las siguientes caracteristicas: 8.6.1 Peso y dimensiones que faciliten su manipulacion durante la recolecci6n. No mayor de 75 em de altura y60 em de diametro. 8.6.2 Construccionde material impermeable, defacil limpieza, con proteccion contra Ia corrosion (plastico 0 metal con pintura antlcorrosiva). 8.6.3 Deben tener tapas bien ajustahles, que no dificulten el vaciado de los desechos durante la recoteccion, de tal forma que, estando cerrados 0 tapados no permitan la entrada de agua, insectos, roedores, ni el escape de Itquidos POI' sus paredes 0 por el fondo. 8.6.4 Bordes y esquinas redondeados, de mayor area en la parte superior, para facilitar el vaciado. 8.6.5 Capaeidad de acuerdo con 10 establecido por cada municipalidad, no siendo el volumen mayor de 30 kilogramos de peso por eada trabajador cuando In manipulacion sea manual. 8.7.Los usuarios comerciales, institucionales y de mercados que utilicen contenedores, deben solicitarle al prestador del servicio que disponga los mismos en cantidad suficiente, de acuerdo a los volumenes producidos por cada generador. 8.8 Los pequenos cornerciantes ubicados en areas pilbli cas como aceras, parques, estacionamientos y otras, deben mantener Iimpia el area donde estan ubicados y sus alrededores, para 10 cual deben usar como minimo un recipiente para depositar los desechos, rotulados para que los usuarios tarnbien los uti licen, Estos recipientes deben tener tapas y permanecer cerrados hasta el momento de su uso. 8.9 Los duenos de transporte terrestre nacional colectivo urbane e interurbano, maritimo deben colo car recipientes para que los usuaries depositen sus desechos, al momento de hacer uso de las unidades, senalizandolos en lugares visibles. S.10 Todos los usuaries de transporte nacional terrestre, aereo y marltimo deben depositar los desechos en los recipicntes destinados para este fin. 8.U. Todas las terminates terrestres, marftimas y aereas deben tener contenedores externos para el almacenamiento de los desechos s6/idos no peligrosos productdos por los usuaries, los cuales seran dispuestos por el prestador del servicio. 9.- RECOLECCIONDEDESECHOS 9.1 Es responsabilidad de las municipalidades 0 las empresas asignadas para realizar la actividad de recolecci6n, retirar todos los descchos que elltreguen los usuaries del servicio ordinario 0 regular, de acuerdo con 10 estipulado para este tipo de servicio y siempre que la presentaci6n se realice de conformidad con 10 dispuesto en el capitulo 7 y 8 de lapresente normativa. 9.1. Si durante el pl'oceso de recolecci6n y transporte los desechos son esparcidos por el prestador de servicio, es obligacion de los operarios proceder inmediatamente a recolectarlas. 9.3 Es obligaci6n de todo duei'io de lote de terreno haldio, mantenerlo cereado, Hbre de malezlJ1 y hlllsurn, instalando rGtuios dentro del terreno, alusives a no botar basura. La municipalidad es responsable de haeer cllmplir esta disposici6n. !} A En caso de que se encuenire a cllalquir;( persona uepositando desechos en lotes baldios, cauces, orfllas de la carretera y cuerpos de agua se procedera a sancionar de acuerdo a las leyes vigentes 0 cnalqulera que surgiere en su efecto. 9.5 La recoleccion de los desechos s6lidos no peligrosos podra ser: recolecci6n ordinaria 0 regular, recolecci6n extraordinaria y recoleccion especial. 9.5.1 La municipalidad planificara la actividadde recoleccion de los desechos tanto de servicio ordinario como de servicio extraordinaria, definiendo rutas y horarios, asf como la debida comunicacicn a toda la poblacion. En caso de que la municipalidad contrate a prestadores de servicio 0 de concesiones, esta deb era aprobar la planificacion de las actividades senaladas. 9.5.2 EI servicio de reco leccion ordinaria y extraordinaria se reahzara de acuerdo a 10 planificado en cuanto a cantidad de desechos recolectados, frecuencia de recoleccion, espacio ffsico cubierto , equipos disponibles y otros cornponentes a considerar en la planificacion. 9.5.3 En el servicio de recoleccion ordinaria y extraordinaria de los desechos sotidos no peligrosos, no se perrnite Ia recoleccion de reciplentes que contengan sustancias Iiquidas, excretas humanas y de animales, plaguicidas, desechos toxicos, patogenos, combustibles, inffamahles, explosrvas, volatiles y radtoactivas, envases de productos quimicos que por su naturaleza sean catalogados como desechos peligrosos. 9.4.2 EI servicio de recoleccion especial se realizara de acuerdo a las necesidades prevalecientes en el caso de eventualidades naturales u otras no planificadas. 9.6 Los desechos domesticos no peligrosos generados en los medios de transporte acree, maritimo y terrestre internacional y que sean entregados en el pais, debcran ser regidos por el c6digo sanitario internacionaI. En el caso que sean recolectados POT el servicio extraordinario e indnerados, se ceben disponer los residuos y cenizas de acuerdo a 10 p!anteado en la pl:esente normativa en 10 que respecta a disposici6n final. 9.7 La recolecci6n de los desechos dispuestos puerta a puerta de las viviendas debe cumplir con 10 siguiente: 9.7.1 Los recipientes deb en colo carse alfrente de la vivienda, de aeuerao al horario establecido, antes que los vehiculos recolectores pasco por estos sHios. 9.7.2 E! sistema debe serimplernentado en zonas residenciales o barrios con infraestmct.ura bien definida donde el equipo pneda realizar esta actividad, 9.7.3 Ell caso de que se usen recipientes relornables, los recoteetores deben disponerlos, despues de vaciarlos, en el mismo 5it.lodonde se reeolect3ron los desechos. 9.7.4 El prestador del servicio debera establecer horarios y rutas de recolecci6n en cada municipalidad (por zonas, distrttos, barrios, otros) de acuerdo a las caractertsticas propias de cada ciudad, informacion que se debe dar a conocer a los usuarios de este servicio. 9.8 La Recolecci6n de los desechos en puntas de recoleccion, especiflcados por Ia muni cipalidad, debera cumplir 10siguiente: 9.8.1 Cuando las vias son calles principales y transitadas por automotores, sepodra utilizar el sistemade recoleccion nocturna. 9.8.2 En barrios perifericos y con calles de dificil acceso para los vehiculos de recoleccion se deberan establecer puntos de recolecci6n equipados con contenedores dimensionados de acuerdo alos volumenes de produccion de desechos del area a servir y ubicados estrategicamente, cubriendo como minimo un radio de acci6n de 100m. La frecuencia de recoleccion debe ser no mayor de dos dias. 9.8.3 Los desechos de mercado deberan ser depositados en pequenos 0 grandes contenedores, barriles 0 medios barriles con tapas. Estos deberan estar ubicados en lugares donde no existan concentraciones de personas. 9.8.4 Los desechos de mercados municipales deberan ser recolectados diariamente. 9.8.5 EI prestador del servicio de recolecci6n debera establecer el horario de recolecci6n, y darlo a conocer a todos los usuaries. para que estos dispongan sus desechos antes que el vehiculo de recolecci6n pase recogiendolos. 9.9 El prestador del servicio de recolecci6n de aseo ordinario establecera la frecuencia optimade recolecci6n, de tal forma que los desechos s6lidos no se alteren 0 propicien condiciones adversas a la salud de las personas o contaminen al ambiente, La frecuencia de recoleccicn sera al menos tres veces POI' semana. 9.10 En centros cornerciales la frecuencia de recolecciori debe ser diaria. 9.11 EI prestador del servicio determinara las rutas de reco leccicn mas idoneas, las cuales deben ser revisadas y mejoradas pOI' medio de sucesivos ensayos de prueba error, y corregidos en la practica, hasta alcanzar la ruta mas optima. 10.- TRANSPORTE DELOS DESECHOS 10.1 Los vehiculos y equipos destinados al transporte de desechos s6lidos no peligrosos se seleccionaran tomando en consideraci6n: 10.1.1 Cantidad de desechos a transportal'. lG.1.2 Condiciones topo graficas de cada localidad. 10.1.3 Condiciones climatol6gicas del area. 10.1.4 Desarrollo de proyectos de recicIaje impulsados par el prestador del servicio de recolecci6n y transporte. 10.1.5 Mano de obra calificada para el mantenimiento de los vehicu1os. 10.1.6 Condiciones econ6micas del municipio. 10.1.7 Otros. 10.2. El prestador del servicio de transporte debe realizar analisis y calculos para determinar los tipos de equipos de recolecci6n y transporte que utrlizaran cada localidad para cubrir la demanda del servicio de aseo, se debe calcular el numero de vehiculos recolectores y la capacidad de cada uno de ell os, asi como Iafrecuencia derecolecci6n, los tiempos de recoleccion, cuadrilla de recotectores, rutas de recolecd6n. Para la recolecci6n y transporte sepueden utilizar los equipos siguientes: 10.2.1 Los equipos de tracci6n animal se pueden utihzar para zonas 0 lugares con condiciones topograficas inacces ibles por vehiculos motorizados y areas suburbanas, con poblaciones menores de 10,000 habitantes. 10.2.2 Vehiculos motorizados de pequefta y mediana capacidad, de 1.5 a 4.0 toneladas se perrniten utilizar para municipios conpoblaciones entre 10,000- 20,000 habitantes, previendo los gastos econornicos para la operaci6n y mantenimiento respectivo. 10.2.3 Los equipos motorizados de gran capacidad 0 mayores de 4 toneladas, se deb en utilizar en ciudades con poblaciones mayores a los 20,000 habitantes, los cuales s e seleccionaran de acuerdo a las condiciones mencionadas en el numeral 10.1. 10.3 No se perrnite el uso de vehiculos y equipos que presenten malas condiciones en la manipulaci6n y transporte de los desechos y que atenten contra la salud y seguridad de los trabajadores y el rnedio ambiente, los vehiculos prcstaran el servicio de recolecci6n y transporte hasta que estas condiciones sean corregidas. MARENA y MINSA deberan dar seguimtcnto a esta disposicion. 10.4 EI mantenimiento de los vehiculos y equipos destinados al transporte y tratamiento de los desechos s6Iidos, estara a cargo de la municipalidad a traves de servicios municipales, salvo los casos que el servicio de recolecci6n y transporte sea a traves de contratos. 10.5 En los casos de que a los vehiculos recolectores se les brinde mantenimiento dentro de los planteles de la alcaldia o de los prestadores del servicio, estes deberan cumplir en 10que corresponda con las condiciones minimas requeridas en las norrnas de gasolinera. 10.6 Los desechos liquidos contaminados con aceites y grasas, producto del mantenimiento de los vehiculos recolectores, deberan ser tratados antes de BU disposrcion final, y deben cumpllr con los parametres establecidos en el decreto 33-95 para ser descargados ell. el sistema d. alcantarillado 0 en un cuerpo receptor. 10.7 Los vehiculos y equipos al terminar Iajornada diaria se deben Iavar, para mantenerlos en condiciones que no atenten contra Ia salud y el ambiente de las personas. 10.8 Los sitios de lavado de vehiculos y equipos utiltzados para la recoleccton, transporte y tratamiento de los desechos sohdos deben ubicarse dentro del sitio de disposici6n final de los desechos. 10.9 Se debe establecer un sistema de tratamiento para las aguas de lavado de los vehlculos recolectores. MARENA avalara el sistema de tratamiento a utilizarpor el prestador el servicio. 10.10 MARENA dara seguimiento al sistemade tratamiento de las aguas de lavado. El monitoreo sera responsabilidad de la municipalidad 0 del prestador del servicio. Los resultados seran remitidos cada seis meses a la representacion de MARENA en el territorio. 10.11 Los v ehiculos destinados al transporte de tierra, escomoros, papeles 0 cualquier otro material que pueda ser esparcido por el viento, deberaproveerse de los mecanisrnos necesarios para garantizar el correcto transporte y aislamiento de dichos materiales. 10.12 Todos los vehiculos de recolecci6n y transporte deben estar rotulados con el emblema visible de cada alcaldia, en caso que el sistema sea dado en contrato, los vehiculos deberan tener el emblerna del duefto y de la municipalidad respectivamente. 10.13 Los vehiculos de recolecci6n y lransporte de desechos s6lidos no peligrosos deberan ser utilizados unicamente para desarrollar esta actividad. 10.14 Para la recolecci6n y transporte de los dcsechos solidos peligrosos se pueden utilizar: 10.14.1 CarretiUas demanD, carretillas haladaspor animales, carretillas de pedal, carretillas motorizadas, triciclos motorizados. 10.14.2 Se permite el uso de carretillas de mane en recolecci6n casa a casa, en particularrecolecci6na10largo de calles ango stas. 10.14.3 El radio tipico deoperaci6n de una carretilla sera como maximo de 2 Krn. Se establecera una estaci6n de transferencia para la recoleccicn y transporte ala disposici6n final. 10. 14.4 La recoleccion irnpulsada unicamente por el esfuerzo humane, a traves de bicicletas, tricictos, carretones, puede utilizarse para limpieza de calles, areas suburbanas, barrios pequefios menores a 5,000 habitantes. 10.14.5 Se permite el uso de equipos de traccion animal. Se tomaran como referenda las volcarretas disenadas por INIFOM y uso con su respect iva autorizacion. 10.14.6 Solo personal autorizado por Ia municipalidad podra prestar el servicio de recolecci6n, transporte y disposici6n final en lugares previamente autorizados. 10.14.7 Deberan usarse carniones cornpactadores cuando por las condiciones propias de la ciudad o municipio sea necesario compactar grandes cantidades de desechos y los vo lurnenes deban ser cornpactados 0 reducidos de Y, a I/;, del votumen. 10.14.8 Se podran usar tractores con trailer en areas cercanas al relleno, en calles quebradas y en conjunto con los servicios de Iimpieza de calles. 10.14.9 Se pueden utilizar camicnes volquetes en areas donde no existe acceso para los carniones cornpactadores, areas pertfericas, barrios y calles estrechas donde no puedan penetrar los camiones cornpactadores. 10.14.10 Se deben usar camiones contenedores en areas donde las cantidades de desechos asi 10 requieran, principalmente en mercados y grandes centres comerciales. 10.14.11 En caso de utilizar trailer, camiones vo lquetes, vo lcarretas, carretas y otros que no sean compactadores, se debe de cubrir los desechos para evitar malos olores y esparcimiento de los mismos en la recoleccion y el transporte al sitio de disposici6n. 10.15 Las medidas dehigiene y seguridad de los trabajadores en el transporte de los desechos s6lidos no peligrosos, deben cumplir con las normativas establecidas por el Ministerio del Trabajo (MITRAB), para este tipo de actividad. 11.- LIMPIEZA URBANA 11.1 LaLimpieza Urbana comprende las labores de barrido y limpieza de vias y areas publicas y son responsa\:lilidad de servicios municipales y deben realizarse con la frecuencia necesaria para que las vias y las areas esten siempre limpias. 11.2 Se debe colo car en las aceras de las calles, recipientes para almacenamiento exclusivo de desechos producidos por transeuntes, en numero y capacidad de acuerdo con la intensidad del transite peatonal y autornotor, 11.3 Lafrecuencia del barrido de calles y vias principales debe ser diaria. 11.4 Los recipientes para almacenar desechos de Iimpieza publica, deben serpara uso exclusivo de los peatones, y no se puede depositar en ellos desechos generados en el interior de las viviendas, 11.5 Los tipos de barrido pueden serde barrido manual 0 mecanizado, en dependencia de las condiciones fis icas y economicas del municipio. 11.6 Si el barrido es manual con carretones, estos deben depos i tar los desechos en p equenos 0 gr and es contenedores que pueden ser barriles 0 medics barriles con tapas, y deben ser ubicados de acuerdo a 10establecido por el encargado de la limpieza publica. 11.7 La Ilmpieza publlca sedeberealizariniciando desde el lugar mas alejado hasta terminar en el lugar mas cercano ala ubicacion de los sitios de recoleccion. 11.8 EI responsahle de servicios municipales debe establecer el horario de recolecclon, frecuencia yIongitud de calles a barrer por cada cuadrilla, 11.9 Se deben instalar rotulos, avisos y cualquier tipo de seftalizacion para que los usuarios depositen en estes recipientes los desechos, 11.10 Los cadaveres de animales en las vias publicas deben ser removidos mediante la ejecuci6n de servicios especiales, coordinados con el MINSA, estableciendose las medidas de proteccion personal y ambiental que se requieran, 11.11 En calles muy transitadas y anchas, mayo res a los 6 metros, se utilizara el barrido mecanizado, sin embargo puede realizarse con barrido manual, siempre y cuando se guarden las medidas de seguridad para los barredores. 11.12 Se debe usar el sistemade limpieza manual en areas adoquinadas, 11.13 La Iimpiezamecanizada debe eumpHr con los rangos establecidos para emisiones ala atmosfera y de ruido. 11.141Se debe hacer uso de protectores de oido para los operarios de las Iirnpiadoras mecanizadas, cuando el nivel del ruido es mayor 0 igual a 85dB, para 8 horas detrabajo. 11.15 EI personal del servicio de Iimpiezapublica vinculado directamente con el manejo y tratamiento de los residues solidos deben utilizar un equipo minirno cornpuesto por 10 siguiente: 11.15.1 Betas. 11.15.2 Guantes, 11.15.3 Masearillas. 11.15.4 Gorro 0 protector de la cab eza. 11.15.5 Uniforme completo, el traje debe llevar el logotipo del prestador del servicio y debe ser de color llamativo para evitar aceidentes y apropiado a1clirna Iocal. 11.16 Todo los aspectos relacionados a la sa lud de los trabajadores sera regulado por e1organismo competente. 12.- ESTACIONESDE TRANSFERENCIAS 12.1 Para determinar si se requiereo no, de una estacion de transferencia, se debe contar con un estudio que incluya como mlnimo 10siguiente: 12.1.1 Determinar la cantidad de desechos a transferir. 12.1.2 Determinar el tiempo efectivo de recoleccion. 12.1.3 Calcular ladistancia al sitio de disposicion final a partir de terminado el microruteo. 12.1.4 Velocidad y capacidad de los vehlculos recolectores. 12.1.5 Capacidad econornica de la municipalidad para la inversion Inicial, op era cion y mantenimiento de Estaciones de Transferencia. 12.1.6 Descripcion de la tecnologia a instalar. 12.1.7 Ubicaci6nde las Estaciones de transferencia (ubicarlas donde no ocasionen molestias a la pob1aci6n). 12.1.8 Flota vehicular existente y necesidad de adquirtr nuevo s equipos especializados para esta actividad. 12.1.9 Capacidad instalada en el area, para el mantenimiento de estos equipos. 12.1.10 Deterrninar que tipo de estacion de transferencia se utilizara, manual 0 rnecanizada 12.2 Sedebesolicitarunaautorizaci6nambientalaiMARENA para la operacion de las estaciones de transferencia y se anexara como parte de esta soJicitud el estudio mencionado en el numeral 12.1. 12.3 La municipalidad es responsable de controlar Ia operacion correcta de las estaciones de transferencia, para 10 cual debe realizar una estricta vigilancia para prevenir que se convierta en un botadero 0 vertedero sin control. 12.4 Se debe impermeabilizar el Area a utilizar como estacion de transferencia, eJcoeficiente de permeabilidad debe ser menor 0 igual a 1 x 10 -s cm/seg. 12.5 EI tiempo de almacenamiento temporal en una estacion de transferencia no debe ser mayor de un dia, para 10cual se tiene que planificar su evacuacion diariamente. 12.6 Se definira un plan operativo en el eual esten definidas las horas y cantidades de carga y desearga de los vehiculos recotectores, para evitar cornpllcaciones en la operatividad y retrasos. 12.7 Las estaciones de transferencia se ubicaran donde no causen mo lestias a los vecinos circundantes. No deben ubicarse en areas donde haya permanen cia de personas en 200 metros del limite de la estacton de transferencia, con resp ecto a centros hosp italartos , cscuelas, centros recreativcs, v iv iendas y otros. 12.8 La estaei6n de transferencia deben estar cereada y con rotulos indicando la actividad que se realiza, 12.9 La ubicaci6nde las estaciones de transferencia deben estar a una distancia minima de 1000 mts. de las fuentes destinadas al abastecimiento de agua potable, sean aguas superficiales 0 pozos. 12.10 Para Ia ubicaci6n y diseno , se debe tomar en cuenta la direccion del viento que debe de estar a sotavento de Ia poblacion de tal manera que el aire circule de la poblaci6n h.acia el sitio de transferencia por los olores que se desprenden en la carga y descarga de los desechos; Ia pendiente por las escorrentias de las Iluvias que pueden ocasionar molestias si van a parar a los pobladores; la posicion geografica con respeeto al paisaje, 12.11 Se deben disefiar canales de drenaj es con una fosa septica como mlnimo para la descarga de las aguas del lavado de las Estaciones de Transferencia , que se realizaran adiario. 12.12 AqueUas municipalidades que instalen y operen una estacion de transferencia manual deberan utilizarvehiculos de pequefia 0 mediana capacidad para que descarguen en eJ Area destinada como estaci6n de transferencia. Los vehiculos de mayorcapacidad seran cargados manualmente eon palas 0 carretillas, adaptando rampas para realizarlos eon mayor rapidez, en dependencia del equipo a utilizar para transferir al sitio de disposicion final. 12.13 No se permite dejar desechos de undia para otro en las estaciones de transferencia. 12.14 Se debe de proporcionar a los operarios equipos de proteccionadecuados para este tipo de actividad de acuerdo alas disposiciones del MITRAB. 12.15 Se debe realizar un analis is de la forma mas adecuada de transf'erir los desechos toman do en cuenta: equipos disponlbles, capacidad economica, caracteristicas fisicas del Iugar, el tipo de transferencia en funcion del vo lumen. 12.16 Aquellas municipalidades que instalen y operen una estacion de transf'erencia mecanizada, podran utilizar: 12.16.1 Estaciones de transferencia con un sistema deun solo nive!. 12.16.2 Estaciones de transferencia con un sistema mecanizado de dos niveles, 12.16.3 Un sistema de tres niveles 0 fosas de cornpactacion. 13.~ TRATAMIENTO 0 PROCESAMIENTO 13.1 Los desechos s6lidos no peligrosos debe ser procesados o tratados mediante la ejecuci6n de metodos fisicos, quimicos y biol6gicos tales como: trituraci6n y cornpactacion, incineraci6n, ptrol ists, co mpostaje, vermicompostaje y rellenos sanitarios. 13.2 Todo tratamiento 0 procesamiento que se realice con los desechos s6lidos no peligrosos, debenrealizaruna evaluacion ambiental de los efectos que puedan generarse por dicho tratamiento en el medic ambiente, el cual debe ser revisado y autorizado por MARENA. 13.3 Los tratamlentos 0 procesamientos deb en realizarse con el fin de proteger la salud y el medio ambiente, as! como reducir los volumen de los desechos, sinperjuicio de recuperar materiales reutillzables y gcnerar subproductos: 13.3.1 Biogas. 13.3.2 Compost 13.3.3 Humus. 13.3.4 Energia. 13.3.5 Otros de interes. 13.4 EIMARENA debe dar seguimiento y control para velar pore! cumplimiento de los requisites ambientales conforme a 10 establecido por la legislaci6n vigente, sin perjuiclo de otros que surgieren en su efecto. 13.5 Los centros destinados al procesamiento 0 tratarniento de los desechos s6lidos deb en estar ub icados, como minimo a 1000 metros de los asentamiento s humanos, industrias de ali mento, escuelas, hospitales, centres de desarrollo infantil, areas de recreacion y cualquier actividad que haya p ermanencia de personas. 13.6 La ub lcacion de los centros de tratami ento 0 procesamiento deben estar a una distancia minima de 1000 mts. de las fuentes destinadas aJ abastecimiento de agua potable, sean aguas superficiales 0 pozos. La direcci6n predorninante del viento, sera a sotavento, es decir de las poblaciones al centro de procesamiemo 0 tratamiento. 13.7 No sepermite la ubicaci6n de los centros de tratamiento en areas protegidas como; Reservas Biol6gicas, Parques Nacionales y Reservas de Recursos geneticos; Patrimonio cultural, Sitios Hist6ricos y areas consideradas fragiles. Los desechos generados en estas areas deberan lIevarse fuera y ser tratados, 13.8 En las areas protegidas que tengan Planes de Manejo (Planes Maestro), el sitio de los centros de tratamiento deben ubicarse segun 1a zonificaci6n y su normativa correspondiente. La ubicaci6n de los centros de tratamiento en areas protegidas que no tengan Planes de Manejo (Planes Maestro), debera solicitar la autorizaci6n correspondiente a la Direcci6n General de Areas Protegidas deIMARENA. 13.9 Los centros de tratamiento 0 procesamiento no deben ubicarse a menos de 1000 metros de la linea limitrofe municipal. Se exceptuan las administraciones municipales mancomunadas. 14.RECICLAJE,REUTILlZACI6NYAPROVECHAMIENTO 14.1 Si la municipalidad 0 cualquier empresa se propene a realizar un proy ecto de reciclaj e de desechos s6lidos no peligrosos, en los cuales los volumenes sean mayores de 5 toneladas/ dia, deberan solicitar un permiso a MARENA para su instalaci6n y operaci6n. 14.2 Los desechos s6lidos no peligrosos que se utilicen para1arealizar el reciclaj e no deb en poner en riesgo 1asalud y el ambiente. 14.3 Para realizar el proyecto de reciclaje, reutilizaci6n y aprovechamientc de los desechos s6lidos no peligrosos, se debe realizar un analisis, evaluando los siguientes aspectos: 14.3.1 Volumen y tipo de desecho solido que se desea reciclar. 14.3.2 Aspectos ambientales a considerar y cumplir. 14.3.4 Tecnologia de reciclaje. 14.3.5 Costos de inversion inicial, op eraclon y mantenimiento del sistema de reciclaje. 14.3.6 Uso y demanda de los productos. 14.4 Si la municipalidad es quien realizara el reciclaje 0 aprovechamiento de los desechos solidos no peligrosos, 10debera coordinar con MARENA, MIN5A YMITRAB; as! como estab1ecer unaplanificaci6n bien definida en cuanto a horarios, equipos a utilizar, frecuencia y otros parametres a considerar, 1a cual no debera interferir con el servicio de recoleccioncrdinario y extraordinario. 5 e debe determinar la ubicaci6n del area destinada para la separacion, clasificacion y almacenaje de los desechos solidos a reciclar. 14.5 Si el reciclaje fuese realizado por empresas particulares, la munlcipalidad debera establecer control de estas en coordinacion con MARENA, MINSA y MITRAB. 14.6 Los tipos de desechos a reciclar, podran ser: 14.6.1 Desechos organicos. 14.6.2 Papel y cart6n. 14.6.3 Plastico. 14.6.4 Aluminio y cobre. 14.6.5 Vidrio. 14.6.6 Metales. 14.6.7 Cuero y caucho. 14.6.8 Otros de interes 14.7 Solo se permite la separacion de los desechos sondes en 1afuente de origen y en los sitios autorizados porMARENA yMINSA. 14.8 El acopio y almacenamiento temporal de elementos recuperables deb era efectuarse en sitios de almacenamiento, antes de su traslado al sitio de clasificaci6n y empaque, observandose condiciones sanitarias y de proteccion de los trabajadores y del ambiente. 14.9 La ubicacion de los sitios de alrnacenamiento, centres de acopio y plantas de recuperacion de desechos solldos, deben de realizarse de acuerdo con las normas de planificacion urbana vigentes en cada municipio y de conformidad con las directrices que seflale e1MARENA, MINSA. 14.10 La instalacion y funciouamiento de los sitios de almacenamiento, centros de acopio y plantas de recuperacion de desechos, requeriran de la autorizacion del MARENA y MIN5A. 14.11 La operaci6n de los sitios de alrnacenamiento, centros de acopio y plantas de recuperacion de desechos, deberan reaJizar sus actividades bajo las siguientes condiciones; 14.11.1 Cumplir con las disposiciones de salud ocupacional, higiene y seguridad industrial, control de la contaminaci6n del aire, agua y suelo, de acuerdo con las normas vigentes y las que al efecto senate el MARENA, MINSA, MITRAB. 14.11.2 Mantener las instalaciones y sus areas perifericas, libres de todo desechos s6lidos 0 Iiquido que pudiera generarse de la actividad de almacenamiento. 14.11.3 Asegurarse el aislamiento con el exterior, para evitar problemas de estetica, proliferaci6n devectores y roedores, asf como de olores molestos y ruido. 14. 11.4 Realizar las operaciones de descarga, carga y manejo de material recuperables en el interior de sus instalaciones. 14.11.5 Otras que determine el MARENA y MINSA. 14.11.6 La solicitud de permiso e instalacion y operacion de 1aplanta de reciclaj e debe contar con un prcgrama de cierre o clausura, ante un eventual cese de operaciones. 14.12 No se consideraran como plantas de recuperacion, las empresas industriales que utilicen como materia prima desechos s6lidos rcciclables y las que emplean desechos s6lidos reutilizables para su producci6n. 14.13 La municipaltdad debera establecer programas para fornentar el reciclaje, evaluando previamente los mecanismos de implementaci6n, dado que la calidad y composici6n los desechos son diferentes entre una ciudad y otra, 14.15El programa de reciclaje debera considerar 10 siguiente: 14.15.1 Fomentar laseparacion en lafuentede generacion, fortaleeiendo y organizando a los segregadores informales. 14.15.2 Bstablecer la participaci6n comunitaria y la educaci6n ambiental en los procesos de separacion de desechos no peligrosos. 14.15.3 Disminulr en 10posible la segregaci6n de reciclables en las aceras, en los camiones recolectores v en 1a disposici6n final. • 14.15.4 No se permitira que personas ajenas a las que prestan e1 servicio de aseo y a las no autorizadas poria municipalidad realicen el reciclaje y manipulen desechos de cua1quier origen, 14.15.5 Se deben Realizar estudios muy cuidadosos de mercado y tomar en cuenta los costos arnbientales que implican la instalaci6n de plantas de aprovechamientos 0 de reciclaj e como las de compost, incineracion con recuperaci6n de energia, biogas, otros. Se debera tornar en cuenta el costo de oportunidad de la disminuci6n de los residues que tiene que rnanejar e1 servicio de aseo urbano y mayor vida utll del vertedero, l4 .15.6 Fomentar la investigaci6n y el aprovechamiento de subproductos obtenidos del tratamiento de los desechos como biogas, energla y otros de int eres. 15.- DISPOSICI6N FINAL 15.1 La ubicaci6n de los sitios de disposicion final deberan cumplir con los requtsitos estab lecidos en la normativa 05 013 - 01 para rellenos sanitarios, en 10 que corresponda. 15.2 La utilizaci6n de incineradorespara tratar los desechos s6lidos no peligrosos, requieren del prcvro perrniso del MARENA y M1NSA. 15.3 La utilizaci6n de incineradores requieren del tratamiento disposici6n final de los residuos y cenizas que se generen de este proceso. 15.4 La disposici6n final de los residuos y las cenizas producidas poria incineracion de los desechos s6lidos no peligrosos se deben realizar bajo los requisitos establecidos en la norrnativa 05 013 - 01 Norma Tecnica para el control Ambiental de los rellenos sanitarios, 15.5 No se perrnite en los sitios de disposici6n final de desechos s6lidos no peligrosos las cenizas provenientes de incineradores para desechos s6lidos peligrosos, en 10 que corresponda a la Norma Tecnicapara e1Manejo y eliminacion de residuos s6lidos peligrosos. 15.6 Sedebe destinar un area en elsitio de disposicion final de los desechos s6lidos no peligrosos, cu an do la municipalidad 10 decida asi, para realizar la separaci6n, clasificaci6n y almacenaje de los desechos a reciclar. 15.7 La presente normativa debera ser evaluada cada quinquenio, analizando el metodo utilizado para la disposici6n final, introduciendo mejoras de acuerdo a los avances tecnol6gicos. Previamente se debe realizar un diagnostico que indique los niveles de cumplimiento de la normativa, en funcion de su aplicaci6n. 15.8 Cualquier mejoramiento ala tecnica que seutilice para la disposicion final de los desechos, debe ser evaluado pOI' MARENA, MINSA, los cuales deberan emitir una autorizacien donde aceptan dicho mejoramiento o nuevo sistema, exigiendo la aplicaci6n de un plan de gestion ambiental. 16.- TRATAMIENTODELIXIVIADOS 16.1 Para cumplir con las normativas vigentes en todo el territorio nacional, respecto a la descarga de desechos Iiquidos, la municipalidad 0 el prestador de servicio debera contar con un sistema de tratamiento de lixiviados, en los casos que 10 ameriten, antes de ser descargados para su disposici6n final. 16.2 No sc perrnite la descarga de Iixiviados en el suelo yen cuerpos de agua, sin tratamiento previo. 16.3 Los metodos de tratamiento a emplearse dependeran de las cantidades de Iixiviados generados yla composicion de estes, areas disponibles, capacidad econ6mica de la municipalidad, personal capacitado para Ia operacion y mantenimiento disponible en Ia region. 16.4 Cualquiera que sea el sistema de tratamiento a ernplearsepara los Iixiviados, debe considerar lo siguiente: 16.4.1 Caracteristlcas del Suelo y subsuelo, nivel freatico y zonas de expansion futuras. 16.4.2 Caracteristicas de las descargas de los lixiviados. Poblaciones y actividades situadas aguas abajo y su distancia aproximada al sitio de descarga. 16.4.3 Si la descarga se realizara a un rio y no se disponga de datos sobre aforos del rio, estos deberan ser efectuados, determinando los gastcs minimos de estiaje y maximos de crecientes. 16.4.4 Si la descarga se realizara en el mar 0 en un Iago, deberan deterrninarse los datos necesarios para conocer la direccion y la velocidad de los vientos y corrlentes de agua predorninantes, niveles rninimos y maximos de mareas (bajamary pleamarrespectivamente), y deb era realizarse un Ievantarniento batimetrico de una amplia zona, alrededor del punto de descarga. 16.4.5 Si la descarga es en el suelo, se debe determinar la capacidad de saturaci6n del suelo , porosidad y permeabiJidad. 16.5.1 Para el monitoreo de las aguas de descarga 0 las aguas ya tratadas, se tomaran como referencia los valores limites establecidos en el decreto 33-95 paradescarga de aguas residuales domesticas. La realizacion del monitoreo es responsahilidad de la municipalidad 0 del prestador del servicio. 16.6 Para el tratamiento de los lixiviados se podran haeer uso de tratamientos ffsicos, quimicos y biologlcos. 16.7 Se permite el uso de lagunas de evaporaci6n 0 de seeado, lagunas de estabilizacion, filtros percoladores, biofiltros, recirculacion de Iixiviados, siempre y cuando el MARENA revise y apruebe estos diseilos. 16.8 Cuando se realice la recirculacion de los lixiviados a las celdas activas, se diseftaran lagunas de almacenarniento y sistemas de recoleccion de los lixiviados para luego ser bombeados a las celdas activas de los rellenos sanitarios. 16.9 En el caso que serealieela circulacion de los Iixiviados se debe impermeabilizar el area del almacenarniento de los lixiviados. Para tal fin, se debe utilizar arcilla de los sitios de prestarno aprobados por MARENA, can coeficiente de permeabiIidad no mayor que 10xlO-5 cm/seg; lonas de material sintetico u otro material aprobado por 1ainstancia correspondiente. 16.10 Cualquiera que sea el tipo de tratamiento de los lixiviados, MARENA en conjunto conMINSA debera evaluar el monitoreo establecido en lanormativa 05013 - 01 Norma Tecnicapara el Control Ambiental de los Rellenos Sanitarios y otros que surgieren en su efecto. 17.- DISPOSICIONES FINALES DE LA PRESENTE NORMATIVA 17.1 No se permite depositar animales muertos, en los recipientes de almacenamiento de uso publico 0 privado. 17.2 No se permite la quema de desechos s6lidos no peligrosos, bajo ninguna circunstancia. 17.3 No se permite entrega de desechos por parte de los usuarios del servicio ordinario, a trabajadores del barrido y Iimpleza de las vias y areas publie as . 17.4 No se permiteremover 0 extraer desechos del contenido total o parcial de los recipientes, unavez colocados en el sitio de recoleccion, por personal distinto aI del servicio de recoleccion. 17.5 No se permite la disposici6n 0 abandono de desechos, cualquiera que sea su procedencia, a cielo abierto, en vias 0 areas publicas, en predios baldios, cauces y en los cuerpos de agua. 17.6 No se permite arrojar desechos, de cualquier tipo, en vias publicas, parques y areas de esparcimiento colectivo. 17.7 No se permitealmacenar desechos sotidos en un mismo recipiente, cuando puedan interactuar oeasionando situaciones peligrosas, 17.8 No se permite depositar desechos peligrosos en recipientes destinados al almacenamiento de desechos solrdos no peltgrosos. 17.9 La instancia responsable para dar seguirniento a Ia vigilanciade la presente normativa es MARENA en conjunto conMINSA. 18.- OBSERVANCIADELANORMA 18.1 Las Municipalidades son las responsables del servicio de recoleccion, transporte, tratarniento y disposicion final de los desechos solidos. El Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA) y el Ministerlo de Salud (MIN SA) son las Instituciones responsab les de la Observancia de la aplicacion de la presente norrnativa. 19.- ENTRADA EN VIGENCIA 19.1 La presente Norma Tecnica Obligatoria Nicaraguense entrara en vigencia a partir de su publicaci6n en la Gaceta, Diario Ofieia!. 20.- SANCIONES 2.1 Todas las personas que incumplieren con la presente norrnativa seran sancionados de acuerdo a la legislacion vigente y a las que surgieren en su efecto. 21.- PERIODOS DE REVISI6N 21.1 La reviston de Ia presente norma se reahzara cada 5 aflos como perfodo maximo a partir de la fecha de su puesta en vigencia, siendo esta responsabtlidad del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales. 22.- REFERENCIAS a. Ley No. 217 Ley General del Medio Ambiente y los recursos naturales, Gaceta, Diario Oficial No. 105, Managua, Jueves 6 de Junio de 1996. b. Decreto 9-96 Reglamento de la Ley General del Medic Ambiente y los Recursos Naturales, Gaceta, Diario Oficial No 163, Managua 29 de Agosto de 1996. c. Decreto 45-94, Reglamento dePermiso y Evaluaci6n de Impacto AmbientaI. d. Decreto 33-95 Drsposiciones para el Control de la contaminaci6n proveniente de las descargas de aguas residuales dornesticas, industriales y agropecuarias. e. Guia para el Manejo de residuos So lidos en ciudades Pequenas y Zonas Rurales, Serie Tecnica No. 31, Centro Panamertcano de Ingenieria Sanitaria y Ciencias del Arnbiente, Division de Salud y Ambiente OPS/OMS, con el ausp icio de la Agencia Espanola de Co operacion Internacional, OPS/CEPIS/PUB/97.31. f. Desechos Sofidos, SectorPrivado /Rellenos Sanitarios, Programa de Gesti6n Urbana-PGU, OficlnaRegional para America Latina y el Caribe, Serie Gesti6n urbana, Vol. 13. g. Proyecto Manejo Integral de los Desechos S6lidos a Nivcl Nacionai, Instituto Nicaragiiense de Fomento Municipal, Direcci6n de Desarrollo Urbano y Servicios Municipales, diciembre 1996. h. Ley No. 219. Ley de Norrnalizacion Tecnica y Calidad, Gaceta, Diario Oficial No. 123, Managua, Martes 2 de Julio de 1996. i,Decreto No. 71-97. Reglamento de la Ley de Normallzacion Tecnica y Calidad, Gaceta, Diario Oficial No. 241, Managua, Jueves 18 de Drciernbre de 1997, j. Co mpendio de resoluclones y normativas en materia de higiene y seguridad del trabajo (1993-1998), Ministerio del trabajo. k. Gesti6n Integral de residuos S6lidos, George Tchobanoglous-HilaryTheisen-Samuel A. Vigil Me Graw Hill, 1998 J. Entrevista a la Lie. Ruth Saavedra, Dtrectora de Servicios Municipales de 1<1 Alcaldia de Leon. m. Entrevista al Ing. Rodolfo Lugo , Director de Limpieza Publica de la Alcaldla de Managua. n, Entrevista a Ia Ing. Maria Asuncion Ortega, Especialista Ambiental. o. Guia para 1aubi cacion de vertederos DGCA, MARENA. Ultima linea ....