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尼加拉瓜的法律

NTON 03 030-00: Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense sobre miel de abeja

颁布于 2000-10-20 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
尼加拉瓜
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, apiculture/sericulture, processing/handling, cattle, packaging/labelling, transport/storage

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文本

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  1. COMISION NACIONALDE NORMALIZACION TECNICAYCALIDAD Reg.No.1806-M-07029410- ValorC$420.00 CERTIFICACION LasuscritaSecretariaEjecutivade laComisionNacionalde NormalizacionTecnicayCalidad, porIapresente.CERTIFICA: I. -QueenelLibrodeAetasquellevadichaComision,de las paginas 37 a la40seencuentra queliteralmentedice:"ACTA No.008.00 Enla ciudaddeManagua,a lasnueve y cuarenta delamanana deldlanuevedeMarzo delano dos mil,reunidos en el Auditorio del Ministerio de Fomento, Industria y Comerclo, laComlsion Nacional de Normalizacion Tecnicay CaUdad, integradapor lossiguieatesmiembros: Lie.Norman Caldera, Ministro de Fomento, Industria y Comercio; Ing. ClementeBalmaceda,DelegadoelMinistrodeTransporte e Infraestructura; Lie.VicenteUrcuyo,DelegadodelMinistro Agropecuario yForestal; Ing.IndinaLeonMedrano.Delegada delDirectordellnstitutoNicaragiiensedeEnergia; Dr.Gilberta Solis EspinOza, Delegado del Representante del Sector Industrial; Dr. Boris Gutierrez, Delegadodel Ministro de Salud; Ing, Jorge Espinoza 0., Delegado del Ministro del Ambientey los Recursos Naturales; Ing. Mauricio Peralta, Director General de Competenciay Transparencia en los Mercados delMinisteriodeFomento; Industriay Comercio y la Lie. JamilethLoymandeMartinez,SecretariaEjecutiva, Directora de Tecnologla, Normalizaciony Metrologia del MinisteriodeFomento, Industriay Comercio, encalidadde invitados especiales, Ing,Humberto Guerrero A.Delegado de laComisi6nNacionaldeEnergia; Ing.DonaldTucklerTorrez, SecretarioEjecutivo delaAsociaci6n NacionaldeAvicultores yProductores de Alimento yelLie.ErnestoCastillomiembro de la AsociacionNacionalde Avicultoresy Productores de Alimento. Constatado elQuorumdeLeyysiendoesteeldia, lugar y hora senalados, ~e procede en la siguiente forma: Preside la Sesion el Lie. Norman Caldera,quien la declara abierta. A continuacionseapruebanlospuntosde Agendaa tratar que sonlos siguientes: (partes inconducentes) 8-00 AprobarlaNorrnaNTON 03029-99 NormaTecnicadeMielde Abeja, presentadaporelMinisterio Agropecuario yForestal.. (partes inconducentes). Nohabiendootroasunto quetratar, se levantalasesi6na las oncede la mananadel dia nuevede Marzo del dos mil. Lela fue la presente acta, se encuentra conforms, seprueba,ratifica y firmamos. NormanCaldera, MinistrodeFomento, IndustriayComercio. Presidente. Lie. Jamileth Loyman, SeeretariaEjecutivadelaComisi6n Nacional de NormalizacienTecnicay Calidad." Es conformecon su original,conel eualfuedebidamentecotejado porlasuscrita SecretariaEjecutivayasolicitud delMinisterio Agropecuario y Forestalpara sudebidapubllcacionen"La Gaceta.Diario Oficia}", extiendo e$ta CERTIFICACI6N Ia que firmo y sello en la ciudad deMan/up)a, a 10$veinte dias del mes de QOl.ubtepelafio 40s mil. Lie. Jamileth y»ymandeMartinez, Secre~ariaEjecutiva,Comisi6n Nacional de Normalizaeion Tecnicay Calidad. . La Nl,!l1Ua T~cnica Obligatllrla NicaragQense 03 030-00 NQI1UII.;I'ecnJca de Mielde J\beja, hasido preparadaP9tel Grupode Trabajo de MielYen suelaboraclonparticiparon las siguientes personas: 3. DENOMINACIONES .3.1 Descripcion. La miel se compone esencialmente de diferentesazucares,predominantementeglucosayfructuosa. EI color de la miel varia aesde casl lncoloro lIPilfdO oscuro, Suconsistenciapuedeserfluida,viscosa, total 0 parcialmente cristalizada. E1sabory el aroma varian, pero en general posee los de la planta de que procede. 3.2 Segun su origen 1. OBJETO Estanorma fueaprobada POl' el Grupo de Trabajo en 8U ultiinasesi6nde trabajo el dia j de Febrero de 2000. Gerardo Gutierrez Silvio Flores Noel Salazar Fiorami Ave~"li Enrique SA.nehez An. Cristina Miranda B.rnab~la Orozco Clara Ivaniz Soto Noeml Solano Lacayo Silvio Rene Lopez Karlyn Stubberl Comiaion Nacional de Promocion y Exportaciones (CNPE/MIFIC) NATIVA FOCANICSA COSPE Ministerio Agropecuario y Forestal (MAG-FOR) Ministerio Agropecuario y Forestal (MAG-FOR) Ministe,rio Agro'pecuarioy Forestal (MAG-FOR) Ministerio de Salud MINSA Ministetio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC) Productor Asoei'cion Nie ragllens. de l'roduetorell y Exportadores de Productos No Tradicionales (APEEN) 3.2.1 La Mie1 de flores 0 nectar. Es la miel que precede principalmente de los nectaresde las flores. 3.2.2 La Mielde mielada, Eslamielqueprocedeprincjpalmente desecreciones de las partes vivas de las plantas 0 excreciones que los Insectos succionadores de plalttasdejan sobre partes vivas de las plantas. Su color varia de pardo muy claro, 0 verdcso, a pardo oscuro. 3.3 Segun el metodo de elaboracion, 3.3.1 La miel centrifuga 0. lamiel obtenida mediante la centrifugacicn de los panales desoperculados, sin larvas. 3.3.2 La miel prensada, Es Ia.mlel obtenlda mediante la compresi6nde los panales, sin larvas, con 0 sin aplicacion de calormoderado. 3.3.3 La mielescurrida, Es lamielobtenidamediante eldrenaje de los panales desoperculados sin larvas. Esta normatieneporobjeto establecer los requisitos que debe cumplir.la miel de abeja. 1. AMBITODEAPUCACION La presentenorma seapllca atodas las mieles producidas pot abejas obreras y regula todos los tipos de formas de presentaclon de la miel que se ofrecen para el consume directo. La norma regular tambien la miel envasada en envases no destinados a la venta al por menor (agranel) y destinada al reenvasado en envases para la venta al por menor. 2. DEFINICIONES 2.1 Miel. Se entiendepor miella sustanciadulce natural producida por abejas obreras a partir del nectar de las flores 0 de seoreciones de partes vtvas de plantas 0 de excreciones de insectos succionadores de plantas que quedan sobre partes vivas de plantas, que las abejas recogen, transforman y combinan con sustancias especfficas propias, y almacenan y dejan en el panal para quemadure 3.4 Segun s~ presentacion La miel que satisface todos los criterios de composici6n y calidad establecidos en la seccion 4 de esta norma, puede ser presentada de las siguientes formas: 3.4.1 Miel, La miel en estado llquido 0 cristalizado 0 una mezcla de ambas. 3.4.2 Miel en panal, La miel almacenada por las abejas en panales recien construidos, sin larvas, y vendida en panales enteros cerrados 0 secciones de tales panales. 3.4.3 Miel en trozcs. La miel que ccntiene uno o mas trozos de panales de miel. 3.4.4 Miel cristalizada 0 granulada. La miel que ha experimentado un proceso natural de solidificaci6n como consecuencia de la cristalizacicn de la glucosa. 3.4.5 Miel cremosa (0 montada) es la miel que tiene una estructura cristalina fina y que puede haber sido sometida a un proceso fisico que le confiera esa estructura y que le haga facil de untar, Lamielnodebera contenersustancias tcxicas que derivende microorgantsmos 0 plantas en cantidades que puedan constituirunpeligro para Ill. salud: La mielqueseponga a laventaalpor menor0 quese utilice en cualquierproducto para consumohumano debera estar exentademoho visibley desustancias ii:lOrganicas extranas a su composicion, tales como Insectos; larvas o granos de arena. 4, FACTQRES ESENCIALESDE COMPOSICION Y CALIDAl> 4.1 .Lamiel no debetaten.er ningun sabor, aroma C?ntliminaci6n inaceptable que haya sido absorbido de ~tla materia extra~a durante su elaboraci6n y almacenaniicnto. La miel no debera ha'ber comenzado a (crni¢lI.tar 0 producirefervescencia. NQdeber{u;a\entarsela mielamedidatalquesemenoscabe $ucomposici6ny calidad esenciales, 7. ETIQUETADO 7.2 Etiquetado de envases no destinados a la venta al por menor. Losproductos que satisfagan las disposiciones de la norma deberanserdesignadosconel termino"miel" Lamiel quesatisfagalasdfsposlciones enelnumeralc.Ilevara muycercadelapalabra"miel"elnombrecomun0 el nombre botanicode la fuente 0 las fuentes florales, Ningunamiel podradesignarse conunadelasdenominaciones que figuran enel numeral 3, a menos que se ajuste a la descripciol.1 correspondiente quefigura endicho parrafc.se indlcaran lasformasdepresentaclondescritasenel inciso3.4 acapites 3.4.2). 3.4.3~. 3,4,4)y lA.5) Ademas de las disposiciones de1aNormaNTON03021- 99 NormadeEtiquetado dealjmentos Preenvasadosparaconsume humano seaplicaranlassiguientes dlspcsicioaes especificas. Lamiel podradesignarse conelnombre delaregiongeografica o topografica, si hasideproducida exclusivamente enel area a quese refiere la denominaci6n. 7.1Nombredei alimento La miel podra designarse de acuerdo con su origen, ya sea estefloral 0 deplantas. seprocedetotal 0 principalmente de esas fuentes en particular y siposee las propiedades organolepticas, fislcoquimlcas y microscopicas que corresponden a dicho origen, %c 0 1,0 % como maximo 40 mileequivalent•• de Acido por 1000 gr. Ccmomax. 0,$% como maximo 15 como maximo 10% como maximo 23%''como maximo o6 % como miKimo 0,1% CGn\O maximo 53% como minima 21% como miximo 6S%,como minima i~l.pren$.da ontenido ,de sUiJtanciasminerales cenizas): . ietes -: indicadas 'a ,continuaci6n cidez ollte"idl> de .6Iido. insolubl~s en agua: i¢les distint.. de I. "'iel rens.d. iel de mielada o Unam~zcl. de nti~1 de i~lad. miel de flores iel d~ mi~l.d.. m~zol.. ds miel de 1.lada y misl de nors', Robinia, splisgo, Citrus, Alfalfa, m~llloto, 'Red\Gum" (Esucalyptus) .1I\&ldul~n.i.). Acacia, "L~atherwood" £~crypbi.cLucind.). "M~nzi~s Banksi" Banks;. m~nzi~sH) 'R~d B~Il" (Calothamnus sanguin~us), 'White .tringy bark" Eucalyptus .csbr.), "Orand B,nkoia" Banksia grandls). "Blackboy" Xanthorrhoe a reisH ontenido aparente de azuc artreductor, calculado como azuear "yerti4o: 'i~l~s "\>i,,dlo.d.s a ccntinuacien ctividad de la diastasa: ontenido de hidrcximetlffurfural 5. ADITIVOSALIMENTARIOS Nose permiteninguno, 3 como ntinimo 40 mg/kg como maximo 7.2.2 La Informacion sobre etiquetado que se especifica en esta Seccion se facilitara ya sea en el envase 0 en los documentos que \0 acompanan, salvo que el nombre del producto,laidentificaci6n dellote y elnombrey la direcci6n del fabricante0 envasadordeberan aparecer en el envase. 6. WGIENE Se recomienda que los productos regulados por las disposiciones de esta Normase preparen de conformidad con la.s secciones pertinentes del C6digo Internacional Recomendado dePracticas.Principios GeneralesdeHigiene delosAlimentos (CACIRCPl-1l969,Rev.2(l985),Volumen I delCodexAlimentarius). 7.2.3Laidentificacion dellote,y elnombreyladireccion del fabricante 0 del envasador,podran ser sustituidos por una seilaldeidentificaci6n, a condici6n.de quedichaselialpueda identificarse claramente conlosdocumentosqueacompailan al envase. 8. METODOSDEANALISISYMUESTREO 8.1 Analisis PRINCIPIO ;<ilo"'~. t'''''~t()t.s Titlilolll.trl. , Ollt'III"O CIt' .MIII~t. ell (Cenlzas lanl.iOn • 600·c ulDecUd Refractrollletrl. acaroita.Jtlanifieilta ·IRvers·6n Walker <lridos i~solubl~. en Agli. Gravimetrta 9. R£FERENCIAS a) .1'lortnaTe~nicaObligatoriaNicaragftense NTON 03 021-99 Norma de Etiquetado de Alimentos Preenvasados para Consumo Humane. b) NormaCODEESSTAN l2-1981,NonnadelCodees para la Miel. 10. OBSERVANCIADE LA NORMA La verificacion y certificacionde esta Nonna estaraa cargo etel Ministerio Agropeculldo y Forestal a traves de la Direccion <leSalud Animal y <leiMinis~erio de Salud a traves de la Direccion de Control de Alimento. n. ENTRADAENVIGENCIA LaPresOlte NormaTecmca ObligatonaNieatagtienseentrarA en vi~eIlcia con caracter Obligatorio de forma inmecJiataa partirdesu pUblicacion en La Gaceta.Dlarlo Oflcisl. 12. SANCIONES El inculUPlimiento alas disposiciones establecldas en Ia presente norma, debe ser sancionado confonne a 10 establecido en la Ley 291 Ley Baslca de Salud Animal y Sanidad Vegetal y su Reglamento; las Disposiciones Sanitarills; Deereto No. 391y No. 432 y en la Ley de NormaliZacion Tecnica y Calidad,

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