Decreto Nº 83-2001 — Reglamento de la Ley de marcas y otros signos distintivos
颁布于 2001-09-04 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 尼加拉瓜
- 主题
- Agricultural and rural development
- 关键词
- intellectual property rights, breeders' rights, innovation, registration, taxes, legal proceedings/administrative proceedings, internal trade, international trade, consumer protection, certification, agricultural commodities, fiscal and market measures
- 类别
- *
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3. Indicaci6n de la (s) modificacion (es) 0 cambio (5) Para una misma solicitud pueden invocarse prioridades multiples 0 prioridadcs parciales, que pueden tener origen 4. Relaci6n de documentos anexos en dos 0 mas ofieinas diferentes; en tal caso el plazo de prioridad se contara desde la fecha de prioridad mas antigua. 5. Lugar para notificaciones EI derecho de prioridad tarnbien podra basarse en una 6. Nombre y firma del solicitante. solicitud anterior presentada ante el Registro de la Propiedad Intelectual, siempre que no se hubiese invocado Cuando la misma modificacion 0 correccion afectara a una 0 en esa solicitud un derecho de prioridad anterior. La mas solicitudes 0 registros, podra solicitarse para todos ellos concesi6n del registro solieitado con beneficio del derecho mediante un {mico pedido.. de prioridad conlleva la cesacion de los defectos de la soticitud anterior con respecto a los elementos que fuesen Arto.21 Solicitud de Modificacion. EI pedido de modificacion 0 de correcci6n se presentara Arto.23 Procedimientosaseguirpresentad:llilUoincitu.Rd acompai'ladodel comprobantede pago de la tasa establecida. fraccionaria. A efectos del Articulo 12 de la Ley, se entendera que una A cada solicitud fraccionaria se Ieasignara un nuevo nnmero solicitud se encuentra en tramite mientras no se hayan y contendra la identificacion del numero de Ill. solicitud inicial. agotado todas las instancias y recursos administrativos 0 judiciales relativcs ala solicitud previstos en la legislaci6n Efectuada Ill. division, cada solicitud fraccionaria se tramitara nacional, En caso que la modificacion de la solicitud se por separado como si se hubieran presentado de manera debiera a un cambio en Ia titularidad como consecuencia de independiente desde el inicio. una transferencia total 0 parcial, se aplicara 10 dispuesto en los Articulos 30, 31 Y32, de Ill. Ley, en 10 pertinente. Si Ill. La publicaci6n de Ill. solicitud efectuada antes de la division transferencia conllevara una division de Ill. solicitud, se surtira efectos para cada solicitud fraccionaria. aplicara 10 dispuesto en el Articulo 13 de Ill. Ley. Arto.24 Desistimiento. Sera aplicable a Ill. modificacion 0 corr~cci6n de Ill. solicitud 10dispuesto en el Articulo 24 de Ill. Ley. El desistimiento de una solicitud de registro de marea se hara conforme el Articulo 17 de Ill. Ley y contendra al menos los Arto.22 Division de la solicitud. siguientes elementos: EI pedido de division se hara conforme 10 establecido en el 1. Datos generales del solicitante, titular, representante Articulo 13 de la Ley y contendra al menos los siguientes o apoderado elementos:
2. Indicacion de Ill. (s) so l icitud (es) objeto de
1. Datos generales del solicitante (5), representante 0 desistimiento, clasificacion; lugar paranotificaciones; nornbre apoderado y firma del sollcitame,
2. Datos de Ill. solicitud objeto de division Podra desistirse de dos 0 mas solicitudes en tramite mediante ununico acto. A estos efectos quien desista deb era identiflcar
3. Nueva listas de productos y servicios cada unade las solicitudes objeto del desistimiento, EI Registro de la Propiedad Inteleetual acumulara los expedientes de cada
4. Relacion de documentos anexos soli citud a fin de pronunciarse sobre el desistimiento. Present/ado el desistimiento el Registro resolvera ordenando
5. Lugar para notificaciones el archive de Ill. solicitud correspondiente.
6. Nombrey firma del solicitante. Arto.25 Examen dcforrna. EI pedido de division se presentara acompanado del Si Ill. agrupaci6n 0 Ill. clasificacion de los productos 0 servicios comprobante de pago de Ill. tasa establecida, sin el cual no indicados en la solicitud de registro fuese incorrecta, el se Ie dara tramite, salvo 10 dispuesto en el Articulc 4 del Registro de la Propiedad Intelectual lo notificaraal solicitante presente Reglarnento. indicando cuando fuese el caso quien enterara Ill. tasa establecida de conformidad COn' el Articulo 95 de la Ley. A efectos de formar cada solicitud fraccionaria, el solicitante presentara las nuevas listas de productos y servicios Cuando uno 0 mas de los productos 0 scrvicios incluidos en agrupados segun corresponda para cada una, y coplas de la lista de la solicitud se hubicra designado en terrninos los documentos contenidos en Ill. solicitud inicial. EI generales 0 imprecisos 0 que fueran incomprensibles 0 Registrador autenticara las copias que fuesen necesarias incorrectos, el Registro de Ill. Propiedad Intelectuallo nctificara para constituir el expediente dc cada solicitud fraccionaria. al solicitante para que corrija Ill. lista observando 10 previsto Sera aplicable a Ill. division de la sclicitud 10 dispuesto en en el Articulo 12 de Ill. Ley. el Articulo 24 de la Ley. En caso de hacerse efectivo el apercibimiento de abandono de Si antes de presentarse el pedido de divisi6n se hubiese la solicitud referido en el Articulo 14, parrafo segundo de la notificado alguna omision 0 deficiencia, conforme el Ley, el Registrador dictara de of'icio Ill. resolucion Articulo 14 de Ill. Ley, no se atendera Ill. divisi6n mientras correspondiente notificando al solicitante. EI expedientede la no se hubiese subsanado el error u omision que dio lugar solicitud se archivara. ala notificacion, Arto.26 Publlcaclen dela solicitud. EI aviso de publicacion de la solicitud se hara conforme al En caso de resolverse la concesi6n del registro, el Registro de Articulo 15 de la Ley y contendra al menos los siguientes la Propiedad Intelectual notificara la resolucion al solicitante elementos: a fin de que pague Ia tasa complementaria establecida. Toda resoluci6n que deniega en todo 0 en parte un registro solicitado
1. Reproducci6n de Ia marca estara debidamente fundamentada y sera notificada al
2. Indicaci6n del tipo de marc a solicitante.
3. Indicaci6n de reivindicaciones
4. Indicaci6n de reservas de uno a mas colores Arto.29 Examen defenuo,
5. Lugar y fecha donde se emite el aviso y nombre del funcionario que 10 autoriza. Sf la marca cuyo registro se solicita, fuese identica a otra que se encontraba desde Iecha anterior en tramite de registro por Arto.27 Oposici6n. un tercero, para distinguir productos 0 servicios total 0 parcialmente identicos, el Registrador suspendera el tramite La oposictcn ala solicitud de registro deuna maroa se nara de la solicitud posterior basta que se resuelva la de fecha conforme 10establecido en el Articulo 16 de la Ley. anterior, notificando al efeeto al solicitante. Si la solicitud de fecha anterior fuese dcnegada, desistida 0 abandonada, el Sera aplicable ala oposici6n 10dispuesto en el ArticuloJ Registrador continuara de oficio con la solicitud susp endida. numerales 1) y 2) del presente Reglamento. Si las objeciones referidas en el Articulo 18, ultimo parrafo de La contestacion a la oposici6n debera presentarse indicando la Ley afeetaran s610 a uno 0 algunos de los productos p los fundamentos de hecho y de derecho en que se basa, servicios indicados en la solicitud, el solicitante podra salvar acompanando u ofreciendo las pruebas que fuesen la objeci6n eliminando de la Iista los productos o servicios pertinentes. Si las pruebas no se acompanaran a la respectivos, 0 limitando la Iista. La lirnitacion podra hacerse, contestacion, deberan prescntarse dentro de los treinta entre otros, mediante la sustitucion de los productos 0 dfas calendarios siguicntes a su presentaci6n. servicios por otros mas especificos, 0 mediante una renuncia Transcurrido el plazo de oposici6n estipulado en el Articulo expresa respecto ala aplicaci6n 0 USo de la marca respecto II 16 de la Ley sin que se hubiera presentado ninguna ciertos productos 0 servicios. oposicion, el Registro procederaa resolver la solicitud. Arlo. 30 Registro de la marca. Cuando Ia oposici6n se funde en el uso de buena fe de una marca de conformidad con 10 prevlsto en el inciso i) del La inscripci6n de una marca contendra 10 siguiente: Articulo 8 de laLey, el interesado, deprevio ala presentacion de la oposici6n debera presentar Ia solicitud de registro de I) El numero del registro de la rnarca; la marca y tendra que probar que la ha utilizado por 10 menos durante seis meses. Asi mismo, cuando se presemare 2) La fccha de la resolucion por la cual se concedi6 el registro; una oposicion a la solicitud de registro del que ha usado la marca, este deb era probar su uso por el tiempo senalado. 3) La fecha de vencimiento del registro, que se deterrninara a partir de la fecha de la resolucion por la cual se concedio Para los efectos del parrafo final del Articulo 16 de la Ley, el registro; las partes una vez presentada la oposici6n podran convenir en el nombramiento deuno 0 mas arbitros 0 arbitradores 4) EI nombre y la direccicn del titular; para la soluci6n de la oposicion, para 10cual seran aplicables ante el Registro las disposiciones pertinentes del Libro 5) El lugar de constitucion y dornicilio del titular, cuando Tercero, Titulo XIII, Dc los Juicios por Arbitramentos, fuese una personajuridica, as! como el nombre del apoderado Articulos 958 al990 del C6digo de Procedimiento Civil. en el pais, cuando 10 hubiera; Arto.28 Resolucion. 6) EI numero y lafecha de la solicitudde registro de la marca; Cuando la soHcitud hubiera sido objeto de oposici6n, el 7) Las fechas de publieaci6n del aviso de la solicitlild de Registro de la Propiedad lntelectual resolvera tenicndo en registro de 1amarca; euenta eualquier acuerdo manifestado por las partes sobre la limitaci6nde la Usta de productos 0 servicios 0 Ill. manera 8) En su caso, los datos de la declaraci6n de prioridad en que se usaran las marcas respectivas en el comercio. El indicados en el tercerparrafo del Articulo 10 de la Ley; Registro de Ill. Propiedad Intelectual no aceptara un acuerdo que suponga efectuar dos 0 mas registros de la misma 9) Los datos del registro de origen de la marca, cuando se marea a nombre de personas diferentes para distinguir invocara el derecho referido en el Articulo 3 numeral 2) del productos 0 servicios identicos. presente Reglamento; 10) En su caso, los datos de la exhibici6n referida en el CAPlTULOm Articulo 19 parrafo 1 del presente Reglamento; RENOVACION DEL REGISTRO 11) La marca registrada, cuando fuese denominativa, sin grafia, forma ni colores especiales; Arto.32 Reuovacien del registro: 12) Una reproduccion de Ia marca registrada cuando fuese La so licitud de renovacicn del registro de una marcase hara denominativa con grafia.. forma, colores especiales, conforme a 10 establecido en el Articulo 22 de la Ley y figurativa, mixta, tridimensional, con 0 sin color; contendra al menos los siguientes elementos: 13) Indicacion de que se trata de una marca colectiva 0 de 1. Registro que se renueva una marca de certificaclon; en su caso 2, Datos generales del titular (es), representante 0 apoderado
3. Lista de producios y servicios 14) Indicaci6n deque setrata de una marca tridimensional; 4. Modificaci6n del registro (en caso de renuncia 0 Iimitacion) en su caso 5. Relaci6n de documentos anexos
6. Lugarparanotificaciones 15) La Indicaci6n de las categorias y divisiones de la 7, N ombrey firma del solicitante. Clasificacion Internacional referida en el Articulo 94 de la Ley; Si la solicitud de renovacion se presen tara antes de cornenzar el ano anterior al vencimiento del registro, se Ie devolvera 16) Indicaci6n del color 0 colores reservados, si se hubiera al peticionantey se tendril por no presentado. reservado uno 0 mas colores 0 combinaci6n de colores; Si la tasa de renovaci6n 0, en su case, el recargo que no se 17) Toda renuncia 0 limitaci6n relativa a la manera en que hubiese pagado o.fuese inferior al monto debldo, el Registro podra usarse la marca en el comercio; de la Propiedad Intelectual lo notificara al p eticionante para que presente el comprobante de pago de la tasa 0 del monto 18) La lista de los productos y servicios para los cuales se faltante dentro del plazo de dos meses, Si no se subsanara usa 0 se usara la marca, agrupados por c1ases conforme a este defecto, se considerara abandonado el pedido de la Clasificaci6n Internacional de Productos y Servicios, renovacicn. Este pedido podra volver a presentarse siempre con indicacion del numero de cada clase; que sea dentro de los plazos y condiciones estipulados en el Articulo 22, segundo parrafo de la Ley, 19) Todarenuncla 0 llmitacion relativa a los productos 0 servicios para los cuales se usara la marca; Arto.33 Modificaci6n en Ia reaovacion. 20) La fecha de inscripci6n de la marca en el registro Con ocasion de la renovaci6n, el titular del registro po dra respectivo y la firma aut6grafa del Regist'rador 0 del modificarlo introduciendo una renuncia 0 limitaci6n respecto Registrador Suplente en su caso, del Secretario y el sella ° al uso de la marca en el cornercio. La renuncia limitacion del Registro. deb era indicarse en el pedido de renovacion, y este debera acompafiarse del cornprobante de pago de la tasa de Ano.31 Certificado de regtstro. rnodificacion establecida. Asi mismo, el titular del registro podra reducir o limitar la Iista'de productos y servicios. En su EI certificado de registro de una marca sera eonforme 10 caso, presentara con el pedido de renovacion la lista cstablecido en el Articulo 19 de laLey y contendra ademas, modificada, que se inscribira en el registro, y acompaftara el los siguientes elementos: ' comprobante de pago de la tasa de modificaci6n establecida. 1) EI nombre del Registro y los datos e indicaciones Arto.34 Anotacidn y certfficado de renovacion. referidos en el Articulo 30 del presente Reglamento. Laanotaci6n de cada renovaei6n se etectuara en el asiento de 2) El certificado ira firmado por el Registrador 0 el la inscripci6n del registro que se renueva. La anotacion Registrador Suplente y el Secretario, de conformidad con contendra 10 siguiente: el Articulo 135, inciso c), de la Ley. Se podra disponer, que en vez de las firmas manuscritas, el Certificado se expida 1) EI numero del registro que se renueva; con firmas impresas, estampadas 0 facsimiles, siempre y cuando el Registro cuente con las medldas de seguridad 2) La fecha de la anotaci6n de la renovaci6n; apropiadas. 3) La fecha de vencimiento del reglstro, que se calculara a 3) El sello del Reglstro y timbres de ley. partir de la fecha del vencimiento del registro inicialo de la renovacicn precedente, segun el casu, aun cuandc Ia Arto.37 renovaci6n se hubiese pedido dentro del plazo de gracia previstc; El pedido de divisi6n del registro se hara conforme 10 estab1ecido en el Articulo 25 de la Ley y contendra 10 4) EI nornbre y direccion del apoderado en el pais, cuando siguiente: 10hubiera y fuese distinto del indicado en el registro Inicial o en Ia renovacion precedente, segun e1 caso; 1) El comprobante de pago de la tasa establecida para cada registro fraccionario. 5) Toda renuncia 0 limitaci6n relativa a la manera en que pudra ernplearse la marca en cl comercio introducida con 2) El tltular presentara junto con el pedido las nuevas listas ocasi6n de la renovacion; de productos y servicios para cada uno de los registros fraccionarios, agrupados conforme a 10 dispuesto en el 6) Toda renuncia 0 limitaci6n relativa a los productos 0 Articulo 9 parrafo 1) inciso 1.6) de la Ley. servicios introducida con ocasi6n de la renovaci6n yen su caso la nueva lista de productos y servicios. 3) Los registros fraccionarios se constituiran duplicando el registro que se divide, e incluyendo para cada uno 121. nueva Arto.35 Certificado de Renovackin. lista de productos y servicios. El Registrador autenticara las copias de los documentos cuva dunlicacion fuese necesaria E1Registro de 1aPropiedad Intelectual expedira al titular un para estos efectos, certificado de renovaci6n que contendra: 4) A cada registro fraccionario se Ie asignara un nuevo 1) E1nombre del Registro; numero y contendra laidentificacion del numero del registro dividido, adicionandole la tetra "P". 2) EI nornbre y la direcci6n del titular; y Arto.38 Efectos de Ia divisl6n. 3) Los datos mencionados en el Articulo anterior, indicandose como mimero del registro renovado el del. Efectuada la division, cada registro fraccionario sera registro inicial precedido de 1a letra .. R ". independlente de los demas. El vencirniento de cada registro fraccionario sera el mismo del registro dividido. La renovacion Sera aplicable al certificado de renovacion 10 dispuesto en de cada registro fraccionario se hara de manera separada, el Articulo 31 numeral 2) del presente Reglamento. debiendo cumplirsepara cada uno las formalidades prescritas, CAPITULO IV Arta.39 Cumplimtento de furmalidades. MODIFICACIONY DIVISION DELREGISTRO Si el pedido de inscripci6n de una modificaci6n 0 de una divisi6n no cumpliera con las condiciones previstas en 121. Ley Arto.36 Modlflcacion del rcgistro. o en el presente Reglamento, el Registro de la Propiedad Intelectual notificara al titular para que sub sane dentro del La rnodiflcacion del registro sehara conforms 10establecido plazo de dos meses el defecto. en el Articulo 24 de la Ley y el articulo 20 del presente Reglamento y contendra 10siguiente: Si no se cumpliera con subsanar el defecto dentro del plaza indicado, se considerara abandonado el pedido y se archivara 1) Elpedido se presentara acompafiado del co mprob ante de 10 actuado. pago de la tasa de modificaci6n establecida. Arto.40 Nuevo certlf'icado, 2) El pedido especlficara el cambio, rectificaci6n, correcci6n, renuncia, reduccion 0 limitacion que deba efcctuarse Cuando un registro fuese modificado 0 dividido, el Registro respecto a cualquiera de los datos incluidos en el registro, de la Propiedad Intelectual expedira a su titular un nuevo observandose 10 dispuesto en el primer parrafo del Articulo certificado de registro por el que se hub iera modificado 0 per 24 dclaLey. cada uno de los fraccionarios, segun el caso. 3) La declaracion de consentimiento prevista en el segundo Seranaplicables las disposiciones del Articulo 31 del presente parrafo del Articulo 24 de la Ley, sera exigible cuando Reglamento. apareciera inscrito con relaci6n ala marca un derecho de garantia, carga, gravamen u otro que limite la libre CAPITULO V disposici6n del derecho sobre la marca. TRANSFERENClA YLICENCIADEUSODELAMARCA Arto.41 Inscripci6n deuna transfereacia. Arto.44 Traducci6n de los documentos de transtereaeia. El pedido de inscripcion de una transferencia de uno 0 El documento, segun sea el caso, que debe .acompanar al varios registros 0 de una 0 varias solicitudes de registro en pedido de inscripci6n de la transferencia, conforrne a 10 tramite se hara conformelo establecido en el Articulo 30 establecido en el Articulo 42 del presente Reglamento , que de la Ley y contendra al menos los siguientes elementos: estuviese en un idioma distinto del espanol, se acompanara de su respectiva traduccion.
1. Datos generales del solicitante (s) 0 titular (es) transferente(s) Arto.45 Inscripci6n de una licencia.
2. Soticitud (es) 0 reglstro (s) objeto de transferencia EI pedido de inscripcicn de una licencia de uso de una marca se hara conforme a 10establecido en el Articulo 32 de la Ley
3. Datos generales del representante 0 apoderado del (los) y contendra 10 siguiente: transferente (s) I) Comprobante de pago de la tasa establecida;
4. Lista de productos y servicios afectados por la 2) Una copia del contrato de licencia deuso de la marca; 3) transferencia Un extracto 0 resumen del contrato en que se indiquen los terminos y condiciones que modifiquen las normas supletorias
5. Datos del adquirente (s), del representante o apoderado previstas en el Articulo 32, tercer parrafo de la Ley, cuando del (de los) adquirente (s) fuese el caso, a eleccion del peticionante.
6. Relaci6n de documentos anexos Sera aplicable a la inscripcion de las licencias 10dispuesto en el Articulo 39 delpresente Reglamento.
7. Lugar para notificaciones Arto.46 Fonnalidades y nuevo certificado.
8. Nombrey firma del solicitante, Sera aplicable a la inscripcion de la transferencia y a la Cuando la transferencia se hiciera s610 respecto de uno 0 expedici6n del nuevo certificado de registro 10 dispuesto en algunos de los productos y servicios cubiertos por la los Artlculos 39 y 40 del presenteReglamento. solicitud 0 el registro afectado, el pedido indicara los productos y servicios que deberan trasladarse ala solicitud CAPITULO VI o al registro del adquirente. Si la transferencia afectara mas de una solicitud 0 registro, se lndicara separadamente TERMINACIONDELREGISTRODELAMARCA respecto de cada solicitud y de cada registro los productos y servicios que deberan trasladarse, EI pedido se presentara ~rto. 47 Cancelacion de un registro por generizaci6n de la acompafiado del comprobante de pago de latasa'establecida, marca, Arto.42 Transferencia. La generalizaci6n de la marca a la que se refiere el Articulo 35 de la Ley, eorresponde a la generizacicn de la marca en el Cuando la transferencia resultara de una de las formas Derecho Marcario. reconocidas por la Ley, tales como: contrato, disposici6n testamentaria, sentencia, fusi6no escision, entre otras; la La autoridadjudicial es la competente para conocer de las solicitud para su inscripci6n 10 indicara y se presentara demandas de cancelacion de marcas por generizaci6n. acompanado del documento respectivo. Arto. 48 Cancelaci6n porfalta de uso de un signo distintivo Arto.43 Divisi6n del registro por transferencia. y Nulidad de su Inscripcten. Cuando 13 transf'erencia fuese parcial de modo que el Para efectos de la accion de-cancelacion del registro por falta cambio de titularidad s610 afectara a uno 0 algunos de los de uso, se entendera que una marca se encuentra en usa productos 0 servicios cubiertos por elregistro, este se cuando los productos 0 servicios que ella distingue han sido dividira creandose un registro separado para los productos puestos en el comercio 0 se encuentran disponibles bajo esa y servicios respecto de los cuales hubiera cambiado la marca, enla cantidad y del modo que normalmente corresponde titularidad. teniendo en cuenta la dimension del mercado, la naturaleza de los productos 0 servicios de que se trate y las modalidades Sera aplicable a la divisi6n en case de transferencia 10 bajo las cuales se efectua su comercializaci6n en cualesquiera dispuesto en los Articulos 37, 38, 39 Y 40 del presente de los paises miembros de la Organizaci6n Mundial del Reglamento, en 10pertinente. Comercio(OMC). Ano.49 Causales de Nulidad. Sera aplicable ala solicitud de cancelacion 10dispuesto en el 39 del presente Reglamento. Son causales de nulidad de un slgno distintivo las contempladas en el Articulo 34 de la Ley. CAPITULOVn Si se hizo en perjuicio de mejor derecho de tercero; la REGISTRODEMARCASCOLECTIVASYDE nulidad del rcgistro s610 procedera si el interesado no CERTIFICACION hubiese heche oposicion en su oportunidad, la nulidad podra ser promovida por el perjudicado. Ano.51 Procedimiento aphcable. Si el registro se realiz6 contraviniendo disposiciones de la Seran aplicables a las marcas colectivas y de Ley y el presente Reglamento, la nulidad podra ser certificaci6n las disposiciones relativas a las marcas comunes. promovida por el perjudicado 0 por el Ministerio Publico. Toda solicitud, pedido, comunicacion 0 aviso relativo a una La autoridadjudicial, una vez que se encuentre firme la marca colectlva 0 de certificaci6n indicara el tipo de marca de sentencia que declare la nulidad de un asiento, librara que se trate. comunicacion 0 certificaci6n de aquella al Registro de la Propiedad Intelectual. Sera aplicable el Articulo 56 de 181 Ley, a los casos en que el registro de una marca de certificaci6n venciera sin renovarse La autoridadjudicial es la competentepara conocerde las o se cancelara a pedido de su titular. demandas de cancelaci6n y nulidad de signos distintivos. Ano.52 Modificaci6n del reglamento de emplee (I de ItISOo Las marcas cuyo dominic se hubiera extinguido por falta de renovaclcn;o que se hubiesen cancelado a petici6n de su El pedido de inscripcion de una modificacion del reglamento propietario, podran ser inscritas dc nuevo, en cualquier de empleo de una marca colectiva 0 del reglamento de uso de tiempo, ya sea por el propietario anterior 0 por cualquier una marca de certificaci6n se hara conforme a 10 establecido otra persona, siempre que se cumplan los requisites que enel Articulo 45 de la Ley y contendra al menos los siguientes paratodo registro establece la Ley y el presente Reglamento, elementos: Ano.50 Reuuncia a un registre. 1.Datos generales del solicitante (s), titular (es), representante o apoderado, en su case; EI pedido de cancelacion de uno 0 mas registros a instancia de su titular se hara confonne a 10establecldo en el Articulo 2. So licitud (es) 0 registros (s) afectado (8). 40 de la Ley y contendra al menos los siguientes elementos:
3. Indicaci6n de la (s) modificacion (es
1. Datos generales del peticionante (s), titular (es), representante 0 apoderado, en su caso; 4. Relaci6n de do cumcntos anexos.
2. Numero de registro (s) objeto de cancelaci6n. 5. Lugar para notificaciones.
3. Clasificaci6n. 6. Nornbre y firma del solicitairte.
4. Relaci6n de documentos anexos. EI pedido se presentara acompafiado del cornprobantc de pago de la tasa establecida.
5. Lugarparanotificaciones. La modificaci6n del reglamento de uso de una marca de
6. Nornbre y firma del peticionante, certificaci6n sera aprobada previarnente par la autoridad administrativa referida en el Articulo 52 de 181 Ley. Sera Ademas sc presentara acompaflado del comprobante de aplicablea la solicitud de inscripci6n de 181 modificaci6n 10 page de la tasa establecida y la declaraci6n de dispuesto en el Articulo 39 del presente Reglarnento. consentimiento prevista en el segundo parrafo del Articulo 40 de la Ley, la que sera exigible cuando apareciera inscrito con relacion a la marca un derecho de garantia, carga, EXPRESIONES OSENALES DEPUBLICIDAD gravamen U otra inseripcion que limite 181 libre disposici6n COMERClAL, del derecho sobre la marca. NOMBRES COMERClALES,EMBLEMAS YROTULOS CAPITULOvm 4. Datos del titular, del representante 0 apoderado, en su caso, REGISTRO DE EXPRESIONES 0 SENALES DE 5. Numero de la solicitud de registro. PUBLICIDAD COMERCIAL 6. Fecha de solicitud de registro.
7. Pecha de publlcacion de solicitud de registro. Arto. 53 Aplicacion dedisposiciones sobre marcas. 8. Reproducci6n de la expresion 0 setlal de publicidad comercial. Seran aplicables a las expresiones 0 senates 9. Renuncias y limitaciones. de publicidad comercial las disposiciones relativas l' 1". 10. Relacion de empleo. marcas, salvo 10 previsto en el presente Capitulo. II. Fecha de expedicion del certificado.
12. Firma, selle y timbres de Ley. Arto.54 Solicitud de Registro. CAPITULO IX La. solicitud de registro de una expresi6n 0 sefial de publicidad comercial y el aviso de publicaci6n se haran REGISTRODE NOMBRES COMERCIALES Y conforme 10 establecido en los Articulos 57,58 y 59 de la EMBLEMAS Ley y contendra al menos los siguientes elementos: Arto.56 Aplicacion de disposiciones sobre marcas.
1. Datos generales del solicitante (s); del representante 0 apoderado, en su caso; Seran aplicables a los nombres comerciales, r6tulos y emblemas, las disposiciones relativas a las marcas, salvo 10
2. Reproduccion de la expresion 0 senal de publicidad previsto en el presente Capitulo. comercial. Arto.57 Solicitud de Regfstros:
3. Utilizaci6n de la expresi6n 0 senal depublicidad comercial. La solicitud de registro de un nombre comercial 0 de un
4. Renuncias 0 Iimitaciones. emblerna y el aviso de publicacion de la solicitud se hara conforme 10 establecido en el Articulo 64 de la Ley y deb era
5. Relacion de documentos anexos. contener al menos los siguientes elementos:
6. Lugar para notificaciones. 1. N umero de la so licitud.
2. Fecha de presentacion.
7. Nombre y firma del solicitante. 3. Datos generales del solicitante, del representante 0 apoderado, en su caso. Arto.55 Contenido de la solicitud de registro y eI 4. Reproducci6n del nombre comercial 0 emblema. aviso de publicachin. 5. Indicaci6n de reservas.
6. Lugar y fecha de emision. La solicitud de registro y el aviso depublicaci6n indicaran 7. Nornbredel funcionario que autoriza la publlcacion. los productos, servicios, actividades, empresas, establecimientos 0 locales comerciales, segun el caso, con La solicitud de registro y el aviso depublicaci6n indicaran la relacion al cual se empleara la expresi6n 0 seflal de fecha desde la cual se usa en'el comercio el nombre comercial, publicidad comercial. el rotulo 0 el emblema. Tambien indicaran el giro de laactividad del solicitante y en su caso, el lugar del pais en que se Cuando una expresion 0 seflal de pubhcidad comercial desarrollan las actividades de la empresa con el nombre, fuese objeto de una solicitud 0 de un registro como marca r6tuloo emblema 0 el lugar en que estan ubicados los en el extranj ero, el derecho de prioridad correspondiente y, establecimientos 0 locales comerciales que los emplean. en su caso, el derecho referido en el Articulo 3 numeral 2) del presente Reglamento, podra invocarse para solicitar un En cuanto ala aplicaci6n, respecto a los nombres comerciales registro de marca. de los procedimientos utilizados para las marcas, se observara el procedimiento que corresponda. Asi el procedimiento para El certificado de registro de una expresi6n 0 sedal de demandar la nulidad 0 la cancelaci6n de un nombre comercial publicidad comercial contendra al menos los siguientes sera el que corresponda para demandar la nulidad 0 la elementos: cancelacion de una marca.
1. Numero de registro. CAPITULO X
2. Fecha de concesion del registro.
3. Fecha de vencimiento. INDICACIONES GEOGRAF'ICAS Arto.58 Registro de denomfnacten de orlgen, 1. Numero de registro.
2. Datos generales del titular; del representante 0 Serlin aplicables al registro y demas procedimientos apoderado, en su caso; relatives a las denominaciones de origen las disposieiones 3. Feeha de concesion del registro , relativas a las marcas, en 10 que corresponda, salvo 10 4. Denorninacion de origen. previsto en el presente Capitulo. 5. Traduccion de la denominacion de origen.
6. Zona geografica de produccion. A petiei6n de parte interesada, el registro de toda marca de 7. Productos a los que se aplica la denominacion de fabrica 0 de comercio para vinos que eontenga 0 consista origen. en una indicaci6n geografica que identifique vinos, 0 para 8. Lugar y fecha de emisi6n del aviso. bebidas espirituosas que eontenga 0 consista en una 9. Nombre y firma del funcionario que autoriza su indicaci6n geografica que identifique bebidas espirituosas, publicaci6n. se denegara 0 invalidara para los vinos 0 bebidas espirituosas que no tengan ese origen. Arto.62 Requisitos de Ia Censtancia de Reglstro, Arto. S9 Formalidades para el registro de la La constancia de registro de una denominaci6n debera denominacien. contener al menos los siguientes elementos: La solieitud para el registro de las denominaciones de 1. Numero de registro. origen se hara conforme a 10establecido en los Articulos 2. Fecha de concesi6n del registro. 71, 74 y 75 de la Ley y contendra al menos los siguientes 3. Numero de la sollcitud de registro. elementos: 4. Feeha de publicaci6n de la solicitud de registro.
5. Traducci6n de la denominacion de origen,
1. Datos generales del sollcitante, representante 0 6. Pais de origen. apoderado, en su case; 7. Zona geografica delimitadade producci6n.
2. Indieaci6n de la de nominaei6n de origen a registrar. 8. Productos a los que se aplica la denominacion de
3. Indicaei6n de la zona geografica, origen.
4. Productos ~ los que se apliea la denominaci6n de 9. Reseda de las cualidades 0 caracteristicas de los origen. productos.
5. Reseda de las eualidades 0 caracteristicas de los 10. Renuncia 0 Iimitaci6n retauva al empleo de la ·productos. denominacion de origen.
6. Renuncias 0 limitaciones. 11. Renuncias 0 limitaciones relativa a los productos.
7. Lugar para uotificaciones 12. Dates generales del titular, del representante legal 0
8. Nombre y firma delsolicitante. apoderado, en su caso.
13. Lugar y fecha de emision. Arto.60 Requisitos del Aviso de publication. 14. Nombre y firma del funcionario que autoriza la emisi6n de la constancia. EI Aviso de publicaci6n de la solicitud del registro de la denominacion contendra al menos los siguientes elementos: Cuando se solieitara el registro de una denominaci6n de origen extranjera, la solicitud indicara el fundamento legal
1. Numero de Ia solicitud. que correspondiera segun el ArticiIlo71 segundo parrafo de
2. Fecha de presentaci6n. la Ley.
3. Datos generales del solicitante, reprcsentante 0 apoderado, en su caso; Arto.63 Modificacldn del reglstro de una denominacion.
4. Denominaci6n de origen
5. Tradueci6n de la denominacicn de origen. El pedido de inscripcion de una modificaci6n del registro de
6. Zona geografica de produccion, una denominaci6n de origen se hara conforme 10 establecido
7. Productos a los que se aplica la denominaei6n de en el Articulo 76 de la Ley. origen.
8. Lugar y fecha de emisi6n del aviso. La modificaci6n del registro de una denominaci6n de origen
9. N ombre y firma del funcionario que autoriza su se anunciara mediante la publicaclon de un aviso en el Drario publicaci6n. Oficial, La Gaceta, EI aviso debera contener al menos los siguientes elementos: Requisitos del Aviso de concesiOn.
1. Datos generales del titular; representante 0 apoderado, El aviso de concesi6n de registro de una denominacion de en su caso. origen deb era contener al menos los siguientes elementos: 2. Numero de regrstro.
3. Denominacion de origen. copia de la solicitud con la razon depresentaei6n suscrita por
4. Resena de las modificacionesefectuadas. el Secretario. S. Lugary fechade emisi6n.
6. N ombre y firma del funcionario que autoriza la Cuando se trate de comunieaciones 0 documentos que se emision. envien porfax 0 por correo electronico, el Secretario acusara recibo por la misma via, sin perjuicio de que expidael NORMASCOMUNES correspondiente recibo de presentacion 0 la certificaci6n a solicitud del interesado. CAPITULO XI Arto.67 N otificaciones, PROCEDIMIENTOS Los autos y las resoluclones que dicte el Registro de la Arto.64 Poderes, Propiedad lntelectual se notificaran a los interesados ya sea en forma personal, por medio de cedula, a traves de nota que EI poder se presentara de conformidad con el Articulo 9, podra enviarse por correo eertifieado a la direcci6n que se inciso 3) de la Ley. hubiera indicado, 0 por oualquier otro medio que se establezca en la legislaci6n nacional, corriendo los termlnos, salvo Arto.65 Comunlcacleu con el Registro. disposicion expresa en eontrario, desde el dla habil siguiente ala fecha en que el interesado reciba la notificaci6n. Cualquier solicitud, pedido, comunicaci6n 0 documento que se dirija al Registro de la Propiedad Intelectual podra Arto.68 Firmas en.comunicaelones. remitirse por correo postal 0 mediante servicios de correo especial. En estos casos la feeha y la hora de presentacion La solicitud, pedido 0 comunicaci6n dirigido al registro de la seran las de reeepci6n del envio por el Registro de 'la Propiedad Intelectual se presentara firmada por el interesado, Propiedad Intelectual. su representante 0 el agente designado, indicandose junto a la firma el nombre del flrmante en earacteres de imprenta. As! mismo, el Registro de la Propiedad Intelectual podra permitir, haciendolo saber a los usuarios a traves de un '" Cuando el Registro de la Propiedad Intelectual permita la comunicado, la presentaci6n de una solicitud, pedido, transinisi6n de solicitudes 0 comunicaciones a su Registro comunicaci6n 0 documento al Registro de la Propiedad por correo electr6nico u otro medio electronico, considerara Intelectual mediante telefacsimil, eorreo electr6nico 0 firmado el doeumento si el Registro de laPropiedad Intelectual cualquierotra forma de comunicacion moderna. La feeha y identifica al remitente. la hora de presentacion seran las de recepci6n de la transmlsion, siempre que el original de la solicitud, La firma contenida en una solicitud, pedido, comunicacion, comunicacion 0 documento Begue al Registro de la poder u otro documento presentado alRegistro de la Propiedad Propiedad Inteleetual, dentro del plazo de un roes a partir Intelectual no requieren certificacion notarial. del d!a de recepcion de la transmisicn, Arto.69 Pruebas de veracidad. Sf el originaillegara despues de esa fecha, se tendra por presentado en la feeha en que fuese reeibido. El Registro de la Propiedad Intelectual, y cualquier autoridad encargada de resolver algun procedimiento originado en el Arto.66 Comprobante de preseatacien. Registro de la Propiedad Intelectual, podra en cualquier tiempo pedir que se le presenten documentos 0 pruebas, incluso Quien presente al Registro de la Propiedad Intelectual una autenticados 0 legalizados, cuando hubiera razon paradudar solicitud, pedido, comunicaci6n 0 documento tendra de la veracidad de cualquier documento presentado en ese derecho a que se le de un comprobante de presentacion. El procedimiento 0 de alguno de los datos 0 indicaciones duplicado 0 el recibo de presentaci6n debidamente sellado contenidos en el. por el Registro constituira el comprobantede presentaci6n de la solicitud, pedido, comunicaci6n 0 documento. Arto.70 Abandono de la gestien. A pedido del solicitante, el Registro de la Propiedad El plazo aplicable para que opere el abandono, sera el de ocho Intelectual expedira una certificaci6n 0 reeibo de meses, de conformidad con el Articulo 397 del C6digo de presentacion de eualquier solicitud, pedido, comunicaci6n Procedimiento Civil. o documento que se le hubiera presentado. La certificaci6n o reeibo indicara la fecha de presentaci6n y sera firmada Seran aplicables las demas disposiciones del Titulo XV Del por el Seeretario. Tratandose de una solieitud indicara su Libro I del Codigo de Proeedimiento Civil, De la Caducidad, numero, si ya se Ie hubiera asignadc, y llevara anexo una en 10 que corresponda. Arto.71 Desistimiento. Arto, 74 Cancelacion del nombrededominio. Toda persona que hubiera presentado una solicitud, pedido, Cuando un signa distintivo, se hubiese inscrito indebidamente oposici6n u otro recurso podra desistir de el en cualquier en el pais como parte de un nombre de dominic 0 de una estado del tramite. Sera ensucaso aplicable loestipulado direcci6n de correo electronico de.un tercero no autorizado, en el Articulo 17 de la Ley. se aplicaran los Arttculos 84y 85 de la Ley, siempre que exista riesgo de confusion entre el publico consumidor. Tratandose de una oposiclon, su desistimiento no impedira al Registro de la Propiedad Intelectual aplicar de oficio las Arto.75 ResponsabUidad del Registrador, funeienartes disposiciones de Ia Ley cuando correspondlera. Sin y empteadosdel Registro, embargo, sera aplicable al desistimiento 10 dispuesto.en el Articulo 18, primer parrafc de la Ley. Si el Registrador no resolviera dentro de los terminos establecidos en la Ley 0 en el presente Reglamento, podra el CAPITULOXn interesado ocurrir en queja oral 0 escrita ante la autoridad superior, al efecto de que aplique al Registrador las medidas ACCIONES YRECURSOS disciplmarias que dicha autoridad determine, las cuales consistiran en amonestacion privada 0 'publica 0 una multa no Ano, 72 Reeursos, mayor de doscientos cordobas. En todo caso el Registrador podra.justificar laretardacion con las razones que tenga a Contra las resoluclones.que dicte el Registro de la Prop iedad bien las cuales podran ser aceptadas 0 rechazadas por Ia Intelectual cabra el recurso de apelacion de conformidad mencionada autoridad. con el Articulo 89 de la Ley. EI recurso de apelaci6n se interpondra anteel Registro de la Propiedad Intelectual en Tanto el Registrador, funcionarios 0 empleados del Registro el plazo de tres dias a partir de la fecha de notificacion de de la Propiedad Intelectual, no podran hacer gestiones en la resolucion dictada por el Registro de la Propiedad este, por si, 0 por medio de interposita persona. lntelectual, E1Registro de la Propiedad Intelectual admitira o denegara la apelaci6n. 8i la admite emplazara a las partes CAPITULO XUI para que en el termino de tres dlas comparezcan ante el Ministro de Fomento Industria y Comercio, a hacer uso de REGISTROS YPUBLlCIDAD sus derechos. Personadas las partes ante el superior, se correran los traslados para expresar y contestar agravios. Arto.76 Rectificlllci6n de errnres m aterlales. Una vez evacuados estos, se dictara la correspondlente resolucion 0 sentencia, sin que sea necesario el tramite de EI Registro de la Propiedad Intelectualpodrarectificar por si, citacion para senten cia. Contra las resotuciones 0 bajo su responsahilidad, 0 a solicitud de parte las omisiones sentencias dictadas por elMinistro de Fornento Industria y errores materiales cornetidos en los asientos registrales, y Comercio, cabran Tos recursos que establezca la cuando los documentos sobre cuya base se hizo la inscripcicn legislaci6n nacional. Asi mismo, seran aplicables las respectiva existan todavia en las Ofieinas del Registro de la disposiciones sobre la apelaci6nestablecidas en el C6digo Propiedad Intelectual. de Procedimiento Civil, en 10que corresponda. Se entendera que se comete error material, entre otro s, cuando Contra las providencias demero tramite no cabe recurso se escriban unas palabraspor otras, 0 se equivoquen los alguna, salvo el de responsabilidad. nombres propios, razones 0 denominaciones sodales 0 las cantidades. Las personas naturales 0 juridicas de nacionalidat nicaragiiensepodnl.n invoear en su beneficio la aplicaci6r Ano.77 Presentaci6n de dOCUllllentos con·cgidos. de las dispasiciones cantenidas en los tratado: internacionales sobre propiedad inteiectual de los que Si el Registrador notare el error material 0 la omisi6n despues Nicaragua scaparte, en todos aqucllos casos en que diehas que los documentos 0 titulos hayan side entregados al disposiciones les sean mas favorables que las normas interesado, solamcntepodrahacerlarectificaci6n con citaci6n establecidas en la Ley 0 en este Reglamento. de este, requiriendohi la presentacion de los documentos 0 dtulos, previa comprobaci6n de que los mismos no han sufrielo Arto, 73 Ptescripcion de la acci6n penal. alteraci6n alguna. La acci6n penal, a la que se refiere al segundo parrafo del Cuando la rectificaci6n se hiciera para corregir algun error Articulo 103 de la Ley, preseribiraa los euatro atlos eontados cometidQ por el Registro, se hani por medio de una nueva desde que se cometi6 por iJltima vez el delito 0 desde que inscripci6n-o anotaci6nsin casto algunopara el interesado. el afectado tuvo conoeimiento de el, aplieandose el plazo que expire antes. Arto.78 Arcbivo de poderes. DELOS LlBROSDELREGISTRO El Registrc de la Propiedad Intelectual establecera un Arto.81 Llbros que llevarael Registro de la Propfedad archivo de poderes, que debera ser actualizado al menos Intelectual. cada cinco alios, en el cual se conservaran los poderes originales 0 fotocopias de los mismos cotejados Sin perjuicio de la utilizacl6n de medios electronicospara el notarial mente, para los fines de los procedimientos almacenamiento de datos, en el Registro de la Propiedad previstos en laLey 0 en el presente Reglamento, incluyendo Intelectual se llevara en llbros, para cuyo efecto habra, al la presentaci6n de oposiciones. menos los siguientes: El Registro de la Propiedad Intelectual asignara a cada 1) Libro de Presentaciones; poder un numero. Este deb era ser citado por el apoderado o mandatario en toda gestion en la cual invocara el poder 2) Libro de Inscrlpci6n de Marcas; correspondiente, no slendo necesario acompaflar un ejemplar del mismo. 3) Libro de Inscripci6n de Nombres Comerciales; emblemas y rotulos Arto. 79 Devolucion de documentos. 4) Libro de Inscripcion de Expresiones 0 Senates de El pedido de devolucion de documentos conforme al Propaganda; Articulo 142, segundo parrafo, de la Ley se hara por escrito, con indicacion precisa del documento de que se trata y del 5) Libro de Denominaciones de Origen; numero de expediente enel cual se encuentra, cuando fuese el caso. Tambien podra pedirse la devoluci6ndel 6) Libro de Modelos; documento en la solicitud, peticion, oposici6n, etc., siempre que se acompafi.e una fotocopia del mismo para que sea 7) Libro de Resoluciones; agregada a los autos. 8) Libro de Anotaciones Preventivas; Sera aplicable al pedido de devolucion de documentos 10 dispuesto en el Articulo 92 de la Ley. 9) Libro de Pases; Arto.80 Publicidad de solicitudes y registros. 10) Libro de Inscripcion de patentes de Invencion y Modelos de Utilidad; La publicidad de los registros se hara efectiva mediante consulta, .expedici6n de copias 0 fotocopias simples 0 11) Libro de Inscripcion de Disefios Industriales; certificadas, y constanciaso certificaciones expedidas por el Registrador de la Propiedad Intelectual. Tarnbien podra 12) Libro de inscripcion de Variedades Vegetales; hacerse mediante listados inforrnaticos y mediante acceso en lineapor medios electr6nicos, en la forma que determine 13) Libro de Inscripcion de Circuitos Integrados; et Registro de la Propiedad Intelectual. 14) Libro de Inscripcion deDerechos relatives a las Sefi.ales Los expedientes de solicitudes y los registros de propiedad Satelitales Portadoras de Programas. intelectual, podran ser consultados durante las horas ordinarias de traba]o delRegistro de la Propiedad Inteleetual, 15) Libro de Inscripci6n de Derechos de Autor y Derechos .en el lugar y cantidades que el Registrador disponga para Conexos; estos efectos, tomando las medidas necesarias para Queno se afecte el trabajo diario. 16) Libro de Indice del Registro. Los expedientes tramitados los conservara el Registro de Los llbros anterlores se llevaran sin perjuicio de otros llbros la Propiedad Intelectual hasta un periodo de diez alios, que se consideren necesarios, de acuerdo a las otras leyes de trascurridos ese periodo se procedera a su destrucci6n, la materia y del desarrollo del sistema automatizado que levantando el acta respectiva. El Registro de la Propiedad adopte el Registro de la Propiedad Intelectual. Intelectual se asegurara de manteneruna informacion veraz . y oportuna de los mismos en sus respectivas bases de Arto.82 Caracterfstieas de los Libros. datos. Los libros a que se refiere el Articulo 81 del presente CAPITULOXIV Reglamento, seran suministrados por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio. En la caratula tendran un r6tulo que debera expresar el nombre del libro y seran Arlo.S7 Contenido de Ill. Insertpclen de Ias marcas. abiertos, foUados y clausurados por el Reglstrador, quien especificara en III nota de apertura, que debera figural' en La inscripcicn de las marcas se harll. en el libro correspondiente la primer pagina, el numero de folios de que consta ellibro y contendra los datos mencionados en el Articulo 30 del y la circunstanciade hallarse todos ellosdebidamente presente Reglamento. numerados, sellados y ninguno manchado, escrito 0 inutilizado, y en lade clausura, el numero de folios utilizados Arto.88 Contenido de la lnscrtpcten de los nembres durante el correspondiente perlodo. Los libros una vez cemerctates, emblem as y rotulos. agotados se empastaran debidamente si no 10estuvieren, La inscripci6n delos nombres comerciales, emoiemas y rotulos, Arto.S3 Numeraci6n de los Libros. se had en el Libro correspondiente y contendra los datos slguientes: Los libros del Registro de la Propiedad Intelectual seran numerados POI' orden de antiguedad y podran llevarse I) Numero que corresponda a lainscripci6n; varios tomos a la vez de una misma clase cuando la abundancia detrabajo 10exija. 2) Lugary fecha de Iainscripcion; Arto. S4 Paginas de los Libros. 3) Nombre, raz6n social 0 denominaci6n del titular del nombre comercial, su nacionalidad y demas generales, las de su En los libros de inscripci6ndemarcas, nombres comerciales, mandatario, en su caso; emblemas, r6tulos y expresiones 0 senates de propaganda, se destinara el frente de Ia pagina para hacer la inscripci6n 4) Descripci6n precisa del nombre comercial y su pais de correspondiente y el reverso para hacer las anotaciones origen; que sean necesarias. Esta pagina contara con los espacios en Manco necesarios para anotar en ella las renovaciones, 5) Giro comercial 0 industrial de Iaempresa 0 establecimiento traspasos, Ilcencias de usc, anotaciones preventivas y que identiftcara el nombre comercial; demas actos relacionadoscon la correspondiente marca, nombre comercial, expresion 0 seflal de propaganda. 6) Las reservas que se hubieran heche, en su caso; Al agotarse el margen destinado a las anotaciones, se 7) Lugar yfecha de la resolucion por medio de la cual se pondra raz6n indicativa del tomo y folio del Libro de Pases orden61a inscripci6n y la fecha y numero del Diario Oficial en que las mismas continuan, destinandose en este Uija en que se public6 el correspondiente aviso; hoja para hacer las anotaciones que correspondan a cad a marc a, nombre comercial, emblema, rotulo, cxprcsi6no 8) Indicar si hubo 0 no oposici6n; serial de propaganda que motiva el pase, 9) Numero del tome y folio del Libro de Modelos en que figura Arto.85 Niimero de la Inscrtpcien. el que corresponde al nombre cornercial, si 10hubiere; y Cada inscripci6n tendra al principle el numero que Ie 10) EI sello y Ill. firma aut6grafa del Registrador 0 del corresponde en el libro respectivo y se extendera sin dejar Registrador Suplente y Secretario. claros, Iineas 0 espacios en blanco, de manera que no sea posible hacer intercalaci6n alguna. En cada inscripcion solamente podra asentarse un nombre comercial, emblema o r6tulo. Las enmiendas, entrerrenglonaduras y cualesquiera otros errores materiales que se cometen en los Iibros delRegistro Arto.89 Contenido de la inscripci6n de las expresiones de la Propiedad Intelectual, deberan salvarse Integrarnente o sen ales de propaganda: . antes de la firma del Registrador, siendo prohibido, en absolute, hacer raspaduras 0 tachaduras, La inscripci6n de las expresiones 0 senates de propagandase hara en el Libro correspondiente y contendra los datos Arto.86 Libro de Presentaciones. siguientes: En el Libro de Presentaciones se anotaran todas las I) Numero que corresponda a la inscripci6n; solicitudes que se presenten para registrar una marca, nombre comercialexpreslones osenales de propaganda, 2) Lugary fecha de Ill. inscripci6n; atendiendose, para ella, a 10prescrito en el Articulo II de la Ley, 3) Nombre, raz6n social 0 denominaci6n del titular de Ia expresi6n 0 senal de propaganda, su naeionalidad y demas generales, las de su mandatario 0 representante legal, en su 10) Numero del tome y folio del Libro de Modelos en que caso; figura el que corresponde al nombre cornercial, si 10 hubiere; y 4) Descripci6n precisa de la expresion 0 selial de propaganda y pals de origen de la misma; II) El sello y la firma aut6grafa del Registrador 0 del Registrador Suplentey Secretario. 5) Las reservas que se hubieran hecho con respecto al tamano, color 0 combinaci6n de colores u otros signos que Ano.91 Libro de Modelos. caractericen a la expresi6n 0 sefial de propaganda; El Libro de Modelos tendra las dimensiones y earaeteristicas 6) Lugar y fecha de laresoluci6n pormedio de la cual se neeesarias para adherir 0 pegar en cada uno de sus folios un ordeno la Inscripcion, fecha y numero del Diario Oflcial en modele de cada marea, nombre comercial, emblema, r6tulo, que se public6 el correspondiente aviso; expresion 0 senal de propaganda y denominaei6n de origen, que deb era estar debidamente clasificado de eonformidad 7) Indicar si hubo 0 no oposici6n; con los Artieulos 93 y 94 de la Ley. Ademas, el modele se adheriraopegara en el mismofolio en que se haga la inseripei6n 8) Numero del tome y fropaganda, de la marea, nombre comercial, expresi6n 0 sefial de propaganda. si lahubiere; Ano.92 Cnrrespendencia del numere del modelo y el 9) El sella y la firma aut6grafa del Registrador 0 del numeru de asiento del signo distlntlvo. Registrador Suplente y Secretario. Cada modele que se adhiera 0 pegue bien sea en el Libro de En cada inscripci6n solamente podra asentarse una Modelos 0 en el de Inscripciones, debera corresponder al expresi6n 0 senal de propaganda. mismo numero del asiento de la marca, nombre comercial, emblema, r6tulo, expresion 0 senal de propaganda 0 Ano.90 Contenido de la inscripci6n de las denominaci6n de origen.que representa. denominaciones de origen. Arto.93 C aracteristicas de los modelos. La inscripci6n de las denominaciones de origen se hara en el Libro correspondiente y contendra los datos siguientes: Los modelos deberan ser impresos y de un tamano como se establece en el Articulo 8 del presente Reglamento, a fin de 1) Numero que corresponda a la inscripel6n; que se aprecien con claridad sus detalles. 2) Lugar y fecha de la inscripci6n; El Registro no admitira modelos con relieves, aunque la mare a, 0 el signo distintivo correspondiente los tenga, ni los 3) Nombre, razon social 0 denominaci6n del titular 0 titulares que de cualquier otra manera puedan danar ellibro en que de la denominacion de origen y el lugar donde se encuentren deban fijarse, ni los hechns a lapiz, ni los que no representen sus establecimientos de producci6n, elaboraci6n 0 confidelidad y claridad lamarca, nombre comercial,expresion fabricaci6n; o selial de propaganda. ' 4) Descripci6n precisa de la denominaci6n de origen; Cuando se hicieren reservas en euanto a colores, el modele debera necesariamente mostrarlos tal cual apareceran en la 5) Zona geografica deproducci6n, elaboraci6n 0 fabricaci6n marea, nombre cornercial, expresion 0 sefial de propaganda. del producto designado por la denominaci6n de origen; Uno de los modelos se adherira al Libro de Modelos 0 de 6) Los productos designados por la denominaci6n de Inscripci6n correspondiente; otro ala certificacion de registro origen; respectiva y otro a cada constancia que se extienda. 7) Resena de las cualidades 0 earaeterlsticas esenelales de Arto.94 Datos de lnscripcion del modelo. los productos designados por la denominaci6n de origen; Cuando el modelo se adhiera 0 pegue en el Libro de Modelos, 8) Lugar y feeha de la resoluci6n por medio de la eual se se indicara ellibro, tomo y folio en que aparezca inscrita la ordeno la inscripei6n, feeha y numerodel Diario Ofielal en marca, nombre comercial, expresi6n 0 senal depropaganda, el que se publie6 el correspondiente aviso; numero del asiento y sus respectivas clasifieaciones. 9) Indiear si hubo 0 no oposicicn; Ano.95 Llbro de Resoluciones, En el Libro de Resoluciones se compilaran de manera I) Numero que corresponda a ta inscripci6n; cronol6gica las de caracter definitivo que dicte el Registrador. 2) Lugar y fecha de inscripcicn; Arto.96 Contenido de la inscription de las resofuctones. 3) Nombre, raz6n social 0 denominaci6n del titular de la marca, La inscripcion contendra el texto integro de la Resoluci6n, su nacionalidad, demas generales, las de su mandatario 0 con la firma aut6grafa del Registrador y Secretario. representante legal, en su caso; Arto.97 Lib ro de Anotaciones Preventlvas. 4) Descripci6n precisa del derecho que corresponda; En este libro se anotaran: I) Las demandas dejuicic, la nulidad de una inscripci6n 0 5) Lugar y fecha de ta resotucion por medio de la cual se la propiedad, reivindicaci6n 0 licencia de uso de una marca orden61a inscripci6n, fecha y numero del Diario Oficial en que o de otro signo 'dlstintivo; se public6 el correspondiente aviso; 2) Embargos sobre una marca u otros signos distintivos. 6) Indicar si hubo 0 no Oposiciones; y 3) En tales casas, el Registrador pondra al margen del astento correspondiente, indicaci6n del tome y folio del Libro de Anotaciones Preventivas en Que se encuentra la 7) Firma aut6grafadel Registrador o del Registrador ;:suprente anotaci6n. y Secretario. Una vez efectuadas las anotaciones preventivas se podra emitir la certificaci6n correspondiente a costa del En cada inscripci6n solamente podra asentarse un derecho. interesado. Arto.l02 Elaboraci6nde Manualyformularios. Arto.98 Efectos de la anotacion preventiva. Se faculta al Registro de la Propiedad Intelectual elaborar el La anotaci6n preventiva de los casos contemplados en el Manual de procedimiento y los formularios respectivos para Articulo 97 del presente Reglamento, deja sin valor alguno laagilizaci6n de tramites en el Registro que ayuden a facilitar la enajenacion pcsterlor a la anotaci6n y duran sus efectos la aplicaci6n de laLey y el presente Reglamento. hasta que, por reso luci6n 0 sentencia ejecutoria de autoridad cornpetente, se ordene la cancelaci6n. Arto. 103 Pubtieaclon de Clasificaciones. Arto.99 Anotacion de enajenaclen de diferentes La Clasificaci6n Internacional de Productos y Servicios para marcas u otros signos distintivos. el Registro de las Marcas establecidas por el Arreglo de Niza de 1957 y la Clasificaci6n de los Elementos Figurativos de las Cuando por medio de un solo instrumento se enajenaren Marcas establecida po~ el Acuerdo de Viena de 1973 a que se diferentes marcas u otros signos distintivos,se hara una refieren los Articulos 93 Y94 de la Ley, seran publicadas en anotaci6n marginal separada para eada uno de ellos, La Gaceta, Diario Oficial amas tardarciento ochenta dias (180) dias, a partir de la entrada envigencia del presente Reglamento. Arto, 100 Afectacion de una inscripcten anterior. Arto.l04 Vigeocia. Siempre que se extienda una inscripci6n que de cualquier manera afecte a otra anterior, se pondra al margen de esta EI presente Reglamento entrara en vigencia a partir de su una nota en que se exprese brevemente el traspaso, licencia publicaci6n en La Gaceta, Diario Oficlal. de uso, cancelaci6n del derecho inscrito 0 acto de que se trate, indicando el tomo.numero y folio del nuevo asiento. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia a los Arto.l01 Contenido de los demas Libros de cuatro dias del mes septiembre del ano dos mil uno.· Inscripciones. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, PRESIDENTE DE LA REPUBLICADE NICARAGUA. La inscripci6n de los demas derechos se hara en los libros correspondientes y contendran al menos, los siguientes datos: