Acuerdo Nº 55/07 - Procedimiento de consulta sobre acuerdos comerciales internacionales
颁布于 2007-11-01 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 尼加拉瓜
- 主题
- Agricultural and rural development
- 关键词
- agricultural development, contracts, international trade, community management, legal proceedings/administrative proceedings
- 类别
- *
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文本
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Articulo 1. Se establece el presente procedimiento de consulta y establecido en Ia consulta pUblica, aI Jefe del cree de la Direccion de puticipaoifu>. de 11)£ di<>tintaa orgtIIIi7>1Cionca <k lII. ~icd.>d civil y 103 1'0-110"'"Cotncn;i..J. d<: 1a Direcclon G",..e£M de eull,"'IVio E •.w.iu. del grupos de interes, espeeialmente los relacionados con los acuerdos MIFIC. cornereiales internacionales, incluidos aquellosvinculados al proceso de integracion centroamericana y la Organization Mundial de Comercio Articulo 7. Se crean los siguientes Grupos naciona1es de trabajo, por (OMC). ternas de negociaci6n y aplicacion, conformados por funcionarios de la Direcci{m General de Comercio E1I.teri<K, otres Direedones del MIFIC e Artleulo 2. La participacien ciudadana se realizara mediante dos institueiones del Estado involucradas en el proceso: mecanismos: I. Acceso a mercados I. Consulto. pUbli",,; y 2. RcgIMdcocig'Ctl, l-"v.:;c:dimic.............:I......... u~, £l,.;iliw.;i.m l1t::1 comercio 2. Grupos nacionales de tmbajo. 3. Obst8culos teenicos al comen:io 4. Medidas sanitarias y fitosanitarias ArtIculo 3. La consults publica tiene como objetivo asegurar que la 5. Defensacomercial sociedad civil en general y las organizaciones relacionadas y grupos de 6. Politicas de competencia inwres, en particular, participen en los procesos de negociaci6n y 7. Propiedad intelectual aplicaci6n de acuerdos comerciales intemacionales, para optimizar las 8. Servicios e inversiones oportunidades deL comercio intema.cional en beneficio del desarroUo 9. Coropras de gobiemo econ6mico y social de Nicaragua. 10. Medio ambiente, laboral y desarrollo sostenible II. 3tJ1Ul:iomlc"'Ulllrovenia.:s, temas im1l.iLudunales y acuc:rdos regionales Artfculo 4. La eonsulta publica se regiri por el siguienteprocedimiento: 12. Cooperacion a) ApertUJa de Consulta· podn\ participar toda persona natural 0 juridica HI MIFIC podnl modificar 0 crear nuevos grupos lllIiCionates de tIabajo establecida en Nicaragua, interesada en presentar aportes de manera en caso necesario, constructiva sobre asuntos relacionados al comercio internacional que sean relevantes at proceso de negociaci6n y aplicaci6n de acuerdos Articulo 8. Los Grupos nacionales de trabajo tendn\n las siguientes comerciales. Durante la Case inicial de consulta pUblica, tambien se funciones: recibirin aportes de otras entidades gubernamentales interesadas en un ~o- J'I<>u;M> <k n"'go<;iacioll. a) Rev i"llf Y llIlIllizar Ius aportes reclbldos; b) Fonnularpropuestas yrecomendaciones paraefectos dela uegociacion La Informacien sobreel iniciode un procesode negociaci6n deacuerdos y aplicaeion de acuerdos comerciales internacionales; comerciales, se divulgara a tIavCs de convocatorias en los medios de e) Establecer sus propias agendas de trabajoconformelos requerimientos comunicaci6n para conocimiento de los sectoces empresariales. las del proceso de De2QCiaci6n dcfinidos por el MIFlC: PYME's las organizaciones sociales en particular IDS grupos de in~; d) Las dem3s funciones que aproebe el M1FIC. b) IltiJizac j6n de Formatos: para un mejor seguintiento, todo aport.e ArtIculo 9. EI coordinador deeada GnJpo sera el (la) negociador(a) del debcra sec presentado a traves del formato que para tal efecto el MIFIC, tema respectivo, quien convocani de aeuerdo a Ia agenda, a los pulllh.... w:spm;i",iuD""1 publiw 1m SUpligilill web. Los fUIIDllWS tambien representantes de la socledall civil, panlcularmente a los grupos de estarindisponibles en las oficinas del Centro de Informacion y Consulta int:eres, sectores econ6mieos y sociales vinculados al ttma en cuestiOn, Contercial (CICC) del MIFIC. ysera el responsabledeprepanif Ia agendade las retmionesdecooformidad conlosrequerimientosdelprocesode negociaci6n0 aplicaci6nde tratados tl Recepcjon de aportes: el MIFIC. para facilitarel proceso de recepciOn en que se encuentten involucradns: informani sohre Ins avances q.....e de aportes, pondn'tadisposici6n espacioen su pilgina web, daraaeonocer tengana la fecha yconclucir8lareuniOn con vistasaconformar losintereses el apartadopostal,ladirecciOn flsica, nUmerode fax ydirecci6n e1ectr6nica del pais, alrededo£ del tema. pam La reeepeion de los misnlOs.
Articulo 10. La conduccian y supervisi6n de estos grupos estarl\. a cargo. d) P1lIw l1t:: n:u:pci 011; III n:t::epI.i6n de Ius aplne.s en 1a elllpll. iniclal de en primera instaDcla, por los DIrecrores Especlficos de la Direcclon las negociaciones deberan presentarse dentro de los 30 dias calendarios, General de Comercio Exterior (DGCE), del Ministerio de Fomento, a partir rle la publicaciOn de la convocatoria en cualquier medio de Industria y Comercio. comunieaci6n; poc:Inin presentarse propuestas adicionales a 10 largo de todo el proceso de ne2OCiaci6n 0 aplicaci6n del acuerrlo comercial. Las propuestas y recomendaciones emitidas por los Grupos nacionale:<: utilizando el mismo formato. de trabajo senln adoptadas por consenso.En case de no Iograrseconsenso 7577 20-11-01 LA GACETA - DIARIO OFlClAL 221 conrespectoa unapropuestaorecomeodaci6n, los Ditectores Bspeclficos de laDGCEestaranfacuItados paraadopWla,n:cbazarJa 0 bienelewrla: al DirectorGeneralde ComercioExterior para su consideraeion, Las pcopuestas Yrecomemlaciones elaboradaspor los Gruposnacionales de trahajo seran remitidas at Viceministro del MlFIC por rnedio del Director Genera.l deComercio Exterior,quien lasevaluani yposteriomrent:e las presentari junto con sus observaciones, si existieran, aI Ministrodel MIFfC pam ON .... robeci 61:1.
Articulo 11. La doeumentacicn relativa a los procesosde negociacion tendrael caracter de informaciOn pUblica reservada, en virtuddel articulo 15,numerald) de 1aLey 621,publieadaenLa Gaceta, DiarioOficial, No. 118 del 22 de Juniodel 2007,una vez entre en vigencia18 citada ley.
Articulo 12. Se deroga el Acuerdo Ministerial No 055-2001 de fecha euatro de octabre del ailo dos mil uno.
Articulo 13. EIpresenteAcuerdoMinisterialentrar6envigeneiaa partir de estafecha, sin peIjuicilJ de su posteriorpublicaci6nen "La Gaeeta", Diario Oficial. Dado en la CiudaddeManagua, el dis unodelmes de noviembre delado dos mil side. OrlandoSol6rzanoDelgadillo, Miniatro. 7518