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Anexo 10 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 — Apartado B, Padrón de Exportadores Sectorial (DOF 28-11-2022)

文本截至 2026-09-29

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

类型
条例
编号
RGCE 2022, Anexo 10, Apartado B; DOF 28-11-2022
颁布机构
Servicio de Administración Tributaria (SHCP)
国家
墨西哥

在哪里阅读

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. <!-- page 1 --> ```text Lunes 28 de noviembre de 2022 DIARIO OFICIAL SERETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

  2. ANEXO 10 DE LAS REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2022 Sectores Específicos. … B. Padrón de Exportadores Sectorial. Sector 1. Alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables. Fracción arancelaria y número de identificación Descripción Acotación comercial 1703.10.01 Melaza de caña. 00 Melaza de caña. 1703.90.99 Las demás. 00 Las demás. Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico 2207.10.01 volumétrico superior o igual al 80% vol. Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico 00 superior o igual al 80% vol. Alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier 2207.20.01 graduación. 00 Alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación. 2208.90.01 Alcohol etílico. 00 Alcohol etílico. Sector 2.- Cerveza. Fracción arancelaria y número de identificación Descripción Acotación comercial 2203.00.01 Cerveza de malta. 00 Cerveza de malta. Sector 3.- Tequila. Fracción arancelaria y número de identificación Descripción Acotación comercial 2208.90.03 Tequila. 01 Tequila contenido en envases con capacidad inferior o igual a 5 litros. 91 Los demás tequilas. Sector 4.- Bebidas alcohólicas fermentadas (vinos). Fracción arancelaria y número de Descripción Acotación identificación comercial 2204.10.02 Vino espumoso. 01 "Champagne". 99 Los demás. 2204.21.04 En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l. Vinos, cuya graduación alcohólica sea mayor de 14 grados centesimales 01 Gay-Lussac pero menor o igual a 20 grados centesimales Gay-Lussac, a la temperatura de 15°C. ```

  3. <!-- page 2 --> ```text Lunes 28 de noviembre de 2022 DIARIO OFICIAL Vinos tinto, rosado, clarete o blanco, cuya graduación alcohólica sea 02 hasta 14 grados centesimales Gay-Lussac, a la temperatura de 15°C. 99 Los demás. 2204.29.99 Los demás. 00 Los demás. 2204.30.91 Los demás mostos de uva. 00 Los demás mostos de uva. 2205.10.02 En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l. 00 En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 l. 2205.90.99 Los demás. 00 Los demás. Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel, sake); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de 2206.00.91 bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte. Bebidas refrescantes a base de una mezcla de limonada y cerveza o 01 vino, o de una mezcla de cerveza y vino ("wine coolers"). 99 Las demás. Sector 5.- Bebidas alcohólicas destiladas (licores). Fracción arancelaria y número de Descripción Acotación identificación comercial 2208.20.01 Cogñac. 00 Cogñac. Brandy o "Wainbrand" cuya graduación alcohólica sea superior o igual a 37.5 grados centesimales Gay-Lussac, con una cantidad 2208.20.02 total de sustancias volátiles que no sean los alcoholes etílico y metílico superior a 200 g/hl de alcohol a 100% vol. Brandy o "Wainbrand" cuya graduación alcohólica sea superior o igual a 37.5 grados centesimales Gay-Lussac, con una cantidad total de 00 sustancias volátiles que no sean los alcoholes etílico y metílico superior a 200 g/hl de alcohol a 100% vol. Destilados puros de uva, cuya graduación alcohólica sea superior 2208.20.03 o igual a 80 grados centesimales Gay-Lussac, a la temperatura de 15°C, a granel. Destilados puros de uva, cuya graduación alcohólica sea superior o igual 00 a 80 grados centesimales Gay-Lussac, a la temperatura de 15°C, a granel. 2208.20.99 Los demás. 00 Los demás. 2208.30.05 Whisky. 01 Whisky canadiense ("Canadian whiskey"). Whisky cuya graduación alcohólica sea mayor de 53 grados 02 centesimales Gay-Lussac a la temperatura de 15°C, a granel. Whisky o Whiskey cuya graduación alcohólica sea igual o superior a 40 03 grados centesimales Gay-Lussac, destilado a menos de 94.8% vol. 04 Whisky "Tennessee" o whisky Bourbon. 99 Los demás. Ron y demás aguardientes procedentes de la destilación, previa 2208.40.02 fermentación, de productos de la caña de azúcar. Únicamente para Ron y 01 Ron. demás aguardientes. 99 Los demás. 2208.50.01 Gin y ginebra. 00 Gin y ginebra. 2208.60.01 Vodka. 00 Vodka. 2208.70.03 Licores. De más de 14 grados sin exceder de 23 grados centesimales Gay- Lussac a la temperatura de 15°C, en vasijería de barro, loza o vidrio, 01 excepto lo comprendido en el número de identificación comercial 2208.70.03.02. 02 Licores que contengan aguardiente, o destilados, de agave. 99 Los demás. 2208.90.02 Bacanora. 00 Bacanora. ```

  4. <!-- page 3 --> ```text Lunes 28 de noviembre de 2022 DIARIO OFICIAL 2208.90.04 Sotol. 00 Sotol. 2208.90.05 Mezcal. 00 Mezcal. 2208.90.06 Charanda. 00 Charanda. 2208.90.07 Raicilla. 00 Raicilla. 2208.90.99 Los demás. Las demás bebidas alcohólicas que contengan aguardiente, o 91 destilados, de agave. 99 Los demás. Sector 6.- Cigarros y tabacos labrados. Fracción arancelaria y número de Descripción Acotación identificación comercial Cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que 2402.10.01 contengan tabaco. Cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que 00 contengan tabaco. 2402.20.01 Cigarrillos que contengan tabaco. 00 Cigarrillos que contengan tabaco. 2402.90.99 Los demás. 00 Los demás. Tabaco para pipa de agua mencionado en la Nota 1 de subpartida 2403.11.01 de este Capítulo. Tabaco para pipa de agua mencionado en la Nota 1 de subpartida de 00 este Capítulo. 2403.19.99 Los demás. 00 Los demás. 2403.91.02 Tabaco "homogeneizado" o "reconstituido". 01 Tabaco del tipo utilizado para envoltura de tabaco. 99 Los demás. 2403.99.01 Rapé húmedo oral. 00 Rapé húmedo oral. 2403.99.99 Los demás. 00 Los demás. 2404.19.99 Los demás. 00 Los demás. Sector 7.- Bebidas energetizantes, así como concentrados polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes1. Fracción arancelaria y número de Descripción Acotación identificación comercial 2106.10.01 Concentrados de proteína de soja (soya). 00 Concentrados de proteína de soja (soya). 2106.10.99 Los demás. 00 Los demás. Derivados de proteína de leche, cuya composición sea: manteca de 2106.90.12 coco hidrogenada 44%, glucosa anhidra 38%, caseinato de sodio 10%, emulsificantes 6%, estabilizador 2%, en peso. Derivados de proteína de leche, cuya composición sea: manteca de coco 00 hidrogenada 44%, glucosa anhidra 38%, caseinato de sodio 10%, emulsificantes 6%, estabilizador 2%, en peso. Las demás de proteína de soja (soya), cuyo contenido de proteína 2106.90.92 sea inferior o igual al 50%, en peso. Las demás de proteína de soja (soya), cuyo contenido de proteína sea 00 inferior o igual al 50%, en peso. 2202.99.01 A base de ginseng y jalea real. Únicamente a base de 00 A base de ginseng y jalea real. Ginseng y Jalea real. A base de jugos de una sola fruta, legumbre u hortaliza, 2202.99.02 enriquecidos con minerales o vitaminas. 01 Néctar. ```

  5. <!-- page 4 --> ```text Lunes 28 de noviembre de 2022 DIARIO OFICIAL Únicamente a base de jugos de una sola fruta, 99 Los demás. legumbre u hortaliza, enriquecidos con minerales o vitaminas. A base de mezclas de jugos de frutas, legumbres u hortalizas, 2202.99.03 enriquecidos con minerales o vitaminas. A base de mezclas de jugos de frutas, legumbres u hortalizas, 00 enriquecidos con minerales o vitaminas. 2202.99.04 Que contengan leche. 00 Que contengan leche. 2202.99.99 Las demás. 00 Las demás. 3006.93.03 En forma líquida para ingestión oral. 00 En forma líquida para ingestión oral. Sector 8.- Minerales de hierro y sus concentrados. Fracción arancelaria y número de identificación Descripción Acotación comercial 2601.11.01 Sin aglomerar. 00 Sin aglomerar. 2601.12.01 Aglomerados. Únicamente cuando se trate de minerales de 00 Aglomerados. hierro conocidos como Hematites y Magnetita. Sector 9.- Oro, plata y cobre. Fracción arancelaria y número de Descripción Acotación identificación comercial 2603.00.01 Minerales de cobre y sus concentrados. 00 Minerales de cobre y sus concentrados. 7106.10.01 Polvo. 00 Polvo. 7106.91.01 En bruto. 00 En bruto. 7106.92.01 Semilabrada. 00 Semilabrada. Chapado (plaqué) de plata sobre metal común, en bruto o 7107.00.01 semilabrado. 00 Chapado (plaqué) de plata sobre metal común, en bruto o semilabrado. 7108.11.01 Polvo. 00 Polvo. 7108.12.91 Las demás formas en bruto. 00 Las demás formas en bruto. 7108.13.91 Las demás formas semilabradas. 00 Las demás formas semilabradas. 7108.20.01 Oro en bruto o semilabrado. 00 Oro en bruto o semilabrado. 7108.20.99 Los demás. 00 Los demás. Chapado (plaqué) de oro sobre metal común o sobre plata, en bruto 7109.00.01 o semilabrado. Chapado (plaqué) de oro sobre metal común o sobre plata, en bruto o 00 semilabrado. Cenizas que contengan metal precioso o compuestos de metal 7112.30.01 precioso. 00 Cenizas que contengan metal precioso o compuestos de metal precioso. ```

  6. <!-- page 5 --> ```text Lunes 28 de noviembre de 2022 DIARIO OFICIAL De oro o de chapado (plaqué) de oro, excepto las barreduras que 7112.91.02 contengan otro metal precioso. Desperdicios y desechos, de los tipos utilizados principalmente para la 01 recuperación del oro. 99 Los demás. De platino o de chapado (plaqué) de platino, excepto las barreduras 7112.92.01 que contengan otro metal precioso. De platino o de chapado (plaqué) de platino, excepto las barreduras que 00 contengan otro metal precioso. 7112.99.99 Los demás. 00 Los demás. Sujetadores ("broches") de plata, incluso revestida o chapada de 7113.11.01 otro metal precioso. Sujetadores ("broches") de plata, incluso revestida o chapada de otro 00 metal precioso. 7113.11.02 Cadenas en rollo continuo, de longitud superior o igual a 10 m. 00 Cadenas en rollo continuo, de longitud superior o igual a 10 m. 7113.11.99 Los demás. 00 Los demás. 7113.19.03 Cadenas en rollo continuo, de longitud superior o igual a 10 m. 00 Cadenas en rollo continuo, de longitud superior o igual a 10 m. 7113.19.99 Los demás. 01 Sujetadores ("broches") de oro. 99 Los demás. 7113.20.01 De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común. 00 De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común. 7118.10.01 Monedas sin curso legal, excepto las de oro. 00 Monedas sin curso legal, excepto las de oro. 7118.90.99 Las demás. 00 Las demás. 7401.00.03 Matas de cobre; cobre de cementación (cobre precipitado). 01 Matas de cobre. 02 Cobre de cementación (cobre precipitado). 7402.00.01 Cobre sin refinar; ánodos de cobre para refinado electrolítico. 00 Cobre sin refinar; ánodos de cobre para refinado electrolítico. 7403.11.01 Cátodos y secciones de cátodos. 00 Cátodos y secciones de cátodos. 7403.19.99 Los demás. 00 Los demás. 7404.00.03 Desperdicios y desechos, de cobre. Aleados, excepto lo comprendido en el número de identificación 01 comercial 7404.00.03.02. Anodos gastados; desperdicios y desechos con contenido de cobre 02 inferior al 94%, en peso. 99 Los demás. 7407.10.01 Barras. 00 Barras. 7407.21.99 Los demás. Únicamente barras de 01 Barras. cobre y Cinc. 7407.29.99 Los demás. 99 Los demás. 7408.11.02 Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 6 mm. 01 De sección transversal inferior o igual a 9.5 mm. 99 Los demás. De cobre libres de oxígeno, con pureza superior o igual al 99.22%, de diámetro inferior o igual a 1 mm, con o sin recubrimiento de 7408.19.01 níquel, reconocibles para la fabricación de electrodos para cátodos de encendido de focos, tubos de descarga o tubos de rayos catódicos. De cobre libres de oxígeno, con pureza superior o igual al 99.22%, de diámetro inferior o igual a 1 mm, con o sin recubrimiento de níquel, 00 reconocibles para la fabricación de electrodos para cátodos de encendido de focos, tubos de descarga o tubos de rayos catódicos. Con recubrimiento de plata inferior o igual al 2% (plateado), 7408.19.02 inclusive, con diámetro de 0.08 mm a 1 mm. Con recubrimiento de plata inferior o igual al 2% (plateado), inclusive, 00 con diámetro de 0.08 mm a 1 mm. ```

  7. <!-- page 6 --> ```text Lunes 28 de noviembre de 2022 DIARIO OFICIAL 7408.19.99 Los demás. Únicamente alambre de cobre refinado de sección 00 Los demás. transversal inferior o igual a 9.5 mm. 7408.21.01 A base de cobre-cinc (latón). 00 A base de cobre-cinc (latón). A base de cobre-níquel (cuproníquel) de cualquier diámetro, o a 7408.22.01 base de cobre-níquel-cinc (alpaca) de diámetro superior o igual a 0.5 mm. A base de cobre-níquel (cuproníquel) de cualquier diámetro, o a base de 00 cobre-níquel-cinc (alpaca) de diámetro superior o igual a 0.5 mm. 7408.22.99 Los demás. 00 Los demás. 7408.29.99 Los demás. 00 Los demás. 7409.11.01 Enrolladas. 00 Enrolladas. 7409.19.99 Las demás. 00 Las demás. 7409.21.01 Enrolladas. 00 Enrolladas. 7409.29.99 Las demás. 00 Las demás. 7409.31.01 Enrolladas. 00 Enrolladas. 7409.39.99 Las demás. 00 Las demás. De aleaciones a base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre- 7409.40.01 níquel-cinc (alpaca). De aleaciones a base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel- 00 cinc (alpaca). 7409.90.91 De las demás aleaciones de cobre. 00 De las demás aleaciones de cobre. 7410.11.01 De cobre refinado. 00 De cobre refinado. 7410.12.01 De aleaciones de cobre. 00 De aleaciones de cobre. 7410.21.04 De cobre refinado. Únicamente las hojas de 00 De cobre refinado. cobre refinado. 7410.22.01 De aleaciones de cobre. 00 De aleaciones de cobre. 7411.10.01 Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto serpentines. 00 Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto serpentines. 7411.10.99 Los demás. Con espesor de pared superior a 3 mm, sin exceder de 15 mm, excepto 01 lo comprendido en el número de identificación comercial 7411.10.99.02. 02 Serpentines. 03 Tubos aletados de una sola pieza. 99 Los demás. Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto serpentines 7411.21.01 y lo comprendido en la fracción arancelaria 7411.21.05. Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto serpentines y lo 00 comprendido en la fracción arancelaria 7411.21.05. 7411.21.99 Los demás. Únicamente aleaciones de cobre Zinc con Con espesor de pared superior a 3 mm, sin exceder de 15 mm, excepto 01 espesor de pared serpentines. superior a 3 mm sin exceder 15 mm. 7411.22.01 Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto serpentines. 00 Con espesor de pared inferior o igual a 3 mm, excepto serpentines. ```

  8. <!-- page 7 --> ```text Lunes 28 de noviembre de 2022 DIARIO OFICIAL Sector 10.- Plásticos. Fracción arancelaria y número de Descripción Acotación identificación comercial 3915.10.01 De polímeros de etileno. 00 De polímeros de etileno. 3915.20.01 De polímeros de estireno. 00 De polímeros de estireno. 3915.30.01 De polímeros de cloruro de vinilo. 00 De polímeros de cloruro de vinilo. 3915.90.01 De manufacturas de polimetacrilato de metilo. 00 De manufacturas de polimetacrilato de metilo. 3915.90.99 Los demás. 01 Desechos, desperdicios y recortes de poli (tereftalato de etileno) (PET). 99 Los demás. Sector 11.- Caucho. Fracción arancelaria y número de identificación Descripción Acotación comercial Recortes de neumáticos o de desperdicios, de hule o caucho 4004.00.01 vulcanizados, sin endurecer. Recortes de neumáticos o de desperdicios, de hule o caucho 00 vulcanizados, sin endurecer. 4004.00.99 Los demás. 00 Los demás. Sector 12.- Madera y papel. Fracción arancelaria y número de Descripción Acotación identificación comercial 4707.10.01 Papel o cartón Kraft crudo o papel o cartón corrugado. 00 Papel o cartón Kraft crudo o papel o cartón corrugado. Los demás papeles o cartones obtenidos principalmente a partir de 4707.20.91 pasta química blanqueada sin colorear en la masa. Los demás papeles o cartones obtenidos principalmente a partir de pasta 00 química blanqueada sin colorear en la masa. Papel o cartón obtenido principalmente a partir de pasta mecánica 4707.30.01 (por ejemplo: diarios, periódicos e impresos similares). Papel o cartón obtenido principalmente a partir de pasta mecánica (por 00 ejemplo: diarios, periódicos e impresos similares). 4707.90.91 Los demás, incluidos los desperdicios y desechos sin clasificar. 00 Los demás, incluidos los desperdicios y desechos sin clasificar. ```

  9. <!-- page 8 --> ```text Lunes 28 de noviembre de 2022 DIARIO OFICIAL Sector 13.- Vidrio. Fracción arancelaria y número de Descripción Acotación identificación comercial Calcín y demás desperdicios y desechos de vidrio, excepto el vidrio 7001.00.01 de tubos de rayos catódicos y demás vidrios activados de la partida 85.49; vidrio en masa. Calcín y demás desperdicios y desechos de vidrio, excepto el vidrio de 00 tubos de rayos catódicos y demás vidrios activados de la partida 85.49; vidrio en masa. Sector 14.- Hierro y Acero. Fracción arancelaria y número de identificación Descripción Acotación comercial 7204.10.01 Desperdicios y desechos, de fundición. 00 Desperdicios y desechos, de fundición. 7204.21.01 De acero inoxidable. 00 De acero inoxidable. 7204.29.99 Los demás. 00 Los demás. 7204.30.01 Desperdicios y desechos, de hierro o acero estañados. 00 Desperdicios y desechos, de hierro o acero estañados. Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras (de amolado, aserrado, 7204.41.01 limado) y recortes de estampado o de corte, incluso en paquetes. Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras (de amolado, aserrado, 00 limado) y recortes de estampado o de corte, incluso en paquetes. 7204.49.99 Los demás. 00 Los demás. Sector 15.- Aluminio. Fracción arancelaria y número de identificación Descripción Acotación comercial 7602.00.02 Desperdicios y desechos, de aluminio. Chatarra o desperdicios de aluminio provenientes de cables, placas, 01 hojas, barras, perfiles o tubos. 99 Los demás. 1 Para efectos del Sector 7 “Bebidas energetizantes, así como concentrados polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes” del presente Apartado, se entenderá por bebidas energetizantes, las bebidas no alcohólicas adicionadas con la mezcla de cafeína en cantidades superiores a 20 miligramos por cada cien mililitros de producto y taurina o glucoronolactona o tiamina y/o cualquier otra sustancia que produzca efectos estimulantes similares. Asimismo, se consideran concentrados, polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes, aquéllos que por dilución permiten obtener bebidas energetizantes con las características señaladas en el párrafo anterior. Atentamente, Ciudad de México, a 15 de noviembre de 2022.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica. ```

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