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Reglas de Operación del Programa Comedores Populares para el Bienestar 2022

颁布于 2022-12-31 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
墨西哥
主题
Food and nutrition
关键词
food assistance, right to food, food security, nutrition, vending, school feeding, human rights, equity, poverty, social protection, gender, internal trade

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文本

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  1. 1 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO LCDA. ESTHELA DAMIÁN PERALTA. Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 3 y 33 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 54 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 33 y 34 fracción I de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 129 sexto párrafo de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 121 fracción I de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 2 y 12 del Decreto por el que se crea un Organismo Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio que se denomina Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México; 12 del Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, he tenido a bien dar a conocer las siguientes: REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA COMEDORES POPULARES PARA EL BIENESTAR 2022 1. Nombre y Entidad Responsable del Programa El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México Organismo Público descentralizado de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de México a través de la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario y la Dirección de Comedores Populares. Las unidades de apoyo técnico son: la Subdirección de Programación, Control y Calidad, la Jefatura Departamental de Orientación Alimentaria y la Jefatura de Unidad Departamental de Control y Operación de Comedores Populares. 2. Alineación Programática Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4o. Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará. Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 Apartado II. Política Social Construir un país con bienestar El objetivo más importante del gobierno de la Cuarta Transformación es que en 2024 la población de México esté viviendo en un entorno de bienestar. Constitución Política de la Ciudad de México Artículo 9. Ciudad Solidaria Apartado C. Derecho a la Alimentación y a la Nutrición 1. Toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada, nutritiva, diaria, suficiente y de calidad con alimentos inocuos, saludables, accesibles, asequibles y culturalmente aceptables que le permitan gozar del más alto nivel de desarrollo humano posible y la protejan contra el hambre, la malnutrición y la desnutrición. 2. Las autoridades, de manera progresiva, fomentarán la disponibilidad, distribución, abastecimiento equitativo y oportuno de alimentos nutritivos y de calidad; promoverán la seguridad y sustentabilidad alimentarias; y garantizarán el acceso a este derecho dando prioridad a las personas en pobreza y a las demás que determine la ley. Artículo 11. Ciudad Incluyente Apartado A. Grupos de atención prioritaria La Ciudad de México garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. 2 Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024 propone: Eje 1. Igualdad de Derechos La construcción de la igualdad como eje articulador de la política de gobierno significa fortalecer y ampliar las garantías del acceso a los grandes derechos sociales y humanos. Defender, crear y materializar derechos sociales significa la creación de condiciones más equitativas de vida. El Gobierno de la Ciudad aplicará todo su empeño para avanzar sustantivamente en la garantía del acceso a la educación, la salud, la vivienda y la protección de los derechos humanos. 1.2. Derecho a la salud El derecho a la salud es un derecho humano fundamental reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y refrendado en la Constitución Política de la Ciudad de México. La salud está determinada por una gran cantidad de factores relacionados con el acceso a bienes y servicios como: agua potable; condiciones sanitarias adecuadas; alimentos sanos y nutritivos; vivienda adecuada; condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente; acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva. Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal Artículo 4. I. Universalidad: La política de desarrollo social está destinada para todos los habitantes de la ciudad y tiene por propósito el acceso de todos y todas al ejercicio de los derechos sociales, al uso y disfrute de los bienes urbanos y a una creciente calidad de vida para el conjunto de los habitantes; II. Igualdad: Constituye el objetivo principal del desarrollo social y se expresa en la mejora continua de la distribución de la riqueza, el ingreso y la propiedad, en el acceso al conjunto de los bienes públicos y al abatimiento de las grandes diferencias entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales; III. Equidad de género: La plena igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, la eliminación de toda forma de desigualdad, exclusión o subordinación basada en los roles de género y una nueva relación de convivencia social entre mujeres y hombres desprovista de relaciones de dominación, estigmatización, y sexismo; IV. Equidad Social: Superación de toda forma de desigualdad, exclusión o subordinación social basada en roles de género, edad, características físicas, pertenencia étnica, preferencia sexual, origen nacional, práctica religiosa o cualquier otra; V. Justicia Distributiva: Obligación de la autoridad a aplicar de manera equitativa los programas sociales, priorizando las necesidades de los grupos en condiciones de pobreza, exclusión y desigualdad social; VI. Diversidad: Reconocimiento de la condición pluricultural del Distrito Federal y de la extraordinaria diversidad social de la ciudad que presupone el reto de construir la igualdad social en el marco de la diferencia de sexos, cultural, de edades, de capacidades, de ámbitos territoriales, de formas de organización y participación ciudadana, de preferencias y de necesidades; VII. Integralidad: Articulación y complementariedad entre cada una de las políticas y programas sociales para el logro de una planeación y ejecución multidimensional que atiendan el conjunto de derechos y necesidades de los ciudadanos; VIII. Territorial: Planeación y ejecución de la política social desde un enfoque socio-espacial en el que en el ámbito territorial confluyen, se articulan y complementan las diferentes políticas y programas y donde se incorpora la gestión del territorio como componente del desarrollo social y de la articulación de éste con las políticas de desarrollo urbano; IX. Exigibilidad: Derecho de los habitantes a que, a través de un conjunto de normas y procedimientos, los derechos sociales sean progresivamente exigibles en el marco de las diferentes políticas y programas y de la disposición presupuestal con que se cuente; X. Participación: Derecho de las personas, comunidades y organizaciones para participar en el diseño, seguimiento, aplicación y evaluación de los programas sociales, en el ámbito de los órganos y procedimientos establecidos para ello; XI. Transparencia: La información surgida en todas las etapas del ciclo de las políticas de desarrollo social será pública con las salvedades que establece la normatividad en materia de acceso a la información y con pleno respeto a la privacidad, a la protección de los datos personales y a la prohibición del uso político partidista, confesional o comercial de la información. 3 XII. Efectividad: Obligación de la autoridad de ejecutar los programas sociales de manera austera, con el menor costo administrativo, la mayor celeridad, los mejores resultados e impacto, y con una actitud republicana de vocación de servicio, respeto y reconocimiento de los derechos que profundice el proceso de construcción de ciudadanía de todos los habitantes. Los principios de esta ley constituyen el marco en el cual deberán planearse, ejecutarse y evaluarse el conjunto de las políticas y programas en materia de desarrollo social de la Administración Pública del Distrito Federal. XIII. Protección de Datos Personales: Es obligación de la autoridad de resguardar, tratar y proteger los datos personales proporcionados por la población para acceder a los programas y acciones de desarrollo social, en términos de la normatividad en la materia. Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México Artículo 2.- Toda persona que habite, resida o transite en la Ciudad de México, tiene derecho a ser beneficiario de los comedores sociales, sin importar su condición social, etnia, género, preferencia sexual, edad, domicilio o cualquier otro que limite su derecho humano a la alimentación, con un programa especial para la infancia. Capítulo III. De los Comedores Populares Artículo 17.- Los Comedores Populares serán operados por los Grupos Solidarios constituidos de conformidad con los Criterios para el funcionamiento establecidos por el DIF Ciudad de México. La operación de los Comedores Sociales de la Ciudad de México no será regulada por la normatividad aplicable al funcionamiento de los establecimientos mercantiles, así como tampoco a su verificación, en virtud de que la finalidad de su operación no es la obtención de un lucro, sino el ejercicio y goce de un Derecho Humano y la promoción de acciones sociales implementadas por el Gobierno de la Ciudad de México. Artículo 18.- Cada Comedor Popular debe contar con un Grupo Solidario el cual asumirá la función de administración del Comedor Popular y ninguno de sus integrantes deberán ser servidores públicos. Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Objetivo 2: Hambre cero 2.1 Para 2030, poner fin al hambre y asegurar el acceso de todas las personas, en particular los pobres y las personas en situaciones vulnerables, incluidas los lactantes, a una alimentación sana, nutritiva y suficiente durante todo el año. Meta 2.1. Poner fin al hambre y asegurar el acceso de todas las personas, a una alimentación sana, nutritiva y suficiente durante todo el año. Meta 2.2. De aquí a 2030, poner fin a todas las formas de malnutrición, y abordar las necesidades de nutrición de las y los adolescentes, las mujeres embarazadas y lactantes y las personas adultas mayores. Grupos de Atención prioritarios El Programa Comedores Populares para el Bienestar busca garantizará la atención prioritaria para el pleno ejercicio de los derechos de las personas que debido a la desigualdad estructural enfrentan discriminación, exclusión, maltrato, abuso, violencia y mayores obstáculos para el pleno ejercicio de sus derechos y libertades fundamentales. Reconoce como grupos de atención prioritaria a: las mujeres, las niñas, niños y adolescentes, las personas jóvenes, personas de identidad indígena, personas mayores, personas con discapacidad, personas LGBTTTIQA, personas migrantes, víctimas de violaciones a los derechos humanos o de la comisión de delitos, personas en situación de calle, personas privadas de su libertad, personas que residen en instituciones de asistencia social y personas afrodescendientes. 3. Diagnóstico 3.1Antecedentes El Programa Comedores Populares (ahora Comedores Populares para el Bienestar) se creó en el año 2009 como parte de la iniciativa del Gobierno del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) de instalar Comedores a través de dos instituciones: el Instituto de Asistencia e Integración Social (IASIS) y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. Esta iniciativa buscaba establecer las bases para apoyar a la población del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) de escasos recursos que habitan en unidades de muy alta, alta y media marginación mediante la instalación de Comedores Populares, ampliando con ello las posibilidades de acceso y goce del derecho a la alimentación y seguridad alimenticia de la población de la Ciudad de México (Evaluación Externa, 2014) El objetivo del programa definió apoyar el acceso a la alimentación a través de proporcionar una ración alimentaria, a cambio de una cuota simbólica de 10 pesos y con ello, impactar a grupos vulnerables como son niñas y niños, adultos mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y a población en extrema 4 pobreza; además, se estableció como exentos de pago, a las personas en situación de calle, desempleados, personas en extrema pobreza y los que el IASIS y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia estimaran necesario. El programa inició con 25 comedores y al cierre de 2018 se logró tener en operación 117 con la entrega de 4.9 millones de apoyos alimenticios (raciones). En septiembre de 2009, se promulgó la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal, a la cual se alineó el Programa Comedores Populares, además en concordancia con su Artículo 10, fracción IX y la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal; el Programa Comedores Populares para el Bienestar promueve de forma incluyente, la participación ciudadana, primero para conformar grupos solidarios y posteriormente la representación legal de los comités que atienden dichos comedores, generando la convivencia y solidaridad social, el respeto por la diferencia y la diversidad, el sentido de pertenencia a la comunidad, la colaboración como una vertiente del mejoramiento del entorno y de la calidad de vida de la población. Durante el ejercicio fiscal 2015 el programa fue sujeto a una evaluación Externa de Resultados y Satisfacción, a raíz de la cual se instrumentaron las siguientes mejoras; se incluyó un indicador que monitorea la entrega de los insumos a los comedores; se realizan supervisiones a los Comedores con base en una programación establecida; y se brinda orientaciones a grupos solidarios y personas usuarias de los Comedores Populares para el Bienestar. En junio de 2017, se promulgó la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México, misma que es de interés social y de observancia general en la Ciudad de México, garantizando lo dispuesto en el Artículo 4 Constitucional, y tiene por objeto hacer efectivo el derecho de las personas habitantes de la Ciudad de México a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, en condiciones de accesibilidad. Para 2019 el Programa Comedores Populares se encargó de fortalecer la operación de los Comedores Populares ya instalados en años anteriores proporcionando apoyo en especie para la preparación de alimentos. A lo largo de 2020 el Programa Comedores Populares a partir del mes de febrero otorga transferencias monetarias a los Comedores en función a la cantidad de apoyos alimenticios (raciones) otorgadas por mes. Durante el ejercicio 2021 el Programa Comedores Populares para el Bienestar, fue fundamental en el apoyo de raciones alimenticias a la población que vive en unidades territoriales con muy bajo, bajo y medio IDS y que por la Pandemia de Covid-19, quedaron todavía más vulnerables, debido a la situación que se vivió a nivel mundial. Así mismo los Comedores que dejaron de operar puedieron ser reasignados a nuevos espacios con nuevos grupos solidarios y con nuevos comites, a través de la aprobación de la propuestas por parte del Comité Evaluador. Problema Social Atendido por el Programa La alimentación es un derecho reconocido en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entendido como el derecho de toda persona a disfrutar del acceso físico y económico a una alimentación adecuada y los medios para obtenerla (OACDH, 2004). En México la medida que da cuenta del cumplimiento de este derecho, es la seguridad alimentaria (CONEVAL, 2016). El ejercicio pleno de este derecho puede identificarse a través del concepto de seguridad alimentaria que es la contraparte de la carencia por acceso a la alimentación. La seguridad alimentaria contempla distintas dimensiones para su medición y análisis, las cuales son: disponibilidad de alimentos, acceso o capacidad para adquirir alimentos, consumo de alimentos, y aprovechamiento biológico de los alimentos o estado de nutrición. Sin embargo, en México aún persiste el problema con el acceso a la alimentación, la cual tiene como principales causas la escasa accesibilidad a la canasta básica, el acceso limitado al sistema comercial de abasto de alimentos y de bienes de primera necesidad, el bajo poder adquisitivo de los hogares, los insuficientes espacios para la entrega de apoyos alimenticios (raciones) a bajo costo y el régimen alimentario inadecuado de la población (alimentos con alto contenido de azúcar, grasas saturadas y sodio); además existe una pérdida progresiva de la capacidad de adquisición de alimentos de calidad, en particular entre la población de menores ingresos, tanto por el control del abasto como por los precios incrementados por encima del nivel general de precios (Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos de la Ciudad de México, 2016). Los hogares que se clasificaron en la categoría de inseguridad alimentaria leve informan, en primera instancia, preocupación por el acceso a los alimentos, sacrificando la calidad de la dieta. Cuando los hogares se encontraron en inseguridad alimentaria moderada, además del sacrificio en calidad, refirieron restricciones en la 5 cantidad de alimentos consumidos. Los hogares en inseguridad alimentaria severa, además de las vivencias anteriores, relataron experiencias de hambre en personas adultas y finalmente en las niñas y los niños. (Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012. Resultados por entidad federativa. Distrito Federal, México, INSP, 2013) De acuerdo a lo anterior, se puede identificar que una de las principales problemáticas para alcanzar la seguridad alimentaria se relaciona directamente con el tema de acceso a los alimentos, debido a que el ingreso monetario de las personas es uno de los principales determinantes para el acceso, tanto en cantidad como en calidad, situación que afecta particularmente a aquellas familias con ingresos bajos, que cuentan con empleos precarios o que han visto una fuerte afectación de sus ingresos. Entre los efectos que tiene la carencia por acceso a la alimentación, podemos enumerar problemas de malnutrición como lo son la desnutrición, la anemia, el sobrepeso u obesidad, enfermedades crónico degenerativas (diabetes e hipertensión) problemas que impactan la salud de la población y, con ello generando inseguridad alimentaria; además, una mala nutrición puede a largo plazo reducir la inmunidad, aumentar la vulnerabilidad a las enfermedades, alterar el desarrollo físico y mental, y reducir la productividad (Evalúa Ciudad de México, 2016). La Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (Artículo 3o, Fracc. XXI) establece que la pobreza es “la incapacidad de un individuo o un hogar de satisfacer de manera digna y suficiente sus necesidades básicas en materia de alimentación, salud, educación, vivienda, transporte, recreación, servicios y tiempo libre”, por lo que su medición debe abordarse desde un enfoque multidimensional, con normas dignas para todas las dimensiones. Por otra parte, el Artículo 1o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos plantea que “las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en [la] Constitución y en los tratados internacionales... [y que] ... las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán ... favoreciendo en todo tiempo a las personas con la protección más amplia.” Es importante destacar que las normas o umbrales de pobreza del Método de Medición Integral de la Pobreza son ajustados a estos dos preceptos legales (EVALÚA, 2019). De acuerdo con los resultados publicados por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social (CONEVAL, 2020) la población en pobreza a nivel nacional representa el 43.9 por ciento de la población total esto quiere decir unos 57.7 millones de personas se encuentran en esta situación; de los cuales 44.9 millones de mexicanas y mexicanos se encuentran en situación de pobreza extrema. La Ciudad de México, de acuerdo con los resultados más recientes publicados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL, 2020), presenta 3 millones personas en situación de pobreza, lo que comprende la población potencial, cifra que representa el 32.6 por ciento del total de habitantes y 400 mil personas en situación de pobreza extrema; es decir, 4.3 por ciento lo que representa la población objetivo. En cuanto a la carencia específica de acceso a alimentación nutritiva y de calidad podemos ver que a nivel nacional el porcentaje se encuentran en 22.5 %, es decir unos 28.6 millones de personas a nivel nacional presenta esta problemática. En la Ciudad de México el porcentaje es menos, asciende a 17.8 por ciento lo que representa un total de 1.6 millones de personas. El programa incide en los cuidados de los integrantes del hogar ya que permiten descargar tiempos en trabajo doméstico, preparación de alimentos y compra de los insumos; lo cual apoya aún más a las personas en situación de pobreza y permite aminorar los efectos de la carencia por acceso a la alimentación; fortaleciendo la autonomía económica en las mujeres y en el ingreso familiar. La estrategia de operar comedores tiene sus símiles, a nivel federal existe el programa de Comedores Comunitarios operado por la Secretaría de Bienestar e Inclusión Social que inició en 2001, a nivel local, en la Ciudad de México operan de comedores comunitarios del Instituto de Asistencia e Integración Social (IASIS) y comedores públicos instrumentados por la Secretaria de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México (SIBISO). 6 4. Objetivo y Estrategia General 4.1 Objetivo General Contribuir al acceso a la alimentación, a través del apoyo a 102 Comedores Populares para el Bienestar, manejados por aproximadamente 306 facilitadores integrados en Comités de grupos solidarios bajo un enfoque de economía social, para entregar aproximadamente 5,800,000 apoyos alimenticios (raciones) de comida caliente nutritiva y saludable a aproximadamente 100,000 personas usuarias (fijas y flotantes) al mes, que habitan y/o transitan en Unidades Territoriales con Índice de Desarrollo Social (IDS) muy bajo, bajo y medio. 4.2 Objetivos Específicos a) Transferencia monetaria para la adquisición de insumos perecederos y no perecederos a 102 Comedores Populares para el Bienestar. b) Otorgar capacitaciones (presencial o a distancia) a los comités en las siguientes temáticas:  Nutrición.  Manejo higiénicos de alimentos.  Protección Civil.  Calidad y atención al usuario con un enfoque de derechos.  Adquisición de alimentos de calidad.  Preservación de alimentos.  Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario (EIASADC 2022).  Entre otros. c) Proporcionar orientación alimentaria al público en general a través de pláticas sobre la correcta alimentación y prevención de la salud. Estrategias de capacitación a) Con personal del DIF Este personal opera con recursos propios del DIF. b) Establecimiento de acuerdos de capacitación interinstitucionales. A corto y a mediano plazo Acceso a una correcta alimentación, contribución al gasto familiar y fortalecimiento de la comunidad a través de la interacción social en el Comedor Popular para el Bienestar. A largo plazo Prevención de la salud pública, fortalecimiento de la economía social y del tejido social Con este programa se busca promover la Participación Ciudadana de las y los habitantes de la Ciudad de México, mediante la conformación de grupos solidarios, principalmente de personas en situación de vulnerabilidad que operen los Comedores Populares para el Bienestar y la preparación de alimentos buscando el acceso al mismo trato y oportunidades. 5. Definición de poblaciones: objetivo y beneficiarias Población objetivo: Personas en situación de pobreza las cuales ascienden a 3,009,394 habitantes en la Ciudad de México y que preferentemente vivan en Unidades Territoriales con Índice de Desarrollo Social muy bajo, bajo y medio de la Ciudad de México de acuerdo a la Medición de la Pobreza periodo 2016-2020 (CONEVAL, 2020) Población beneficiaria: Se estima que el programa beneficie de manera directa a aproximadamente 100,000 personas que asisten en promedio mensual a los Comedores Populares para el Bienestar. 7 6. Metas Físicas Para el 2022 se tiene contemplado apoyar hasta a 102 Comedores Populares para el Bienestar, operados por aproximadamente 306 personas facilitadores de los grupos solidarios integrados en un Comité, que operan los Comedores Populares para el Bienestar, a través de transferencia monetaria semanal de acuerdo al número de personas usuarias, para la adquisición de insumos perecederos y no perecederos. Se estima otorgar a la demanda identificada, aproximadamente 5,800,000 apoyos alimenticios (raciones) a un costo de 11.00 pesos por ración en los Comedores Populares para el Bienestar, que corresponde a todo el año y que beneficiará aproximadamente a 100,000 personas usuarias de manera mensual de los Comedores. La cobertura del programa se encuentra entre 39.87% respecto a 3,009,394 que representa la población objetivo. Se otorgarán capacitaciones a los comités.  Nutrición, a través de menús cíclicos apegados a los criterios de la EIASADC 2022  Manejo higiénicos de alimentos.  Protección Civil.  Calidad y atención al usuario un enfoque de derechos.  Adquisición de alimentos de calidad.  Preservación de alimentos.  Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario (EIASADC 2022).  Administración y manejo de recursos. Se otorgarán capacitaciones de orientación alimentaria que contribuya a mejorar la cultura alimentaria de la población a través de la entrega de materiales lúdicos. Se otorgará asistencia técnica a los Comedores Populares para el Bienestar y evaluación de las cédulas de supervisión a la calidad de los alimentos a todos los comedores; y la revisión de los menús cíclicos. Se dará atención a actividades a través de las Ferias de la Alimentación. El DIF Ciudad de México, proporcionará el recurso económico de forma semanal, aproximadamente el día jueves anterior a la semana de preparación de los alimentos del Programa Comedores Populares para el Bienestar, mediante tarjeta electrónica, de acuerdo a las raciones otorgadas por cada comedor. Por razones presupuestales, el Programa no puede lograr la plena universalidad, por lo que en apego a lo señalado en el tercer párrafo del Artículo 27 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal la operación del programa tiene una focalización territorial prioritariamente a las Unidades Territoriales con IDS muy bajo, bajo y medio. 7. Programación Presupuestal Para el ejercicio fiscal 2022 se autorizó por parte de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, un presupuesto de $24,000,000.00 (Veinticuatro millones de pesos 00/100 M.N.), el cual está destinado a la transferencia monetaria mensual, con un mínimo de $13,290.00 y un máximo de $19,300.00 mensuales. Las capacitaciones, orientación alimentaria y supervisión de los promotores se llevarán a cabo con recursos propios del Sistema. La cuota de recuperación que se cobrará durante este período por el alimento es de 11.00 (ONCE PESOS). Se otorgarán transferencias monetarias a través de tarjeta electrónica de manera semanal, para la adquisición de insumos perecederos y no perecederos a los 102 Comedores Populares para el Bienestar en función al número de apoyos alimenticios (raciones) de acuerdo a la siguiente tabla. 8 Rango Promedio raciones diarias Monto semanal otorgado Monto mensual Monto garrafones de agua mensual Monto total mensual otorgado 6 301-ADELANTE $4,825.00 $18,500.00 $800.00 $19,300.00 5 251-300 $4,680.00 $18,000.00 $720.00 $18,720.00 4 201-250 $4,555.00 $17,500.00 $720.00 $18,220.00 3 151-200 $4,035.00 $15,500.00 $640.00 $16,140.00 2 101-150 $3,535.00 $13,500.00 $640.00 $14,140.00 1 81-100 $3,162.00 $12,650.00 $640.00 $13,290.00 Nota: En el caso de los meses que cuenten con cinco semanas se ajustará siempre al monto mensual El ejercicio de los recursos en cuanto a los montos, la liberación y calendario de ejecución queda definido por la normatividad que en la materia establece la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México. El costo estimado de operación del Programa Comedores Populares para el Bienestar, es parte del gasto corriente del DIF de la Ciudad de México. 8. Requisitos y Procedimientos de Acceso 8.1 Difusión El Programa se difunde mediante: 1. Publicación de las Reglas de Operación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. 2. Portal de internet del DIF Ciudad de México, http://dif.cdmx.gob.mx/programas 3. Portal de internet Trámites CDMX, https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ 4. Portal de internet del Sistema de Información para el Bienestar (SIBIS): https://tubienestar.cdmx.gob.mx/ 5. Portal de internet del SIDESO http://www.sideso.cdmx.gob.mx/ 6. Redes sociales: Facebook DIF-CDMX y Twitter: @DIFCDMX. La difusión en territorio se realiza a través de las ferias de servicios realizadas por las distintas dependencias del Gobierno de la Ciudad de México y en las jornadas itinerantes organizadas por el DIF de la Ciudad de México, para que las personas que requieran el servicio de Comedor Popular para el Bienestar puedan identificar el más cercano a su domicilio. Asimismo, las personas que requieran el servicio de Comedor Popular para el Bienestar, pueden acudir a solicitar información al Área de Atención Ciudadana ubicada en Xochicalo 1000 primer piso Edificio A Col. Santa Cruz Atoyac, Benito Juárez, C.P. 03310, o bien llamar al teléfono 55591919 extensiones 4303 y 4500 de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:30 horas. La difusión del Programa Comedores Populares para el Bienestar evitará cualquier tipo de símbolo, semiótica o signo, así como la intervención de partidos políticos, asociaciones, sindicatos, o cualquier grupo ajeno al marco institucional. Asimismo, el Programa podrá utilizar otros medios de comunicación y medios digitales como aplicaciones, programas informáticos y nuevas redes sociales que vayan surgiendo para difundir información propia o del Gobierno Federal o Gobierno de la Ciudad de México que sea de interés para la población beneficiaria y el público en general. 8.2 Requisitos de Acceso De la persona beneficiaria de los servicios que otorga el Comedor Popular para el Bienestar: 1. Presentarse al Comedor Popular para el Bienestar más cercano al domicilio, trabajo o lugar de tránsito y solicitar el servicio. 2. La persona beneficiaria deberá proporcionar datos generales: a. Nombre o seudónimo b. Sexo http://dif.cdmx.gob.mx/programas https://tramites.cdmx.gob.mx/inicio/ https://tubienestar.cdmx.gob.mx/ mailto:@DIFCDMX 9 c. Firma o huella digital 3. En ningún caso se solicitarán documentos personales (acta de nacimiento, INE o comprobante de domicilio). 4. Cubrir una cuota simbólica de $11.00 (Once pesos 00/100M.N.) por ración; asimismo la persona usuaria, sin restricción podrá solicitar tantos apoyos alimenticios (raciones) siempre que cubra la cuota de recuperación establecida. El Comedor debe vender raciones completas. 8.3 Procedimientos de Acceso De la persona beneficiaria de los servicios que otorga el Comedor Popular para el Bienestar: 1. El ingreso a los Comedores Populares para el Bienestar es libre y se realizará a solicitud de las personas que viven, trabajan o transitan en unidades territoriales clasificadas preferentemente como media, alta y muy alta marginación de la Ciudad de México. 2. Cuando el beneficiario llegue al Comedor Popular para el Bienestar deberá llenar el listado de asistencia con los datos correspondientes, el cual será proporcionado por los prestadores del servicio del Comedor. 3. El horario de atención será de lunes a viernes o con diversos horarios o antes si se terminan los apoyos alimenticios (raciones) del día. 4. El listado de asistencia deberá contener nombre completo, sexo, número de raciones solicitadas, tipo de población del solicitante (constante o flotante) para el otorgamiento del servicio. 5. Cubrir con la cuota de recuperación de $11.00 pesos. 6. Cumplir con el siguiente reglamento: Del Reglamento para comensales de Comedores Populares para el Bienestar 1. Registrarse en las listas de asistencias sin tachaduras y/o enmendaduras 2. Dirigirse con respeto 3. No se dará servicio fuera del horario establecido 4. Respetar el turno en la fila 5. No se permite el acceso a personas en estado de ebriedad o bajo influencia de alguna sustancia pscioactiva. 6. Se puede restringuir el acceso a personas que porten armas de fuego o punzo cortantes 7. No hacer sobremesa 8. En las raciones alimenticias para llevar se deben traer recipientes limpios y con tapa, el comedor no vende ni otorga recipientes. 9. No ingresar con alimentos y bebidas ajenas al comedor. 10. Los utensilios del comedor no deben sustraerse 11. No se sirve comida en bolsas de plástico. 12. Tomar la charola en la barra y regresarla al terminar los alimentos. En temporada de pandemia sanitaria. 1.- Es obligatorio ingresar con cubrebocas 2.-Mantener sana distancia 3.-Lavarse las manos con agua y jabón. 4.-Usar gel antibacterial. 5.-Uso de termómetro. En el caso de que se presente una situación coyuntural de emergencia sanitaria, los Comedores Populares para el Bienestar otorgarán el servio de alimentos exclusivamente para llevar. En el caso de que se presente una situación coyuntural de contingencia, desastre o emergencia para el caso de la población migrante, se proporcionará apoyos sociales humanitarios, para lo cual el Programa establecerá las medidas correspondientes dadas sus competencias. En el caso de personas vulnerables, en situación de calle o personas que por algún motivo demuestren que necesiten apoyo gratuito y sean dirigidos por otros programas del Gobierno de Ciudad de México, se deberán otorgar Apoyos Alimentarios Gratuitos por 20 días hábiles, siempre y cuando el Comedor Popular para el Bienestar que se asigne, no rebase el límite de raciones establecidas en el Rango en que se encuentre. Asimismo, que la o el beneficiario cumpla con las siguientes condiciones: 10 a) Asistir de forma continua a la entrega del apoyo, en caso de que no asista 5 días seguidos sin justificación, se cancelará el apoyo. Las justificación se entrega directamente al comedor que otorga el apoyo con copia a la Dirección de Comedores Populares. b) La Dirección de Comedores Populares evaluará la continuidad acabados los 20 días hábiles, lo anterior dependiendo de la disponibilidad de raciones del Comedor Popular para el Bienestar asignado. c) En cualquier caso, se le deberá notificar a la persona beneficiaria, de la cancelación, terminación y/o continuidad del Apoyo Gratuito. Las personas integrantes en la operación de los Comedores Populares para el Bienestar denominados Grupos Solidarios, forman parte de un Padrón de Derechohabientes que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal es de carácter público, siendo reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún fin distinto al establecido en estas Reglas de Operación, respecto a lo estipulado en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México En ningún caso las y los servidores públicos podrán solicitar o proceder de manera diferente a lo establecido en las presentes Reglas de Operación. Se prohíbe a las autoridades de la Ciudad, partidos políticos y organizaciones sociales utilizar con fines de lucrativos o partidistas el presente programa social. Las leyes correspondientes, establecerán las sanciones a que haya lugar. Requisitos de Permanencia, Causales de Baja o Suspensión Temporal Causales de Baja temporal o definitiva de un Comedor Popular para el Bienestar a. Los Comedores Populares para el Bienestar que no respeten los criterios establecidos, en cuanto a la calidad e higiene de los alimentos contenidos en las presentes Reglas de Operación y/o en el Reglamento Interno, serán sujetos a suspensión del apoyo económico y entrarán en proceso de revisión. b. Los Comedores Populares para el Bienestar podrán suspender actividades de manera temporal hasta por seis meses; para ello, deberán solicitarlo a través de un escrito dirigido a la persona titular de la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario con un periodo mínimo de 20 días de anticipación al cese de actividades y en el que deberán especificar las razones que motivan el cierre temporal del comedor. c. Cumplidos los seis meses del permiso de cierre temporal, la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario solicitará mediante escrito la resolución de reapertura o en su caso el cierre definitivo del Comedor Popular para el Bienestar. Para lo cual, contará con 5 días hábiles para dar respuesta. En caso de no tener respuesta por parte del Comité de Administración, la Dirección de Comedores Populares determinará la continuidad o baja del comedor. d. En el caso de que el Comité de Administración del Comedor Popular para el Bienestar opte por la reapertura del espacio, de acuerdo a la suficiencia presupuestal se le brindará una transferencia económica tomando como rango base, el rango número 1 (uno) del tabulador señalado en las presentes Reglas de Operación a fin de poder impulsar la reapertura del comedor. Cabe aclarar que la autorización de reapertura depende del Comité Evaluación en sesión ordinaria o extraordinaria en función a la visita realizada por el Comité Evaluador. En caso de no tener respuesta por parte del Comité de Administración, la Dirección de Comedores Pópulares determinará la continuidad o baja del comedor popular. e. En caso de baja del Comedor Popular para el Bienestar, la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, a través de la Dirección de Comedores Populares, notificará mediante escrito al Comité de Administración, la aceptación del cierre definitivo del Comedor Popular para el Bienestar e informará, a fin de que tengan conocimiento de la cancelación definitiva del apoyo y como consecuencia, el retiro del equipo que se haya entregado para la operación del Comedor Popular para el Bienestar; por lo cual, en un plazo máximo de 10 días hábiles, a partir de que se recibió la notificación, el Comité de Administración deberá entregarlos. f. Los Comedores Populares para el Bienestar que por diversas razones hayan sido dados de baja definitiva podrán reubicarse en un nuevo domicilio apegándose a los criterios del cambio de domicilio, previa revision y autorización del Comité Evaluador y del grupo revisor. 11 Aspectos a considerar: Comité Evaluador de Comedores Populares para el Bienestar: 1. El Comité Evaluador estará conformado por la o el Director General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Ciudad de México, quien lo preside; un(a) Secretario(a) Técnico(a) designado(a) por la o el Presidente del Comité; las o los vocales serán las o los Titulares de la Dirección Ejecutiva de de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, la Coordinación de Planeación; la Dirección Ejecutiva de Jurídica y Normativa en su calidad de asesor(a); y el Órgano Interno de Control y la o el Titular de la Dirección de Comedores Populares como invitada(o) permanente. 2. El Comité Evaluador realizará sesiones ordinarias semestralmente y las extraordinarias que sean necesarias. Tendrá la facultad de aprobar o no, la continuidad en el Programa Comedores Populares para el Bienestar ya instalados, así cómo resolver sobre aquellos asuntos de su competencia que no estuvieran considerados en las presentes Reglas de Operación. Las decisiones del Comité serán concluyentes e inapelables. Una vez aprobado el proyecto por el Comité Evaluador, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, procederá a suscribir la carta compromiso con el Grupo Solidario, ahora “Comité de Administración”. 3. El Comité Evaluador podrán a consideración la reubicación, en la misma o en una diferente Unidad Territorial respectando el criterio de media, bajo y muy bajo Índice de Desarrollo Social, de los Comedores Populares para el Bienestar que fueron dados de baja con un nuevo Comité de Administración. 4. Se creará un grupo revisor, el cual se encargará de acudir a supervisar las propuestas de Cambio de domicilio y/ o reubicación de los Comedores Populares para el Bienestar, integrado por representantes del Comité Evaluador. Causales de Suspensión Temporal La Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario podrá suspender los apoyos al Comedor Popular para el Bienestar, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en estas Reglas de Operación, en las leyes aplicables o en la carta compromiso para la operación del Comedor Popular para el Bienestar respectiva o por alguna de las siguientes causas: a. Presentar los Grupos Solidarios a las autoridades del programa, uno o cualquiera de sus miembros, documentación falsa o apócrifa. b. Proporcionar los Grupos Solidarios, uno o cualquiera de sus miembros, información falsa a las autoridades del programa. c. Atender a la población objetivo sin enfoque de equidad de género y derechos humanos de conformidad a las capacitaciones recibidas. d. Preparar alimentos fuera de los criterios de elaboración higiénica y nutricional. e. Cobrar una cuota superior a la establecida en las presentes Reglas de Operación ($11.00 por ración). f. Utilizar los equipos para un fin distinto al estipulado en las presentes Reglas de Operación. g. Incumplir con lo establecido en la carta compromiso para la operación del Comedor Popular para el Bienestar. h. Operar el Comedor por personas distintas a las registradas en el Acta Constitutiva del Grupo Solidario que fungen como Comité de Administración o no se notifique en un plazo posterior de 30 días naturales las modificaciones realizadas a dicha Acta. i. Cambiar el domicilio del Comedor Popular sin autorización previa por parte de la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario y del Comité Evaluador. j. No se ajusten a las disposiciones definidas en las presentes Reglas de Operación o contravenir otras en materia de higiene y cuidado del medio ambiente. k. No acudir a las reuniones de coordinación y capacitación que convoque el área del Programa Comedores Populares para el Bienestar. l. No entregar las hojas de registro de apoyos alimenticios (raciones) durante las visitas que realiza la o el promotor correspondiente, mismas que deberán estar debidamente requisitadas y validadas con firma autógrafa por alguna de las o los integrantes del Comité de Administración. 12 m. Negar el servicio por motivos de discriminación en razón de: sexo, edad, religión, preferencia sexual, nivel de educación, discapacidad, preferencia política, o cualquier otra que vulnere sus derechos. n. No atender disposiciones generales sanitarias y de protección civil y que por su inobservancia implique un riesgo a la salud del resto de las y los usuarios del comedor o de la operación del mismo. o. Mantener cerrado el Comedor Popular para el Bienestar por más de tres días hábiles continuos, sin previa notificación por escrito que justifique las causas de mérito. p. No cumplir con la cantidad de apoyos alimenticios (raciones) mínima establecida en la tabla de rangos anteriormente expuesta. q. Adquirir productos que estén prohibidos en la lista que se enuncia en estas Reglas de Operación. r. No asistir a los eventos convocados en que participe el Programa Comedores Populares para el Bienestar. s. No otorgar los apoyos alimenticios gratuitas (raciones) que solicite la Dirección de Comedores Populares. t. Incumplir con la entrega de información solicitada (informe de raciones, menús, evidencia fotográfica, comprobación de bitácora de gastos, etc.) en los tiempos establecidos por la Dirección de Comedores Populara para el Bienestar La Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario a través de la Dirección de Comedores Populares, notificará por escrito al Comité de Administración, del incumplimiento (s) de la (s) obligación (s) en la (s) que hayan incurrido, (tratándose del inciso t) el Comedor Popular para el Bienestar que hay incumplido con la entrega de información en tres ocasiones durante un mes, acumulará una suspension, a fin de que tengan conocimiento de la suspensión y puedan realizar las gestiones necesarias ante dicha Dirección en un plazo máximo de cinco días hábiles, a partir de que se recibió la notificación, esto, con el propósito de regularizar el estado del Comedor Popular para el Bienestar. En caso de no acudir o bien cuando no haga cesar la causa que dio lugar a la suspensión del apoyo, la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario procederá a la cancelación definitiva de los apoyos y como consecuencia, el retiro del equipo que se haya entregado para la operación del Comedor Popular para el Bienestar. La acumulación de dos suspensiones independientemente de la causa que las haya originado, dará lugar a la cancelación definitiva del apoyo y como consecuencia, el retiro del equipo que se haya entregado para la operación del Comedor Popular para el Bienestar. Criterios para cambio de domicilio del Comedor Popular para el Bienestar a. Los Comedores Populares para el Bienestar que por diversas razones, soliciten el cambio de domicilio, tiene que hacerlo con al menos un mes de anticipación dando aviso por escrito a la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario y a la Dirección de Comedores Populares exponiendo claramente las razones. b. La Dirección de Comedores Populares autorizará por escrito el cambio de domicilio siempre y cuando el motivo por el cual se solicita esté claramente justificado y sea aprobado por el Comité Evaluador. c. Las adecuaciones al espacio de los Comedores Populares para el Bienestar es responsabilidad del Grupo Solidario respetando los siguientes criterios: De los espacios propuestos para cambios de domicilio a. Encontrarse preferentemente en Unidades Territoriales (UT) con Índice de Desarrollo Social muy bajo, bajo y medio, en cuya ubicación de georeferencia, se propondrá la instalación del Comedor Popular para el Bienestar. b. Tener una superficie aproximada de 37 metros cuadrados, destinada exclusivamente para el servicio a comensales. c. Contar con una superficie para la preparación de los alimentos de aproximadamente 10 metros cuadrados. d. Contar como mínimo con un servicio de baño. e. Contar con piso firme por lo menos de cemento, paredes preferentemente de tabique, tabicón, block o similares, con puertas y ventanas instaladas y preferentemente techo de loza. f. Ventilación e iluminación adecuadas. g. Acceso directo a la calle. h. Contar con el servicio de luz, agua, drenaje y gas conforme a las normas de seguridad en la materia. No se permite fuentes de energía, como carbón o leña. i. Estar ubicado preferentemente en planta baja o en su caso, contar con fácil y libre acceso a personas adultas mayores, mujeres embarazadas y personas con discapacidad. 13 j. Preferentemente estar alejado por lo menos a un kilómetro de un Comedor Popular para el Bienestar, Comedores Públicos o Comedores Comunitarios que se encuentre en funciones, con el propósito de no afectar la operación del Comedor. Otros aspectos: a. Acreditar la legítima propiedad del local propuesto (en original para cotejo y copia simple) mediante Escritura Pública a nombre de las o los dueños, Testamento, Cesión de Derechos o Contrato de Compra-Venta pasados ante la fe de Notario Público de la Ciudad de México, en su caso la sentencia judicial que resuelva favorablemente la adjudicación del espacio del inmueble o local objeto de la instalación; en el mismo sentido, la respectiva sentencia judicial en todos los casos de controversia (divorcio, intestado, otros). b. En el caso de tener sólo la posesión del inmueble, se deberá presentar (en original para cotejo y copia simple) el contrato de comodato o contrato de arrendamiento vigente, al menos por dos años, a nombre de la o el interesado, así como la copia simple de las identificaciones oficiales vigentes de las o los contratantes. c. En el caso de propiedades ejidales o bienes comunales se deberá presentar carta certificada, emitida por el Comisariado ejidal o Constancia expedida por la Demarcación territorial (Alcaldía). d. Presentar Carta bajo protesta de decir verdad, que el espacio propuesto está libre de gravamen, o en su caso, presentar copia del convenio firmado con la autoridad correspondiente en el sentido que se compromete a liquidar el o los adeudo(s) correspondiente(s), máximo durante el ejercicio fiscal 2022, siempre y cuando el total de los adeudos no excedan los $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.). e. Suscribir la Carta compromiso por la o el presidente del Comedor Popular, la cual establece los alcances, condiciones y obligaciones que deberá cumplir respecto de los apoyos otorgados. El establecimiento de procedimientos expeditos de inconformidad, apelación y resolución fundada de los beneficiarios operadores de los Comedores Populares, que por alguna razón tipificada hayan sido suspendidos o dados de baja del Programa, se referirá en el apartado Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana. 9. Criterios de selección de la población beneficiaria El Programa Comedores Populares para el Bienestar ha establecido la estrategia de focalización territorial que significa otorgar prioritariamente los beneficios del programa a todas las personas que cumplan con las características de la población objetivo y que residan en las unidades territoriales y colonias que cuenten con índices de desarrollo social más bajos. Para lo cual, los Comedores Populares para el Bienestar se encuentran establecidos en Unidades Territoriales (UT) con Índice de Desarrollo Social muy bajo, bajo y medio, con el objeto de atender a personas en cuya ubicación de georeferencia tienen su domicilio, trabajo, escuela o lugar de tránsito. 10. Procedimientos de Instrumentación 10.1 Operación Nombre: Dispersión de las transferencias monetarias a los Comedores Populares para el Bienestar Actor No. Actividad Tiempo Secretario del Comité de Administración del Comedor Popular para el Bienestar 1 Elabora reporte seminal de apoyos alimenticios (raciones) vendidas para su entrega a los Promotores (as) de los Comedores Populares para el Bienestar 1 día Promotores (as) de los Comedores Populares para el Bienestar 2 Recibe reporte semanal de apoyos alimenticios (raciones) vendidas por cada Comedor Popular para el Bienestar para su entrega al JUD de Operación y Operación de Comedores Populares. 1 hora 14 Actor No. Actividad Tiempo JUD de Control y Operación de Comedores Populares 3 Recibe los “reportes de raciones vendidas” para la programación de las transferencias monetarias semanales a recibir los Comedores Populares para el Bienestar de acuerdo a los rangos establecidos en las Reglas de Operación. 1 hora 4 Registra los “reportes de raciones vendidas” y la programación de las transferencias monetarias a recibir por los Comedores Populares para el Bienestar. 1 día 5 Envía al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad la programación de las transferencias monetarias a realizar a los Comedores Populares para el Bienestar para su validación. 1 hora Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 6 Recibe la programación de las transferencias monetarias a realizar a los Comedores Populares para el Bienestar para su validación 1 hora ¿La programación de las transferencias económicas corresponde con los apoyos alimenticios (raciones) vendidas por los Comedores Populares para el Bienestar? NO 7 Instruye al JUD de Control y Operación de Comedores Populares hacer las adecuaciones correspondientes. 10 minuto s (Conecta con la actividad 4) SI 8 Valida la programación de dispersión para ser enviada a la Dirección de Finanzas 1 hora 9 Elabora oficio para firma del Director (a) de Comedores Populares para la solicitud de las transferencias monetarias a las cuentas correspondientes de los Comedores Populares. 1 hora Director (a) de Comedores Populares 10 Envía mediante oficio al Director (a) de Finanzas, la programación de las transferencias monetarias a las cuentas correspondientes de los Comedores Populares. 3 días Director (a) de Finanzas 11 Recibe oficio de solicitud con la programación de las transferencias monetarias a las cuentas correspondientes de los Comedores Populares para el Bienestar. 1 día 12 Realiza la dispersión de las transferencias monetarias a las cuentas correspondientes de los Comedores. 3 días 13 Informa mediante oficio al Director (a) de Comedores Populares, el resultado del proceso de dispersión. 1 día Director (a) de Comedores Populares 14 Recibe resultado del proceso de dispersión. 1 día 15 Actor No. Actividad Tiempo 15 Turna al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad, los resultados del proceso de dispersión. 1 día Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 16 Entrega a la JUD de Operación y Control de Comedores Populares, el resultado de las dispersiones de las transferencias económicas a los Comedores Populares para el Bienestar. 1 día JUD de Control y Operación de Comedores Populares 17 Recibe resultados de las dispersiones de las transferencias económicas a los Comedores Populares para el Bienestar para su captura en la base de datos. 5 días 18 Instruye a las y los Promotores de los Comedores Populares para el Bienestar se comuniquen con el Tesorero del Comité de Administración del Comedores Populares para el Bienestar, para verificar la dispersión correspondiente. 1hora ¿La dispersión se realizó a la cuenta correspondiente del Comedor Popular para el Bienestar? NO Tesorero del Comité de Administración del Comedor Popular 19 Informa al Promotor (a) de los Comedores Populares para el Bienestar que no se realizó la dispersión a la cuenta. 10 minutos Promotor (a) de los Comedores Populares para el Bienestar 20 Informa al JUD de Control y Operación de Comedores Populares, el número de cuentas de los Comedores Populares para el Bienestar a las que no se realizó la dispersión. 30 minutos JUD de Control y Operación de Comedores Populares 21 Informa al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad el número de cuentas de los Comedores Populares para el Bienestar a las que no se realizó la dispersión, para que se solicite a la Subdirección de Gestión Financiera el seguimiento correspondiente. 30 minutos Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 22 Solicita al Subdirector (a) de Gestión Financiera el seguimiento correspondiente a las cuentas de los Comedores Populares para el Bienestar a las que no se realizó la dispersión. 1 hora (Conecta con la actividad 12) SI Promotores de los Comedores Populares para el Bienestar 23 Informa al JUD de Control y Operación de Comedores Populares, que se realizó la dispersión al total de Comedores Populares para el Bienestar. 1 hora JUD de Control y Operación de Comedores Populares 24 Informa al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad, que se realizó la dispersión al total de Comedores Populares para el Bienestar. 30 minutos Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 25 Informa al Director (a) de Comedores Populares que se realizó la dispersión al total de Comedores Populares para el Bienestar. 30 minutos 16 Actor No. Actividad Tiempo Director (a) de Comedores Populares Comedores Populares 26 Informa mediante Nota Informativa al Director (a) Ejecutivo (a) de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, que se realizó la dispersión al total de Comedores Populares para el Bienestar. 30 minutos Fin del procedimiento Tiempo total de ejecución: 18 días, 11 horas, 50 minutos Aspectos a considerar: 1. Se entiende por Promotores (as), al personal Técnico Operativo encargado de vigilar, revisar y orientar al Comité de Administración, sobre el desempeño de las actividades relacionadas con la operación y funcionamiento del Comedor Popular para el Bienestar. 2. La Subdirección de Programación, Control y Calidad solicitará a la Subdirección de Gestión Financiera que considere los términos aplicables en el Contrato, a la institución encargada de las dispersiones económicas a los Comedores Populares para el Bienestar, cuando no se haya realizado en tiempo y forma. 3. De la operación del Comedores Populares: a. Se otorgarán transferencias semanales de acuerdo a la suficiencia presupuestal, por un monto de hasta $19,300.00 (Diecinueve mil trescientos pesos 00/100 M.N.), en una tarjeta electrónica los días jueves de cada semana, tomando como base los apoyos alimenticios (raciones) promedio vendidas y el presupuesto asignado para el año fiscal conforme al siguiente tabulador: Tabulador 2022 Rango Promedio raciones diarias Monto semanal otorgado Monto mensual Monto garrafones de agua mensual Monto total mensual otorgado 6 301-ADELANTE $4,825.00 $18,500.00 $800.00 $19,300.00 5 251-300 $4,680.00 $18,000.00 $720.00 $18,720.00 4 201-250 $4,555.00 $17,500.00 $720.00 $18,220.00 3 151-200 $4,035.00 $15,500.00 $640.00 $16,140.00 2 101-150 $3,535.00 $13,500.00 $640.00 $14,140.00 1 81-100 $3,162.00 $12,650.00 $640.00 $13,290.00 *Nota: En el caso de los meses que cuenten con cinco semanas se ajustará siempre al monto mensual b. El Comité de Administración cobrará cuotas de recuperación, siendo ésta de $11.00 (once pesos 00/100 M. N.) por ración. c. Cada Comedor Popular para el Bienestar tendrá como meta proporcionar un promedio mínimo de 100 apoyos alimenticios (raciones) al día, incluyendo desayunos, comidas y, si fuese el caso, cenas, mismas que en todo momento, respetarán la cuota de recuperación de $11.00 (Once pesos 00/100 M. N.). d. El Comité de Administración debe informar semanalmente el número de raciones distribuidas en su comedor, entregando a su promotor o promotora, las hojas de registro de comensales debidamente llenadas y validadas con firma autógrafa por alguno de las o los integrantes del Comité de Administración. e. El DIF Ciudad de México entregará el apoyo a los Comedores Populares para el Bienestar mediante transferencias monetarias en tarjetas electrónicas. f. Si el DIF Ciudad de México, detectara alguna (s) irregularidad (es) o manejo (s) indebido (s) de los recursos transferidos, actuará en consecuencia determinado la suspensión o baja definitiva. g. La operación de los Comedores Populares para el Bienestar no se encuentra regulada por la normatividad aplicable al funcionamiento de los establecimientos mercantiles, así como tampoco a su verificación, en virtud de que la finalidad de su puesta en marcha no es la obtención de lucro, sino la promoción de acciones sociales implementadas por el Gobierno de la Ciudad de México. h. Para poder acceder a un rango superior y por consiguiente un incremento en el monto monetario transferido a través de la tarjeta electrónica, se deberá demostrar fehacientemente que, por al menos dos meses, se puede mantener el nuevo rango de apoyos alimenticios (raciones), el incrementó será autorizado por la persona titular de la Dirección de Comedores Populares. El incremento en el monto transferido estará sujeto a la suficiencia presupuestal. 17 i. En caso de pérdida, robo o extravío de la tarjeta electrónica es necesario dar aviso a la Dirección de Comedores Populares a través de las y los promotores y a la institución encargada de su operación para la reposición de la misma. j. En caso de que por alguna causa ajena al DIF de la Ciudad de México, si al témirno de cada trimestre de 2022, los recursos no han sido retirados por las personas beneficiarias de este Programa Social, serán reintegrados por la empresa responsable de la dispersión de los apoyos económicos, procediendo el DIF de la Ciudad de México a publicar un aviso en su portal institucional https://dif.cdmx.gob.mx/, anunciando a los beneficiarios que tienen 30 días naturales para solicitar la devolución del saldo a favor que exista, en la cuenta a nombre de la persona responsable de la cuenta. 4. Los Comedores Populares para el Bienestar deberán entregar la Carta Compromiso con firma autógrafa del Presidente del Comedor en el periodo correspondiente a los 30 días hábiles posteriores a la publicación de las presentes Reglas de Operación, el cual se hará de conocimiento a la persona titular de la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario; en el caso de no recibir la carta compromiso se entenderá como una negativa de continuar con la operación del Comedor por parte del Comité de Administración, procediendo a la cancelación de los apoyos correspondientes. 5. Del Comité de Administración a. Cada Comedor Popular para el Bienestar será administrado por un Comité de Administración, constituido como Grupo Solidario y conformado al menos por tres miembros y máximo cinco, quienes se involucrarán en la operación, administración, limpieza de utensilios y del lugar donde se encuentre el Comedor. b. El Comité de Administración se responsabilizará del buen uso del equipo proporcionado, de rendición permanente de cuentas y la comprobación de la correcta aplicación de los recursos. c. Las personas que integren el Comité de Administración no recibirán ninguna retribución económica por parte del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, y no tendrán bajo ningún concepto relación laboral con el Organismo. d. De los ingresos globales derivados de la cuota simbólica se descontarán los gastos de operación y la diferencia podrá ser distribuida entre los integrantes del Comité de Administración a fin de que puedan dedicar su tiempo complete a la operación del Comedor Popular para el Bienestar, cabe aclarar que el DIF Ciudad de México no recibe recurso por concepto de las cuotas. e. El Comité de Administración nombrará un (a) Presidente (a) que lo representará ante el Sistemapara el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, y fungirá como administrador del comedor; y a un Secretario (a) que tendrá bajo su custodia las cartas compromiso, la documentación legal y la responsabilidad administrativa del Comedor Popular para el Bienestar; asimismo, integrará la relación de personas usuarias (beneficiarios indirectos) del Comedor Popular para el Bienestar. f. El Comité de Administración nombrará un (a) Tesorero (a), encargado (a) del registro y control de los insumos adquiridos por el comedor mediante transferencia monetarias realizada por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, del cobro y registro de las cuotas de recuperación, dando cuenta al Secretario (a) de esta actividad; y elaborará los informes y reportes que solicite la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México. g. El cumplimiento de la normatividad referida en estas Reglas de Operación y aquellos aspectos que indique la Carta Compromiso para la operación del Comedor Popular para el Bienestar, deberán ser cumplidos de manera puntual en todos sus términos por el Comité de Administración del Comedor Popular para el Bienestar. De las funciones de los integrantes del Comité de Administración a. En caso de que el Comité de Administración se integre por tres o máximo cinco personas, éste se compondrá de: un (a) Presidente (a), un (a) Secretario (a), un (a) Tesorero (a) y uno (a) o dospersonas que integrarán el Subcomité de Vigilancia, según sea el caso. b. La o el Presidente se encargará de presidir el comité y será el enlace con las y los promotores del DIF Ciudad de México. c. La o el Secretario se encargará de todo el llenado y administración de documentos emitidos por el Comité de Administración. 18 d. La o el Tesorero será encargado de la administración de los recursos transferidos en la tarjeta electrónica y de llevar el registro en una bitácora de los ingresos y egresos del Comedor Popular. e. Las personas integrantes del Subcomité de Vigilancia realizarán labores de apoyo y seguimiento a los acuerdos, determinaciones y decisiones que tome dicho Comité. f. Las demás funciones que la Carta Compromiso y Reglamento Interno determine. 6. De los alimentos que pueden adquirirse con la trasferencia monetaria realizada a la tarjeta electrónica Catalogo de Insumos para Comedores Populares 2022 CONSECUTIVO DESCRIPCIÓN PRESENTACIÓN 1 ACEITE VEGETAL PURO DE CANOLA Garrafa de 10 lts 2 ALUBIA CHICA Bolsa de 500 g 3 AMARANTO INFLADO Bolsa de 1 k 4 ARROZ PULIDO Bolsa de 1 k 5 ATÚN EN ACEITE Lata de 1.88 kg 6 ATÚN EN AGUA Lata de 1.88 kg 7 CAFÉ DE GRANO MOLIDO Bolsa de 1 k 8 CHILE SECO GUAJILLO Bolsa de 1 k 9 CHILE SECO CHIPOTLE Bolsa de 1 k 10 CHILE SECO MORITA Bolsa de 1 k 11 CHILE SECO MULATO Bolsa de 1 k 12 CHILE SECO PASILLA Bolsa de 1 k 13 CHILE DE ÁRBOL Bolsa de 1 k 14 CHILE POBLANO Bolsa de 1 k 15 CHILE SERRANO Bolsa de 1 k 16 FRIJOL PINTO Bolsa de 1 k 17 FRIJOL NEGRO Bolsa de 1 k 18 GELATINA AGUA VARIOS SABORES Bolsa de 720 g 19 HABA SECA Bolsa de 10 kg 20 HARINA DE TRIGO Fardo con 10 bolsas de 1k 21 HARINA INTEGRAL DE DE AMARANTO VARIOS SABORES Bolsa de 1k 22 HOJUELA DE AVENA Bolsa de 10 k 23 HUEVOS DE GALLINA caja con 360 pz 24 LECHE DE SOYA EN POLVO Bolsa de 1 k 25 LENTEJA Bolsa de 500 g 26 JUGO SAZONADOR botella de 800ml 27 SAZONADOR EN POLVO Bolsa de 1k 28 MAIZ CACAHUAZINTLE Bolsa de 10 k 29 MOLE ROJO EN PASTA cubeta de 10k 30 PASTA DE ACHIOTE caja de 1kg 31 PASTA VARIOS bolsa de 200gr 32 PASTA SPAGUETTI bolsa de 200gr 33 SAL DE GRANO bolsa de 1kg 34 PURE DE TOMATE bolsa 3 kg 19 Catalogo de Insumos para Comedores Populares 2022 CONSECUTIVO DESCRIPCIÓN PRESENTACIÓN 35 SAL FINA bolsa de 1kg 36 SARDINA lata de 425g 37 SOYA NATURAL Fardo con 10 bolsas de 1k 38 CARNE DE RES kilogramos 39 FILETE DE PESCADO kilogramos 40 CARNE DE POLLO kilogramos 41 CARNE DE CERDO kilogramos 42 AJO 1 kilogramo 43 ACELGA kilogramos 44 CEBOLLA BLANCA kilogramos 45 CALABAZAS kilogramos 46 LIMÓN kilogramos 47 EJOTE kilogramos 48 CHAYOTE kilogramos 49 CHICHARO kilogramos 50 BROCOLÍ kilogramos 51 PAPA kilogramos 52 ZANAHORIA kilogramos 53 ESPINACA kilogramos 54 PEPINO kilogramos 55 FRUTA DE TEMPORADA kilogramos 56 TOMATE CON CÁSCARA kilogramos 57 TOMATE SALADETTÉ ROJO kilogramos 58 TORTILLA kilogramos 59 PASTEL 3 LECHES (UNICAMENTE PARA ANIVERSARIO) 1 pieza 60 AGUA litros 61 COLIFLOR kilogramos 62 LECHUGA kilogramos 63 NOPAL kilogramos Nota: El catálogo puede ser sujeto a cambios. Nombre: Reposición de Tarjeta electrónica. Actor No. Actividad Tiempo Tesorero del Comité de Administración del Comedor Popular para el Bienestar 1 Reporta vía telefónica ante la Dirección de Comedores Populares,el robo, extravío, vencimiento o bloqueo de la tarjeta electrónica. 10 minutos Enlace de Seguimiento y Control de Metas de los Programas y Servicios 2 Levanta reporte del robo, extravío, vencimiento o bloqueo de la tarjeta electrónica, proporcionando un número de folio de cancelación. 5 minutos Tesorero del Comité de Administración Comedor Popular para el Bienestar 3 Toma nota del número de folio de cancelación del reporte. 2 minutos 20 Actor No. Actividad Tiempo Enlace de Seguimiento y Control de Metas de los Programas y Servicios 4 Informa al JUD de Control y Operación de Comedores Populares los reportes de robo, extravío, vencimiento o bloqueo de la tarjeta electrónica para que continúe con el trámite de cancelación de la tarjeta. 15 minutos JUD de Control y Operación de Comedores Populares 5 Entrega al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad, Informe de reportes de robo, extravío, vencimiento o bloqueo de la tarjeta electrónica para su cancelación y reposición. 1 hora Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 6 Elabora oficio de cancelaciones de tarjetas electrónicas y reposición correspondientes para firma del Director (a) de Comedores Populares. 30 minutos Director (a) de Comedores Populares 7 Solicita mediante oficio al Director (a) de Finanzas cancelaciones de tarjetas electrónicas por reporte de robo, extravío, vencimiento o bloqueo y la reposición correspondiente. 1 hora Director (a) de Finanzas 8 Realiza el trámite correspondiente para las cancelaciones de tarjetas electrónicas por reporte de robo, extravío, vencimiento o bloqueo y la reposición de nuevas tarjetas. Variable 9 Entrega al Director (a) de Comedores Populares la reposición de tarjetas electrónicas solicitadas. 1 hora Director (a) de Comedores Populares 10 Instruye al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad, la entrega de las tarjetas electrónicas solicitadas. 30 minutos Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 11 Instruye al Enlace de Seguimiento y Control de Metas de los Programas y Servicios la entrega de las tarjetas electrónicas solicitadas. 30 minutos Enlace de Seguimiento y Control de Metas de los Programas y Servicios 12 Instruye a los Promotores (as) de los Comedores Populares para el Bienestar la entrega de las tarjetas electrónicas. 30 minutos Promotores (as) de los Comedores Populares para el Bienestar 13 Contacta con el Tesorero del Comité de Administración del Comedor Popular para el Bienestar para la entrega de la tarjeta electrónica solicitada. 2 minutos Tesorero del Comité de Administración del Comedor Popular para el Bienestar 14 Presenta folio de cancelación otorgado por la Dirección de Comedores Populares, para recibir reposición de tarjeta electrónica. 2 minutos 15 Acusa de recibido en el formato correspondiente. 2 minutos Enlace de Seguimiento y Control de Metas de los Programas y Servicios 16 Verifica que el formato se encuentre requisitado correctamente. 2 minutos 17 Entrega al Tesorero del Comité de Administración del Comedor Popular para el Bienestar una copia como comprobante de la nueva tarjeta electrónica. 2 minutos 21 Actor No. Actividad Tiempo 18 Elabora Nota Informativa de los resultados de la entrega de tarjetas electrónicas para conocimiento del JUD de Control y Operación de Comedores Populares, Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad y Director (a) de Comedores Populares. 1 Hora Fin del procedimiento Tiempo total de ejecución: 6 horas, 18 minutos Nombre del Procedimiento: Orientación alimentaria para el cuidado de la salud de la población beneficiaria de los Comedores Populares para el Bienestar. Actor No. Actividad Tiempo Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria (Personal Técnico Operativo y/o prestadores de servicio) 1 Crea la programación para que el personal correspondiente del área de Orientación Alimentaria acuda a dar la capacitación, plática o evento. 1 día 2 Elabora materiales y contenidos que contendrá el Plan de Trabajo, de acuerdo a los temas requeridos. 1 día Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 3 Revisa Plan de Trabajo para su envío al Director (a) de Comedores Populares. 1 día Director (a) de Comedores Populares 4 Valida el Plan de Trabajo para su implementación. 2 horas ¿El Plan de Trabajo reúne los contenidos principales para su ejecución? NO 5 Emite las observaciones para modificar el Plan de Trabajo. 1 día (Conecta con la actividad 2) SI Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria 6 Coordina las acciones de capacitación del personal que proporcionará la orientación nutricional. 3 horas 7 Capacita al personal para mejorar la atención a los beneficiarios de los Comedores Populares. 8 horas Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria (Personal técnico operativo y/o prestadores de servicio) 8 Acuden al Comedor Popular para el Bienestar correspondiente a dar la plática de orientación alimentaria. 1 hora 9 Elabora Informe de resultados de las acciones de orientación alimentaria para su entrega al Subdirector (a) de Control de Calidad y a la Dirección de Comedores Populares. 2 horas Fin del procedimiento Tiempo aproximado de ejecución: 6 días hábiles, 22 horas. Aspectos a considerar: 22 1. El servicio de orientación se proporcionará de forma gratuita. 2. Para consultar contenidos temáticos y actividades específicas a desarrollar en materia de nutrición, se encuentra disponible el teléfono 5604 0127, extensión 4305. 3. Se proporcionará material de apoyo con la información de los temas presentados a las personas beneficiarias de programas y servicios alimentarios y a la población en general Nombre del Procedimiento: Capacitación y actualización del personal que opera los Comedores Populares para el Bienestar. Actor No. Actividad Tiempo Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria y Jefe (a) de Unidad Departamental de Control y Operación de Comedores Populares 1 Elabora Informe de necesidades detectadas con base en la información recabada en la visitas de seguimiento a la operación de los Comedores, las Cédulas de supervisión y en lo solicitado por los responsables de los Comités de Administración. 2 días 2 Entrega al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad., el Informe y estrategia para su revisión. 30 minutos ¿Las necesidades y estrategia descritas son viables para su realización del acuerdo al recurso humano, materia y suficiencia presupuestal? NO Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 3 Solicita al Jefe (a) de Unidad Departamental de Control y Operación de Comedores Populares las adecuaciones de contenido del Informe y estrategia. 30 minutos (Conecta con la actividad 1) SI 4 Instruye al Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria elabore el Programa y logística de capacitación. 1 día Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria 5 Elabora el Programa y logística de capacitación conforme a la estrategia de capacitación definida. 30 minutos 6 Presenta al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad y Director (a) de Comedores Populares, el Programa y logística de capacitación para su validación. 1 día Director (a) de Comedores Populares 7 Valida Programa y logística de la capacitación con las adecuaciones correspondientes. 1 hora Subdirector (a) deProgramación, Control y Calidad 8 Establece en su caso, contacto con las instancias pertinentes para impartir la capacitación. 1 día 9 Emite en su caso oficio de invitación a la instancia de acuerdo a las necesidades detectadas en los Comedores Populares para el Bienestar. 1 hora Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria 10 Solicita al Jefe (a) de Unidad Departamental de Administración de Centros de Desarrollo Comunitario, los recursos para la capacitación. 30 minutos 23 Actor No. Actividad Tiempo Jefe (a) de Unidad Departamental de Administración de Centros de Desarrollo Comunitario 11 Entrega al Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria, los recursos materiales solicitados para la capacitación. 1 día Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria y Jefe (a) de Unidad Departamental de Control y Operación de Comedores Populares o Expositores de la instancia invitada 12 Realiza la capacitación al personal “Promotores (as) de los Comedores Populares para el Bienestar” conforme a la temática programada. 1 día Expositores de la instancia invitada o Jefe (a) de Unidad Departamental de Control y Operación de Comedores Populares y Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria 13 Realiza la capacitación al personal operativo de los Comedores Populares para el Bienestar conforme a la temática programada. Variable Jefe (a) de Unidad Departamental de Control y Operación de Comedores Populares y Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria 14 Solicita a los participantes el llenado del formato de evaluación sobre la capacitación impartida. 30 minutos Jefe (a) de Unidad Departamental de Orientación Alimentaria 15 Genera estadística de capacitación y resultados de la evaluación, para la elaboración de propuestas de intervención futura. 1 día 16 Entrega resultados estadísticos de capacitación y evaluación al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad. 1 hora Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad. 17 Reporta al Director (a) de Comedores Populares, los resultados estadísticos. 1 hora Fin del procedimiento Tiempo aproximado de ejecución: 8 días, 6 horas, 30 minutos. Aspectos a considerar: 1. La capacitación tiene el objetivo de actualizar a los Grupos Solidarios con los conocimientos necesarios para la operación de los Comedores Populares para el Bienestar. 2. Las capacitaciones a los Comités de los Comedores Populares para el Bienestar considera las siguientes temáticas, mismas que se ampliarán conforme a las necesidades detectadas: a. Nutrición. 24 b. Manejo higiénicos de alimentos. c. Protección Civil. d. Calidad y atención al usuario con un enfoque de derechos. e. Adquisición de alimentos de calidad. f. Preservación de alimentos. g. Lineamientos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario (EIASADC). Los datos personales contenidos en los expedientes de las personas beneficiarias (Grupos Solidarios) del Programa y la información adicional generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. La persona titular de la de la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario con domicilio en Calle Prolongación Uxmal 860, Colonia Santa, Colonia Santa Cruz Atoyac, C.P. 03310, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México, es el Responsable del tratamiento de los datos personales que se proporcionen, los cuales serán protegidos en el Sistema de Datos Personales “Comedores Populares y Apoyo Alimentario en Centros Asistenciales” con fundamento en el Estatuto Orgánico del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México. Los datos personales que se recaben serán utilizados con la finalidad de integrar los expedientes de los Grupos Solidarios operadores de los Comedores Populares para el Bienestar que otorgan comida caliente, en cantidades suficientes y balanceadas nutricionalmente. Para las finalidades antes señaladas se solicitarán los siguientes datos personales: nombre, sexo, edad, CURP, domicilio, fecha de nacimiento, clave de elector, correo electrónico, fotografía, firma, huella digital, teléfono celular, teléfono particular. Para ejercer el derechohabiente sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, de sus datos personales (derechos ARCO), así como la revocación del consentimiento, podrá acudir directamente ante la Unidad de Transparencia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, ubicada en calle San Francisco, No. 1374, 1°piso, Col. Tlacoquemécatl del Valle, C.P.03200, Alcaldía de Benito Juárez; tel. 55591919 ext. 72060, o bien, a la Plataforma Nacional de Transparencia (http://www.plataformadetransparencia.org.mx/), o en el correo electrónico unidadtransparencia@dif.cdmx.gob.mx. Si el derechohabiente desea conocer el procedimiento para el ejercicio de estos derechos puede acudir a la Unidad de Transparencia, enviar un correo electrónico a la dirección antes señalada o comunicarse al TEL INFO (56364636) Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, toda la promoción y difusión del Programa Comedores Populares para el Bienestar, así como la papelería oficial, volantes que se entreguen a las personas beneficiarias, convenios y otros instrumentos que se suscriban, deberán contener la siguiente leyenda: “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. Todos los trámites que realiza la persona solicitante o derechohabiente en el DIF de la Ciudad de México son gratuitos y no tienen condicionamiento. Durante los procesos electorales, en particular en las campañas electorales no se suspenderá el Programa, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios del mismo, no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral. http://www.plataformadetransparencia.org.mx/ mailto:unidadtransparencia@dif.cdmx.gob.mx 25 La ejecución del programa social, se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular. Queda prohibida, en cualquier contexto y en particular durante procesos o campañas electorales, la utilización de programas sociales y de sus recursos- del ámbito federal, de la Ciudad y de las alcaldías- con la finalidad de promover la imagen personal o inducir o coaccionar a los ciudadanos para votar a favor o en contra de cualquier partido político o candidato. Asimismo, los Partidos Políticos, Coaliciones y candidatos, no podrán adjudicarse o utilizar en beneficio propio la realización de obras públicas o programas de gobierno. La violación a esta prohibición será sancionada en los términos del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México. Durante las campañas los servidores públicos no podrán utilizar ni aplicar programas emergentes destinados a la ciudadanía, salvo en casos de desastres naturales y protección civil. Todos los ciudadanos tendrán derecho a presentar quejas o reclamaciones relacionadas con la utilización electoral de programas sociales ante la Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México y ante el resto de los órganos competentes para investigar infracciones de dicha índole. 10.2 Supervisión y Control Nombre: Supervisión de la operación de los Comedores Populares para el Bienestar Actor No. Actividad Tiempo Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 1 Elabora programa de visitas para supervisar la operación de los Comedores Populares para el Bienestar. 1 día 2 Turna programa de visitas al JUD de Control y Operación de Comedores Populares de la Subdirección de programación, Control y Calidad. 20 minutos JUD de Control y Operación de Comedores Populares 3 Recibe la programación de visitas de supervisión de comedores. 1 día 4 Convoca al personal técnico operativo y prestador (as) de servicios a reunión de trabajo. 3 horas 5 Realiza reunión de trabajo. 3 horas 6 Entrega “cédula de supervisión” al personal técnico operativo y prestador (as) de servicios que realizarán visita a los Comedores. 1 día Subdirección de programación, Control y Calidad (Personal Técnico Operativo y Prestadores (as) de Servicios) 7 Acude al Comedor Popular para realizar visita de supervisión. 1 día 8 Comunica al (los) responsable (s) del Comedor Popular para el Bienestar, el objetivo de la visita. 15 minutos 9 Realiza recorrido en el Comedor Popular para el Bienestar 1 hora ¿El Comedor Popular para el Bienestar cumple con las condiciones adecuadas para su operación? NO 10 Reporta en la “cédula de supervisión” la problemática detectada. 30 minutos 11 Establece con el (los) responsable (s) compromisos y tiempos para la atención y solución de la problemática detectada. 1 hora 26 Actor No. Actividad Tiempo 12 Recaba firma en la “cédula de supervisión” de las o los responsables del Comedor Popular para el Bienestar. 20 minutos 13 Proporciona copia de la “cédula de supervisión” a las o los responsable (s) del Comedor Popular para el Bienestar. 1 día 14 Entrega “cédulas de supervisión” al JUD de Control y Operación de Comedores Populares de la Subdirección de programación, Control y Calidad. 1 día JUD de Control y Operación de Comedores Populares 15 Recibe “cédulas de supervisión” de las visitas. 1 día 16 Elabora informe de las visitas para enviarlo al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 1 día Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad 17 Recibe el informe de la visita. 1 día 18 Instruye al JUD de Control y Operación de Comedores Populares de la Subdirección programación, Control y Calidad dar seguimiento a la atención de las problemáticas. 1 día 19 Instruye al personal técnico operativo y prestadores (as) de servicios, dar seguimiento a las problemáticas detectadas en los comedores. 1 día JUD de Control y Operación de Comedores Populares (Personal Técnico Operativo y Prestadores (as) de Servicios) 20 Realiza el seguimiento de atención a las problemáticas de comedores, hasta su solución. 5 días 21 Elabora informe de visitas a los comedores. 1día 22 Entrega al JUD de Control y Operación de Comedores Populares, informe de visitas donde comunica que las problemáticas presentadas por los Comedores han sido solventadas. 3 días JUD de Control y Operación de Comedores Populares 23 Informa a la Subdirección de Programación, Control y Calidad las problemáticas presentadas por los comedores que han sido solventadas satisfactoriamente. 1 día SI JUD de Control y Operación de Comedores Populares (Personal Técnico Operativo y Prestadores (as) de Servicios) 24 Realiza informe de la visita de supervisión. 30 minutos 25 Entrega al JUD de Control y Operación de Comedores Populares el informe de la visita de supervisión, comunicando que los comedores operan satisfactoriamente. 1 día 27 Actor No. Actividad Tiempo JUD de Control y Operación de Comedores Populares 26 Envía al Subdirector (a) de Programación, Control y Calidad el informe de la supervisión para conocimiento. 1 día Fin del procedimiento Tiempo total de ejecución: 24 días, 8 horas, 55 minutos Aspectos a considerar: La “cédula de supervisión” incluye los siguientes aspectos a supervisar, mismas que se ampliarán conforme a las necesidades detectadas: 1. Calidad de los insumos. 2. Calidad de los alimentos. 3. Almacén de los insumos 4. Limpieza y fumigación del establecimiento. 5. Tipo de Ración. 6. Utensilios. 7. Limpieza del personal y uniforme de trabajo. 8. Calidad en el servicio que se brinda a la comunidad. La Coordinación de Planeación y la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas estarán a cargo del monitoreo y seguimiento de manera trimestral de los Indicadores de la Matriz referida en el apartado Indicadores de Gestión y Resultados. Los procesos para emprender la revisión del diseño, los procedimientos de intervención, los objetivos o los instrumentos se propondrán en las Evaluaciones Internas referidas en el apartado Evaluación. La Dirección de Comedores Populares en coordinación con la Coordinación de Planeación, implementarán de manera anual una encuesta para medir la percepción del Programa. La Contraloría Social y el Órgano Interno de Control de la dependencia a cargo de instrumentar la política social en la Ciudad de México tendrá a su cargo la supervisión y control de todos los programas que operen en la Ciudad de México, a través de los mecanismos e instrumentos que para tal fin establezca. En el caso de que uno o varios Comedores Populares para el Bienestar no cumplan reiteradamente con los parámetros de la “cédula de supervisión” el Comité Evaluador determinará su situación. 11. Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana Actor No. Actividad Tiempo Persona solicitante o Beneficiarios facilitador 1 Acude al Área de Atención Ciudadana de la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, para presentar mediante escrito su queja o inconformidad por la acción u omisión en la aplicación del programa social, o por presuntos actos discriminatorios cometidos en su contra. 1 día Área de Atención Ciudadana (Personal Técnico Operativo o Prestador (a) de Servicios) 2 Recibe la queja o inconformidad para ser turnada a la persona Responsable de Atención Ciudadana y brinde la atención correspondiente. 1 día Responsable Atención Ciudadana 3 Recibe la queja o inconformidad de la persona Beneficiarios facilitador, para su análisis y atención correspondiente. 1 día 4 Programa cita con la persona solicitante o Beneficiarios facilitador, para dar atención a la queja o inconformidad. 15 minutos 28 Actor No. Actividad Tiempo Persona solicitante o beneficiario facilitador 5 Acude a la Unidad Administrativa responsable del programa social para exponer los hechos de la queja o inconformidad. 1 día ¿Es procedente el reporte de queja o inconformidad? NO Persona Responsable de Atención Ciudadana 6 Brinda la orientación explicando los motivos por los que no procede la queja o inconformidad o canaliza ante la instancia competente. 15 minutos Envía informe a la Unidad Administrativa responsible del programa social, comunicando los motivos por los que no procede la queja o inconformidad. 30 minutos SI 8 Proporciona atención a la persona solicitante o Beneficiarios facilitador, presentando alternativas para la solución de la queja o inconformidad. 15 minutos ¿La queja o inconformidad tuvo como resultado su solución y el acuerdo entre las partes? NO Persona solicitante o Beneficiarios facilitador 9 Acude a la Procuraduría Social de la Ciudad de México o al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, según sea el caso, a presentar su queja o inconformidad por la acción u omisión en la aplicación del programa social, o por presuntos actos discriminatorios cometidos en su contra. 1 día Procuraduría Social de la Ciudad de México o Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México 10 Envía oficio a la Dirección General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, solicitando se atiendan los requerimientos de la persona Beneficiarias facilitadora. 2 días Director (a) General 11 Recibe oficio de solicitud de atención a requerimientos del ciudadano, para ser turnada a la Dirección Ejecutiva responsable del programa y brinde la atención correspondiente. 1 día Director (a) Ejecutivo (a) de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario 12 Recibe oficio de solicitud de atención a requerimientos de la persona Beneficiarios facilitador, y la turna a la persona Responsable de Atención Ciudadana. 1 día Persona Responsable de Atención Ciudadana 13 Programa cita con la persona solicitante o Beneficiarios facilitador, a efecto de celebrar reunión conciliatoria. 15 minutos Persona Beneficiarios facilitador 14 Acude a la reunión conciliatoria para la atención a la queja o inconformidad. 5 días Persona Responsable de Atención Ciudadana 15 Dialoga con la persona solicitante o Beneficiarios facilitador a efecto de conciliar y convenir acuerdo entre las partes. 1 día 16 Informa a la Unidad Administrativa y al Director (a) Ejecutivo (a) de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, la conclusión de la queja o inconformidad. 1 día 29 Actor No. Actividad Tiempo Director (a) Ejecutivo (a) de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario 17 Informa a la Dirección General, así como a la Procuraduría Social o al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la CDMX, según sea el caso, y a la Contraloría Interna, la atención a los hechos y el acuerdo de conclusión manifestando: Fecha de atención, Hora de atención y Tipo de atención. 5 días SI Persona Responsable de Atención Ciudadana 18 Envía informe a la Unidad Administrativa y al Director (a) Ejecutivo (a) de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, comunicando la solución de la queja o inconformidad y el acuerdo entre las partes manifestando: Fecha de atención, Hora de atención y Tipo de atención. 30 minutos Fin del procedimiento Tiempo total de ejecución: 21 días 2 horas Aspectos a considerar: 1. Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son: a) Dirigido a la persona Titular de la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario; b) Nombre y domicilio de la persona Beneficiaria quien interpone la queja; c) Hechos que motivaron la queja o inconformidad en que se establezca la fecha y lugar, nombre del área administrativa y en su caso, de la persona servidora pública cuyo acto u omisión motiva la queja o inconformidad, y d) En su caso, las pruebas que pueda aportar. 2. Cuando el motivo de la queja o inconformidad presente deficiencias, se prevendrá a la persona Beneficiarias, para que dentro del término de cinco días hábiles se subsane y en caso de no hacerlo se tendrá por concluida. 3. Cuando la persona Responsable de Atención Ciudadana no logró tener comunicación con el Beneficiario, se tendrá por concluida la queja o inconformidad. 4. El acuerdo entre las partes puede incluir la canalización a otra instancia, falta de elementos o desistimiento. 5. Para la recepción de la queja o inconformidad en el DIF Ciudad de México, se pone a disposición el siguiente link, mediante el cual se podrá consultar las Áreas Atención Ciudadana y los horarios de atención del programa social http://www.tramites.cdmx.gob.mx 6. La queja o inconformidad podrá ser presentada también al DIF Ciudad de México, a través del Sistema de Servicios y Atención Ciudadana Sistema Unificado Atención Ciudadana, misma que tendrá su seguimiento conforme al procedimiento referido anteriormente: https://atencionciudadana.cdmx.gob.mx/ 7. Cuando la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario no resuelva la queja o inconformidad, la persona Beneficiaria podrá registrar también su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien la turnará a la Procuraduría Social para su seguimiento correspondiente, así como a la Secretaría de la Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México. 8. El tiempo máximo de atención de este procedimiento puede variar de acuerdo a la naturaleza de la queja. 9. La Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, entregará a la Coordinación de Planeación un informe trimestral del número de quejas e inconformidades que se atendieron, así como sus resultados. Se prohíbe cualquier acto conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras pública en la implementación, seguimiento o evaluación del programa social. La violación a esta disposición será sancionada conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad; las personas Beneficiarios facilitador podrán acudir al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), p ara su investigación En caso de que la dependencia o entidad responsable del programa social no resuelva la queja, las personas beneficiarias podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de los programas sociales o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá http://www.tramites.cdmx.gob.mx/ https://atencionciudadana.cdmx.gob.mx/ 30 turnarla a la Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la Secretaría de la Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México. Cualquier delito electoral referente a la operación del programa social, se podrá denunciar en la línea telefónica INETEL (800 433 2000). 12. Mecanismos de Exigibilidad Los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas beneficiarias puedan acceder al disfrute de los bienes o servidores de cada programa social, estarán plasmados en carteles en el primer piso de Prolongación Xochicalco No 1000, Col. Santa Cruz Atoyac, Benito Juárez. El procedimiento para que se pueda exigir a la autoridad responsable el cumplimiento del servicio o alguna violación del mismo, será por medio de un escrito de queja libre dirigido a la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, ubicada en la oficina central del Programa que se ubica en: Uxmal 360 bis primer piso., Col. Santa Cruz Atoyac, Benito Juárez. Los casos en los que se podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de los mismos, puede ocurrir en al menos los siguientes casos: a) Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho (garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser beneficiario del mismo. b) Cuando la persona Beneficiarios facilitador de un programa social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de manera integral, en tiempo y forma, como lo establece el programa. c) Cuando no se puedan satisfacer todas las demandas de incorporación a un programa por restricción presupuestal y éstas se exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación. Con base en el artículo 51 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal “Las personas derechohabientes o beneficiarias de los programas sociales, tendrán los siguientes derechos y obligaciones: a) A recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de sus derechos. b) En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en 1los términos de la normativa aplicable. c) Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales. d) A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable; e) Bajo ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales; f) A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales; g) Una vez concluida la vigencia y el objetivo del programa social, y transcurrido el tiempo de conservación, la información proporcionada por las personas Derechohabientes o beneficiarias, deberá ser eliminada de los archivos y bases de datos de la Administración Pública de la Ciudad de México, previa publicación del aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, con al menos 10 días hábiles de anticipación. h) Toda persona Derechohabientes o beneficiario queda sujeta a cumplir con lo establecido en la normativa aplicable a cada programa social. En todos los casos, la Secretaria de la Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violación o incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social. En el apartado requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión temporal de las presentes reglas de operación se precisa que todo beneficiario o solicitante es sujeto de un procedimiento administrativo que le permita ejercer su derecho de audiencia y apelación, no sólo para el caso de suspensión o baja del programa, sino para toda aquella situación en que considere vulnerados sus derechos. 31 13. Mecanismos de Evaluación e Indicadores 13.1 Evaluación De conformidad con el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, la evaluación externa del Programa Social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México (EVALÚA Ciudad de México), en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas. La evaluación interna se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México. Los resultados serán publicados y entregados a las instancias que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, en un plazo no mayor a seis meses después de finalizado el ejercicio fiscal. La evaluación interna del Programa Comedores Populares para el Bienestar estará a cargo de la Coordinación de Planeación del DIF de la Ciudad de México en acompañamiento con el área encargada de la evaluación de la política social de la Ciudad de México, para lo cual se utilizará la Metodología de Marco Lógico aprobada por el Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL, Naciones Unidas). La estrategia metodológica de evaluación del Programa Comedores Populares para el Bienestar busca cumplir con los objetivos, requerimientos y horizontes de la evaluación, mediante la aplicación sistemática de diversos instrumentos y técnicas cuantitativas y cualitativas adecuadas a los componentes a evaluar, en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas Sociales emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México (EVALÚA). Para cumplir los objetivos de la evaluación se utilizará información estadística que se generará, por un lado, a través de la investigación documental y/o de gabinete y, por otro lado, mediante la información de campo proporcionada por instrumentos aplicados a las personas Beneficiarios facilitador y operadores del programa. Las fuentes de información de gabinete son: CONEVAL, Informe de pobreza y evaluación. 2018-2020 CONEVAL (2019) Indicadores de Pobreza; INEGI (2020); Lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza emitidos por el CONEVAL en 2019. 13.2 Indicadores de Gestión y Resultados La cultura de la Gestión para Resultados (GpR), se percibe como el modelo de cultura organizacional, directiva y de desempeño institucional, que enfatiza lo logrado y su impacto en la población, ha permeado en la Administración pública en México. En el marco de la rendición de cuentas y de transparencia, la aplicación de la Metodología del Marco Lógico (MML) es el instrumento que permite la medición de resultados de los programas sociales, y la mejora de su diseño y lógica interna, todo ello con el fin de que las personas servidoras públicos puedan tomar decisiones pertinentes en torno a su diseño e implementación, facilita el seguimiento de los programas, ya que proporciona información sobre los avances observados, a través del cumplimiento de sus metas y de sus indicadores, así como sobre el ejercicio de los recursos asignados a los programas, lo que propicia la ejecución de las medidas pertinentes para el cumplimientos de los objetivos y el logro de los resultados 32 Matriz de Indicadores Nivel de Objeti vo Objetivo Nombre del Indicador Fórmula de Cálculo Tipo de Indicador Unidad de Medida Frecuen cia de Medición Desagregac ión Medios de Verificaci ón Unidad Responsable Supuestos Meta s F IN Contribuir al acceso a la alimentació n a través del acceso a los Comedores Populares en en la Ciudad Porcentaje de personas en situación de pobreza en la Ciudad de México que tiene acceso a la alimentaci ón (Habitantes de la Ciudad de México con pobreza/ Total de habitantes de la Ciudad de México) * 100 Eficacia Personas Quinque nal Por sexo EVALÚA, INEGI Dirección de Comedore s Populares Las políticas sociales permanece n vigentes 32.6 % P R O P Ó S IT O Población en situación de pobreza y que habitan en zonas de Muy Bajo, Bajo y Medio IDS tienen acceso a la alimentació n Porcentaje de la población en situación de pobreza que mejora su alimentaci ón al ser personas usuarias del programa. (Total de población que asisten a los Comedores Populares/ Población de la Ciudad de México en pobreza) * 100 Eficacia Personas Anual N/A EVALÚA, INEGI, DIF Ciudad de México Dirección de Comedores Populares La población objetivo acude a los comedores 39,87 % 33 Nivel de Objeti vo Objetivo Nombre del Indicador Fórmula de Cálculo Tipo de Indicad or Unidad de Medida Frecuen cia de Medició n Desagregac ión Medios de Verificaci ón Unidad Responsa ble Supuestos Meta s C O M P O N E N T E C.1. Transferenc ias monetarias a comedores en operación Porcentaje de transferenc ias monetarias entregadas (Total de comedores que se realizaron transferencias/T otal de comedores en operación en el año)*100 Eficacia Transferenc ias Mensual Alcaldía Informe de Dispersión Dirección de Comedore s Populares El comité de comedores sigan operando normalme nte 100 % C.2. Raciones Alimenticias Tasa de crecimiento de la cantidad de raciones alimentarias programa das respecto al año anterior ((Raciones del año T2/Rac iones del año T1)-1)*100 Eficacia Raciones Alimentarias Semestral Alcaldía Reporte de raciones Dirección de Comedores Populares El cierre de Comedores Populares o la cercanía de comedores gratuitos 15% C.3 Orientación Alimentaria Porcentaje de Comedores Populares para el Bienestar que reciben orientación (Número de Comedores Populares para el Bienestar que recibieron orientación alimentaria/ Numero de Comedores Populares para el Bienestar en operación)*100 Eficacia Orientacion es Mensual Alcaldía Reporte de Capacitaci ón Dirección de Comedores Populares La insegurida d en la zonas donde se ubican los comedores 100 % 34 Nivel de Objeti vo Objetivo Nombre del Indicador Fórmula de Cálculo Tipo de Indicad or Unidad de Medida Frecuen cia de Medició n Desagregac ión Medios de Verificaci ón Unidad Responsa ble Supuestos Meta s A.2.1. Calidad y Cantidad en las Raciones Alimentarias Porcentaje de Comedores Populares para el Bienestar que recibieron su valoración nutricional (Número de Comedores Populares para el Bienestar que recibieron valoración nutrimental/ Número total de comedores)*100 Eficacia Valoraciones nutricional Mensual Alcaldía Cédula de supervisión a la Calidad de los Alimentos Dirección de Comedores Populares Los promotores sufran algún percance en territorio. 100 % A.3.1 Talleres, capacitacio nes, orientacion es y asesorías técnicas Porcentaje de población en general programad a reciben talleres, capacitació n, orientación y asesorías técnicas (Número de talleres, capacitación. Orientación ya asesorías técnicas realizadas/ Número de talleres, capacitación. Orientación y a asesorías técnicas programadas)* 100 Eficacia Talleres, capacitacio nes, orientacion es y asesorías técnicas Mensual Alcaldía Informe de cumplimie nto JUD de Orientació n Alimentari a Que las personas o grupos que reciben la capacitaci ón, los talleres o las asesorías no reciban a los capacitado res 100% Se toma como base el año 2020 con base a la cual se calcula la tasa de variación en el C1 (T1) y el T2 el año 2022. 35 Los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores del Programa Social serán reportados de forma acumulada al Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, de acuerdo a la periodicidad y características de los indicadores diseñados y la Coordinación de Planeación del DIF Ciudad de México es la encargada de su reporte. 14. Formas de Participación Social Como lo menciona la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y de acuerdo con lo establecido por la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México, la sociedad podrá participar activamente en la planeación, programación, implementación y evaluación de los programas y acciones de desarrollo social. En el caso del Programa Comedores Populares para el Bienestar, los operadores integrarán un Grupo Solidario de al menos tres personas y máximo cinco, quiénes asumirán la función de Comité de Administración del Comedor Popular para el Bienestar. Éste Grupo Solidario se formalizará como Comité de Administración de Comedores Populares para el Bienestar una vez que se haya elaborado el Acta de Asamblea Constitutiva del Grupo Solidario y del Comité de Administración para operar el Comedor Popular para el Bienestar. El ahora Comité de Administración, podrá participar de manera activa y de acuerdo a las facultades señaladas en el Reglamento Interno, en la implementación de mecanismos que permitan mejorar el funcionamiento del comedor, así como en la evaluación del programa, manteniendo un interés común y en beneficio de los comedores en función, siempre que lo anterior, no contravenga lo señalado en la normas, leyes y/o reglamentos aplicables al programa. Participante Comité de Administración Etapa en la que participa Operación del Comedor Popular Formas de participación Implementación Modalidad Administración Alcance Administración 15. Articulación con Otros Programas y Acciones Sociales Los programas sociales con los cuales se articula el Programa Comedores Populares para el Bienestar (apoyos alimentarios) son: Programa o Acción Social con el que se articula Alimentos Escolares Dependencia o Entidad responsable DIF Ciudad de México Acciones en las que colaboran Orientación Alimentación Etapas del Programa comprometidas Operación El Programa Comedores Populares para el Bienestar se articula con Alimentos Escolares a través de orientación alimentaria otorgada a las escuelas. Lo anterior, siempre que las autoridades educativas permitan el ingreso y capacitación. Las y los promotores del Programa Comedores Populares para el Bienestar, informan, orientan y canalizan a las y los posibles candidatos a recibir este apoyo, de conformidad con el calendario que para los efectos emita el área responsable. El Servicio de Orientación Alimentaria, es de vital importancia en el Programa Comedores Populares para el Bienestar, toda vez que a través de las pláticas informativas que se brindan a las o los beneficiario y personas usuarias de los Comedores Populares para el Bienestar, se pretende mejorar la calidad de la alimentación que se ingiere fuera del Comedor Popular para el Bienestar; lo anterior, por medio de la Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, con el intercambio de información en materia de alimentación y la impartición de pláticas informativas dirigidas al Comité de Administración, sobre el desempeño de las actividades relacionadas con la operación y funcionamiento del Comedor Popular para el Bienestar. Adicionalmente, el Programa Comedores Populares para el Bienestar podrá vincularse con instancias, programas o acciones del Gobierno Federal o Gobierno de la Ciudad de México para beneficio de las unidades territoriales donde se encuentren instalados los Comedores Populares, en los días y horarios que se considere pertinente. 36 16. Mecanismos de Fiscalización Las Reglas de Operación del Programa Comedores Populares para el Bienestar 2022, fueron aprobadas en la Sesión Extraordinaria del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México, celebrada el 31 de diciembre de 2021. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los avances en la operación del programa social, la población beneficiaria, el monto de los recursos otorgados, la distribución, según sea el caso, por Alcaldía y colonia. La Secretaría de la Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde congruencia con lo dispuesto en la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México y en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México. Se proporcionará la información que sea solicitada por la Secretaría de la Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México y/o el Órgano Interno de Control, a fin de que éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público. La Contraloría Social de la dependencia a cargo de instrumentar la política social en la Ciudad de México, vigilará en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en las Leyes secundarias que emanen de la Constitución Política de la Ciudad de México, el cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos. La Auditoría Superior de la Ciudad de México, en el ámbito de sus atribuciones, y de acuerdo a su autonomía técnica, revisará y fiscalizará la utilización de los recursos públicos movilizados a través del programa. Se proporcionará a la Auditoría Superior de la Ciudad de México toda la información, de acuerdo a la legislación aplicable, para la fiscalización que en su caso emprenda la anterior institución. 17. Mecanismos de Rendición de Cuentas De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos y Apoyos establecidas en el artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia y en la página oficial del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Ciudad de México ubicando en la siguiente liga http://www.dif.cdmx.gob.mx/ La siguiente información del programa social será actualizada mensual: a) Área; b) Denominación del programa; c) Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m) Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales; o) Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y el resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa. 18. Criterios para la Integración y Unificación del Padrón Universal de Personas Beneficiarias o Beneficiarios facilitador El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Ciudad de México que tiene a su cargo el Programa Comedores Populares para el Bienestar, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, a más tardar el último día hábil de la primera quincena del mes de marzo de 2023, el padrón de beneficiarios correspondiente, indicando nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dichos padrones http://www.dif.cdmx.gob.mx/ 37 estarán ordenados alfabéticamente e incorporados en el “Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México”, que para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México diseñe. En donde, adicional a las variables de identificación: “nombre, edad, sexo, unidad territorial y demarcación territorial”, se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. El manejo de los datos personales que se recaben de las personas beneficiarias se realizará conforme lo establecido por la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México. A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las Dependencias de la Administración Pública local el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Ciudad de México, entregará el respectivo padrón de beneficiarios en medios magnético, óptico e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales de la Congreso de la Ciudad de México. Así como la versión electrónica de los mismos a la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la Ciudad de México, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. El Sistema para el Desarrollo Integral para la Familia Ciudad de México cuando le sea solicitado, otorgará a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México toda la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México e implementado por la Contraloría. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo al órgano Legislativo de la Ciudad de México, salvaguardando siempre conforme a la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México. Se señala que en la página electrónica http://www.dif.cdmx.gob.mx/ y en la Plataforma Nacional de Transparencia se publicarán en formato y bases abiertas, de manera trimestral, la actualización de los avances de la integración de los padrones de beneficiarios de cada uno de sus programas sociales que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México opera, el cual deberá estar conformado de manera homogénea y contener las variables: nombre, edad, sexo, unidad territorial, Demarcación Territorial, beneficio otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será sancionado en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos. El Sistema que se utilizará es el “Sistema Nacional de Datos Personales” que es controlado por la Coordinación de la Unidad de Transparencia, al cual se podrá acudir en caso de omisión en la inclusión o exclusión en los padrones de beneficiarios, así como la rectificación, cancelación y oposición y revocación del consentimiento del uso de los datos personales, que se encuentren en registros administrativos, digitales o físicos de las unidades administrativas que son las encargadas del programa, para tal fin los beneficiarios, puede consultar https://www.dif.cdmx.gob.mx/transparencia/padrones o acudir a la Coordinación de la Unidad de Transparencia ubicada en la dirección: Av. San Francisco # 1374, 1° Piso, Col. Tlacoquemécatl del Valle, Benito Juárez, C.P. 03200. En el caso de la forma en que se utilizan los datos personales se siguen los lineamientos establecidos por la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, respecto al tratamiento de los datos personales, así como la leyenda que se utiliza en todos los formatos con los que se recaban datos personales que a la letra dice: “Sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la Ley” con la cual el DIF de la Ciudad de México, se compromete a proteger los datos personales de todos los beneficiarios. http://www.dif.cdmx.gob.mx/ http://www.dif.cdmx.gob.mx/transparencia/padrones 38 Glosario de Términos Actividades: Las acciones necesarias para generar los productos que entregan el proyecto o programa (es decir para generar los componentes). Beneficiario: Todas aquellas personas físicas o morales pertenecientes a una población que tiene como particularidad compartir la misma problemática o características que la política o programa social busca combatir. Y que cubriendo los requisitos de selección que se establecen en las Reglas de Operación se encuentran inscritos dentro del mismo, siendo acreedores a los beneficios que este otorga Cobertura del Programa: Consiste en determinar hasta qué punto una acción o proyecto llega a la población objetivo del mismo. Sin embargo, ésta no debe de ser entendida únicamente como la proporción de las personas beneficiarias respecto de aquellas que pretende alcanzar el programa. Sino que además ésta debe de analizar la existencia de posibles sesgos en los alcances que ha tenido el programa, así como, la existencia de posibles barreras de acceso (AID SOCIAL Análisis y Desarrollo Social Consultores (2003). "Plan estratégico del tercer sector de acción social. Guía de evaluación de programas y proyectos sociales". Madrid España, pág. 60). Componentes: Los productos o servicios que el programa o proyecto entrega para resolver el problema. Derechohabiente: Persona habitante de la Ciudad de México que dadas sus características sociales, económicas, demográficas o de vulnerabilidad tiene el derecho por Ley, a recibir de los programas sociales prestaciones en especie, en efectivo, servicios o subsidios. Entendiendo ésta acción no como un apoyo de atención a necesidades insatisfechas sino como una obligación del Estado para coadyuvar al pleno goce de los derechos sociales, económicos y culturales de sus habitantes. Estrategia: Es el conjunto de acciones encaminadas a dirigir un asunto o proyecto, estableciendo reglas que aseguren una decisión óptima en cada momento. Por tanto es un proceso a través del cual se determinan metas y objetivos básicos de corto, mediano y largo plazo para la ejecución de un proyecto previendo el objetivo o estado en el futuro que se pretende alcanzar. Fin: Objetivo al cual aporta la resolución del problema. Igualdad: Acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales (Art. 4 Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal (LEPDDF)). LGBTTTI: La abreviatura LGBTTTI significa Lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual; las primeras 3 (LGB) son orientaciones/preferencias sexuales, las siguientes (TT) corresponden a identidades de género; la siguiente T corresponde a una expresión de género[i] y la intersexualidad corresponde a una condición biológica. Línea de Acción: Conjunto de estrategias de orientación y organización de la política pública del Gobierno de la Ciudad de México plasmadas en el Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024, las cuales tienen como objetivo delimitar los esfuerzos de los entes de gobierno para la superación de las problemáticas sociales existentes. Malnutrición: condición fisiológica anormal causada por un consumo insuficiente, desequilibrados excesivo de los macronutrientes que aportan energía alimentaria (hidratos de carbono, proteínas y grasas) y los micronutrientes (vitaminas y minerales) que son esenciales para el crecimiento y el desarrollo físico y cognitivo (Segunda Conferencia Internacional sobre Nutrición. FAO). Metas: Estimación cuantitativa independiente del impacto de cada alternativa y de sus volúmenes de producción. Las metas se definen en términos de cantidad, calidad y tiempo, utilizando para ello los indicadores seleccionados (Cohen, Ernesto, Martínez, Rodrigo. Manual de Formulación, Evaluación y Monitoreo de Proyectos Sociales. CEPAL, pág.35). Metodología de Marco Lógico: Contempla el análisis del problema, análisis de los involucrados, jerarquía de objetivos y selección de una estrategia de implementación óptima. El producto de esta metodología analítica es la Matriz (el marco lógico), la cual resume lo que el proyecto pretende hacer y cómo, cuáles son los supuestos claves http://data.copred.cdmx.gob.mx/por-la-no-discriminacion/poblacion-lgbttti/# edn1 39 y cómo los insumos y productos del proyecto serán monitoreados y evaluados. (TheLogical Framework Approach. Aus GUIDE lines, Aus AID, Página 1; citado en Ortegón, Edgar; Pacheco Juan Francisco y Prieto Adriana (2005). Metodología del marco lógico para la planificación, el seguimiento y la evaluación de proyectos y Programas. ILPES-CEPAL). Resumen de un programa en una estructura de una matriz en cuatro filas por cuatro columnas mediante la cual se describe el fin, el propósito, los componentes y las actividades, así como los indicadores, las metas, los medios de verificación y supuestos para cada uno de los objetivos (Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, Informe de pobreza y evaluación. Distrito Federal, 2012-2013. México, DF CONEVAL 2013). Objetivo: Se refiere a los resultados físicos, financieros, institucionales, sociales, ambientales o de otra índole que se espera que el proyecto o programa contribuya a lograr. (Comité de Asistencia para el Desarrollo (CAD). 2002. Glosario de los principales términos sobre evaluación y gestión basada en resultados. Paris: OCDE, pág. 31). Padrón de Beneficiarios facilitador: Base de datos en la que están contenidos de manera estructurada y sistematizada los nombres y datos de las personas que, cubriendo los requisitos establecidos en las reglas de operación, han sido incorporadas como usuarios o Beneficiarios facilitador a los programas sociales a cargo de las dependencias, alcaldías y entidades de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad (Secretaría de la Contraloría del Gobierno de la Ciudad de México y el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México). Participación Ciudadana/Social: Derecho de los ciudadanos y habitantes de la Ciudad de México a intervenir y participar, individual o colectivamente, en las decisiones públicas, en la formulación, ejecución y evaluación de las políticas, programas y actos de gobierno. La participación ciudadana contribuirá a la solución de problemas de interés general y al mejoramiento de las normas que regulan las relaciones en la comunidad, para lo que deberá considerarse la utilización de los medios de comunicación para la información, difusión, capacitación y educación, para el desarrollo de una cultura democrática de la participación ciudadana; así como su capacitación en el proceso de una mejor gobernanza de la Ciudad Capital (Artículo 2 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México). Población Beneficiaria: Parte de población objetivo que recibe los productos del Proyecto (acierto de inclusión) (Cohen, Ernesto, Martínez, Rodrigo. Manual de Formulación, Evaluación y Monitoreo de Proyectos Sociales. CEPAL, pág. 10). Población Objetivo: Subconjunto de la población total (población de referencia)a la que están destinados los productos del proyecto. Se la define normalmente por la pertenencia a un segmento socioeconómico como grupo etario, localización geográfica, y carencia específica (Cohen, Ernesto, Martínez, Rodrigo. Manual de Formulación, Evaluación y Monitoreo de Proyectos Sociales. CEPAL, pág. 8). Población Potencial: Es aquella parte de la población de referencia que es afectada por el problema (o será afectada por éste), y que por lo tanto requiere de los servicios o bienes que proveerá el programa. Indica la magnitud total de la población en riesgo. Dicha estimación permitirá proyectar a largo plazo el aumento de dicha población, si no se interviene adecuadamente (Aldunate, Eduardo; Córdoba, Julio (2011). Formulación de Programas con la Metodología de Marco Lógico. ILPES-CEPAL, pág. 30). Personas, grupos o comunidades en situación de discriminación: Personas físicas, grupos, comunidades, colectivos o análogos que sufran la violación, negación o el menoscabo de alguno o algunos de sus derechos humanos por los motivos prohibidos en el quinto párrafo del artículo 1 constitucional, los tratados internacionales de los que México sea parte, la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal o cualquier otra ley (Art. 4 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal (LEPDDF)). Perspectiva de Derechos/Enfoque de Derechos: A partir del reconocimiento de los derechos humanos como parte intrínseca del desarrollo, y del desarrollo como un medio para hacer realidad los derechos humanos, surge a finales de los años 90 el enfoque de derechos humanos cuyo objetivo es integrar a las prácticas de desarrollo, los principios éticos y legales inherentes a los derechos humanos. El enfoque de derechos busca cortar con las prácticas de desarrollo centradas en la identificación y satisfacción de las necesidades básicas de la población beneficiaria, y reemplazarlas por prácticas basadas en el reconocimiento de que toda persona es titular de unos 40 derechos inherentes. Así, el objetivo ya nos es la satisfacción de necesidades, sino la realización de derechos. Esta distinción es clave ya que los derechos implican obligaciones mientras que las necesidades no. Programa de las Naciones Unidad para el Desarrollo (2010). "Derechos Humanos", América Latina Genera: Gestión del Conocimiento para la Igualdad de Género, pág. 4. Disponible en http://www.americalatinagenera.org. Problema o Necesidad Social: Existencia alegada de una situación incompatible con los valores de un número significativo de personas que están de acuerdo en que es necesario actuar para cambiar la situación (Rubington, Earl y Weinberg, Martin S. (1995) "Social Problemas; Sociology". Oxford UniversityPress, Estados Unidos. En Sánchez Vidal Alipio (2002). "Psicología Social Aplicada" Prentice Hall, España pág. 103). Programa Social: Las acciones de la Administración que promueven el cumplimiento de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y que, por su naturaleza, pueden dividirse en: programas de transferencias monetarias o materiales, de prestación de servicios, de construcción, mejoramiento u operación de la infraestructura social, y de otorgamiento de subsidios directos o indirectos (Fracción XVII del Artículo 3 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, Gaceta Oficial del Distrito Federal 23 de mayo de 2000). Propósito: La situación del "problema resuelto". Seguimiento: Función continúa a partir de la cual se realiza una recopilación sistemática de datos sobre indicadores específicos mediante los cuales se proporciona a los administradores y a las partes interesadas, información relevante sobre el avance y el logro de los objetivos de un proyecto; así como, la utilización de los fondos y recursos asignados a este. (Comité de Asistencia para el Desarrollo (CAD). 2002. Glosario de los principales términos sobre evaluación y gestión basada en resultados. Paris: OCDE, pág. 27). Promotor: Personal Técnico Operativo encargado de vigilar, revisar, y orientar al Comité de Administración, sobre el desempeño de las actividades relacionadas con la operación y funcionamiento del Comedor Popular para el Bienestar. Así como la promoción de los Comedores Populares para el Bienestar principalmente para aquellos grupos vulnerables que residen en la Ciudad de México. Presidente de comedor: es el representante ante el DIF Ciudad de México y funge como Administrador del comedor. Secretario del comedor: es el responsable de resguardar las cartas compromiso, la documentación legal y la responsabilidad administrativa del Comedor Popular para el Bienestar; así como la integración de la relación de personas usuarias del comedor. Secretario de comedor: es el encargado de comprar los insumos semanalmente de acuerdo al listado que actualmente ministra el DIF Ciudad de México, considerando Calidad e Higiene, frescura y fecha de caducidad, entregando los insumos al Tesorero del Comité, integrar una carpeta de registro, así como de la bitácora de visitas de supervisión, de la Operación del Programa Comedores Populares para el Bienestar por parte del DIF Ciudad de México. Tesorero del comedor: es el encargado del registro y control de los víveres proporcionados por el DIF-Ciudad de México, del cobro y registro de las cuotas de recuperación, dando cuenta al Secretario de esta actividad, elaborará informes y reportes que se soliciten. Subcomité de Vigilancia: es el responsable de vigilar que los recursos económicos, bienes materiales, perecederos y no perecederos, se utilicen estrictamente para el Programa Comedores Populares para el Bienestar e informar al Promotor de cualquier irregularidad o incorrecto manejo de los bienes económicos, materiales, perecederos y no perecederos del Programa. Ración: es la cantidad de alimento que debe consumir el individuo para gozar de buena salud. Porción: es la distribución del alimento preparado que debe de cumplir con los requerimientos nutricionales que el individuo necesita. http://www.americalatinagenera.org/ 41 TRANSITORIOS PRIMERO. Las Reglas de Operación del Programa Comedores Populares para el Bienestar son de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, y entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del Aviso por el que se da a conocer el enlace electrónico donde podrán ser consultadas y descargadas. SEGUNDO.- La Dirección Ejecutiva de los Derechos de las Personas con Discapacidad y Desarrollo Comunitario, a través de la Dirección de Comedores Populares, es la encargada de vigilar el cumplimiento de las Reglas de Operación del Programa Comedores Populares para el Bienestar. Ciudad de México, a 31 de diciembre de 2022 DIRECTORA GENERAL LCDA. ESTHELA DAMIÁN PERALTA

Reglas de Operación del Programa Comedores Populares para el Bienestar 2022 · Nelum