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Modificaciones al Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura

颁布于 2017-09-21 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
墨西哥
主题
Agricultural and rural development, Livestock, Fisheries and aquaculture, Cultivated plants
关键词
capacity building, credit, special fund
类别
agriculture

在哪里阅读

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Lunes 9 de octubre de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACION CON LA AGRICULTURA MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura. Al margen un logotipo, que dice: Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura. ESTATUTO ORGÁNICO DE LOS FIDEICOMISOS INSTITUIDOS EN RELACIÓN CON LA AGRICULTURA. Los Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA) integrados por cuatro fideicomisos públicos denominados Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura (FONDO), Fondo Especial para Financiamientos Agropecuarios (FEFA), Fondo Especial de Asistencia Técnica y Garantía para Créditos Agropecuarios (FEGA) y Fondo de Garantía y Fomento para las Actividades Pesqueras (FOPESCA), son considerados Entidades de la Administración Pública Paraestatal. Con fundamento en el artículo 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, en la sesión nueve de FONDO y tres de FEFA, FEGA y FOPESCA del 21 de septiembre de 2017, sus Comités Técnicos autorizaron la modificación a su Estatuto Orgánico en los términos siguientes: Artículo 51.-… De la I a la III… IV. Se deroga V. … Artículo 56.-… De la I a la III… IV. Se deroga V. … Artículo 63.-… De la I a la III… IV. Se deroga Artículo 69.-… De la I a la V… VI. Se deroga Artículo 73.-… De la I a la II… III. Se deroga Artículo 79.-… De la I a la II… III. Supervisar los procesos de crédito a los intermediarios financieros incluyendo sus tecnologías informáticas de soporte, Almacenes Generales de Depósito y otros prestadores de servicio; así como certificar a los Almacenes Generales de Depósito, autorizar y dar seguimiento a los planes de autocorrección. IV. … Artículo 97.-… De la I a la III… IV. Definir las estrategias y programas para la formación, capacitación, actualización, registro, habilitación, fortalecimiento y certificación de los prestadores de servicios especializados en (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 9 de octubre de 2017 asistencia técnica, transferencia de tecnología y evaluación de proyectos, así como la calificación de los Almacenes Generales de Depósito como prestadores de servicios. De la V a la VIII… Artículo 103.-… De la I a la V. VI. Coordinar la actualización, registro, certificación y habilitación de prestadores de servicios especializados en asistencia técnica, transferencia de tecnología y evaluación de proyectos, la ejecución de los programas de formación y fortalecimiento para ellos, así como documentar, difundir y replicar los conocimientos y experiencias obtenidas. VII. … Artículo 106.-… De la I a la II… III. Elaborar e instrumentar la habilitación y certificación de prestadores de servicios especializados en asistencia técnica, transferencia de tecnología y evaluación de proyectos, los programas para su formación y fortalecimiento, así como las actividades para su registro. De la IV a la VI… TRANSITORIO ÚNICO.- Las presentes modificaciones al Estatuto Orgánico entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ciudad de México, a 21 de septiembre de 2017.- El Director General de FIRA, Rafael Gamboa González. Rúbrica. (R.- 456925)

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