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Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos que se indican

颁布于 2016-05-05 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
墨西哥
主题
Environment, Mineral resources
关键词
pollution control, mining, natural gas, oil, transport/storage, minerals, exploration
类别
energy

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  1. Artículo 1. Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los requisitos mínimos para la c onformación, operación,implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Segurid ad Industrial, Seguridad Operativa y Protección alMedio Ambiente de los Regulados a los que se refier e el Capítulo III de la Ley.

  2. Artículo 2. Los presentes lineamientos son de observancia general para los Regulados que realicen las siguientesactividades del Sector Hidrocarburos: I. El reconocimiento y exploración superficial, y la exploración y extracción de hidrocarburos; II. El tratamiento, refinación, enajenación, transporte y almacenamiento del petróleo; III. El procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión y regasificación, así como el transporte, a lmacenamientoy distribución de gas natural; IV. El transporte y almacenamiento de gas licuado de petróleo; V. El transporte y almacenamiento de petrolíferos, y VI. El transporte por ducto y el almacenamiento, que se encuentre vinculado a ductos de petroquímicos pr oducto delprocesamiento del gas natural y de la refinación del petróleo.

  3. Artículo 3. Para efectos de la aplicación de los presentes lineamientos se estará a los conceptos y d efiniciones previstas enla Ley, en la Ley de Hidrocarburos, su Reglamento, en la Ley Federal sobre M etrología y Normalización, en el ReglamentoInterior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, LeyGeneral de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como en las disposiciones administrativas de carácter generalemitidas por la Agencia que sean aplicables y a las siguientes definiciones: I. Accidente: Evento que ocasiona afectaciones al personal, a la población, a los bienes propiedad de la Nación, a losequipos e instalaciones, a los sistemas y/o procesos operativos y al medio ambiente. II. Análisis de Riesgo: La aplicación de uno o más métodos específicos para identificar, analizar, evaluar y generaralternativas de mitigación y control de los riesgos significativos asociados con equipos crític os y los procesos. III. Aspecto Ambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que pue de interactuarcon el medio ambiente. IV. Auditoría: Examen sistemático para determinar si ciertas actividades y el resultado de éstas cumplen con loplanificado y si esto se ha implementado eficazmente, así como si es adecuado para alcanzar la p olítica y losobjetivos de la organización. V. Autorización: Acto administrativo que emite la Agencia mediante el cual se tienen por cumplidos los requisitosprevistos en la Ley y en los presentes lineamientos respecto del Sistema de Administración q ue será implementadoen los Proyectos que desarrollen los Regulados. VI. Competencia del Personal: Atributos personales y aptitud demostrada para aplicar conocimientos y habilidades. VII. Conformación del Sistema de Administración: Conjunto documental de los elementos mínimos qu e deben contenerlos Sistemas de Administración de los Regulados, de acuerdo con lo previsto en la Le y y en los presenteslineamientos. VIII. Criterios de Auditoría: Conjunto de políticas, procedimientos o requisitos usados como referencia f rente a la cual secompara la evidencia de la auditoría. IX. Clave Única de Registro del Regulado (CURR): Clave que se otorga para identificar individualmen te al Regulado enel Registro de Regulados de la Agencia. X. Desempeño: Resultados de la operación y funcionamiento de una organización del Regulado respecto a susactividades, procesos y servicios. XI. Documento Puente: Documento en el que consta el estudio de correspondencia de los elementos que integran elSistema de Administración a cargo del Regulado con cada uno de los elementos establecido s en el artículo 13 de laLey y en lo dispuesto en los presentes lineamientos. XII. Equipo crítico: Sistemas, maquinaria, equipos, instalaciones o componentes, cuya falla pudiera deriv ar en laliberación de energía o material peligroso, capaz de originar incidentes y accidentes. XIII. Etapas de Desarrollo: Aquellas que componen el ciclo de vida de un Proyecto y que incluyen el dis eño, construcción,operación, cierre, desmantelamiento y abandono, o sus equivalentes, de las instalaci ones. XIV. Evaluación de Riesgos: Proceso dirigido a estimar la probabilidad y magnitud de los riesgos. XV. Hallazgo: El resultado de evaluar la evidencia contra un criterio. XVI. Implementación del Sistema de Administración: La puesta en funcionamiento, de forma gradual, p or parte delRegulado de los elementos de su Sistema de Administración en la realización de Proyectos del Sector Hidrocarburosdurante cada una de las Etapas de Desarrollo, conforme a los Programas de I mplementación correspondientes. XVII. Incidente: Evento o combinación de eventos inesperados no deseados que alteran el funcionamiento normal de lasinstalaciones, del proceso o de la industria; acompañado o no de afectación al Ambiente, a las instalaciones, a lapoblación y/o al personal del Regulado, así como al personal de contratistas, su bcontratistas, proveedores yprestadores de servicios. XVIII. Ley: Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Se ctor Hidrocarburos. XIX. Mecanismo: Conjunto de elementos y combinación de sus partes que, ajustados entre sí de manera o rdenada,permiten que un trabajo o una función se cumpla satisfactoriamente. XX. Peligro: Fuente o situación potencial de daño en términos de lesiones o efectos nocivos para la salud de laspersonas, daños a la propiedad, daños al entorno del lugar de trabajo, al medio ambiente o una co mbinación deéstos. XXI. Procedimiento: La descripción de las actividades de manera secuencial de una tarea o tareas específi cas, aplicablesa la operación, mantenimiento, revisión e investigación, entre otros, de equipos críticos y de los procesos. XXII. Programa de Auditoría: Detalles acordados para un conjunto de una o más auditorías planificadas durante unperiodo de tiempo determinado y dirigidas hacia un propósito específico. XXIII. Programa de Implementación: Documento que establece las actividades y los tiempos necesarios para que elRegulado implemente en su totalidad cada uno de los elementos que componen el Sistema de Administración encada proyecto del Sector Hidrocarburos que desarrolle. XXIV. Proyecto: Son los equipos e instalaciones, o conjunto de ellas, identificadas mediante una Asignació n, Contrato oPermiso, según corresponda, otorgado por la autoridad competente, a través del cual se h abilita al Regulado pararealizar las obras y actividades a las que se refiere el artículo 2 de los presentes lineamientos en cualquiera de susEtapas de Desarrollo. XXV. Registro: Acto administrativo que emite la Agencia para facilitar la documentación y constatación d e que laConformación del Sistema de Administración del Regulado es acorde con los requisitos previst os en la Ley, lospresentes lineamientos y las mejores prácticas. XXVI. Riesgo: La probabilidad de ocurrencia de un evento indeseable medido en términos de sus consecue ncias en laspersonas, instalaciones, medio ambiente o la comunidad. XXVII.Sistema de Administración: Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operati va y Protección alMedio Ambiente, previsto en el Capítulo III de la Ley.

  4. Artículo 4. Corresponde a la Agencia la aplicación e interpretación para efectos administrativos de los presenteslineamientos y sus Anexos.

  5. Artículo 5. Adicionalmente a la entrega de la información a la que se refieren los presentes lineami entos, los Reguladosdeberán señalar expresamente aquellos documentos que tengan el carácter de rese rvado o confidencial, así como elfundamento con base en el cual se clasifica. La Agencia tomará en cuenta dicha clasificación, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Tra nsparencia y Acceso a laInformación Pública, en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Infor mación Pública y demás normativa aplicable.

  6. Artículo 6. Los documentos a los que se refieren los presentes lineamientos deberán presentarse en idioma español y enoriginal y copia simple y/o en versión digital a través de dispositivos electrónicos para su cotejo, conforme a lo dispuesto en elartículo 15- A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Aquellos documentos que se encuentren en un idioma diverso, deberán acompañarse con una tradu cción al españolelaborada por perito traductor autorizado en México. CAPÍTULO II REGISTRO DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL REGULADO

  7. Artículo 7. Los Regulados deberán contar con un Sistema de Administración con el propósito de p revenir, controlar ymejorar el desempeño de su instalación o conjunto de ellas, en materia de Segurida d Industrial, Seguridad Operativa y deprotección al medio ambiente en el Sector Hidrocarburos. Los Sistemas de Administración a cargo de los Regulados deberán ser Autorizados por la Agencia para ser implementadosen los Proyectos que busquen desarrollar y, para tal efecto, deberán contar con el Registro de la Conformación del Sistema deAdministración y la CURR correspondiente.

  8. Artículo 8. Para el Registro de la Conformación del Sistema de Administración, los interesados de berán presentar a laAgencia la siguiente documentación e información: I. Formato de solicitud de Registro de la Conformación del Sistema de Administración (Anexo VI de los presenteslineamientos); II. Documentos de Conformación del Sistema de Administración; III. Documento Puente (Anexo II de los presentes lineamientos); IV. Dictamen de correspondencia realizado por un Tercero Autorizado respecto del Documento Puente; V. Datos de la persona o personas que integran el área responsable del Sistema de Administración del Re gulado; VI. Testimonio o copia certificada del instrumento público en el que conste el acta constitutiva del interes ado o documentocon el que acredite su legal existencia; VII. Testimonio o copia certificada del instrumento público mediante el cual el representante legal del int eresado acreditasu personalidad; tratándose de representantes de compañías extranjeras, instrumento c on el que se acrediten susfacultades para representar al interesado, presentado con la legalización o ap ostilla correspondiente, además de laprotocolización requerida conforme a la Normatividad aplicable; VIII. Identificación oficial del representante legal; IX. En su caso, clave del Registro Federal de Contribuyentes del interesado y, X. En su caso, comprobante de pago de Derechos o Aprovechamiento correspondiente para la expedición de laconstancia de Registro y CURR.

  9. Artículo 9. En caso de no satisfacer los requisitos establecidos en el artículo anterior o los docume ntos no contengan lainformación o datos solicitados, la Agencia prevendrá al Regulado en un plazo de diez días, por los medios que estimeconvenientes y por una sola ocasión, conforme a lo dispuesto en el artículo 17-A de la Ley Federal de ProcedimientoAdministrativo. El Regulado contará con un término de diez días hábiles para subsanar la omisión a partir de que su rta efectos lanotificación correspondiente.

  10. Artículo 10. Para el Registro de la Conformación del Sistema de Administración del Regulado, la Agencia tomará en cuentala información presentada y la correspondencia de su Sistema con lo estable cido en el artículo 13 de la Ley y en lo dispuestoen el Anexo I de los presentes lineamientos. El estudio de la correspondencia a la que se refiere el párrafo anterior, deberá constar en el Docume nto Puente (Anexo II delos presentes lineamientos), y su contenido debe ser dictaminado por un Tercer o Autorizado, de acuerdo con las DisposicionesAdministrativas de carácter general que para tal efecto emita la Agencia.

  11. Artículo 11. La Agencia resolverá sobre la solicitud de Registro en un plazo máximo de quince día s hábiles, contados apartir de la presentación de la solicitud o, en su caso, del desahogo de la prevenció n a la que se refiere el artículo 9 de lospresentes lineamientos.

  12. Artículo 12. Si de la información y documentación presentada por el interesado se desprende que e l Sistema deAdministración es acorde con la normativa aplicable y las mejores prácticas, la Agencia e xpedirá la constancia de Registro dela Conformación del Sistema de Administración a cargo del Regul ado y se le asignará una CURR. En caso de no existir correspondencia con los requisitos establecidos para la Conformación del Sist ema de Administraciónprevistos en la Ley y en los presentes lineamientos o si el Sistema de Administr ación no es acorde con la normativa aplicable ylas mejores prácticas, se negará la solicitud señalando l os motivos por los cuales se resolvió en este sentido y se archivará elexpediente como concluido.

  13. Artículo 13. La negativa de Registro de la Conformación del Sistema de Administración no impide que los Reguladospresenten una nueva solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de los pre sentes lineamientos.

  14. Artículo 14. La expedición de constancias de Registro y CURR adicionales que se requieran para l a realización de trámitesante la Agencia o ante las diferentes autoridades del Sector a fin de constatar q ue el Sistema de Administración a cargo delRegulado es acorde con la normativa aplicable y las mejor es prácticas, serán expedidas a solicitud de parte y previo pago deDerechos o Aprovechamiento que, e n su caso, corresponda. CAPÍTULO III AUTORIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN

  15. Artículo 15. Los Regulados que busquen desarrollar un Proyecto del Sector Hidrocarburos deberán contar con laAutorización de la Agencia para implementar en dicho Proyecto el Sistema de Administr ación a su cargo, previo al inicio decualquier actividad de la etapa de construcción y posteriores.

  16. Artículo 16. El Regulado debe presentar a la Agencia el Programa de Implementación del Sistema de Administraciónregistrado, como parte de la solicitud de Autorización de su Sistema de Administrac ión. El Programa de Implementación del Sistema de Administración del Regulado consiste en el desarro llo de planes de acciónpara cada uno de los elementos de su Sistema, con tiempos y responsables, incl uyendo los requisitos establecidos en losAnexos I y III de los presentes lineamientos y en el artículo 1 3 de la Ley. El Programa de Implementación debe considerar unplazo máximo de dos años para su eje cución.

  17. Artículo 17. Para obtener la Autorización del Sistema de Administración a implementar en el Proy ecto, el Regulado deberápresentar a la Agencia la siguiente documentación e información: I. Formato de solicitud de Autorización del Sistema de Administración a implementar (Anexo VII de los presenteslineamientos); II. Programa de Implementación a ser aplicado en el Proyecto que busca desarrollar, considerando lo dispuesto en los Anexos I y III de las presentes disposiciones, así como lo requerido en su propio Siste ma deAdministración; III. Documentos a los que se refiere el Apartado A del Anexo IV de los presentes lineamientos; IV. Datos del puesto y de las personas que conforman el área responsable de la implementación, evaluaci ón y mejoradel Sistema de Administración en el Proyecto. V. Testimonio o copia certificada del instrumento público en el que conste el acta constitutiva del Regula do, en caso deno encontrarse constituido en México al momento de realizar el Registro de la Conforma ción del Sistema deAdministración; VI. Identificación oficial del representante legal del Regulado; VII. Título de Asignación, Contrato o Permiso, según corresponda, que habilite al Regulado para desarroll ar el Proyectoen el que se va a Implementar el Sistema de Administración; VIII. La Clave Única de Registro del Regulado y, IX. En su caso, comprobante de pago de Derechos o Aprovechamiento correspondiente. Artículo 18. En caso de no satisfacer los requisitos establecidos en el artículo anterior o los documentos no cont engan lainformación o datos solicitados, la Agencia prevendrá al Regulado, por los medios que estime convenientes y por una solaocasión, conforme a lo dispuesto en el artículo 17- A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. El Regulado contará con un término de quince días hábiles para subsanar la omisión a partir de que surta efectos lanotificación correspondiente.

  18. Artículo 19. La Agencia resolverá sobre la solicitud de Autorización del Sistema de Administració n a implementar en elProyecto, en un plazo máximo de noventa días hábiles, a partir de su presentació n o, en su caso, a partir del desahogo de laprevención a la que se refiere el artículo anterior.

  19. Artículo 20. La Agencia podrá notificar al Regulado, por los medios que estime convenientes y por una sola ocasión, lasobservaciones a la información y documentación presentada para la Autorización del Sistema de Administración dentro de losquince días siguientes a la admisión a trámite de la solicitu d. El Regulado contará con un plazo de treinta días hábiles para atender dichas observaciones. En tant o se atienden dichasobservaciones, se suspenderá el plazo de la Agencia para resolver sobre la solicitu d correspondiente.

  20. Artículo 21. Una vez realizada la evaluación de la información y documentación presentada por el Regulado, la Agenciaresolverá la solicitud de Autorización del Sistema de Administración, atendiendo a lo siguiente: I. Si los requisitos establecidos para la Implementación del Sistema de Administración y los documentos solicitadospara inicio del Proyecto satisfacen lo previsto en la Ley y en los presentes lineamientos, se expedirá la Autorizacióncorrespondiente. II. En caso de no satisfacer los requisitos establecidos para la Implementación del Sistema de Administra ción, así comolas observaciones realizadas, en su caso, se negará la solicitud de Autorización señaland o los motivos por los cualesse resolvió en este sentido y se archivará el expediente como concluido.

  21. Artículo 22. La negativa de Autorización del Sistema de Administración no impide que los Regula dos presenten una nuevasolicitud, conforme a lo previsto en el artículo 17 de los presentes lineamiento s. CAPÍTULO IV MODIFICACIONES AL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL REGULADO

  22. Artículo 23. En caso que el Regulado busque implementar el Sistema de Administración del contro lador de las operacionesdel Proyecto, deberá presentar a la Agencia junto con la solicitud de Autorizac ión del Sistema de Administración y los requisitosprevistos en el artículo 17, un Documento Puente (A nexo II), en el que conste el estudio de correspondencia entre el Sistema deAdministración que busca i mplementar y el Sistema de Administración que fue previamente registrado ante la Agencia.

  23. Artículo 24. En caso que el Regulado se encuentre implementando un Sistema de Administración c onforme a lo dispuestoen el artículo anterior y decida cambiar al controlador de las operaciones durant e cualquiera de las Etapas de Desarrollo delProyecto, deberá presentar a la Agencia un Documento Pu ente (Anexo II) conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, treinta días hábiles previos a que el nuevo c ontrolador de lasoperaciones inicie actividades.

  24. Artículo 25. Si el Regulado decide cambiar de Sistema de Administración durante la ejecución de l as actividades propiasdel Proyecto, en cualquiera de sus Etapas de Desarrollo, deberá solicitar el Regis tro de la Conformación del nuevo Sistema deAdministración a su cargo y la respectiva Autorización, c onforme a lo dispuesto en los presentes lineamientos.

  25. Artículo 26. Si el Regulado decide realizar modificaciones al Proyecto conforme al cual fue Autori zado el Sistema deAdministración para su implementación, deberá presentar a la Agencia la descripció n de las modificaciones que busca realizar,por lo menos treinta días hábiles antes de llevarlas a cabo, a sí como los informes y reportes que se requieren derivados dedicha modificación, según lo dispuesto e n los Anexos IV y V, de los presentes lineamientos. CAPÍTULO V SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL R EGULADO

  26. Artículo 27. A partir del inicio de las actividades propias del Proyecto, el Regulado quedará obliga do a la Implementaciónde su Sistema de Administración, con base en el Programa de Implementación presentado a la Agencia y a entregar losdocumentos a los que se refiere el Apartado B del Anexo IV d e los presentes lineamientos, en los tiempos señalados.

  27. Artículo 28. El Regulado deberá cumplir de manera permanente, durante todas las Etapas de Desar rollo del Proyecto,incluyendo desmantelamiento y abandono, con las acciones definidas en el Anexo II I, de los presentes lineamientos.

  28. Artículo 29. A partir del inicio de operaciones de cada Proyecto, el Regulado deberá presentar a la Agencia los siguientesdocumentos: I. Informes semestrales de cumplimiento del Programa de Implementación. II. Reportes de seguimiento establecidos en el Anexo V de los presentes lineamientos, de acuerdo con la periodicidadprevista en dicho anexo. III. El informe de resultados de la auditoría externa del Sistema de Administración de manera bianual. La presentación de los informes y/o reportes de seguimiento señalados en las fracciones I, II, III del presente artículodeberán sujetarse a lo determinado por los presentes Lineamientos y a los requisitos, plazos y demás procedimientos quedefina las Disposiciones de carácter general que para tal efecto emi ta la Agencia.

  29. Artículo 30. El Regulado deberá realizar, por lo menos, cada dos años una auditoría ejecutada por un auditor externo,conforme a las Disposiciones de carácter general que para tal efecto emita la Agenc ia. En un plazo de veinte días hábiles posteriores al cierre de la auditoría, deberá presentar el informe y el plan de atención alos hallazgos registrados. Tanto el informe de auditoría externa, como el plan de atención de hallazgos, deberán estar firmadospor la máxima autoridad del Proyecto del Regulado.

  30. Artículo 31. El Regulado deberá entregar informes semestrales de cumplimiento del plan de atenci ón de hallazgosresultantes de la auditoría externa de su Sistema de Administración. El cierre de cada hallazgo deberá ser dictaminado por un auditor externo como parte de las activida des que deberá realizaren la siguiente auditoría bianual. La Agencia podrá solicitar a los Regulados ac ciones adicionales para el cierre de hallazgos,así como la presentación de información relevante para s u verificación.

  31. Artículo 32. La Agencia podrá supervisar e inspeccionar en cualquier momento el cumplimiento d e las obligaciones delSistema de Administración.

  32. Artículo 33. Como parte de la operación continua del Sistema de Administración, el Regulado deb e ejecutar de manerasistemática los procedimientos escritos, las herramientas informáticas, las platafor mas de gestión y otros, en forma constante yconsistente. También debe medir, evaluar y analizar result ados y establecer acciones que le permitan mejorar el desempeño enSeguridad Industrial, Seguridad O perativa y protección al medio ambiente, de manera continua y permanente.

  33. Artículo 34. El cumplimiento de lo previsto en los presentes lineamientos no exime a los Regulado s de observar lo previstoen otras Disposiciones Administrativas de carácter general aplicables en mater ia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para cada actividad que des arrolle del SectorHidrocarburos. TRANSITORIOS PRIMERO. Las presentes Disposiciones administrativas de carácter general entrarán en vigor al dí a siguiente al de supublicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO. A partir de su entrada en vigor, los Lineamientos que deberá observar Petróleos Mexi canos y sus OrganismosSubsidiarios, en relación con la Implementación de sus sistemas de seguridad i ndustrial, publicados en el Diario Oficial de laFederación el 21 de enero de 2011, quedan sin efectos d e conformidad con lo dispuesto en el artículo Quinto Transitorio de laLey. TERCERO. Los Regulados que se encuentren desarrollando actividades en el Sector Hidrocarburo s en cualquier Etapa deDesarrollo, incluyendo desmantelamiento y abandono, a la fecha de entrada en vigor de los presentes lineamientos, debenpresentar la solicitud de Registro de la Conformación de su Sistema de Administración, conforme a los requisitos establecidosen el artículo 8 de los presentes line amientos, dentro del plazo de ciento veinte días hábiles contados a partir de la publicaciónen el Diario Oficial de la Federación de estas disposiciones. CUARTO. Los Regulados que se encuentren desarrollando actividades del Sector Hidrocarburos e n cualquier Etapa deDesarrollo, incluyendo desmantelamiento y abandono, a la fecha de entrada en vig or de los presentes lineamientos, debenpresentar la solicitud de Autorización del Sistema de Administr ación a implementar (Anexo VII), los documentos y la informacióna los que se refiere el artículo 17, el Programa de la Implementación de cada Proyecto que se encuentre en operación, en unplazo de ciento veinte días hábiles posteriores a que sea notificada la constancia de Registro y CURR correspondiente . QUINTO. A partir de la entrada en vigor de los presentes lineamientos, Petróleos Mexicanos deber á presentar ante laAgencia dentro del plazo de sesenta días hábiles, el Documento Puente (Anexo II) e n el que conste la correspondencia de loselementos que integran el Sistema de Administración a su car go con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley y los presenteslineamientos, así como los documentos c on los que el representante legal acredita su personalidad jurídica, copia de suidentificación oficial y, e n su caso, el comprobante de pago de Derechos o Aprovechamiento correspondiente por la expedición de la constancia de Registro y CURR. Una vez entregada la información mencionada en el párrafo anterior, se emitirá en un plazo de hast a treinta días hábiles laConstancia de Registro de la Conformación del Sistema de Administración y C URR de Petróleos Mexicanos en su calidad deEmpresa Productiva del Estado. SEXTO. Para la Autorización del Sistema de Administración de Petróleos Mexicanos a implement ar en los Proyectos que seencuentran operando a la fecha de entrada en vigor de los presentes lineamie ntos, las Empresas Productivas Subsidiarias dePetróleos Mexicanos deberán presentar a la Agencia en un plazo de noventa días hábiles posteriores a la notificación de laconstancia de Registro y CURR, for mal propuesta de la integración de sus instalaciones en Unidades de Implantación, firmadapor el Direc tor correspondiente. La propuesta será evaluada por la Agencia y deberá contener la siguiente información: 1. Los centros de trabajo que están bajo su responsabilidad y actualmente operando, así como el detalle d e integraciónde los mismos para efecto de la implementación, evaluación y mejora del Sistema de Ad ministración. 2. Datos de los representantes de las áreas responsables de la implementación, evaluación y mejora del Si stema deAdministración. 3. El nivel de implementación del Sistema de Administración de Petróleos Mexicanos por cada Unidad d e Implantación. 4. El Programa de Implementación del Sistema de Administración para cada Unidad de Implantación don de seimplementa, evalúa y mejora el Sistema de Administración, de acuerdo con lo previsto en los pre sentes lineamientos. La Agencia tendrá, en un plazo de quince días hábiles a partir de que sea presentada la propuesta co rrespondiente, paradeterminar la suficiencia documental. En caso de que se detecte una insuficiencia e n la documentación e informaciónpresentada, la Agencia prevendrá a la Empresa Productiva Subsidiar ia que corresponda y ésta contará con un plazo de quincedías hábiles para atender las observaciones. A partir de la fecha en que sea solventada la prevención a las que se refiere el párrafo anterior, la A gencia resolverá en un plazo de ciento veinte días naturales sobre la Autorización del Sistema de Administraci ón a implementar, conbase en la información y documentación presentada. SÉPTIMO. Para los Proyectos de Petróleos Mexicanos que se encuentren en etapa de diseño o con strucción a la entrada envigor de los presentes lineamientos, las Empresas Productivas Subsidiarias de berán presentar, en un plazo de noventa díashábiles posteriores a la notificación de la constancia de Re gistro y CURR que corresponda, los documentos previstos en elartículo 17 de los presentes lineamient os para la Autorización del Sistema de Administración a implementar en cada Proyecto. OCTAVO. Tratándose de los Regulados que se encuentran desarrollando actividades del Sector Hi drocarburos a la entradaen vigor del presente lineamiento y soliciten la Autorización del Sistema de A dministración a implementar en cada proyecto,estarán obligados a presentar el informe de resultados d e la auditoría externa de manera bianual a partir de la fecha en quesea notificada la Autorización corres pondiente. NOVENO. En tanto no existan Terceros Autorizados a los que se refieren los presentes lineamient os, la Agencia realizará larevisión de la correspondencia entre lo establecido en el artículo 13 de la Le y y lo dispuesto en el Anexo I de los presenteslineamientos, con base en un Documento Puente (Anexo II), para el Registro de la Conformación del Sistema deAdministración, pudiéndose ampliar el plazo e stablecido en el artículo 11 hasta por otro igual. La Agencia podrá requerir, por una sola ocasión, que el interesado aclare o proporcione más inform ación en relación con lasolicitud o la documentación presentada dentro de los primeros quince días sig uientes a la admisión a trámite de la solicitud. Entanto se atiende el requerimiento, se suspenderá el pla zo de la Agencia para resolver sobre la solicitud correspondiente. Ciudad de México, a los cinco días del mes de mayo de dos mil dieciséis.- El Director Ejecutivo de la Agencia Nacional deSeguridad Industrial y de Protección al Medio Ambie nte del Sector Hidrocarburos, Carlos Salvador de Regules Ruiz-Funes.-Rúbrica.

  34. ANEXO I REQUISITOS DE CONFORMACIÓN DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Los documentos de Conformación del Sistema de Administración que adjunten los Regulados a sus solicitudes, deberácontener de manera descriptiva y conceptual, los elementos y consideraciones estab lecidos en el artículo 13 de la Ley, asícomo lo descrito en el presente Anexo. I. POLÍTICA. En relación con la política de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente: 1. Mecanismo para contar con una política en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y pro tección almedio ambiente, la cual deba: 1.1 Ser autorizada por la alta dirección del Regulado. 1.2 Ser apropiada para los propósitos de la organización, para la naturaleza de los riesgos y para la atenció nde las áreas de oportunidad derivada de sus actividades. 1.3 Proporcionar un marco para establecer y alcanzar los objetivos del Sistema de Administración. 1.4 Incluir el compromiso para la identificación de peligros, la jerarquización y control de riesgos, la preve ncióny cuantificación de los impactos ambientales, el cumplimiento normativo por parte del Regulado, de suscontratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicios, siempre que su actividad i mpliqueriesgos para la población, a las instalaciones o impactos al medio ambiente; la mejora continua , e incluir laparticipación del personal. 2. Mecanismo para que la política esté disponible como información documentada, sea comunicada a tod o elpersonal en la organización, esté disponible para las partes interesadas y sea revisada periódicamen te para quesea apropiada para el cumplimiento de los objetivos de Seguridad Industrial, Seguridad Ope rativa y protección almedio ambiente. II. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y ANÁLISIS DE RIESGOS. En lo relativo a la identificació n de riesgos, análisis,evaluación, medidas de prevención, monitoreo, mitigación y valuación de incide ntes, accidentes y pérdidasesperadas en los distintos escenarios de riesgos, así como las consecuencias que los riesgos representan alpersonal, a la población, medio ambiente y a las instalaciones comprendi das dentro del perímetro de lasedificaciones industriales y en las inmediaciones: Establecer un mecanismo para la identificación, análisis, evaluación, monitoreo y mitigación de riesgo s, considerandolos siguientes puntos: 1. Identificación de peligros y Análisis de Riesgos en actividades rutinarias y no rutinarias: 1.1 El proceso de exploración, perforación, extracción, producción, ensamblaje, construcción, transporte,d istribución y/o mantenimiento, incluyendo el desmantelamiento y abandono. 1.2 El diseño de las áreas de trabajo, procesos, instalaciones, maquinaria/equipo, operaciones, personal,co ntratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores, incluyendo la adaptación paraperson al con necesidades especiales cuando se requiera. 1.3 La infraestructura, equipo, materiales, sustancias y condiciones físicas del lugar de trabajo. 1.4 Cambios actuales o propuestos para la organización. 1.5 Accidentes e incidentes ocurridos en operaciones similares. 1.6 Preparación y respuesta a emergencias. 1.7 Situaciones que no son controladas por la organización y que ocurren fuera de su lugar de trabajo, pero que pueden causar lesiones o daños a la salud de las personas que se encuentran en el lugar de trabajo ydaños al medio ambiente. 1.8 Capacidades físicas y otros factores humanos. 2. Evaluación de riesgos: 2.1 Evaluar y jerarquizar los riesgos aplicando metodologías aceptadas nacional o internacionalmente,cons iderando incidentes pasados, accidentes, daños a la salud y al medio ambiente. 2.2 Identificar las oportunidades para reducirlos considerando la jerarquía de control. 2.3 Establecer las medidas de mitigación, prevención y control necesarias para la reducción de los riesgosi dentificados. 2.4 Considerar en los controles los requerimientos legales y otros que la organización haya suscrito. 2.5 Incluir los resultados de la identificación de peligros y Análisis de Riesgos en los procedimientos deop eración, mantenimiento, inspección y en los planes de respuesta a emergencia. 3. Revisión de los Análisis de Riesgos: 3.1 Los Análisis de Riesgos deberán evaluarse cada 5 años o en las etapas de diseño conceptual, ingeniería básica, ingeniería de detalle, previo al inicio de las operaciones o antes si hay cambios en las instalacio nes,tecnología u operaciones y previo a un desmantelamiento. 3.2 Se deberá actualizar el Análisis de Riesgos cuando ocurran accidentes o en caso de modificaciones que impliquen cambios en los equipos, instalaciones o procesos originalmente aprobados en la Asignación, Contrato o Permiso otorgado o cualquier otra modificación que afecte el resultado del Análisis de Ries go enlas diferentes Etapas de Desarrollo del Proyecto. 4. Equipo organizacional para el Análisis de Riesgos: Los Análisis de Riesgos deben ser realizados por grupos multidisciplinarios con conocimientos en inge niería,operaciones, diseño, proceso, seguridad, medio ambiente y otras especialidades según proceda, c apacitados ycon experiencia en la metodología que se emplea. 5. Comunicación: Los resultados de los Análisis de Riesgos, así como las medidas para prevenir, mitigar y controlar los r iesgos,deben comunicarse al personal involucrado; incluyendo contratistas, subcontratistas, prestadore s de servicios yproveedores, siempre que su actividad implique riesgos para la población o las instalaci ones o impactos almedio ambiente. 6. Aspectos ambientales: Identificación de aspectos e impactos ambientales y la definición de criterios de evaluación para deter minar susignificancia, así como los mecanismos de prevención, control, atenuación y mitigación de los mismos. III. REQUISITOS LEGALES. Respecto de los aspectos legales y normativos, internos y externos, de la s actividades de losRegulados en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al medio ambiente: 1. Establecer un mecanismo para la identificación y acceso a los requisitos legales y otros aplicables, rela cionadoscon la Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente; así como p ara la actualizaciónde dichos requisitos cuando se presenten cambios en la legislación. 2. Determinar cómo se aplican estos requisitos en el Sistema de Administración. 3. Establecer un mecanismo de comunicación de la información relevante sobre los requisitos legales y ot ros a laspersonas que trabajan bajo el control del Regulado, así como a los contratistas, subcontratistas, prestadores deservicios y proveedores, siempre que su actividad implique riesgos para la población o l as instalaciones oimpactos al medio ambiente. 4. Establecer un mecanismo para la evaluación periódica del cumplimiento con los requisitos legales y ot rosaplicables, así como la identificación de puntos de incumplimiento, establecimiento y cumplimient o de accionespara su corrección. IV. METAS, OBJETIVOS E INDICADORES. Con relación al establecimiento de objetivos, metas e in dicadores paraevaluar el desempeño en Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medi o ambiente, así como de laImplementación del Sistema de Administración, se debe tomar en cuenta lo siguiente: 1. Contar con un mecanismo para el diseño y establecimiento de objetivos, metas e indicadores. 2. Establecer objetivos, metas e indicadores consistentes con su política de Seguridad Industrial, Segurida dOperativa y protección al medio ambiente, tomando en cuenta los requerimientos legales aplicables y otrosrequerimientos suscritos por la organización, así como los resultados de la evaluación de los imp actos y riesgos. 3. Incluir indicadores proactivos y reactivos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y pr otección almedio ambiente para medir el desempeño en la organización, relacionados con eventos pers onales, de proceso,de equipos y de medio ambiente. 4. Considerar en la planeación de objetivos, metas e indicadores los recursos, responsables, fechas decum plimiento, monitoreo y evaluación y su integración dentro de los procesos del negocio. V. FUNCIONES, RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD. En relación con la asignación de funcio nes yresponsabilidades para implementar, evaluar y mejorar el propio Sistema de Administración: 1. Establecer las funciones, responsabilidades y el ámbito de autoridad del área responsable del Regulado ante laAgencia, la cual tendrá entre otras las siguientes: 1.1 Fungir como representante técnico de los Regulados ante la Agencia. 1.2 Proponer la adopción de medidas para aplicar las mejores prácticas internacionales; 1.3 Dar aviso a la Agencia de cualquier riesgo o riesgo crítico que pueda comprometer la SeguridadInd ustrial, la Seguridad Operativa o el medio ambiente; 1.4 Coordinar los trabajos internos para subsanar las irregularidades o incumplimientos de la normativi dadexterna e interna aplicable, y 2. Mecanismo para establecer funciones, responsabilidades, autoridad y ámbito de competencia para laIm plementación, evaluación y mejora del Sistema de Administración, del cumplimiento de su política y o bjetivosde Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente y de sus resultad os en cada uno delos puestos de trabajo y niveles jerárquicos de su organización, incluyendo contratist as, subcontratistas,proveedores y prestadores de servicios, siempre que su actividad implique riesgos p ara la población o lasinstalaciones, o impactos al medio ambiente. 3. Considerar en los códigos de comportamiento y ética del Regulado el cumplimiento de los aspectos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. 5. Habilitar un mecanismo para establecer la autoridad del personal propio, así como del personal de losc ontratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores, siempre que su actividad implique riesgos para la población o las instalaciones, o impactos al medio ambiente, que sea n testigosde riesgos inminentes, actos o condiciones inseguras para reportarlas y detener los trabajos u operaciones, sifuese necesario. VI. COMPETENCIA, CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO. En lo relativo al plan general de ca pacitación yentrenamiento en Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambien te: 1. Contar con un mecanismo para identificar las necesidades de capacitación, entrenamiento y reentrenam iento delpersonal, incluyendo al de los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicio y proveedo res considerandolos impactos y riesgos de sus actividades, así como los resultados del proceso de ident ificación y evaluación deimpactos ambientales y riesgos, tomando en cuenta los requerimientos legales aplicables. 2. Asegurar la competencia del personal con base al puesto y sus necesidades de conocimiento, capacitaci ón,certificación y experiencia necesarias. 3. Establecer un mecanismo para capacitar al personal, incluyendo a contratistas, subcontratistas, prestad ores deservicios y proveedores, siempre que su actividad implique riesgos para la población o las insta laciones, oimpactos al medio ambiente, en la identificación de actos y condiciones inseguras, su proce so de reporte y parode trabajos u operaciones, cuando se considere necesario. 4. Incluir en los programas para mantener la competencia del personal, al menos: 3.1 Capacitación inicial para el personal de nuevo ingreso. 3.2 Capacitación para operar o mantener equipos nuevos. 3.3 Capacitación de actualización para el personal al menos cada 3 años, de acuerdo a la actualización oca mbios en reglas, instrucciones de trabajo, tecnología, procedimientos y normatividad. VII. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONSULTA. Sobre los mecanismos de comunicación, difusión y consulta, tantointerna como externa: 1. Establecer los mecanismos de comunicación, difusión y consulta, considerando los diferentes niveles y funcionesde la organización con personal interno, así como con el personal de los contratistas, subcon tratistas,prestadores de servicios, proveedores, siempre que su actividad implique riesgos para la pobla ción o lasinstalaciones, o impactos al medio ambiente, u otros interesados. 2. Disponer de mecanismos para la participación y consulta del personal en el Sistema de Administración en todossus niveles y funciones, incluyendo al personal de los contratistas, subcontratistas, prestadore s de servicios yproveedores, siempre que su actividad implique riesgos para la población o las instalaci ones, o impactos almedio ambiente. 3. Establecer mecanismos para la atención, respuesta y seguimiento de inquietudes, necesidades de infor mación,quejas y sugerencias relacionadas con el Sistema de Administración. VIII. CONTROL DE DOCUMENTOS Y REGISTROS. En relación con los mecanismos de control de documentos y registros: 1. Establecer un mecanismo para la gestión de los documentos del Sistema de Administración con el prop ósito demantenerlos actualizados, controlarlos y protegerlos, considerando su distribución, acceso, con trol de cambios,prevención del uso no intencionado de documentos obsoletos y que el personal tenga a cceso a los documentospertinentes de su entorno de trabajo, cuidando que se respete la confidencialida d de la información. 2. Establecer un mecanismo para el control de los registros del Sistema de Administración con el propósit o deprotegerlos, mantenerlos disponibles y recuperarlos, asegurando su trazabilidad, uso y retención. IX. MEJORES PRÁCTICAS Y ESTÁNDARES. En relación con la identificación e incorporación de l as mejores prácticasy estándares a nivel nacional e internacional en materia de Seguridad Industrial, Se guridad Operativa y protección almedio ambiente: 1. Contar con un mecanismo para documentar que el equipo se diseña, fabrica, opera, mantiene e inspecci ona, conbase en prácticas de ingeniería reconocidas y generalmente aceptadas a nivel nacional e intern acional. 2. Mecanismo para documentar y administrar la información relativa a los peligros de las sustancias pelig rosas y lasmejores prácticas para su manejo. 3. Mecanismo para documentar y administrar la información de la tecnología relativa al proceso o a la act ividad,como diagramas de flujo de proceso, diagramas de tubería e instrumentación, química del proce so, inventariomáximo previsto y límites seguros de operación de las variables del proceso. 4. Mecanismo para documentar y administrar la información relacionada con el equipo, materiales de con strucción,diagramas de tubería e instrumentación, diagramas de flujo de proceso, planos de clasificació n eléctrica, basesdel diseño de equipo de relevo de presión, bases de diseño de sistemas de desfogue y quemadores, código yestándares de diseño, balances de materia y energía, sistemas de seguridad, entre otros. 5. Mecanismo para identificar e incorporar las mejores prácticas y estándares nacionales e internacionales queconsidere necesarios para mejorar el desempeño de la organización en materia de Seguridad Indus trial,Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. X. CONTROL DE ACTIVIDADES Y PROCESOS. Respecto del control de actividades y procesos: 1. Contar con un mecanismo para identificar los requerimientos de procedimientos de seguridad, protecci ón almedio ambiente, respuesta a emergencias, operación, mantenimiento, inspecciones y pruebas, acc eso al lugarde trabajo y prácticas seguras de trabajo, congruentes con sus actividades, resultados del pr oceso de evaluaciónde impactos y riesgos y tomando en consideración los requisitos legales aplicables . 2. Contar con un mecanismo para establecer los pasos y controles de Seguridad Industrial, Seguridad Ope rativa yprotección al medio ambiente para cada fase operativa y de desmantelamiento y abandono en l as situaciones dearranque inicial, operaciones normales, operaciones temporales, operaciones y paros de emergencia, paronormal, arranque después de un cambio o un paro de emergencia, activación de sis temas de seguridad;estableciendo los límites de operación, las consecuencias de desviaciones y accion es necesarias paracorregirlas o evitarlas. 3. Contar con un mecanismo para establecer documentación escrita para la ejecución de actividades de alt o riesgo,tales como bloqueo de fuentes de energía, apertura de líneas y equipos, trabajos en altura, esp acios confinados,manejo de materiales y residuos peligrosos, trabajos de excavaciones, trabajos subma rinos, manejo de cargas eizaje de personal, trabajos de corte y soldadura, equipo de protección especial o cualquier otra actividad deriesgo. 4. Establecer un mecanismo para analizar los riesgos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y prot ección delmedio ambiente de los trabajos de construcción, montaje, operación, mantenimiento, reparac iones, entre otros,que incluya la participación del personal propio, así como de los contratistas, subcon tratistas, prestadores deservicios y proveedores, siempre que su actividad implique riesgos para la pobl ación o las instalaciones, oimpactos al medio ambiente, así como de los responsables de supervisar y a utorizar los trabajos. 5. Establecer un mecanismo para planear y autorizar la ejecución de trabajos de alto riesgo que establezca elanálisis y verificación de condiciones de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medioambiente en trabajos de construcción, montaje, operación, mantenimiento y desmantelamiento d e instalacionespara actividades rutinarias y no rutinarias. 6. Establecer un mecanismo para analizar los Riesgos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y pro teccióndel medio ambiente de los trabajos de construcción, montaje, mantenimiento, reparaciones, entr e otros, queincluya la participación del personal propio, así como del personal de los contratistas, subc ontratistas,prestadores de servicios y proveedores, cuando la actividad de éstos implique riesgos para l a población o lasinstalaciones, o impactos al medio ambiente y la participación de los responsables de supervisar y autorizar lostrabajos. 7. Establecer un mecanismo para administrar y comunicar cambios temporales o definitivos, exceptuando losreemplazos equivalentes, en las sustancias peligrosas, tecnología, instalaciones, equipo, procedimie ntos,organizacionales y del personal, incluyendo el personal de sus contratistas, subcontratistas, presta dores deservicios y proveedores, cuando la actividad de éstos implique riesgos para la población o las i nstalaciones, oimpactos al medio ambiente, que considere el fundamento técnico del cambio, los impa ctos en SeguridadIndustrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente, modificaciones a pr ocedimientos, periodo detiempo necesario para el cambio y requisitos para su autorización, consideran do actualizaciones necesarias enla documentación de la información del proceso y la capacitación del personal. 8. Establecer un mecanismo para la verificación de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protecció n al medioambiente, previo al arranque de instalaciones nuevas, instalaciones con reparaciones o modi ficaciones mayores,verificando el cumplimiento de las especificaciones de diseño, la actualización y c omunicación de losprocedimientos de seguridad, operación, mantenimiento y emergencia, la capacitac ión necesaria del personal, elcierre de recomendaciones de Análisis de Riesgos de proceso, así como el cierre de la administración delcambio. 9. Establecer, en función de los riesgos de las actividades de construcción, operación, mantenimiento o in spección,la periodicidad con la que se requiere revisar los procedimientos para su actualización y corre spondencia con laejecución de las actividades, tecnología, equipos, instrumentación, herramientas, ries gos y controles. 10. Mecanismo para que todo el personal, incluyendo contratistas, subcontratistas, prestadores de servicio s yproveedores, cuando su actividad implique riesgos para la población o las instalaciones, o impactos al medioambiente, puedan reportar actos y condiciones inseguras y detener trabajos u operaciones cua ndo sean testigosde riesgos inminentes. 11. Mecanismo de registro, atención y cierre de recomendaciones por trabajos u operaciones que se deten gan,debido a riesgos inminentes, actos y condiciones inseguras. XI. INTEGRIDAD MECÁNICA Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD. En relación con la eval uación de la integridadfísica y operativa de las instalaciones mediante procedimientos, instrumentos y metodologías reconocidos en elSector Hidrocarburos: Respecto de la Integridad Mecánica: 1. Mecanismo que permita contar con documentos escritos para mantener y asegurar la integridad mecáni ca de losactivos y el aseguramiento de la calidad de equipos de proceso, instalados o nuevos, sus refac ciones y partes derepuesto, tales como: 1.1 Recipientes a presión, tanques de almacenamiento, reactores, destiladores u otros. 1.2 Sistemas de tubería incluyendo sus componentes, tales como válvulas y accesorios. 1.3 Sistemas de alivio de presión. 1.4 Sistemas de paros de emergencias. 1.5 Instrumentación y control, incluyendo sensores de monitoreo, alarmas y sistemas de bloqueo. 1.6 Equipo dinámico tales como bombas, turbinas, compresores y sopladores. 2. Mecanismo que permita contar con procedimientos para ejecutar o administrar la capacitación necesari a paraquienes desarrollan las actividades de mantenimiento relacionado con la integridad mecánica. 3. Contar con mecanismos para ejecutar inspecciones y pruebas apegadas a recomendaciones de fabricant es yconsistentes con las mejores prácticas de ingeniería aplicables y contar con los criterios de aceptaci ón o rechazoy las directrices para atender casos fuera de especificación. Respecto del Aseguramiento de la Calidad: 4. Establecer mecanismos para asegurar que los equipos y refacciones fueron diseñados, construidos,trans portados, almacenados e instalados, de acuerdo al servicio para el cual serán usados. 5. Mecanismos para efectuar inspecciones y pruebas para que el equipo sea instalado correctamente y cu mpla conlas especificaciones de diseño y construcción. XII. SEGURIDAD DE CONTRATISTAS. En relación con los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios yproveedores del Regulado, que desarrollen actividades que impliquen riesgos para la pob lación o las instalaciones,o impactos al medio ambiente: 1. Disponer de un mecanismo que permita que los Sistemas de Administración de los contratistas, subcon tratistas,prestadores de servicios y proveedores sean compatibles con lo establecido en el Sistema del Regulado y seapeguen a los requerimientos y documentos de éste para su desempeño en materia de Se guridad Industrial,Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. 2. Mecanismo por el cual el Regulado asume la responsabilidad por las actividades y la administración de riesgos que se derivan de los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicio yp roveedores que participan en cualquiera de las Etapas de Desarrollo del Proyecto. 3. Disponer de un proceso de selección de contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveed ores enfunción de su desempeño en Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio a mbiente. 4. Mecanismo para evaluar periódicamente y mejorar, a través de iniciativas, estrategias, entrenamiento,s upervisión, programas, actividades u otras, el desempeño en Seguridad Operativa, Seguridad Industrial yprotección al medio ambiente de los contratistas y subcontratistas, prestadores de servicio y proveed ores, segúnsu impacto en el Sistema de Administración. XIII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS. En relación con los lineamientos y proced imientos para laprevención de accidentes y atención de emergencias: 1. Mecanismos para identificar situaciones potenciales de emergencia como resultado de su proceso de ev aluaciónde impactos ambientales y riesgos, tales como fugas, derrames, incendio y/o explosión, de las sustanciaspeligrosas y actividades de alto riesgo. 2. Mecanismos para cuantificar escenarios de riesgo aplicando metodologías probadas de simulación para estimarlas consecuencias e identificar zonas de riesgo para las instalaciones, el personal, la población y el medioambiente. 3. Establecer mecanismos de respuesta para cada situación potencial de emergencia identificada, disponie ndo delos recursos necesarios para controlar o hacer frente al evento, tales como recursos financieros y humanospreparados, capacitados y, en su caso, certificados, servicios médicos, equipamiento, sistema contra incendio,sistemas de contención, rutas de evacuación, equipo de protección personal y medios de comunicación, entreotros. 4. Mecanismo para disponer en las instalaciones de una organización con responsabilidad y autoridad def inidapara responder y controlar una emergencia integrada por quienes tienen la responsabilidad de ope rar ymantener las instalaciones y acorde a su autoridad y responsabilidad operativa, la cual debe estar c apacitada yentrenada para actuar de manera segura y controlada ante un evento de emergencia. 5. Mecanismo para establecer un centro de operación a emergencias el cual debe estar en una zona segura ydotada de los medios y recursos necesarios, tales como medios de comunicación, equipos de cómput o, serviciosde internet, simuladores, planos y diagramas de la instalación, hojas de datos de seguridad; en general,información de la seguridad del proceso, así como el propio plan de respuesta a emergencia s, planes decontingencia por explosiones, fugas y derrames de sustancias peligrosas e Hidrocarburos, d onde la organizaciónrealice sus actividades de coordinación, comunicación y toma de decisiones para l a respuesta y control de unaemergencia. 6. Mecanismo que facilite el resguardo de instalaciones después de una emergencia para que las posiblese videncias no sean alteradas, de tal manera que permita disponer de elementos para llevar a cabo lainve stigación y análisis del accidente y evaluar las condiciones de integridad de las instalaciones. 7. Mecanismo para formular programas de simulacros de respuesta a emergencias y evacuaciones para ej ecutarseperiódicamente con la participación de todo el personal involucrado o afectado potencialmente por laemergencia. Cada simulacro debe ser evaluado por personal competente para identificar y corre gir debilidades.Se deben mantener procedimientos y medios para establecer la coordinación con las au toridades competentesen la atención a emergencias. 8. Mecanismo para la adquisición y disponibilidad de equipos, materiales y sistemas para la atención dee mergencias certificados y su inclusión dentro de los programas de mantenimiento. 9. Mecanismo para considerar los requerimientos de estándares nacionales e internacionales para el diseñ o,construcción, selección, pruebas y operación de equipos de respuesta a emergencia y contingenciasa mbientales. XIV. MONITOREO, VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN: En relación a los mecanismos para el monit oreo, verificación yevaluación de la Implementación y desempeño del propio Sistema de Administraci ón: 1. Mecanismo para identificar las operaciones y actividades que deben ser monitoreadas y medidas encu mplimiento con su Sistema de Administración y establecer los criterios y/o métodos para medir el dese mpeño. 2. Mecanismo para establecer la frecuencia con la que se debe hacer el monitoreo y medición del desemp eño y laperiodicidad de su análisis y evaluación que incluya el cumplimiento de objetivos, metas y pro gramas, resultadosde evaluaciones, identificación de áreas de oportunidad, cumplimiento de programa s de atención arecomendaciones de auditorías y visitas de verificación e identificación de elementos qu e no estén operandoadecuadamente. 3. Establecer, implementar y mantener los mecanismos necesarios para administrar los hallazgos, los pro cesos deacciones preventivas y correctivas, así como la revisión de su eficacia. XV. AUDITORÍAS: En lo relativo a los procedimientos para la ejecución de auditorías internas y externa s, así como para elseguimiento de atención a hallazgos detectados: Respecto de Auditoría Interna: 1. Mecanismo para planear, operar y mantener un programa de auditoría interna al Sistema de Administra ción queespecifique el alcance, frecuencia, métodos, definición de criterios, responsabilidades, requeri mientos deplaneación, reporte y selección de auditores. 2. Mecanismo para planear, implementar y mantener un programa de auditoría interna, incluyendo a pers onal de losdiferentes niveles de la organización y profesionales de Seguridad Industrial, Seguridad Op erativa y protección almedio ambiente orientado a observar el comportamiento del personal en la ejecu ción de sus actividades, a lascondiciones físicas de las instalaciones y equipos, a los dispositivos y sist ema de seguridad, a la respuesta en laejecución de simulacros y a los equipos de respuesta a emergenci as y contingencias ambientales. 3. Mecanismo para comunicar los resultados de las auditorías a todos los niveles de la organización. Respecto de Auditoría Externa: 4. Mecanismo para planear, operar y mantener un programa de auditorías externas que incluya todos los e lementosdel Sistema de Administración, considerando el control operativo, integridad de activos, siste mas instrumentadosde seguridad, sistemas de seguridad y protección al medio ambiente, y respuesta a emergencias. Dichasauditorías deberán llevarse a cabo a través de auditores externos, conforme a las r eglas de carácter general quepara tal efecto emita la Agencia. XVI. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES: Relativo a los procedimientos de registr o, investigación yanálisis de incidentes y accidentes: 1. Establecer un mecanismo para la investigación y análisis de incidentes y accidentes. 2. Mecanismo para iniciar la investigación inmediatamente después de que haya ocurrido el accidente o i ncidenteteniendo en cuenta la necesidad de asegurar la escena del incidente/accidente y proteger a las personas y almedio ambiente. Establecer la comunicación proactiva y obligatoria de incidentes y accid entes a las autoridadescompetentes. 3. Mecanismo para establecer un equipo multidisciplinario de investigación con personal experto en el pr oceso uoperaciones involucradas, incluyendo contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y p roveedores,siempre que la actividad de éstos implique riesgos para la población o las instalaciones, o a l medio ambiente,cuando sea necesario, y con un facilitador que tenga experiencia en el manejo de la metodología deinvestigación que se va a aplicar. 4. Mecanismo para facilitar la aplicación de metodologías utilizadas a nivel nacional o internacional en el SectorHidrocarburos para realizar la investigación de incidentes o accidentes. 5. Mecanismo para preparar informes del incidente o accidente, el cual incluya el análisis de causa raíz de l evento ylas recomendaciones derivadas como resultado de la investigación. 6. Establecer un mecanismo para atender y resolver los hallazgos que incluya las recomendaciones y el pl an deacción para evitar recurrencia del incidente o accidente. 7. Establecer el mecanismo de comunicación a todo el personal afectado, incluyendo al personal de los co ntratistas,subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores, donde aplique. Establecer la apertura y envío deinformación a las autoridades competentes, una vez concluida la investigación y establecer el periodo deresguardo de la información, para los efectos legales que apliquen. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente apartado, se deberá observar lo dispuesto en las DisposicionesAdministrativas que para tal efecto emita la Agencia. XVII. REVISIÓN DE RESULTADOS: En relación con la revisión de los resultados de la verificación: 1. Mecanismo para llevar a cabo la revisión de resultados y tomar las acciones necesarias para alcanzar lo sobjetivos y metas del Sistema de Administración. 2. Establecer los mecanismos de evaluación de oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambi os omejoras en el Sistema de Administración incluyendo la política, objetivos y metas. 3. Incluir para la revisión de resultados, entre otros: 3.1 Indicadores de desempeño de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medioambient e. 3.2 Los resultados de las auditorías internas y externas y evaluaciones de cumplimiento con los requisitosl egales y otros. 3.3 Las comunicaciones con las partes interesadas externas, incluyendo quejas y sugerencias. 3.4 El desempeño del Sistema de Administración. 3.5 El grado de cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores. 3.6 El estado de las acciones correctivas y preventivas derivadas de incidentes, accidentes, auditorías,falla s, paros no programados, Análisis de Riesgos, administración de cambios, entre otros. 3.7 El seguimiento de las acciones resultantes de las revisiones previas llevadas a cabo por la dirección. 3.8 Los cambios en las circunstancias, incluyendo las actualizaciones del marco normativo aplicable. 3.9 Las recomendaciones para la mejora continua. XVIII. INFORMES DE DESEMPEÑO: Respecto al informe periódico del desempeño en materia de Segu ridad Industrial,Seguridad Operativa y protección al medio ambiente: 1. Mecanismo para elaborar y comunicar los resultados de la evaluación del desempeño del Sistema deA dministración a todos los niveles pertinentes de la organización en función de su involucramiento yres ponsabilidad. 2. Mecanismo para cumplir con los informes que las autoridades competentes requieran.

  35. ANEXO II DOCUMENTO PUENTE PARA EL ESTUDIO DE CORRESPONDENCIA DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN I. POLÍTICA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, SEGURIDAD OPERATIVA Y PROTECCI ÓN AL MEDIOAMBIENTE Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación 1. Mecanismo para contar con una política en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa yprotección al medio ambiente, la cual deba: 1.1 Ser autorizada por la alta dirección del Regulado. 1.2 Ser apropiada para los propósitos de la organización, para lanaturaleza de los riesg os y para la atención de las áreas deoportunidad derivadas de sus actividades. 1.3 Proporcionar un marco para establecer y alcanzar los objetivosdel Sistema de Adm inistración. 1.4 Incluir el compromiso para la identificación de peligros, lajerarquización y control de riesgos, la prevención y cuantificaciónde los impactos ambientales, el cumplimi ento normativo porparte del Regulado, de sus contratistas, subcontratistas,proveedo res y prestadores de servicios, siempre que suactividad implique riesgos para la po blación, a las instalacioneso impactos al medio ambiente; la mejora continua, e incl uir laparticipación del personal. 2. Un mecanismo para que la política: 2.1 Esté disponible como información documentada y sea comunicadaa todo el personal en la organización. 2.2 Esté disponible para las partes interesadas. 2.3 Sea revisada periódicamente para asegurar que sea apropiadapara el cumplimiento de los objetivo s de Seguridad Industrial,Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. II. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y ANÁLISIS DE RIESGOS: Tomo/Sección/Pág ina dondese puede ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? consultar lainform ación Establece un mecanismo para la identificación de riesgos, análisis, evaluación, monitoreo y mitigaci ón,considerando los siguientes puntos: 1. Identificación de peligros y Análisis de Riesgos en actividades rutinarias y no rutinarias: 1.1 El proceso de exploración, perforación, extracción, producción,ensamblaje, co nstrucción, transporte, distribución y/omantenimiento, incluyendo desmantela miento y abandono. 1.2 El diseño de las áreas de trabajo, procesos, instalaciones,maquinaria/equipo, o peraciones, personal, contratistas,subcontratistas, prestadores de servicios y pr oveedores,incluyendo la adaptación para personal con necesidadesespeciales c uando se requiera. 1.3 La infraestructura, equipo, materiales, sustancias y condicionesfísicas del luga r de trabajo. 1.4 Cambios actuales o propuestos para la organización. 1.5 Accidentes e incidentes ocurridos en operaciones similares. 1.6 Preparación y respuesta a emergencias. 1.7 Situaciones que no son controladas por la organización y queocurren fuera de su lugar de trabajo, pero que pueden causarlesiones o daños a la salud de las p ersonas que se encuentranen el lugar de trabajo y daños al medio ambiente. 1.8 Capacidades físicas y otros factores humanos. 2. Evaluación de riesgos: 2.1 Evaluar y jerarquizar los riesgos aplicando metodologíasaceptadas nacional o internacionalmente, considerandoincidentes pasados, accidentes, daños a la sa lud y al medioambiente. 2.2 Identificar las oportunidades para reducirlos considerando lajerarquía de contr ol. 2.3 Establecer las medidas de mitigación, prevención y controlnecesarias para la r educción de los riesgos identificados. 2.4 Considerar en los controles los requerimientos legales y otrosque la organizaci ón haya suscrito. 2.5 Incluir los resultados en los procedimientos de operación,mantenimiento, insp ección y en los planes de respuesta aemergencia. 3. Revisión de Análisis de Riesgos: 3.1 Evaluar cada 5 años o en las etapas de diseño conceptual,ingeniería básica, ingeniería de detalle, p revio al inicio de lasoperaciones o antes si hay cambios en las instalaciones,tecnología u operacion es y previo a un desmantelamiento. 3.2 Actualizar el Análisis de Riesgos cuando ocurran accidentes oen caso de modificaciones que impli quen cambios en losequipos, instalaciones o procesos originalmente aprobados enla Asignación, Contrato o Permiso otorgado o cualquier otramodificación que afecte el resultado del Análisis de Riesgo enlas diferentes Etapas de Desarrollo del Proyecto. 4. Equipo organizacional para el Análisis de Riesgos integrado porgrupos multidisciplinarios con co nocimientos en ingeniería,operaciones, diseño, proceso, seguridad, medio ambiente y otrasespecia lidades según proceda, capacitados y con experiencia en lametodología que se emplea. 5. Mecanismo para comunicar los resultados del Análisis de Riesgos, asícomo las medidas para prev enir, mitigar y controlar los riesgos alpersonal involucrado, incluyendo contratistas, subcontratista s,prestadores de servicios y proveedores, siempre que su actividadimplique riesgos para la poblaci ón o las instalaciones o impactos almedio ambiente. 6. Mecanismo para identificar los aspectos e impactos ambientales y ladefinición de criterios de eval uación para determinar su significancia,así como los mecanismos de prevención, control, atenuaci ón ymitigación de los mismos. III. REQUISITOS LEGALES: Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación 1. Establece un mecanismo para la identificación y acceso a los requisitoslegales y ot ros aplicables, relacionados con la Seguridad Industrial,Seguridad Operativa y prot ección al medio ambiente; así como para laactualización de dichos requisitos cuan do se presenten cambios en lalegislación. 2. Determina cómo se aplican estos requisitos en el Sistema deAdministración. 3. Establecer un mecanismo de comunicación de la información relevantesobre los re quisitos legales y otros a las personas que trabajan bajo elcontrol del Regulado, así como a los contratistas, subcontratistas,prestadores de servicios y proveedores, sie mpre que su actividadimplique riesgos para la población o las instalaciones o impa ctos almedio ambiente. 4. Establece un mecanismo para la evaluación periódica delcumplimiento con los req uisitos legales y otros aplicables, así como laidentificación de puntos de incumplim iento, establecimiento ycumplimiento de acciones para su corrección. IV. METAS, OBJETIVOS E INDICADORES: ¿El Sistema de Administración contiene lo siguien Tomo/Sección/Página dondese puede cons te? ultar lainformación 1. Mecanismo para el diseño y establecimiento de objet ivos, metas eindicadores. 2. Establece objetivos, metas e indicadores consistentes con su políticade Seguridad Industrial, Segu ridad Operativa y protección al medioambiente, tomando en cuenta los requerimientos legales apli cables yotros requerimientos suscritos por la organización, así como losresultados de la evaluació n de los impactos y riesgos. 3. Indicadores proactivos y reactivos en materia de Seguridad Industrial,Seguridad Operativa y prote cción al medio ambiente, para medir eldesempeño en la organización, relacionados con eventos pe rsonales,de proceso, de equipos y de medio ambiente. 4. Considera en la planeación de objetivos, metas e indicadores losrecursos, responsables, fechas de cumplimiento, monitoreo yevaluación y su integración dentro de los procesos del negocio. V. FUNCIONES, RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD: Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación 1. Establece las funciones, responsabilidades y el ámbito de autoridaddel área respon sable del Regulado ante la Agencia considerando,entre otras, las siguientes: 1.1 Fungir como representante técnico de los Regulados ante laAgencia. 1.2 Proponer la adopción de medidas para aplicar las mejoresprácticas internacionales. 1.3 Dar aviso a la Agencia de cualquier riesgo o riesgo crítico quepueda comprometer l a Seguridad Industrial, la SeguridadOperativa o el medio ambiente. 1.4 Coordinar los trabajos internos para subsanar las irregularidadeso incumplimientos de la normatividad externa e interna aplicable. 2. Mecanismo para establecer funciones, responsabilidades, autoridad yámbito de co mpetencia para la Implementación, evaluación y mejoradel Sistema de Administra ción, del cumplimiento de su política yobjetivos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección almedio ambiente y de sus resultados en cada uno de los p uestos detrabajo y niveles jerárquicos de su organización, incluyendocontratistas, s ubcontratistas, prestadores de servicios y proveedores. 3. Considera en los códigos de comportamiento y ética del Regulado elcumplimiento de los aspectos de Seguridad Industrial, SeguridadOperativa y protección al medio ambiente. 4. Mecanismo para establecer funciones, responsabilidades, autoridad yámbito de co mpetencia para la Implementación, evaluación y mejoradel Sistema de Administra ción, del cumplimiento de su política yobjetivos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección almedio ambiente y de sus resultados en cada uno de los p uestos detrabajo y niveles jerárquicos de su organización, incluyendocontratistas, s ubcontratistas, proveedores y prestadores de servicios,siempre que su actividad im plique riesgos para la población o lasinstalaciones, o impactos al medio ambiente. 5. Habilitar un mecanismo para establecer la autoridad del personalpropio, así como del personal de los contratistas, subcontratistas,prestadores de servicios y proveedo res, siempre que su actividadimplique riesgos para la población o las instalaciones, o impactos almedio ambiente, que sean testigos de riesgos inminentes, actos ocond iciones inseguras para reportarlas y detener los trabajos uoperaciones, si fuese nece sario. VI. COMPETENCIA, CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO: Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación 1. Mecanismo para identificar las necesidades de capacitación,entrenamiento y reentr enamiento del personal, incluyendo contratistas,subcontratistas, prestadores de serv icio y proveedores, considerandolos impactos y riesgos de sus actividades, así com o los resultados delproceso de identificación y evaluación de impactos ambientales yriesgos, tomando en cuenta los requerimientos legales aplicables. 2. Asegura la competencia del personal con base al puesto y susnecesidades de conoc imiento, capacitación, certificación y experiencianecesarias. 3. Establecer un mecanismo para capacitar al personal, incluyendo acontratistas, subc ontratistas, prestadores de servicios y proveedores,siempre que su actividad impliq ue riesgos para la población o lasinstalaciones, o impactos al medio ambiente, en la identificación deactos y condiciones inseguras, su proceso de reporte y paro de tra bajosu operaciones, cuando se considere necesario. 4. Incluye en los programas para mantener la competencia del personal,al menos: 4.1 La capacitación inicial para los trabajadores de nuevo ingreso. 4.2 La capacitación para operar o mantener equipos nuevos. 4.3 La capacitación de actualización para el personal al menos cada3 años, de acuerdo a la actualización o cambios en reglas,instrucciones de trabajo, tecnología, procedi mientos ynormatividad. VII. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONSULTA: Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación 1. Establecer los mecanismos de comunicación, difusión y consulta,considerando los diferentes niveles y funciones de la organización conpersonal interno, así como co n el personal de los contratistas,subcontratistas, prestadores de servicios, proveedor es, siempre que suactividad implique riesgos para la población o las instalaciones, oimpactos al medio ambiente, u otros interesados. 2. Disponer de mecanismos para la participación y consulta del personalen el Sistema de Administración en todos sus niveles y funciones,incluyendo al personal de los c ontratistas, subcontratistas, prestadoresde servicios y proveedores, siempre que su actividad implique riesgospara la población o las instalaciones, o impactos al medi o ambiente. 3. Mecanismos para la atención, respuesta y seguimiento de inquietudes,necesidades de información, quejas y sugerencias relacionadas con elSistema de Administració n. VIII. CONTROL DE DOCUMENTOS Y REGISTROS: ¿El Sistema de Administración contiene lo Tomo/Sección/Página dondese puede consultar la siguiente? información 1. Mecanismo para la gestión de los documentos del Sistema deAdministración con el propósito de mantenerlos actualizados,controlarlos y protegerlos, considerando su distribución, acceso, control de cambios, prevención del uso no intencionado de documentosobsoletos y que los trabajadores te ngan acceso a los documentospertinentes de su entorno de trabajo, cuidando que se respete laconfi dencialidad de la información. 2. Mecanismo para el control de los registros del Sistema deAdministración con el propósito de prot egerlos, mantenerlosdisponibles y recuperarlos, asegurando su trazabilidad, uso yretención. IX. MEJORES PRÁCTICAS Y ESTÁNDARES: Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación 1. Mecanismo para documentar que el equipo se diseña, fabrica, opera,mantiene e ins pecciona, con base en prácticas de ingenieríareconocidas y generalmente aceptadas a nivel nacional einternacional. 2. Mecanismo para documentar y administrar la información relativa a lospeligros de las sustancias peligrosas y las mejores prácticas para sumanejo. 3. Mecanismo para documentar y administrar la información de latecnología relativa al proceso o a la actividad, como diagramas de flujode proceso, diagramas de tuber ía e instrumentación, química delproceso, inventario máximo previsto y límites seg uros de operación delas variables del proceso. 4. Mecanismo para documentar y administrar la información relacionadacon el equip o, materiales de construcción, diagramas de tubería einstrumentación, diagramas d e flujo de proceso, planos de clasificacióneléctrica, bases del diseño de equipo de r elevo de presión, bases dediseño de sistemas de desfogue y quemadores, código y e stándares dediseño, balances de materia y energía, sistemas de seguridad, entreotro s. 5. Mecanismo para identificar e incorporar las mejores prácticas yestándares nacional es e internacionales que considere necesariospara mejorar el desempeño de la orga nización en materia deSeguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al m edioambiente. X. CONTROL DE ACTIVIDADES Y PROCESOS: ¿El Sistema de Administración contiene lo Tomo/Sección/Página dondese puede consultar la siguiente? información 1. Mecanismo para identificar los requerimientos de procedimientos deseguridad, protección al medi o ambiente, respuesta a emergencias,operación, mantenimiento, inspecciones y pruebas, acceso al lugar detrabajo y prácticas seguras de trabajo, congruentes con susactividades, resultados del proc eso de evaluación de impactos yriesgos, tomando en consideración los requisitos legales aplicable s. 2. Mecanismo para establecer los pasos y controles de SeguridadIndustrial, Seguridad Operativa y pr otección al medio ambiente paracada fase operativa y de desmantelamiento y abandono en lassitua ciones de arranque inicial, operaciones normales, operacionestemporales, operaciones y paros de e mergencia, paro normal,arranque después de un cambio o un paro de emergencia, activaciónde sis temas de seguridad; estableciendo los límites de operación, lasconsecuencias de desviaciones y ac ciones necesarias para corregirlaso evitarlas. 3. Mecanismo para establecer documentación escrita para la ejecuciónde actividades de alto riesgo, t ales como bloqueo de fuentes deenergía, apertura de líneas y equipos, trabajos en altura, espaciosc onfinados, manejo de materiales y residuos peligrosos, trabajos deexcavaciones, trabajos submari nos, manejo de cargas e izaje depersonal, trabajos de corte y soldadura, equipo de protección espe cialo cualquier otra actividad de riesgo. 4. Establecer un mecanismo para analizar los riesgos de SeguridadIndustrial, Seguridad Operativa y protección del medio ambiente de lostrabajos de construcción, montaje, operación, mantenimiento ,reparaciones, entre otros, que incluya la participación del personalpropio, así como de los contrati stas, subcontratistas, prestadores deservicios y proveedores, siempre que su actividad implique rie sgospara la población o las instalaciones, o impactos al medio ambiente, asícomo de los responsab les de supervisar y autorizar los trabajos. 5. Mecanismo para planear y autorizar la ejecución de trabajos de altoriesgo que establezca el análisi s y verificación de condiciones deSeguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente en trabajos de construcción, montaje, operación,mantenimiento y desmantelamiento de i nstalaciones para actividadesrutinarias y no rutinarias. 6. Establecer un mecanismo para analizar los Riesgos de SeguridadIndustrial, Seguridad Operativa y protección del medio ambiente de lostrabajos de construcción, montaje, mantenimiento, reparacio nes, entreotros, que incluya la participación del personal propio, así como delpersonal de los contr atistas, subcontratistas, prestadores de servicios yproveedores, cuando la actividad de éstos impliq ue riesgos para lapoblación o las instalaciones, o impactos al medio ambiente y laparticipación de los responsables de supervisar y autorizar los trabajos. 7. Establecer un mecanismo para administrar y comunicar cambiostemporales o definitivos, exceptu ando los reemplazos equivalentes, enlas sustancias peligrosas, tecnología, instalaciones, equipo,pr ocedimientos, organizacionales y del personal, incluyendo elpersonal de sus contratistas, subcontr atistas, prestadores de servicios yproveedores, cuando la actividad de éstos implique riesgos para l apoblación o las instalaciones, o impactos al medio ambiente, queconsidere el fundamento técnico del cambio, los impactos enSeguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medioambi ente, modificaciones a procedimientos, periodo de tiemponecesario para el cambio y requisitos pa ra su autorización,considerando actualizaciones necesarias en la documentación de lainformación del proceso y la capacitación del personal. 8. Mecanismo para la verificación de Seguridad Industrial, SeguridadOperativa y protección al medi o ambiente, previo al arranque deinstalaciones nuevas, instalaciones con reparaciones o modificac ionesmayores, verificando el cumplimiento de las especificaciones dediseño, la actualización y co municación de los procedimientos deseguridad, operación, mantenimiento y emergencia, la capaci taciónnecesaria del personal, el cierre de recomendaciones de Análisis deRiesgos de proceso, así c omo el cierre de la administración delcambios. 9. Establecer, en función de los riesgos de las actividades deconstrucción, operación, mantenimiento o inspección, la periodicidadcon la que se requiere revisar los procedimientos para garantizar sua ctualización y correspondencia con la ejecución de las actividades,tecnología, equipos, instrument ación, herramientas, riesgos y controles. 10. Mecanismo para que todo el personal, incluyendo contratistas,subcontratistas, prestadores de servi cios y proveedores, cuando suactividad implique riesgos para la población o las instalaciones, oim pactos al medio ambiente, puedan reportar actos y condicionesinseguras y detener trabajos u opera ciones cuando sean testigos deriesgos inminentes. 11. Mecanismo de registro, atención y cierre de recomendaciones portrabajos u operaciones que se de tengan, debido a riesgos inminentes,actos y condiciones inseguras. XI. INTEGRIDAD MECÁNICA Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD: Tomo/Sección/Pági na dondese puede c ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? onsultar lainforma ción Respecto de la Integridad Mecánica: 1. Mecanismo que permita contar con documentos escritos paramantener y aseg urar la integridad mecánica de los activos y elaseguramiento de la calidad de equipos de proceso, instalados onuevos, sus refacciones y partes de repuesto, tales como: 3.1 Recipientes a presión, tanques de almacenamiento, reactores,destiladores u ot ros. 3.2 Sistemas de tubería incluyendo sus componentes, tales comoválvulas y acces orios. 3.3 Sistemas de alivio de presión. 3.4 Sistemas de paros de emergencias. 3.5 Instrumentación y control, incluyendo sensores de monitoreo,alarmas y sistemas de bloqueo. 3.6 Equipo dinámico tales como bombas, turbinas, compresores ysopladores. 2. Mecanismo para contar con procedimientos para ejecutar o administrarla capacitación necesaria p ara quienes desarrollan las actividades demantenimiento relacionado con la integridad mecánica. 3. Mecanismo para ejecutar inspecciones y pruebas apegadas arecomendaciones de fabricantes y co nsistentes con las mejoresprácticas de ingeniería aplicables y contar con los criterios deaceptación o rechazo y las directrices para atender casos fuera deespecificación. Respecto del Aseguramiento de la Calidad: 1. Mecanismos para asegurar que los equipos y refacciones fuerondiseñados, construidos, transporta dos, almacenados e instalados, deacuerdo al servicio para el cual serán usados. 2. Mecanismo para efectuar las inspecciones y pruebas para que elequipo sea instalado correctament e y cumpla con las especificacionesde diseño y construcción. XII. SEGURIDAD DE CONTRATISTAS: Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación 1. Disponer de un mecanismo que permita que los Sistemas deAdministración de los contratistas, subcontratistas, prestadores deservicios y proveedores sean compatible s con lo establecido en elSistema del Regulado y se apeguen a los requerimientos y documentos de éste para su desempeño en materia de SeguridadIndustrial, Segurid ad Operativa y protección al medio ambiente. 2. Mecanismo por el cual el Regulado asume la responsabilidad por lasactividades y l a administración de riesgos que se derivan de loscontratistas, subcontratistas, prest adores de servicio y proveedores queparticipan en cualquiera de las Etapas de Desa rrollo del Proyecto. 3. Disponer de un proceso de selección de contratistas, subcontratistas,prestadores de servicios y proveedores en función de su desempeñoen Seguridad Industrial, Segu ridad Operativa y protección al medioambiente. 4. Mecanismo para evaluar periódicamente y mejorar, a través deiniciativas, estrategi as, entrenamiento, supervisión, programas yactividades, el desempeño en Segurida d Operativa, SeguridadIndustrial y protección al medio ambiente de los contratistas ysubcontratistas, prestadores de servicio y proveedores, según suimpacto en el Sist ema de Administración. XIII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS: ¿El Sistema de Administración contiene lo Tomo/Sección/Página dondese puede consultar la siguiente? información 1. Mecanismo para identificar situaciones potenciales de emergenciacomo resultado de su proceso d e evaluación de impactos ambientalesy riesgos, tales como fugas, derrames, incendio y/o explosió n, de lassustancias peligrosas y actividades de alto riesgo. 2. Mecanismo para cuantificar escenarios de riesgo aplicandometodologías probadas de simulación para estimar las consecuenciase identificar zonas de riesgo para las instalaciones, el personal, lapo blación y medio ambiente. 3. Mecanismos de respuesta para cada situación potencial deemergencia identificada, disponiendo d e los recursos necesarios paracontrolar o hacer frente al evento, tales como: recursos financieros y humanos preparados, capacitados y, en su caso, certificados, serviciosmédicos, equipamiento, sist ema contra incendio, sistemas decontención, rutas de evacuación, equipo de protección personal y medios de comunicación, entre otros. 4. Mecanismo para disponer en las instalaciones de una organizacióncon responsabilidad y autoridad definida para responder y controlaruna emergencia integrada por quienes tienen la responsabilida d deoperar y mantener las instalaciones y acorde a su autoridad yresponsabilidad operativa, la cual debe estar capacitada y entrenadapara actuar de manera segura y controlada ante un evento deeme rgencia. 5. Mecanismo para establecer un centro de operación a emergencias elcual debe estar en una zona se gura y dotada de los medios y recursosnecesarios, tales como medios de comunicación, equipos d e cómputo,servicios de internet, simuladores, planos y diagramas de la instalación,hojas de datos de seguridad; en general, información de la seguridaddel proceso, así como el propio plan de resp uesta a emergencias,planes de contingencia por explosiones, fugas y derrames desustancias peligr osas e Hidrocarburos, donde la organización realicesus actividades de coordinación, comunicació n y toma de decisionespara la respuesta y control de una emergencia. 6. Mecanismo que facilite el resguardo de instalaciones después de unaemergencia para que las posi bles evidencias no sean alteradas, de talmanera que permita disponer de elementos para llevar a ca bo lainvestigación y análisis del accidente y evaluar las condiciones deintegridad de las instalacio nes. 7. Mecanismo para formular programas de simulacros de respuesta aemergencias y evacuaciones par a ejecutarse periódicamente con laparticipación de todo el personal involucrado o afectadopotenci almente por la emergencia. Cada simulacro debe ser evaluadopor personal competente para identif icar y corregir debilidades. Sedeben mantener procedimiento y medios para establecer lacoordinac ión con las autoridades competentes en la atención aemergencias. 8. Mecanismo para la adquisición y disponibilidad de equipos, materialesy sistemas para la atención de emergencias certificados y su inclusióndentro de los programas de mantenimiento. 9. Mecanismo para considerar los requerimientos de estándaresnacionales e internacionales para el d iseño, construcción, selección,pruebas y operación de equipos de respuesta a emergencia yconting encias ambientales. XIV. MONITOREO, VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN: Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación 1. Mecanismo para identificar las operaciones y actividades que debenser monitoread as y medidas en cumplimiento con su Sistema deAdministración y establecer los cr iterios y/o métodos para medir eldesempeño. 2. Mecanismo para establecer la frecuencia con la que se debe hacer elmonitoreo y m edición del desempeño y la periodicidad de su análisis yevaluación que incluya el c umplimiento de objetivos, metas yprogramas, resultados de evaluaciones, identific ación de áreas deoportunidad, cumplimiento de programas de atención arecomenda ciones de auditorías y visitas de verificación e identificaciónde elementos que no e stén operando adecuadamente. 3. Establecer, implementar y mantener los mecanismos necesarios paraadministrar lo s hallazgos, los procesos de acciones preventivas ycorrectivas, así como la revisión de su eficacia. XV. AUDITORÍAS: Tomo/Sección /Página donde ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? se puede cons ultar lainform ación Respecto de Auditoría Interna: 1. Mecanismo para planear, operar y mantener un programa de auditoríainterna al Sis tema de Administración que especifique: alcance,frecuencia, métodos, definición d e criterios, responsabilidades,requerimientos de planeación, reporte y selección de auditores. 2. Mecanismo para planear, implementar y mantener un programa deauditoría interna , incluyendo a personal de los diferentes niveles de laorganización y profesionales de Seguridad Industrial, SeguridadOperativa y protección al medio ambiente orient ado a observar elcomportamiento de los trabajadores en la ejecución de sus activid ades,a las condiciones físicas de las instalaciones y equipos, a losdispositivos y sist ema de seguridad, a la respuesta en la ejecución desimulacros y a los equipos de re spuesta a emergencias y contingenciasambientales. 3. Mecanismo para comunicar los resultados de las auditorías a todos losniveles de la organización. Respecto de Auditoría Externa: 4. Mecanismo para planear, operar y mantener un programa de auditoríasexternas qu e incluya todos los elementos del Sistema deAdministración, considerando el contr ol operativo, integridad deactivos, sistemas instrumentados de seguridad, sistemas de seguridady protección al medio ambiente, y respuesta a emergencias. Dichasaud itorías deberán llevarse a cabo a través de auditores externos,conforme a las reglas de carácter general que para tal efecto emita laAgencia. XVI. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES: ¿El Sistema de Administración contiene lo Tomo/Sección/Página dondese puede consultar la siguiente? información 1. Establecer un mecanismo para la investigación y análisis de incidentesy accidentes. 2. Mecanismo para iniciar la investigación inmediatamente después deque haya ocurrido el accident e o incidente teniendo en cuenta lanecesidad de asegurar la escena del incidente/accidente y prote ger alas personas y medio ambiente. Establecer la comunicación proactiva yobligatoria de incident es y accidentes a las autoridades competentes. 3. Mecanismo para establecer un equipo multidisciplinario deinvestigación con personal experto en el proceso u operacionesinvolucradas, incluyendo contratistas, subcontratistas, prestadores deservi cios y proveedores, siempre que la actividad de éstos impliqueriesgos para la población o las insta laciones, o al medio ambiente,cuando sea necesario, y con un facilitador que tenga experiencia en elmanejo de la metodología de investigación que se va a aplicar. 4. Mecanismo para facilitar la aplicación de metodologías utilizadas anivel nacional o internacional en el Sector Hidrocarburos para realizarla investigación de incidentes o accidentes. 5. Mecanismo para preparar informes del incidente o accidente, el cualincluya el análisis de causa ra íz del evento y las recomendacionesderivadas como resultado de la investigación. 6. Mecanismo para atender y resolver los hallazgos que incluya lasrecomendaciones y el plan de acc ión para evitar recurrencia delincidente o accidente. 7. Establecer el mecanismo de comunicación a todo el personal afectado,incluyendo al personal de l os contratistas, subcontratistas, prestadoresde servicios y proveedores, donde aplique. Establecer l a apertura yenvío de información a las autoridades competentes, una vez concluidala investigación y establecer el periodo de resguardo de la información,para los efectos legales que apliquen. XVII. REVISIÓN DE RESULTADOS: Tomo/Sección/Página do ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? ndese puede consultar lai nformación 1. Mecanismo para llevar a cabo la revisión de resultados y tomar lasacci ones necesarias para alcanzar los objetivos y metas del Sistema deAdm inistración. 2. Mecanismos de evaluación de oportunidades de mejora y la necesidadd e efectuar cambios o mejoras en el Sistema de Administraciónincluyen do la política, objetivos y metas. 3. Incluir para la revisión de resultados, entre otros: 3.1 Indicadores de desempeño de Seguridad Industrial, SeguridadOperativ a y protección al medio ambiente. 3.2. Los resultados de las auditorías internas y externas yevaluaciones de cumplimiento con los requis itos legales y otros. 3.3 Las comunicaciones con las partes interesadas externas,incluyendo quejas y sugerencias. 3.4 El desempeño del Sistema de Administración. 3.5 El grado de cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores. 3.6 El estado de las acciones correctivas y preventivas derivadas deincidentes, accidentes, auditorías, fallas, paros no programados,Análisis de Riesgos, administración de cambios, entre otros. 3.7 El seguimiento de las acciones resultantes de las revisionesprevias llevadas a cabo por la direcció n. 3.8 Los cambios en las circunstancias, incluyendo las actualizacionesdel marco normativo aplicable. 3.9 Las recomendaciones para la mejora continua. XVIII. INFORMES DE DESEMPEÑO: Tomo/Sección/Págin ¿El Sistema de Administración contiene lo siguiente? a dondese puede cons ultar lainformación 1. Mecanismo para elaborar y comunicar los resultados de la evaluacióndel d esempeño del Sistema de Administración a todos los nivelespertinentes de l a organización en función de su involucramiento yresponsabilidad. 2. Mecanismo para cumplir con los informes que las autoridadescompetentes requieran.

  36. ANEXO III REQUISITOS A EJECUTAR DURANTE EL CICLO DE VIDA DEL PROYECTO Los Regulados deberán ejecutar las siguientes acciones en las diferentes Etapas de Desarrollo de lo s Proyectos: XIX. POLÍTICA: 1. Implementar la política del Sistema del Regulado en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operat iva yprotección al medio ambiente. 2. Asegurarse que los contratistas, subcontratistas y proveedores cumplan con su política de Seguridad In dustrial,Operativa y protección al medio ambiente, siempre que la ejecución de sus actividades impliq ue riesgos para lapoblación o las instalaciones o impactos al medio ambiente. 3. Asegurar que la política del Regulado se encuentre disponible a las partes interesadas. XX. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y ANÁLISIS DE RIESGOS: 1. El Regulado debe identificar los peligros, así como analizar, evaluar, jerarquizar, monitorear y mitigar los riesgosrelacionados con las actividades propias de su Proyecto en las diferentes Etapas de Desarrollo del mismo. El Regulado debe desarrollar un Análisis de Riesgos en etapas de diseño conceptual, ingeniería básica eingeniería de detalle cuando agregue nuevas instalaciones, realice cambios en la tecnología del proces o o bienprevio a un desmantelamiento, considerando por lo menos: a) Actividades rutinarias, no rutinarias y situaciones potenciales de emergencias, incluyendodesmantelam iento y abandono. c) Situaciones que no están controladas por la organización, tales como fenómenos naturales, los actos o actividades de otras personas físicas o morales externas a la organización del Regulado, entre otros. d) Los productos, procesos, instalaciones, equipos, materiales, personas y áreas geográficas afectadas. e) Incidentes pasados, accidentes, daños a la salud y al ambiente, daños a la infraestructura, equipo ycond iciones físicas del lugar de trabajo. 2. Las metodologías empleadas y aceptadas nacional e internacionalmente para la realización del Análisis deRiesgo que corresponda a la Etapa de Desarrollo del Proyecto de que se trate. 3. El Regulado debe incluir los resultados de la identificación de riesgos en los procedimientos de operaci ón,mantenimiento, inspección y en los planes de respuesta a emergencia del Proyecto. 4. El Regulado debe establecer y documentar la atención y seguimiento a las acciones y recomendaciones derivadas de los Análisis de Riesgos que incluyan las medidas de mitigación, prevención y control par a lareducción de los riesgos identificados. 5. El Regulado debe documentar los indicadores, programas y planes que sean resultado de la atención a l asacciones y recomendaciones derivadas de los Análisis de Riesgo. 6. El Regulado debe identificar las oportunidades para reducir los riesgos identificados, con base en la jer arquíade control y establecer las medidas de mitigación, prevención y control necesarias para reducirlo s,considerando los requisitos legales y otros que el Regulado haya suscrito. 7. En caso de modificaciones que impliquen cambios en los equipos, instalaciones o procesos originalme nteaprobados en la Asignación, Contrato o Permiso otorgado o cualquier otra modificación que afecte el resultadodel Análisis de Riesgo en las diferentes Etapas de Desarrollo del Proyecto, el Regulado deb erá realizar laactualización del Análisis de Riesgo. 8. En operaciones continuas, el Regulado debe actualizar la identificación de peligros y los Análisis de Ri esgos almenos cada 5 años y en caso de accidentes. ASPECTOS AMBIENTALES 9. El Regulado deberá implementar y documentar la identificación, evaluación y jerarquización de los As pectosAmbientales propios del Proyecto para determinar aquellos aspectos que tienen o pueden tener i mpactossignificativos sobre el medio ambiente y debe incorporar, al menos, los siguientes elementos: a) Las metodologías empleadas para cada Etapa de Desarrollo del Proyecto de que se trate. b) Los criterios ambientales y considerar los requisitos legales aplicables al Proyecto. c) Las actividades rutinarias, no rutinarias y las situaciones potenciales de emergencias ambientales. d) Las situaciones que no están controladas por la organización, tales como fenómenos naturales, los acto s oactividades de otras personas físicas o morales externas a la organización del Regulado, entre otros. e) Las actividades, productos y servicios asociados a cada Proyecto. f) Los Aspectos Ambientales asociados a las actividades pasadas, presentes y futuras. g) La periodicidad para la actualización de la identificación de los Aspectos Ambientales y la determinaci ón desu significancia. 10. Determinar e implementar los mecanismos de prevención, control y mitigación de los impactos ambie ntales quepueden tener los aspectos ambientales sobre el medio ambiente. 11. En caso de modificaciones a las condiciones del proceso autorizadas o cualquier actividad que afecte e lresultado de la identificación y jerarquización de los aspectos ambientales, en cualquiera de las Etapas deDesarrollo del Proyecto, se deberá actualizar la evaluación de los Aspectos Ambientales. XXI. REQUISITOS LEGALES: 1. El Regulado debe implementar el mecanismo para la identificación, acceso y actualización de los requi sitoslegales vigentes y otros requisitos aplicables, considerando de forma enunciativa mas no limitativ a: a) Los requisitos legales vigentes, nacionales e internacionales, en materia de Seguridad Industrial, Segur idadOperativa y protección al medio ambiente asociados a los riesgos, aspectos e impactos ambientale saplicables a las actividades reguladas. b) Los permisos, autorizaciones, licencias y otros trámites que correspondan a las actividades reguladas. c) Otros requisitos a los que el Regulado se encuentre suscrito, corporativos, de asociaciones, clientes, ent reotros. 2. El Regulado debe cumplir con los requisitos legales y otros aplicables, durante todas las operaciones d elProyecto, en cualquiera de sus Etapas de Desarrollo. 3. El Regulado deberá implementar el mecanismo de evaluación periódica para asegurar el cumplimiento con losrequisitos legales y otros aplicables incluyendo: a) La metodología empleada para la evaluación. b) Los criterios de periodicidad de evaluación. c) El programa de las acciones necesarias para la atención de los hallazgos identificados. XXII. METAS, OBJETIVOS E INDICADORES: 1. El Regulado debe establecer objetivos, metas e indicadores consistentes con su política de Seguridad I ndustrial,Seguridad Operativa y protección al medio ambiente, tomando en cuenta los requerimientos l egales aplicablesy otros requerimientos suscritos por la organización, así como los resultados de la eva luación de los AspectosAmbientales y riesgos. 2. Los objetivos deben ser medibles, alcanzables, delimitados en el tiempo y deben ser establecidos de ac uerdo alos diferentes niveles de la organización. 3. El Regulado debe considerar, para el cumplimiento de sus objetivos y metas, los recursos, responsables , fechasde cumplimiento, monitoreo y evaluación y su integración dentro de los procesos del Proyecto. 4. Establecer indicadores para evaluar su desempeño en las materias de Seguridad Industrial, SeguridadO perativa y protección al medio ambiente, considerando entre otros: a) Los indicadores correspondientes a cada objetivo establecido; b) Las unidades de medida de los indicadores; c) Los criterios de periodicidad para la actualización de los indicadores. XXIII. FUNCIONES, RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD: 1. El Regulado debe establecer las funciones, responsabilidades y el ámbito de autoridad y ámbito decom petencia para la implementación, evaluación, mejora y operación del Sistema de Administración, delcu mplimiento de su política y objetivos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al me dioambiente y de sus resultados en cada uno de los puestos de trabajo y niveles jerárquicos de su organ ización,incluyendo contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicios, siempre que s u actividadimplique riesgos para la población o las instalaciones o impactos al medio ambiente. 2. Asignar los recursos necesarios para la implementación de los Sistemas de Administración, incluyendo , entreotros, los financieros, humanos, tecnológicos, de infraestructura y de equipos. 3. Designar al responsable del Sistema de Administración, considerando la imparcialidad y objetividad q ue serequieren para su operación. 4. Promover que el personal del Regulado, así como el personal de los contratistas, subcontratistas, prove edores yprestadores de servicio, siempre que su actividad implique riesgos para la población o las insta laciones oimpactos al medio ambiente, cumpla con los aspectos de Seguridad Industrial, Seguridad Op erativa y protecciónal medio ambiente considerados en los códigos de comportamiento y ética del Reg ulado. 5. Empoderar al personal propio, así como al de los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios yproveedores, siempre que su actividad implique riesgos para la población o las instalaciones o impact os almedio ambiente, para que cuando sean testigos de riesgos inminentes, actos o condiciones insegur as, losreporten y detengan los trabajos u operaciones, si fuese necesario. XXIV. COMPETENCIA, CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO: 1. El Regulado debe asegurar la competencia del personal propio, así como la del personal de los contrati stas,subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores, siempre que la ejecución de sus actividade s impliqueriesgos para la población o las instalaciones o impactos al medio ambiente, en cualquiera de las Etapas deDesarrollo del Proyecto, con base en el puesto y sus necesidades de conocimiento, capaci tación, certificación yexperiencia necesarias. 2. Establecer los criterios de competencia identificados para los responsables de las tareas relacionadas co n laSeguridad Industrial, Operativa y la protección al medio ambiente, incluyendo contratistas, subcon tratista,prestadores de servicio y proveedores: a) Responsable(s) del Sistema de Administración. b) Responsable (s) de la evaluación de los riesgos. c) Responsable(s) de la administración de la seguridad de los procesos. d) Responsable(s) de la evaluación de los Aspectos Ambientales, e) Responsable(s) de la asignación de los recursos. f) Responsables(s) del logro de los objetivos. g) Responsable(s) para el cumplimiento y evaluación de las obligaciones legales. h) Responsables(s) para la atención de emergencias. i) Responsable(s) de la realización de las auditorías internas y externas. j) Responsable(s) de la investigación de incidentes y accidentes. k) Responsables(s) de las tareas críticas de operación, mantenimiento, inspección y Seguridad Industrial ySeguridad Operativa. 3. Contar con documento(s) que establezcan las necesidades de capacitación, entrenamiento y reentrenam ientopropias del puesto, que considere entre otros: a) Los impactos y riesgos de sus actividades, así como los resultados del proceso de evaluación de aspect osambientales y riesgos. b) Los requerimientos legales, c) Las tareas asignadas, d) Las funciones y responsabilidades, e) Los resultados de las investigaciones de incidentes y accidentes, f) Las capacidades individuales y el manejo del idioma (lectura y escritura) 4. Desarrollar y ejecutar programas de inducción, capacitación, entrenamiento y reentrenamiento para per sonalpropio, contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio. Los programas deberá n incluir, almenos: a) Capacitación inicial para el personal de nuevo ingreso. b) Capacitación para operar o mantener equipos nuevos. c) Capacitación de actualización para el personal al menos cada 3 años de acuerdo a la actualización oca mbios en reglas, instrucciones de trabajo, tecnología, procedimientos y normatividad. 5. Evaluar de la manera periódica la eficacia de la capacitación, el entrenamiento y reentrenamiento. 6. Desarrollar e implementar documento(s) para determinar la competencia del personal de nuevo ingreso ,reingreso, movilidad y el mantenimiento del personal ya ingresado, contratistas y subcontratistas. XXV. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONSULTA: 1. El Regulado debe comunicar y difundir en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y prot ección almedio ambiente, considerando los diferentes niveles y funciones de la organización y a contra tistas,subcontratistas, prestadores de servicios o proveedores los resultados de la operación de su Siste ma deAdministración. 2. Comunicar al interior de la organización: a) La política de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente; b) Las funciones, responsabilidades, autoridad y rendición de cuentas a todo el personal de la organizació n,de contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio. c) Los riesgos propios del Proyecto; d) Los Aspectos Ambientales significativos; e) Los requisitos legales vigentes y otros requisitos aplicables al Proyecto; f) El cumplimiento de objetivos y metas; g) Los resultados de las auditorías internas y externas; h) Los resultados de la evaluación del desempeño sobre la Seguridad Industrial, Seguridad Operativa ypr otección al medio ambiente. i) La revisión de resultados y las acciones que se deriven de ésta. 3. El Regulado debe fomentar la participación y consulta de los trabajadores en el Sistema de Administra ción entodos sus niveles y funciones, incluyendo contratistas, subcontratistas, proveedores y prestador es de servicio. 4. Promover la participación y consulta del personal, contratistas, subcontratistas, prestadores de servicio s yproveedores: a) En el reporte efectivo de los actos y condiciones inseguras de trabajo. b) En la identificación y evaluación de riesgos y Aspectos Ambientales. c) En la investigación de incidentes y accidentes. d) En la Comisión de seguridad e higiene. e) En la selección y uso de equipo de protección personal (EPP). f) En otras actividades y decisiones. 5. El Regulado debe dar atención, respuesta y seguimiento a inquietudes, necesidades de información, qu ejas ysugerencias, tanto internas como externas, relacionadas con el Sistema de Administración a su ca rgo. XXVI. CONTROL DE DOCUMENTOS Y REGISTROS: 1. El Regulado debe gestionar los documentos del Sistema de Administración con el propósito de control arlos yprotegerlos adecuadamente, desde la emisión hasta la distribución, incluyendo el acceso, control de cambios yprevención del uso no intencionado. Asimismo, debe considerar los registros como docu mentos. 2. El Regulado deberá mantener en México los registros completos y otros documentos relacionados a la operación de su Sistema de Administración. 3. El Regulado deberá elaborar y actualizar un listado de procedimientos para actividades de alto riesgo y ellistado de procedimientos a ser desarrollados para la ejecución de las actividades propias del Proyect o. XXVII. MEJORES PRÁCTICAS Y ESTÁNDARES: 1. El Regulado debe diseñar, construir, operar, mantener e inspeccionar sus instalaciones, procesos, siste mas deseguridad y todo aquello relativo a su Proyecto, utilizando normas, códigos, estándares u otras r egulacionesreconocidas y generalmente aceptadas a nivel internacional. Lo anterior, puede incluir regu lación o buenasprácticas de ingeniería escritas y aplicadas, provenientes de otros países, institutos, aso ciaciones o empresas. 2. El Regulado debe asegurarse que el equipo y sus instrumentos, así como las refacciones y partes de rep uestoque utilizará durante la ejecución de su Proyecto son diseñados, fabricados, mantenidos, probado s einspeccionados, cuando se requiera, con base en normas, códigos, estándares u otras regulacionesre conocidas y aceptadas a nivel internacional. Lo anterior, puede incluir regulación o buenas prácticas es critasy aplicadas provenientes de otros países, institutos, asociaciones o empresas. 3. El Regulado debe integrar, conservar y mantener actualizado un paquete de información de la tecnolog ía y laseguridad relativa al Proyecto que desarrolla. Éste debe contener, sin ser limitativo: a) La información de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al medio ambiente de los materiales peligrosos manejados en el Proyecto en todas sus Etapas de Desarrollo (materia prima,prod uctos, subproductos, residuos, materiales auxiliares en la operación, materiales del mantenimiento y lai nspección, catalizadores u otros). b) La información relativa al proceso y su filosofía de operación como son, de manera enunciativa, mas n olimitativa: diagramas de flujo de proceso, diagramas de tubería e instrumentación, química del proces o,inventarios máximos previstos, variables del proceso y sus límites seguros de operación y balances d emateria y energía. c) La información relacionada con el equipo como son, de manera enunciativa, mas no limitativa: materia lesde construcción, diagramas de tubería e instrumentación, diagramas de flujo de proceso, la ingenierí a dedetalle del sistema contra incendio, planos de clasificación eléctrica, planos estructurales, bases de diseñode los equipos, bases de diseño de equipos de relevo de presión, bases de diseño de sistemas ded esfogue y quemadores, bases de diseño de sistemas instrumentados de seguridad, entre otros. XXVIII. CONTROL DE ACTIVIDADES Y PROCESOS: 1. El Regulado debe ejecutar las actividades de Seguridad Industrial, Operativa y de protección al medio ambienteen la construcción, situaciones de arranque inicial, operaciones normales, temporales, paros p rogramados y noprogramados, arranques, mantenimiento, inspecciones y pruebas, entre otras propias d e su Proyecto, con baseen documentos escritos y prácticas seguras de trabajo documentadas, considera ndo los resultados del procesode evaluación de impactos y riesgos y tomando en consideración los req uisitos legales aplicables. 2. Los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores que participen o ejecuten activ idadesde alto riesgo, deben conocer y ejecutar los procedimientos del Regulado u homologar los suyos con los delmismo para practicarlos de la igual manera, cuando la ejecución de sus actividades impliqu en un riesgo para lapoblación o las instalaciones o impactos al medio ambiente. 3. El Regulado debe contar con un mecanismo para la planeación y autorización de la ejecución de trabaj os dealto riesgo que establezca el análisis y verificación de condiciones de Seguridad Industrial, Seguri dad Operativay protección al medio ambiente en trabajos de construcción, montaje, operación, manten imiento, reparaciones ydesmantelamiento de instalaciones, para actividades rutinarias y no rutinarias. 4. El Regulado debe contar con un mecanismo para ejecutar los análisis de seguridad de los trabajos. El a nálisisdebe ejecutarse tanto por el personal interno como por los contratistas, subcontratistas, prestador es de servicioy proveedores que participan en la planeación, programación y ejecución de los trabajos, utilizando un procesohomologado. 5. El Regulado debe administrar, documentar y comunicar cambios temporales o definitivos, exceptuando reemplazos equivalentes, en las sustancias peligrosas, variables del proceso, tecnología,in stalaciones, equipo, procedimientos organizacionales y de personal, incluyendo contratistas que consid ere elfundamento técnico del cambio, los impactos en Seguridad Industrial, Operativa y protección al medio ambiente,modificaciones a procedimientos, periodo de tiempo necesario para el cambio y requi sitos para su autorización,considerando actualizaciones necesarias en la documentación de la informac ión del proceso y la capacitacióndel personal. 6. Ejecutar la verificación de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente, previo alarranque de instalaciones nuevas, o de instalaciones con reparaciones o modificaciones mayor es,considerando la verificación del cumplimiento de las especificaciones de diseño, la actualización yc omunicación de los procedimientos de seguridad, operación, mantenimiento y emergencia, la capacita ciónnecesaria del personal, el cierre de recomendaciones de análisis de riesgos de proceso, así como el cierre dela administración de cambios. 7. Establecer en función de los riesgos de las actividades de construcción, operación, mantenimiento o ins pección,la periodicidad con la que se requiere revisar los documentos para garantizar su actualización ycorrespondencia con la ejecución de las actividades, tecnología, equipos, instrumentación, herramient as,riesgos y controles. 8. El Regulado debe motivar y promover que su personal, incluyendo el de los contratistas, subcontratista s,prestadores de servicios y proveedores reporten actos y condiciones inseguras y detengan trabajos uo peraciones, cuando sean testigos o involucrados en riesgos inminentes de accidentes o incidentes. 9. El Regulado debe registrar, atender y cerrar recomendaciones por actos y condiciones inseguras que se reporten, trabajos u operaciones que se detengan por riesgos de incidentes o accidentes. XXIX. INTEGRIDAD MECÁNICA Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD: Respecto de la Integridad Mecánica: 1. El Regulado debe mantener la integridad mecánica de los activos y el aseguramiento de la calidad de e quiposde proceso, instalados o nuevos, sus refacciones y partes de repuesto, en cualquiera de las Etapa s deDesarrollo del Proyecto y desde sus especificaciones de diseño, compra, fabricación, transporte,al macenamiento e instalación. 2. El Regulado debe establecer un programa de auditorías de la integridad mecánica. Respecto del Aseguramiento de la Calidad: 3. El Regulado debe establecer mecanismos para asegurar que los equipos y refacciones fueron diseñados ,construidos, transportados, almacenados e instalados, de acuerdo al servicio para el cual serán usados. 4. El Regulado debe ejecutar el mantenimiento, las inspecciones y pruebas, apegado a recomendaciones d efabricantes y consistentes con las mejores prácticas de ingeniería aplicables y aplicando criterios de a ceptacióno rechazo, atendiendo casos fuera de especificación. XXX. SEGURIDAD DE CONTRATISTAS: 1. El Regulado es responsable por el desempeño en Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protecci ón delmedio ambiente de sus contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio en tod as las Etapasde Desarrollo de su Proyecto. 2. El Regulado debe, durante la ejecución del Proyecto en sus diferentes etapas, establecer en los contrato s o encualquier acuerdo de voluntad que celebre con sus contratistas, subcontratistas, proveedores y pr estadores deservicios, siempre que su actividad implique riesgos para la población o las instalaciones o impactos al medioambiente, que éstos deben contar con un Sistema de Administración que cumple co n los requisitos establecidospor la Agencia en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente oapegarse al Sistema de Administración del Regulado. 3. El Regulado debe seleccionar a sus contratistas, subcontratistas proveedores y prestadores de servicioc onsiderando su desempeño en Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección del medio ambi ente,evaluando entre otros: a) El histórico de incidentes y accidentes. b) Los indicadores de desempeño de Seguridad Operativa, Seguridad Industrial y protección al medioam biente. c) La competencia del personal propuesto para desarrollar las actividades y administrar la SeguridadOper ativa, Seguridad Industrial y protección al medio ambiente. d) Su experiencia en la materia, así como de su capacidad técnica. e) Que la infraestructura propuesta cumpla con la normatividad aplicable. f) Los criterios de Seguridad Operativa, Seguridad Industrial y protección al medio ambiente para laacep tación de los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores, para sersusceptibles de contrato. 4. Debe incluir en el contrato o cualquier otro acuerdo de voluntades que celebren, las funciones yrespons abilidades del personal de la empresa contratista, subcontratista, proveedores y prestadores deservicios para la administración de la Seguridad Industrial, Operativa y protección del medio ambiente, eldese mpeño en la materia y control de los riesgos al proceso, al personal, a las comunidades y al medioambi ente. 5. Debe autorizar el programa de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al medio am biente delcontratista, subcontratista, proveedores y prestadores de servicios, de acuerdo a la naturaleza de las actividadespropias del contrato y asegurar su ejecución. 6. El personal del contratista, del subcontratista, de los proveedores y prestadores de servicios debe mante ner lacompetencia necesaria, de acuerdo con las actividades que desarrolla, con los riesgos existentes e n su entornoy con los mecanismos de respuesta a emergencia, ya sea proporcionada de manera interna o externa. 7. El personal del contratista, subcontratista, proveedores y prestadores de servicios en los procesos debe participar en la planeación y programación de actividades de construcción, operación, mantenimiento,i nspección, reparación u otras, asociadas con riesgos críticos y aspectos ambientales significativos. 8. Durante la ejecución de las actividades propias del contrato o cualquier acuerdo de voluntad celebrado con elRegulado, el personal del contratista, subcontratista, proveedores y prestadores de servicios, deb e cumplir conlos procedimientos y condiciones de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de prot ección al medioambiente, así como con las prácticas seguras que corresponden a su actividad. 9. Los trabajos que ejecuten los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios o proveedores, debe n contarcon los permisos de trabajo y los controles de las autorizaciones correspondientes, según la nat uraleza de lasactividades propias del Proyecto. 10. Durante la ejecución de los trabajos propios de la obra o el servicio realizado por los contratistas,subc ontratistas, proveedores o prestadores de servicios, se deben utilizar mecanismos para identificar, corre giry prevenir actos y condiciones inseguras que pudieran afectar el desempeño en Seguridad Industrial , SeguridadOperativa y de protección al medio ambiente, así como el seguimiento y cierre de las reco mendacionesderivadas de la aplicación de dichos mecanismos. 11. Durante el tiempo en que se ejecuten los alcances del contrato o cualquier otro acuerdo de voluntades quecelebren, se deben reportar, registrar e investigar los incidentes y accidentes relacionados con el pe rsonal delcontratista, subcontratista, proveedores y prestadores de servicios, así como el seguimiento y cierre derecomendaciones derivadas de las investigaciones. 12. El Regulado debe evaluar y mejorar el desempeño en Seguridad Operativa, Seguridad Industrial y prot ección almedio ambiente de sus contratista, subcontratista, proveedores y prestadores de servicios, seg ún su impacto enel Sistema de Administración. 13. Los contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicios deben cumplir con las iniciati vas demejora para el desempeño en la Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. XXXI. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS: 1. El Regulado debe estar preparado y ejecutar mecanismos de respuesta para las situaciones de emergenc ia deSeguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al medio ambiente que se presenten du rante lasdiferentes Etapas de Desarrollo de su Proyecto. 2. El Regulado debe planificar las situaciones potenciales de emergencia identificadas tomando en consid eraciónla siguiente información: a) Los resultados de la evaluación de riesgos y la evaluación de los Aspectos Ambientales. b) Los requisitos legales vigentes y otros requisitos aplicables. c) Los procesos, las actividades, los equipos, los lugares de trabajo y los materiales empleados. d) Las condiciones normales, anormales y potenciales situaciones de emergencia. e) La periodicidad para la revisión de los planes de atención y respuesta a emergencias. f) El impacto que una situación de emergencia puede ocasionar en las personas, instalaciones y áreas dei nfluencia del Proyecto. g) Personas con necesidades especiales. h) Los posibles impactos sobre los servicios de emergencia. i) Experiencias previas, propias y de otras organizaciones similares. j) Información de incidentes o accidentes propios del Proyecto a realizar. 3. El Regulado debe contar con los recursos necesarios para controlar o hacer frente a los diferentes event os deemergencia que pudieran presentarse, incluyendo el peor escenario y el más probable. 4. El Regulado debe contar con una organización con responsabilidad y autoridad definida para responder ycontrolar las emergencias que pudieran presentarse durante las diferentes Etapas de Desarrollo del Pr oyecto. 5. El Regulado debe contar con un centro de operación a emergencias donde la organización realice susac tividades de coordinación, comunicación y toma de decisiones para la respuesta y control de una posib leemergencia. 6. El Regulado debe ejecutar y evaluar simulacros y ejercicios de respuesta para los diferentes casos dee mergencia posibles, incluyendo el peor de ellos y el más frecuente, dando seguimiento y cumplimiento a lasacciones de mejora necesarias. 7. El Regulado debe disponer de equipos, materiales y sistemas de respuesta a emergencia y evacuaciónc ertificados, cuando aplique para tal fin, y tenerlos disponibles y listos para ser utilizados en cualquier momento. 8. El Regulado debe diseñar, construir, seleccionar, probar y operar, los equipos de respuesta a emergenci a ycontingencias ambientales con base en estándares de aplicación y reconocimiento nacional o interna cional. 9. El Regulado debe realizar pruebas periódicas de los equipos y sistemas de emergencia. XXXII. MONITOREO, VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN: 1. El Regulado debe documentar y medir el cumplimiento de su Sistema de Administración y el desempe ño enSeguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección al medio ambiente durante la ejecució n de suProyecto. 2. El Regulado debe establecer los criterios con los cuales se va a evaluar el desempeño del Sistema deAd ministración y su efectividad considerando, entre otros, los siguientes aspectos: a) El cumplimiento de la política. b) La consecución de objetivos y metas. c) La consecución de la mejora continua. d) El cumplimiento de los requisitos legales y otros requisitos. e) Los Incidentes de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y ambientales. f) Los controles operacionales existentes. g) La necesidad de modificar o introducir nuevos controles. h) La calibración y verificación de los equipos empleados en el de seguimiento y medición. 3. El Regulado debe monitorear lo necesario para poder cumplir con los requisitos del Sistema de Admini straciónde Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de protección ambiental, así como con los requ isitos legales yotros que el Regulado suscriba en la materia. Para tal efecto, debe considerar, entre otra s, las siguientes: a) Los resultados de las auditorías e inspecciones. b) La evaluación de la eficacia de la formación en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. c) La cultura de la satisfacción de los trabajadores en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativ a yde protección al medio ambiente. d) El uso eficaz de los resultados de las auditorías internas y externas. e) La eficacia de los procesos de participación de los empleados. 4. El Regulado debe cerrar los hallazgos, así como las acciones preventivas y correctivas, derivadas de la medición del cumplimiento y el desempeño y mantener la documentación correspondiente. 5. El Regulado debe mantener en buen estado, los equipos de seguimiento y medición y calibrarse o verif icarsesegún corresponda. 6. Contar con personal competente para la calibración y mantenimiento de los equipos empleados en las mediciones. 7. Elaborar un programa anual de mantenimiento, calibración, certificación y verificación de los equipos críticos ylos equipos empleados para la atención a emergencias. XXXIII. AUDITORÍAS: 1. El Regulado debe documentar, planificar, establecer, ejecutar y mantener un programa de auditorías int ernas yexternas para el Sistema de Administración. 2. El Regulado debe mantener en ejecución un programa de auditorías operativas orientado a identificar y corregiractos inseguros y condiciones de riesgo en instalaciones y equipos, dispositivos y sistema de s eguridad, asícomo equipos de respuesta a emergencias y contingencias ambientales. 3. Emplear una metodología para la realización de auditorías en donde se incluya el método de muestreo queasegure una muestra representativa de los sitios y las actividades críticas a auditar. 4. Identificar los hallazgos, investigar las causas y establecer y cumplir las acciones correctivas y preventi vas. Tratándose de las auditorías externas se deberá observar lo dispuesto en las reglas de carácter general que para talefecto emita la Agencia. XXXIV. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES: 1. El Regulado debe registrar, investigar, analizar, identificar las causas, dar seguimiento hasta el cumpli miento delas recomendaciones y comunicar los incidentes y accidentes que ocurran durante cualquiera de las etapas desu Proyecto, considerando las actividades del propio Regulado, así como la de sus con tratistas osubcontratistas. 2. El Regulado debe asignar personal competente para realizar la investigación de los incidentes y accide ntes. 3. El Regulado debe integrar grupos de investigación de incidentes y accidentes que incluyan al personalr elacionado con el evento, así como contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio cuandosea necesario. 4. El Regulado debe aplicar metodologías de uso y reconocimiento nacional o internacional para realizar la investigación de incidentes o accidentes, hasta la identificación de las causas que son origen delevento. 5. El Regulado debe identificar en cada investigación de incidente o accidente que realice, las causas que dieronorigen al evento. 6. El Regulado debe establecer las recomendaciones, acciones correctivas y preventivas derivadas de lasi nvestigaciones de los incidentes y accidentes para favorecer que éstos no se repitan. 7. El Regulado debe cumplir las recomendaciones, acciones correctivas y acciones preventivas que se der iven dela investigación del incidente o accidentes. 8. El Regulado debe comunicar los resultados de la investigación y del cumplimiento de recomendacione s,acciones correctivas y preventivas, al personal que participa en el Proyecto, incluyendo administrado res,ejecutores, contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicios, que por sus activid adespudieran tener relación con el evento. 9. El Regulado debe comunicar al interior de la organización, contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio el cumplimiento de la totalidad de acciones y recomendaciones emitidas. 10. El Regulado debe implementar y ejecutar un mecanismo para favorecer la apertura y cultura de report e deincidentes y accidentes. 11. El Regulado debe comunicar a la Agencia, los incidentes y accidentes que se presenten durante la ejec uciónde su Proyecto. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente apartado, se deberá observar lo dispuesto en los lin eamientosque para tal efecto emita la Agencia. XXXV. REVISIÓN DE RESULTADOS: 1. El Regulado debe revisar los resultados de la ejecución de su Sistema de Administración, el cumplimie nto desus objetivos y metas, así como tomar las acciones necesarias para mejorar su desempeño de ma nera continuay permanente; la revisión debe tener una periodicidad definida. XXXVI. INFORMES DE DESEMPEÑO: 1. El Regulado debe elaborar y comunicar los resultados de la evaluación del desempeño del Sistema deA dministración a todos los niveles pertinentes de la organización. 2. El Regulado debe informar los resultados de la evaluación de desempeño a las autoridades competente s. 3. El Regulado debe determinar los criterios de periodicidad para realizar la evaluación del desempeño en materiade Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. 4. El Regulado debe establecer las acciones a tomar para mejorar la adecuación y efectividad del Sistema deAdministración.

  37. ANEXO IV REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE ADM INISTRACIÓN APARTADO A. Antes del inicio de actividades y para obtener la Autorización del Sistema de Administración a imple mentar en cadaProyecto, el Regulado debe entregar a la Agencia lo siguiente: I. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y ANÁLISIS DE RIESGOS: 1. Documento emitido por una persona física o moral con reconocimiento nacional o internacional en el queexprese su opinión calificada sobre el Análisis de Riesgo de la etapa de ingeniería básica extendida o laingeniería de detalle que incluya aquellos propios del Proyecto y los generados por las actividades realizadas por contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores del Regulado. 2. El resultado de la evaluación y jerarquización de los Aspectos Ambientales. II. REQUISITOS LEGALES: 1. Listado de los requisitos legales vigentes y otros requisitos aplicables a los procesos y a las actividades reguladas, incluyendo permisos, autorizaciones, licencias y otros trámites. III. FUNCIONES, RESPONSABILIDADES, AUTORIDAD Y RENDICIÓN DE CUENTAS 1. Documento de la asignación del representante técnico del Regulado ante la Agencia para el Proyecto. 2. Documento que otorgue responsabilidad y autoridad explícita a todo el personal, incluyendo contratist as,subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores para reportar y detener, en caso de ser neces ario,trabajos u operaciones, cuando sean testigos de riesgos inminentes, actos o condiciones inseguras. IV. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONSULTA: 1. Mecanismo para favorecer la participación de los trabajadores en la operación del Sistema deAdminist ración, con énfasis en el reporte de incidentes y accidentes. V. MEJORES PRÁCTICAS Y ESTÁNDARES: 1. Documento emitido por una persona física o moral con reconocimiento nacional o internacional en el queexprese su opinión calificada de que la ingeniería básica extendida o de detalle de un Proyecto nue vo omodificado es acorde con la normativa aplicable y las mejores prácticas y estándares nacionales ei nternacionales. 2. Listado de la normatividad, regulaciones, códigos, estándares o prácticas de ingeniería aceptadas,nacio nales o internacionales, que utilizará y aplicará para el diseño, construcción, operación,mantenimiento e inspección de las instalaciones, equipos y procesos propios del Proyecto. VI. SEGURIDAD DE CONTRATISTAS: 1. Documento que demuestre que los Sistemas de Administración de los contratistas, subcontratistas,pres tadores de servicios y proveedores del Regulado, son compatibles con los requisitos establecidos porla Agencia en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente y co n elSistema de Administración del Regulado, así como los requerimientos y documentos de éste para s udesempeño en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. 2. Cuando el Regulado desarrolle actividades del Proyecto a través de un controlador de operaciones, deb erápresentar a la Agencia el Documento Puente (Anexo II) en el que conste el estudio de corresponden ciaentre el Sistema de Administración que busca implementar y el Sistema de Administración que fue previamente registrado ante la Agencia con la solicitud de Autorización del Sistema de Administración aimplementar. VII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS: 1. Plan de atención a emergencias interno y externo que incluya el resguardo y la evaluación de lascondic iones de integridad de las instalaciones. VIII. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES: 1. Metodología(s) utilizada(s) para la investigación de incidentes y accidentes y la determinación de la ca usaraíz, atendiendo a las Disposiciones Administrativas de carácter general que para tal efecto emita la Agencia. X. CONTROL DE ACTIVIDADES, ARRANQUES Y CAMBIOS: 1. Mecanismos de: a. Permiso de Trabajo; b. Análisis de Seguridad del Trabajo; c. Administración de cambios de tecnología; d. Administración de cambios de personal que ocupa puestos críticos, y e. Revisión de Seguridad de pre-arranque. APARTADO B El Regulado deberá presentar ante la Agencia los siguientes documentos durante la ejecución del Prog rama deImplementación presentado a la Agencia y de acuerdo a los tiempos establecidos: I. POLÍTICA: 1. Documentos que identifiquen a la alta dirección del Regulado, indicando su nivel de autoridad yrespon sabilidad. 2. Criterios documentados para la revisión, actualización y autorización de la política. II. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y ANÁLISIS DE RIESGOS: 1. El listado de documentos donde se incluyan los mecanismos para la identificación de peligros, evaluac ión yjerarquización de los riesgos. 2. El documento que evidencie las competencias técnicas de los integrantes del equipo de trabajorespons able de elaborar los Análisis de Riesgo. 3. El programa quinquenal para la actualización de la identificación de peligros y análisis de riesgos. 4. El documento que establezca los mecanismos de difusión y comunicación de los resultados derivados de laidentificación de peligros y Análisis de Riesgos al personal propio, al de los contratistas, subcontr atistas, alos prestadores de servicio y a los proveedores. III. ASPECTOS AMBIENTALES: 1. Criterios para la actualización periódica de los Aspectos Ambientales. IV. REQUISITOS LEGALES: 1. Mecanismo de evaluación periódica para asegurar el cumplimiento de los requisitos legales y otrosreq uisitos adoptados por el Regulado en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protecció nal medio ambiente. 2. Los criterios para establecer las acciones necesarias en caso de incumplimiento. V. METAS, OBJETIVOS E INDICADORES: 1. Los objetivos, metas e indicadores para la evaluación del desempeño en materia de Seguridad Industri al,Seguridad Operativa y protección al medio ambiente para todas las Etapas de Desarrollo del Proyect o yautorizados por la alta dirección del Regulado; 2. Programas de ejecución y cumplimiento de objetivos y metas; 3. El plan de atención a las acciones necesarias en caso de incumplimiento de los objetivos y metas. 4. Los criterios de periodicidad para la actualización de objetivos y metas. VI. FUNCIONES, RESPONSABILIDADES, AUTORIDAD Y RENDICIÓN DE CUENTAS: 1. Organigrama del Proyecto, autorizado por la alta dirección, donde se indique la estructura de mando, s usfunciones, autoridad, sus responsabilidades, la rendición de cuentas y ámbito de competencia que in cluyaa los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores del Regulado, así como comitésen el caso que apliquen. VII. COMPETENCIA, CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO: 1. Criterios de competencia identificados para los responsables de las tareas relacionadas con la Segurida dIndustrial, Seguridad Operativa y la protección al medio ambiente, incluyendo personal de los contrat istas,subcontratistas prestadores de servicios y proveedores del Regulado. 2. Listado de requisitos de competencia para que el personal sepa identificar actos inseguros, condiciones inseguras y riesgos inminentes, reportarlos y detener los trabajos u operaciones, cuando fuese necesari o,incluso incluyendo el de los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores del Regulado, cuando la actividad de éstos implique riesgos para la población o las instalaciones o impact os almedio ambiente. VIII. COMUNICACIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONSULTA: 1. Mecanismo para comunicar al interior de la organización y a otras partes interesadas, según correspon da;la política de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente, los riesgos y losAspectos Ambientales significativos relacionados a las actividades del Regulado, los requisitos le galesaplicables, los objetivos y metas, los resultados de las auditorías internas y externas, así como el r esultadode la revisión al desempeño del Sistema de Administración. 2. Mecanismo para comunicar y reportar el resultado de la investigación de los accidentes e incidentes, as ícomo la comunicación, atención y reporte de quejas y sugerencias relacionadas a la Seguridad Industr ial,Seguridad Operativa y protección al medio ambiente. 3. Mecanismo para favorecer la apertura y cultura de reporte de incidentes y accidentes. IX. CONTROL DE DOCUMENTOS Y REGISTROS: 1. Mecanismo a través del cual el Regulado identifica, accede y controla los documentos y los registros d elSistema de Administración, en su emisión, aprobación, revisión, actualización, distribución y resguar do. X. INTEGRIDAD MECÁNICA Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD: 1. Listado de los equipos críticos con base en los criterios de integridad mecánica para definir equipo crít ico. 2. Procedimientos y programas de mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo, calibración, certifi cación,verificación, inspecciones y pruebas de equipos críticos. 3. El procedimiento de aseguramiento de calidad que incluya la fabricación y adquisición, construcción,r ecepción, almacenamiento, montaje y rehabilitación de materiales, equipos críticos, refacciones y parte sde repuesto de equipos críticos. XI. SEGURIDAD DE CONTRATISTAS: 1. Requisitos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y la protección al medio ambiente a losque deberán sujetarse los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicio y proveedores para l arealización de actividades con el Regulado, siempre que sus actividades impliquen riesgos para lapob lación o las instalaciones o impactos al medio ambiente. 2. Documento(s) a utilizar para la planeación y autorización de trabajos con riesgo y que pudieran genera rimpactos significativos al medio ambiente por parte de contratistas, subcontratistas, proveedores ypre stadores de servicio en las áreas de ejecución. 3. Criterios de Seguridad Operativa, Seguridad Industrial y protección al medio ambiente para la selecció n delos contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio del Regulado para ser susce ptiblesde contratación, siempre que la ejecución de esos acuerdos de voluntad implique riesgos para la poblacióno las instalaciones, o al medio ambiente. 4. Criterios de evaluación del desempeño en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa yprote cción al medio ambiente para los contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de serviciosd el Regulado, con base en un esquema de responsabilidad contractual, siempre que la ejecución de esos acuerdos de voluntad implique riesgos para la población o las instalaciones o al medio ambiente. XII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS: 1. Programa anual de simulacros que debe incluir un simulacro del peor escenario en las instalaciones y e nlas áreas de influencia del Proyecto. 2. El listado de las situaciones potenciales de emergencia identificadas para todas las instalaciones y sitio sdonde se desarrollen las actividades del Proyecto. XIII. MONITOREO, VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN: 1. Métodos establecidos para poder monitorear, medir, analizar y evaluar las operaciones y actividades q uedan cumplimiento al Sistema de Administración del Regulado. Incluir en estos métodos los relacion ados alos métodos adecuados de muestreo. XIV. AUDITORÍAS: 1. Programa de auditorías, internas y externas, dirigidas de manera específica, a través de metodologíasd ocumentales y de ejecución en campo, al cumplimiento y resultados de los elementos del Sistema deA dministración a cargo del Regulado. 2. Criterios de competencia para la calificación, entrenamiento y selección de auditores internos. XV. REVISIÓN DE RESULTADOS 1. Mecanismo para llevar a cabo la revisión de resultados, asegurándose que abarque todos los elementos del Sistema de Administración: a) Política; b) Los resultados de las auditorías internas y externas; c) Los resultados de las evaluaciones del cumplimiento con los requisitos legales y otros; d) Los resultados de la participación y consulta; e) El estado de la investigación de los accidentes e incidentes; f) El estado de las acciones correctivas y preventivas; g) La necesidad de recursos para la operación del Sistema de Administración; h) Las comunicaciones con las partes interesadas externas, incluyendo quejas y sugerencias; i) El desempeño del Sistema de Administración; j) El grado de cumplimiento de los objetivos, metas e indicadores; k) El seguimiento de las acciones resultantes de las revisiones previas del Sistema de Administración; l) Los cambios en las circunstancias, incluyendo las actualizaciones del marco normativo aplicable, y m) Las recomendaciones para la mejora continua. XVI. INFORMES DE DESEMPEÑO: 1. Criterios con los cuales se va a evaluar el desempeño del Sistema de Administración y su efectividad.

  38. ANEXO V REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EL SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACIÓN D EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Durante el desarrollo de las actividades propias del Proyecto, el Regulado deberá entregar a la Age ncia los siguienteselementos documentados: I. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS: 1. Treinta días naturales antes de que inicie una modificación a la ingeniería de detalle del Proyecto en el que se está Implementando el Sistema de Administración autorizado o realice modifica cionesque impliquen cambios en los equipos, instalaciones o procesos originalmente aprobados en la Asignación,Contrato o Permiso otorgado; o cualquier otra modificación que afecte el resultado del An álisis de Riesgo en lasdiferentes Etapas de Desarrollo del Proyecto, el Regulado deberá presentar a la Agencia: a) El documento emitido por una persona física o moral con reconocimiento nacional o internacional en e l queexprese su opinión calificada sobre la actualización de la identificación de peligros y Análisis de Riesgos. b) La actualización de la evaluación y jerarquización de los Aspectos Ambientales. II. REQUISITOS LEGALES: 1. Presentar en el primer trimestre de cada año el resultado de la evaluación del cumplimiento de los requ isitoslegales vigentes y otros requisitos aplicables al proyecto. En caso de que en dicha evaluación se i dentifiquenincumplimientos, se deberá de acompañar del programa correspondiente, con las acciones necesarias paraatenderlos. III. METAS, OBJETIVOS E INDICADORES: 1. Entregar en el primer trimestre de cada año: a) Los resultados de cumplimiento de objetivos y metas del Sistema de Administración del año anterior,i ncluyendo aquellos en que su cumplimiento sea responsabilidad de contratistas, subcontratistas,prestad ores de servicios y proveedores del Regulado. b) La aprobación de los objetivos y metas de desempeño del Regulado, de contratistas, subcontratistas,pr estadores de servicios y proveedores en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa yprotecc ión al medio ambiente vigentes en el año en curso. c) El plan de atención a las acciones necesarias en caso de áreas de oportunidad en relación con losobjetiv os y metas. IV. COMPETENCIA, CAPACITACION Y ENTRENAMIENTO: 1. Entregar en el primer trimestre de cada año: a) La constancia de competencia emitida por una instancia interna o externa competente para validar que elpersonal propio, así como el de los contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedor es delRegulado que realiza actividades críticas, mantiene las competencias necesarias para ejecutar sus actividades. b) Los programas de capacitación, entrenamiento y reentrenamiento del Regulado. 2. A partir del segundo año de iniciadas operaciones, el Regulado deberá entregar en el primer trimestre d e cadaaño, el documento que evidencie el cumplimiento de los programas de capacitación, entrenamie nto y re-entrenamiento y las acciones tomadas cuando la capacitación, entrenamiento y re- entrenamiento no fueroneficaces. V. COMUNICACIÓN, PARTICIPACION Y CONSULTA: 1. Reportar en el primer trimestre de cada año, las quejas y sugerencias internas y externas registradas en el añoanterior, así como el resultado de la atención, respuesta y seguimiento de la participación y cons ulta realizada alos trabajadores, contratistas, subcontratistas, prestadores de servicios y proveedores de l Regulado. VI. CONTROL DE DOCUMENTOS Y REGISTROS: 1. Presentar en el primer trimestre de cada año, el listado actualizado de la documentación vigente para la operación del Sistema de Administración. VII. MEJORES PRÁCTICAS Y ESTÁNDARES: 1. Treinta días antes de que inicien cambios mayores a la naturaleza de su proyecto o requiera de un nuev oproceso, planta, pozo, terminal, u otro diferente a lo señalado en la ingeniería de detalle, el Regulado deberá deentregar a la Agencia el documento emitido por una persona física o moral con reconocimien to nacional ointernacional en el que exprese su opinión calificada de que la ingeniería básica extendida o la ingeniería dedetalle propia del Proyecto fue desarrollada con base en las mejores prácticas y están dares nacionales einternacionales. VIII. CONTROL DE ACTIVIDADES, ARRANQUES Y CAMBIOS: 1. Presentar en el primer trimestre de cada año, el listado de administración de cambios de tecnología, rea lizadosel año previo, en caso de ser aplicable. 2. Presentar en el primer trimestre de cada año, el listado de la administración de los cambios organizacio nales,como la reducción o ampliación del personal que ocupa puestos críticos, restructuras en las áreas que operan,mantienen o inspeccionan equipo crítico. 3. Presentar en el primer trimestre de cada año los cambios de contratistas, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicio que se hayan realizado el año previo. IX. INTEGRIDAD MECÁNICA Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD: 1. Presentar en el primer trimestre de cada año, los resultados de la ejecución del programa anual demant enimiento, calibración, verificación e inspecciones y pruebas de los equipos críticos. 2. Reportar en el primer trimestre de cada año, el listado de fallas de equipos críticos que se hayan presen tado enel año previo, el listado de las causas resultado del análisis de las fallas, las acciones correctivas implementadas, aquéllas pendientes o en proceso de implementación, así como los tiempos de cumpli miento. X. SEGURIDAD DE CONTRATISTAS: 1. Cuando el Regulado, durante cualquiera de las Etapas de Desarrollo de su proyecto, cambie de control ador delas operaciones del Proyecto, el primero deberá hacer llegar a la Agencia, treinta (30) días hábil es previo a queel nuevo controlador de las operaciones inicie actividades, el Documento Puente (Anex o II de los presentesLineamientos) en los términos establecidos. 2. En el primer trimestre de cada año, el Regulado deberá presentar ante la Agencia: a) El listado actualizado de empresas aprobadas con base en su desempeño en Seguridad Industrial,Seguri dad Operativa y protección al medio ambiente. b) Presentar el resultado de la evaluación del desempeño de contratistas, subcontratistas, proveedores ypr estadores de servicios del Regulado, así como el programa de acciones de mejora correspondiente. XI. MONITOREO, VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN: El Regulado deberá presentar en el primer trimestre de cada año: 1. Programa de atención a los hallazgos resultado del monitoreo, verificación y evaluación del Sistema de Administración a su cargo. 2. Programas de mantenimiento, calibración, verificación e inspección de los equipos, incluyendo aquello s equipospara la atención de emergencias. XII. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIAS: 1. En el primer trimestre de cada año: a) El informe anual del resultado y evaluación de los simulacros realizados, que incluya: i. Las recomendaciones derivadas de la evaluación del simulacro. ii. El análisis de los riesgos y aspectos ambientales asociados. b) El reporte del seguimiento a las acciones y recomendaciones derivadas de la evaluación del simulacro. c) El programa de capacitación y entrenamiento del personal para la atención de emergencias. d) A partir del segundo año de iniciadas actividades, presentar los resultados de la capacitación yentrena miento. XIII. AUDITORÍAS: El Regulado deberá de presentar en el primer trimestre de cada año: 1. El programa de auditorías internas y externas a realizar en el año en curso. 2. El resultado de las auditorías realizadas en el año anterior que incluya, al menos, la siguiente informaci ón: a) Plan de auditoria donde se indiquen: objetivos, criterios de auditoria, metodología que incluya los crite riosde muestreo, alcance, ubicación de la auditoria, funciones y responsabilidades de las distintas parte s,fechas de realización, requisitos auditados señalando auditor responsable para el requisito y expertost écnicos que acompañan (si fuera el caso). b) El informe final de auditoría, que incluya fecha, firma del auditor responsable, objetivos, alcance, crite rios deauditoría, sitios auditados, equipo auditor y funciones y responsabilidades de cada uno de los int egrantesdel equipo auditor. Así como, los hallazgos de auditoría con su clasificación y las conclusione s. c) El Plan de acción para la atención de los hallazgos registrados, incluyendo: actividades a realizar, tiem posestablecidos, responsables del cumplimiento de las actividades y recursos. d) Avance de cumplimiento de las acciones correctivas y evidencia del cierre de los hallazgos del año ant erior. XIV. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES Y ACCIDENTES: Reportar en el primer trimestre de cada año: 1. Los accidentes ocurridos en el año anterior en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa yp rotección al medio ambiente atendiendo a las disposiciones administrativas que para tal efecto emita la Agencia. 2. Avance de cumplimiento a las recomendaciones, acciones correctivas y preventivas de los análisis de c ausa raízrealizados, atendiendo a las disposiciones administrativas que para tal efecto emita la Agencia . 3. El reporte anual de los indicadores de desempeño que incluyan al menos, los índices de frecuencia, gra vedad yaccidentabilidad del Regulado. XV. REVISIÓN DE RESULTADOS: 1. El Regulado deberá presentar a la Agencia, en el primer trimestre de cada año, el informe de resultados de larevisión del Sistema de Administración correspondiente al año anterior, indicando: a) Las conclusiones derivadas de la revisión realizada a cada uno de los elementos de entrada para larevis ión. b) Las conclusiones derivadas del desempeño del Sistema de Administración para la Seguridad Industrial , laSeguridad Operativa y la protección al medio ambiente. c) Los recursos necesarios para mejorar el desempeño del Sistema de Administración. XVI. INFORMES DE DESEMPEÑO: 1. Entregar a la Agencia en el primer trimestre del año, el informe del desempeño en materia de Segurida dIndustrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente, con base en los indicadores del Siste ma deAdministración y aquellos reportes adicionales que determine la Agencia.

Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para la conformación, implementación y autorización de los Sistemas de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos que se indican · Nelum