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Resolución No. 201-2007 (COMIECO-XLV) - Aprueba el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.15:07 Harinas. Harina de Trigo Fortificada. Especificaciones

颁布于 2007-07-27 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
洪都拉斯
主题
Food and nutrition
关键词
nutrition, food safety and quality, food fortification, cereals/grains/rice, standards, Codex Alimentarius, residues, MRL-maximum residue limit, hygiene/sanitary procedures, toxicity/poisoning, food additives, packaging/labelling, transport/storage, inspection, agricultural commodities, pesticides
类别
agriculture

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所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. RESOLUCION No. 201-2007 (COMIECO-XLV) EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACION ECON6MICA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Protocolo al Tratado General de lntegraci6n Econ6mica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, el Consejo de Ministros de lntegraci6n Econ6mica (COMIECO) tiene bajo su competencia los asuntos de la lntegraci6n Econ6mica Centroamericana y come tal, le corresponde aprobar las actos administrativos del Subsistema Econ6mico; Que de acuerdo con el artfculo 15 de ese mismo instrumento jurfdico regional, los Estados Parte tienen el compromise de constituir una Uni6n Aduanera entre sus territories, la que se alcanzara de manera gradual y progresiva, sabre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso; Que en el marco del proceso de conformaci6n de la Uni6n Aduanera, los Estados Parte han alcanzado importantes acuerdos en relaci6n con las caracterfsticas y especificaciones que debe cumplir la harina de trigo fortificada, que requieren la aprobaci6n del Consejo; Que los Estados Parte, en su calidad de Miembros de la Organizaci6n Mundial del Comercio (OMC), notificaron al Comite de Obstaculos Tecnicos al Comercio, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo sabre Obstaculos Tecnicos al Comercio, el Reglamento Tecnico Centroamericano RTCA 67.01.15:07 Harinas. Harina de Trigo Fortificada. Especificaciones; Que los Estados Parte, concedieron un plaza prudencial a los Estados Miembros de la OMC para hacer observaciones al proyecto de reglamento notificado tal y coma lo exige el numeral 4), parrafo 9 del artfculo 2 del Acuerdo sabre Obstaculos Tecnicos al Comercio, observaciones que, en su caso, fueron debidamente analizadas y atendidas en lo pertinente; Que segun el parrafo 12 del artfculo 2 del Acuerdo sabre Obstaculos Tecnicos al Comercio, interpretado par el numeral 5.2 de la Decisi6n del 14 de noviembre de 2001 emanada de la Conferencia Ministerial de la OMC de esa fecha, las Miembros preveran un plaza prudencial, no inferior a seis meses, entre la publicaci6n del reglamento tecnico y su entrada en vigor, con el fin de dar tiempo a los productores para adaptar sus productos o sus metodos de producci6n a las prescripciones del reglamento; Que de conformidad con el parrafo 3 del artf culo 55 del Protoco!o de ;;~~:·, se recab6 la opinion del Comlte C~lntegr~;"'•o ~ §~~~ ~~ .. ~ ~ $ CA "" ~ ' ~ ~ ~ ~ ~ • ;o),r * 't~ I . .. RESOLUCION No. 201-2007 (COMIECO-XLV) Pagina 2. PORTANTO: Con fundamento en lo dispuesto en los artrculos 1, 3, 7, 15, 26, 30, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo de Guatemala, RESUELVE: 1. Aprobar el Reglamento Tecnico Centroamericano RTCA 67.01 .15:07 Harinas. Harina de Trigo Fortificada. Especificaciones, en la forma que aparece coma Anexo de esta Resoluci6n que forma parte integrante de la misma. 2. La presente Resoluci6n entrara en vigencia seis meses despues de la presente fecha y sera publicada por los Estados Parte. Guatemala, Guatemala, 27 de julio de 20 ~Vv~Cv\-y¾JwW o Ayala Grimaldi Amparo Pacheco Viceministra, en representaci6n del Ministro de Comercio Exterior • 1nistro, en representaci6n de la d Co ta ica Lui~~ic;;tr strada Ministr9 d Economra de $uatemala Ver6nic Viceministra, e r Ministra de E • alvador duras ela mercio Ministro de Fomento, I dustria y Comercio de Nicaragua El ... infrascrito Secretario General de la Secretaria de lntegraci6n Econ6mica Centroamericana (SIECA) CERTIFICA: Que las dos (2) fotocopias que anteceden a la presente hoja de papel bond, asi como diez (10) del anexo adjunto, impresas unicamente en su anverso, rubricadas y selladas con el sello de la SIECA, reproducen fielmente la Resoluci6n No. 201-2007 (COMIECO-XL V), adoptada par el Consejo de Ministros de lntegraci6n Econ6mica, el veintisiete de julio de dos mil siete, de cuyos originales se reprodujeron. Y para remitir a los Estados Parte para su correspondiente publicaci6n, extiendo la presente copia certificada en la ciudad de Guatemala, el veintisiete de julio de dos mil siete. -----· 'i.,\011 EC ::-: ~ SJEcA;;: ~ ~ ~ * 'I Haroldo Rodas Melgar Secretario General ANEXO DE RESOLUCIC>N No. 201-2007 (COMIECO-XLV} REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 HARINAS. HARINA DE TRIGO FORTIFICADA. ESPECIFICACIONES CORRESPONDENCIA: Esta Norma es una adaptaci6n de la Norma del Codex para la Harina de Trigo. Codex Stan 152 - 1985 (Rey. I - 1995) ICS 67.060 RTCA 67.01.15:07 Reglamento Tecnico Centroamericano, editado por: • Ministerio de Econornia, MINECO • Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia, CONACYT • Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC • Secretaria de Industria y Comercio, SIC • Ministerio de Economia Industria y Comercio, MEIC REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 INFORME Los respectivos Comites Tecnicos de Normalizaci6n y de Reglamentaci6n Tecnica a traves de los Entes de Normalizaci6n y de Reglamentaci6n Tecnica de los Paises de la Region Centroarnericana y sus sucesores, son los organismos encargados de realizar el estudio o la adopcion de los Reglamentos Tecnicos. Estan conformados por representantes de los sectores Academico, Consumidor, Empresa Privada y Gobierno. Este documento fue aprobado como Reglamento Tecnico Centroamericano, RTCA 67.01.15:07 Harinas. Harina de Trigo Fortificado. Especificaciones, por los Subgrupos de Medidas de Nonnalizaci6n y de Alimentos y Bebidas de los Paises de la Regi6n Centroamericana. La oficializaci6n de este reglamento tecnico, conlleva la ratificaci6n por el Consejo de Ministros de Integraci6n Econ6mica de Centroamerica (COMIECO) MIEMBROS PAR TICIPANTES DEL SUBGRUPO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS Por Guatemala Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social Por El Salvador Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social Por Nicaragua Ministerio de Salud Por Honduras Secretaria de Salud Por Costa Rica Ministerio de Salud :t-J-r--~ A~ ....,.. ... * 2 REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 1. OBJETO Este reglamento tecnico establece las caracteristicas y especificaciones que debe cumplir la harina de trigo fortificada. 2. AMBITO DE APLICACION El presente reglamento se aplica a la harina de trigo fortificada para el consumo humano, elaborada con trigo comun, Triticum aestivum L. o con trigo ramificado, Triticum compactum Host, o una mezcla de los mismos, a granel o preenvasada y que esta lista para la venta al consumidor o esta destinada para utilizarla en la elaboraci6n de otros productos alimenticios. Nose aplica: A ningun producto elaborado con trigo duro, Triticum durum Desf., solamente o en combinaci6n con otros trigos A la harina integral, a la harina o semola de trigo entero, a la harina fina de trigo comun Triticum aestivum L., o trigo ramificado Triticum compactum Host., o a una mezcla de los mismos; A la harina de trigo destinada a utilizarse coma aditivo en la elaboraci6n de la cerveza o para la elaboraci6n del almid6n y/o gluten. A la harina de trigo destinada a la industria no alimentaria; A las harinas cuyo contenido de proteinas se haya reducido o a las que, despues del proceso de molienda, hayan sido sometidas a un tratamiento especial que no sea el de secado o blanqueado, o a las cuales se les hayan agregado otros ingredientes distintos de los mencionados en las secciones 5.8 y 5.9. 3. DEFINICIONES 3.1 Harina de trigo: producto elaborado con granos de trigo comun, Triticum aestivum L., o trigo ramificado, Triticum compactum Host, o combinaciones de ellos por medio de procedimientos de trituraci6n o molienda en los que se separa parte del salvado y del germen, y el resto se muele hasta darle un grado adecuado de finura. 3.2 Harina de trigo fortificada: harina de trigo a la que se le ha agregado micronutrientes en las proporciones establecidas en este reglamento. 3.3 Materia extraiia: cualquier sustancia, resto de desecho organico o no, que se presenta en el producto, sea por contaminaci6n o manejo poco higienico del mismo durante su elaboraci6n, considerandose entre otros: excretas y pelos de roedores e insectos o fragmentos de insectos. 3.4 Harina de trigo blanqueada: es la harina de trigo que ha sido tratada con un agente blanqueador. 3.5 Harina de trigo no blanqueada: es la harina de trigo que no ha sido tratada con ningun agente blanqueador. 3 REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 4. CARACTERISTICAS Y ESPECIFICACIONES 4.1 Caracteristicas generales La harina de trigo fortificada debe obtenerse de granos de trigo limpios, sanos, libres de impurezas o materias extranas que alteren la calidad del producto. 4.2 Caracteristicas sensoriales a) Aspecto: el producto se presenta en forma de polvo, libre de terrones y exento de insectos en cualquier etapa de desarrollo, excretas de animales, parasites y de otras materias extrafias al mismo; b) Olor y sabor: el producto debe tener olor y sabor caracteristicos. Debe estar libre de olor o sabor arnargo, rancio, mohoso o cualquier otro olor o sabor diferente al caracteristico; c) Color: el color del producto debe ser blanco o cremoso, de acuerdo al tipo que corresponda, libre de coloraci6n por actividad de microorganismos. 4.3 Contaminantes 4.3.1 Metales pesados. La harina de trigo fortificada debe cumplir con las especificaciones de acuerdo a la tabla siguiente: Tabla 1. Valores maximos permisibles de metales pesados Metales pesados Valores maximos permisibles, en mg/kg Cadmio 0,20 Plomo 0,20 4.3.2 Residuos de plaguicidas. La harina de trigo fortificada debe ajustarse a los limites maxirnos para residuos establecidos por el Comite del Codex Alimentarius sobre residuos de plaguicidas, para este producto. 4.3.3 Mi~otoxinas. La harina de trigo fortificada debe ajustarse a los limites maximos para micotoxinas establecidos por el Comite del Codex Alimentarius sobre aditivos alimentarios y contaminantes de los alimentos, para este producto. 4.4 Higiene 4.4.1 El producto regulado por las disposiciones de este reglamento tecnico se debe preparar y manipular de conformidad con el Reglamento de Buenas Pnicticas de Manufactura de la Industria de Alimento aprobado en el marco de la Union Aduanera 1. En el caso de los productos Importados se aceptara el C6digo Internacional de Practicas Recomendado - Principios Generales de Higiene de los Alimentos (CAC/RCP 1 - 1969, Rev. 3 1997 enmendado en 1999, Codex Alimentarius Vol. 1B) u otro sistema equivalente. 4 REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 4.4.2 El producto analizado mediante metodos apropiados: de muestreo y analisis: a) Debe estar exento de microorganismos en cantidades que puedan representar un peligro para la salud. b) Debe estar exento de parasitos que puedan representar un peligro para la salud, y; c) No debe contener ninguna sustancia procedente de microorganismos en cantidades que puedan representar un peligro para la salud. 4.4.3 Se establece un limite maximo de 75 fragmentos de insectos en 50g de harina de trigo fortificada. 4.5 Criterios microbiologicos Se debe cumplir con los criterios microbiol6gicos establecidos en la tabla siguiente: Tabla 2. Criterios microbiologicos Plan de muestreo Limite Parametro Tipo de riesgo clase n C m M Recuento Mohos y Levaduras B 3 5 1 IOUFC/g 103 UFC/g 4.6 Requisitos fisicos y quimicos 4.6.1 Debe ajustarse a los para.metros que se establecen en la siguiente tabla Tabla 3. Requisitos fisicoquimicos de conformidad a la variedad de trigo Limite Determinaciones Humedad, en porcentaje maximo 15,5 % en masa (rn/m) Proteinas (N x 5.7), en porcentaje 7,0 % minirno en rnasa (m/m), en base seca Ceniza en porcentaje maximo en 1,0 % masa (m/m), 4.6.2 Acidez de grasa. No se deben requerir mas de 50 mg de hidr6xido de potasio para neutralizar los acidos grasos libres en 100 g de harina, referidos al producto seco. 5 REGLAMENTO TtCNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 4.6.3 Tamafio de las partfculas. El tamano de particulas debe ser tal que el 98% de la harina pase a traves de un tamiz de-212 µm, con el metodo recomendado por Codex. 4.7 Fortificaci6n de la harina de trigo 4.7.1 Los niveles mfnimos de micronutrientes para la fortificaci6n de la harina de trigo son los sefialados en la tabla siguiente: Tabla 4. Niveles minimos de micronutrientes en la harina de trigo fortificada Micro nutrientes Hierro Tiamina (vitamina B-1) Riboflavina (vitamioa B-2) Niacina Acido folico Nivel mioimo a alcanzar (mg/kg de harina) 55,0 6,2 4,2 55,0 1,8 4.7.2 Lafuente de hierro a utilizar en la fortificaci6n debe ser fumarato ferroso. 4.8 Aditivos Aditivo ESTERES POLIGLICERIDOS DEL ACIDO RJCINOLEICO 476 INTERESTERJFICADO ALFA AMILASA (ASPERGILLUS 1100 ORYZAE VAR.) SULFATO DE ALUMINIO Y 523 AMONIO CARBONATO CALCICO 170i PROPIANA TO CALCICO 282 ESTERES DIACELTILTARTARICOS Y DE 472e ACIDOS GRASOS DEL GLICEROL ACIDO CLORHIDRICO 507 OXIDOS DE HIERRO I 72i-iii LECITINA 322 OXIDO NITROSO 942 ESTERES POLIGLICERIDOS DE 475 LOS Acroos GRASOS DIOXIDO DE SILICIO AMORFO 551 ACET ATO DE SODIO 262i ASCORBATO DE SODIO 301 CARBONATO DE SODIO 500i SORBATOS 200-203 INS Nivel Maximo Aceptado 5000 mg/kg 8PM 500 mg/kg 10000 mg/kg 1000 mvt<g 5000 mg/kg BPM 300 mg/kg 5000 mg/kg BPM I 0000 mg/kg BPM 6000 mg/kg 300mg/kg BPM 1000 mg/kg Comentarios Como aluminio Como calcio. Como acido s6rbico. ...., Q 4. ~-~ ' , ... -··------· ... * 6 REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 Nivel Aditivo INS Maximo Comentarios Aceptado TARTRATOS 334; 335i,ii; 336i,ii; 6000 mg/kg Como acido tartarico 337 TOCOFEROLES 306,307 600 mg/kg CITRATO TRISODICO 33 Iiii BPM ACIDO ASCORBICO 300 300 mg/kg AZODICARBONAMIDE 927a 45 mg/kg PEROXIDO DE BENZOILO 928 66 mg/kg BROMA TO DE POTASIO 35 mg/kg Harinas fuertes y semifuertes 35 mg/kg para Guatemala, El Salvador y Honduras, 30 mg/kg para Nicaragua, 0 oara Costa Rica CARBONATO CALCICO l 70i 8PM Las BPF indican I parte de per6xido de benzoflo y no mas de 6 partes del aditivo en cuesti6n, en peso SULFA TO CALCICO 516 BPM Las BPF indican I parte de per6xido de benzoflo y no mas de 6 partes del aditivo en cuesti6n, en peso. CLORO 925 2500 mg/kg Dosis de tratamiento DI6XIDO DE CLORO 926 2500 mg/kg Dosis de tratamiento OXIDASA DE GLUCOSA 1102 780 mg/kg (ASPERGILLUS NIGER VAR.) CARBONATO DE MAGNESIO 504i 1500 mg/k~ PAPAINA l IO Iii BPM FOSFATOS 338; 339i- iii; 340i- 11900 mg/kg Como f6sforo iii; 341 i-iii; 342i,ii; 343 i- iii; 4S0i-iii, v vii; 451 i,ii; 452i-v; 542 ASCORBATO DE POTASIO 303 300 mg/kg PROTEASA (A. ORYZAE VAR.) 110 Ii BPM FOSF ATO DE ALUMINIO Y 541 i,ii 45000 mg/kg Bases de presentaci6n no SODIO esoecificadas ASCORBATO DE SODIO 301 300 mg/kiz HIDROGENCARBONATO DE 500ii 45000mg/kg SODIO PEROXIDO DE ACETONA 929 8PM ESTEAROIL-2-LACTILATOS 48 li, 482i 5000 mg/kg SULFITOS 220-225, 227,228, 900 mg/kg Como S02 residual 539 CLORHIDRA TO L-CISTEINA 90 mg/kg 4.8.1 Enzimas Amilasa fi'.mgica de Aspergillus niger y oryzae BPM* Enzimas proteoliticas de Bacillus subtilis, Aspergillus oryzae BPM* *BPM "" buenas pnicticas de manufactura 7 REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.lS:07 4.9 lngredientes facultativos Los siguientes ingredientes pueden agregarse a la harina de trigo fortificada en las cantidades necesarias para fines tecnol6gicos: Productos malteados con actividad enzimatica, fabricado con trigo, centeno o cebada; Gluten vital de trigo; Harina de soya y harina de leguminosas. 5. ENV ASADO Y ETIQUETADO 5.1 Envasado 5.1.1 La harina de trigo fortificada debe envasarse y transportarse en recipientes que salvaguarden las cualidades higienicas, nutritivas, tecnol6gicas y sensoriales del producto. 5.1.2 Los recipientes, incluido el material de envasado, debe estar fabricado con sustancias que sean inocuas y adecuadas para el uso al que se destinan. No deben transmitir al producto ninguna sustancia toxica ni olores o sabores desagradables. 5. 1.3 Cuando el producto se en vase en sacos, estos deben ser de primer uso y limpios, ser resistentes y estar bien cosidos o sellados 5.2 Etiquetado Ademas de las requisitos establecidos en el Reglamento Tecnico Centroamericano de Etiquetado General para Alimentos Preenvasados, se aplican las siguientes disposiciones especificas: • Nombre del producto • Contenido especifico de Micronutrientes. Nata 1: Mientras no entre en vigencia el Reglamento Tecnico Centroamericano de Etiquetado General para Alimentos Preenvasados, cada pais aplicara la normativa vigente en su pais. 5.2.1 Etiquetado de envase no destinado a la venta al por menor En el envase o en los documentos que acompafien al producto no destinados a la venta al por menor o a granel, se debe declarar como minima la siguiente infonnaci6n: el nombre del producto, la identificaci6n del tote, el nombre, la ciudad y pais del fabricante o del envasador, cuando sea diferente a la del fabricante. 6. ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE 6.1 Las condiciones de almacenamiento y transporte de la harina de trigo fortificada deben ser tales que, al ser manipulada en condidones apropiadas, esta conserve las caracterfsticas del producto y sus niveles de fortificaci6n de conformidad con el RTCA 67.01.33:06 Industria de Alimentos y Bebidas Procesados. Buenas Practicas de Manufacturas. Principios Gen:r'.1.! es. ,.;JJiii ~co~ . .& -~ -~: , ,.,,. Q 8 REGLAMENTO TtCNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 6.2 No se debe transportar harina de trigo fortificada en vehiculos que transporten o hayan transportado productos t6xicos, contaminantes, anirnales vivos o muertos o cualquier producto que altere sus caracteristicas sensoriales, fisicoquimicas y microbiol6gicas. 7. METODOS DE ANALISIS 7.1 Metodos fisico-quimicos Determinaci6n del contenido de humedad Determinaci6n del contenido de proteina Determinaci6n del contenido de ceniza Determinaci6n del tamafio de particula Determinaci6n de Acidez de la grasa metodo general Determinaci6n de fragmentos de insectos Determinaci6n del hierro Determinaci6n de niacina Determinaci6n de acido f6lico Determinaci6n de Vitamina Bl Determinaci6n de Vitamina B2 7.2 Metodos microbiologicos AACC44-15A AACC46-10 AACCO8-0l AACC5O-11 AACC 02-0IA AACC 28-41B AOAC 32.1.09.17 AOAC 45.1.10.17 AOAC 45.2.01.17 AOAC 957.17 AOAC 970.65 Coliformes Totales, colifonnes fecales y Escherichia coli. APHA ''Compendium of methods for the microbiological examination of foods". Capitulo 8. FDA-"Bacteriological Analytical Manual" Capitulo: 4 Recuento de Mohos y Levaduras. APHA-AOAC "Compendium of methods for the microbiological examination of foods". Capitulo 20. FDA-"Bacteriological Analytical Manuar Capitulo: 18 Salmonella. APHA-AOAC "Compendium of methods for the microbiological examination of foods". Capitulo 3 7. FDA-"Bacteriological Analytical Manual" Capitulo: 5 7.3 Determinaci6n de aditivos AOAC 32.1.31.17 AOAC 32.1.29.17 AOAC 32.1.32.17 AOAC 45.1.16.17 Determinaci6n de Per6xido de Benzoilico Determinaci6n de Cloro Determinaci6n de Bromato de Potasio Determinaci6n de Acido L Asc6rbico 7 .4 Determinacion de metal es pesados Los Metales Pesados se detenninaran por el Metodo de Absorci6n At6mica AOAC 9.1.01.17 Cadmio, y Plomo ~ON ECG.+" ;;; ~ C . ~ • ~ ~ '.,yJ' Pi• . 1'1,:,· z 9 REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.01.15:07 8. VIGILANCIA Y VERIFICACION La vigilancia y verificaci6n de este Reglamento Tecnico Centroamericano les corresponde a las Autoridades Competentes de cada pais de la Regi6n Centroamericana. TRANSITORIO I: El uso del bromato de potasio establecido en este reglamento, sera permitido por un periodo maximo de dos afios en Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua, a partir de la entrada en vigencia de este reglamento. FIN DEL REGLAMENTO TECNICO 10

Resolución No. 201-2007 (COMIECO-XLV) - Aprueba el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.15:07 Harinas. Harina de Trigo Fortificada. Especificaciones · Nelum