Decreto Nº PCM-064-2018 ─ Crea la Comisión Nacional de la Agenda 2030 para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (CN-ODS)
颁布于 2018-09-19 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Agricultural and rural development, Food and nutrition
- 关键词
- institution, sustainable development, poverty, human rights, education, protection of environment, equity, climate change, governance, food security, nutrition, potable water, public health, social protection
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7 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 No. 34,756 ARTÍCULO 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil dieciocho. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ROSSEL RENAN INESTROZA MARTÍNEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 05 de septiembre de 2018. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ROCÍO IZABEL TÁBORA Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-064-2018 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que el Artículo 245 de la Constitución de la República establece que el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado. CONSIDERANDO: Que el Artículo 13 del Decreto Legislativo No. 266-2013 de fecha 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 23 de enero de 2014, contentivo de la Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno establece: “El Presidente de la República puede crear comisiones integradas por funcionarios públicos, personalidades y representantes de diversos sectores de la vida nacional y asesores nacionales o extranjeros; asimismo puede designar autoridades únicas para el desarrollo de áreas, programas o proyectos especiales, con las atribuciones que determinen los Decretos de creación”. CONSIDERANDO: Que en el mismo Decreto Legislativo No. 266-2013 se reformó la Ley General de la Administración Pública, específicamente el Artículo 29, el cual señala entre otras las competencias de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-009-2018 publicado en “La Gaceta” de fecha 23 de marzo de 2018 reformado por Decreto Ejecutivo Número PCM-025-2018 publicado en “La Gaceta” de fecha 25 de julio de 2018, se señalan las entidades que son parte integrante de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, entre ellos los Gabinetes de Gobernabilidad; Social; Económico; Infraestructura, Servicios y Empresas Publicas; y, Prevención, Seguridad y Defensa, los cuales coordinarán instituciones afines al sector respectivo, con el propósito de mejorar el funcionamiento de la Administración Pública. UD I-D EG T UN AH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG 8 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 No. 34,756 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-14-91, emitido por el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, de fecha 13 de septiembre de 1994, se creó el Consejo Nacional para el Desarrollo Sostenible, (CONADES), el que fue reformado mediante los Decretos Ejecutivos números: PCM-013-96, de fecha 23 de abril de 1996 y el PCM-012-97, de fecha del 05 de septiembre de 1997. CONSIDERANDO: Que el 25 de septiembre de 2015, en la Septuagésima Asamblea General de las Naciones Unidas, Honduras adoptó la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que contiene los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), convirtiéndose en un plan de acción integral, multisectorial, multidimensional a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que también tiene la intención de fortalecer la paz universal y el acceso a la justicia. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), a partir de la adopción de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, por delegación del Presidente de la República, se convierte en Punto Focal para el seguimiento, monitoreo y evaluación de la implementación ejecución de dicha agenda, para lo cual se hace necesario crear un nuevo órgano que responda de manera eficiente y eficaz al cumplimiento de los compromisos de país. POR TANTO: En aplicación de los Artículos: 245 numeral 11 y 252 de la Constitución de la República y los Artículos 11 y 22 numeral 9; y, Artículos 116, 117 y 118 numeral 2 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y su reforma. DECRETA: ARTÍCULO 1. Crear la Comisión Nacional de la Agenda 2030 para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (CN-ODS), la cual será responsable de: a. Aprobar y coordinar la aplicación de la Estrategia Nacional para la Implementación de la Agenda Nacional 2030 y los ODS priorizados; b. Conducir e impulsar la implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación del cumplimiento de los ODS, con énfasis en aquellos priorizados en la Agenda Nacional 2030 para los Objetivos de Desarrollo Sostenible; c. Asesorar al Poder Ejecutivo y a todas las demandas que se le presenten en materia de estrategias y políticas públicas para el logro de los ODS; d. Impulsar la elaboración de instrumentos técnicos que faciliten la vinculación, implementación y la evaluación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, prioritariamente los de la Agenda Nacional, en los diferentes ámbitos y niveles; e. Aprobar e impulsar el Plan de Comunicación y Divulgación sobre la Agenda Nacional 2030 de los ODS; f. Promover reformas a marcos legales o reglamentarios que fuesen pertinentes y normas operativas y de funcionamiento que faciliten la implementación de la Agenda Nacional 2030 para los ODS. g. Conocer y aprobar los Informes Nacionales de Revisión Voluntaria y cualquier otro documento e instrumento referido a la implementación y cumplimiento de los ODS priorizados en Honduras; h. Asumir y/o delegar a quien competa las representaciones de Desarrollo Sostenible, ante redes y organismos nacionales e internacionales; i. Impulsar las iniciativas de sistematización de experiencias referidas a la implementación y evaluación de la Agenda Nacional 2030 en Honduras; y, j. Propiciar y apoyar intercambios de experiencias sobre la implementación y evaluación de la Agenda Nacional 2030 de ODS, dentro y fuera del país. UD I-D EG T UN AH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG 9 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 No. 34,756 ARTÍCULO 2. La CN-ODS, se crea con el fin de constituirse en la instancia de gobernanza para la efectiva implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible del país. Estará integrada por los titulares o representantes de alto nivel de las siguientes instituciones: a. Secretaría de Coordinación General de Gobierno, quien la presidirá; b. Secretaría de Finanzas; c. Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; d. El Consejo de Educación Superior; e. El Consejo Hondureño de la Empresa Privada; f. Las Organizaciones Obreras y Campesinas; g. La Sociedad Civil Organizada; y, h. La Asociación de Municipios de Honduras. Para asuntos técnicos, estratégicos y operativos de la ejecución de la Agenda 2030, la CN-ODS contará con el apoyo de las diferentes dependencias de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno (SCGG), especialmente las Direcciones Presidenciales, los Coordinadores Generales de Gobierno Adjunto de la SCGG, así como el Instituto Nacional de Estadística (INE). También la CN-ODS contará con los organismos de Cooperación Internacional como aliados estratégicos. ARTÍCULO 3. La Secretaría de Coordinación General de Gobierno se constituye en el Punto Focal Institucional de la Agenda Nacional 2030 de ODS (AN-ODS). ARTÍCULO 4. El Secretario Coordinador General de Gobierno, delegará a la Dirección Presidencial de Planificación, Presupuesto por Resultados e Inversión Pública (DPPI), los aspectos técnicos de planificación y seguimiento de la implementación de la AN-ODS y a las Direcciones Presidenciales de Monitoreo y Evaluación y a la de Transparencia, Modernización y Gobierno Digital, lo concerniente a sus competencias según la legislación vigente. ARTÍCULO 5. Con el fin de asistir directamente el funcionamiento de la CN-ODS, se crea el Comité Técnico para el Desarrollo Sostenible (CT-DS), coordinada por la DPPI de la SCGG e integrada por un técnico de alto nivel de cada una de las instituciones que conforman la CN ODS, incluyendo el INE y Organismos de Cooperación Internacional. Esta comisión tendrá las siguientes funciones: a. Brindar apoyo analítico actual y prospectivo y recomendaciones técnicas para la toma de decisiones de la CN-ODS; b. Dar seguimiento a la ejecución de las resoluciones que tome la CN-ODS en relación a la implementación de la Agenda Nacional 2030 para los ODS; c. Coordinar la elaboración y proponer a la CN-ODS las estrategias de ejecución y de socialización de la Agenda 2030 para los ODS, con énfasis en la AN ODS; d. Proponer a la CN-ODS las mejoras al marco legal y políticas públicas que contribuyan al logro de los ODS; e. Proponer a la CN-ODS actualizaciones de la Agenda Nacional 2030 de ODS, en función de los cambios del entorno nacional; f. Elaborar, conocer, comentar y remitir a la CN-ODS, para su conocimiento o aprobación, los informes relacionados con la implementación de la Agenda Nacional 2030 para los ODS; y, g. Definir y presentar a la CN-ODS las propuestas de sistematización e intercambios de experiencias sobre la implementación de la Agenda Nacional 2030 de los ODS, a nivel local o internacional. ARTÍCULO 6. Para el cumplimiento de sus funciones, el CT DS podrá gestionar la colaboración, participación e integración UD I-D EG T UN AH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG 10 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 No. 34,756 de otras dependencias públicas y privadas que se consideren pertinentes, así como investigadores independientes con reconocida trayectoria nacional e internacional. ARTÍCULO 7. Para la implementación de la Agenda Nacional 2030 de los ODS en el territorio, las Mancomunidades de Municipios se constituyen en las instancias de coordinación y apoyo técnico a la CN-ODS, a través del CT-DS. ARTÍCULO 8. Créanse las “Mesas Temáticas de Trabajo”, para abordar y analizar los temas de interés que el CT-DS defina. La integración y funcionamiento de éstas, estará descrita en el Reglamento Interno de la CN-ODS. ARTÍCULO 9. La participación y colaboración de los integrantes de la CN-ODS y de sus órganos de apoyo, serán ad-honorem. ARTÍCULO 10. La CN-ODS, con la asistencia del CT-DS, deben elaborar y consensuar el Reglamento Interno que regirá su funcionamiento y el del resto de las instancias técnicas de apoyo, en un periodo no mayor de tres (3) meses, después de publicado el Decreto Ejecutivo (PCM) en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”. ARTÍCULO 11. Derogar el Decreto Ejecutivo Número PCM 012-97, de fecha 05 de septiembre de 1997 y sus reformas, emitido por el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado. Las funciones y responsabilidades que actualmente ostenta el Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible (CONADES), pasan a ser parte de las atribuciones de las instituciones públicas de acuerdo a sus competencias a iniciativa de la SCGG, al mismo tiempo que tales funciones y responsabilidades pasan a formar parte de las competencias de la CN-ODS. ARTÍCULO 12. Créase la Comisión Especial Técnico Administrativa y transitoria, con personal del antiguo Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible (CONADES) y de la SCGG, con el propósito único de ejecutar todas aquellas actividades necesarias para liquidar el CONADES, tales como el levantamiento físico de los bienes, cancelación del personal, revisión de espacios físicos, activos y pasivos, remanentes del presupuesto desde años anteriores hasta el 2018, traspaso de información técnica y administrativa, entre otros. Los activos y remanentes presupuestarios que resulten de la liquidación, serán traspasados a la SCGG, quien lo incorporará a su presupuesto para ser utilizado en la coordinación de la ejecución de la AN-ODS. ARTÍCULO 13. A partir de 2019, la Secretaría de Finanzas incrementará el presupuesto de la SCGG en igual o mayor monto del que le transfirió al antiguo CONADES en el 2018, con lo cual se podrá sufragar los gastos relacionados con el funcionamiento de la CN-ODS y del CT-DS. Estos recursos serán parte del presupuesto de la SCGG y los mismos podrán ser complementados con fondos de fuentes de cooperación externas que se movilicen para la implementación de la Agenda 2030 de ODS, específicamente la AN-ODS. ARTÍCULO 14. El incremento al presupuesto de la SCGG, se hará a requerimiento de esta Secretaría en el momento de la formulación presupuestaria anual y en base a los planes operativos anual aprobados por la CN-ODS a propuesta de la CT-DS, en el marco de la ejecución de la AN-ODS. ARTÍCULO 15. El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”. Dado en el Salón Constitucional de Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecinueve (19) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA UD I-D EG T UN AH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG 11 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2018 No. 34,756 MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY. EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL. FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPACHO DE DEFENSA NACIONAL. OCTAVIO RUBEN SÁNCHEZ MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. UD I-D EG T UN AH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG