Decreto Nº PCM-034-2019 ─ Crea el Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE)
颁布于 2019-07-05 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Agricultural and rural development, Food and nutrition
- 关键词
- institution, non-governmental entity, agricultural commodities, internal trade, credit, governance, vending
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ARTÍCULO 1.- Créase el Servicio Nacional de de la Administración Pública. Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), como una entidad Desconcentrada de la Presidencia de la CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Artículo 43 de la Ley República, con personalidad jurídica, independencia técnica, General de la Administración Pública la desconcentración administrativa y financiera, con domicilio en la ciudad de funcional se verifica mediante la creación de entidades u Tegucigalpa, M.D.C., departamento de Francisco Morazán, órganos que no obstante dependerá jerárquicamente de un pudiendo establecer oficinas regionales en cualquier lugar órgano central, se les atribuye competencia propia, la cual del país y será responsable de la aplicación de la normativa ejercitan con autonomía técnica-administrativa y financiera. de la micro, pequeña y mediana empresa, desarrollo del emprendimiento, de las empresas del Sector Social de CONSIDERANDO: Que es de urgente necesidad la Economía y la innovación, así como los programas ORDENAR el funcionamiento del Gobierno en el impulso financieros de acceso al financiamiento asociados a estos a la micro, pequeña y mediana empresa que hasta ahora ha sectores y que se rige por este Decreto y demás Leyes que estado disperso en programas y proyectos con casi nulo por su naturaleza y similitud le sea aplicable. impacto en la generación de empresas sostenibles; así como el POTENCIAR la inclusión financiera de población ARTÍCULO 2.- Son objetivos de SENPRENDE, las excluida de los servicios financieros convencionales todo siguientes: esto en articulado en UN SOLO INTERLOCUTOR, con el cual se establezcan alianzas y amplíen masivamente el a.- Formular las políticas, planes y programas para el acceso a la asistencia técnica y el financiamiento, con un fomento de la micro, pequeña y mediana empresa, papel potenciador y vigilante de la gestión de los nuevos desarrollo del emprendimiento y de las empresas intermediarios que se estarán incorporando al proceso. del Sector Social de la Economía; 8 A. Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE JULIO DEL 2019 No. 34,999 b.- Desarrollar los mecanismos necesarios para la ARTÍCULO 3.- Créase el Consejo del Emprendedor ejecución de los programas y proyectos de asistencia (CONPRENDE), quien será la instancia consultiva técnica, capacitación, comunicación y articulación para el diseño de productos y servicios para la efectiva con los organismos públicos y privados; implementación de los objetivos del Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE). c.- Crear programas de acceso al crédito o inclusión financiera con fondos de capital de riesgo, con el
ARTÍCULO 4.- El Consejo del Emprendedor fin de reconstruir el historial crediticio de personas o empresas que no tienen acceso al Sistema (CONPRENDE), está integrado por las siguientes Financiero Nacional, con condiciones de capital instituciones: de riesgo y crédito social, conforme al Artículo 13 a) Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo del Decreto Legislativo No. 145-2018; así mismo Económico, quién lo presidirá; crear condiciones y aportar fondos a sociedades b) Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación administradoras de fondos de garantía recíproca y General del Gobierno; articular servicios con las mismas; c) Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia; d) Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo d.- Crear un Observatorio de la Micro, Pequeña y y Seguridad Social; Mediana Empresa, Emprendimiento y Empresas e) Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura del Sector Social de la Economía, vinculado con otras instituciones, que permita la investigación, y Ganadería; capacitación y el desarrollo de estudios basados en f) Banco Hondureño de la Producción y la Vivienda información cuantitativa y cualitativa actualizada. (BANHPROVI); Este Observatorio dependerá directamente del g) Consejo Hondureño del Sector Social de la Director Ejecutivo y tendrá sus funciones establecidas Economía (COHDESSE). en el reglamento interno de la entidad. Además el Consejo del Emprendedor (CONPRENDE), tiene la facultad de girar invitación para que se incorpore e.- Representar al País internacionalmente en tratados y como miembro de su seno un representante de la Asociación convenios que se celebren con los cooperantes y ante las instituciones que puedan contribuir con fondos de Municipios de Honduras (AMHON), así como cualquier para la ejecución de los programas; y, institución del sector público y privado como ser: La Asociación Nacional de la Mediana y Pequeña Industria de f.- Otras establecidas en los diferentes reglamentos Honduras (ANMPIH); Federación de Cámaras de Comercio internos que se emitan para el funcionamiento de (FEDECAMARA); Consejo Hondureño de la Empresa SENPRENDE. Privada (COHEP) y otros. A. 9 Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE JULIO DEL 2019 No. 34,999 La Gaceta
ARTÍCULO 5.- El Servicio Nacional de Emprendimiento y las regulaciones que le son aplicables; e, de Pequeños Negocios (SENPRENDE), está dirigido por un i. Otras atribuciones que se le designen. Director Ejecutivo, mismo que será de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República. ARTÍCULO 7.- El Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), está conformado
ARTÍCULO 6.- Son funciones del Director Ejecutivo, las por: siguientes: a. Dirección Ejecutiva; b. La Subdirección de Formalización; a. Ejercer la representación legal, administración, c. La Subdirección Técnica; dirección y manejo del Servicio Nacional de d. La Subdirección Financiera; Emprendimiento y de Pequeños Negocios e. Secretaría General; y, (SENPRENDE); f. La Gerencia Administrativa. b. Delegar funciones en los funcionarios que estime conveniente; ARTÍCULO 8.- Funciones de las Subdirecciones: a. Subdirección de Formalización: Prestar servicios de c. Suscribir Convenios de Cooperación, Acuerdos y asesoría para la formalización de negocios, empresas Contratos con instituciones y organismos públicos y y organizaciones del Sector Social de la Economía; privados, nacionales o extranjeros vinculados al tema b. Subdirección Técnica: Prestar servicio de desarrollo de competencia del SENPRENDE y en el ejercicio empresarial, educación financiera, impulsar el de sus funciones como Director Ejecutivo. emprendimiento e innovación, promoción de d. Seleccionar, contratar, evaluar y promover personal mercados e internacionalización, asesoría legal, el de acuerdo a evaluación integral y conforme a la diseño de programas, proyectos y otros, así como normativa legal aplicable y la organización del el acompañamiento de los emprendedores y los SENPRENDE. pequeños negocios; y, e. Aprobar las políticas, lineamientos, reglamentos c. Subdirección Financiera: Prestar servicios y internos, instructivos, manuales y formularios para productos de acceso al crédito o inclusión financiera la operación del SENPRENDE; con fondos de capital de riesgos, con el fin de f. Aprobar la estructura organizacional del reconstruir el historial crediticio de personas o SENPRENDE; empresas que no tienen acceso al Sistema Financiero g. Fungir como Secretario Técnico del Consejo del Nacional. Para tales efectos el SENPRENDE por Emprendedor (CONPRENDE); medio de esta Subdirección asume y/o coordina con h. Dirigir la gestión administrativa, operativa y financiera los ejecutores de las operaciones de los programas de la entidad, manteniéndola en observancia de todas y, proyectos de acuerdo al siguiente criterio: 10 A. Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE JULIO DEL 2019 No. 34,999 A. 11 Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE JULIO DEL 2019 No. 34,999 La Gaceta
ARTÍCULO 9.- El Director de SENPRENDE o su serán asumidas por una Comisión de Transición nombrada representante delegado, debe integrar con voz y voto los por la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, la Comités Técnicos Administrativos de los Fideicomisos cual ejercerá las mismas hasta que el Director Ejecutivo de SENPRENDE tome posesión efectiva de su cargo. siguientes: Fideicomiso para la Reactivación del Sector Agroalimentario de Honduras (FIRSA), Fideicomiso para ARTÍCULO 11.- Para el cumplimiento de los objetivos del los Bananeros Independientes (FONBAIN) y Fondo de Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios Solidaridad con el Migrante Hondureño (FOSMIH). (SENPRENDE), se consignará una partida presupuestaría anual necesaria para el funcionamiento racional, eficiente y eficaz de SENPRENDE, que contará o se conformará de los En consecuencia se instruye a los Comité Técnico recursos siguientes: Administrativos de los Fideicomisos antes referidos suscribir a) Las Estructuras Presupuestarias asignadas a la las Adendas correspondientes a los Contratos de Fideicomisos. Subsecretaría en el Despacho de Micro, Pequeña y Mediana Empresa y del Sector Social de la Economía;
ARTÍCULO 10.- Suprimir la Subsecretaría en el Despacho de b) Las Partidas Presupuestarias de los Programas y Micro, Pequeña y Mediana Empresa y del Sector Social de la Proyectos que habrán de adscribirse o integrarse a Economía, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de SENPRENDE; Desarrollo Económico, creada mediante Decreto Legislativo c) Las herencias, legados, donaciones o aportes de No. 135-2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el 14 personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; de enero del 2009; sus funciones, competencias y atribuciones y, 12 A. Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE JULIO DEL 2019 No. 34,999 d) Los demás ingresos o bienes que adquiera a cualquier Honduras” será objeto de un Reglamento Especial el titulo legal. cual debe ser formulado por el Comité Técnico del Fideicomiso, en donde participan la Secretaría Estado
ARTÍCULO 12.- Se Instruye a la Dirección Nacional de en el Despacho de Desarrollo Económico (quien lo Bienes del Estado transferir a SENPRENDE el mobiliario, preside), la Secretaría de Estado en el Despacho de equipos, materiales, asignados a la Subsecretaría de Micro, Finanzas, la Secretaría de Estado en los Despacho de Pequeña y Mediana Empresa y del Sector Social de la Agricultura y Ganadería (SAG), el Banco Hondureño Economía, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) y el de Desarrollo Económico. Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE)”.
ARTÍCULO 13.- Todas las dependencias, programas y proyectos descritos en la tabla del literal c) i, así como de
ARTÍCULO 16.- Reformar el Artículo 1 del Decreto literal c) ii, del Artículo 8 del presente Decreto Ejecutivo Ejecutivo Número PCM-033-2018, publicado en el Diario que se adscriben e integran el SENPRENDE, continuarán Oficial “La Gaceta” el 30 de mayo del 2018 en la edición operando hasta que el Director Ejecutivo de SENPRENDE número 34,653, contentivo de la Creación y Funcionamiento tome posesión efectiva de su cargo y hasta que se haga efectivo del Programa Nacional para la Reactivación del Sector el traslado de las respectivas estructuras presupuestarias; para Agroalimentario de Honduras (FINA2), el cual debe leerse lo cual, se integrará una comisión de transición nombrada por la Secretaría de Coordinación General de Gobierno. de la siguiente manera:
ARTÍCULO 14.- El recurso humano que actualmente labora en “ARTÍCULO 1.- Se instruye… las instituciones o instancias que han sido adscritas, fusionadas o suprimidas por el presente Decreto Ejecutivo, así como de El patrimonio de este Fideicomiso… las instituciones que se integren a SENPRENDE, debe ser sometido a un proceso de evaluación. El financiamiento para el a)... pasivo laboral del recurso humano sometido a este proceso que b)... no resulte evaluado positivamente o cuyos servicios no sean requeridos por la nueva estructura institucional, será cubierto El Comité Técnico de Administración del Fideicomiso y priorizado por los saldos disponibles de su presupuesto. mencionado en este Artículo estará integrado por un miembro propietario, quien será el titular de
ARTÍCULO 15 — Reformar el Artículo 7 del Decreto la Institución y un suplente quien será el inferior
ARTÍCULO 15.- Reformar el Artículo 7 del Decreto la Institución y un suplente quien será el inferior Ejecutivo Número PCM-017-2014, publicado en el Diario jerárquico inmediato, de cada una de las siguientes Oficial “La Gaceta”, el 6 de junio del 2014, en su Edición instituciones: la Secretaría de Estado en el Despacho número 33,446, contentivo de la Creación y Funcionamiento de Finanzas, la cual lo presidirá, Secretaría de del Programa Nacional para la Reactivación del Sector Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Agroalimentario de Honduras (FIRSA), el cual debe leerse Social, Secretaría de Estado en los Despachos de de la siguiente manera: Trabajo y Seguridad Social y el Servicio de Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios
ARTÍCULO 7 — Bajo el marco de las directrices básicas (SENPRENDE) y el fiduciario quien fungirá como
“ARTÍCULO 7.- Bajo el marco de las directrices básicas (SENPRENDE) y el fiduciario quien fungirá como descritas en este Decreto Ejecutivo, el “Fideicomiso Secretario del Comité Técnico, quien tendrá voz pero para la Reactivación del Sector Agroalimentario de no voto. A. 13 Derechos Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 18 DE JULIO DEL 2019 No. 34,999 La Gaceta
ARTÍCULO 17.- El presente Decreto Ejecutivo entra en MARÍA DOLORES AGÜERO LARA vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS “La Gaceta”. DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA DESARROLLO ECONÓMICO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN SEGURIDAD NACIONAL 14 A. Derechos Reservados ENAG