Decreto Nº 76/04 - Reforma la Ley del Fondo para la Reducción de la Pobreza (FRP)
颁布于 2004-05-28 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 法令
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Agricultural and rural development
- 关键词
- agricultural development, special fund
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
La primera nnprenta lleqo a Honduras en 1829. orondo instalado en Tegucigalpa. on 01 cuartel San Francisco, 10 primero que se Irnpnrnlo fue una proclama del General Morazan, con fecha 4 de diciernbre de 1829. Empresa Neclonel de Aries crettcee E.N.A.G. Despues se imprlrruo el primer periodico oficial del Gobierno con fecha 25 de mayo de 1830. conocrdo hoy,como Diario Oflcial "La Gacela". Poder Legislativo EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que los niveles de pobreza y marginacicin social imperanres en el pais, provocan la necesidad urgerirede aumentar la eficiencia del gasto publico y resolver los problemas de calidud del rnismo. como un medio para elevar la productividad de la mann de obra hondurenu y con ello sus ingresos. CONSIDERANDO: Que para atender esta necesidud. el Gobierno de Honduras ha disenado y ejecutado una Estrategia para la Reduccion de la Pobreza (ERP), misma que cueuta con el apoyo de lu comunidad interuucional. mediante lu declaracion de elegibilidnd de Honduras en el marco de la lniciativa de Alivio de Deuda para Paises Pobres Altamente Endeudados (I-II PC ). CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Honduras. pOI' medio del Gahinete Social y en consulta con la Snciedad Civil. ha definido como prioridad el apoyo a lu ejecucion de Programas y Proyectos que forman parte de la Esrrategiu para la Reduccion de la Pobreza (ERP), en el marco de la planificacion de largo plazo. CONSIDERANDO: Que el Gobierno, en consulta con la Sociedad Civil, ha replanreado la vision de la Estrategia para la Reduccion de lu PobrC/.a I ERP). sobre la base de las experiencias de su irnplementucion y tom.uulo CI1 couxideruc ion las proyccc iones mucroeconornicas y socialcs prevulecientes en ,'I pais. POR T\NTO, DEC R ETA: ARTicULO I.-Reformar los Artfculos 2: 3: 5: numerales 2).4) y agregar cl numeral St en el Articulo 10: II: incorporar los numerates 7) y :-\) al Articulo 12: numeral 4) del Articulo 14: del Decreto No. 70 2002. del 2 de abril de 2002. conientivo de In Ley del Fondo para In Reduccion de lu Pobreza i FRP). los que Se leeran asi: ARTicULO 2.- EI rondo para Ia Rcduccion de Ia Pohrez» (FRP) eSlei constituido con el cien pOl' ciento ( I(lO';; i de los recursos provenienres de la Iniciativu de Alivio de Deuda para Pafses Pobres Altamente Endeudados (HIPC). asi como otras condonacioues y alivios al scrvicio de la deuda extern» y iodos los otms rondos tanto nacionales como externos. que se percibun con la Iinnlidud A. de dar apoYll a la Estrategia para la Reduccion de la Pobreza (ERP). Dichos recursos seriin marcados en e l Presupuesto General de Irigresos y Egrexos de la Republica de acuerdo a xu Iueute de Ii nanc i aru ie nto. areu progranuit ica. ub icac io n ge()gnifica e instituciones involucrudas en la ejecucion de la Estrategia para la Reduccion de la Pobreza (ERP). En el caso de los recursos externos. debeni prevalecer el acuerdo con cada acreedor 0 donante". "ARTICULO 3.- Los recursos del Fondo para Ia Reduccion de la Pobrezu a que se refiere el articulo anterior. deberan. ingresar al Foudo General de lu Tesorena General de Ia Republica. y su cuunnu seni utilizada unica y exclusivumente en los prograrnas :' proyecros de la Estrategia para la Reducciou de la Pobrezu (ERP). cuyo presupuesto sera aprobado anualmente como parte integral del Presupuesro General Lte Ingresos y Egresos de la Republica. Los programas y proyectos discutidos pm el Consejo Consultivo y aprohados con postcrioridad por el Gahinete Social quedur.in incorporados al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Republ ica. previa aprobacion del Congreso Nacionul. Adem.is. deber.i establecerse una cuantia destinada a financial' las audironas preventivas. asi e<\l11O. e l seguimiento y evaluacion de los indicudorcs, de los avances fisicos y financieros de lu Estrategia para la Reduccion de la Pobreza (ERP) y el seguimiento presupuestario. de acuerdo a 10 que determine el reglamento de Ia presente Ley. En cualquier cas(). dicha cuantia no sera superior al dos punto cinco pm ciento (2.),/() anual para auditorfas preventivas y dos pOI' ciento (2(!c ) para el seguimiento y evaluaclt)n de los indicadores de los avances ffsieos y !"inancierosde la Estrategia para la Reduccit de la Pobreza (ERP) Y cl seguimiento presupuestario. calculados sobre el monto presupuestado para desembo!sos en ejecuci6n y declarado elegibles p:tnl proyectos aprobauos EI presupuesto Anual de la Estrategia para la Redllcci6n de la Pobreza (ERP) mencionado anterimmente. formara parte al mismo tiempo. del Plan Operatlvo Anual de la Estrategia para la Reducei6n de la Pobreza (ERP). preparado pm el Grupo Tt'cnico Interinstitueional (GTI). con apoyo de la Unidad de Apoyo Wcnico (UNAT). EI mismo sed diselltido por cl C()nscjo C()nsultiv() y aprobado p()rcl Gahillctc Social. convirtit'ndose en un instrumento para el nwnitoreo de la Estrategia para la Reducci6n de la Pobreza (ERP). La Seeretaria de Estad() en el Despaeho de Finanzas. pOI' medio de la Direcci6n General de Presupuesto (DGP) Yde 1,1 Direcci( General de Crf~dito Pllblico (DGCP). tendr{t b,~jo su responsabilidad el registro de la ejeeuci<in de los ingresos y egresos del Fondo y la elahoracitin de los reportes requeridos. Para efeet()s de establecer' la elegibilidad y prioridad de 10, pmgramas y proyectos que en el contexto de la Ley del Fondo para la Reducci( de la Pobreza (FRP) determine el Gabinete Social en acuerdo eon el Consejo Consultivo. se constituye una comisi6n especial integrada pm tres (3) miembros del Congreso Naciona\ nombrados pOl' el ' Presidente de ese Poder del Estildo. quienes acompaiianin a dicho Gabinete a efecto de coadyuvar en la orientaci6n de las inver..;iones que se deriven de este Presupuesto. asi como del fondo para el alivio de la deuda. L()s f(!lIdos plovenientes del alivio ell el pago pOIservici() de la deuda e,terna pmduL'to de h ··[niciativa de Alivio de la Deuda a Paises Pobres Altamenre Endeudados (HIPC )". senin destinad- IS a financiar programas 0 proyectos dirigidos al combate 0 reduccion de lu pobreza. de acuerdo a las prioridades aprobadas pOI' el Gabinere Social en coordinacion con la Cornision Especial mencionadu en el parrafo anterior y al mecanisme operativo definido para el Fondo para la Reduccion de la Pobreza (FRP). En caso de que deban realizarse incorporaciones de recursos y gastos sociales que se financien con esta fuente al Presupuesto General de [ngresos y Egresos de la Republica en el transcurso del ario. se faculta al Poder Ejecutivo a uuves de la-Secretana de Estado en el Despacho de Finanzas, para que real ice la rnisma, mediante el "Formulurio de Moditicacion Presupuestariu", el cual surtir.i los mismos efectos de una "Resolucron Internn' previa notific.ic'ion al Congre:«: Nacion»]. ARTICllLO 5.- La adrninistracion de los recursos del Fondo de Reduccion para la Pobrezu (FRP). estara sujeta a la fiscalizacion del Tribunal Superior de Cuentas, a las revisiones de las instituciones representadas en el Consejo Consultive y a los mecunisrnos de verificacion 'Y exumen que se estublezcan pOI' parte de los organismos y paises cooperantes en el rnarco de la lniciativa de Alivio de Deudu a Paises Pobres Altamente Endeudados (HIPC), en coordinacion con el Gahinete Social. Con fines de transparencia. fisealizaei(ll1. rendici6n de cuentas. revisiones 0 allditorias. el Gobierno debera publicaI' reportes trimestrales. que sean coincidentes con la liquidaci6n presupuestaria '1111" f'1:lhora f'1 Podf'r Fjf'clltivo Asimismo .Sf' prf'Sf'nl-;\r;llln n'porte anual de ejecuci6n del gasto de la Estrategia para Ia Reducci6n de la Pobreza (ERP). detallando las fuentes de su funcionamiento. su aplicaci6n programatica y la c1asificaci6n econ6mica del gasto. evidenciando que los rondos aprohados en el presupuesto anual de la Estrategia para la Reducci6n de la Pobreza (ERP), ineluidos los provenientes de la Iniciativa de Alivio de Deuda para Paises Pobres Altamente Endeudados (HIPC), han sido aplicauos en su totalidad al financiamiento de la misma. permitiendo el monitoreo de la tendencia del gasto total en la Estrategia para la Reducci6n de la Pobreza (ERP). a travt's del tiempo. Dichos informes senin validados por los representantes de la sociedad civil en 1"1 seno del COllsejo Consultivo. Los reportes trimestrales y anuales de ejecucion del gasto se acompafiaran de reportes de avances de gestion y ejecucion de metas, indicadores, medidas de politica y programas y proyectos contemplados en la Estrategia para la Rednccion de la Pobreza (FRP). Dichos reportes seran objeto de discusion al interior del Consejo Consultivo y tendran una amplia difusion", "ARTICULO 10.~ EI Consejo Consultivo para la Estrategiapara la Reduccion de la Pobreza (ERP), estara integrado pOl' los miembros siguientes: 1) 2) Seis (6) Secretarias de Estado en representacion del Gobierno, asi: a) Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas; b) Secretaria de Estado en el Despacho de Educacion; c) Secretaria de Estado en los Despachos de Recursos Natu rales y Ambiente (SERNA); d) Secreraria de Estado en los Despachos de Gobernacion y Justicia; e) Secretaria de Estado en el Despacho de Salud; y, 1) Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia. 3) ... 4) Doce (12) representantes de la sociedad civil organizada y con personalidad juridica, seleocionados en asambleas representativas de cada sector y nombrados pOl' el Presidente de la Republica, pertenecientes a los sectores siguientes: a) Un representante de las Centrales Obreras; b) Un representante de las Centrales Campesinas; c) Un representante de las Organizaciones de Mujeres; d) Un representante de las Organizaciones de Juventud y Nifiez; e) Un representante de las Organizaciones de la Tercera Edad; 1) Un representante del Consejo Hondureiio de la Empresa Privada(COHEP); g) Un representante de la micro y pequena ernpresa; h) Un representante del sector social de la economia; i) Un representante de las Organizaciones de Personas con Discapacidad; j) Un representante de las Federaciones de Patronatos y Organizaciones Comunitarias; k) Un representante de las OrganizacionesEtnicas; y, 1) Un representante de las Organizaciones no Gubernamentales (ONGs). Las asambleas de cada sector de la sociedad civil seran convocadas por la Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernacion y Justicia, mediante circulares publicadas en los medios de comunicaciones escritos y radiales. Si los sectores no nominaran su candidato dentro de los veinte (20) dias habiles, contados desde la fecha que reciban la convocatoria por parte de Ia Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernacion y Justicia, el Presidente de la Republica podra hacer el nombramiento respectivo escogiendo entre los miembros notables del Sector. 5) A las sesiones del Consejo Consultivo seran invitados en calidad de observadores dos (2) representantes de la Comunidad Internacional, uno por los Organismos Multilaterales y otro por los paises cooperantes". . "ARTICULO 11.- Los miembros del Consejo Consultivo desempefiaran sus funcones en forma ad-honorem; se reuniran al menos una vez cada dos (2) meses 0 cuando sean convocados por su Presidente, El quorum se constituye con la presencia de la mitad mas uno de sus miembros; cuando no exista quorum se realizara la sesion con las personas asistentes, una (1) hora despues. Las decisiones se toman por mayoria simple; en casa de empate, el Presidente tiene voto de calidad". "ARTICULO 12.- El Consejo Consultivo para la Reduccion de la Pobreza, tendra las funciones siguientes: 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) Informal', retroalimentar y asegurar la incidenciaa nivelnacional, regional y local, sobre las acciones enmarcadas en la implementacion de IaEstrategiapara la Reduccionde la Pobreza (ERP), a traves de un programa de comunicacion; y, 8) Recibir y dar tramite a propuestas que partan de una base territo rial, sean estas municipales, de mancormmidad, departamentales o regionales". "ARTICULO 14.- Una vez declaradala elegibilidad de los programas y proyectos pOI' parte del Gabinete Social, previa discusion del Consejo Consultivo, la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas elaborara la programacion de los desembolsos con cargo al Fondo para la Reduccion de la Pobreza (FRP), sobre la base de los recursos disponibles y confonne a las disposiciones que establece la legislacion presupuestaria vigente, A fin de garantizar la efectiva y eficiente operatividad del Fondo para la Reduccion de la Pobreza la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas tendra la responsabilidad de: 1) 2) 3) ...; y, 4) Presupuesto Annal de la Estrategia para la Reduccion de la Pobreza (ERP) y asignar los recursos destinados a los programas y proyectos de Ia Estrategia para la Reduccion de la Pobreza (ERP). ARTicULO 2.-Derogar los Articulos del 15 al25 del Decreto No. 70 2002, de fecha 2 de abril de 2002, contentiva de la Ley del Fondo para la Reduccion de Ia Pobreza (FRP). 3.-E1 presente Decreta entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salon de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintiocho dias del mes de mayo de dos mil cuatro. PORFIRIO LOBO SOSA Presidente JUANORLANDOHERNANDEZ A. Secretario ANGEL ALFONSO PAZ LOPEZ Secretario Al Poder Ejecutivo. Par Tanto: Ejecutese. Tegucigalpa, M. D C, 18 de junio de 2004. RICARDOMADURO Presidente de la Republica ARfURO ALVARADO sANcH.l!.:z EI Secretario de Estado en eI Despacho de Finanzas.