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洪都拉斯的法律

Decreto Nº 26/12 - Organización y funciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Pueblos Indígenas y Afrohondureños (SEDINAFROH)

颁布于 2012-07-18 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
洪都拉斯
主题
Agricultural and rural development
关键词
agricultural development, policy/planning, capacity building, cultural heritage, Indigenous Peoples

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  1. Scee ion A Acuerdos y Lcycs • REPUBLICA DE HONDURAS -- TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2012 • No. 32;894 JULIO CESAR RAUDALES SECRETARIO TECNICO DE PLANIFICACION Y COOPERACION EXTERNA ANGELAi'ITONlO ESCOBAR SECRETARIO DE ESTA.DO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES YDEPORTES, POR LEY SYNTIA BENNETT SALOMON SECRETARlADE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO, POR LEY MARCO ANTONIO MID ENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPA.CHO DE JlNENTUD LUIS GREEN MORALES SECRETAR1O DE ESTA.DO EN LOS DES PACH OS DE PUEBLOS INDIGENAS Y AFROHONDURENOS CESAR HAM PENA MINISTRO DIRECTOR DEL lNSTITUTO NACION AL AGRARIO G~THER VON WIESE MINIS;r~p DIRECTOR DEL FPNDO HONDURE&Q.DE : , , INVERSION SOCIAL, POR LEY • MARIA ANTONIETA BOTTO MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL ' DELAMUJER MARIA ELENA ZEPEDA MINISTRA DfRECTORA DEL PROGRAMA DE ASIGNACION FAMILIAR .JOSE TRINIDAD SUA ZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERVACIONY DESARROLLO FORESTAL, AREAS PROTEGIDAS YVIDASILy'ESTRE CONFIRMADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLJCA EN CUMPLIMIENTO DELARTICULO 20 DE LA LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Presidencia de la Republica EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO: Que de confonnidad con el Articulo 245 de la Constituci6n de la Republica, el Presidente de la Republica tiene a su cargo la administraci6n general del Estado. CONSIDERANDO: Que de confonnidad con Ios Articulos 14 y 22 de la Ley General de la Administraci6n Publica, es potestad de! Presidente de la Republica en Conscjo de Ministros, entrc otras: Creary reorganizar )as dependencias intemas que fuesen necesarias para la eficacia de la administraci6n publica. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Numero 146-86 de fecha 27 de Octubre de 1986, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 25,088 del 29 de Noviembre de 1986, se emiti6 la Ley General de la Administraci6n Publica, en ' cuyo A,rticulo 28 se crearon las Secretarias de Estado. Los Articulos 28 y 29 de dicha Ley fueron refonnados mediantc Decreto Legislativo No. 203-~010 de fecha 14 de Octubre de[ 2010, y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.321364 de fecha 12 de Noviembre de 2010, que contiene 'la creaci6n y competencias de la Secretaria de Estado en los Despachos de A. Scccion A Acucnlos y Lcycs REPUilLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2012 No. 32,894 Pueblos lndigenas y Afrohondureiios, la que entre otras al:!ibuciones asumc lo concemiente a la coordinaci6n, fonnulaci6n, ejecuci6n )' evaluaci6n de las politicas que fomenten el desarrollo econo,nico, social,'cultural-academico y ambicntal de los pueblos y comunidades Indigenas y Afrohondure11os, del pais y su Reglamcntaci6n mediante reforma de! Reglamcnto de Organizaci6n, Funcionamicnto y Competencias del Poder Ejecutivo aprobado mediantc Decreto Ejecutivo No. PCM-008-97 de fecha 02 de Junio de 1997. CONSIDERANDO: Que es necesario adoptar las medidas que garanticcn de inmediato el funcionamiento eficaz de la Secrctaria de Estado en los Despachos de Pueblos Indigenas y Afrohondureiios a efecto de ejecutar las facultades y competencias que por Ley le corresponden en !as rcspectivas materias. CONSIDERANDO: Quepara haceroperativas las funciones de la Secret.aria de Estado en los Despachos de Pueblos lndigenas y Afrohondurefios, se requiere crear la estructura organizativa y funcional de la misma, para el cumplimiento de !as facultades y competencias que por Ley le corresponden, contando con una estructura basica y demas 6rganos de direcci6n y de apoyo con que cuentan las Secretarias de Estado en el Rcglamcnto de Organiz.aci6n, Funcionamiento y Competencias de! Poder Ejecutivo aprobado mediante Decreto Ejecutivo No. PCM-008-97 de f~cha 02 de Junio de 1997. CONSIDERAN~O: Que el referido proyecto de refonna del Reglamc.·nto de Organizacion, Funcionamiento y Competcncias <lei Poder Ejecutivo fuc dictaminado favorablcmente por la Procuraduria General de Ja Republica, en cumplimiento de!Articulo 41 de la Ley de Procedimiento Administrative. PORTANTO; En ejerci'cio de Jas facultades de queesta investido yen aplicaci6n de losArticulos 245 numerales 2 y 11 y252 dela Constituci6n de laRepublica;Miculos7numeral6)9, 10,11, 14numeral I), 17, 22 numerales 9) y I 0), 28 numeral 20, 29, I I 6 y 11 7 de la Ley General de iaAdministraci6n Publica; Decreto No. 203-2010, ~ de fecha 14 de Octubre del 20 I 0, y pub licado en el Diario Oficial . ' "La Gaceta"No. 32,364, con fecha 12 de Noviembre de\ 2010; Articulo 41 de la Ley de ProcedimientoAdministrativo; y, Articulos 1, 2, 6, 9 numerates 4) y 7), 11 , 13 parrafo segundo, 24, 25 y 43 del1Decreto Ejecutivo Numero PCM-008-97 que contiene el Reglamento de Organizaci6n, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. DECRETA: ARTiCULO 1.- Reforrnar por adici6n los Articulos 87-G, 87-H y 87-I al Reglamento de Organizacion, Fw1cionamicnto y Competencias <lei Poder Ejecutivo, contenido en el Decreto Ejecutivo Numero PCM-008-97 de fecha 2 de Junio de 1997, de conforrnidad a lo establccido en losArticulos 4, 28 y 29 de la Ley General de laAdministracion Publica contenida en cl Decreto Legislativo No. 146-86 de fee ha 27 de Octubre de 1986, publicada • en el Diario Oficial La GacetaNo.25,088 del 29 de Noviembre de 1986, reformada mediante el Decreto Legislativo No.203 20 I Ode fecha 14 de Octubre de 2010 y publicado en fecha 12 de Noviembre <lei 2010, los cuales sc leeran de la siguiente manera: SECCION DECIMO SEXTA Secretaria de Estado en los Despachos de Pueblos . lndigenas y Afrohondureiios Articulo 87-G. Compete a la Secrctaria de Estado en los Despachos de Pueblos lndigenas y Afrohondureiios: Lo conccrnientc a la coordinaci6n, fonnulaci6n, promoci6n, annonizaci6n, implementaci6n y evaluaci6n de l[!.5 politicas pubticas para alcanzar la igualdad racial, inclusion social y la equidad de los Pueblos lndigenas y Afrohondurcfios, erradicando cl raeismo, Ja discriminaci6n racial, la xenofobia y otras formas conexas de i;ltolcrnncia cntre los sercs humanos, incluyendo: a) La coordinaci6n, forrnulaci6n, ejecuci6n y evaluaci6n de las politicas que fomentcn el desarrollo econ6mico, social, cultural, academico y ambiental de los Pueblos Indigenas y Afrohondureiios en coordinaci6n con las Secrctarias de Estado competentes; b) La elaboraci6n, promoci6n y ejecuci6n de Jas politicas para fortalecer las diversas forrnas de organizaci6n social de los Pueblos Indigenas y Afrohondurefios en coordinacion con !as Secretarias de Estado competentes; c) La protecci6n y el fomento de la identidad y la cultura Indigcna y Afrohondurenadel pais; d) La promoci6n de Ja responsabilidad institucional para lograr la inclusion especifica y transversal de los Pueblos lndigenas y Afrohondurefios en los diferentes Poderes <lei Estado, como tambien asegurar el ejerdcio de la ciudadania de los 1niembros de los referidos Pueblos; e) La promoci6n para el cumplimiento de los derechos de los Pueblos Indigenas y Afrohondurei'i.os; t) La promoci6n de! dcsarrollo integral con idcntidad de los Pueblos lndigenas y Afrohondurefios, mediante planes, programas y proyec~os que perrnitan dignificru: sus condiciones devida; A. Srtcion A Acucrdos y Leyes .REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2012 No. 32,894 g) La promoci6n y fonnaci6n Intercultural, Multilingiic y Bilingiie de los Pueblos lndigenas y Afrohondureiios; h) La creaci6n de mecanismos efectivos para la construcci6n de espacios de socializ.aci6n de la politica intercultural; i) El establecimiento de relaciones de cooperaci6n y coordinaci6n con las entidades nacionales e intemacionales para la gesti6n de asistencia tecnica y rccursos econ6micos orientados al desarrollo integral con identidad de los Pueblos lndigenas y Afrohondureiios; j) La promoci6n de la revisi6n, actualizaci6n y annonizaci6n de! ordenamicnto juridico nacional a Jos cstandares intemacionales; k) La depromover la ratificaci6n y el cwnplimiento de Convenios y Tratados lntemacionales sobrc los Pueblos Indigenas y Afrohondurefios; I) l,..a fonnulaci6n, coordinaci6n, ejecuci6n y evaluaci6n de las politicas dirigidas a lograr la igualdad racial, inclusion social y equidad de los Pueblos Indigenas y Afrohondurcnos; m) La promoci6n para la erradicaci6n de! racismo, la discriminaci6n racial, la xenofobia y otras fonnas conexas de intolerancia entre sercs humanos, para asegurar la convivencia ann6nica; n) La articulaci6n y coordinaci6n con !as demas Secretarias e lnstituciones del Estado, !as actividades que scan necesarias para e1 desarrollo integral con identidad de los Pueblos Indigenas y Afrohondureiios; y, o) Las demas que le scfialen otras !eyes. Articulo 87-H. Para el cumplimiento de sus atribuciones, la Secretaria de Estado en los Despachos de Pueblos lndlgenas y Afrohondurefios contara con dos (2) Subsecretarias de Estado. Una Subsecretaria para cl Desarrollo Financiero ode Proyectos y otra Subsecrctaria para la Promoci6n de la"Politica e lgualdad, con los organismos siguientes: 1. Direcci6n General para el Desarrollo Productivo y Fina.nci~o; 2. Direcci6n General para el Oesarrollo Cultural y Academi~; 3. Direcci6n General de AccionesAfirmativas para Pueblos Indigenas y Afrohondurenos; 4. Direcd6n General de lnclusi6n Social y Equidad de Gencro y la Unidad Administrativa de Proyectos (UAP). Estafi adscritas a la Subsecretaria para el Desarrollo Financiero o de Proyectos: L~ Direcci6n General de Dcsarr9llo Produi.:tivo d~ ' los Pueblos y la Direcci6n General de Desarrollo Cultural y Academico. Estin adscritas a la Subsccretaria para la Promoci6n de la Politica e Igualdad: La Direcci6n General de Inclusi6n Social y Equidad de Genero y la Direcci6n General de Acciones Afirmativas para Pueblos lndigenas y A frohondureiios. ARTJCULO 87-1. La5 fonciones de ]as Direcciones Gcncrales y la Unidad deAdministraci6n de Proyectos de esta Secretaria de Estado son !as siguientes: l. Direccion General para el Dcsarrollo Pro<luctivo y Financiero de los Pueblos: Responsablc de desarrollar y coordinar una metodologia culturalmente apropiada que gencrc la mejora de los niveles de vida promoviendo desarrollo productivo y social con idcnti<lad desde las cosmovisiones propias, para atender eficaz y eficientemente la dcmanda de los nuevc Pueblos Indigenas y Afrohondureiios, que ademas cucnte con un sistema agil de comunicaci6n, gesti6n y cooperaci6n con institucioncs publicas y privadas nacionalcs e intemacionales, con cl fin de prornoverun enfoque sectorial amplio, contando a nivel local con el apoyo pennancnte de !as Direcciones Regionales de la Secretaria. 2. Direccion General de DesarrolJo Cultural y Academico: Responsable de promover, gestionar, ejccutar, evaluar y dar seguimiento a programas, proyectos, planes e iniciativas de! marco cultural, academico, turismo y deporte de los Pueblos lndigenas y Afrohondureiios, coordinar acciones con instituciones gubemamentales y otras a fines, para incorporar a los j6venes a la educaci6n primaria, sccundaria, univcrsitaria y cducaci6n no formal, el uso de los idiomas matemos tomando en cuenta su cosmovisi6n ancestral, impulsando el crec;irniento ccon6mico y socio cultural con idcntidad a partir de sus propias iniciativas mediante la C.Teaci6n de cmpresas de autogesti6n cornunitaiias. 3. Direccion General de Acciones Afirmativas para Pueblos lndigenas y Afrohondureiios: Responsable de formular, dirigir, implementar, ejccutar y evaluar !as politicas publicas, programas, proyectos, planes, acciones y medidas orientadas hacia la promoci6n, vigencia y rcspeto de los derechos hwnanos de los Pueblos lndigenas y Afrohondurcfios, la inclusi6n social y la participaci6n politica ciudadaiia en coordinaci6n con instituciones relacionadas al tema 4. Direcci6n General de Inclusion Social y Equidad de Gcnero: Responsablc de la elaboraci6n, ejecuci6n de programas, proyectos, planes y la gesti6n de rccursos hwnanos y financieros de fuentcs gubemamcntales y no gubemamentales de origen nacional c intemacional, para impulsar, proteger y garantizar la implementaci6n de ~ liticas de inclusion social y equidad de genero de los Pueblos Indigenas y Afrohondurei\os. A. Sccci6n A Acucrllus y Lcycs REP UBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2012 No. 32,894 5.La Unidad Administradora de Proyectos (UAP): Responsable de garantizar la ejecuci6n tecnica, fisica y fi.nanci<tra de los programas y proyectos fmanciados con fondos extemos, para el eumplirniento de las condiciones establecidas en los convenios de cooperaei6n, desernpciiar funciones de Unidad Coordinadora de Proyectos asi como conducir los procesos de contrataci6n y adquisici6n de obras, bienes y servicios vinculados ademas cvaluando en coordinaei6n con los organismos fi naneieros los resultados obtenidos de los programas y proyectos ejecutados y la elaboraci6n de informcs de ejecuci6n fisica y financiera de conformidad con los requerimientos de cada fuente de financiamicnto de acuerdo a los lincamientos emitidos por la Secretaria de Finanzas y la Secretaria Tecnica dePlanificaci6n y Cooperaci6n Externa( SEPLAN) y con participaci6n de los Consejos Regionalcs de Desarrollo creados en la Ley para el Establecimiento de una Vision de Pais y la Adopci6n de un Plan de Nacion para Hondurns, para tales efcctos contara con recursos humanos cspecializados en el mancjo de !as opcraciones administrativas, finaneieras, contables y el personal tecnico y auxiliar rcquerido. ARTiCULO 2.- Las atribuciones y obligaciones del(la) Secretario(a) de Estado en los Despachos de Pueblos Indigcnas y Afrohondurcfios, la de !as Subsecretarias de Estado, !as de !as Direcciones y de su estructura organizativa, se establecerim en el respectivo Reglamento Interno; asi como por los manuales y demas instrumentos quc se emitan oportunamente, los cualcs se aprobaran medianteAcucrdos ernitidos por la Secretaria de Esta.do en los Despachos de Pueblos lndigenas y Afrohondureiios. ARTiCULO 3.- El presente Decreto Ejecutivo cntrara en vigencia a partirde su publicaci6n en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Pr~i dencial, en la ciudad de Tegucigalpa, munieipio de! Distrilo Central, a los diceiocho (18) dias de! mes dcjulio de! afio cfos mi! doce (20 I 2). ' ., COMUNiQUESE Y PUBLiQUESE. ...: ' ' PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPUBLICA LIDIA ESTELA CARDONA SECRETARIA DE EST ADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACI6N, POR LEY l ' MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO DE EDUCACI6N ARTURO BENDANA PlNEL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACl 10 DE SALUD POMPEYO BONILLA REYES SECRETARIO DE ESTA DO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD MARJAANTONIETAGUlLLENVASQUEZ DESIGN ADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARIA DE ESTADO DELDESPACHO PRES!DENCIAL ARTURO CORRALES ALVAREZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIO:-.IES EXTERIORES MARLO PASCUA CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACION AL HECTOR GUILLERMO GUILLEN SECRETARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO DE FINANZAS JUA JOSE CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMER CJ 0, POR LEY A. Scccion A Acucrdos y Lcycs REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 9 DE AGOSTO DEL 2012 No. 32,894 Ml GUEL ANGEL GAMEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DE,SPACHOS DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTEYVIVIENDA FELICITO AVILA ORDONEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JlJANCARLOSORDONEZ SECRETARJO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA, POR LEY RIGOBERTO CUELLAR CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HILDA HERNANDEZ ALVARADO SECRETARIADE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL JULIO CESAR RAUl)ALES SECRETARIO TECNICQ DE PLANIFICACION Y COOPERACION EXTERNA TULIO MARIANO GONZALES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA,ARTES YDEPORTES NELLY KARINA.JEREZ SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO MARCO ANTONIO MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUVENTUD ANA A. PINEDA H. SECRETARIADEESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HVMANOS LUIS GREEN MORALES ' SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE PUEBLOS INDIGENAS Y AFROHONDURENOS CESAR HAM PENA MINISTRO DIRECTOR DEL lNSTITUTO NACION AL AGRARIO MARIA ELENA ZEPEDA . MINISTRA DIRECTORA DEL PROGRAMA DE ASIGNACION FAMILIAR JOSE TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERVACION Y DESARROLLO FOREST AL, AREAS PROTEGIDAS YVIDA SILVESTRE A.

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