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洪都拉斯的法律

Decreto Nº 155-2012 - Ley Especial de reactivación económica mediante el apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, incluyendo el sector agropecuario

颁布于 2012-12-20 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
法令
组织
European Union
国家
洪都拉斯
主题
Agricultural and rural development
关键词
agricultural development, financial agricultural measures, institution, legal proceedings/administrative proceedings, agricultural extension, capacity building, non-governmental entity, business/industry/corporations, smallholders/peasants, governance
类别
*

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文本

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  1. No. Poder Legislativo pan la Micro, Pequelia y Mediana Empresa y del Fondo Agropecuario de Garantia Reciproca, creados mediante la Ley del Sistema de Fondos de Garantia Reciproca para la Promocien de las MIPYMES, 'Vivienda Social y Educacion EL CONGRESO NACIONAL: Tecnica - Profesional aprobado mediante Decreto Legislativo No. 205-2011 de fecha 15 de noviembre de CONSTDERANDO: Que la crisis politica y economica 2011. generada en el pals a partir del ailo 2009 ha provocado efectos adversos en el sector de las MIPYMES, afectando CONSIDERANDO: Que es atribucion del Congreso su capacidad de pago y llevandolas al incumplimiento de Nacional crear, decretar, interpretar, reformar o derogar sus obligaciones crediticias. la ley. CONSIDERANDO: Que el sector de las MIPYMES PORTANTO, tienen un impacto importante en el sector social de la economia, afectando a las familias mas vulnerables, las DECRETA: que por causas ajenas a su voluntad han incumplido con sus pagos en las instituciones financieras supervisadasjo LEYESPECIAL DE REACT1VACION ECONOIVIICA que se refieja en los bur6 de credito, tales como, la Central MEDIANTE EL APOYO ALA MICRO, PEQUEICIA y de Infonnacion Crediticia (CIC) administrada por la MEDIANAEMPRESAINCLUYENDO EL SECTOR Comision Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), y las AGROPECUARIO existentes en el sector privado, conocidas como "centrales de riesgo". • ARTICULO 1.- Que en el ejercicio de sus facultades, la Comision Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) CONSTDERANDO: Que en el GranAcuerdo Nacional otorgue alas entidades del sistema financiero supervisado del 7 de febrero de 2012 firmado por el Gobiemo y los un periodo de seis (6) meses, pan que analicen cada caso sectores Privado, Obrero y Campesino, se incorporo una y detenninen la factibilidad del refmanciarniento de deudas estrategia de apoyo a las MIPYMES, articulando 28 de a las MIPYMES que esten en las categorias de riesgo 100 acciones propuestas, en las cuales resaltan 63 y 64 adversas, y cuyos saldos sean equivalentes en moneda del Gran Acuerdo Nacional, vinculados a fiexibilizar la nacional hasta Veinticinco Mil Delares de los Estados central de riesgos y el acceso al credito para las MIPYMES. Unidos de America (US$ 25,000.00). CONSTDERANDO: Que es necesario que la Comisien Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), ante la situaci6n Esta disposicien incluye la potestad de las entidades expuesta, emita una resolucion, pennitiendo al sistema financieras a otorgar nuevos creditos o ampliar los financiero que modifique temporalmente las categorias extstentes. de riesgo a las MIPYMES con las que refinancien sus creditos. ARTICULO 2.- Corresponde a la Secretaria de Estado en los Despachos de Industria y Comercio (SIC) informar CONSTDERANDO: Que es absolutamente necesario al sector MIPYMES sobre los akances de este Decreto, y solventar los problemas estructurales que impiden a la las medidas adicionales que la Comision Nacional de MIPYMES tener acceso al credit° formal pot faith de Bancos y Seguros (CNBS) ha emitido o emita pua garantias, lo que se logra en gran medida fortaleciendo promover el acceso al credito en dicho sector en el marco financieramente los patrimonios del Fondo de Garantia del presente Decreto.

  2. HONDURAS - M. D. C., 13 DE FEBRERO DEL 2013 No ARTiCULO 3. - Las personas naturales o juridicas que del 15 noviembre de 2011, publicado en el Diario hayan suscrito contratos de intercambio de informacion Oficial La Gaceta del 26 de enero de 2012, con el con uno o mas bur6 de credit°, tienen la obligacion de prop6sito de apoyar a las micro, pequefias y medianas actualizar la informacion crediticia de sus clientes en los empresas incluyendo las del sector agropecuario, con primeros diez (10) dias habiles siguientes al cierre de cada creditos en moneda nacional hasta por un monto mes. Esta informacion debe ser enviada por los bur6s de equivalente a VEINTICINCO MIL DOLARES DE WS credit° a la Comisi6n de Bancos y Seguros (CNBS) pan ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US$25,000.00). su seguimiento. La partida presupuestaria serialada en el parrafo anterior El incumplimiento a la presente disposicion sera sera asignada al Presupuesto de la Secretaria de Estado en sancionado por la Comision Nacional de Bancos y Seguros los Despachos de Industria y Comercio y transferida (CNBS) conforme a lo dispuesto en el marco legal vigente directamente por la Secretaria de Estado en el Despacho para los bur6 de credit°. de Finanzas a los fondos de garantfas. El particular que haga gestiones de reclamo ante los ARTiCULO 5. - La Comision Legislativa de buros de credit°, enviara copia de su gestion a la Comision Presupuesto del Congreso Nacional, debe velar por el Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), pan los efectos cumplimiento de lo establecido en el articulo anterior, debe de seguimiento pertinentes. rendir un informe preliminar al Pleno del Congreso Nacional, antes de la aprobacion anual del Presupuesto El cliente tiene el derecho a exigir que cualquier General de Ingresos y Egresos respectivo, y un informe comercio con el que mantiene o haya manteniclo relacion, trimestral de la ejecucion del mismo. extienda constancia de su record crediticio. La Direccion de Proteccien al Consumidor y la Fiscalia del Consumidor La Comision de Presupuesto, a efecto de obtener tienen la oblig cian de vigilar el cumplimiento de esta mej or informacion, se auxiliara de una Comision Especial disposicion. integrada pr un representante de las siguientes instituciones: ARTiCULO 4. - Los Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la Republica en los Ejercicios 1) La Presidencia de la Republica; Fiscales correspondientes a los albs 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017, deben contener una partida presupuestaria 2) Comision Nacional de Bancos y Seguros (CNBS); como aporte del Estado de Cien Millones de Lempiras (L. 100,000.000.00) a cada uno de los fondos de garantias 3) Secretarfa de Estado en los Despachos Industria y siguientes: Comercio (SIC); 1) Fondo de Garantia para la Micro, Pequeria y Mediana 4) Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura Empresa; y, y Ganaderia (SAG); 2) Fondo Agropecuario de Garantia Reciproca, creados 5) Asociacion Nacional de Medianas y Pequefias mediante Ley del Sistema de Fondos de Garantfa Industrias de Honduras (ANMPIH); Reciproca para la Promocion de las MIPYMES, Vivienda Social y Educacion Tecnica - Profesional 6) Asociacion Hondurefia de Instituciones Bancarias aprobado mediante Decreto Legislativo No. 205-2011 (AHIF3A);

  3. DE HONDURAS - NI. D. C., 13 DE FEBRERO DEL 2013 7) La Red de Micro financieras de Honduras de sesenta (60) dias a partir de la entrada en vigencia del (REDMICROH); presente Decreto, tui proyecto de ley referido a desarrollar lo establecido en el Articulo 334 de la Constitucion de la 8) Consejo Hondurefio del Sector Social de la Economia Republica en cuanto a la creacion de una Superintendencia (COHDESSE); y, de Sociedades. 9) La representaciOn de cada una de las centrales obreras ARTICULO 8.- El presente Decreto entrard en y campesinas siguientes: Central General de vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Trabajadores de Honduras (COT), Confederacion de Oficial La Gaceta. Trabajadores de Honduras (CTH), Confederacion Unitaria de Trabaj adores de Honduras (CUTH), Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del ConfederaciOn Nacional de Campesinos (CNC), Distrito Central, en el Salon de Sesiones del Congreso Consejo de Mujeres Campesinas de Honduras (CIViCH) Nacional a los veintisOis dias del mes de septiembre de y Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas dos mil doce. de Honduras (COCOCH). Las instituciones poblicas o privadas, que administran JUAN ORLANDO HERNANDEZALVARADO fondos pablicos destinados a proyectos o programas de PRESrDENTE apoyo a las MIPYMES, tienen la obligacion de proporcionar la informacion requerida por la Comision de RIGOBERTO CHANG CASTILLO Presupuesto del Congreso Nacional, para los efectos del presente articulo. GLADIS AURORA LOPEZ CALDERON Esta comisien debe hacer una evaluaciOn de los proyectos de apoyo a las MIPYMES a cargo de los diferentes entes del Estado, tomando criterios como: los Al Poder Ejecutivo. resultados obtenidos, grado de ejecucion e impacto de los mismos, especialmente en la generacion de empleo y Por Tanto: Ejecutese. producci6n de bienes y servicios y otros de igual relevancia. Tegucigalpa, M.D.C., 20 de diciembre de 2012. El resultado de estas evaluaciones debe ser considerado en la elaboracien y aprobaci6n de los presupuestos PORFIRIO LOBO SOSA generales de ingresos y egresos selialados en el Articulo 4 PRESrDENTE DE LA REPUBLICA de este Decreto. EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS ARTICULO 6.- La Secretaria de Estado en los DE1NDUSTRIAYCOMERCIO. Despachos de Industria y Comercio (SIC) debe desarrollar programas de asistencia tecnica-financiera y JOSE ADONIS LAVAIRE comercializacion pan lograr los objetivos de esta Ley. EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO ARTiCULO 7.- La ComisiOn Nacional de Bancos y DEFINANZAS. Seguros (CNBS) dark asistencia tecnica a una Comisien Especial del Congreso Nacional pan elaborar, en unplazo WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ

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