Acuerdo Nº 45/08 - Reglamento de la Ley para la producción y consumo de biocombustibles
颁布于 2008-11-20 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Energy
- 关键词
- environmental standards, renewable energy, bioenergy, biofuel, subsidy/incentive, special fund, institution, legal proceedings/administrative proceedings, internal trade, transport/storage, standards, protection of environment, governance
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Articulo 1.- Objeto. El presente Reglamento tiene porobjeto: a) Desarrollar las normas yprocedimientos establecidos en la Ley para la Producci6n y Consumo de Biocombustibles, contenida en el Decreto ~lativoNo.·144-2007 de recha 20 de noviembre de 2007. b) Propiciarla correctaaplicaci6n de taLey que daorigen a' este Reglamento. c) Delimitar Y esclarecer de forma detallada el marco juridico para la produccion de materia prima, I .1 (,;[l'l LI REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 13 DE FEBRERO DEL 2009 d) BiodieselB100: Es todamezcla de mono-alquilesteres 0) Materias primas agricolas' 0 pecuarias: Insumos de acidos grasos, provenientes de aceites 0 grasas de resultantes de la actividad humana como producto origen vegetal 0 animal, en su estado mas pW'O; del suelo (maiz, cana de azucar, frutales, palma, etc.), llamados cultivos 0 de producci6n ganadera e) Diogo: Combustible gaseoso produeido a partir (vacas, caballos, ovejas, puerc.os 0 cabras) u otras de la biomasa y/o a partir de la fracci6n especies de animales (abejas, aves y cultivo de peces biodegradable de los residuos y que puede ser y crustaceos) que se crian para consumo humano 0 pwificado basta alcanzar una, calidad similar a la producci6nindustrial; del gas natural, para uso como carburante, 0 gas de madera; p) Oxigenante: Aditivo que favorece la combusti6n de lagasolinacn cl motordebido a que aurnentael oxfgeno f) Biomasa: Materia organica originada por un contenido y reduce los gases emitidos; proceso bio16gico, espontaneo 0 provocado, utilizable como fuente de energia; q) Productos agroindustriales: Productos resultados de la actividad industrial que transforman los g) Biometanol: Metanol producido para uso como productos de la agricultura, ganaderia, riqueza forestal carburante, a partir de la biomasa; y pesca, en productos elaborados.' h) Bioeneruia: La energia que se produzca a partir de cAPiTuLom biomasa; DE LA AUTORIDAD DE APLICACION i) Bioenergeticos: Combustibles producidos a partir de Articulo 4.- AUTORIDAD DE APLICACI6N. biomasa; Para todo 10 relacionado al fomento, promoci6n, comercializaci6n, distribuci6n y almacenaje de los j) Combustible rOsH: Hidroearburos provenientes del biocombustibles, la autoridad de aplicaci6n es la petr6leo crudo, carb6n, gas natural 0 aceites Secretaria de Estado en los Despachos de Industria y eesadcs:, .-~ Comercio, por medio de la Unidad Tecnica de Biocombustibles (UTB); sin embargo, en 10 relativo a la k) Etanol (Etanol Anhidro): Es el alcohol que en su producci6n de materias primas agricolas 0- pecuarias estructura posee dos atomos de carbono, en uno de utilizadas para la producci6n de biocombustibles, la los cuales se ha sustituido un atomo de hidr6geno por autoridad de aplicaci6n es la Secretaria de Estado ungrupo fimcional hidroxilo(OH), tambien conocido en los Despachos de Agricultura y Ganaderia (SAG). como Alcohol Etilico, cuya f6rmula quimica es C2H50H. Con un contenido de agua no mayor al
Articulo 5.- Sin perjuicio de las facultades 0.5%; establecidas en la Ley, la Secretaria de Estado en los Despachos de Industria y Comercio, a traves de la l) Desnaturalizante: Sustancia que se agrega a los Unidad Tecnica de Biocombustibles (UTB), tendra las 'biocombustibles que 10 hace inapropiado para la funciones siguientes: ingesta humana, pero adecuado para su uso en autom6viles; a. Promover la inversion en el rubro y velar por el m) Energia renovable: Energia que se obtiene de cumplimiento de la normativa vigente para la fuentes naturales virtualmente inagotables, unaspor producci6n, comercializaci6n, distribuci6n, la inmensa cantidad de energia que contienen, y otras almacenaje, y consumo de biocombustibles. porque son capaces de regenerarse por medius naaaales; b. Realizar inspecciones y auditorias a las plantas habilitadas para la producci6n de biocombustibles n) Insumos: Materias primas utilizadas para la para comprobar que se enmarcan en la ley y el elaboraci6n de biocombustibles; presente reglamento. "lTlIIIII \ \<11<1\1'" \ Illl" I ;I (, ;lccl ,[ REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA. M. D. C.. 13 DE FEBRERO DEL 2009 c. Realizar inspecciones a aquellosestablecimientos CAPtruLOIV que se presuma esten produciendo biocombustibles DE LAUNIDAD TECNICA DE y no figuren inscritos en el registro respectivo. BIOCOMBUSTIBLES(UTB) d. Realizar inspecciones y auditorias a los beneficiarios
Articulo 7.- LA UNIDAD TECNICA DE . de los incentivos otorgados por la ley para detenninar BIOCOMBUSTIBLES (UTB), estara integrada de la el buen uso de los rnisrnos y las condiciones para siguiente forma: seguir gozando de ellos, auxiliandose de la Direccion Ejecutiva de Ingresos (DEI) cuando sea requerido. a) Un representante de la Secretaria de Estado en los Despachos de Industria y Comercio, quien la e. Suscribir acuerdos 0 convenios de cooperaci6n presidira; con instituciones piiblicas, privadas y organizaciones no.gubemamentales para potenciar lainvestigaci6n b) Un representante de la Secretaria de Estado en y desarrollo de los biocombustibles. los Despachos de Agricultura y Ganaderia (SAG);
Articulo 6.- FUNCIONES DE LA SECRETARiA c) Un representante de la Secretaria de Estado en los DEAGRICULTURAY GANADERIA(SAG): Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA); a. Aplicar la Ley pam la producci6n y consumo de biocombustibles en 10 relativo ala producci6n de d) Un representante del Consejo Hondurefio de la materias primas agricolas 0 pecuarias utilizadas Empresa Privada (COHEP). para la produccion de biocombustibles.
Articulo 8.- Seeretaria Ejecutiva de la UTB. Crease la Secretaria Ejecutiva de la UTB como b. Promover la investigaci6n para la produccion organo tecnico administrativo a cargo de un sustentable de materia prima para la generacion de Secretario Ejecutivo, de libre nombramiento y biocombustibles y sus derivados. remocion por parte de la Secretaria de Estado en los Despachos de Industria y Comercio. c. Promover e impulsar proyectos agroindustriales destinados a la producci6n de materia prima para Articulo 9.- Requisitos para nombramiento del bioeombustibles, a traves de programas de incentives, secretario Ejecutivo. Para ser nombrado Secretario promoci6n y creditos a la producci6n agricola del Ejecutivo, el aspirante al cargo debe reunir los pais. requisitos .siguientes: d. Coordinar con los gobiernos locales la a) Ser hondurefio por nacimiento. implementaci6n de los proyectos de cultivo que pueden usarse como materia prima para producci6n b) Ser de reconocida honorabilidad. de biocombustibles a desarrollarse en sus terminos municipales, prestando asesoramiento y apoyo para c) Poseer grado universitario en un area relacionada con las ciencias de 1a ingenieria, econ6micas con su consecuci6n. conocimientos de procesos energeticos y ambientales. e. Presentar a 1a UTB en e1 mes de julio de cada ailo el estudio que refleje la producci6n nacional, d) Tener amplios ysuficientes conocimientos en el area costos y precios de lasmaterias primas usadas de Biocombustibles, para la produccion de biocombustibles, asi como, la proyecci6n de la producci6n de losmismos para Articulo 10.- Atribuciones del Secretario 16s proximos 5 mos, con enfasis en los primeros 24 Ejec:utivo. El Secretario Ejecutivo tendra las siguientes meses. funciones: A. 1.:1 ( •. ll'd.1 REPUBUCA DE HONDURAS - TEOUCIGALPA, M. D. C., 13 DE FERRERO DEL :1009 a) Actuarcomosecretario dela UTBen lassesiones que Articulo 12.- Gastos y viatlcos. Los integrantes la mismarealice, con voz pero sin voto, de la UTB no devengaran sueldo alguno por pertenecer a larnisma, correspondiendo acadaministerio quela integra b) Dirigir y coordinar las actividades desarrolladas cancelar los viaticos 0 gastos que se ocasionen en el por las unidades que integran la Unidad Teenica de ejercicio de sus funciones. Biocombustibles.
Articulo 13.- OrganizaciOn Intema. La UTB esta c) Presentarla propuesta referida en el articulo 16 inciso adserita administrative y financieramentc a 1a Secretaria e) de este reglamento ante la UlB, a mas tardar el de Estado en los Despachos de Industria y Comercio. Ultimo iliadel mes de septiembre de cada ano. Contara con las unidades de supervision, tecnica, legal, registro, documentacion y funciones. d) Publicar en el DiarioOficial La Gaceta, la resoluci6n Podra contar ademas, con el apoyo de las unidades mediante la cual se autoriza la mezcla de tecnica y legal existentes en la Secretaria de Estado biocombustibles quese utilizani en el ano corriente, se en los Despachos de Industria y Comercio, y las hayamodificado 0 no la misma, unidades de analisis que la Autoridad de Aplicacion considere op.ortunas para su correcto funcionamiento y cumplimiento de funciones, e) Mantener un dialogo continuo con los diferentes actores involucrados en el proceso de produccion
Articulo 14.~ Reglamento Interno. La urn contara comercializaci6n, distribucion, almacenaje y con un Reglamento Interno que regule y determine las consumidores de biocombustibles para tratar funciones de las distintas unidades que la componen y asuntos de interes comun. aspectos varios de su organizaci6n y funcionamiento. t) Aswnir Yejercer las responsabilidades administrativas Articulo 15.~Facultadesde la UTB. Son atribuciones que le competen en relacion con la formulacion, de la urn lassiguientes: ejecucion y supervision del presupuesto dela urn. a) Fannular, identificar, disefiar yrecomendaral Secretario g) Hacerse cargode los libros de aetas de las sesiones de de Estado en los Despachos de Industria y la UTB, su custodia y trascripci6n de los puntas de Comercio, las politicas publicas para fabricacion, acta solicitados, en su caso. produccion de los biocombustibles y la utilizaci6n de materias primas 0 biomasas locales, h) Redactar y divulgar la memoria anual de la urn. promoviendo su vinculacion con los sectores de energia, agroindustria y agropecuario; i) Representar a la UTB en eventos nacionales e internacionales cuando 10 designe la Secretaria de b) Elaborar y proponer ante la autoridad competente Estadoen los Despachos de Industria y Comercio. las especificaciones tecnicas y normas necesarias pam el efectivocumplimiento de la ley y este reglamento; j) Proponer a la Secretaria de Industria y Comercio el personal a contratar por la UTB. c) Estableeer losrequisitos y eriterios de seleccionpara la presentacion de losproyectos quetenganporobjeto k) Las demas que se le asignen, acogerse a los beneficios establecidos en la ley y este reglamento.
Articulo 11.- Sesiones de la UTB. La Unidad Tecnica de Biocombustibles (UTB) se reunira d) Establecer las condiciones necesarias para la ordinariamente el primer martes de cada mes, habilitacion de las plantas deproducci6n y determinar pudiendo convocar para celebrar sesiones elporcentaie demezcladebiocombustibles, resolver extraordinarias cuando sea necesario, a requerimiento sobre su calificaci6n y aprobacion y certificar la de al menostres (3) de sus miembros. fecha de su puestaen marcha; A. I .\ ( .. It c 1.1 R~PUBLlCA UE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C.,.13 DE FERRERO DEL 2009 e) Estab1ecerun registro publico de las plantas habilitadas p) Realizar inspecciones periodicas para comprobar la para la produccion y mezcla de biocombustibles. utilizacion de al menos .el 51 % de materias primas nacionales para la produccion de biocombustibles. f) Calificar y certificar toda actividad industrial y comercial involucrada en la cadena productiva de los q) Ordenar al Secretario Ejecutivo la redaccion y biocombustibles. divulgacion de Ia memoria anual. g) Supervisar los proyectos referidos en e1 literal r) Las demds que cste Reglameoto y el Reglamento anterior, en forma directa 0 a traves de otros. Interno le sefia1en. responsables designados para tal fm.
Articulo 16.- Funciones de Ia Secretaria Ejecuttva h) Aprobar sus manuales operativos, deJa UTB: i) Supervisar el cumplimiento de las nonnas de calidad a. Llevarel Registro PUblico de las plantas babilitadas para la producci6n y mezcla de biocombustibles. delosbiocombustibles adoptados por la Comision Interinstitucional de Normalizaci6n y los b. Remitir los dictamenes tecnicos a la SIC para Reglamentos Tecnicos Centroamericanos. que autorice a la UTB mediante resolueion, emitir el Certificado del Penniso de Operaci6n. j) Aprobarlos tiposde biocombustiblesautorizados para sucomercializaci6n enel pais asicomoloscolorantes c. Proponer y recomendar a la UTB la elaboraci6n de y desnaturalizantes a ser incorporados a carla uno de borradores de anteproyectos de leyes, normas eUos. administrativas y demas disposiciones necesarias para su consideraci6n y aprobacion, k) Aprobar las mezclas obligatorias por tipo de biocornbustible, definiendo las condiciones y d. Presentar a mas tardar al mes de septiembre de porcentajes de mezcla de las mismas a mas tardar el cada afio la Matriz Anual de Biocombustibles en Ultimo dia habil de mes de noviembre. base a 10 siguiente: 1) los pron6sticos de produccion de materias primas para biocombustibles que 1) Aprobar y publicar las mezclas de Biocombustibles presente la SAG, segun Articulo 6, inciso e, de con combustibles fosiles, debiendo definir las este reglamento; 2) la proyecci6n de producci6n de biocombustibles acordada con la industria nacional; condiciones, porcentajes demezclay estandares para y, 3) la programacion de importaciones de los llevar a cabo las mismas, en un plazo de dos mayoristas de combustibles y viabilidad de meses a partirde lafechade recepci6n dela propuesta mezclas. por parte de la Secretaria Ejecutiva de la UTB. e. Proponer a laUTB a mas tardar el ultimo dia del m) Establecer las normas, reglamentos tecnicos y mes de septiembre de cada afio, las mezclas de demas disposiciones legales aplicables para la biocombustibles con combustibles f6siles a ser distribucion y comcrcializacion de biocombustibles aplicadas en el ano corriente, tomando como base ymezclas. la matriz anual de biocombustiblesa que se refiere el literal anterior, la que debera aplicarse en el n) A losefectos dellltem1 anterior, certi:ficani el porcentaje termino de los 90 dias que preve la Ley. de utilizaci6n obligatorio de insumos en las plantas instaladas, realizandoal menos una inspecci6n anual f. Coordinar y mantener relaciones a nivel nacional e por planta, 0 en cualquier momento que considere intemacional conorganizaciones 0 instituciones pl1blicas opornmo, oprivadas afines, 0) Autorizar los establecimientos de venta de g. Realizar los analisis, dictamenes y estudios que biocombustibles en su formamas pura. posibiliten y hagan efectivo el cumplimiento de las A. I .1 ( •• I t l t.l REPUBLICA DE HONDURAS • TEGUCIGALPA, M. D,' C., 13 DE FEBRERO DEL 2009 funciones asignadas a la UTB por la ley y este pagara un veinticinco por ciento (25%) del aporte reglamento. pagado por los combustiblesfosiles. h. Otras atribuciones que le asigne la UTB para el 4) Los proyectos gozan de los demas beneficios mejor cumplimiento y ejercicio de sus funciones. establecidosen laLey de Aduanas en relacion con la importacionde maquinaria y equipo necesario CAPITuLo V para la construccion y operaci6n de los citados DE LOS BENEFICIOS proyectos por el periodo que dure la construccion, asi como, de los beneficios establecidos en la Ley
Articulo 17.- Beneficios exclusivos. Los beneficios del Regimen de Importaci6n Temporal (RIT). otorgados por la Ley para la Producci6n y Consumo de Biocombustibles y este reglamento a las personas Articulo 19.- Requisitos. Para que las personas naturales yjwidicasreferidas enel articulo 5 deesecuerpo naturales 0 juridicas puedangozar de los beneficiosque legal. son unica y exclusivamente para todos aquellos otorga la ley,debencumplir con los siguientes requisitos: equipos, materiales y servicios que se utilicen en la plantaci6n, el disefio, instalaci6n, construcci6n y operacion a. Contar con el respectivo Permiso de operacion de proyeetos de inversion que csten destinados a la emitido por la UTB. produccion 0 transfonnaci6n de materias primas en biocombustibles, mediante procesos flsicos, tenno- b. Estarubicadosdentrodelterritorio nacionaly utilizar quimicos, quimicos y biologicos. en el proeeso de producci6n al menosel 51 % de materia prima de origen nacional, verificado y certificado anualmente por la Secretaria de Estado en
Articulo 18.- Beneficios para proyectos. Las los Despachos de Industria y Comercio. personas naturales 0 juridicasque realicen proyectos de inversion para la produccion de biocombustibles, c. Estarlegalmente habilitado, confonne a laleyy demas tienen.los beneficios siguientes: cuerposlegales de nuestro ordenamiento j uridioo pard el desarrollo de esta actividad, 1) Exoneracion del pago del impuesto sobre la renta, lmpuesto al acti YO neto y demas impuestos conexos d. Integrar en un mismoproceso todas 0 algunas de las ala renta, durante doce(12) anos improrrogables, a etapas industriales para la produccion . de partir del inicio de operacion comercial de la planta biocombustibles, acreditando mediante.estudio de de biocombustibles; factibilidad tecnico dicha integracion. . 2) Exoneracion del pago de otra clase de impuestos y e. Estar en condiciones de producir biocombustibles tasas estatales, durante un periodo de doce (12)'afios cumpliendo con 10 estipuIado en los reglamentos improrrogables, asi como, los lderechos tecnicos y nonnas que se emitan al efecto. arancelarios, de todos los bienes destinados a la construccion y para todos aquellos equipos, Articulo 20.- Procedimiento y documentaciOn. Las repuestos, partes y aditamentos relacionados con solicitudes para incorporarse a los beneficiosque otorga la instalacion, mantenimiento y operaci6n de la la ley deben presentarse ante la Secretaria General de. la planta de producci6n de biocombustibles; Secretaria de Estado en los Despachos de Industria y Comercio, que la enviara inmediatamente a la Secretaria Ejeeutiva de In UTB para su analisisy 3) EI componente de biocombustibles incorporado en el dictamen. Esta solicitud debe cumplir con las productotiene unaexoneracion del pago de "Aporte fonnalidades y requisitos que establece la Ley de para la Atencion a Programas Sociales y Procedimiento Administrativo en su articulo 61, Conservacion del Patrimonio Vial", establecido acompanando los siguientes documento.s; mediante Decreto No. 41-2004 del 1 de abril del 2004, por los primeros quince (15) anos, a. Escritura de constituci6n de sociedad 0 de improrrogables. A partir del'ano dieciseis (16) se comerciante individual debidamente registrada y A. "ll'l'itlll\ \llllld",\ll\l' REPUBUCA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA M. D. C.. 13 DE FEBRERO DEL 2009 cuya finalidad principal este directamente vinculada CAPITuLo VI con.la produceion, comercializacion, distribucion, DE LA MEZCLA ,g;almacenaje de biocombustibles.
Articulo 22.- Determinacion de la mezcla. La b. Estudio de factibilidad tecnico y economico del UTB determinara las formulas de mezcla de proyecto, debidamente firmado por profesional biocombustib1es con combustibles fosiles. Asi colegiado. mismo, los productos a utilizar como los oxigenantes, fonnas de usa y prohibici6n, en su caso. c. PIanos de las instalaciones, en su caso, firmados por profesionalcolegiado. Debiendo publicar dicha informacion a traves de los medios de comunieacion tradicionales yeJedronicos, por 10 menos noventa dias antes de su aplicaci6n. d. Penniso ambiental, en la categoria que corresponda, otorgado por la Secretaria de Estado en ·108 Articulo 23.- Lugar de la mezcla y eomerela- Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. lizacion. Cuando se trate de Biocombustibles, estos se podran comercializar en los establecimientos que para e. Escritura de propiedad del terreno donde se tal fin autorice la UTB. cumpliendo con los requisites desarroflara e l proyecto 0 contrato de que exige la Ley para estaciones que dispensan arrendamiento con una duraci6n minima de cinco carburantes. mos. a partirdel momento de la presentacion de la solicitud CAPiTuLovn DEL FONDO ESPECIAL PARAEL f. Evidencia actualizada de disponibilidad financiera, FORTALECIMTENTO DE LAUTG que debera acreditarse con constancias 0 certificaeiones banearias 0 mediante certificacion Articulo 24.- .Regulaelon especial del Fondo de Fortalecimiento. El Fondo especial para el del contador de Ia sociedad 0 comerciante fortalecimiento de la Unidad Tecnica de individual. Biocombustibles (UTB) establecido en el articulo 20 de Ia Ley para Ia Producci6n y Consumo de g. Constancia de solvencia extendida por la Direcci6n Biocombustibles, sera objeto de regulaeion especial Ejecutiva de Ingresos y alcaldia municipal dellugar en su propio Reglamento, por parte de la Secretaria de de desarrollo del proyecto, cuando proceda. Estado en el Despacho de Finanzas, Todo documento que conste en fotocopia se CAPiTuLovm presentara debidamente autenticado 0 cotejado con DE LAS PROHIBICIONES su original.
Articulo 25.- Transferencia de derechos y Artieulo 21.- Plazo de Otorgamiento. La UTB henefieios. Se prohibe transferir a terceras personas, par medio del Secretario Ejecutivo, debe dictaminar 'ya sean naturales 0 juridicas, los derechos y beneficios otorgados al amparo de la Ley para la todas las solicitudes debidamente presentadas en un Produccion y Consumo de Biocombustibles, termino no mayor de 30 dtas hablles.- La Resoluci6n del permiso de operacion sera expedido por la Secretaria Articulo 26.- Produeclen sin permiso de de Estado en los Despachos de Industria y Comercio operaci6n. Se prohibe la produccion de biocom- en su condieion de Autoridad de Aplicacion, previa bustibles para comercializacion sin contar con el dictamen favorable de la UTB. respectivo permiso de operaci6n otorgado por la autoridad competente. EI producto de biocombustibles debidamente autorizado debera cumplir todo los requisitos y las Articulo 27.- Establecimiento de planta sin especificaciones tecnicas, de calidad y ambicntales autorizacion. Se prohlbe el estableclmiento de sefialadas por la UTB. cualquier tipo de planta de producci6n, mezcla y A. r .1 ( •• [(:d:! REP LIC'" DE HONDURAS - TEGIJCJGALPA. M. D. c, 13 DE FEBRERO DEL 2009 almacenaje de biocombustibles sin la autorizaci6n respectiva, obtenida siguiendo el procedimiento establecidoen la Ley y este Reglamento.
Articulo 28.- CaUdad del Bioconibustible. Se prohfbe adulterar la calidad del biocombustible y/o la mezcla tanto en la fase de producci6n como de comercializacion. CAPi'ruLoIX DE LAS SANCIONES
Articulo 29.- Sandones administrativas. EI incumplimiento de 10 dispuesto en la Ley para la Produccion y Consume de Blocombustibles y este reglamento, 0 el mal uso de losincentivos, dam lugara la aplicaci6n de todas 0 algunas delas siguientes sanciones administrativas, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal correspondiente: a. Cancelaci6n del penniso de operaci6n del proyecto. b. Revocaci6n de losbeneficios otorgados. c. Pago al Estado de los impuestos y cargas fiscales dejados de enterar al fisco, mas los intereses, multas y recargos que establezca la Direcci6n Ejecutiva de Ingresos despues del analisis correspondiente. CAPiTuLo X Disposiciones finales Artkulo 30.- Vigeneia. El presente Reglamento entrara en vigencia desde el dia siguieute de su. publicacion en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M,D.C., a los 20 dias del mes de noviembre del ano 2008. COMlJNIQUESE: JOSE MANUEL ZELAYAROSALES FREDIS ALONSO CERRATO Secretario de Estado en los Despachos de Industria y Comercio BECTORHERNANnEZ Secretariode Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia ToMAs VAQUERO Secretario de Estado en los Despachos de .Recursos Naturales y Ambiente A.