Acuerdo Nº 428/07 - Instalación del sistema satelital en las embarcaciones pesqueras
颁布于 2007-06-04 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, fishing vessel, equipment, navigation, marine fishes, molluscs, aquatic animals
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文本
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REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALP: M. D. C. 16 DE JUNIO DEL 2007 ~"31 SECRETARiA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERiA i Tegucigalpa, M.D.C., 04 de j unio, 2007 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA CONSIDERANDO: Que e1 Poder Ejecutivo a traves de 1a Secretaria de Estado en los Despachos de Agriculturay Ganaderia, es la autoridad encargada de reglamentar el aprovechamiento. proteccion, conservaci6n y explotacion de los recursos marinos del Estado de Honduras. CONSIDERANDO: Que III Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia a traves de la Direccion General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), es la autoridad competente en materia de Pesca y sus conexos, para dictar requisitos, procedimientos y medidas necesarias para la explotacion sostenible de los recursos marinas del pais, como tambien estableciendo limitaciones y regulaciones de la Flota pesquera A." ,. ~ •• li'('\ a tu.:rUBL1CA DE HONDllKAS ., TEGUCI~ Nacional haciendo cumplir las actividades Pesqueras autorizadas en sus respectivas Licencias, CONSIDERANDO: Que la Secretaria de Agricultura y Ganaderia enterada de las irregularidades ocurridas en las actividades pesqueras, especialmente en la pesca industrial reconoce que es de urgente necesidad implementar un sistema de monitoreo satelital automatico a las embarcaciones queconforman la Flota pesquera Hondurefia para una adecuada Administracion y Fiscalizacien del Esfuerzo Pesquero y del Recurso Marino. CONSIDERANDO: Que es politica y deber del Estado de Honduras velar porque la explotacion de los Recursos Marinos se realice bajo las normas de cali dad, controles y procedimientos tecnologicos neeesarios establecidos por la autoridad eompetente. CONSIDERANDO: Que es necesario tomar en cuenta los Acuerdos Internacionales que nos exigen aplicar medidas de ordenamiento (FAO, CODIGO DE CONDUCTA PARA LA PESCA RESPONSABLE, (Criterio Precautorio). POR TANTO En uso de sus facultades y en aplicacion de los articulos 340 de Ia Constitucion de la Republica; 36 numeral 8, 116, 118, 119 numeral 3 y 122 de la Ley General de Administracion Publica; 32, 33 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 5 numerales 1,3,4; 7 inciso c), 36 de la Ley General de Pesea Vigente; 2, 37, 38, del Reglamento General de Pesca, ACUERDA: PRIMERO: Exigir a todos los Armadores Industriales, la instalacion del Sistema Satelital (La Balisa) que servira para las operaciones de monitoreo de las Embarcaciones dedicadas a la actividad pesquera (Camaron, Langosta, Caraeol y Escama), las cuates deberan estar instaladas para la temporada pesquera 2007 2008. SEGUNDO: EI sistema de localizaeion satelital automatico para Embarcaciones de la Flota Pesquera Nacional certificado por el sistema de calidad ISO 9001 y aprobado por NOAA (National Oceanographic & Atmosphere Admimstration) que tenga las siguientes especificaciones tecnicas: Acceso via WEB Experiencia y eapacidad de monitorear un minimo de 300 Embareaeiones en el Sistema Comunicacion bi-direccional entre Embarcacion y el Centro de monitoreo Creacion de Geo-cercas Funcion de diagnostico del sistema abordo Equipo Hermetico e inviolable Bitacoras Electronicas y Auditortas del esfuerzo pesquero Sen sores para la embarcacion ' Capacidad que e1 centro monitoreo pueda modificar los intervalos de trasmision en linea "via aire" Bateria.de Respaldo con duracion de 48 horas Capacidad de almacenar en memoria del equipo hasta 60 mensajes Boton de Panico • Capacidad de generar reportes de Posicionamiento, Ve1ocidad, Rumbo yTiempo • Capacidad de generar reportes y alarmas automsticos de entrada y salida de Geo-cercas Capacidad de generar reportes de encendido y apagado del equipo abordo; dafios, fallas 0 bloqueo de la antena GPS y fallas de comunicacion con el satelite • Capacidad de enviar y recibir correos electronieos • Capacidad de recibir reportes meteorologicos y de boyas • Capacidad de tener un respaldo de la informacion de un periodo minimo de un (1) ano. El cual estara bajo el control y responsabilidad de la Direcci6n General de pesca y Acuicultura. TERCERO: Establecer en caracter obligatorio para la temporada 2007-20081a instalacion de la respectiva baliza en cada Embarcacion que conforma la Flota Pesquera Nacionalque faena en elCaribe Hondureno, para su monitoreo, Control y vigilancia. Concediendo edemas un periodo de gracia de 90 dias ordinarios a partir de la publicacion del presente Acuerdo. CIJARTO: OTGEPESCA determinara la frecuencia de transmision satelital que cada de una de las Embarcaciones debera enviar al centro de monitoreo, asi como cualquier informaciOn adicional, que esta Direccionrequiera. QUINTO: DIGEPESCA podra hacer uso de la informacion que los propietarios y Capitanes de Embarcaciones industriales generen en el momenta de las Faenas Pesqueras, can e1 objetivo de establecer critenes que nos ayuden a deternnnar cuaJes $OIl los Bancos de Pesca mas importantes en esta actividad. Por 10quee1 usa de la Bitacora que es una exigencia internacional debera ser obligatoria su Portacion en cada una de las Embarcaciones que conforman la flota pesquera Nacional. SEXTO: La FlotaPesquera Nacional sera monitoreada por DIGEPESCA, la informacion que surja.de este monitoreo sera de caracter confidencial y podra ser revisada por el propietario dela Embarcacion0 por autoridad competente. SEFTIMO: El SOFTWARE de instalacion para el monitoreo satelital no representara ningun costa economico a DIGEPESCA, imicamente debera contar con un tecnico (s) de monitoreo diario, equipo de computacion en excelente condiciones y contar con Internet. OCTAVO: EI incumplimiento a la presente disposicion sera sancionado conforme al Articulo 70 inciso k) Reformadode la Ley de Pesca Vigente. NOVENO: EI presente Acuerdo entrani en vigencia a partir desu publicacion en El Diario Oficial «La Gaceta", DECIMO: Hacer las correspondientes Trascripciones de Ley. COMUNtQUESE: HECTOR HERNANDEZ AMADOR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERlA RAFAEL CANALES GIRBAL SECRETARIO GENERAL A.