Acuerdo Nº 36-2018 ─ Protocolo para el monitoreo del Jaguar (Panthera onca) en Honduras
颁布于 2018-11-21 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Wild species and ecosystems
- 关键词
- management/conservation, protection of species, wild fauna, biodiversity
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30 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 11 DE MAYO DEL 2019 No. 34,941 Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre ACUERDO No. 036-2018 INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE PROTOCOLO PARA EL MONITOREO DEL JAGUAR (PANTHERA ONCA) EN HONDURAS CONSIDERANDO: Que la Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre en su Artículo No. 115 establece que le corresponde al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) la protección, manejo y administración de la Flora y Fauna Silvestre de todo el país. CONSIDERANDO: Que es obligación del ICF, velar y promover la preservación de la flora y fauna silvestre a nivel nacional; mediante la promulgación de disposiciones jurídicas y de otras normas que coadyuven a este fin. CONSIDERANDO: Que la Mesa Nacional de Monitoreo Biológico fue constituida mediante el Acuerdo Interinstitucional, emitido por Mi Ambiente, SAG y el ICF, de fecha 07 de diciembre del año 2017, la misma está integrada por: MI AMBIENTE, SAG, ICF, CREDIA, UNAH y cualquier otra institución que la Mesa considere necesaria. CONSIDERANDO: Que el proceso de Elaboración de Protocolo para el Monitoreo de Jaguar (Panthera onca) en Honduras (Herramienta para la Aplicación en la Evaluación de Integridad Ecológica), fue generado por los aportes de investigadores especialistas que integran la Mesa Nacional de Monitoreo Biológico. Cuya validación se realizó mediante el desarrollo de talleres con la participación de representantes de ONG's comanejadoras de áreas protegidas, miembros de la academia, instituciones del Estado e investigadores independientes interesados en el tema. CONSIDERANDO: Que el Protocolo se construyó con base en los resultados de siete estudios de población del jaguar y sus presas realizados en el país entre los años de 2011 y 2018, en los siguientes lugares: La cuenca del Río Waraska en la Región de Sico y Paulaya, Parque Nacional Jeannette Kawas, Parque Nacional Pico Bonito, tres sitios en el Corredor Biológico de Yoro (Parque Nacional Montaña de Yoro, Refugio de Vida Silvestre Texiguat, Parque Nacional Pico Pijol). CONSIDERANDO: Que los principales Objetivos del Protocolo de Monitoreo del Jaguar, son los siguientes: a) Proveer una herramienta que facilite el análisis de la integridad ecológica de áreas de interés, utilizando la información poblacional del jaguar (Panthera onca) y sus presas. b) Proporcionar un sistema estandarizado para evaluar y monitorear el estado y las tendencias de las poblaciones del jaguar (Panthera onca) en el país. c) Definir una calificación del estado de integridad ecológica del área de interés, que oriente a los entes responsables sobre la efectividad de las decisiones y acciones de manejo en sus respectivas áreas. CONSIDERANDO: El Jaguar (Panthera onca), es una especie de mamífero que se encuentra clasificado en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Con base a la Lista Roja de la UICN, se clasifica como Casi Amenazado. Con base a la “Lista de Especies de Animales Silvestres de Preocupación Especial en Honduras” (Resolución GG-APVS-003-98) se clasifica En Peligro. CONSIDERANDO: Con base a la UICN, esta especie es considerada como la piedra angular para los Planes de Conservación a nivel Regional o de país, en virtud que tienen una amplia distribución, requieren de extensas áreas Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG 31 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 11 DE MAYO DEL 2019 No. 34,941 para sobrevivir y habitan una gran variedad de ecosistemas. También son denominados especies clave, bandera o sombrilla pues son esenciales para la conservación de paisajes. Por ello, la extinción local o la disminución de sus poblaciones pueden ocasionar la interrupción de importantes procesos ecológicos, comprometiendo la integridad y la biodiversidad de los ecosistemas CONSIDERANDO: Que los Jaguares, son una especie “clave” y éstas enriquecen el funcionamiento del ecosistema de una forma única y determinante. La extinción de estos depredadores genera un impacto negativo en la naturaleza provocando extensos efectos en cascada en ecosistemas marinos, terrestres y de agua dulce. CONSIDERANDO: El Protocolo, incluye la Matriz de Evaluación de la Integridad Ecológica; la cual se construye a partir de la identificación de cuatro elementos: a) objetos de conservación, b) atributos ecológicos, c) Indicadores; y, d) Rangos aceptables de variación. El Jaguar, es tomado como único objeto, para el cual se identificaron cinco atributos ecológicos y once indicadores con sus valores de rangos permisibles que permiten asignar una calificación. Estos atributos ecológicos e indicadores pueden usarse todos en conjunto para un área o es posible identificar sólo algunos que según la naturaleza del área expliquen mejor su estado. Los datos utilizados, provienen del muestreo con cámaras, de pérdida o ganancia de hábitat y de conectividad. Así mismo, contiene la descripción de cada uno de los indicadores, incluyendo la explicación práctica de la evaluación y calificación de éste. La metodología explica claramente el diseño del muestreo y uso del equipo. Finalizando con recomendaciones y conclusiones para mejorar su aplicación práctica. CONSIDERANDO: Que el presente ACUERDO tiene como fin, emitir la aprobación oficial de este tipo de instrumentos metodológicos, que contribuyen en la realización del Monitoreo del Jaguar (Panthera onca), en Honduras, orientado a una especie que se encuentra en peligro de extinción a nivel mundial. POR TANTO La Dirección Ejecutiva, del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 340 de la Constitución de la República; artículo 2, numeral 2), 4), 5); artículos 14; 17, numeral 3; 18 numeral 3) y 115 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: OFICIALIZAR el documento denominado “PROTOCOLO PARA EL MONITOREO DEL JAGUAR (PANTHERA ONCA) EN HONDURAS (Herramienta para la Aplicación en la Evaluación de la Integridad Ecológica). SEGUNDO: Que el presente Acuerdo se haga del conocimiento público a través de la página electrónica oficial del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre. TERCERO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicada en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central a los 21 días del mes de noviembre, del año dos mil dieciocho. ING. ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ DIRECTOR EJECUTIVO ABOG. SHERYL CRUZ PINEDA SECRETARIA GENERAL Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT- UNAH. Derechos Reservados ENAG