Acuerdo Nº 31-2015 ─ Autoriza bajo la modalidad de plan de saneamiento, la extracción y el aprovechamiento de madera de pino seca y/o muerta a ser utilizada como biomasa para la generación de energía
颁布于 2015-12-23 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Energy, Forestry
- 关键词
- forest management/forest conservation, non-wood forest products, timber extraction/logging, internal trade, transport/storage, taxes, pests/diseases, legal proceedings/administrative proceedings, basin/catchment/watershed, fiscal and market measures, energy conservation/energy production, fuelwood, biofuel
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Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE MARZO DEL 2016 No. 33,973 Instituto Nacional de CONSIDERANDO: Que a través del PCM-051-2105 se instruye al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), promover el Forestal, Áreas Protegidas uso de la biomasa forestal, para la generación de energía o para cualquier otro uso, con el fin de liberar las áreas del material y Vida Silvestre combustible que pudieran desencadenar incendios en la época de verano y a la vez procurar la generación de empleo. ACUERDO NÚMERO. 031-2015 CONSIDERANDO: Que el Articulo 147 la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre establece que los recursos forestales afectados por plagas o desastres naturales, ubicados EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO en tierras públicas o privadas serán aprovechadas por los titulares NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO previa inspección del Instituto Nacional de Conservación y FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre en el sitio SILVESTRE de la zona forestal afectada, con la colaboración de los consejos consultivos municipales y comunitarios forestales áreas protegidas PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA y vida silvestre aplicando las normas contenidas en un plan de APROBACIÓN DE PLANES DE SANEAMIENTO EN control aprobado por el ICF. AREAS AFECTADAS POR LA PLAGA DEL GORGOJO DE PINO. CONSIDERANDO: Que existe una gran cantidad de residuos producto de la afectación por la plaga del gorgojo de CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República pino el cual representa material combustible que requiere ser declara de utilidad y necesidad pública la explotación técnica y eliminado para disminuir los daños que puedan ser ocasionados racional de los recursos naturales de la nación. por incendios forestales. CONSIDERANDO: Que la Ley Forestal, Áreas Protegidas POR TANTO: y Vida Silvestre, establece que el ICF, es el ente ejecutor de la política nacional de conservación y desarrollo forestal, áreas La Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Conservación protegidas y vida silvestre, declarando de prioridad nacional y de y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre en uso interés general el manejo racional y sostenible de los Recursos de las atribuciones que le confieren los artículos 340 de la Forestales, Áreas Protegidas y Vida Silvestre. Constitución de la República, Artículos 1, 11,14,18,19, 20, 71,135,140, 142,143,144,145,146,147,184,193, y 211 de la CONSIDERANDO: Que es atribución del ICF, ejecutar y Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y los Artículos 1, coordinar las actividades de protección de los bosques nacionales, 179, 212, 284, 285, 286, 287, 288 y 289 del Reglamento General por la afectación de incendios forestales, plagas y enfermedades de la Ley Forestal, 4, 5 y 6 de la Ley de Simplificación forestales, siendo el control de plagas forestales, una actividad Administrativa; Decreto Ejecutivo número PCM- 051-2015. prioritaria para mantener las áreas de bosque en buenas condiciones fitosanitarias. ACUERDA
CONSIDERANDO: Que la Ley Forestal, Áreas Protegidas PRIMERO: Autorizar bajo la modalidad de plan de y Vida Silvestre, establece que las autoridades municipales y los saneamiento, la extracción y el aprovechamiento de madera de propietarios de terrenos forestales deberán efectuar en forma pino seca y/o muerta (astillas, leña, carbón vegetal, puntas y madera obligatoria los trabajos de prevención y control de incendios y en rollo) a ser utilizada como biomasa para la generación de plagas forestales, igualmente están obligados a dar cuenta a la energía, con la madera que se encuentra afectada por la plaga del autoridad forestal de los incendios, plagas y enfermedades que se gorgojo (Dendroctonus spp), en terrenos ejidales y privados con detecten. la finalidad de reducir las cantidades de biomasa en las áreas afectadas y así reducir los riesgos y daños por incendios forestales CONSIDERANDO: Que en fecha doce de agosto del año y enfermedades. 2015, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, el Decreto Ejecutivo número PCM- 051-2015, mediante el cual se declara SEGUNDO: Suspender temporalmente el cobro por la “Emergencia Forestal a Nivel Nacional por el ataque de la Plaga servicios administrativos que realiza el ICF, en aquellos casos en del Gorgojo de Pino”, creando al Comité Interinstitucional para el los que se trate de planes de saneamiento según lo establecido en Control de la Plaga del Gorgojo de Pino. el numeral primero del presente Acuerdo. A. 17 Derecho Reservados ENAG Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Sección A Acuerdos y Leyes La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 1 DE MARZO DEL 2016 No. 33,973 TERCERO: No se autorizará planes de saneamiento en las dictamen técnico respectivo remitiendo el expediente a la zonas núcleos de las áreas protegidas, ni en las zonas de recarga oficina regional. hídrica o microcuencas declaradas como zonas abastecedoras de agua (a partir de 50 Mts. debajo de la toma, hasta el parte c) El jefe regional autorizará el plan de saneamiento. aguas en la parte superior). NOVENO: Las unidades de medida a utilizar para el CUARTO: Autorizar planes de saneamiento dentro de la transporte de los productos serán las siguientes: franja de protección de ríos y quebradas permanentes, siempre y En caso que el producto a transportar sea: cuando la pendiente no exceda de 15% y que el aprovechamiento sea combinado en forma manual y animal, previo dictamen a) Biomasa astillada, la unidad de medida será la tonelada favorable de conformidad emitido por el coordinador regional de métrica (TM). Para la estimación del peso de la madera cuencas hidrográficas. En el caso de áreas bajo manejo, el astillada se deberá cubicar previamente la madera en rollo, dictamen será responsabilidad del técnico administrador de ICF. este volumen se dividirá entre 1.67 que es el equivalente de metro cúbico M3 a TM. QUINTO: Autorizar planes de saneamiento en las zonas de b) Leña: La unidad de medida será la carga. amortiguamiento de cualquier área protegida, previo dictamen c) Ramas: La unidad de medida será el metro cúbico estéreo favorable de conformidad emitido por el co-manejador y (m3 estéreo). coordinador regional de áreas protegidas. El transporte de los anteriores se acompañará con guías de movilización de subproductos. SEXTO: Para la autorización de planes de saneamiento en d) Madera en rollo (fustes, trozas, tuncas), la unidad de aquellas áreas en donde no se ha dado ningún tipo de autorización, medida será el metro cúbico y la guía de movilización a se acatará lo dispuesto en el numeral DÉCIMO PRIMERO expender será de madera en rollo. del ACUERDO 018-2015, referente a los planes de salvamento, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha doce de agosto DÉCIMO: Se delega a los Jefes Regionales del Instituto de 2015, omitiendo la notificación de control o inicio de las Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas actividades de control. y Vida Silvestre la facultad de aprobar los planes de saneamiento de madera plagada en bosque de pino indistintamente del volumen. SÉPTIMO: En aquellos casos que el plan de saneamiento Así mismo se les instruye para que implementen los mecanismos se realice dentro de un plan de manejo o plan de salvamento ya de control y verificación necesarios. autorizado, solamente será necesario presentar la solicitud acompañada de: DÉCIMO PRIMERO: El presente Acuerdo tendrá vigencia hasta la suspensión de la “Emergencia Forestal a Nivel Nacional a) Volumen total estimado a extraer. por el ataque de la Plaga del Gorgojo de Pino”. b) Producto a extraer. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y se publicará en c) Copia de resolución de plan de manejo o plan el Diario Oficial La Gaceta. de salvamento. d) Mapa de ubicación. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, OCTAVO: El procedimiento para la aprobación de los planes a los veintitrés días del mes de diciembre del año 2015. de saneamiento será el siguiente: PUBLIQUESE
a) La Oficina Local, recibirá la solicitud de Autorización de plan de saneamiento, quien verificará el cumplimiento de MISAEL LEÓN CARVAJAL todos los requisitos enumerados anteriormente. DIRECTOR EJECUTIVO b) La Oficina Local respectiva, realizará la inspección al sitio, para verificar la información presentada en el plan de GUDIT MARIEL MUÑOZ saneamiento solicitado, una vez verificado, emitirá el SECRETARIA GENERAL A. 18 Derecho Reservados ENAG