Acuerdo Nº 251/14 - Declara la plaga Maconellicoccus hirsutus (Green) como plaga no cuarentenaria reglamentada
颁布于 2014-03-25 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, pests/diseases, international trade, quarantine, fruits/edible nuts, vegetables/legumes
- 类别
- *, agriculture
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
.-. ... """•s~ •--,. - ' ~ ~ ~cccion A· Aeuerdos y Leyes REPUBLIC A DE HONDURAS - Tl•:GUClGALPA, M. D. C., 30 DI◄: MAYO DEL 2014 No. 33,440 Secretari.a de Est a do en los Despachos de Agricultura y Ganaderi.a ( ........ A C U E R O O N o"'""'. 2s 1 -1 4--'- ,) ELSECRETARIO OEESTADO E LOS DESPACHOS DEAGRICULTURAYGANADERIA Tegucigalpa, M.D.C., 25 mano clel 2014. CONSIDERANDO: Que es funci6n escncial de! Estado velar y promover la preservaci6n dd patrimonio agropecuario nacional mcdiante la promulgaci6n de disposiciones juridicas y de otras nonnas que coadyuven a este fin, por lo que la Secretaria de Estado en los Despachos deAgricultma y Ganaderia a t:raves dcl Sc1vicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SEN ASA), como ente gubernamental facultado, tiene el deber de velar por la seguridad alimcntaria de la poblaci6n de nuestro pais, disponiendo, una vez con1probada la existencia de una plaga, las medidas tecnicas y de control que eviten Ja propagaci6n de estas. CONSIDERANDO: Que la Republica de Honduras es finnante de! Acuerdo Sohre la Aplicaci6n de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y del Acuerdo Sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizaci6n Mundial del Comercio (OMC), en donde se adquiere el compromiso de armonizar su legislaci6n intema a la intemacional. CONSIDERANDO: Que la Convenci6n Internacional de Protecci6n Fitosanitaria (CIPF) tiene como finalidad actuar conjuntamente entre las partes contratantes y de manera eficaz para prevenir la introducci6n y diseminaci6n de plagas de plantas y productos vegetates, asi como promover medidas apropiaclas para combatirlas. CONSIDERANDO: Que recientemente se ha reportado la presencia de la plaga Cochmilla Rosada del Hibisco Maconellicoccus hirsutus (Green) en paises centroan1ericanos coma El Salvador, Beltce, El Caribe y confinnado su presencia en afi.os anteriores en Estados Unidos, Mexico, America del Sur, ContinenteAsiatico y Oceania. CONSIDERANDO: Que la Cochinilla Rosada del Hibisco Maconellicoccus llirsutus (Green) (Hemiptcra: Pseudococcidae) es una plaga asociada a 73 familias de plantas en mas de 200 generos, por lo que se le considera como una especie altamentc polifaga y de caracter cuarcntenario para Hondw·as. CONSIDERANDO: Queen nucstro pais se encuentran varios generos y especies de plantas de la familia Malvaccae, Fabaceae, Moraceae; a los cuales la cochinilla rosada presenta marcada pref erencia asi coma tambien arboles frutales, forestales y ornamentales tales como: Carica papaya L. (papaya), Maugifera im/ica L. (mango), Persea mnericana Mill. (Aguacate), Coccus nucifera L. (coco), Vitis vinifcra L, (uva), Psidium guajava L. (guayaba), Musa spp. (Platanos), Cucurbita mosc/zata Duchense (calabaL.a), Glycine max L. (soya), Cojfea A. Scccion A Acuerdos y Leycs REPUBLICA DE HONDURAS -TEGUCIGALPA, M. D. C., 30 DE MAYO DEL 2014 No. 33,440 \ \ arabica L. (cafe), Solanum melongena L. (berenjena), Lycopersicon esculentum Mill (tomate), Phaseolus vulgaris L. (frijol), Zea mays L. (maiz), Beta vulgaris var. vulgaris L. (remolacha), Cucumis sativus L. (pepino ), Daucus carota D. C. (zanaboria), Lactuca sativa L. (lechuga), Manilzot esculenta Crantz. (yuca), arboles como Tectonagrandis L. (teca); las omamentales Catleya trianaei Linden y Reichb (orquideas), Nephrolepis sp. (Helechos), entre otras ornamentales. (Ver la Esta de hospedantes que se encuentra en el anexo de este documento). CONSIDERANDO: Considerando que la cochinilla rosada es capaz de causar importantes perdidas econ6micas en la Agricultura, Silvicultura, El Turismo, Parques y Reservas Naturales. CONSIDERANDO: Que las perdidas econ6micas han sido cuantiosas en los paises donde ha infestado Maconellicoccus hirsutus (Green) por lo que se tiene el dato que las perdidas estimadas a nivel mundial son de 5,000, 000,000.00 USD; mientras en la subregi6n del \ Caribe se informan perdidas aproximadas de 138, ' \ 000,000.00 USD, segun los datos disponibles de algunos 11 paises, sin incluir los costos y perdidas por concepto de ',exportaciones. 1 CONSIDERANDO: Que el SENASA, ha ejecutado 1onitoreos de la plaga a nivel nacional en coordinaci6n n el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA) y ha detectado la presencia de Maconellicoccus hirsutus (Green) en plantas de Hibiscus spp. En los municipios de Pue1to Cortes, Choloma, San Pedro Sula y La Lima. CONSIDERANDO: Que dicha situaci6n constituye un alto riesgo fitosanitario, ya que el actual proceso de globalizaci6n y desarrollo econ6mico condicionan de fonna alannante el riesgo de dispersi6n de la plaga para el resto de! pais; Asimismo, por el potencial de daifo que puede causar en plantaciones comerciales. CONSIDERANDO: Que SENA SA ha procedido a la eliminaci6n de los hospedantes iufestados, para evitar la dispersi6n de la plaga hacia otras areas del pais y que mantiene una red de vigilancia a nivel nacional para la detecci6n oportuna de brotes. PORTANTO: En aplicaci6n de los Articulos 255.de la Constituci6n de la Republica; 36 numeral 8, 116, 118, l 19 y l 22 de la Ley General de la Adrninistraci6n Publica; 1, 12, 16 y 22 de la Ley Fitozoosanitaria Decreto 157-94, modificada mediante Decreto 344-05;98, 99 del Reglamento de CuarentenaAgropecuaria Acuerdo No. 1618-97 del 96 al 104, l 05 al 114 del Reglamento de Diagn6stico Vigilancia y Campafi.as Fitosanitarias Acuerdo No. 002-98. A. llil REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 30 DE MAYO DEL 2014 No. 33,440 ACUERDA: PRIMERO: Declarar la plaga Maconellicoccus liirsutus (Green) como plaga no cuarentenaria Reglamentada. SEGUNDO: Prohibit· el ingreso de material vegetativo de la familia Malvaceae principalmente de los generos Hibiscus, fam. Fabaceae, fam. Moraceae y otros hospederos potenciales de Maconellicoccus lzirsutus (Green); procedentes de areas donde Ja plaga haya sido reportada. TERCERO: El Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA) a traves del Departamento de Cuarentena Vegetal adoptara todas !as medidas fitosanitarias necesarias que impidan la introducci6n de la plaga en el tenitorio nacional, en los tenninos siguientes: a. Todo envio que contenga material vegetativo de la familia Malvaceae de los generos Hibiscus, fam. Fabaceae, fam. Moraceae; procedentes de areas no reportadas con esta Plaga, deberan ampararse con certificados fitosanitarios de exportaci6n y origen que evidencien la ausencia de Maconellicoccus ltirsutus (Green). b. Realizar aspersion extemas a todos los medios de transp01te provenientes de El Salvador; acci6nque sera realizada a traves del servicio .internacional de tratamientos cuarentenarios del OlRSA, segun convenio de delegaci6n de servicios. c. En caso de detecci6n de Maconellicoccus hirsutus (Green). en un envio de material vegetativo de Malvaceae u otros, se procedera a la destrucci6n o devoluci6n del cargamento a su pais de origen. Los costos que se incurran, seran asumidos por el importador, sin que esto le represente erogaci6n alguna a la autoridad nacional competente. CUARTO: El SENASA a traves del Departamento de Diagn6stico y Vigilancia Fitosanitaria continuararealizando monitoreos sistematicos para detenninar la presencia o ausencia o detecci6n oportuna de la plaga en el resto del pais. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecuci6n imnediata debiendose publicar en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNIQUESE: JACOBO ALBERTO PAZ BODDEN Secretario de Estado en los Despachos deAgricultura y Ganaderia PAOLA GERALD INA SIERRA Secretaria General A.