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洪都拉斯的法律

Acuerdo Nº 210/10 - Comercialización del caracol gigante

颁布于 2010-03-03 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
洪都拉斯
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
marine fisheries, molluscs, research, bycatch, fishing gear/fishing method, internal trade, fishery management and conservation

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. LICA DE HONDURAS - TEGU. Secretari.a de J\gricultura y ·Ganaderia·. Tegucigalpa, M.D.C., 03 de marzo, 2010 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DJ;: AGRICULTURA YGANADERIA CONSIDERANDO: Que la Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganaderia (SAG) a traves de la Direcci6n General de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA), es la ~ridad superior en materia de pesca y sus conexos. CONSIDERANDO: Que el caracol gigante Strombus gigas • es unaespecie protegidaen elapendicell de laConvencionsobre el Comercio Internacional de EspeciesAmenazadas de la Fauna y Flom Silveslre(CTIES), y eslli sometidaaresoicciones en cuanto a· su explotaci6n, y !as exportaciones, teniendo Honduras . obligaciones directas concernientes a todas !as recomendaciones que la CITES eml1e sobre el uso y comercio internacional de esta especie. • CONSIDERANDO: Que por esfuerms conjuntos'entre el Gobierno de Honduras y la industria pesquera, se han logrado avancessigniticativosai lo relativo al otorgamiento de unacuota eientifica por la CJTES, y donde Honduras ba establecido una veda indefinida parael recurso caracol a nivel nacional y una moratoria para !as exportaciones mientrasrealizael estudio de la. especie en el J)IUS que le pennita contar con el respaldo cienti:fico ~paraeleslablecimientodeunacuotacomercialregulada y se !ogre abrir nuevamente !as exportaciones de esta especie avaladopor la CITES. CONSIDERANOO: Queseutilizmimmecanismosdecontrol • a efecto de garantiz.ar que la procedencia del caracol que se comercialice sea de una pesca regu)ada segun lo eslablecido en el proyecto de investigacion del recurso de caracol gigante en · Honduras y de esta fonna evitar la pesca furtiv~ de la especie por otras embllrcaciones pesqueras no incluidas dentro de los.trabajos de investigaci6n de! "81'3col que el Estado deHonduras realim bajo conveniosSI.ISCritos con la CITES y con lalndustriaPesquera para SU realjz.aci(>n. CONSIDERANDO: Que la SecretariadeAgriculturaa traves de la DIGEPESCA, es la encargada de velar por el fie! cumplimiento · de todas aquellas medidas de investigacion convenidas con la CITES encaminadas a regular !as actividades que sobre caracol se realicen en el pais, y que van orientadas a la apertura de las exportaciones de este recurso en el futuro. POR TANI'O: En uso de sus facultades yen aplicaci6n de Ios articulos 340 de la Constitucion de la Republica, 36 nmneral •• 8, 116, US, II9 numeral 3 y 122 de la Ley General de la ··Adminisll'acion Puhlica; 32 y 33 de la Leyde Procedimiento Adrninisuativo,3,5;6,7incisoc)yg), 11 delaLeyGeneraldePesca Vigente, 6 definicion 6, 28, contentivo al Reg1.amento Gemlde Pescay Acuiculturay AcuerdoMinisterialNo. 124-09defecha 19 marm del 2009 y otras Leyes conexas. ACUERDA: PRIMERO:· Se podra cometcializ.ar en el mercallo interno caracol gigimte Strombus gigas, provenientes de lascapturasque realicen !as embarcaciones de la flota pesquera nacional participantes en el Proyecto de Investigaci6n y Evaluaci6n para el Monitoreo de !as Poblaciones de Caracol Gigante Strombus gigasenHonduraslascualesson:a)CAPf.DAGORH=U24066, b) MISS SHANELLYS-1528215, c) MISS LILIAM S=1927868, . d)OOUGGY= U-1812237; atraves de !as plantasprocesadoras enmarcadasa1Proyectodelnvestigaci6nmedianteelmecanismode control eslablecido. SEGUNDO: Los mecanismos de control intemo que se implementaran paralacomcrcialuaci6nsedetallanacontinuacion: a) Todo el producto a comercializar en el mercado nacional, debeni proceder unicamente de las plan1as procesadoras que estan participando en el Proyecto de Investigaci6n y Evaluaci6n para el monitoreo de !as poblaciones de Caracol Gigante Strombus gigas en Honduras,lascualessedetallan acootinuaci6n: MariscosPerlaMar, MariscosAguaAmlPes:a delAtlantico,SeaPearl,MarinosPescaderia,MariscosHybur, Caribeila, Islander Fisheries, Inverca, Caribbean SeaFood, Diva Sea Foody Mariscos Isleilos. b) Presentaci6n de documento que hace constar la cantidad de libras de ~aracol capturadas por barco en cada crucero extendido por la contraparte nacional. A. LICADE tJRAS - TEGUCIGALPA. D. C. 5 DE<JVLIO DEL 20 c) ListadodeC()lllJ>mventadelproducto,enviadaporlasplalllas . procesadoras al Contraparte Nacional de! Proyecto para su visto bueno. d) Factura de control extendida firmada y sellada por el contraparte nacional. e) Factura con un "No. de Lote Mercado Intemo" que indicara el numero de crucero y embarcacion, donde fue capturado el caracol y el numero de la factura de control. j) Elproducto~irempacado en cajas que llevan impreso el logo delProyecto de Investigacion y el "No. De Lote Mercado lnlcmo". w La solicitud para la extension de un · Certi:ficado CITES de exportaciondebeniir acompafladade losdocumentossigui~ • f'ooslancia de desembarque (inciso b) • LismdodeCompraventadel producto (mciso c) • FacturaControl(incisod) • Mapa y coordenadas del recorrido de la(s) embarcacton( es) en el viaje de pesca corresponcliente. En, el caso que el producto se destine al mercado intemo !as ~deproceimnientodeberanrealiz.arel tramite administrativo en Ja SecretariadeAgricultura y Ganaderfa, adjuntandoalasolicilud de wipemiisoplllllacomerciali2a:ioninremadecaracoi Iosmismos documentos mencjonados en el inciso g. La DIGEPESCA extendera un docwnento que certificarala procedenciadel caracol y que el vendedor al publico en general tendraqueposeer. TERCERO: Toda persona natural o juridica que se • . encuentre comercializm1do caracol gigante (Strombus gig as), que no sea procedente de !as plantas y sinloscontroles previamente establecidos, se le decomisara dicho producto y se procedera aplialr.JaLey dePescay suReglamentovigente; asicoinolosdemas Acuen1os 9'le regulan dichaactividad. • CUARI'O: Harer !as transcripciones de Ley. QUINTO: El presenteAcuerdo es de ejecucion inmediata y debeni !lef publicado en el Diario Oficial "LaGaceta". CUMPLASE. JACOBOREGALADOWEIZEMBLUf Secretario de Eslado en los Despachos deAgricultura y Ganaderia BERTAMIREYAHERNANDEZ Secretaria Geneml A.