Acuerdo Nº 1.326/12 - Declara la plaga Maconellicoccus hirsutus (Green) como plaga de importancia cuarentenaria
颁布于 2012-09-27 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 洪都拉斯
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, pests/diseases, international trade, quarantine, fruits/edible nuts, vegetables/legumes
- 类别
- *, agriculture
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I Scccion A Acucrdos y . .eyes , REPlJBLICA OE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 21 DE FEBRERO DEL 2014 No. 33,361 CONSIDERANDO: Que mediante Acucrdo Ministerial No.1190-12, de fecha 27 de julio de 2012, sc autoriz6 el Segundo Corte para !as imporlacioncs de maiz arnarillo en base a !as compras efectuadas dcl 0 I de'enero al 30 de abril de 2012. PORTANTO: En aplicacion del articulo 255 de la Constituci6n de la Rcpublica; articulos 36 Numeral 8), 116, 118, 119 y l 22 de la Ley General de la Adminislraci6n Publica, 80 dcl Reglamcnto de Organizacion, Funcionamiento y Competencia dcl Poder Ejecutivo, Decrelo Ejecutivo PCM-008-97; Decreto No. 129 de! 05 de febrero <le 1971; y Oecrcto 222-92 de! 09 de enero de 1992, Protocolo de Adhesion de Honduras al Convenio sobre cl Regimen Arancclaiio y Aduancro Centroame1icano y sus refonnas. AC U ER DA: PRIMERO: En cl marco del Convenio de Compra Ven ta de Maiz, Sorgo y Soya, Acuerdo No. A-933-2010 y de conforrnidad al Inforrnc de compras realizadas a partir del O I de mayo al 31 de julio de 2012, correspondientes al Terccr Corte, presentado por el Ente Registrador (Fajardo Fernandez & Asm.:iados) a esta Sccrctaria de Estaclo; se solicita a la Secrctaria de Industria y Corncrcio que por mcdio de la Direcci6n General de lntegraci6n Econ6rnica y Politica Comcrcial, proceda a la crnisi6n de los Certificados para la lrnportaci6n de Maiz Amarillo, clasificado en la partida arancelaria SAC. 1005.90.20, con un DAI del cero por ciento (0%), de !as siguientes cmpresas: Correspondiente al Tcrccr Corte /01 de mayo al 31 de julio, 2012 No. RTN EMPRESA PRODUCTO COMPRADO MAIZ 00 SORGO 00 1 05019001049230 CARGILL 50 496.20 2 05019995128770 AVIC. RAQUEL 1,606.15 3 05019002186567 AVICONSA 955.20 4 05019002063180 GRANEL 124,622.74 4,520.78 s 05019002071258 LAS CAROLINAS 1 493.00 TOTAL 179,173.29 4,520.78 SEGUNDO: Las Empresas Granja Avicola Alvarenga, GranjaAvicola AVli\SA, Granja Avicola San Juan, FACOR, FA FER, lNGAASA, FACOCA, PROTEINAS,ALGRANO, EL CORTIJO y CODINSER, scgun el Informc de compras no rcalizaron ninguna cornpra, por consiguicnte, no gozanit1 de! beneficio a importar rnaiz amarillo, con base al Tcrcer Corte. TERCERO: Las cmprcsas nominadas en el Ordinal Prim'ero, podran realizar la importaci6n de! volumen asignado de maiz amarillo de manera total o parcial, para lo cual dcberan presentar la solicitud de los Certificados de Importaci6n correspondientes ante la Secretaria General de la Seerctada de Industria y Comercio. CUARTO: El presenteAcuerdo es de ejecuci6n imnediata y debera publicarse en cl Diario Oficial "LA GACETA','. COMUNIQUESE: JACOBO REGALADO WEiZEMBLUT SECRETAR[O DE EST ADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERiA SALVADOR POLANCO ROSA SECRETARIO GENERAL SAG Derecho a Derechoa Importaciones Saldo TOTALQQ Importacion TM. (Tercer TM. Relacion 4:1 qq Corte) so 496.20 201 984.80 9 161.88 -0.00 1,606.15 6,424.60 291.42 -0,00 955.20 3 820.80 173.31 -0.00 129,143.52 516,574.08 I 23,431.41 -0.00 1 493.00 5 972.00 270.89 0.00 183,694.07 734,776.28 33,328.90 -0.01 Secretaria de Estado en los Despachos de Agricu ltura y Ganaderia Tegucigalpa, M.D.C., 27 de septiembre, 20 \ 2 ELSECRETARIO DEESTADO EN LOS DESPACHOS DEAGRICULTURA Y GANADERIA CONSIDER.ANDO: Quc cs funci6n csencial de! Estado. velar y promover la prcscrvaeion de! patrimonio agropecuario nacional mcdiante la promulgaei6n de disposiciones juridicas y de otras normas que coadyuven a A. ,r - • ' - • • Scee ion A Acucrdos y Lcyes REPCBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 21 DE FEBRERO DEL 201" No. 33,361 este fin, por lo quc la Secret aria de Estado en los Dcspachos deAgricultura y Ganatlcria a travcs del Servic10 Nacional de Sanidad Agropecuaria (SEl\ ASA), como ente gubemamcntal facultado llenc el deber de, elar por la seguridad alimcntaria de la poblac16n de nuestro pais disponicndo una vez comprobada la exislencia de una plaga, las mcdidas t6cnicas y de control quc eviten la propugacion de estas. CO SIDERANOO: Qul.! la Rcpublica dt: Honduras es firmantc dd Acucrdo Sobn:: la Aplicaci6n de Medidas Sanitarias y fitosanitarias y del Acuerdo Sobrc Obstaculos T6cnicos al Comcrc10 de la Organi.laci6n Mundial del Comen:io (OMC), en donde sc adqu1erc el comprom1so de annonizar su lcg1slac1611 mll:ma a la intcmacional. CONSIDERANDO: Que la Convenci6n Internacional de Protecci6n Fitosanitana (CJPF), tienc como finalidad actuar conjuntamente entre !as partes contratantes y de manera eficaz para prcvenir la tntroducci6n y diseminaci6n de plagas de plantas y productos vegetales, asi como promovcr mcdidas apropiadas para combatirlas. CONSIDERANDO: Que !as condic1oncs climaticas qu0 han afcctado a todo d pais, a la rcg1611 y al mundo en los t'.1lt1mos tiempos, han sido las mas propic1as para el desa1Tollo de ciertas plagas de importanc1a econ6mica y cuarenknaria que afoctan cultivos basicos y de exportac16n. CONSIDERANDO: Que rt:cientemcntc sc ha rcporta<lo la prescncia de la plaga Cochimlla Rosada dcl Ilib1sco ,Haco11ellicoccus hirsutus (Green) en paiscs ccntroamc ricanos como El Salvador, Bel ice, El Caribc y confimrndo su prcsencia en afios anteriores en Esta<los Unidos, Mexico, America del Sur. Contincme Asiatico y. Oceania. CONSIDERANDO: Que la Cochinilla Rosada dcl Hibisco Maco11ellicocc11s hirsutus (Green) (llemiptera: Pseudococcidac) es una plaga asociada a 73 familins dcplantas en mas de 200 gcneros, por lo que se le considcra como una cspecie altamcnte polifaga y de caracter cuarentenario para Honduras. CONSIDERANDO: Quc en nucstro pa1s se cncuentran vaiios gencros y especies de plantas de la fam1ha Malvaceac. Fabaccae, Moraceac: a los cuales la cochmilla rosada prcsenta marcada prefcrenc1a asi como tamb1en arboles frutalt:s, forestales y ornamcmalcs tules como: Carica papaya L. (papaya). Ma11gifert1 indica (mango). Perset1 a111erica,u1 Mili. (Aguacatc). Coccus ,wcijera L. (coco), Vitisvinifcra L, (uva). Psidium guajava L. (guayaba). Musa :spp (Platanos), C ucurbit:1 moschata Duchcnse (calabaLa), G~yci11e max \ . (soya). Coffe11 arab1ca L. (cafe), Solanum mclongcna l . (bercnjcna) . Lycopcnicon csculentum Mill (tomatc), J>haseolus vulguris L. (friJol). Zea mays L. (mail). Beta vulg:iris var vulgaris 1. (rcmolacha). Cucumb sativus l. (pcpino). l>aucus c;irnta D. C. (zanahona). Lactuca s:itiva L. (lechuga). Manihol csculcnta Crantz. (yuca), arboks como Tecto11a grawlis L. (tcca); las omamcntaks Catleya trianaei Lmdcn y Reichb ( orquideas ). t\ cphrolcpis sp. (helcchos), entre otras omamentales, ( ver la lista de hospedantes que se encucntra en cl ancxo de este documcnto). CONSIDERA DO: Considerando que la cochin1lla rosada cs capaz dt: causar importantes perd1das econ6micas en la Agricultura, Silv1cult11ra, el Tunsmo, Parqucs y Rcscrvas Naturalcs. CONSJDERANDO: Que a nivcl mun<lial la cnfcrmedad Maconcllicoccus hirsutus (Green) es la responsable de habcr causado perdidas cconom1cas cuantiosas estimadas en Cinco mil Millonc~ de d6lares (S,000,000,000 USD); segun datos estadisticus sin inc.luir los costos y pertlidas por concepto de reducci6n de las exportaciones. CONSIDERANDO: Que d1cha situaci6n constituye un alto riesgo fitosanitario, ya que el actual proceso de globalizaci6n y desarrollo econ6mico condicionan de fonna alannantc el riesgo de cntrada a nucstro pais. Asim1smo, por el potencial de dafio quc puede causur en las plantnciones y las probabilidades de que encuentre las cond1ciones favorables para su c.stablccimiento en nucstro pais. A. I Seccioin\, Aeuenlos y Leyes ~ - ~ 4! • • • < • ."'t---: - ~ \ .... , . ' ,,; REPUBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 21 DE FEBlU.:RO DEL 2014 No. 33,361 CONSIDERANDO: Que cl SEN ASA, ha planitieado ej ecutar !as medidas fitosanitarias pertinentes para prcvenir su ingreso o detectar la preseneia o ausencia de esta plagl,l; en los puntos fronterizos y !as princi pales zonas agrieolas de! pais. PORTANTO: En uso de !as facultadcs de quc esta investido y en aplicaci6n de los Articulos 255 de la Constituci6n de la Republiea, 36 numeral 8. 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administraei6n Pi'ibliea; l, 12, l 6 y 22 de la Ley Fitozoosanitaria Deereto 157-94, modificada mediantc Decreto 344-05; 98. 99 dcl Reglamento de Cuarentena Agropecuaria i\.cucrdo No. 1618-97 de! 96 al I 04. l 05 al 114 de! Reglamcnto de Diagn6stico, Vigilancia y Campanas ritosanitarias Acuerclo No. 002-98. AC lJ E RDA: PRJMERO: Declarar la plaga Maconellicoccus hirsutus (Green) como plaga de impo1ianciacuarentenaria, en toclo el teITilorio nacional. CUARTO: El SENASAa traves de! Departamcnto de Diagn6stico y Vigilancia Fitosanitaria Realizara monitoreos sistematicos para dctern1inar la presencia o aw,encia de la plaga en el pals. QUINTO: El presenteAeuerdo cntrara en vigencia a partir de su publicaci6n en cl Diario Oficial "La Gaccta". SEX TO: H acer !as transcripciones de Ley. COMUNIQCJESE: JACOBO REGALADO WEIZEMilLUT SECRETARIO DE ESTA DO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA SALVADOR POLANCO ROSA SECRETARIO GENERAL SAG Secretaria de Estado en los Despachos de Agricultura. y Ganaderia Tegucigalpa, M.D.C., 03 de octubre, 2012. EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEAGRICULTURA Y GAN ADER.IA CONSIDERANDO: Quc cs prioridad de! Gobierno de la Rept1blica, fomentar la eficiencia de la producci6n en el campo y propiciar lajusta distribucion de la 1iqucza, asi como promovcr el dcsarrollo econ6mico, social y la competitividad sostenible de todos los sectores pro<luclivos del pais. CONSIDERANDO: Queen fecha 28 de octubre de 20 l 0, se suscribi6 el Convenio para las Negciciaciones de una Alianza Estratcgica de Compra Ven ta de Grano Nacional entre la Industria de Alimentos Balanceados para Animales (ALCON GRANEL, AVICONSA, PROTEIN A, S.A., GRANJAAVICOLAAVTASA, S.A., EL CORTIJO, FACOCA,ALJMENTOS CONTRADOS FAFER, AVICOLA ALVARENGA, AVICOLA RAQUEL, JNV.ERSIONES AGROPECUARIAS LAS CAROLINAS, ALGRANO, FACOR, TNGAASA, CODINSER V GRAN JA AVICOLASAN JUAN S. DE R.L.), la Asociaci6n Nacional de Avicultores de Honduras (ANAVlH), Productorcs Avicolas de Honduras (PROAVJH), Asociacion Hondurefia de Productores de Alimcntos Balanccados para Animales (AHPROABA), Federacion Nacional de Agricultorcs y Ganaderos de Honduras ( FENAGH), Asociacion Nacional de Productorcs de Granos (PnOGRANO), Conscjo Nacional Campcsino (CNC) y el Consejo Coordinador de Organizacioncs Campesinas de Honduras (COCOCH) y por el Gobierno de la Republica, !as Sccrctarias de Agricultura y Ganadcria (SAG) e lndustria y Comercio (SIC), clcvado Acuerdo E jcmtivo No. A-933-i0I0, en fccha 30 de octubre de 2010. CONSIDlSRANDO: Queen fecha 20 de marzo de 2012, se remiti6 Nota-SAG-222 -2012, a la Secretaria de Industria y Comercio en donde se autoriza el Primer Corte de las A.