Decreto Número 14-2002: Ley general de descentralización
颁布于 2002-04-11 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 法令
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 危地马拉
- 主题
- Agricultural and rural development, Environment, General
- 关键词
- decentralization, governance, public participation, local government
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ARTICULO 1.- Objeto. La presente Ley tiene por objeto desarrollar discriminaciony la pobreza; el deber constitucional del Estado, de promover en fonna sistematica la descentralizaci6n econ6mica administrativa, para lograr un 8. El restablecimiento y conservaci6n del equilibrio ambiental y el adecuado desarrollo del pais en forma progresiva y regulada para desarrollo humano; y, trasladar las competencias administrativas, economicas, polfticas y sociales del Organismo Ejecutivo, al municipio y dermIS instituciones 9. La,participacion ciudadana. del Estado. ARTICULO 5.- Objetivos. ·La descentralizaci6ri del Organismo
ARTICULO 2.- COllcepto de Descentralizacion. Se entiende por Ejecuti"o tendra los siguientcs objetivos: descentralizacion el proceso mediante el cual se transfiere desde el I. Mejorar la eficiencia y eficacia de 13 AdministraCion Publica; Organismo Ejecutivo a las municipalidades y dernas instituciones del Estado, y a las comunidades organizadas legalmente, con 2. Determinar lascompetencias yl"ecursosque Corresponden al participaci6n de las mlmicipalidades, e1poder de decisi6n, la Organismo Ejecutivo que se transferiran a las municipalidades y titularidad de· la competencia, las funciones, los recursos de I demas instituciones del Estado; financiamiento para la aplicaci6n de las politicas publicas nacionales, l' a traves de la implementacion de politicas munlcipales y locales en el ... .:J. Universalizar la cobcrtura y mejorar la calidad de los servicios marco de la mas amplia participacion de los ciudadanos, en la basicos que se prestan a la poblaCi6n; . administraci6n publica, priorizaci6n y ejecuci6n de obras, organizacion y prestacion de servicios publicos, asf como el eiercicio 4. Facilitar la participacion y control social en la gesti6n publica; del control social sobre la gesti6n gubemamentaJ y el uso' de los recursos del Estado, 5. Fortalecer integralmente la capacidad de gestion de la administraci6n p(lblica local;
ARTICULO 3.- Natllraleza. Esta Ley es de orden publico y de aplicaci6n general y rige los procesos de descentralizacion del 6. Fortalecer la capacidad de los org<JIlos locales para el manejo Organismo Ejecutivo. sustentable del medio ambientE;;
ARTICULO 4.- Principios. Son principios orientadores del proceso 7. Reforzar .. la identiciad de. las qrganizaciones comunales, y de la politica de descentralizacion del Organismo Ejecutivo, los municipales, depanamcntales, ~egionales )' nacionales; siguientes: (I u. Promover cldesarrollo etono'mico local para inejorar t::i calidad La autonomfa de los municipios; de vida y erradicar la pobreza; y, 2. La eficiencia y eficacia en la prestaci6n de los servicios publicos; 9. Asegurar que las municipalidades y demas instituciones del Estado cuenten con los recursos materiales, tecnicos y fmancieros 3. La solidaridad social; correspondientes, para el eficaz y eficiente desempefio de la cornpetcncia en ellos transferida. 2 3 Lgx General rk Descenlralizacion . '. ~
ARTICULO 6.- Gradualidad del procefio, Para llevar a cabo el .CAPITULO' II proceso de descentralizaci6n, el Organismo, Ejecutivo, previo acuerdo PROGRAMACION, DIRECCION y'SUPERVISION con las Municipalidades, y demas instituciones del estado, y a las DE EJECUCION DE LA DESCENTRAiJZACION comunidades organizadas legal.mente, con participaci6n de las DEL ORGANlSMO EJECUTIVO municipalidades, les trasladani gradual y progresivamente los recursos, tecnicos y fmancieros para atender las competencias ARTICULO 9.~ De fa alltoridad responsabl'e. EI Presiderite de la administrativas econ6micas, poIiticas y sociales reguladas en otras Republica debeni. designar al6rgano de Gobierrioresponsablede la: leyes. prograrnaci6n, direcci6n y supervision de ejecuci6n de 1<1 Descentralizaci6n del Organismo Ejecutivo Con estricto apego al respeto de la autonomia municipal, cada municipalidad, cuando 10 estime conveniente, solicitara su ARTICULO 10.- Atribuciones. EI 6rgano degobiemo responsable . incorporaci6n al proceso de descentralizaci6n del Organisrno de la programaci6n, direcci6n YSlipervision de ejecuci6n de la Ejecutivo, y esta debera atenderse sin demora. Descentralizaci6n .del Organismo Ejecutivo, tendril las facultades y atribuciones siguitmtes: . '. .'.
ARTICULO 7.- Prioridades. Sin perjuicio del traslado integral de las competencias administrativas, econ6micas, politicas, sociales, al a) Fortnular laspropuestas de politicanacional de descentralizaci6n municipio y demas instituciones del Estado, prioritariamente se del Organismo Ejecutivo, asi como Jas estrategias y programas de llevara a cabo la descentralizaci6n de las competencias dicha politica cuya ejecllci6n debeni s~raprobada por el. gubemamentales en las areas de: 1. Educaci6n, 2. Salud y Asistencia Presidente de la Republica. en ' . . Consejode Ministros. ",. Social, 3. Seguridad Ciudadana, 4. Ambiente y Recursos Naturales, 5. Agricultura. 6. Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, 7. b) Proponer a consideraci6n del Organismo Ejecutivo;las iniciativas EcoJiomia, y 8. Cultura, Recreaci6n y Deporte. de ley que estime pertinentes para el cumplimiento de sus objetivospara que con suaproba yi6n se presenten al cbngi-es6 de La competencia de las areas prioritarias a que se hace referencia en la Republica. .~.'. . . . . . ; .... . . . esle articulo, no incluye las atribuciones que la Con~ituci6n Politica de la Republica asigna con exclusividad a citras instituciones 0 c) . Impulsar supervisar yevaluar el proces'ode .descentralizaci6il:: entidades del Estado. d) Coordinar con los diferentes" Minist6iios . de Estado y otras
ARTICULO 8.- Convenios y contratos de ejecucion. Antes de la entidades del Gobiemo Central,' los planes de de·scenfrci.lizaci6n ejecuci6n de los programas y proyectos a que sc refiere el articulo administrativa Y. verificar que los mismos sean ejecutados de anterior, las municipalidades 0 las demas instituciones que cOllformidad con 16 planificado. . correspondieren, celebraran convenios con las dependencias competentes del Organismo Ejecutivo. Cuando los ejecutores sean las e) Desarrollar acciones de capacitaci6n, fortalecimiento institucional comunidades organizadas 0 demas asociaciones civiles, celebraran modernizaci6n de los niveles intermedios de la administraci611 convenios y contratos con las dependencias correspondientes del publica, con enfasis e~: los . gobiemos ,departamentales y Organismo Ejecutivo, con la participaci6n de las municipalidades. En municipales. ambos casos se establecenln las condiciones de ejecuci6n, supervisi6n f) Convocar a los sectores empre~ariales y a iepresentantes de la y fiscalizaci6n de conformidad con 10 que para el efecto establezcan sociedad civil a' una activa participacion en elproceso de las leyes aplicables. descentralizaci6n..
ARTICULO 11..- Coordinaci6n. Las diferentes instituciones p~blicas y derrias dependencias delc:irganism6'Ejecuti~o 'deberan coordinar con el 6i'gano de gobierno responsable de la programaci6n, direcci6n y supervisi6n de ejecuci6nde la Descentralizacion del 4 5 LID! Genera' tk Descentralizacion L[l! General tk Descenlralizacion Organismo Ejecutivo, sus acciones especificas, para desarrollar con metodologla yforrna que ado pte e1 sector publicoy a laspoJ,fticas de eficiencia j eficacia las politicas de descentralizaci6n aprobadas par el descentralizad6n aprobadaf>por el Organismo Ejecutivo, en. Presidente de la Republica en Consejo de Ministros. congruencia<con la Ley Organica del Presupuesto. El Minist.erio de ' Finanzas Publicas y la Secretaria de Planificacion y Programacic!n'de .
ARTICULO 12.- lnforme. El Presidente de la Republica incluin\. en la Presidencia de 1a Republica proporcionan\.n la asistencia tecnica el informe anual del Organismo Ejecutivo, que se presenta al correspondiente. Congreso de la Republica, un informe pormenorizado del proceso de descentralizacion. . CAPITULO V FOMENTO DE LA PARTICIPACION CAPITULO III CIUDADANA EN EL PROCESO DE ENTIDADES.E INSTITUCIONES DESCENTRALIZACION' Y SU ORGANIZACION DEL ORGANISMO EJECUTIVO
ARTICULO 17.- Participacion de fa poblacion. La participaci6n
ARTICULO 13.- Institllciones. Los ministerios, secretarias, ciudadana esel' proceso por medio del cualuna cOlmmidad instituciones publicas y demas dependencias del Organismo organizada, con fmes econ6micos, sociales 0 culturales, participa en Ejecutivo, ejecutaran las politicas y programas aprobados para la plariificaci6n, ejecuci6n, y control integral de las gestiones del desarrollar el proceso de descentralizaci6n. gobiemo nacional, departamental y municipal, para facilitar el proceso de descen,tralizaci6n. ,
ARTICULO 14.- De los Ministerios y SecTetarias. Los ministerios, secretarias, fondos sociales y unidades ejecutoras del Organismo ARTICULO 18.~ De las orgUllizaciOllescomunitaritts; Las Ejecutivo, quedan obligados a: organizaciones comunitarias reconocidas conforme a la ley, de igual j manera podran partiCipar en Ii realizaci6n de obms, programas y a) CuropEr y velar porque se cumpla 10 establecido en la presente I ser"icios piiblicos' de su cohlunidad, 'en- 'coordinaci6n cen' las . Ley y su regiamento, especiaimente en el area de su competencia; , , autoridades municipales. b) Impuisar y ejecutar las politicas de descentralizacion relacionadas ARTICULO 19.- Fiscalizacioll sociaL Las'c<?munidades organizadas con su materia, en coordinaci6n con el 6rgano de Gabierno confomle a la ley, tendran facultad para reatizar 1a auditoria socia~ de responsable de 1a programaci6n, direcci6n y supervisi6n de los programas de descentralizaci6n que se ejecutenen sus respectlvas ejecucion de la Descentralizaci6n del Organismo Ejecutivo. localidades y en los que· tengan participacion directa, ya· sea en el c) Adecuar sus programas de funcionamiento e inversion al ambito municipal, departamental, regional 0< nacional. En case programa de descentralizaci6n aprobado por el Organismo necesario, solicitantn a la Contraloria General de Cuentas la practica Ejecutivo. de la auditaria que cQrresponda, cuy()s resultados deberan serle informados dentro del plazo de treinta dias, contados a partir de 1a CAPITULO IV fecha en que esta concluya. REGIMEN FINANCIERO CAPITULO VI
ARTICULO 15.- Prillcipios Financieros. Las municipalidades y CAPACITACION demas instituciones del Estado deberan velar por el adecuado equilibrio entre sus fugresos y egresos y su nivel de endeudamiento, ARTICULO 20.- Del programa de capacitacion y fortalecimiento procurando la sana administraci6n de sus finanzas. instittlcioflal. Para mejorar la administraci6n tecnico-fmanciera de las municipa1idades y demas instituciones del Estado y fortalecer 1a
ARTICULO 16.- Del presupuesto municipaL Las municipalidades, participaci6n ciudadana, el organo de Gobiemo respo~sable de 1a sin perjuiciodc su autonomia, quedan obligadas a adecuar su programacion, direcci6n y supervisi6n de ejecuc16n de la presupuesto anual de inversion y su sistema de administraci6n, a la Descentralizacion del Organismo Ejecutivo, deben\. preyer 1a 6 7 L~ General fl.1!!. Descentralizaci6n elaboraciOn y desarrollo" de un Plan Nacional de Capacitacion y REGLAMENTO DE LA LE)'; GENERAL DE Fottalecimiento Institucional, coordinando suejecucion' con el DESCENTRALlZACION Instituto Nadonal de Administraci6n Publica, eL Instituto de Fomento Municipaly otras instituciones del Estadorelacionadas con Ia materia, ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 312-2002 . CAPITULO VII Guatemala, 6 deseptiembre cle 2002 DlSPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS EI Presidente de la Republica,
ARTICULO 21.-Reglamento. El· Organismo Ejecutivo emitira el rcglamento de la presente ley dentro de los trein,ta dias anteriores a Ia CONSIDERANDO vigencia de la misma, para su adecuaci6na.esta.
ARTICULO 22.- Marc(J legal. " El Orgauismo )::jecutivo, debena Que el Congreso de Ia Republica aprob6el Decreto Numero 14-2002, someter a consideraci6n del Congreso de la Republica las iniciativas coIT).(). : marco norrnativo del proceso de descentralizacion del de ley que estime. necesarias para consolidar e1 proceso de OrganisTP.() Ejecutivo, a . traves .. de la" Ley General' de descentralizaci6n, dentro de un plazo no mayor de dos afros, coI).tados De~centralizacion, cuyo articulo. 21 .ordena Ia promulgaci6n del a partir de Ia publicacion de la presente Ley. Reglamento que perrnita la operatividad de Ia Ley y el regimen de procedimientos reglamentarios inherentes a las nonnas generales.
ARTICULO 23.~ Vigen cia. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional.con el voto favorable de mas de las dos terceras CONSIDERANDQ. partes del numero total de diputados que integran el Congreso de la Republica, aprobado en un solo debate, se publicani en el diario Que la descentralizaci6n del poder publico' fortalece la unid~d del oficial, y entrara envigencia el diauno del roes de julio del afl.o dos Estado de Guatemala dentro de la~ diver~klad en.1o que caracteriza y mil dos. fonalece tambil~n la vision y mision: e&trategic:a p1\.ra la reaii:m,ci6n del bien comun; siendo la descentralizacion UI\ J,lledio para el desan'ollo PASE. AL . ORGANISMO EJECtmVO PARA SU SANCION, de la ciudadania en la bUsqueda de la eficiencia de la gesti6npublica PROMULGACION Y PUBLICACION. para el logro del objetivo 0 meta de la justicia social, DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEG ISLATIVO, EN LA democniticanlente entendida, como. 10. preceprua la Consti~uci6n CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRlL Politica de la Republica de Guatemala., DEL ANa DOS MIL DOS. CONSIDERANDO: JOSE EFR.AIN RIOS MONTY Que el articulo 9 de la Ley General de Descentralizaci6n co~fiere al PRESIDENTE Presidente de la Republica. la facultad de designar al organo de gobiemo responsable de la programacion, direcci6n y supervision de RUDIO LECSAN MERIDA HERRERA' , la ejecuci6n de todo el procesq dedescentralizacion del Organismo SECRETARIO Ejecutivo y de ello deriva eptoncesla posibilidad de crear la instancia administrativa ad-hoc. ""'. , .. , ., AURA MARINA OTZOY COLAJ POR TANTO. SECRETARIO, 'I" ":.';, " '.1 En 'ejercicio de las funciones conferid~s en,Ia literal e) A~rlN1fcJ,l~O 183 d~ .la .Constitucion Politica de .l'l. R,e.publica y con fundatlle,nto en los articulos 9 y 21 de la :Ley General. d.ep~ceptralizacioll, ," 8 9 REGLAME:\"TO DE iXLEY GENERAL DE DESCENTRALIZACION ' REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESCENTAALIZACrON 'ACUERDA: En el Proyecto de Presupuesto General de lngresos y Egresos del Estado, el Organismo Ejecutivo asignara a la Secretaria de El siguiente: Coordinacion Ejecutiva los recursos para financiar el programa de fortalecimiento institucional y capacitaci6n establecidos en el articulo REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL 20 de la Ley. DE DESCENTRAUZACION
Articulo 3.- Coordinacion de fos niveles de fa Administracioll CAPITULO I' Publica. Los 6rganos de la administraci6n publica coordinaran la elaboracion de politicas, planes y programas de desarrollo integral, de DlSPOSfCIONES GENERALES confonnidad con las politicas nacionales en materia de descentralizacion, siguiendo ademas, los criterios de eficacia y
Articulo L~ Competencia. Para los efectos de este Reglainento, se eficiencia que se establecen en el articulo 4 de este reglamento. entendenl' porcompetencia 'al coiijunto de materias, fawltades, furiciones' y atribueiones asignitdas pOl' ley a los diversos 6rganos de la ' Articulo 4.- Criterios de ejiciellcia y ejicacia de fa descentralizaci6n. administracion' pltblica. Las comperencias, pOl' su origen, se clasifican En la prestaci6n de los servicios que se presten en Virtud de la asf: ' descelltralizaci6n del Organismo Ejecutivo, sus objetivos tendmn especificados el grado de cumplimiento que se espera alcanzar a) Competcncias Exclusiva: Es la que se ejercc conforme a la mediante la aplicaci6n de los criterios siguientes: Constituci6n 0 las leyes, atribuida con exclusividad a un organa 0 dependencia del Estado. a) Cercania y oportunidad en la prestaci6n de los servicios ptiblicos hacia las comunidades; b) Compctencia atribuida par descentralizad6n. Es la que ejerce el municipio, las demas instituciones del Estado 0 lacomunida:d b) Mejoramiento de la calidad de los servicios; legalmente' organizada, pOl'. decto de la descentralizaci6n ordenada en la ley. c) Aumento de la cobertura de los servicios; c) Competencia Concurrente: La que se 'ejercedesde ,mas,' de un d) Mejorar sustancialmente la redistribuci6n del ingreso y la nivel de la administraci6n pliblica y atendierido su ambito asignaci6n de los recursos; territorial, conjunta y complementariamente, por dos 0 mas entidades del Estado, con delirt1itaci6n precisa de las areas de e) Reducci6n de los costos de operaci6n e inversion; responsabilidad, . ,.. para eJ logro de un objetivo comtin. " " f) Aumento de la rentabilidad social mediante Ja participacion , CAPITULO II ciudadana; DE LOSSUJETOS DEL PROCESO g) Aumento de la equidad economlca y social e inclusion del DE DESCENTRALIZACION ,. enfoque de genero en el proceso de descentralizaci6n del Organismo Ejecutivo; ArticulO 2.- Organo respollsable de fa descentralizacion. Se designa la Secretarfa de CoordimiCi6r\: Ejecutiva de la Presidencia de la h) Aumento del esfuerzo local propio en la recaudaci6n de ingresos Republica,. como el organo de gobierno responsable de la y en el mejoramiento del gasto ptibli~o municipal; programac.i6n,.direccion' ':J supervision, de ejecuci6n" de 'la descentralizac16n del' Otganismo Ejecutivo, que en adelante se i) Efectiva auditoria social sobre la gestion de los programas y conocen! tambien como autoridad responsable. proyectos descentralizados; y, 10 11 REGLAl\iE"'TO DE LA LEY GENER-I.L DE DESCENTRALlZACION· REGLAME!'iTO DE LA LEY GENERAL DE DESCENTRALIZACION j) Coordinaciort . entre . la administracion publica central y, municipal. ' nacional de descentralizaci6n del Organismo Ejecutivo y de las estrategias y programas de dkha polftica general. Articlilo 5:- Descentralizaciif" de competencias y asignacion de recur.50s jinuncieros. La descentralizaci6n por delegaci6n.de Articulo 9.- Solicitud de los destinutarios. Los destinatarios de la cornpetencias que se realicen deben tener previstas las fuentes de los transferencia de competencias .pueden solicitar el ejercicio de recursos que se requieran para su ejercicio, bajo el principio del detemlinada competencia del Organismo Ejecutivo. La soJicitud equilibrio fiscal. . debenin dirigirla al Presidente de la Republica por conducto de la autoridad responsable.
Articulo 6.- Destinatarios de· la d(degaci6n de cOlripetencias. Los destinatarios de las delegaciones de coriJpetencias por La solicitud debera identificar con precIsIon la competencia a descentralizacion del Organfsmo Ejecutivo, son: descentralizar y la indicacion de que el destinatario tiene la voluntad polftica de asumirla y la disposici6n para adquirir la capacidad a) Las rnunicipalidades individualmente consideradas; institucional para su ejercicio en los terminos que se explican en la solicitud, as! como el correspondiente estudio tecnico financiero. b) Las mancomunidades demunicipios; Dicha solicitud debera ir acompanada de una estrategia coherente con c) Las dernas instituciones del Estado; y, el plan y politicas de desarrollo integral del municipio, en su caso, que justifique la descentralizaci6n de competencias. E1 Organismo d) Las comunidades legalmente organizadas con participaci6n de las Ejecutivo por conducto del organo correspondiente podni participar municipalichides. en colci.boracion con, los municipios a solicitud de estos, ell la realizacion de los planes 0 la formulaci6n depoliticas de desan-oUo Estos destinatarios, deberan, acreditar que su estructura fUllcional y integral en funci6n de los niveles de pobreza de estos. telTitorial se adecua al desempefio de la competencia que se les transfiere y en la posibiJidad y capacidad de asumirla. Articulo 10.- Del estudio tecllico jinllllciero. EI estudio tecnico financiero que se acompane a la solicitud de transferencia de
Articulo 7.- Plan anual. La autoridad responsable preselltara en el competencias por descentralizacion, debera incluir comO minimo: n1es de enero, al Presidente de la Repliblica un plan anual del proceso de descentralizaci6n, compatible con clPresupuesto General de a) La identificaci6n precisa de las competencias, y las funciones 0 Tngresos y Egresos del Estado, para avanzar gradualmente en la actividades inherentes 0 necesarias a descentralizar; ejccuci6n del proceso de descentraJizacion incorporando a nuevos sectores y areas de la administraci6n publica, segtin 10 establecido en b) Cobertura; la Ley General de Descentralizaci6n. c) Presupuesto anual 0 su equiva1ente por fracci6n de afio; CAPITULom d) Descripci6n de las capacidades de gestion del organa receptor; DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DESCENTRALIZACION DE COMPETENCIAS e) Los reClirSOS de cOl1trapartida que aportara el municipio y la comunidad y su fuente;
Articulo 8." Procedil1iiento,. El· procedirniento para la descentralizacion de comp'etencias se podra iniciar por decision del f) Un diagn6stico concreto paramedir y verificar los cnterios de la Orgaf}ismo .Ejecutivo, 0 bien, como rcsultado de la solicitud de los descentralizaci6n contenidos en el articulo 4 de este reglamento; mu·n1cipibs' 0 rriancomunidades dc tnunicipios, conforme a la 'politica y, . 12 13 REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESCE7'.lRALIZACION REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESCENTRALIZACION g) Una propuesta' de estrategia para armonizarel ejercicio de la 1) Los aspectos relativos a la coordinacion y cooperacion en la competencia que se solicita con la poJitica y planes de desarrollo prestacion de la competencia, indicando la coordinacion y integral del municipio. cooperacion con otros organos, el suministro de infomlacion, la compatibilizacion de planes y proyectos y la cooperacion
Articulo 11.- DecisiOn. La _descentralizacion y correspondiente' ,internacional. transferencia de competencias a las entidades destinatarias sera gradual.y se formaJizani' mediante Acuerdo Gubernativo de g) Aspectos relativos al proceso de descenlraJizacion de aprobacion de los convenios celebrados entre los organos tirularesde competencias, pudiendo establecerse figuras como Ja cogestion las competencias originarias y el ente destinatario de la competencia de servicios entre los niveles central, departamental, delegada, el que, a su' vez, emitira· el instrumento legal' 'que mancomunidades de municipios, municipios 0 la comunidad. COITcsponda; en el cual se haga expresa la aceptacion de la misina. h) £1 establecimiento de comisiones de seguimiento de las Articulo· 12.- Transferellcia de bienes muebles e illmuebles. La competencias descentralizadas constituidas entre las partes para descentralizaci6n . y ·transferencia· de competenciasincluira .la' la supervision del cronograma acordado, y resolver las dudas y transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad publica controversias que pudieran presentarse en la ejecucion del que· sean'· necesariaspara el ejercicio de dichas' eompetencias, programa de descentralizacion y el cumplimiento de los observando para el efeeto la Ley deContrataciones del Estado. convenios y de cualesquiera otros que se' flImen con relacion a los servicios transferidos y adoptar, cuando fuere el caso, las Articulo. 13.- C01IVellio. Las entidades destinatarias de competencias medidas correctivas necesarias. delegadas, suscribiran junto a la autoridad responsable yel organa conespondiente del Organismo Ejecutivo, titular de' la competencia Las dudas no resueltas y las controversias que no puedan resolver originaria, un convenio que estipulanipor 10 menos: estas comisiones, seran resueltas por la autoridad responsable. a) EI objeto del convenio; alcance y cronograma de la gradualidad CAPITULO IV de la descentralizacion de competencias: . REGIMEN FINANCIERO b) NOlmas que defman la supervIsIon teenica, asesoria, . administracion de lagesti6n, participacion de la comunidad de ser Articulo 14.- Financiamiento. EJ ejercicio de todas las cOll1petencias procedente, asi . Como la evaluacion y seguimiento de Ja . descentralizadas sera fmanciadoarticulando adecuadamente los competencia. '. reeursos disponibles por el ente destinatario con los recursos que el Estado, debera transferir al descentralizar competencias, asi como con c') Los aspectos referidos al entrenamiento del personal. otros recursos provenientes de otras fuentes. d) Los bienes adscritos a la competencia descentralizada, sefialando Articulo 15.- Recursos del Programa de Desarrollo Illtegral la fOm1a en que se realizanl la transferencia de estos y su· Municipal. Los municipios y mancomunidades de municipios que se inventario. hagan cargo de competencias para el desarrollo integral municipal, percibiran recursos que se distribuiran en proporcion directa de los e) Los recursos financieros proveidos porel Organismo Ejecutivo, aportes locales relativos a sus respectivos niveles de pobreza y a su indicando el funciollamiento operativo que se adoptara y la densidad demogratica y en los que se contabilizara tanto la manera'cn que ·se manejaran los recursos :internacionales, si los recaudacion de impuestos locales como la valorizacion de los aportes hubiere, el tratamiento, de las obligaciones contraidas con terceros que los ciudadanos realicen en trabajo, especie 0 dinero para la y la revision periodica de los proeedimientos de asignacion de . provision de bienes publicos. reeursos. 14 15 REGLAMENTO DELA LEY GENER..-\.LDE DESCENTRALIZACION REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DKDESCENTRALIZACION
Articulo 16.-Recursospara elproceso de'descentralizacion: Para Sil con indicaci6n de su regimen jUridico. El acta debe mcluirse como viabilidad d proceso de descentralizaci6n contani con los reCursos anexo al convenio. necesarios, previo cumplimiento delos.requisitos siguientes: CAPITULO V a) Que haya side publicado en e] diario oficial' el acuerdo gubernativo de aprobaci6n del convenio mediante el cual se DE LA PARTICIPACION CIUDADANA descentraliza la compelencia.
Articulo 19.- Participacion Ciudadana en la DescentralizaciolI, La b) Que elente receptor haya emitido la disposici6n que corresponda, participaci6n ciudadana que impulsara la descentralizaci6n se manifestando su aceptaci6n de la transfel'ericia decompetencia orientara esencialmente a la provisi6n de bienes y servicios publicos par parte del Organismo Ejecutivo. en ambitos locales por parte de organizaciones ciudadanas constituidas y registradas conforme a la ley, que acruen en el ambito c) Que se hayan realizado los tnimites legales 'Y reglamentarios para local. Las organizaciones ciudadanas tambien podnin ejercer auditoria efectuar la transferencia presupuestaria. social la revisi6n de las actuaciones de los entes a cargo de competencias descentralizadas. Por Acuerdo Ministerial se indicara la fecha a partir de la cual el Ministerio de Finanzas Pilblicas, trasladanl los tecursos fmancieros Articulo 20.- Participacion ciudadana, desarrollo local y auditoria convenidos. social. Sin perjuicio de los mecanismos establecidos legalmente para ". solicitar .el rendirnienlo de cuentas a sus autoridades, las asociaciones
Articulo 17.- Integracio1l tiel mo1lto de recursos pre.mpuestarios a y los comites podn'll1 dirigirse a los entes destinatarios de tra1lsferir. EI monto de los'recursos finanGierosa ·ser transferidos de competencias descentralizadas solidtando' informaci6n sobre la acuerdo al convenio suscrito, se integra con: ejecuci6n de planes y programas a fill de evaluar su cumplimiento d~ conformidad con la ley y hacer las denuncias cuando corresponda ante a) Gastos de Funcionamiento: los organos competentes. I) La suma de los gastos de personal' y de funcionamiento Artfculo 21.- Control. Los programas de trabajo y los presupuestos directamente vinculados con el ejercicio de la competencia de las competencias descentralizadas, deben expresar los objetivos y de que se trate. resultados, concretos que se pretenden con los mismos, as! como los " medios e indicadores que permitan verificar su logro, en fundon de la 2) Los gastos de personal y de funcionamiento necesarios para transparencia de administracion publica, a manera de facilitar la realizar las funcionesde apoyo, direcci6n y coordinacion; auditoria social. 3) Todo aquel gasto que implique la conservacion, mejora y CAPITULO VI sustituci6n de losactivos transferidos; DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS b)' EI gastode inversion destinado a la ahlpliacion,:de la cobertura, . modernizaci6n,0' sustituci6nde un sistema de ·servk·i{) pOl' otro. Articulo 22.- Regimen laboraL EI regmen 1aboral de los funcionarios y empleados que trabajen en los servicios transferidos en
Articulo 18.~ Acta. La entrega de toda ciase debienes; derechos y el marco de la descentralizaci6n, quedani establecido en el convenio obligaciones comoconsecuencia: de las.decis'iones'· de la que establezca la transferencia de la competencia respectiva. descentraHzaci6n, debera fom1alizatseen acta levanwda ill electb en la que quede constancia de la entrega y recepci6n por los 6tganos'del Articulo 23.- Situaciones no reguladas. Las cuestiones no reguladas Estado de todos y cada uno de los que efectivamente se entreouen I=> , especificamente en este reglamento por la complejidad de la 16 17 REGLAMENTO)E LALEYGENERAL DE PESCENTRALIZACIO;\ descentrahzaci6n, Se defminin en el: c.onvenio respectivo, respetando Jas nonnas, los principios, el presE;nte reglamento y la polftica. nacional de descentralizaci6n.
Articulo 24.- Transitorio. La autoridad responsable presentara al Presidente de la Republica ,en un plazq de noven,tadias a partir de la vigencia de este reglamento, la propuesta de polftica nacional de descentralizacj6n del OrganismoEjecutivo. '
Articulo 25.- Vigencia. Este· reglamento empezara' a regir el dia siguicnte al de supublicaci6n en el diariooficial. .....1. : l:'..'," COMUNIQUESE ALFONSO PORTILLO JOSE ADOLFO REYES CALDERON. . LIe. J. LUIS MIJANG,OS C. MINIS'j'RO DE GOBERNACION. SE,CRETARlO GENERAL :~REsiDENCIA DE LA rU::PUBLICA (E-592) -- 10 - septiembre " . 18