Acuerdo Nº 540/99 - Crea la Unidad Ejecutora PROFRUTA que apoya y desarrolla la floricultura y agroindustria del país
颁布于 1999-05-14 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 危地马拉
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- institution, floriculture, agricultural development, investment, plant production, governance
- 类别
- agriculture
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION Acuerdase crear la Unidad Ejecutora denominada PROFRUTA que apoya y desarrolla la Floricultura y Agroindustria del pais: ACUERDO MINISTERIAL No. 540-99 Edificio Monja Blanca: Guatemala, 14 de mayo de 1999. EI Ministro de Agricultura, Ganaderia y Ahmentaeion, CONSIDERANDO: Que dentro de la estructura Organizacional del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaci6n, es necesario crear la Unidad Ejecutora denominada ·PROFRUTA" que' apoya y desarrolla la Fruticultura y Agroindustria delPais. CONSIDERANDO: Que debido a la importancia del trabajo desarrollado por dicha Unidad, asi como por los alcances que ha logrado entre los usuaries e internacionalmente, se considera necesario que dicha actividad sea fortalecida; CONSIDERANDO~ Que el Decreto 114-97 del Congreso de la Republica Ley del Organismo Ejecutivo, faculta al Ministerio para crear Unidades Especiales de Ejecuci6n, cuando 10 estimen conveniente y por el tiempo estrictamente necesario, aspecto este que fue plasmado en el Acuerdo Gubernative No. 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, Reglamento Organico lnterno del IMinisterio de Agricultura, Oanaderia y Alimentaci6n. NUMERO 10 DIARIO DE CENTRO AMERICA-3 de agosto de 1999 3 PORTANTO: Con fundamento en 10 quejestablecen los Articulos 25, 27, Y 29 del Decreto 114-97 del Congreso de la Republica, Ley del Organisrrio Ejecutivo 6°. Y 40 del Acuerdo Gubernativo 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, Reglamento Organico Interne del Ministerio de Agricultura, Ganaderia r Alimentacion. ACUERDA: ARTICULO 1°. Se crea la Unidad Especial de Ejecuci6n del Proyecto Desarrollo de la Fruticultura y Agroindustria, adscrita al Despacho del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaci6n, que 'para los efectos del presente Acuerdo se denorninara el Proyecto, teniendo como ohjetivos los siguientes: orgamco Interno del Mmisteno de Agrtcultura, Ganaderta y Alimentacion, contenido en el Acuerdo Gubernative No. 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, asi como 10 que para el efecto determine el Despacho Ministerial. La Unidad Especial de Ejecuci6n, con tara con la organizaci6n interna siguiente: a.) Una Coordinacion b.] Un area de Fomento y Asistencia Tecnica: c.) Un area de Apoyo para la Proinocion y Mercadeo d.) Un area de Apoyo de Postcosecha. ARTICULO 3°. Son funciones de la Coordinacion , las siguientes: a.) Elaborar los planes operativos anuales de acuerdo a los lineamientos y politicas del MAGA. Objetivos generales: Propiciar intercambios de experiencias en cultivo de frutales con distintos paises y entidades tanto nacionales como internacionales. Coordinar las actividades de asistencia tecnica, capacitaci6n referida a los grupos, Otras que determine el Despacho Ministerial, dentro de su competencia. con personas actividades en entendimiento ejecucion de cartas de para la Elaborar el reglamento de funcionamiento de PROFRUTA, asignando funciones y responsabilidades de acuerdo a los compromisos y alcances del mismo. Suscrihir convenios, individuales juridicas fruticultura. Seguir los lineamientos de desarrollo en el marco de la polijica agraria sectorial. f.) b.) g.) e.] d.) c.) Aportar una contribuci6n significativa al desarrollo sustentable, con actividades "productivas, inocuas al medio ambiente y que conservan los recursos naturales renovables, especialmente suelo y agua. Contribuir a la solucion de la problematica social, creando fuentes de trabajo en el medio rural y al mejoramiento de la dieta de la poblacion consumidora, poniendo a su alcance mayor cantidad y mejor calidad de frutas, fuentes de vitaminas y carhohidratos. Aumentar la capacidad del sector agricola para contribuir, mediante inversiones productivas al crecimiento econornico del pals; a la mejora de la balanza- comercial, mediante la generaci6n de divisas; mejorando tambien el ingreso rural por la via de la rentabilidad, inducida esta, por una mayor productividad y volumen de frutas exportadas, C) B) A) II II) Objetivos especificos: Se pretende sentar bases para el desarrollo de una industria fruticola rrioderna, inc1uyente y competitiva, en una vision amplia de la agricultura a fin de contribuir con la conversion de las actuales ventajas comparativas del pais y del sector en ventajas competitivas, superando limitaciones criticas con el objeto de conseguir volurnen y calidad competitivos en el mercado global, mediante elIogro de los siguientes objetivos especificos: ARTICULO 4°. Son funciones del area de Fomento y Asistencia Tecnica las Siguientes: ' a.) Atender tecnicamente los grupos y personas interesadas en los cultivos y evaluar los avances alcanzados. b.) Mejorar los productos de frutales atraves de la transferencia de tecnologia. A) Promover y facilitar servicios de promoci6n para el fomento y de asistencia tecnica para la tecnificaci6n que constituye una cadena de alto valor agregado para los usuarios del proyecto. c.) Promover la capacitacion de los recursos humanos a traves de entidades y organismos internacionales dedicados a las mismas actividades. a.) Detectar oportunidades de nuevos cultivos de impacto econ6mico a nivel nacional, ARTICULO 5°. Son funciones del area de Promoci6n y Mercadeo, las siguientes: B) Transferir tecnologia para los procesos de produccion en la fase de precosecha de los cultivos de frutales a fin de asegurar el retorno a las inversiones de los fruticultores. C) Ejercer control y facilitar orientacion en relacion a la seleccion, manejo y produccion de materiales de propagaci6n de frutales, para asegurar la calidad genetica y sanitaria de los mismos. d.) Servir de enlace y facilitar la actividad fruticola entre personas y grupos interesados. D) Promover y facilitar las acciones necesarias e inherentes al proceso de manejo poscosecha de frutales, que aseguren las condiciones para preservar la calidad e integridad de las frutas despues de la cosecha, hasta llegar al consumidor. E) Facilitar el mercadeo de frutas frescas y procesadas, realizando, estudios que permitan prospectar nuevos productos y generar informacion sobre demanda local e internacional, implementando estrategias de comerc~alizaci6n. F) Promover la organizaci6n gremial y apoyar su fortalecimiento mediante servicios complementarios que tiendan a: ij mejorar sus capacidades de propuestas Y negociaci6n, ii) apoyo en la forrnulacion de proyectos gremiales 0 de flnca, extender la cadena productiva, mejorar su infraestructura, ... productiva y .~e poscosecha e introducir nuevos productos y iii] Apoyo ala gestion de financiamiento, acompaiiando a los productores en el proceso de gestion y negociaci6n de los recursos; G) Promover, orientar y facilitar a las unidades de producci6n fruttcola, para que puedan fortalecerse desarrollando las caracteristicas y la vision ernpresarial de sus propietarios para que mejoren el manejo de sus unidades productivas y las puedan hacer sostenihle y competitivas. H) Promover impulsar y facilitar el desarrollo de .Ios recursos humanos comprometidos en el "Cluster" de la fruticultura para conseguir, que el pais cuente con un numero de profesionales calificados. b.) Investigaci6n de mercados potenciales de exportaci6n. c.] Organizaci6n de productores oferentes. d.] Formacibn de comites de desarrollo fruticola. e.) Impulsar forrnacion de centros de acopio. f.) Establecimientos de redes de comercializaci6n. g.) Promover encuentros entre productores y compradores. h.] Gestionar la inteligencia de mercados. i.) Facilitar los contactos internacionales. j.) Otras que asigne la Coordinaci6n. ARTICULO 6°. Son funciones del area de Apoyo en Postcosecha: a.) Apoyar todas las acciones inherentes y necesarias al proceso de postcosecha de los cultivos que aseguren las condiciones para preservar la calidad e integridad fisica de las frutas en fresco despues de la cosecha, hasta llegar al consumidor final. b.] Asesorar la transformacion de frutas con destine a mercados nacionales e internacionales; I) velar porque el desarrollo del proyecto se ejecute respetando el criterio de manejo sostenihle de los recursos naturales renovables. ARTICULO 2°. PROFRUTA, estara a cargo de un Coordinador nombrado por el Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentac~bn y desarrollara sus funciones ooerativas dentro del marco Que Ie fiia el Reglamento c.) d.) e.) f.j Gestionar la capacitacion en el tecnologia postcosecha de productos fruticolas. Apoyar en la gestibn de diseno de equipo agrolndustrial, Apoyo en, empaque, embalaje y transporte especializado, y Otras que asigne la Coordinaci6n. AR'tICULO '1". PROFRUTA, contara con los recursos humanos y materiales necesarios para el desarrollo de sus actividades. El PROFRUTA .realizara y ejecutara sus acciones en completa coordinaci6n y apoyo hacia las Unidades del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaci6n. ARTICULO 8 0 • En 10 que respecta a los recursos financieros que genere y requiera el proyecto, los mismos seran de acuerdo a los terminos financieros, debiendo presentar los informes y avances a la Unidad Administrativa Financiera para sus efectos respectivos. En cuanto al apoyo que requiera la Coordinaci6n del PROFRUTA, este sera proporcionado por el Despacho Ministerial, por intermedio de la Unidad Administrativa Financiera, la Coordinacion de Proyectos y Cooperaci6n Externa y la Secretaria General del Ministerio. ARTICULO 9~. EL PROFRUTA, tendra una duraci6n de cinco anos contados a partir de la fecha de vigencia del presente Acuerdo Ministerial, el cual podra ser prorrogado segun 10 estime necesario el Despacho Ministerial y las condiciones contractuales de los organismos financieros del mismo. ARTICULO 100 • El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia el dia siguiente de su publicaci6n. COMUNIQUESE I