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危地马拉的法律

Acuerdo Nº 518/99 - Crea un Comité técnico local para la implementación de medidas fitosanitarias contra la Mosca blanca del melón

颁布于 1999-07-05 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
危地马拉
主题
Cultivated plants
关键词
plant protection, institution, fruits/edible nuts, pests/diseases, governance
类别
agriculture

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. OFICINA DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS UNIDAD DE NORMAS Y REGULACIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION ASUNTO: ACUERDO MINISTERIAL No. 518 – 99 DONDE SE ESTABLECE UN COMITÉ TÉCNICO LOCAL EN EL DEPARTAMENTO DE ZACAPA, CON EL OBJETO DE ASESORAR Y APOYAR AL MAGA, EN EL ESTABLECIMIENTO E IMPLEMENTACION DE LAS MEDIDAS FITOSANITARIAS PARA EL PLAN DE MIP DE LA MOSCA BLANCA, EN EL CULTIVO DE MELON. DOCUMENTO: FECHA PUBLICACION DIARIO OFICIAL: TOMO: EJEMPLAR: PAGINAS: FECHA ENTRADA EN VIGENCIA: CONFRONTADO POR: ACUERDO MINISTERIAL No. 518 – 99 EDIFICIO MONJA BLANCA: Guatemala, 5 julio 1999. EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION CONSIDERANDO: Que corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación atender los asuntos concernientes al régimen jurídico que rige la producción, la sanidad vegetal y desarrollo productivo nacional. CONSIDERANDO: Que la resolución de Pasabien emitida en la Aldea Santa Cruz, Río Hondo, Zacapa, el Sector oficial y Sector productivo y exportador del cultivo de melón del departamento de Zacapa, asumieron el compromiso de apoyar e implementar el Plan de Manejo Integrado de la plaga denominada Mosca Blanca, en virtud que la producción agrícola nacional y exportación del cultivo del melón representa generación de empleo y divisas al país, mismo que desde hace varios años ha sido afectado por la plaga Mosca Blanca (Bemisia tabaci) en el departamento de Zacapa; trayendo como consecuencia perjuicio económico y social. CONSIDERANDO: Que es necesaria la participación conjunta de todos los sectores vinculados al cultivo de melón, a fin de aunar esfuerzos para la definición e implementación del Plan de Manejo Integrado de la plaga Mosca Blanca, así como la aplicación de otras medidas agrícolas concretas que fortalezcan la defensa fitosanitaria del país. POR TANTO: En el uso de las facultades que le confiere los artículos 27 y 29 del Decreto 114-97 Ley del Organismo Ejecutivo, 1, 6 y 15 del Decreto Número 36-98 Ley de Sanidad Vegetal y Animal, 1, 3 y 6 del Acuerdo Gubernativo Número 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. ACUERDA: ARTICULO 1o. OBJETO. Se establece un Comité Técnico local en el Departamento de Zacapa, con el objeto de asesorar y apoyar al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en el establecimiento e implementación de las medidas fitosanitarias para el Plan de Manejo Integrado de la Plaga Mosca Blanca, en el cultivo de melón. ARTICULO 2o . De la Integración del Comité. El Comité Técnico local a que se refiere el artículo anterior, se integra de la manera siguiente: a) Un titular y suplente que representa a cada empresa productora de melón que opere en el departamento de Zacapa; b) Un titular y suplente de la Asociación Gremial de Productos no Tradicionales –AGEXPRONT-; c) Dos titulares y suplentes del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación –MAGA-; uno delegado por la Unidad de Normas y Regulaciones y el otro por la Coordinación Departamental de la Unidad de Operaciones Rurales, ambos del MAGA, siendo uno de ellos quien coordine dicho Comité. ARTICULO 3o. De la Junta Directiva y Reglamento del Comité: El Comité Técnico, en su primera sesión elegirá a su Junta Directiva y emitirá su propio reglamento interno, el cual deberá ser aprobado por el -MAGA-. ARTICULO 4o. Atribuciones del Comité: El Comité Técnico tendrá las atribuciones siguientes. a) Diseñar e implementar el Plan de Manejo Integrado de la Plaga Mosca Blanca en el Cultivo de Melón. b) Desarrollar estudios de investigación relacionados con la plaga en mención. c) Dar seguimiento y evaluación al Plan de Manejo Integrado de la Plaga. d) Vigilar por el cumplimiento de las medidas fitosanitarias que se implementen. e) Diseño, elaboración y divulgación de las medidas fitosanitarias para el control de la plaga; f) Llevar registro periódico de datos del comportamiento de la plaga por empresa productora de melón. g) Informar a la Coordinación Departamental de la Unidad de Operaciones Rurales del –MAGA-, acerca del comportamiento de la plaga de la siguiente manera: g.1) Semanalmente cuando sea época de cultivo de melón y, g.2) Mensualmente cuando no sea época de cultivo de melón. ARTICULO 5o. De la participación de empresas productoras de melón. Toda persona individual o jurídica que se dedique a la producción de melón y que opere en el departamento de Zacapa, podrá participar en el Comité Técnico y deberán cumplir con las medidas fitosanitarias dictadas por el mismo y aprobadas por el –MAGA-. ARTICULO 6o. Supervisión. El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación supervisará técnicamente el cumplimiento de las medidas fitosanitarias para el Manejo Integrado de la Plaga Mosca Blanca. ARTICULO 7o. Sanciones. A toda persona individual o jurídica que incumpla con las medidas fitosanitarias contempladas dentro del Plan de Manejo Integrado de la Plaga Mosca Blanca en el Cultivo de Melón, se le aplicarán las sanciones establecidas en la Ley de Sanidad Vegetal y Animal ARTICULO 8o. Vigencia. El presente Acuerdo empezará a regir al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. MARIANO VENTURA ZAMORA MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION LUIS ALBERTO CASTAÑEDA AMAYA VICEMINISTRO DE AGRICULTURA RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y ALIMENTACION

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