Acuerdo Nº 454/99 - Plan de control del ratón y ratas silvestres en el Departamento de Petén
颁布于 1999-05-05 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 危地马拉
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, pests/diseases, disinfection/disinfestation
- 类别
- agriculture
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文本
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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y AIJIMENTACION Acuerdase decIarar de Emergencia In Implementacion del Plan de Control del Raton y Ratas Silvestres en el Departamento de Peten, ACUERDO MINISTERIAL No. 4li4·99 Edificio Monja Blanca: Guatemala, Ii de mayo de 1999. EI Ministro de AgricultUl'Il, Gannderta y Allmentucion, CONSllH]~ANJ)O Que las poblacioncs normalcs de raton y ratas silvestrcs sc han incremcntado a consecuencia de los dilcrcntcs fcnorncnos naturales ocurridos en el pais durante los ultimos ailos, convirtiendose en una amcnaza para los recursos agropccuarios y para la salud de los habitantes del departamento de Pctcn y del pais en general. CONSIDERANDO Que lao defensa y proteccion en el campo agropecuario, corrcspondc al Minislerio de Agricullura, Ganadcria y Alimentaciou y cn consecuencia es dcber del mismo, lamar las medidas sanitariasy fitosanitariasque juzgue neccsarias en cl departamento de Pctcn. PORTANTO En el uso de las facultades que le confiere el articulo 194 de la Constitucion Poluica de la "Republica de Guatemala, articulos 27 y 29 del Decrcto No. 114·97 Ley del Ejecutivo, articulo 6°. Del Acuerdo Gubernative No. 278·98 Reglarnento Organico Interne del Ministerio de Agricultura, Ganaderiay Alimentacion, articulo 6, literales c), d), e), j) y I) del Decreto Numcro 36-98 Ley de Sanidad Vegetal y Animal. ACUlmDA Articulo 1°, Sc declara de Emergencia la implemcntacion del Plan de Control del Raton y Ratas Silvestres en e1 departamento de Petcn, Articulo 2°, "E1 Ministerio de Agricultura, Ganadcria y Alimentacion, para cl cumplimiento del Plan a que se refiere el articulo anterior, pOI' intermedio del Vice-Minislerio de Agriculture, Ganaderia y Alimentacion, encargado de los asuntos del Petcn, la Unidad de Normas y Regulaciones y la Unidad de Opcracioncs Ruralcs, implementaran las mcdidas lanitarias y fitosanitarias con base a la Ley de Sanidnd Vegetal y Animnl y cl prcscnre Acuerdo, NUMER060 DIARIO DE CENTRO AMERlCA-24 de mayo de 1999 5 Articulo". E1presente acucrdomln en vigor inmediatmlenicdebiendose publicar en cI Diario Oficial, . .,.,0 0 1:. ""4 ~.. ,,..'"< A(.,~, ~"'~ . ",,~t<.. ~~W.\'l-~(".~ -= ?CotL "'= r, z Ie 0)0 ~ \ . ~ I +. ..... . /. .... .." ,v.. .... u~~,. ... co~r/ {\'i. :'V lJri 41 /1 0 ".'(/~i1111 / :'0/'/0.' ;/ 151'<" "F. .~.~;L.~ VI\' ~Dcn'l ~ Y . ,.'\~~'O". VlCE.Mn>m;TRO DE AGRl NATIJRALESRENO\'~ .ui:; Alberto Cas t3iieda ~ rnti la Viceminislro de ~gllcultur2 IltaJrsos Nll;;raIcs Renovables y AJimenllCl6r. ArticLllo SO, 10 rclativo a Ia diwlgacian del pJaI{ capa::ilaCi6n de personal, integraci6n de brigadas Yel seguimiento y evaluacion del Plan de Control,de Raiones yRaw Silvestres, csw;i bajo Ia responsabilidad del Vice-Mmisterio de Agricultura, Ganaderia y Alimcnlaci6n,cncargadode los asunlll6 del Petea, Articulo (i0, Los gasios que ocasione Ia prcscn1C cmergcncia, se deducir.in del Fondo de Emcrgcncia de conformidad con 10 cstipulado en el capitulo n, articulo 6, literal 1 del Decreto No. 36-98~' Sanidad Vegetal YAnimal. . Articu 104°, El Plande Control de ratoncs Y ratas silvestres consistir;i en la aplicaci6n de cebos tratado. con prodactos quimicos Y biologicos, en madrigueras, potreros y lircall de cuhivos agricolasy areas urbanas. ArtIculo.,., EI Sector AgropecUario participara ~ el Ministcrio de Agricuhura, Gmadcriay Alimcntaci6n, en Iaaplicaei6n de lasmcdidas sanitarias )' fitosanitarias que sc cmitan durante Iavigeneia !k ,1a presente Emcrgcncia. Articulo 3", EI Ministerio de Agric;ultura, Ganadcria y AlimcnlaCi6n, a lr2VCa de ~ Unidadcs mencionadasen el articulo anterior, dispondr;i del I'CCUIllO humane necesario, por el ticmpo rcqucrido para el comrol de la infcslaCi6n de ratoncs Y ratas silvesrres en el dcp:lr1amClllO de Peten, ejeculando en forma imncdiata el Plan a que se refiere el Articulo 1°, del prcscn1C Acuerdo.