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危地马拉的法律

Acuerdo Nº 1.067/00 - Modifica el Acuerdo Nº 25/95 sobre Programa de Prevención de Influenza Aviar

颁布于 2000-06-14 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Caribbean Community (CARICOM)
国家
危地马拉
主题
Livestock, Food and nutrition
关键词
animal health, pests/diseases, poultry, offences/penalties, birds, food safety and quality, poultry products

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. OFICINA DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS UNIDAD DE NORMAS Y REGULACIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION ASUNTO: ACUERDO MINISTERIAL No. 1067 – 2000 DONDE SE MODIFICA EL A. M. 025-95 DE FECHA 8 DE MARZO DE 1995 SOBRE PROGRAMA INFLUENZA AVIAR. DOCUMENTO: FECHA PUBLICACION DIARIO OFICIAL: 19 / JUNIO / 2000 TOMO: EJEMPLAR: PAGINAS: FECHA ENTRADA EN VIGENCIA: CONFRONTADO POR: ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 1067 - 2000 Edificio Monja Blanca: Guatemala, 14 junio 2000 El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación. CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo Ministerial No. 25-95 de fecha 8 de marzo de 1995, declara de urgencia la Implementación del Programa de Prevención de Influenza Aviar en todo el Territorio Nacional; CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación mediante el Acuerdo Ministerial No. 1050-2000 de fecha 5 de junio del 2000 , instaura planes de control y erradicación de plagas y enfermedades, entre las que se cuenta la Influenza Aviar de Baja Patogenicidad, en consecuencia es procedente hacer enmiendas al Acuerdo Ministerial 25-95. POR TANTO: Con fundamento en lo que establecen los Artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 y 29 del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo 1,3 del Decreto 36-98 del Congreso de la República, Ley de Sanidad Vegetal y Animal y 6o. del Acuerdo Gubernativo 278-98 de fecha 20 de mayo de 1998, modificado por el Acuerdo Gubernativo 746-99 de fecha 30 de septiembre de 1999, REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIÓN. ACUERDA: Las siguientes modificaciones al Acuerdo Ministerial No. 25-95 de fecha 8 de marzo de 1995. ARTICULO 1º. Se modifica el Artículo 2, de la manera siguiente: “ ARTICULO 2º. La Unidad de Normas y Regulaciones del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación dentro del Programa de Prevención de Influenza Aviar, ha implementado e implementará las medias sanitarias legales que con base en el Decreto No. 36-98 del Congreso de la República, Ley de Sanidad Vegetal y Animal y su Reglamento le corresponde emitir y aplicar”. ARTICULO 2º. Se modifica el párrafo 3o. de la manera siguiente: “ ARTICULO 3º… Cualquier incumplimiento o violación al presente Acuerdo se sancionará de conformidad con lo que establece el Decreto 36-98 del Congreso de la República, Ley de Sanidad Vegetal y Animal y su Reglamento independiente de la aplicación de otras disposiciones legales que sean aplicables, procediéndose al decomiso, incineración, enterramiento y destrucción de tales productos. Se exceptúan de esta prohibición los biológicos cuyos propósitos sean la vacunación”. ARTICULO 3º. Se modifica el Artículo 6o. de la siguiente: “ ARTICULO 6º.” La Unidad de Normas y Regulaciones, conformará una Comisión Asesora para la Prevención de Influenza Aviar y otras enfermedades de importancia cuarentenaria con los distintos sectores públicos y privados que deseen integrarla, a efecto de que presten su concurso y asesoramiento en dichos campos”. ARTICULO 4º. El presente Acuerdo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE, ROGER ANIBAL VALENZUELA BONILLA, Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación. RAMIRO HERRARTE GAITAN, Viceministro de Agricultura, Recursos Naturales Renovables y Alimentación.

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