Acuerdo Ministerial Nº 49-2009: Acuérdase declarar época de veda por especie, para la captura de Langosta del Caribe (Panulirus argus)
颁布于 2009-02-10 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 危地马拉
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, fishing area, crustaceans, seasons, fishery management and conservation, aquatic animals
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NLJMER031 DlARIOde CENTROAMERICA Guatemala.. MARTES 24 de febrero 2009 MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERiA Y ALIMENTACION Acuerdose declarar epocc de veda por especie, para 10 captura de Langosta del Caribe (Panulirus argus), en las 6reas y fechas que se describen en los siguientes artfculos. ACUERDO MINISTERIAL No. 49-2009 Edificio Monja Blanca: Guatemala, 10 de febrero de 2009 It MlNISIRO·Oi AGlUCUt.lURA. GANADERfA YAUMENTACI6N CONSIDERANDO: Que es potestad del Estado. a l'l'c::wes del Mlnlsferlo de Agricultura. GOl'IOderfa V Alimentacl6n. opIlcof medidos necesorcs para elaprovechamiento racional V rostenible de los recursos hldroblol6glcos. pudlendo establecer las condldones prop/as para 5U explotoci6n y comerclall?:oci6n. CONSIDERANDO: En concordancia can dlcha potestad y en apllcodOO del Criterio de Ptecaucl6n, es f\ecesario el establecimiento de vedospara 10 pesca de los recursoshldroblologicos. para coadyuvor a su radona! aprovechalTlianto. $lendo debar del Mlnlstel'lo de Agrlculturo GanQderfa y Alimentoci6n. a troves de 10 Unided de Manejo de lo Pesca y Acuicultura .tJNIPESCA* evitar 10 sabre explotocl6l"l mediante el estoblecimlento de occlones para rehabliitar 10 poblacl6n de Langosta del Carlbe (panulirusargus). CONSIDERANDO: Que debe dorsa cumplimiento a los ocuerdos sostenldos a nivel regional en el Memorando de Managua. "evado a cabo en el ar1ados mil cinco, Ell cual est¢ orientado o recuperor, mantener y explotor rozonablementa las poblociones de langostad9l Caribe (Panullrus argus). CONSIDERANDO: Qua durante el Toller Regional sabre las Pesquerfos de Langooas en las parses dellstmo Centroomerlcano. en el cual delegociones Centroamerlcanas de los Autorldades de pasco, pesecdores artesanales. los representantes de las lndoor!as de fa langosta y otras Instituciones afines. en el marco del proyecto 'Fortoleclmlento de 10 Investigaci6l"l Inferdlsciplinorio para 10 Pesco Responsable en los POises Centroomencanos FINPESCA 'Patroonodo par 10 Organizoci6n del sector pesquera de Centroornerica OSPESCA y el respaldo flnandero del Reino de Sueeia y aslstencla tecnico de 10 FAO . se ocord6a nlvel CenJroamerlcano 10 Implementacl6n da·medldas de ordenaci6n orm6nicas y conjuntas para el aprovechamlenfo de 10Longosta del Coribe (panullrusargus). PORTANTO: En ejercldo de los facultades que Ie coofieren los artlculos: 194de 10 Canstltuci6n Politico de 10 Republica de Guoternala; 27 literal (m) y 29 de 10 Ley del Organismo EJecutivo. Decreto numero 114-97 del Congreso de la Republica y sus reformas; 78 y 79 de 10 Ley Generol de 10 Pesca y Acuicultura. Decreto nurnero 80-2002 del Congreso de· 10 RepOblica; y 97 del Reglomento de 10 ley General de Pesca y AcUicultura, Acuardo Gubemativo numero 223·2005; ACUERDA: ARTiCULO 1. DECLARATORIA. se declara apaco de veda par especie. para 10 capturo de Langosta del Cali be (ponulirus argus). en las 6reas y fechas que sa describen en los siguientes artlculos. ARTicULO 2. PERfODO. se declara apace de VEDA para 10 pesca de 10 especla de Longosta del Caribe (Panullrus argus). eo tooos sus tipos de pesquerfas. por unperlodo comprendido a partir de las cera haros (00:00) del quince (15) de morro hosto las velnticuafro (24:00)haras del quince (5) de mayo del dos mil nueve. ARTiCULO 3. ZONA. se establece 10 presente veDA en 10 Bahia de· Ama1ique, Bahia de Santo Tomas de Castilla. Oesembacodura de RJ6 Dulce. De5e.mbacadura de RI6 Sarsrun. Bahia La Graclasa. Bahra Santa Isabel. Canol Ingles. zona marina expuesta de Punta de Manabique y Mar Corlbe-Qceono Atlantlco. ARTiCULO 4. VIGENCIA. Elpresente Acuerdo Mfnisteriolempiezo a regir 01 dfa slguienfe de supublicocl6n en el Diorio de Centro America, COMuNfQUESE, (E.143.2009)-24-febrero ~ MINISTERIO DE GOBERNACION Acuerdose reconocer 10 personolidod juridica yaprobar las bases constitutivas de lo Iglesia Evcnqellco denominada "IGLESIA CRISTIANA PENTECOSTAL JUAN 3:16 ASAMBLEAINTERNACIONAL". ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 198-2009 Guatemala, 29 de enero delano 2009 EL MINlSTRO DE GOBERNACION CONSIDERANDO: Que la Persoua debidamentc fucultada on 18 escritura constitutiva de la Iglesia HvtmgeUc:a denonUnada "IGLESIA CRlSTlANA PENTECOSTAL JUAN 3:16 ASAMBLEA INTERNAClONAL...· con sede en el Municipio de Quesada, Departamento de Jutiapa. se present6 a este Ministerio. solieitando el recoooeimiento de la pcrsooalidadjuridica y aprobaei6nde bases COnstitutiv8S. CONSIDERANDO: Que el ejercicio de todas las reUgioncs enel paIs es libre. sitl mas limites que el orden pUblico y el respeto debido a la digni~ de lajemrquia y a los fieles de otros credos. como 10 establece fa Constitu<:iOn Palfrica de la RepUblica de Guatemala Y.siendo que, el interesado cumpJi6 con los requisitos que la.ley exige para el reconocimicnto respective, es procedente emitir 01 Acuerdo Ministerial correspondiente. PORTANTO: En ejercicio de las funciones que Ie confieren los articulQS 194 incisos a) y 1) de la Constituei6n PoUUcade la Republica de Guatemala; 27 inc::iso m) y 36 inciso b) del Decreta n~ero J14*91 del Congreso Republica. Ley del OfganismoEljecutivo, y con fundamento en el articulo 15 numerai 1 del Decreta Ley nt\mero 106, COdigo Civil. ACUERDA: ARTICULO. 1. Reconocer la personalidad juridica y aprobar las bases constitutivas de Is Iglesia EvangcHica denominada "IGLESIA CRISTIANA PENTECOSTAL .JUAN 3:)6 ASAMBLEA INTERNACIONAL",contenidas en Bscritura PUblica nu.mero treinta (30) de feclla veintisiete de septiembre4e1 dos mil ocho. autorizada en el Municipio 4e Quesada. del departamento de Jutiapa, pori. Notaria MOnica AJej,andra Leal Mantenoso. , AltTlCULOZ. Para el funci9Dllmientc:i de cualquicr proyecto 0 progmma de los no contemplados dentro de sus fines y cuaJ.quier otra modificaci6n a sus bases constitutivas. la IgJesiaEva:naeuca denominada "IGLESIA CRlSTIANA PENTECOSTAL JUAN 3:16 ASAMBLEA INTERNACIONAL", debe.n\ contar con la autorizaci6n previa de la entidad Gubernativa corre~iente ARTICULO 3.'HI presente Acuerdo empieza a regir a partir del .dis siguiente de su pubJieaci6n en el Dlano de Centro America.