Acuerdo Gubernativo Nº 939-87: Créase la Reserva de Biosfera Trifinio en el país
颁布于 1987-10-19 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 危地马拉
- 主题
- Wild species and ecosystems
- 关键词
- biosphere reserves, protected area, ecosystem conservation
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文本
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Créase la Reserva de Biosfera Trifinio en el país, específicamente en la jurisdicción de los municipios de Esquipulas y Concepción Las Minas, en el departamento de Chiquimula que ocupará las áreas incluidas en los límites que se mencionan ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 939-87 Palacio Nacional: Guatemala, 19 de octubre de 1987. El presidente de la República, CONSIDERANDO: Que es deber del Estado de Guatemala, fomentar y desarrollar Reservas de Biosfera en el país, creando condiciones favorables para ello, procurando en todo lo posible la conservación del patrimonio nacional, tanto de carácter histórico, así como los demás recursos naturales renovables y no renovables, existentes en dichas regiones; CONSIDERANDO: Que para poder llevar a la práctica los fines y objetivos descritos en el considerando anterior, es de suma importancia emitir las disposiciones que garanticen el aprovechamiento racional de todos los recursos existentes; CONSIDERANDO: Que los Gobiernos de Guatemala, El Salvador y Honduras, mediante el Acuerdo de Cooperación Técnica firmado el 12 de noviembre de 1986, con la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), resolvieron establecer u manejar conjunta y coordinadamente la Reserva de la Biosfera Trifinio en áreas fronterizas de los tres países en torno al Macizo de Montecristo, debido a sus originales características ecológicas de flora y fauna de interés para los países signatarios y a nivel mundial. POR TANTO, En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 183m inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 10, 11, 12, 13, y 14 del Decreto-Ley número 118-84. ACUERDA: Artículo 1°-Crear la Reserva de Biosfera Trifinio en el país, específicamente en la jurisdicción de los municipios de Esquipulas y Concepción Las Minas, en el departamento de Chiquimula, que ocupará las áreas incluidas en los siguientes límites: a) “La zona Natural de Reserva”, que comprende el área del bosque nebuloso, localizada desde la cota 1800 msnm, hasta la cima del cerro Montecristo; b) Una franja de dos (2) a cinco (5) kilómetros de ancho circundante al límite de la zona anterior, se establece como “Zona de Amortiguamiento”, la cual será definida en detalle en el Plan de Manejo de la Reserva de la Biosfera; c) Un “Área de uso Múltiple”, comprendida desde la zona de amortiguamiento hasta las carreteras centroamericanas que convergen en Esquipulas pasando por Padre Miguel, Concepción Las Minas, La Ermita y Anguiatú, en la frontera con El Salvador; y la carretera CA-10 que pasa por Atulapa y Agua Caliente, en la frontera con Honduras. Artículo 2°-La ejecución, con aservación, evaluación y desarrollo de la reserva a que se refiere el artículo anterior, estará bajo la responsabilidad del Instituto Nacional Forestal –INAFOR-, institución que para el cumplimiento de sus fines, contará con los recursos humanos y materiales necesarios. Artículo 3°-El Instituto Nacional Forestal –INAFOR-, en circunstancias especiales podrá requerir la colaboración de otras instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras a efecto que pueda cumplir eficazmente su cometido. Artículo 4°-El presente acuerdo empezará a regir el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Comuníquese. MARCO VINICIO CEREZO ARÉVALO. El Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación. RODOLFO ESTRADA HURTARTE.