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危地马拉的法律

Acuerdo Gubernativo Nº 34-2020 - Reforma al Acuerdo Gubernativo Número 28-2020 de fecha 20 de enero de 2020

颁布于 2021-04-27 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
危地马拉
主题
General
关键词
governance, institution

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Articulo 2. Por ser de interés del Estado de Guatemala, la publicación de este Acuerdo Número de Colegiado. se encuentra exenta del pago de la tarifa respectiva que establece el Acuerdo 9. Nombre y número de teléfono de la persona responsable de la Gubernativo número 112-2015 del Presidente de la República, de fecha 26 de marzo de publicación, para cualquier consulta posterior. 2015. 2 Guatemala, MIÉRCOLES 5 de mayo 2021 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 17

  2. Articulo 3. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América. MINISTERIO DE EDUCACIÓN ..,.. -t~:- . <i> ACUERDO MINISTERIAL No. 1162-2021 >-· ALEJANDRO EDUARDO GIAMMATTEI FALLA -- AL1'.~- ~-~ Guatemala, 29 de abril de 2021 LA MINISTRA DF. F.DUCACIÓN CONSIDF.RANDO: Que la Cori-.1i1ución Política de h.1República de Guatemaltl, establece que es función de los Ministros de Estado, ejercer jurisdicción sobn: todas las dependencias de.· su Ministerio. Asimismo. la Ley del rgani ...,no 1~jccutivo indica que un.:1 de las funciones de los Ministcr·ios de Estado es clcsconccnlrnr lle.Genári 'R/!catC'R.tyes J.lazaritgo y dcsccntrali/.;:1r la.:, funcione.!-. y !:>en,ícios públicos que corresponden a su rnmo, y en su c1.1-.odelegar las funciones de gestión administr.:i1iva, de conformidad con In ley. '.Ministro áe/;o6trNación (:..:sl-2021 }-5-mayo CO SIDF.RANDO: Que de confor·rnidad con la Conslitución Polític.t de Ir, República de Gua1c111ala. la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de le, pcn,ona hunrnna, el conocimiento de la rcnlidad. cultura nacional)' universal. Asimismo. lo Ley de Educación Nocional. el:olablccc que el Ministerio de Educación es la in,;,titución del E!,rndo responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas. dctcrmínadas por el SiMema Educativo del país. CONSIDF.RANDO: MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Que las literales g) ) 1) de los ar·ticulos 36 ) 37 de la Ley de Educación Nacional, regulan como obligación de los educadores. pa11icipar en actividndc'ó de capacitación y actualización pedagógica, a~i co1110 obligación de los Directores. promover acciones de capaci1nción y ¡1cluali ✓ 11ción tCcnico- ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 50-2021 pedagógico) Por consiguiente. administrativa es necesario en coordinación con el per-.onal doccnlc del linislerio normar el procei,;;o de actunli ✓ aciones) capacilacioncs de Educución. para el pcrsonr,I docente del sector público. co,, el objc10 de asegurar la calidad) lu organi1:ación de lu~ mi~mm,. sin Guatemala, 18 de marzo de 2021 afectar la jornada laboral y cvilar su duplicidn. El pre'-tente /\cuerdo es de t=htricto interés del l:.srndo. POR TANTO: EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN En ejercicio de las facultades que le confieren I s artículos 194. literales a) y f) de la onstitución CONSIDERANDO Política de In República de uotcmala; 27 li1erales c) y m), del Decreto nl1mero 1 14-97. del Congreso . Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el derecho de toda persona de la República de Guo1emala. Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal d), 36 litcrnlcs d) y g), 66 y a practicar su religión o creencia se encuentra garantizado, asi mismo el Estado reconoce la personalidad 67. del Decreto número 12-91. del ongrcso de la República de Gua1emula. l.,cy de Educación jurídica de la Iglesia Católica, y preceptúa que, las otras iglesias, cultos, entidades y asociaciones de carácter Nacion,d. religioso, obtendrán el reconocimiento de su personalidad jurídica conforme las reglas de su institución y ACUERDA: que el Gobierno, no podrá negarlo si no fuese por razones de orden público. Cn.•nr lu: CONSIDERANDO Que a este Ministerio se presentó solicitud para obtener el reconocimiento de la personalidad jurídica y NORMATIVA PAllA LA CAPACITACIÓN Y ACT ALIZA IÓN DEL PERSO AL aprobación de bases constitutivas de la IGLESIA EL SHADDAI SAN PEDRO SACATEPEQUEZ, DOCF.NTF. EN F.L MI ISTERIO DE EDUCACIÓN GUATEMALA, INDEPENDIENTE, que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, emitió dictamen favorable opinando que es procedente reconocerle. personalidad jurídica, y que dicho dictamen ARTICULO l. La norrnatha está dirigido al personal clocc111c que labor-u en los diferentes Centros obtuvo el Visto Bueno de la Procuradurla General de la Nación, por lo que corresponde al Ministerio de Educa1i,os Pllblicos del Mini~terio de Educación para la implementación del Currículo acional IJitsc - 13- o EMn1c1urn Curricular. así como los procc"º" de capncitación y .:,ctuolización en la Gobernación, emitir la disposición legal correspondiente. Con fecha 07 de octubre de 2020 se e1nitió el búsqueda de lll calidad educativa. Acuerdo Ministerial número 223-2020, el cual queda sin efecto por no haber sido publicado dentro del plazo que establece la ley. Al{TICULO 2. Lu normati'-tl tiene lo!:>ohjctiH,s siguiente~: POR TANTO a. Dise11ur procesos de c.ipacitación y actualiL.ación que per·mitan desarrollar o fortn.lcccr las En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la competencias docentes para el diseilo. ejecución. evaluación. investigación y mejoro de In República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 15 numeral 1, 16 y 17 del Código Civil, Decreto pr.ktica pedagógica en el aula. Ley 106; 27 literal m) y 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Gt1atemala; y 2 del Acuerdo Gubernativo número 263-2006 del Presidente de b. A través de los procesos de capncitación y actualiLaci n poder aplic;:1r en el auk1 103 enfoque~. la República, de fecha 24 de mayo de 2006, que contiene las Disposiciones para la Obtención del estratcgill<. de c,,scíla1wa y aprendi ✓ nje nctuuliLados. congruentes con el Currículo Nacional [Jase -C 13-. Reconocimiento de la Personalidad Jurídica de las Iglesias Evangélicas. c. lnnovnr las prácticas pedagógicas en el aula con la utiliL.ación ele tecnologías para el ACUERDA aprcndi ✓ aje, manualc3 fisicos. digitales y ou-os rectu-sos pedagógicos en los centros Artículo l. Reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la IGLESIA EL educalivo-. a nivel nacional. SHADDAI SAN PEDRO SACATEPEQUEZ, GUATEMALA, INDEPENDIENTE, constituida por medio de la escritura pública número 20 de fecha 1 de septiembre de 2019, autorizada en el municipio y ARTIC LO 3. Los proce~o~ de capacitación y actualiL.ación de personal docente del Ministerio de departamento de Guatemala, por el Notario Samuel lsai Cancinos Morales. Educación. de preferencia estarún a cai·go de la Dirección General de Gestión de alid:,d Educativa. -DIGECI\DI-:.-. la Dirección General de Educación Bilinglic Jn1crcul!11ral -DIGEl31-) h1 Dirección

  3. Articulo 2. Para el fomento de proyectos cristianos, educativos, culturales, benéficos y de asistencia social General de Educación Física -DIGEF-. según c:I caso. quienes sc.-án responsables de: compatibles con su naturaleza, objeto, fines y la realidad nacional, contemplados en su escritura constitutiva, a. Emitir los lineamienlos o directrices que deberán atender las Direcciones Dcpnt1mncntnlc,;, la IGLESIA EL SHADDAI SAN PEDRO SACATEPEQUEZ, GUATEMALA, INDEPENDIENTE, de Educación parn su ejecución. deberá contar con la autorización gubernamental correspondiente. b. ~srnbleccr las actualizaciones o capacitaciones que se desarrollarán ul m1o en forma presencial, semi-presencial o n di,.rnnci:1, que incluyen las acciones de tuloríu y supc1·visió11.

  4. Articulo 3. Se deroga el Acuerdo Ministerial número 223-2020 de fecha 07 de octubre de 2020 por 110 babor sido las cuules dcbcr{u, estar sujetas a la previa suscripción de cm1us de compromiso con los publicado en el plazo que establece la ley. docentes para regular su asistcncin y compensación r,or In erogación económica del costo de la misma.

  5. Artículo 4. El presente Acuerdo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro c. l\se-.orar al personal de lns Direcciones Dcpar1mncn1alcs de Educación, sobre la ejecución de América. lns actunli.,ncionc.., o capucitacioncs. d. Sucribir las cartas de enlendimiento con las instilucioncs o ckpc:ndc:ncias que corre~pondan. con la anuencia del Despacho Ministerial. verificando y aprobando el pem,um de l:.1entidnd -----~ COMUNÍQUESE que prestará el servicio de capacitación y actuali.tación. e. Verific<tr la ejecución dd nonnativ en e rdinación con las Direcciones Dcpa11amentales de Educación u otras dependencias involucradas, asi como la program¡1ci6n pr·csupucslaria y las fuentes de finunciamicnto para el pago de las r1ctuali2acioncs o capacitaciones en cada . - ---,,,.--;;?"" nielad Ejccu1ora para garantizar los criterios de transparencia. racionalidad, probid,1d y /~------k calidad del gasto. en beneficio de los doccnlcs del Ministerio de Educación. 'Reyes Lic.(ienári?wcae[ J.iazari190 ARTÍC LO 4. Los requisilos de ingreso al proceso de Ci1paci1ación y c.1c11rnlin:1ci6n para los docentes J.tínístro áeGoliernación son los siguicnles: a. Laborar como docente en el Ministerio de 1Sduc:1ci6n. pri ri2ancl en su orden n los renglones presupucs1ririo,;; O 1 1, 021 o 022, en lo-. Cen1ros Fducn1ivos Públicos u nivel nacionul, h. omplctar las formolidaclc, de in~cripción con la-. Unidades Ejccu1orns del Ministerio de Educación y/o con la entidad presrniaria del servicio de capacitación y actualiau.:ión, conforme la coberlurn de la mi'-tma. (214691-2}-5-moyo c. Firmar carta de compromiso de pm·1icip:.1ción anlc el Ministc1·io de Educación.

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