Resolución de 17 de mayo de 2017 - Modifica la Resolución de 28 de febrero de 2017, sobre ordenación de la pesquería de la sardina ibérica que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa
颁布于 2017-05-17 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 国家
- 西班牙
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, fishing gear/fishing method, seasons, fishing area, policy/planning, total allowable catch, allocation/quota, fishery management and conservation
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III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 6057 Resolución de 17 de mayo de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 28 de febrero de 2017, por la que se establecen disposiciones de ordenación de la de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa. La Orden AAA/1512/2014, de 30 de julio, modificada por la Orden AAA/1/2015, de 7 de enero, establece un plan de gestión para la sardina (Sardina pilchardus) de las aguas ibéricas (VIIIc y IXa). En virtud de lo establecido en los artículos 4.2 de la citada Orden, se faculta a la Secretaría General de Pesca a establecer topes de capturas. Habiendo recibido petición del sector para la modificación del punto quinto de la Resolución de 28 de febrero de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la de la pesquería de la sardina ibérica (Sardina pilchardus) que se pesca en aguas ibéricas de la zona CIEM VIIIc y IXa, el Secretario General de Pesca, una vez oído el sector, ha resuelto lo siguiente: Primero. Se modifican los límites de capturas para las embarcaciones de cerco del Golfo de Cádiz que pasarán a ser de 5.000 kilogramos semanales por embarcación. Segundo. Dichos límites estarán en vigor a partir del día siguiente a la firma de esta Resolución. En caso de que esa fecha corresponda a un día entre semana, los topes del párrafo anterior se aplicarán «pro rata témporis» en esa semana. Tercero. Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Madrid, 17 de mayo de 2017.–El Secretario General de Pesca, Alberto López-Asenjo García. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 129 Miércoles 31 de mayo de 2017 Sec. III. Pág. 44356 cv e: B O E A 2 01 7 60 57 V er ifi ca bl e en h ttp :// w w w .b oe .e s http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X