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Resolución de 14 de septiembre de 2017 - Publica las cuotas de jurel IXa para los buques del censo de cerco del Cantábrico Noroeste durante el año 2017 y modifica la Resolución publica las cuotas de jurel VIIIc y VIIIb para los buques del censo del Cantábrico Noroeste durante el año 2017

颁布于 2017-09-14 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
西班牙
主题
Fisheries and aquaculture
关键词
marine fisheries, marine fishes, fishing vessel, allocation/quota, fishing gear/fishing method, fishing area, fishery management and conservation, aquatic animals

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  1. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 243 Lunes 9 de octubre de 2017 Sec. III. Pág. 98556 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 11591 Resolución de 14 de septiembre de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cuotas de jurel IXa para los buques del censo de cerco del Cantábrico Noroeste durante el año 2017 y se modifica la Resolución de 6 de abril de 2017, por la que se publican las cuotas de jurel VIIIc y VIIIb para los buques del censo del Cantábrico Noroeste durante el año 2017. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.8.d) de la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste, No ha habido variación del censo de buques respecto al año 2016, por lo que los porcentajes de reparto son los mismos. No obstante, este año el porcentaje de cuota de cada buque se ha ajustado a cuatro decimales, a diferencia del año pasado en que esos porcentajes aparecían con dos decimales. La razón es evitar los pequeños desajustes que se producían entre porcentaje de cuota y kilos asignados. Una vez que concluyó la campaña de pesca 2016, se constató que algunos barcos o entidades de gestión habían realizado sobre pesca, consumiendo más kilos de la cuota de que disponían. Los excesos de consumo de la cuota individual suponen un menos cabo de los derechos del resto de la flota y una competencia desleal frente al resto de los buques que sí respetan sus cupos. Por ello, de acuerdo al artículo 7.2.b) de la Orden AAA/2534/2015, esas cantidades son retraídas de la cuota de 2017. Por otro lado, previa comunicación de las entidades de gestión conjunta, se permitirá que barcos sin cuota de jurel IXa puedan pescar dicha especie con cargo a la cuota conjunta de la entidad a que pertenecen. Finalmente, no siendo correctas las cuotas de jurel VIIIc de 2 barcos que aparecen en el anexo I de la Resolución de 6 de abril de 2017, de la Secretaria General de Pesca, por la que se publican, las cuotas de jurel VIIIc y VIIIb para los buques del censo del Cantábrico Noroeste durante el año 2017, procede modificación de la misma. A la vista de todo lo anterior, esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado, resuelve: Primero. Publicar como anexos I de la presente Resolución las cuotas individuales de jurel de las zonas CIEM IXa para el año 2017 que corresponde a cada buque o grupo de buques. Segundo. De acuerdo al artículo 7.2.b) de la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste, cuando a final de cada año se constate un exceso en el consumo de la cuota asignada a un buque, se deducirán de las cuotas de la misma población que se asignen al buque en cuestión. cv e: B O E A 2 01 7 11 59 1 V er ifi ca bl e en h ttp :// w w w .b oe .e s BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 243 Lunes 9 de octubre de 2017 Sec. III. Pág. 98557 Se ha observado, una vez revisados los consumos de la campaña de 2016, una relación de buques que han sobrepasado las cuotas que le habrían sido asignadas tal y como recoge la siguiente tabla: Código buque Nombre buque/entidad Cuota 2016 kg Consumo 2016 kg Resto kg 24945 Dos Norte 12 863 17 019 –4156 15683 Seixo Tres 92 426 96 039 –3613 26217 Siempre Galaico 149 853 150 190 –337 Acerga 4 884 377 5 158 039 –273 662 Esas cantidades serán deducidas de la correspondiente cuota para el año 2017. Por otro lado, el artículo 3.4.c) de la Orden AAA/2534/2015, establece que no están permitidas las cesiones o transferencias de cuota de caballa ni jurel ni de manera temporal ni de manera definitiva, entre embarcaciones individuales ni entre entidades que gestionen cuota de manera conjunta. No obstante la Secretaría General de Pesca podrá realizar transferencias, de manera excepcional, previo acuerdo del sector y con el objetivo de maximizar la utilización de las cuotas. Por ello, previa solicitud, la Secretaría General de Pesca podrá autorizar cesiones a estos barcos con sobrepesca si consiguen cuota adicional para esta campaña de pesca. Tercero. Se autoriza a determinados barcos sin porcentaje de cuota de jurel IXa a pescar esa especie con cargo a la cuota conjunta de aquella entidad de gestión que así lo haya comunicado. Esos barcos aparecerán en el anexo II en cuadro en el que se indicará la entidad de la que pueden participar de la correspondiente cuota conjunta. Cuarto. Se modifican en el anexo I de la Resolución de 6 de abril de 2017, de la Secretaria General de Pesca, por la que se publican, las cuotas de jurel VIIIc y VIIIb para los buques del censo del Cantábrico Noroeste durante el año 2017, las cuotas de jurel VIIIc para los buques Cuarto Cabo Naval (CFO 20586) y Xurel Uno (CFO 23179), resultando la cuota inicial 2017 tras deducción por sobrepesca de 21 552 kg para el Cuarto Cabo Naval (CFO 20586) y de 35 985 kg para el Xurel Uno (CFO 23179). Quinto. Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sexto. Esta resolución producirá efectos para la campaña de pesca de 2017, del 1 de enero al 31 de diciembre. Madrid, 14 de septiembre de 2017.–El Secretario General de Pesca, Alberto López Asenjo García. cv e: B O E A 2 01 7 11 59 1 V er ifi ca bl e en h ttp :// w w w .b oe .e s BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 243 Lunes 9 de octubre de 2017 Sec. III. Pág. 98558 ANEXO I Cuota 2017 de jurel IXa para barcos de cerco del CNW COD BUQUE % cuota Cuota 2017 (1) Cuota adaptada 2017 (incluye sobre pesca)(2) Tipo de gestión Asociación 21971 Galaico Segundo. 0,6056 69.523 69.523 Conjunta. OPACAN-Grupo 1. 26741 Abra de Aguiño. 1,2458 143.020 592.280 Conjunta. Sociedad Cooperativa Sta Eugenia Riveira Grupo 1. 26217 Sempre Galaico. 1,3401 153.845 24381 Porto de Aguiño. 2,5762 295.752 22756 Manilo. 2,3455 269.268 917.104 Conjunta. Sociedad Cooperativa Sta Eugenia Riveira Grupo 2. 25857 O Poche. 1,9516 224.046 24730 Playa de Covas. 1,0824 124.261 23178 Saleta. 2,6091 299.529 15917 Mar de Alba. 0,8862 101.737 5.686.367 Conjunta. ACERGA. 27493 Adrina. 1,3952 160.171 21888 Hermanos Varela Cambón. 0,2028 23.281 26742 Nuevo Tres Costas. 0,6611 75.894 4012 Pedra do Mar. 0,2746 31.524 15702 Punta del Este. 0,2951 33.877 27587 Santiño do Mar. 0,4845 55.620 23690 Divina del Mar. 1,6289 187.000 24285 Noemí Uno. 0,8615 98.901 10449 O Pronto. 0,2156 24.750 13527 Orión Un. 0,5321 61.085 25909 Portosin Dos. 1,8428 211.557 6666 Sempre Adrián. 0,0695 7.977 24923 Apóstol. 0,2072 23.785 23844 Novo Xoel. 0,2324 26.678 23499 Miñones. 0,2695 30.937 24812 Muro de Fontán. 0,2452 28.148 24000 O Malayo. 0,2156 24.750 23864 Riobao Uno. 0,2513 28.848 23232 Segundo Moldes. 0,3377 38.767 14964 O Argentino. 0,4418 50.719 23256 Mayador Uno. 3,0062 345.117 14292 Ana María II. 0,5033 57.778 14916 Chono Segundo. 0,3442 39.513 22624 Como Sea Dos. 0,1269 14.567 25405 Cruceiro de Pazos. 0,2896 33.246 23846 Cuarto Pancho. 0,2695 30.937 14887 Gaviota. 0,2337 26.828 21641 A Tenencia. 1,9339 222.015 24540 Maruxia Segundo. 0,5378 61.740 26006 Montserrat Morenita. 2,6594 305.304 26056 Novo Chono. 0,5089 58.422 24681 O Capricho. 0,2555 29.331 22960 Romina Segundo. 2,2625 259.739 23541 San José Tres. 0,1687 19.366 22276 Sazón. 0,2695 30.937 24123 Andreu Tres. 0,7272 83.483 21332 Chaveiga. 0,4969 57.044 25586 Chiquita Dos. 0,8233 94.515 cv e: B O E A 2 01 7 11 59 1 V er ifi ca bl e en h ttp :// w w w .b oe .e s BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 243 Lunes 9 de octubre de 2017 Sec. III. Pág. 98559 COD BUQUE % cuota Cuota 2017 (1) Cuota adaptada 2017 (incluye sobre pesca)(2) Tipo de gestión Asociación 24034 Colomba Tercero. 1,6667 191.340 5.686.367 Conjunta. ACERGA. 23512 Costa Cordal. 1,2542 143.983 23367 Curuto Dos. 0,5864 67.318 5931 Dos Meros. 0,6201 71.188 24125 Ferbea. 1,0599 121.677 3280 Isabel y Jorge II. 0,4981 57.182 22281 Isolde Segundo. 0,2156 24.750 22019 Loanjobi. 0,4442 50.994 23210 Loreto Cuatro. 0,3367 38.653 7735 Manolito 3. 0,6446 74.000 23348 Marcialito Quinto. 0,3596 41.281 22727 Maria Rita II. 0,1828 20.985 27766 Novo Cristo da Laxe. 0,7478 85.848 13800 Marin de Bueu. 0,1601 18.379 26262 Mi Nombre Cinco. 0,9468 108.694 23090 Tembamar Un. 0,7833 89.923 22409 Moropa. 1,2487 143.352 23943 Novo Ameixa. 0,3691 42.373 25005 Novo Rosymar. 0,3301 37.895 24205 Novo Xouba. 0,3649 41.890 22541 Nueva Herminia Tres. 0,4828 55.425 23927 Nuevo José Manuel. 0,2915 33.463 23837 O Oriente. 0,8413 96.582 24486 O Subrido. 1,5670 179.894 14496 Ostra Segundo. 0,8690 99.762 2563 Perla del Pacífico Número Dos. 0,1618 18.573 23276 Sin Querer Dos. 1,6698 191.696 26709 Novo Baloeiro. 0,4312 49.502 22044 Saro Tercero. 0,2676 30.720 21640 Segundo Dos Mil. 0,4824 55.378 24174 Sobral. 0,1604 18.413 27375 Tribal. 0,4312 49.502 23865 Segundo Francisco Javier. 1,0077 115.684 23370 Tembramar Dous. 0,1618 18.573 27056 Segunda Romina. 2,2059 253.241 27751 O Roque. 0,5989 68.755 15415 Siro Segundo. 0,3602 41.351 14856 Xabroal. 0,1387 15.922 23485 Escalador Dos. 2,5518 292.952 656.906 Conjunta. Asociación Cerqueiros do Barbanza. 15740 León do Mar. 0,8309 95.388 23656 Arela. 1,2564 144.236 24009 Nuevo María Javier. 1,0830 124.330 4923 San Ignacio. 0,1252 14.372 14.372 Conjunta. FCP Galicia; Malpica Grupo 1. 23536 Capricho de Cambados. 1,7490 200.788 432.171 Conjunta. F C P G a l i c i a ; Cambados 1.23059 Capricho de Persebellos. 2,0155 231.383 cv e: B O E A 2 01 7 11 59 1 V er ifi ca bl e en h ttp :// w w w .b oe .e s BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 243 Lunes 9 de octubre de 2017 Sec. III. Pág. 98560 COD BUQUE % cuota Cuota 2017 (1) Cuota adaptada 2017 (incluye sobre pesca)(2) Tipo de gestión Asociación 27237 Gamba Número Tres. 0,6750 77.490 282.129 Conjunta. FCP Galicia; Cofradía de Portonovo.23659 Jaimito Cuatro. 0,5556 63.782 20755 Nuevo Marcos. 0,3615 41.499 13091 Rincha. 0,6277 72.060 22367 Segundo Luis Manuel. 0,2378 27.298 26388 Ansia. 1,5843 181.880 181.880 Conjunta. FCP Guipúzcoa. 23688 O Amura. 1,8801 215.839 215.839 Conjunta. Asociación Cerqueiros Do Barbanza. 23474 Nolito Persebello. 0,9913 113.803 283.239 Conjunta. Asociación Cerqueiros Galegos.26404 Tercero Dos Meros. 1,4759 169.436 5630 Lago Dos. 0,5306 60.912 60.912 Individual. CP Camariña. 20586 Cuarto Cabo Naval. 1,2806 147.014 147.014 Individual. 23179 Xurel Uno. 1,6480 189.192 189.192 Individual. 21390 Rionovo Dos. 1,0569 121.333 121.333 Individual. Asociación Cerqueiros Galegos. 13406 Rivera Tercero. 0,1577 18.103 18.103 Individual. 13285 Santiaguiño. 0,1002 11.501 11.501 Individual. 23311 Segundo Lago. 0,7984 91.658 91.658 Individual. FCP Galicia; Portosín. 23127 Panchito Segundo. 0,6736 77.330 77.330 Individual. FCP Galicia; Portosín. 23349 Cabaleiro Uno. 0,3255 37.367 37.367 Individual. FCP Galicia. 9500 Halcón. 0,3981 45.701 45.701 Individual. 25597 Hermanos Chiquita. 1,0328 118.566 118.566 Individual. Sociedad Cooperativa Gallega del Mar. 23563 Cuarto Noruego. 0,7011 80.486 80.486 Individual. F C P G a l i c i a ; Cambados 2. 22280 Segundo Buby. 1,0734 123.228 123.228 Individual. 20184 Segundo Durán. 0,8976 103.045 103.045 Individual. 15683 Seixo Tres. 0,8496 97.534 93.921 Individual. 23040 Sergio Uno. 1,1481 131.803 131.803 Individual. 23122 Tranchito Cuarto. 0,4392 50.420 50.420 Individual. 22269 Tres Ángeles. 1,0378 119.140 119.140 Individual. 21803 Lemapi. 0,6824 78.340 78.340 Individual. 23745 Cris Dos. 0,3078 35.335 35.335 Individual. 24945 Dos Norte. 0,1079 12.386 8.230 Individual. 22449 Lusmar. 0,7998 91.818 91.818 Individual. 27786 Praia De Arou (3). 0,2791 32.040 32.040 Individual. (1) Incluye cuota inicial + intercambio con PRT. (2) Se ha aplicado la sobre pesca a aquellos barcos o entidades según texto resolución. (3) De alta en CFO en julio 2017. Nueva construcción hecha con baja IKO CHUS (14625). ANEXO II Barcos sin cuota que puedan pescar a cargo cuota conjunta de otra entidad Barcos sin cuota que puedan pescar a cargo cuota entidad Cód. Buque Cuota entidad adaptada 2017 Tipo de gestión Asociación – – – – – cv e: B O E A 2 01 7 11 59 1 V er ifi ca bl e en h ttp :// w w w .b oe .e s http://www.boe.es BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

Resolución de 14 de septiembre de 2017 - Publica las cuotas de jurel IXa para los buques del censo de cerco del Cantábrico Noroeste durante el año 2017 y modifica la Resolución publica las cuotas de jurel VIIIc y VIIIb para los buques del censo del Cantábrico Noroeste durante el año 2017 · Nelum