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西班牙的法律

Orden MAM/638/2002 - Modifica la Orden de 13 de agosto de 1999, sobre contenido normativo del Plan hidrológico de la cuenca del Ebro, aprobado por el Real Decreto Nº 1.664/1998

颁布于 2002-03-07 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

research.laws.repealedOn

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
European Union
国家
西班牙
主题
Water
关键词
policy/planning, river basin institution, legal proceedings/administrative proceedings, basin/catchment/watershed, inland waters, institution, governance

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文本

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  1. ORDEN MAM/638/2002, de 7 de marzo, de modificaci�n de la Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se dispone la publicaci�n de las determinaciones de contenido normativo del Plan hidrol�gico de la cuenca del Ebro, aprobado por el Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio. La disposici�n final �nica del Real Decreto 1664/1998, de 24 de julio, por el que se aprueban los Planes Hidrol�gicos de cuenca, encarga al Ministerio de Medio Ambiente la elaboraci�n de un texto que recoja de forma sistem�tica y homog�nea las determinaciones de contenido normativo incluidas en esos Planes Hidrol�gicos. En cumplimiento de ese mandato, Este Ministerio ha dictado distintas �rdenes referida cada una al plan hidrol�gico de una cuenca y, entre ellas, la Orden de 13 de agosto de 1999, por la que se dispone la publicaci�n de las determinaciones normativas del Plan Hidrol�gico de la cuenca del Ebro. El Real Decreto 201/2002, de 18 de febrero, por el que se aprueba la modificaci�n del Plan Hidrol�gico de la cuenca del Ebro, ha modificado el art�culo 50.1 de ese Plan Hidrol�gico, que tiene contenido normativo y que, por ello, est� reproducido -como art�culo 38.1- en el anexo de la citada Orden de 13 de agosto de 1999. Por esta raz�n, el mismo Real Decreto establece en su disposici�n final segunda que este Ministerio habr� de incluir esa modificaci�n entre las determinaciones de car�cter normativo recogidas en la repetida Orden, con la subsiguiente modificaci�n tambi�n de �sta. En su virtud, dispongo: Primero.-El apartado 1 del art�culo 38 del anexo de la Orden de 13 de agosto de 1999, por la que se dispone la publicaci�n de las determinaciones normativas del Plan Hidrol�gico de la cuenca del Ebro, queda redactado en estos t�rminos: "Art�culo 38. Consideraciones generales sobre la asignaci�n y reserva de recursos. 1. Con car�cter previo se asume que el plan hidrol�gico incluye, en toda su extensi�n y contenidos, y por tanto tambi�n de este apartado, la Resoluci�n aprobada por el Pleno de las Cortes de Arag�n, en su sesi�n de 30 de junio de 1992, relativa a criterios sobre pol�tica hidr�ulica en la Comunidad Aut�noma de Arag�n (Pacto del Agua), que figura en el anejo 4 de este texto. No obstante, las actuaciones previas de expropiaci�n tendentes a la disponibilidad efectiva de los terrenos necesarios para la ejecuci�n de todas las obras de regulaci�n del Pacto del Agua, as� como las actuaciones precisas para la reposici�n de servidumbres y servicios a que haya lugar se asumen por la Administraci�n General del Estado, salvo aquellas actuaciones previas de expropiaci�n que hayan sido iniciadas por la Diputaci�n General de Arag�n, a la que seguir� correspondiendo su tramitaci�n y pago. Incluye tambi�n el Convenio de colaboraci�n suscrito el 8 de febrero de 1992 por el Ministerio de Obras P�blicas, Transportes y Medio Ambiente, Diputaci�n General de Arag�n, Generalidad de Catalu�a, Comunidad General de Regantes del Canal de Pi�ana, productores de energ�a el�ctrica y Comunidad de Regantes del Canal Algerri-Balaguer, en orden a la mejora de infraestructuras y aprovechamientos h�dricos del canal de Pi�ana, con la salvedad hecha para las dotaciones objetivo para el canal de Arag�n y Catalu�a que se acomodar�n a lo establecido en este plan hidrol�gico (anejo 4 de este texto). Tambi�n asume el plan hidrol�gico de la cuenca una reserva de 40 hect�metros c�bicos/a�o de las regulaciones a establecer en cabecera del Ebro, cuenca del Nela y cuenca del Tir�n, para atender las necesidades de abastecimiento y regad�o en la zona del Nela y para nuevos regad�os y abastecimientos en la cabecera del Ebro, en particular en la zona de Miranda, todo ello dentro del �mbito del plan, y tambi�n la reserva de recursos del embalse de Itoiz, establecida por Resoluci�n de Presidencia del organismo, de 22 de junio de 1993, igualmente en el citado anejo 4 ; tambi�n deber�n asumirse, una vez est�n concretados, los requerimientos para la protecci�n de zonas h�medas y espacios naturales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1989, de Conservaci�n de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestre." Segundo.-Esta Orden entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el "Bolet�n Oficial del Estado". Madrid, 7 de marzo de 2002. MATAS PALOU

Orden MAM/638/2002 - Modifica la Orden de 13 de agosto de 1999, sobre contenido normativo del Plan hidrológico de la cuenca del Ebro, aprobado por el Real Decreto Nº 1.664/1998 · Nelum