Orden de 8 de julio de 1993 - Modifica la Orden de 23 de marzo de 1988, relativa a los aditivos en la alimentación de los animales
颁布于 1993-07-08 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 西班牙
- 主题
- Livestock
- 关键词
- animal feed/feedstuffs
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
ORDEN DE 8 DE JULIO DE 1993 POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DE LA DE 23 DE MARZO DE 1988, RELATIVA A LOS ADITIVOS EN LA ALIMENTACION DE LOS ANIMALES. El Real Decreto 418/1987, de 20 de febrero, sobre las sustancias y productos que intervienen en la alimentación de los animales, dispone la necesidad de recoger en nuestro Ordenamiento Jurídico el contenido de la normativa de la CEE sobre estas materias, debiendo adecuarse en todo momento a la legislación que se promueva. De acuerdo con ello, y en cumplimiento de la Directiva 70/524/CEE, del Consejo, y sus modificaciones; la Orden de 23 de marzo de 1988, por la que se dictan normas relativas a los aditivos en la alimentación de los animales, establece la lista de los aditivos autorizados, así como los contenidos máximos y mínimos y las características de su composición. Con posterioridad, mediante la Orden de 26 de noviembre de 1991, se modificó el anexo de la de 23 de marzo de 1988, adoptándose una versión codificada de la totalidad de los aditivos autorizados. Por otra parte, la Directiva mencionada dispone que el contenido de sus anexos sea constantemente adaptado a la evolución de los conocimientos científicos y técnicos, habiendo sufrido su última modificación mediante la Directiva 92/113/CEE, de la Comisión, de 16 de diciembre de 1992, que se traspone al ordenamiento jurídico español mediante la presente disposición. En su virtud, previo informe favorable del Ministerio de Sanidad y Consumo, dispongo: Artículo único.-Se modifica el anexo de la Orden de 23 de marzo de 1988, por la que se dictan normas relativas a los aditivos en la alimentación de los animales, con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Orden. DISPOSICION FINAL UNICA La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>. Madrid, 8 de julio de 1993. SOLBES MIRA Ilmos. Sres. Secretarios generales de Producciones y Mercados Agrarios y de Alimentación y Directores generales de Producciones y Mercados Ganaderos y de Política Alimentaria. ANEXO 1. En la parte G <Conservantes> (Orden de 26 de noviembre de 1991, página 39908, <Boletín Oficial del Estado> de 11 de diciembre), a continuación de la entrada E 284 <Propionato de amonio> se añade la entrada siguiente: (CUADRO OMITIDO) 2. En la parte I <Oligoelementos>, el texto de la entrada E 2 <Yodo-I> (página 39910 de la Orden de 26 de noviembre de 1991 <Boletín Oficial del Estado> de 11 de diciembre), se sustituye por el siguiente: (CUADRO OMITIDO)