Orden de 27 de junio de 2001 - Modifica la Orden de 15 de mayo de 2001, sobre restricciones al movimiento de animales de especies sensibles a la fiebre aftosa
颁布于 2001-06-27 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- European Union
- 国家
- 西班牙
- 主题
- Livestock
- 关键词
- animal health, hygiene/sanitary procedures, pests/diseases, cattle, swine, transport/storage, inspection, international trade
- 类别
- *
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文本
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ORDEN de 27 de junio de 2001 por la que se modifica la Orden de 15 de mayo de 2001, por la que se establecen determinadas restricciones al movimiento de animales de especies sensibles a la fiebre aftosa, en relaci�n con su aplicaci�n a determinadas regiones de la Uni�n Europea. La declaraci�n de varios focos de fiebre aftosa en el Reino Unido, Francia, Pa�ses Bajos e Irlanda oblig� a la Comisi�n a adoptar determinadas medidas de protecci�n contra la enfermedad en los Estados miembros. Estas medidas se concretan en una serie de Decisiones comunitarias que se han venido modificando de conformidad con la evoluci�n de la enfermedad. En Espa�a las primeras medidas se adoptaron en virtud de la Orden de 28 de febrero de 2001, por la que se adoptan medidas cautelares en relaci�n con la fiebre aftosa. Posteriormente, se han venido aprobando sucesivas �rdenes, la �ltima de las cuales ha sido la Orden de 15 de mayo de 2001, por la que se establecen determinadas restricciones al movimiento de animales de especies sensibles a la fiebre aftosa, parcialmente modificada por �rdenes de 23 de mayo y de 4 de junio de 2001. Considerando las nuevas medidas adoptadas a nivel comunitario y la favorable evoluci�n de la enfermedad en las zonas afectadas de Francia e Irlanda, donde no se ha registrado ning�n caso de fiebre aftosa en los �ltimos tres meses, as� como la circunscripci�n de la enfermedad en unas determinadas provincias de los Pa�ses Bajos, se considera necesario modificar la Orden de 15 de mayo de 2001, para reducir las regiones de la Uni�n Europea sujetas a restricciones. La presente Orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el art�culo 149.1.16.a de la Constituci�n, por el que se atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinaci�n general de la sanidad. En su virtud, dispongo: Art�culo �nico. Modificaci�n de la Orden de 15 de mayo de 2001. El texto del anexo de la Orden de 15 de mayo de 2001, por la que se establecen determinadas restricciones al movimiento de animales de especies sensibles a la fiebre aftosa, se sustituye por el siguiente: "a) En el Reino Unido: Todas las regiones de Gran Breta�a e Irlanda del Norte. b) En los Pa�ses Bajos: La provincia de Friesland. La provincia de Overijssel. La provincia de Gelderland." Disposici�n final �nica. Entrada en vigor. La presente Orden entrar� en vigor el d�a siguiente al de su publicaci�n en el "Bolet�n Oficial del Estado". Madrid, 27 de junio de 2001. ARIAS CA�ETE